132 REGLAMENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS ...

61 downloads 334 Views 11KB Size Report
Las Horas de Trabajo Académico son las horas/clase u horas Académicas ... Horas/Clase son aquellas laboradas con presencia de alumnos en clase,.
1 Reglam cumplimiento de Programas de Estudio y Actividades……….

REGLAMENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS DE ESTUDIO Y ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Art. 1. Las Horas de Trabajo Académico son las horas/clase u horas Académicas Complementarias, que el Docente labora por asignación a través de su Nombramiento, Contrato o Acción de Personal. Art. 2. Horas/Clase son aquellas laboradas con presencia de alumnos en clase, laboratorio, prácticas de campo o profesionales. Horas Académicas Complementarias, son las que el Docente a Dedicación Exclusiva y Tiempo Completo dedica a tareas académicas diversas aprobadas por H. Consejo Universitario. Art. 3. Dentro del período fijado para el efecto en el Calendario Académico, los Consejos Directivos aprobarán las Horas de Trabajo Académico de los Docentes. Art. 4.- Los Docentes de la Universidad Técnica de Ambato, tienen la obligación de elaborar el Módulo Formativo en el caso del Sistema Curricular por Competencias y Créditos, o la Ficha de Programación en el Sistema Curricular por Semestres y Asignaturas, y además cubrir en un Semestre determinado la totalidad de lo programado en las asignaturas o módulos a su cargo. Salvo en casos de fuerza mayor y debidamente justificados, se aceptará un mínimo del noventa por ciento de lo programado. Art. 5. – Los Docentes dictarán sus clases de manera obligatoria en los horarios que determinen las Facultades para el efecto; la supervisión es responsabilidad de los Coordinadores de Carrera y de los Subdecanos. Art. 6.- Los Docentes a Dedicación Exclusiva y Tiempo Completo, tienen la obligación de cumplir y registrar en el sistema automatizado sus Horas Académicas Complementarias durante la jornada de trabajo, excepto en el caso de que se desarrollen Proyectos. Art. 7.- Durante el Semestre lectivo las Autoridades máximas de Facultad son las únicas autorizadas a suspender actividades académicas en la unidad respectiva y solamente en casos de fuerza mayor. El número de días no podrá ser mayor al tres por ciento del total programado en el Semestre Lectivo. Art. 8.- En caso de suspensión de clases por fuerza mayor, desarrollo de actividades especiales programadas por las Facultades, éstas realizarán la reprogramación respectiva en horarios especiales para la recuperación de las horas/ clase perdidas, dentro del Ciclo Académico que corresponda. Art. 9.- El Decano de la Facultad concederá permiso a los Docentes en los casos contemplados en el Estatuto y Reglamentos respectivos.

30-IV-08

2 Reglam cumplimiento de Programas de Estudio y Actividades……….

Art. 10.- Las inasistencias injustificadas de un Docente a cumplir con sus horas/clase y Horas Académicas Complementarias, serán sujetas al descuento automático. Para el trámite el Subdecano comunicará el particular al Decano. Art. 11.- Para el caso de Prácticas de Campo o Prácticas de Laboratorio, cuyas instalaciones estén lejanas a los lugares en las que están instalados los computadores para control, los Decanos implementarán un Sistema de Registro Manual, delegando al Subdecano o Coordinadores de Carrera, la Supervisión del cumplimiento del registro de estas horas por parte del Docente.

CERTIFICACIÓN En mi calidad de Secretaria General de la Universidad Técnica de Ambato CERTIFICO que el presente REGLAMENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS DE ESTUDIO Y ACTIVIDADES ACADÉMICAS EN LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO, fue aprobado por H. Consejo Universitario en primera en sesión ordinaria del 08 de abril de 2008, mediante Resolución 0486-CU-P-2008, y en segunda y definitiva en sesión ordinaria del martes 29 de abril y su continuación el miércoles 30 de abril de 2008, según Resolución 0677CU-P-2008.

Ab. Miriam Viteri Sánchez SECRETARIA GENERAL UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO

30-IV-08