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BOLETIN DE

OFICIAL LA

COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 268

LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013

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SUMARIO I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3165/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3166/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3167/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3168/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3169/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3170/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1) . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatoria pruebas selectivas — Orden 3171/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Emplazamiento — Resolución de 21 de octubre de 2013, de la Directora General de Función Pública, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número AB 318/2013, interpuesto por doña Raquel Cano Cuadrado, en nombre y representación de don Jaime Palomar del Cerro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Emplazamiento — Resolución de 21 de octubre de 2013, de la Directora General de Función Pública, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número AB 337/13, interpuesto por doña María del Carmen Monedero Pérez, en su propio nombre y representación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE Concurso de méritos — Orden 3366/2013, de 18 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 1575/2013, de 20 de mayo, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en esta Consejería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE Concurso de traslados — Resolución de 24 de octubre de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifican adjudicaciones realizadas en la Resolución de 6 de mayo de 2013, por la que se resuelven con carácter definitivo los concursos de traslados convocados por Resoluciones de 19 y 22 de octubre de 2012 y en la Resolución de 12 de junio de 2013 . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Puesto libre designación — Orden 2792/2013, de 24 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por el procedimiento de Libre Designación . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Hospital Universitario “La Paz” Convocatoria puesto — Corrección de errores de la Resolución de 1 de octubre de 2013, de la DirecciónGerencia del Hospital Universitario “La Paz”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Servicio de la Especialidad de Microbiología y Parasitología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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C) Otras Disposiciones CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Modelo telemático — Resolución de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publica el modelo oficial de Certificado de Mantenimiento para Instalaciones Térmicas en edificios de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA Concesión subvenciones — Resolución de 2 de octubre de 2013, de la Directora General de Empleo, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas con cargo al Programa 808, “Dirección General de Empleo”, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, durante el tercer trimestre del ejercicio 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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D) Anuncios CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Hispanagua, S. A. U.

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Formalización contrato — Resolución de 16 de septiembre de 2013, de Hispanagua, Sociedad Anónima Unipersonal, por la que se hace pública la formalización del contrato adjudicado, por procedimiento abierto no armonizado al precio más bajo, para el “Servicio de limpieza de oficina, centros de trabajo y otras dependencias de Hispanagua” . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid Formalización contrato — Resolución de 14 de octubre de 2013, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de “Servicio de medición de audiencias de sitios web de la Comunidad de Madrid” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid Formalización contrato — Resolución de 14 de octubre de 2013, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de “Seguimiento y control de la evolución y despliegue de gestión procesal en la Audiencia Provincial, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia y los Juzgados de Primera Instancia de Madrid” . . . .

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid Convocatoria contrato — Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la convocatoria del contrato de «Servicios de mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones que componen los sistemas de información corporativos, aplicaciones internas, servicios de información territorial y de gestión de relación con el ciudadano en la Oficina de Vivienda, Servicios de Calidad del “software”, y soporte técnico especializado en los ámbitos tecnológicos implantados en la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Autorización estación ITV — Resolución de 13 de febrero de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la puesta en servicio y la explotación de la estación de Inspección Técnica de Vehículos de la sociedad “ITV Villaviciosa, Sociedad Limitada”, con CIF B-86181161 situada en el punto kilométrico 4,200, de la carretera M-506 del municipio de Alcorcón (Madrid) . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA Notificación — Resolución de 23 de octubre de 2013, del Director General de Transportes, por la que se procede a la publicación de las notificaciones de vistas orales correspondientes a la celebración de arbitraje en materia de transporte, que se relacionan en los Anexos adjuntos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE Formalización contrato — Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de obras de «Acondicionamiento y mejora de accesibilidad, implantación de ascensor y plataforma elevadora exterior en el conservatorio “Adolfo Salazar”» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE Convocatoria contrato — Resolución de 31 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se dispone la publicación de la convocatoria del contrato de Atención educativa a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Declaración de impacto ambiental — Resolución de 24 de julio de 2013, del Director General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de “Centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil”, en el término municipal de San Martín de la Vega, promovido por “Automóviles Acedo, Sociedad Limitada” (expediente: 10-EIA-00005.5/2013) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Ocupación vía pecuaria — Resolución de 4 de octubre de 2013, del Director General del Medio Ambiente, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Quijorna. Proyecto promovido por “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Ocupación vía pecuaria — Resolución de 4 de octubre de 2013, del Director General del Medio Ambiente, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación de las vías pecuarias “Colada del Camino de Alcalá”, “Colada del Camino del Salobral” y otras, en el término municipal de Talamanca de Jarama. Proyecto promovido por “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal” . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Formalización contrato — Resolución de 22 de octubre de 2013, del Consejero-Delegado de Nuevo ARPEGIO, Sociedad Anónima, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de obras titulado “Urbanización de la calle Jesús y María”, en el municipio de Sevilla la Nueva (Madrid), incluida en el Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid para el período 2008-2011. Resolución del Viceconsejero de Asuntos Generales de la Vicepresidencia de 29 de agosto de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Nuevo ARPEGIO, S. A.

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Convocatoria contrato — Resolución de 30 de octubre de 2013, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” de la convocatoria del contrato, por procedimiento abierto, de «Cesión de local para explotación de Servicio Bancario en el Hospital Clínico “San Carlos” y Centros de Especialidades del Área 7 de Madrid de avenida de Portugal y Modesto Lafuente» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Convocatoria contrato — Resolución de 7 de noviembre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se hace pública la convocatoria de procedimiento abierto mediante criterio precio para la adjudicación del contrato de suministros titulado: Adquisición de un telemando para el Hospital Clínico “San Carlos” de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Servicio Madrileño de Salud Convocatoria contrato — Resolución de 4 de noviembre de 2013, de la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria, por la que se modifica la fecha de apertura de las ofertas económicas en la convocatoria para la licitación del A. M. Rehabilitación 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid Notificación — Notificación de 28 de octubre de 2013, de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, por la que se procede a la publicación de acuerdos de iniciación de expedientes sancionadores en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que se relacionan en Anexo adjunto . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid Notificación — Notificación de 28 de octubre de 2013, de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, por la que se procede a la publicación de Propuestas de Resolución de expedientes sancionadores en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que se relacionan en Anexo adjunto . . . . .

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Gerencia de Atención Primaria Formalización contrato — Resolución de 21 de octubre de 2013, de la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la formalización del contrato denominado “Suministro de algodón, celulosa precortada, gasa taponamiento y gasa TNT para los Centros de Atención Primaria”, procedimiento abierto de contratación administrativa PA SUM 10-2013 GAP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Gerencia de Atención Primaria Formalización contrato — Resolución de 21 de octubre de 2013, de la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la formalización del contrato denominado “Suministro de agujas, catéteres, jeringas, incisión y sistemas suero para los Centros de Atención Primaria”, procedimiento abierto de contratación administrativa PA SUM 11-2013 GAP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Hospital Universitario “Santa Cristina” Convocatoria contrato — Resolución de 5 de noviembre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Santa Cristina”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato de “Procedimiento abierto de suministros a adjudicar mediante pluralidad de criterios (expediente número SC11/13. Adquisición de reactivos necesarios para la realización de determinaciones de virus papiloma humano por técnicas de amplificación de ácidos nucleicos)” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Hospital Universitario de Fuenlabrada Convocatoria contrato — Resolución de 23 de octubre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria de los contratos para: 1) “Suministro de fungible de artroscopia para el Servicio de Traumatología” y 2) “Suministro de kits para obstrucción tubárica permanente por vía histeroscópica” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Hospital Universitario de Fuenlabrada Convocatoria contrato — Resolución de 23 de octubre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato para el “Suministro de filtro para sistema de evacuación de humo quirúrgico” para el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE SANIDAD Hospital Universitario de Getafe

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Formalización contrato — Resolución de 4 de septiembre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de “Diverso material de anatomía patológica y productos químicos” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Convocatoria contrato — Resolución de 28 de octubre de 2013, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato de servicios, denominado «Gestión del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (Residencia y Centro de Día) “Las Vegas”, de Ciempozuelos (Madrid)» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Convocatoria contrato — Resolución de 28 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación, en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet, de la convocatoria del contrato de servicios denominado «Gestión del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (Residencia y Centro de Día) “Villaverde Alzheimer” de Madrid» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Notificación — Notificaciones de 17 de octubre de 2013, de las Resoluciones adoptadas por la Comisión de Tutela del Menor a los interesados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Notificación — Notificación de 23 de octubre de 2013, de Acuerdos de la Comisión de Tutela del Menor de diferentes fechas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Organismo Autónomo Instituto Madrileño de la Familia y el Menor Convocatoria contrato — Resolución de 4 de noviembre de 2013, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, por la que se hace pública convocatoria por procedimiento abierto, mediante el criterio precio, para la adjudicación del contrato de servicios “Vigilancia y seguridad en residencias infantiles y en la sede del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor durante el año 2014” . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA Formalización contrato — Resolución de 22 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de «Mantenimiento integral de los edificios de la Biblioteca Regional “Joaquín Leguina” y el Depósito Legal» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA Título-licencia — Notificación de 2 de octubre de 2013, de inicio del procedimiento de revocación del título-licencia y plazo de alegaciones a “Factor Ocio, Sociedad Limitada” . .

