Carta de Derechos Ciudadanos

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Jefa de Atención de Público. Jefe Departamento de Extranjería y Migración ... a personas con discapacidades, tercera edad, mujeres embarazadas y.
Secretaría y Admistración General Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001:2008

CARTA DE DERECHOS CIUDADANOS DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Código: CDC Versión: 3 Fecha: 30-05-2013 Reemplaza a: 2 Página 1 de 3

¿QUIÉNES SOMOS? El DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,

tiene como misión garantizar el cumplimiento de la legislación de extranjería vigente en el país, relativa al ingreso, egreso, residencia definitiva o temporal, expulsión y regulación de los ciudadanos extranjeros que permanecen en el territorio nacional, en el marco de la Política Nacional Migratoria del Gobierno de Chile. Su objetivo central es liderar el desarrollo de una Política Nacional de Migraciones y Refugio, que permita enfrentar los desafíos y oportunidades que las migraciones generan en el país. Con este propósito, al Departamento de Extranjería y Migración le corresponde: Ø Ø Ø Ø

Analizar las solicitudes de residencia temporal, permanente, refugio y nacionalización. Promover acciones de acogida que incentiven la integración de los inmigrantes. Promover la modernización institucional, legislativa y de gestión migratoria en Chile. Desarrollar e implementar el Instructivo Presidencial de Política Migratoria.

Todo usuario del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, tiene DERECHO A: 1. Solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, en forma clara, comprensible y precisa. 2. Que las solicitudes de acceso a la información (Ley N°20.285) sean respondidas en un plazo máximo de 20 días hábiles. 3. Enviar al Consejo de la Transparencia los reclamos referentes a la denegación de información en que haya incurrido algún Servicio Público. 4. Presentar, solicitar y obtener respuesta a las consultas, reclamos y sugerencias dentro de los plazos establecidos en la Ley N°19.880 (5 días hábiles, máximo 20 días), a través de los diferentes canales de atención 5. Recibir un buen trato, con igualdad e imparcialidad. 6. Recibir atención preferencial a personas con discapacidades, tercera edad, mujeres embarazadas y madres con lactantes. 7. Conocer la identidad de los funcionarios del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. 8. Exigir ser atendido por el Jefe(a) de la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias o el Jefe de la Sección correspondiente. 9. Conocer las etapas y los plazos estipulados en la tramitación de los permisos de residencia.

Revisado por: Jefa de Atención de Público

Aprobado por: Jefe Departamento de Extranjería y Migración

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10. Conocer, a través de todos los canales de atención, los valores a pagar ya sea por concepto de derechos de permisos de residencia, autorizaciones de trabajo, o pago de sanciones. 11. Ser atendido en un espacio físico limpio, amplio y luminoso. 12. Recibir una solución adecuada y rápida a los eventuales errores administrativos que pudieren cometerse por los funcionarios a cargo del trámite. 13. Si el servicio brindado no cumple con los estándares de calidad, solicitar una audiencia con la Jefatura del Departamento, a través de los diferentes canales de atención. 14. Evaluar la calidad del servicio a través de encuestas de satisfacción de usuarios. DEBERES 1. Tratar a los funcionarios que lo atienden con respeto, cortesía y deferencia. 2. Respetar los procedimientos de atención establecidos por la institución para cada trámite. 3. Informarse de los procedimientos y de los plazos establecidos, para la tramitación de los permisos de residencia 4. Cuidar y no alterar los documentos que le otorga la institución. 5. Conservar la documentación que la institución le entrega. 6. Respetar el orden dentro de las oficinas de la institución, cuidando el medio ambiente y el entorno. 7. Verificar que los datos personales ingresados sean correctos. 8. En caso de cambio de domicilio, debe comunicarlo a la Autoridad. 9. Comunicar a la Autoridad el cambio de empleador (Visa Sujeta a Contrato). DIRECCION: SAN ANTONIO 580 2° y 3° PISO : OFICINA DE ATENCION DE PUBLICO E INFORMACIONES JEFA SECCIÓN: Sra. María Cristina Pezoa Ramírez. SUBJEFE: Sr. Nelson Vergara Triviño 3° PISO: Sección Refugio y Reasentamiento. 4° PISO: Área de Oficina de Partes, Archivo y Trasparencia Área de Recursos Humanos y Abastecimiento. 5° PISO: Sección Visas. 5° PISO: Sección Permanencia Definitiva. 6° PISO: Sección Estudios. 6° PISO: Sección Informática. 6° PISO: Sección Jurídica. 6° PISO: Jefatura Departamento.

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Atención Presencial: Lunes a Viernes de 8:30 a 14:00 Horas. Atención Telefónica: Lunes a Viernes 9:00 a 16:00 Horas. 600 486 3000

Página Web www.extranjeria.gov.cl

Consulta en línea https://consultas.extranjeria.gov.cl

Canal de Atención Web OIRS para Consultas, Reclamos y Sugerencias http://siac.interior.gov.cl/ Página Web en Ingles www.extranjeria.gov.cl/ingles/ Además de la oficina de atención de público en Santiago, existen Oficinas de Extranjería y Migración a lo largo de todo Chile, que funcionan en las Gobernaciones Provinciales. La dirección de cada una de estas oficinas, así como sus horarios de atención podrá encontrarlos en la página Web www.interior.gov.cl, link http://www.interior.gob.cl/gobernaciones.html

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