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS BOCM-20131111-46 BOCM-20131111-47 BOCM-20131111-48 BOCM-20131111-49 BOCM-20131111-50 BOCM-20131111-51 BOCM-20131111-52 BOCM-20131111-53 BOCM-20131111-54 BOCM-20131111-55 BOCM-20131111-56 BOCM-20131111-57 BOCM-20131111-58 BOCM-20131111-59 BOCM-20131111-60 BOCM-20131111-61 BOCM-20131111-62 BOCM-20131111-63 BOCM-20131111-64 BOCM-20131111-65 BOCM-20131111-66 BOCM-20131111-67 BOCM-20131111-68 BOCM-20131111-69 BOCM-20131111-70 BOCM-20131111-71 BOCM-20131111-72 BOCM-20131111-73 BOCM-20131111-74 BOCM-20131111-75 BOCM-20131111-76 BOCM-20131111-77 BOCM-20131111-78 BOCM-20131111-79 BOCM-20131111-80 BOCM-20131111-81 BOCM-20131111-82 BOCM-20131111-83 BOCM-20131111-84 BOCM-20131111-85

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— Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Padrón inspección técnica de edificios 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Licencias. Agencia de Gestión de Licencias de Actividades. Bonadent, S. A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Contratación. Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana. Licitación protección y seguridad edificios . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Contratación. Distrito de Chamartín. Licitación explotación cafetería centro mayores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Contratación. Distrito de Chamartín. Licitación programa Chamartín en familia: aula de socialización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Contratación. Distrito de Tetuán. Convocatoria adjudicación suministro material deportivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias. Notificación recurso contencioso-administrativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Desestimación recurso reposición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Orden legalización obras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Orden ejecución subsidiaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Madrid Salud. Notificación expedientes servicios veterinarios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Madrid Salud. Notificación resoluciones en materia denuncias insalubridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Madrid Salud. Notificación resoluciones en materia de denuncias insalubridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Madrid Salud. Notificación resoluciones en materia de denuncias insalubridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid. Otros anuncios. Madrid Salud. Notificación resoluciones en materia denuncias insalubridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Encomienda de gestión . . . — Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Modificación delegaciones . — Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Encomienda de gestión . . . . — Alcalá de Henares. Contratación. Licitación explotación cafetería . . . . . . . . . . . — Alcalá de Henares. Contratación. Licitación equipo de apoyo a la educación temprana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Boadilla del Monte. Licencias. Miguel Chacón Sanchidrián . . . . . . . . . . . . . . . . — Boadilla del Monte. Contratación. Licitación Palacio Infante don Luis de Borbón . — Cercedilla. Régimen económico. Precios públicos servicios instalaciones deportivas . — Cercedilla. Régimen económico. Derogación ordenanza fiscal . . . . . . . . . . . . . . — Ciempozuelos. Licencias. Raúl Revenga Martín . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Ciempozuelos. Licencias. Raúl Revenga Martín . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Collado Villalba. Régimen económico. Modificación presupuestaria . . . . . . . . . — El Álamo. Régimen económico. Notificación comparecencia . . . . . . . . . . . . . . . — El Molar. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza concesión de licencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Fuenlabrada. Régimen económico. Crédito extraordinario . . . . . . . . . . . . . . . . . — Getafe. Régimen económico. Padrón bienes inmuebles sujetos a inspección técnica de edificios año 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Ordenanza impuesto bienes inmuebles . — Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Presupuesto general 2014 . . . . . . . . . . . — Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Ordenanza vehículos tracción mecánica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Loeches. Licencias. Rwcookwarw, S. L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Loeches. Licencias. Raudotrans, S. L. U. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Loeches. Licencias. Desguaces y Reciclados Natur, S. L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Loeches. Licencias. Caixabank, S. A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madarcos. Régimen económico. Presupuesto general 2014 . . . . . . . . . . . . . . . . . — Majadahonda. Otros anuncios. Notificación acto administrativo . . . . . . . . . . . . .

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Majadahonda. Otros anuncios. Notificación requerimiento inspección . . . . . . . . Móstoles. Régimen económico. Precios públicos actividades . . . . . . . . . . . . . . . Nuevo Baztán. Régimen económico. Modificación de crédito . . . . . . . . . . . . . Nuevo Baztán. Régimen económico. Modificación de crédito . . . . . . . . . . . . . Parla. Licencias. Zang Wang Yangyang . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pelayos de la Presa. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal . . . . . Ribatejada. Régimen económico. Presupuesto general 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza creación ficheros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Titulcia. Otros anuncios. Desafectación bien dominio público . . . . . . . . . . . . . . Torrejón de Ardoz. Licencias. Jianbin Li . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Torrejón de Ardoz. Licencias. Pit Lane Boxes, S. L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Torrejón de Ardoz. Licencias. Gema de Lope Gaitán . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Torrejón de Ardoz. Licencias. Shengqiang Zhou . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Torrejón de Ardoz. Licencias. Xiaorong Zheng . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Torrejón de Ardoz. Otros anuncios. Notificación abandono vehículo . . . . . . . . . Tres Cantos. Organización y funcionamiento. Ordenanza aparcamiento . . . . . . . Tres Cantos. Régimen económico. Presupuesto general 2014 . . . . . . . . . . . . . . . Valdeolmos-Alalpardo. Régimen económico. Ordenanza precio público entrada a espectáculos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villa del Prado. Régimen económico. Impuesto sobre bienes inmuebles . . . . . . Villanueva de la Cañada. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villarejo de Salvanés. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto terrenos naturaleza urbana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villarejo de Salvanés. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto bienes inmuebles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villarejo de Salvanés. Régimen económico. Bases ayudas implantación terrazas invierno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Procedimiento sancionador . . . . . . . . . . . Mancomunidad Los Olmos. Organización y funcionamiento. Modificación estatutos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Mancomunidad de Municipios del Sur. Organización y funcionamiento. Mancomunidad Sur gestión residuos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA BOCM-20131111-112 BOCM-20131111-113 BOCM-20131111-114 BOCM-20131111-115 BOCM-20131111-116 BOCM-20131111-117 BOCM-20131111-118 BOCM-20131111-119 BOCM-20131111-120 BOCM-20131111-121 BOCM-20131111-122 BOCM-20131111-123 BOCM-20131111-124 BOCM-20131111-125 BOCM-20131111-126 BOCM-20131111-127 BOCM-20131111-128 BOCM-20131111-129 BOCM-20131111-130

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— Juzgados de Primera Instancia: • Madrid número 37. Procedimiento ordinario 1.534 de 2011 . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 60. Procedimiento ordinario 1.177 de 2007 . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 75. Procedimiento 229 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Alcalá de Henares número 6. Procedimiento número 1.368 de 2011 . . . . . . . . — Juzgados de Instrucción: • Torrejón de Ardoz número 1. Juicio de faltas 504 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . — Juzgados de lo Social: • Madrid número 1. Procedimiento ordinario 978 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 2. Procedimiento ordinario 228 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 3. Procedimiento 184 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 4. Juicio 704 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 7. Procedimiento 532 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 7. Procedimiento ordinario 1.029 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 7. Procedimiento ordinario 1.029 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 8. Procedimiento 207 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 10. Juicio 797 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 10. Procedimiento 1.011 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 11. Procedimiento 242 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 12. Procedimiento ordinario 988 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 13. Juicio 1.150 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • Madrid número 15. Juicio 1.016 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Madrid número 15. Juicio 835 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 15. Juicio 940 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 16. Procedimiento 730 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 16. Procedimiento 1.094 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 19. Juicio 137 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 22. Procedimiento ordinario 332 de 2006 . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 23. Procedimiento 919 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 24. Ejecución 210 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 25. Juicio 318 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 28. Juicio 903 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 28. Juicio 1.042 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 29. Procedimiento ordinario 962 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 29. Procedimiento ordinario 612 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 31. Juicio 983 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 33. Juicio 780 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 34. Juicio 740 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Madrid número 40. Juicio 1.093 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Móstoles número 1. Ejecución 497 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Móstoles número 2. Procedimiento 860 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Móstoles número 2. Procedimiento 1.141 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Móstoles número 2. Procedimiento 376 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Alicante número 3. Procedimiento 175 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Barcelona número 14. Procedimiento 117 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Bilbao número 1. Social ordinario 148 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Bilbao número 7. Social ordinario 476 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Guadalajara número 1. Despido 520 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Murcia número 5. Despido 756 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ponferrada número 1. Procedimiento ordinario 854 de 2013 . . . . . . . . . . . . . . Toledo número 1. Procedimiento ordinario 1.642 de 2012 . . . . . . . . . . . . . . . Valladolid número 1. Procedimiento ordinario 946 de 2013.MA . . . . . . . . . .

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V. OTROS ANUNCIOS BOCM-20131111-161 BOCM-20131111-162

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— Institución Ferial de Madrid (IFEMA). Licitación moqueta ferial . . . . . . . . . . . . — Junta de Compensación del sector SUZ II-9. Proyecto de reparcelación . . . . . . .

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 1

ORDEN 3165/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 79/2005, de 2 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera Normas generales

1.1.1. 1.1.2. 1.1.3.

1.1.4.

1.1.5.

El número total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a cuatro plazas. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a una plaza. En caso de no quedar cubierta, se acumulará a las del turno de acceso libre. De acuerdo con lo que se determina en el artículo 6 del Decreto 79/2005, de 2 de agosto, en relación con lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, del total de las cuatro plazas del turno libre se reserva una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen. La plaza reservada para el cupo de discapacidad se acumulará a las del turno libre, en caso de quedar desierta. El aspirante que ingrese por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrá en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración

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1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005, aprobada por el Decreto 79/2005, de 2 de agosto.

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y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos. 1.1.6. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos turnos, libre o promoción interna, independientemente de que puedan hacer uso del cupo de discapacidad, si disponen de los requisitos establecidos para ello. 1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 79/2005, de 2 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005; el Decreto 54/2006, de 22 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición. 1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias: — Tener nacionalidad española. — Ser nacional de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. — Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Igualmente, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. — Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo y Escala al que se pretende acceder.

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Interesados

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e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además del requisito citado en el párrafo anterior, no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Ostentar la condición de funcionarios de carrera. — Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad de Madrid. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo A2. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan. 2.3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Tercera

3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud: 3.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que resulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código de la Escala: 265J. • Descripción: Seguridad y Salud en el Trabajo. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción que corresponda. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz la opción de poseer la titulación académica exigida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto.

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Solicitudes

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— En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.2. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3 .2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4. Tasa por derechos de examen. 3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de 52,39 euros, que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Bankia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la solicitud (“Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen”) los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo.

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En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

Cuarta Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad y/o soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, tener reconocido un grado de minusvalía igual

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o superior al 33 por 100 y reunir los requisitos previstos en la base segunda, apartados 1 y 3, de esta convocatoria. 4.2. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.3. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna o por el cupo de discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno de acceso libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno. 5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.5. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. Sexta Tribunal Calificador 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la

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Admisión de aspirantes

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Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría primera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos y/o Escalas análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo y Escala al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base. 6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

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Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima El procedimiento de selección se realizará a través del sistema de oposición. 7.1. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo I de la presente convocatoria. 7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, de los cuales los tres primeros tendrán carácter eliminatorio y el cuarto será voluntario y de mérito. 7.2.1. Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien preguntas, de acuerdo con la siguiente distribución: — Las dieciocho primeras preguntas versarán sobre los temas del temario general del programa que seguidamente se indican: Temas 2, 8, 10, 11, 14 y 15. — Las dieciseis siguientes preguntas versarán sobre los temas de la Parte General del temario específico del programa que se relacionan a continuación: Temas 1, 2, 3, 4, 8, 11, 15, 16, 23 y 41. — Las doce siguientes preguntas versarán sobre los temas del temario general del programa no señalados anteriormente. — Las restantes cincuenta y cuatro preguntas versarán los temas de la Parte General del temario específico del programa no citados anteriormente. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cien minutos. Los aspirantes a plazas de promoción interna que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, estarán exentos de la realización de las treinta y cuatro primeras preguntas del cuestionario. La duración máxima del ejercicio para ellos será de sesenta y seis minutos. El resto de los aspirantes del turno de promoción interna, incluidos los que se encuentren prestando servicios en esta Comunidad en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, estarán exentos de la realización de las dieciocho primeras preguntas del cuestionario. La duración máxima del ejercicio para estos aspirantes será de ochenta y dos minutos. 7.2.2. Segundo ejercicio. Los aspirantes, en un tiempo máximo de cuatro horas y treinta minutos, deberán desarrollar por escrito tres temas extraídos al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen la Parte Especial del temario específico del programa, de acuerdo con la siguiente distribución: El primer tema se extraerá del apartado “Seguridad en el Trabajo”, el segundo tema del apartado “Higiene Industrial” y el tercer tema del apartado “Ergonomía y Psicosociología Aplicada”. Los aspirantes a plazas de promoción interna que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, habrán de de-

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Sistema de selección

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sarrollar, a su elección, dos de los tres temas extraídos. La duración máxima del ejercicio para ellos será de tres horas. El resto de los aspirantes del turno de promoción interna, incluidos los que se encuentren prestando servicios en esta Comunidad en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la ley 1/1986, de 10 de abril, así como los aspirantes del turno libre y del cupo de discapacidad, deberán desarrollar los tres temas. Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los conocimientos, la calidad de expresión escrita, la sistemática en la composición de los temas, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos. 7.2.3. Tercer ejercicio. Consistirá en la realización de un supuesto práctico, extraído al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio de entre tres propuestos por el Tribunal, que versará sobre el temario específico del programa. Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio. El supuesto será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico, la sistemática y el conjunto de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos. 7.2.4. Cuarto ejercicio. Consistirá en la realización sin diccionario de una traducción directa, por escrito, en castellano, de un documento redactado en inglés, francés o alemán, a elección del opositor. Los aspirantes podrán optar hasta por dos de los idiomas señalados y, para la práctica del ejercicio, dispondrán de cuarenta y cinco minutos para cada uno de los idiomas elegidos. La traducción o traducciones realizadas deberán ser leídas por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal, que podrá, a continuación, dialogar con él en la lengua o lenguas elegidas, durante un tiempo máximo de quince minutos para cada una de ellas. El Tribunal Calificador determinará el momento del proceso selectivo en el que los aspirantes harán constar por escrito el idioma o idiomas elegidos para la realización de este ejercicio. Para la corrección de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas que designe. 7.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “G”, de conformidad con la Resolución de 6 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre). 7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.6. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partir del segundo semestre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.4 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados.

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Octava 8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: 8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. Sin perjuicio de las competencias asignadas al Tribunal de Selección por la base 8.2, a los efectos de la determinación del nivel mínimo necesario para superar este ejercicio, el órgano selectivo tendrá en cuenta de forma proporcional el número de preguntas que integran los exámenes para cada turno y forma de acceso. 8.1.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los temas se calificará de cero a diez puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos en cada tema. La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los tres temas, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos. Para los aspirantes del turno de promoción interna exentos de la realización de uno de los tres temas, la calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos temas que hubieran desarrollado, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. 8.1.3. Tercer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. 8.1.4. Cuarto ejercicio: La calificación de este ejercicio será de cero a cinco puntos por cada uno de los idiomas, con un límite global máximo de diez puntos. 8.2. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados, el Tribunal establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo de idoneidad será común para todos los aspirantes, con independencia del turno o cupo por el que concurran. Una vez superado el nivel mínimo de idoneidad común exigido, el Tribunal podrá determinar, de manera diferente para cada turno y el cupo, la puntuación mínima necesaria para aprobar cada uno de los ejercicios, todo ello en función del número de aspirantes que hubieran alcanzado el citado nivel mínimo común y el número de plazas convocadas. No obstante, el nivel mínimo exigible a los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad no podrá ser, en ningún caso, superior al fijado para el sistema general de acceso libre al que está vinculado dicho cupo. 8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará, en primer lugar, a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior, celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se calificará, separadamente y por este orden, a los aspirantes del cupo de discapacidad y a los aspirantes del turno de acceso libre, estableciéndose el nivel mínimo necesario para la superación del ejercicio y publicándose la relación de aprobados. 8.4. En el caso de que alguno de los aspirantes del cupo de discapacidad que no haya obtenido plaza por dicho cupo tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a los aspirantes del turno libre, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deberá incluir automáticamente a dicho aspirante en el citado turno libre al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes que concurren por el mismo. 8.5. Calificación final. El orden de los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria.

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Calificación del proceso selectivo

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En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1.o Aspirante que concurra por el cupo de discapacidad. 2.o Mayor puntuación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicios, por este orden. 3.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. 8.6. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho. Novena Lista de aprobados del proceso selectivo 9.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas las relaciones independientes de seleccionados por cada turno de acceso, por el orden de puntuación alcanzada, con indicación de las notas parciales de todos y cada uno de los ejercicios de la oposición, así como de su documento nacional de identidad. 9.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador elevará a la Dirección General de Función Pública la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden decreciente de puntuación, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición. c) Puntuación total. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Décima 10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas incluidas en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: a) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del documento nacional de identidad y, en su caso, de demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos de la base 2.1.b). b) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. d) En caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, se deberá acreditar que se reúne el requisito establecido en la base 1.1.3, mediante tarjeta vigente identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente

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Presentación de documentos

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o mediante certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, o, en su caso, mediante el resto de la documentación a la que se refiere la base 3.4.2. Aquellos aspirantes del cupo de discapacidad que, en aplicación de lo dispuesto en la base 8.4, hubieran superado el proceso selectivo por el sistema general de acceso libre, deberán aportar, asimismo, la documentación anteriormente señalada. e) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.4. 10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. 10.3. En caso de haber superado el proceso selectivo por el turno de promoción interna, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda aportará de oficio al procedimiento certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2. En el supuesto de no quedar acreditados dichos extremos, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. 10.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo y Escala, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Undécima Nombramiento de funcionarios de carrera Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y aporten la documentación requerida en la base décima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Duodécima Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de exámenes deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio. No obstante, los aspirantes también podrán remitir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo. Decimotercera Lista de espera para funcionarios interinos 13.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efec-

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Comunicaciones e incidencias

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tos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera, integrada por un máximo de 50 candidatos, con los aspirantes del turno libre y el cupo de discapacidad que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria. El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados, de mayor a menor. En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios: — Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, este se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación. — Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicios de la oposición, por este orden. — De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria. 13.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acuerdo con lo previsto en la base 9.1, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado, incluyendo asimismo, a los efectos previstos en la base 13.4, a todos aquellos aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no formasen parte de la lista de espera inicial, y especificando en dicha relación el turno o cupo por el cual los aspirantes han participado en el proceso selectivo. La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los 50 primeros aspirantes, la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria. 13.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 13.4. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada según lo señalado en el apartado anterior, siempre que existan aspirantes que, habiendo superado alguno de los ejercicios de la oposición, no se hayan integrado en la inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio. La ordenación de los candidatos en la ampliación de la lista de espera se realizará de conformidad con los criterios establecidos en el primer apartado de esta base. Decimocuarta Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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Norma final

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ANEXO I PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESCALA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID TEMARIO GENERAL

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

8. 9. 10. 11. 12. 13.

14. 15. 16.

La Constitución Española de 1978: características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas: su garantía y suspensión. Organización territorial del Estado. Regulación constitucional del sistema autonómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. La Administración Local. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea Legislativa: composición, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: composición, designación y remoción. Funciones y potestades. La Administración autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional. La Oficina de Atención al Ciudadano. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. Órganos auxiliares. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario. Los contratos administrativos: clases. La adjudicación de los contratos. Ejecución y modificación de los contratos. Revisión de precios. Extinción de los contratos administrativos: cumplimiento y resolución. La Función Pública en la Constitución de 1978. El régimen jurídico de la función pública estatal: normativa básica. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. La Hacienda Pública en la Constitución Española. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado La evolución de las Comunidades Europeas: antecedentes, nacimiento y objetivos. Los Tratados originarios y modificativos. Estado actual del proceso de unificación europea. El sistema monetario europeo: el euro. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios generales. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo. Revisión de los actos administrativos: revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. La responsabilidad patrimonial de la Administración. El régimen jurídico en el sistema español. Responsabilidad de autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Responsabilidad. Régimen disciplinario. La Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid: contenido y estructura. El ciclo presupuestario.

TEMARIO ESPECÍFICO PARTE GENERAL

Conceptos generales de la prevención de riesgos laborales

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3.

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5.

Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales: Interacción trabajo y salud. Costes de los daños derivados del trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto de integración de la prevención. Prevención y calidad. Los principios de la acción preventiva. Las especialidades preventivas: Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía. Psicosociología aplicada. Medicina del Trabajo. Técnicas de participación. La información y la comunicación. La formación. La seguridad industrial, medioambiental y de protección civil. Unión Europea (I): El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política comunitaria en esta materia en el ámbito de los Tratados de las Comunidades Europeas. Las Estrategias Europeas de Seguridad y Salud en el Trabajo. Unión Europea (II): Las actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones comunitarias. La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo y la Red Europea de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El Comité Consultivo para la

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Seguridad y la Salud en el Trabajo. El Comité de Altos Responsables de las Inspecciones de Trabajo. El Comité Científico para el Establecimiento de Valores Límite de Exposición. Unión Europea (III): Las directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La directiva marco 89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y completan lo establecido en la directiva marco. Recomendaciones y otros actos relacionados. Unión Europea (IV): Las directivas del mercado interior único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El funcionamiento y características del mercado único. El Espacio Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los requisitos esenciales de los productos. El enfoque global. Ámbito internacional: La Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), origen y evolución; sus objetivos, estructura y organización. Los Convenios de la O.I.T., las recomendaciones y otras actuaciones. Contenidos de los Convenios O.I.T. sobre salud y seguridad. El papel de otras organizaciones y programas: O.M.S., O.M.I., PNUMA, O.C.D.E.. La Asociación Internacional de la Seguridad Social (A.I.S.S.). El Consejo de Europa. La Carta Social Europea. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España: Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978. El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y su normativa de desarrollo. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. El Sistema Español de Seguridad Social. El Régimen General: acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto y clases de prestaciones. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Contingencias cubiertas. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral. La distribución de competencias y coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Funciones y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en relación con esta materia. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. La Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. La Comunidad de Madrid: traspaso de funciones y servicios en materia de seguridad e higiene en el trabajo. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Ejecución de la normativa en prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Comunidad de Madrid. El IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Régimen de las actividades preventivas. Plan general de actividades preventivas de la Seguridad Social. Sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. Sociedades de prevención. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. El contrato de trabajo. Modalidades de contratación. La subcontratación. El salario. La jornada laboral. Horas extraordinarias. Descanso. Vacaciones. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación de actividades empresariales en materia de prevención. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud: competencias y facultades. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Reglamento de los Servicios de Prevención (I): La integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa.. El Plan de prevención de riesgos laborales. La evaluación de los riesgos. La planificación de la actividad preventiva. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La acreditación y autorización de entidades especializadas. Medios humanos y materiales. Procedimiento de revocación. Orden TIN 2504/2010. Real Decreto 843/2011. El desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. La coordinación en obras de construcción. La Ley de subcontratación en el sector de la construcción y su normativa de desarrollo. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto. El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría. La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter su sistema de prevención a una auditoría externa. Otros sistemas de gestión de la prevención. Las obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores: Las exigencias de la libre circulación de mercancías en el mercado único europeo. La responsabilidad por los perjuicios causados por los productos defectuosos. La obligación de facilitar toda información útil sobre el uso seguro de un equipo o producto con ocasión de su comercialización. La obligación de información del empresario a los trabajadores. Responsabilidades y sanciones con relación a la prevención: Responsabilidades administrativas, infracciones administrativas, control de la actividad preventiva. La actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales de las Comunidades Autónomas. Procedimiento sancionador. Sanciones. Las responsabilidades penal y civil en materia de prevención de riesgos laborales. Delitos contra los derechos de los trabajadores. La protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo. Supuestos especiales de responsabilidad. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración Pública: Las excepciones de la Ley de Prevención. El Real Decreto 67/2010, de 29 de enero, de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado. El Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de la actuación de la Inspección de Trabajo y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la

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Administración General del Estado. Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de los centros y establecimientos militares, centros penitenciarios, resguardo aduanero, seguridad y policía. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora durante el embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal: Características específicas de estas relaciones. Normativa aplicable. Obligaciones empresariales con relación a la prevención de riesgos laborales. El Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las Empresas de Trabajo Temporal. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud. Planificación e información sanitaria. Las enfermedades profesionales. Utilización de equipos de protección individual. Concepto y prioridad de utilización de los equipos de protección individual (EPI) en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. Artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Formación de los recursos preventivos. Formación para el desarrollo de las funciones de nivel básico, intermedio y superior en prevención de riesgos laborales. Control estadístico de la accidentabilidad. Principales índices. La evolución de la siniestralidad en la Comunidad de Madrid. Notificación y registro de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Conceptos básicos de higiene industrial. Toxicología laboral: Clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al organismo de los agentes químicos. Criterios de valoración de agentes químicos. Valores límites ambientales (VLA). Valores límites biológicos (VLB). Criterios de valoración. Valores límite internacionales. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta higiénica: Identificación de los contaminantes. El método analítico. La valoración de la exposición. Control de las exposiciones, técnicas generales. Establecimiento de prioridades de las acciones de control. Ventilación general. Ventilación por extracción localizada. Equipos de protección individual para agentes químicos. Normativa específica de Agentes Químicos: Real Decreto 374/2001, sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes químicos. Agentes biológicos. Características y clasificación de los agentes biológicos. Efectos para la salud. Metodología de evaluación de la exposición a agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Medición de agentes biológicos: características de los equipos de muestreo. Criterios de valoración. Limitaciones de la medición. Control de las exposiciones. Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Ruido. Fundamentos de acústica. Magnitudes y unidades. Efectos del ruido. Medición del ruido. Equipos de medición. Valoración de exposición laboral a ruido. Principios de control de ruido. Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Vibraciones. El Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección y la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Física de las vibraciones. Medida de las vibraciones. Vibraciones mano-brazo: efectos, evaluación y control de la exposición. Vibraciones del cuerpo completo: efectos, evaluación y control de la exposición a vibración del cuerpo completo. Ambiente térmico. Ecuación del Balance Térmico. Mecanismos de termorregulación y de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Efectos del calor y el frío sobre el organismo. Métodos de valoración: Índice WBGT (Wet bulbe globe temperature). Índice de sudoración requerida. Índice PMV-PPD (Predicted Mean Value-Predicted Percentage of Disatisfied). Índice IREQ (Aislamiento requerido de la vestimenta). Índice WCI (Índice de enfriamiento por el viento). Control de las exposiciones. Principales medidas preventivas. Investigación de daños a la salud de los trabajadores: Objetivos de la investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Daños a la salud que se deben investigar. Metodología de la investigación. El informe resultante de la investigación. Características que deben de cumplir las propuestas preventivas emanadas de la investigación. Inspecciones de seguridad: Concepto y objetivos de la inspección de seguridad. Inspecciones planificadas y no planificadas. Metodología de la inspección de seguridad. Explotación de los resultados.

PARTE ESPECIAL

1. 2. 3. 4.

Los costes de los accidentes de trabajo: Coste humano y coste económico de los accidentes de trabajo. Coste para el accidentado. Coste para la empresa. Coste para la sociedad. Análisis coste-beneficio de la prevención. Control estadístico de la accidentabilidad. Principales índices. La evolución de la siniestralidad en la Comunidad de Madrid. Notificación y registro de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Investigación de accidentes de trabajo. Disposiciones mínimas sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Criterios para el empleo de la señalización. Tipos de señalización. Utilización de equipos de protección individual. Concepto y prioridad de utilización de los equipos de protección individual (EPI). Mantenimiento de los EPI. Tipos de EPI. La elección de los EPI. El mercado único europeo y el diseño y comercialización de los EPI.

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Seguridad en el trabajo

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Protección colectiva: Concepto de protección colectiva, criterios de elección. Análisis previo a la implantación de protección colectiva. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en las obras de construcción. El estudio y el plan de seguridad y salud. Obligaciones de coordinación en la fase de proyecto y de ejecución. La dirección facultativa de la obra. El libro de incidencias. La paralización de los trabajos. La ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. Requisitos de seguridad y salud establecidos en el anexo IV del Real Decreto 1627/1997. Riesgos específicos en cada fase. Demolición. Movimientos de tierra, cimentación, estructura, cerramiento y acabados. Convenio General del Sector de la Construcción. Trabajos en altura. Medidas de prevención y protección. Trabajos verticales. Equipos de trabajo. Riesgos en los lugares de trabajo. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo. Condiciones ambientales en los lugares de trabajo. La iluminación en los lugares de trabajo. Locales provisionales y trabajos al aire libre. Normativa aplicable. El riesgo de incendio (I): Química del fuego. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos, reacción al fuego y resistencia al fuego. Reglamentación de protección contra incendios según la actividad de los establecimientos. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Sistemas de detección y de alarma. El riesgo de incendio (II): Medios de lucha contra incendios. Medios de Protección contra incendios, extintores de incendios, bocas de incendio equipadas, hidrantes, columnas secas y rociadores automáticos. Alumbrado de señalización y emergencia. El Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Máquinas (I): Definición de máquina y de zona peligrosa. Principales riesgos presentes en las máquinas. Selección de las medidas de seguridad. Medidas de prevención intrínseca. Medidas de protección a tomar por parte del diseñador o fabricante; resguardos y dispositivos de protección. Máquinas (II): Normativa legal aplicable. El Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Requisitos esenciales de seguridad y salud. Normas armonizadas y presunción de conformidad. Procedimiento de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE. Máquinas (III): Sectores de la madera y del metal. Principales tipos de máquinas. Riesgos en su utilización. Dispositivos de protección. Medidas de prevención. Utilización de los equipos de trabajo. La elección del equipo de trabajo. Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo. Análisis y evaluación de riesgos. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad. Marcado CE, características. Normativa aplicable. Equipos de elevación y transporte: Instalación de la máquina. Mantenimiento. Utilización adecuada de los equipos. Equipos para elevar cargas; Ascensores, plataformas elevadoras y montacargas. Grúas. Aparejos. Cabrias. Cabestrantes. Elementos auxiliares; cadenas, cables, cabos, eslingas, ganchos, poleas, etc. Riesgos debidos a la electricidad (I): Efectos nocivos de la electricidad. Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico; Intensidad de corriente, resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona. Actuación en caso de accidente eléctrico. Riesgos debidos a la electricidad (II): Tipos de contacto eléctricos. Protección contra contactos eléctricos. Sistemas de protección. El Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Explosiones: Concepto de explosión y de atmósfera explosiva. Polvos combustibles y gases y vapores inflamables. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Medidas de prevención de la formación de atmósferas explosivas. Aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Fuentes de ignición. Espacios confinados: Concepto de espacio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El Permiso de Trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Formación e información. La presencia de los recursos preventivos. Tipos de espacios confinados y motivos de acceso. Almacenamiento de productos químicos. Instrucciones técnicas complementarias sobre almacenamientos de productos inflamables y combustibles, tóxicos, botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

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Toxicología industrial. Concepto de tóxico. Definición y clasificación de los contaminantes. Vías de exposición. Dosis interna, externa, acumulación y vida media. Tipos de acción tóxica. Mecanismos de toxicidad. Relación dosis-efecto y dosisrespuesta. Efectos: Clasificación fisiopatológica de los contaminantes químicos. Medida de la toxicidad en relación con diferentes patrones de exposición. Clasificación y acción tóxica de mutágenos, cancerígenos y tóxicos para la reproducción. Normativa sobre comercialización de sustancias y preparados peligrosos. Identificación y comunicación del riesgo químico. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y preparados peligrosos. Mecanismos de información: Etiquetas. Fichas de datos de seguridad. Criterios de valoración de agentes químicos. Concepto de criterio de valoración. Bases para el establecimiento de un criterio de valoración. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. Valores límites ambientales (VLA).

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Valores límites biológicos (VLB). Valores límite internacionales. Tipos y filosofía de los criterios de valoración. Control biológico. Definiciones y bases. Criterios de control biológico. Ventajas, limitaciones y sesgos del control biológico. Implementación del control biológico. Medición de los contaminantes químicos. Mediciones puntuales y promedio. Mediciones personales y ambientales. Instrumentos de lectura directa. Sistemas activos de toma de muestras. Calibración de los equipos. Sistemas pasivos de toma de muestras. Transporte y conservación de las muestras. Condicionantes de la toma de muestras. Control de calidad de los equipos de medida. Análisis de las muestras. Principales técnicas analíticas. El método analítico: descripción, contenido y características. Procedimientos de validación. Fiabilidad del proceso de medida de concentraciones ambientales y biológicas de los contaminantes químicos. Sistemas de gestión de la calidad. Documentos del sistema de gestión de la calidad: manual de calidad; procedimientos normalizados de trabajo. Elementos del programa de calidad: mantenimiento y calibración de los equipos de toma de muestras y análisis. Evaluación externa de la calidad: ensayos de intercomparación. Teoría del muestreo. Representatividad de las mediciones. Estrategias de muestreo. Directrices para la evaluación de la exposición por inhalación de agentes químicos. Modelos estadísticos aplicados a Higiene Industrial. Control de las exposiciones. Técnicas generales: Acciones de control técnicas. Acciones de control organizativas. Priorización del control de riesgos. Acciones sobre el agente. Acciones sobre el proceso. Acciones en el local de trabajo. Acciones en los métodos de trabajo. Ventilación general por dilución: tipos y aplicación. Criterios de diseño de un sistema de ventilación general. Cálculo del caudal requerido. Ventilación de talleres y oficinas. Ventilación por extracción localizada. Conceptos básicos. Definiciones y ecuaciones fundamentales. Comportamientos dinámicos de las partículas. Flujo de aire en conducciones. Pérdida de carga. Elementos de un sistema de extracción localizada: campanas, conductos, ventiladores, depuradores. Diseño de sistemas de extracción localizada. Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Criterios generales para la selección y uso de los equipos de protección individual frente a agentes químicos. Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Identificación y evaluación de riesgos por agentes carcinógenos. Valores límite de exposición. Exposiciones accidentales y exposiciones no regulares. Prevención y reducción de la exposición. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Trabajos con riesgo de exposición al amianto. Medidas de prevención y protección. Plan de trabajo. Registro de empresas con riesgo por amianto. Exposición a contaminantes físicos y químicos en las actividades de los sectores de la madera y el metal. Riesgos y medidas preventivas en la aplicación de lacas, barnices y disolventes. Riesgos y medidas preventivas en operaciones donde se genere polvo de madera. Riesgos y medidas preventivas en operaciones de soldadura y tratamientos superficiales. Agentes biológicos. Características de los agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes biológicos. Condicionantes de la gravedad del efecto. Evaluación de los Agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Medición de agentes biológicos: características de los equipos de muestreo y principales técnicas analíticas. Criterios de valoración. Limitaciones de la medición. Control de la exposición a Agentes biológicos. Concepto de contención: principales medidas de contención. Aplicación de las medidas de contención. Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo y modificaciones posteriores. Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Conceptos básicos. Valores límites de exposición. Evaluación de riesgos. Equipos de medición y procedimiento. Medidas de prevención y protección. Vigilancia de la salud. Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Conceptos básicos. Valores límites de exposición. Evaluación de riesgos. Equipos de medición y procedimiento. Medidas de prevención y protección. Vigilancia de la salud. Evaluación de la exposición a ambientes térmicos calurosos. Conceptos básicos. Ecuación del Balance Térmico. Métodos para la estimación del consumo energético. Mecanismos de termorregulación. Mecanismos de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente: radiación, convección, conducción y evaporación. Medida de las variables termohigrométricas. Características de la instrumentación. Efectos del calor sobre el organismo. Evaluación de la exposición a ambientes térmicos calurosos. Métodos de valoración. Índice WBGT (Wet bulbe globe temperature). Índice de sudoración requerida. Criterios de valoración. Control de las exposiciones. Radiaciones no ionizantes. Conceptos básicos. Naturaleza de las radiaciones no ionizantes. Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales. Conceptos básicos. Valores límites de exposición. Evaluación de riesgos. Equipos de medición y procedimiento. Medidas de prevención y protección. Vigilancia de la salud. Radiaciones ionizantes. Tipos de radiaciones ionizantes. Magnitudes y unidades: dosis absorbida y equivalente, vida media. Interacción de las radiaciones ionizantes con la materia: Irradiación y Contaminación. Efectos de las radiaciones ionizantes. Métodos de detección y medición de las radiaciones ionizantes. Protección radiológica: medidas básicas de protección radiológica. Real Decreto 783/2001, Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Radiación natural: Radón. Radiación cósmica (aeronaves). Instalaciones nucleares y radiactivas. Real Decreto 1836/1999, Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. Instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

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ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA

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Ergonomía: Conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en Ergonomía y Psicosociología. Técnicas de investigación en Ergonomía y Psicosociología: La observación, las entrevistas y los grupos de discusión. La encuesta y las escalas de actitudes. Métodos estadísticos, tipos de estudio, selección de muestras, definición y selección de las variables de estudio, recogida y análisis de los datos aplicados en Ergonomía y Psicosociología. Calidad del ambiente interior: Evaluación, prevención y control de riesgos. Los factores ambientales en el Real Decreto 486/1997: Las condiciones ambientales y de iluminación mínimas de los lugares de trabajo; criterios para su evaluación y acondicionamiento. Evaluación del bienestar térmico. Normativa aplicable. Los índices PMV y PPD. Evaluación del ambiente físico basada en la valoración de sus efectos sobre el trabajador: Aspectos ergonómicos del ruido y su evaluación: Criterios SIL y NR. Principios ergonómicos aplicables para el diseño del puesto de trabajo. Bases antropométricas dinámicas y estáticas. Pantallas de visualización de datos: Metodología para la evaluación específica de los riesgos derivados. Acondicionamiento de los puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos. El Real Decreto 488/1997. Carga física de trabajo: Fisiología de la actividad muscular. La capacidad de trabajo física. Medición de la carga derivada del trabajo dinámico mediante el consumo de oxígeno. Fatiga física y su recuperación. Carga física de trabajo: Su valoración mediante la medición de la frecuencia cardiaca. Los Criterios de Chamoux y de Frimat. Manipulación manual de cargas. Riesgos asociados y su prevención. El Real Decreto 487/1997. Posturas de trabajo: Factores que las determinan. Criterios para la evaluación de las posturas de trabajo. Riesgos derivados de las posturas de trabajo y su prevención. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación. El método OWAS y el método REBA. Trastornos musculoesqueléticos. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Métodos de evaluación de estos riesgos. Carga mental de trabajo: Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basados en factores de carga inherentes a la tarea. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos. Factores psicosociales: Los aspectos relativos al diseño de las tareas. Riesgos derivados de la división del trabajo y su prevención. Los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. Riesgos derivados del trabajo a turnos y nocturno. Metodología para la evaluación de los factores psicosociales. Estrés laboral: Estresores; factores modulares del estrés; respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral. La violencia, el acoso y hostigamiento en el trabajo (mobbing). El trabajo bajo presión. Motivación y satisfacción laboral. El efecto del «quemado» (burn out). Otros aspectos de índole psicosocial. La intervención psicosocial: Sobre la organización del trabajo, sobre el estilo de dirección, y sobre los individuos. Procesos organizacionales para el control del riesgo. Comunicación y sistemas de información. Motivación. Campañas de divulgación y sensibilización. Técnicas de participación. Técnicas de negociación.

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES er

2o Apellido

1 Apellido Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta. 2) Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria. 3) Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria. 4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria. 5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. 6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia 9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a) En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago. b) También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO III DIRECCIONES DE LOS REGISTROS Consejería

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

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(03/36.299/13)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 2

ORDEN 3166/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013, aprobada por el Decreto 36/2013, de 25 de abril. 1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a dos plazas. 1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a una plaza. En caso de no quedar cubierta, se acumulará a las del turno de acceso libre. 1.1.3. El aspirante que ingrese por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrá en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. 1.1.4. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos. 1.1.5. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos. 1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el

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Normas generales

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Decreto 36/2013, de 25 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo. 1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición y para el curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre). c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que se pretende acceder. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Ostentar la condición de funcionarios de carrera. — Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad de Madrid. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo A2. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan.

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Interesados

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2.3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Tercera 3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo V de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo VI de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud. 3.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que resulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código del Cuerpo: 2693. • Descripción: Inspectores de Hacienda. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción “Libre” o “Promoción interna”, según corresponda. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz la opción de poseer la titulación académica exigida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto. — En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excelentísimo señor Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.2. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. 3.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo VI de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLE-

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Solicitudes

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TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solici-

tud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4. Tasa por derechos de examen. 3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de cincuenta y dos euros con treinta y nueve céntimos (52,39 euros), que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Bankia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud (“Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen”) los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la Oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. 3.4.2. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para ex-

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pedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. 3.4.3. Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo. Cuarta Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de cualquiera de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, conta-

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Admisión de aspirantes

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dos a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a la plaza de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno de acceso libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno. 5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.5. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. Sexta 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría primera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolu-

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Tribunal Calificador

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ción por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base. 6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima 7.1. El programa que ha de regir la oposición es el que figura como Anexos I, II, III y IV de la presente convocatoria. 7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, de los cuales los cuatro primeros tendrán carácter eliminatorio y el quinto será voluntario y de mérito. 7.2.1. Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de quince preguntas, sobre los temas incluidos en los Anexos I.1 (“Derecho Civil” y “Derecho Mercantil”) y I.2 (“Economía General” y “Economía de la Empresa”). Las preguntas a contestar por los aspirantes se estructurarán en los siguientes bloques: a) Un primer bloque de diez preguntas comunes y obligatorias para todos los aspirantes, de las que cinco versarán sobre los temas del Anexo I.1 (“Derecho Civil” y “Derecho Mercantil”) y otras cinco sobre los temas del Anexo I.2 (“Economía General” y “Economía de la Empresa”). b) Un segundo bloque de cinco preguntas a elegir de entre dos propuestos por el Tribunal, correspondientes uno a los temas del Anexo I.1 y otro a los temas del Anexo I.2. Los aspirantes deberán optar obligatoriamente por uno de los dos bloques de preguntas propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas. Los aspirantes a plazas de promoción interna que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan al Cuerpo de Subinspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, estarán exentos de la realización de este ejercicio. Asimismo, estarán exentos de la realización de este ejercicio los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en esta Comunidad en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y que, reuniendo los

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Ejercicios de la oposición

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requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan a los Cuerpos Técnicos de Hacienda, Técnicos de Auditoría y Contabilidad y Técnicos de Gestión Catastral, todos ellos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, o aquellos homólogos de otras Administraciones Públicas diferentes a la estatal. No estarán exentos de la realización de este ejercicio los funcionarios que, concurriendo a las plazas del turno de promoción interna, pertenezcan a cuerpos funcionariales distintos de los anteriormente citados. Segundo ejercicio. Constará de dos partes: a) La primera consistirá en la resolución de un supuesto práctico de Contabilidad y Matemáticas Financieras, según el temario que se detalla en el Anexo II. Para la realización de esta parte, los aspirantes contarán con un tiempo máximo de cuatro horas. Estarán exentos de la realización de esta primera parte del segundo ejercicio los aspirantes que reúnan las condiciones para estar exentos de la realización del primer ejercicio, según lo determinado en la base 7.2.1. b) La segunda parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico profesional que implicará la formulación de observaciones, opinión o dictamen sobre los aspectos jurídico-tributarios del caso planteado por el Tribunal, incluyendo la realización de liquidaciones tributarias correspondientes a tributos propios o cedidos cuya gestión corresponda a la Comunidad de Madrid. Para la realización de esta parte, los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cuatro horas. Cada una de las partes del segundo ejercicio se realizará en días diferentes. El Tribunal determinará, en su caso, los textos legales que pueden utilizar los opositores en la realización de la segunda parte de este ejercicio. Tercer ejercicio. Consistirá en la exposición oral, en sesión pública y durante un tiempo máximo de una hora, de cuatro temas extraídos al azar del programa que se detalla en el Anexo III, conforme a la siguiente distribución: a) Dos temas del programa incluido en el Anexo III.1 (“Derecho Constitucional y Administrativo”). b) Un tema del programa incluido en el Anexo III.2 (“Hacienda Pública”). c) Un tema del programa incluido en el Anexo III.3 (“Sistema Financiero Español”). Cuarto ejercicio: Consistirá en la exposición oral, en sesión pública y durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, de tres temas extraídos al azar del programa que se detalla en el Anexo IV “Derecho Financiero y Tributario Español”. De los tres temas, uno será necesariamente de la parte general y procedimientos tributarios (temas 1 a 25) y otro necesariamente de la parte especial (temas 26 a 57), pudiendo el tercer tema corresponder a cualquiera de ambas partes. El tercer y cuarto ejercicio se desarrollarán conforme a las siguientes normas: — El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma equilibrada entre los temas de cada ejercicio. — Con carácter previo a la exposición y después de la extracción de los temas, se concederá un tiempo máximo de quince minutos para que el aspirante elabore, en presencia del Tribunal, un guión que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición. — Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de su exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. — En ambos ejercicios se valorará el volumen de conocimientos del opositor, la claridad de su exposición y la capacidad de expresión oral.

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Quinto ejercicio: Consistirá en la realización sin diccionario de una traducción directa, por escrito, en castellano, de un documento redactado en inglés, francés o alemán, a elección del opositor. Los aspirantes podrán optar hasta por dos de los idiomas señalados disponiendo, para la práctica del ejercicio, de sesenta minutos por cada uno de los idiomas elegidos. La traducción o traducciones realizadas deberán ser leídas por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal, que podrá a continuación dialogar con él en la lengua o lenguas elegidas. El Tribunal Calificador determinará el momento del proceso selectivo en el que los aspirantes harán constar por escrito el idioma o idiomas elegidos para la realización de este ejercicio. Para la corrección de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas que designe. 7.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “X”, de conformidad con la Resolución de 13 de mayo de 2013, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo). 7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.6. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partir del segundo semestre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.4 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados. Octava 8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: 8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará como apto o no apto, siendo necesario para superarlo obtener la calificación de apto. 8.1.2. Segundo ejercicio: La primera parte se calificará como apto o no apto, siendo necesario para superarla obtener la calificación de apto. La segunda parte se calificará de cero a veinticinco puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de doce puntos y medio. 8.1.3. Tercer ejercicio: Se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos. 8.1.4. Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de quince puntos. 8.1.5. Quinto ejercicio: Se calificará de 0 a 5 puntos por cada idioma elegido. 8.2. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados, el Tribunal establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo de idoneidad será común para todos los aspirantes, con independencia del turno por el que concurran. Una vez superado el nivel mínimo de idoneidad común exigido, el Tribunal podrá determinar, de manera diferente para cada turno, la puntuación mínima necesaria para aprobar cada uno de los ejercicios, todo ello en función del número de aspirantes que hubieran alcanzado el citado nivel mínimo común y el número de plazas convocadas.

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Calificación de los ejercicios y lista de aprobados de la oposición

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8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer lugar a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior, celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se calificará a los aspirantes del turno de acceso libre, estableciéndose el nivel mínimo necesario para la superación del ejercicio y publicándose la relación de aprobados. 8.4. Una vez concluida la oposición, la calificación de los aspirantes que la hubieren superado se determinará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que la integran. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1.o Mayor calificación obtenida en el cuarto, tercer y segundo ejercicios, por este orden. 2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. 8.5. Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7 y elevará a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que la han superado, por cada turno de acceso, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición. c) Puntuación total. 8.6. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho. Novena 9.1. Los aspirantes que hayan superado la oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero). 9.2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Función Pública, y tendrá como finalidad la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que garantice la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan. Su programa, regulación y duración concreta, previa propuesta de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Dirección General de Función Pública, se establecerá por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 9.3. Para superar el curso selectivo, los aspirantes que participen en él deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo componen, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superado el curso y perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. 9.4. El curso se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. Los aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se calificará en más de cinco puntos.

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Curso selectivo

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9.5. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal Calificador la relación de aspirantes que lo hubiesen superado, que se hará pública en los términos establecidos en la base 7.7. Décima Lista de aprobados del proceso selectivo 10.1. Calificación final. El orden de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la oposición y en el curso selectivo, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria. En caso de igualdad en la calificación final, prevalecerá la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo. De continuar el empate, se atenderá al orden que hubiese resultado de la aplicación de los criterios relacionados en la base 8.4. 10.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Calificador hará pública y elevará a la Dirección General de Función Pública las relaciones independientes de seleccionados por cada turno de acceso, en la que constarán los aspirantes aprobados según el orden de puntuación alcanzada, de mayor a menor. 10.3. En la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, el Tribunal indicará: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo. c) Puntuación total. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Undécima 11.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas incluidas en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad. B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la Base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. D) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.3.

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Presentación de documentos

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11.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho. 11.3. En caso de haber superado el proceso selectivo por el turno de promoción interna, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda aportará de oficio al procedimiento, certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2. En el supuesto de no quedar acreditados dichos extremos, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. 11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Duodécima Nombramiento de funcionarios de carrera Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y aporten la documentación requerida en la base undécima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Decimotercera Comunicaciones e incidencias Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de exámenes deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio o, en su caso, del curso selectivo. No obstante, los aspirantes también podrán remitir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo. Decimocuarta 14.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera, integrada por un máximo de 20 candidatos, con los aspirantes del turno libre que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición o, en su caso, la Dirección General de Función Pública anule alguna de las pruebas que forman parte del curso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

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Lista de espera para funcionarios interinos

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El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor. En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios: — Mayor calificación obtenida en el cuarto, tercer y segundo ejercicios de la oposición, por este orden. — De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria. 14.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, de acuerdo con lo previsto en la base 8.5, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado, incluyendo asimismo, a los efectos previstos en la base 14.5, a todos aquellos aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no formasen parte de la lista de espera inicial. La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los veinte primeros aspirantes la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria. 14.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 14.4. En el supuesto de que algún aspirante no superara el curso selectivo previsto en la base novena, podrá integrarse en la lista de espera con anterioridad a aquellos aspirantes que no superaron la oposición y de conformidad con los criterios establecidos en esta base, modificándose por Resolución de la Dirección General de Función Pública la lista de espera que hubiera sido aprobada en virtud de lo dispuesto en el precedente apartado. 14.5. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada según lo señalado en el apartado tercero de esta base, siempre que existan aspirantes que, habiendo superado alguno de los ejercicios de la oposición, no se hayan integrado en la inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio. La ordenación de los candidatos en la ampliación de la lista de espera se realizará de conformidad con los criterios establecidos en el primer apartado de esta base. Decimoquinta Norma final

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Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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ANEXO I PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE INSPECTORES DE HACIENDA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID ANEXO I.1

Derecho Civil 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19.

Las fuentes del derecho en el sistema jurídico positivo español. Código Civil y legislación complementaria. La aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general. Límites en el tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho. La persona. Concepto y clases. La persona física. La persona jurídica: La fundación y la asociación. Capacidad. Representación. Nacionalidad. Domicilio. Estado civil. El Registro Civil. Los regímenes económicos del matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales. La sociedad de gananciales. El régimen de participación. El régimen de separación de bienes. El objeto del derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. La prescripción y la caducidad. Los derechos reales. Concepto, clases y caracteres. Los derechos reales de garantía. Hipoteca. Hipoteca mobiliaria. Prenda. Prenda sin desplazamiento. Anticresis. El derecho de propiedad. Contenido. Protección. Adquisición y pérdida del dominio. Especial referencia a la donación. La comunidad de bienes. La posesión. Usufructo, uso y habitación. Las servidumbres. El registro de la propiedad: Títulos inscribibles y asientos registrales. Principios hipotecarios. La anotación preventiva de embargo. La obligación (I). Concepto y clasificación. Obligaciones extracontractuales. Enriquecimiento sin causa. Cumplimiento normal de las obligaciones: El pago. La obligación (II). Otros modos de extinción de las obligaciones. Cumplimiento anormal de las obligaciones: Causas y consecuencias. Protección del crédito y prueba de las obligaciones. Concurrencia y prelación de créditos. El contrato. Elementos y requisitos. Clasificaciones. Generación, perfección y consumación del contrato. Ineficacia de los contratos. Interpretación de los contratos. El contrato de compraventa. Elementos. Obligaciones del vendedor y del comprador. Derechos de tanteo y retracto. Cesión de derechos y acciones. La permuta. El arrendamiento en general. Arrendamiento de servicios. Arrendamiento de obras. Arrendamiento de cosas. Arrendamiento de fincas rústicas y urbanas. El mandato. El préstamo. El precario. El depósito. La sociedad. La fianza. La transacción. El compromiso. El arbitraje. La adhesión. El Derecho de Sucesiones (I). Conceptos generales. Capacidad para suceder. Aceptación y repudiación de la herencia. Comunidad hereditaria. El Derecho de Sucesiones (II). Las reservas hereditarias. Derecho a acrecer. Colación y partición de la herencia. El Derecho de Sucesiones (III). La sucesión testamentaria. El testamento: Clases. Capacidad para testar. Los testigos. Disposiciones testamentarias. El heredero. Sustituciones: Vulgar y fideicomisaria. Los legados. El albacea. El Derecho de Sucesiones (IV). La sucesión forzosa: La legítima y la mejora. La desheredación. La preterición. El Derecho de Sucesiones (V). La sucesión intestada. La representación hereditaria. La sucesión contractual.

20. 21. 22.

23. 24. 25.

26.

27.

28.

Contenido del Derecho Mercantil. El acto de comercio. Actos de comercio por analogía. Actos mixtos. La empresa mercantil. Fuentes del Derecho Mercantil. Concepto doctrinal y legal del comerciante. Comerciante individual. Incapacidades y prohibiciones. El comerciante extranjero. Habitualidad y profesionalidad. La publicidad en el Derecho Mercantil. El Registro Mercantil. Doctrina general de las cosas mercantiles. La propiedad industrial. Patentes y marcas. La Oficina Española de Patentes y Marcas. Régimen jurídico internacional de protección. Derecho de la competencia. Competencia ilícita y competencia desleal; régimen de la publicidad y consumo. Defensa de la competencia. Unión temporal de empresas. La contabilidad de los empresarios. Libros. Requisitos. Valor probatorio y reconocimiento de los libros. Cuentas anuales. La sociedad mercantil. Concepto, naturaleza y clases. El objeto social. La sociedad irregular. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. La sociedad comanditaria por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada. La sociedad anónima. Formas de constitución. La escritura social y los estatutos. Aportaciones. Patrimonio y capital social. Las reservas. Acciones: Clases. Acciones sin voto. Aumento y reducción del capital social. La emisión de obligaciones. Sindicato de obligacionistas. Órganos de la sociedad anónima. Junta general. Administradores. El Consejo de Administración. Régimen jurídico de la transformación, fusión y escisión de sociedades mercantiles. Disolución de sociedades mercantiles. Liquidación de sociedades mercantiles: Operaciones que comprende. Títulos de crédito: Concepto y caracteres. Clases. Títulos nominativos. Títulos a la orden. La letra de cambio. Emisión y forma de la letra. El endoso. La aceptación. El aval. Vencimiento y pago. El protesto. Las acciones cambiarias. El pagaré. El cheque. Obligaciones y contratos mercantiles. La comisión mercantil. La representación en el Derecho Mercantil. Contrato de compraventa mercantil. Compraventas especiales. El “leasing”.

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Derecho Mercantil

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Los contratos bancarios en general. Examen de la cuenta corriente, apertura de crédito, préstamos y descuento bancario. Depósitos en bancos. La pignoración de valores. Créditos documentarios. El contrato de seguro: Concepto, naturaleza y regulación. El contrato de asistencia técnica. El “factoring”. Contrato de agencia: La exclusividad. La franquicia. El contrato de cuenta corriente mercantil. El contrato de cuentas en participación. Préstamo y depósito mercantiles. Compañías de almacenes generales de depósito: Los “warrants”. El concurso: Presupuestos. El auto de declaración del concurso. Efectos sobre los acreedores, créditos y contratos. La masa del concurso. El convenio: Contenido y efectos. Las causas de conclusión del concurso. La calificación del concurso. ANEXO I.2

Economía General 32.

33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46.

47.

La escasez de bienes y la elección. Concepto de economía. La economía como ciencia social. Economía positiva y normativa. La actividad económica. Teoría y política económica. Los sistemas económicos. Los modelos económicos: El flujo circular de la renta. Micro y macroeconomía. El mercado. La demanda y la oferta. Las curvas de demanda y de oferta y sus desplazamientos. Equilibrio y desequilibrio del mercado. Tipos de mercado. La utilidad. La restricción presupuestaria. La curva de demanda y el presupuesto. Las elasticidades de la demanda y de la oferta. La producción y el máximo beneficio empresarial. La productividad y los costes a corto plazo. La producción y los costes a largo plazo. El equilibrio competitivo. La competencia imperfecta: Competencia monopolística, oligopolio y monopolio. Los poderes públicos y la competencia. Objetivos e indicadores macroeconómicos: Producto nacional, consumo e inversión y gasto nacional. Producto nacional bruto y producto nacional neto. Renta nacional y renta disponible. Las magnitudes agregadas y el flujo circular de la renta. La renta de equilibrio en una economía cerrada y sin sector público: El multiplicador. La renta de equilibrio en una economía cerrada con sector público. La renta de equilibrio en una economía abierta y con sector público. El dinero. Los diferentes agregados monetarios. La demanda de dinero. La base monetaria y la creación de dinero. El sistema financiero. El equilibrio en el mercado real y en el mercado monetario. El modelo IS-LM. Las políticas fiscal y monetaria. El modelo de la oferta y la demanda agregada. La demanda agregada, el tipo de interés y el nivel de precios. La oferta agregada en los modelos clásico y keynesiano. La inflación y el desempleo: Causas y efectos. Los distintos enfoques de la política económica. Los ciclos económicos. El comercio internacional: La ley de la ventaja comparativa y el modelo Heckscher- Ohlin. Restricciones al mercado internacional. Libre comercio frente a proteccionismo. La integración económica. La balanza de pagos: Concepto y componentes, funcionamiento y saldos. Los tipos de cambio y los mercados de divisas. Instituciones Financieras Internacionales. Crecimiento y desarrollo. Teorías explicativas del crecimiento económico. Beneficios y costes del crecimiento. Desarrollo y subdesarrollo. La situación del sector primario en España: Política económica sobre el sector. El sector industrial, energético y de la construcción en España: Política sobre el sector. El sector servicios en España (excluido sector financiero): Política sobre el sector. Política de protección social en España. Pensiones. Protección al desempleo. Política sanitaria. Política de educación y formación continua. Política de obras públicas. Política de transportes. Política de vivienda. Economía de la empresa y organización estructural.

48. 49.

50. 51. 52. 53. 54.

55.

Las organizaciones. Definición, tipos y teorías de la organización. Principales modelos de organización. La organización estructural. Las relaciones y comunicaciones en la organización. La autoridad: Centralización o descentralización de la autoridad. La responsabilidad. Los trabajos en grupo: Ventajas e inconvenientes. Política de Recursos Humanos. La empresa como organización. Marco institucional. Concepto, realidad, economía y entorno. Clases de empresas y criterios de clasificación. La empresa y el mercado. La empresa pública. Objetivos de la empresa pública. El sistema de control de la empresa pública. La financiación de la empresa pública. Los objetivos de la empresa. Sistemas de dirección y gestión. Métodos matemáticos de gestión empresarial. Métodos PERT y CPM. La gestión de stocks. La planificación en la empresa y el establecimiento de objetivos. Sistemas de control de la empresa. Concepto. Elementos. Principales sistemas de control. El proceso de control. El control en directo. Eficacia y eficiencia como medidas del control. Las decisiones en la empresa y los sistemas de toma de decisión: Concepto y clases. El proceso de toma de decisiones. Las relaciones en la empresa. Los sistemas de información. El flujo de información y la comunicación. Manejo de la información. La estructura económico-financiera de la empresa. Las fuentes de financiación de la empresa. El equilibrio financiero. Equilibrio entre inversiones y financiaciones.

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Economía de la Empresa

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56. 57. 58. 59. 60.

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La inversión en la empresa: Concepto y clases. Valoración y selección de proyectos de inversión. La inversión en bienes de equipo. Decisiones de renovación de equipos. La inversión en activo circulante. El efectivo. La financiación de la estructura fija de la empresa: La autofinanciación. Los fondos de amortización. El crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento. La financiación externa de la empresa: Su coste. La financiación de la empresa en los mercados financieros internacionales. La estructura financiera óptima de la empresa. El beneficio de la empresa. La relatividad del beneficio. El proceso productivo. Principios y modelos de producción. El coste del producto. Mínimo de explotación y óptimo de explotación. El control de costes. El coste de los subproductos. Política de producto. Evaluación de la demanda y estudios de mercado. La comercialización del producto. Política de precios. Variaciones de precios y sus efectos. La distribución del producto. Canales de distribución. ANEXO II CONTABILIDAD

Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, fusión, absorción, escisión y disolución de empresas individuales y sociedades. El concurso. Operaciones del ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con sucursales, ventas al contado, a crédito, a plazos, detalles, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con el extranjero. Matemáticas Financieras

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Capitalización simple y compuesta. Rentas, préstamos y empréstitos. Operaciones con valores.

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ANEXO III ANEXO III.1

1. 2.

3. 4. 5. 6. 7.

8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17.

18.

19.

20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27.

La Constitución española de 1978: Características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas. La reforma constitucional. Políticas Sociales Públicas: Política de igualdad de género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Política contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Política en materia de igualdad y derechos de las personas con discapacidad: Especial referencia a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. La Hacienda Pública en la Constitución española. Los principios constitucionales del derecho financiero. Los derechos fundamentales de los contribuyentes. La financiación de las Haciendas territoriales. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Órganos parlamentarios. El procedimiento legislativo ordinario. La Corona. El Rey. El Defensor del Pueblo. El Gobierno: Composición y funciones. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial: Funciones. El gobierno del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. El Tribunal Constitucional: Organización y funciones. Recursos y procesos ante el Tribunal Constitucional. La organización territorial del Estado: Comunidades y Ciudades Autónomas. Las Entidades Locales. Los ordenamientos de las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas. La libre circulación de mercancías, personas y capitales. Política agrícola y pesquera común. Política exterior y de seguridad común. La unión política y la unión económica y monetaria. El euro. El derecho comunitario. Las fuentes del ordenamiento comunitario y su aplicación. La relación entre el ordenamiento comunitario y el de los Estados miembros. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La ley. Los decretos-leyes. La delegación legislativa. Los tratados internacionales. La potestad reglamentaria: Titularidad, límites y control. El reglamento: Clases. Eficacia de los reglamentos. La inderogabilidad singular. La organización administrativa. Órganos unipersonales y colegiados. La competencia y la jerarquía. Centralización, descentralización y desconcentración. La Administración institucional. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Las sociedades mercantiles estatales. Los demás entes públicos. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La autotutela de la Administración. La responsabilidad de la Administración y sus agentes. Requisitos. Plazos de reclamación y procedimiento. El acto administrativo (I). Concepto, elementos y clases. Forma. La notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo. El acto administrativo (II). Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos. La suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa: Especial referencia a la vía de apremio. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. Regulación. Las partes en el procedimiento administrativo: Derechos de los ciudadanos. Los interesados. Capacidad, legitimación y representación. Iniciación. Instrucción: Especial referencia al trámite de audiencia. La terminación del procedimiento: Formas. Los contratos administrativos (I). Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación. Órganos de contratación. El contratista: aptitud para contratar. Clasificaciones de los contratos. Los contratos administrativos (II). El objeto del contrato, el precio y su revisión. Plazo de duración. Las garantías en el contrato administrativo. La preparación de los contratos. Procedimientos de selección del adjudicatario. Los contratos administrativos (III). Invalidez de los contratos y recurso especial en materia de contratación. La ejecución del contrato. Efectos, cumplimiento y pago. Causas de extinción. Cesión de los contratos y subcontratación. Registros oficiales. El dominio público y el patrimonio de los entes públicos. La noción del servicio público. Los modos de gestión del servicio público. La potestad sancionadora de la Administración. Fundamentos, contenido y límites. Las sanciones administrativas: Concepto y clases. El procedimiento sancionador. La expropiación forzosa. Fundamento y límites. Los sujetos de la expropiación. Requisitos de la expropiación. El justiprecio. La reversión expropiatoria. Los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa: Ámbito. Los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes del procedimiento. Objeto del recurso. El procedimiento contencioso-administrativo. La sentencia. Los recursos. La Administración pública y la justicia. Conflictos jurisdiccionales, cuestiones de competencia y conflictos de atribuciones.

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Derecho Constitucional y Administrativo

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29. 30. 31.

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La organización administrativa estatal. Principios de organización. La organización administrativa central y periférica. La administración consultiva. La Administración electrónica. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas: Organización central y territorial. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial, penal y contable. La Comunidad de Madrid (I). El Estatuto de Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Legislativas, de desarrollo y de ejecución. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. La Comunidad de Madrid (II). El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades. Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La Administración autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración institucional en la Comunidad de Madrid: Regulación y tipología. ANEXO III.2

1. 2. 3. 4. 5. 6.

7. 8. 9.

10. 11. 12.

13.

14. 15.

16.

17. 18. 19. 20.

21.

El sector público en una economía de mercado. Delimitación, criterios de medición, importancia y evolución. La Contabilidad Nacional y el Sector Público. La Hacienda Pública. Los contenidos actuales. La intervención del Sector Público en la actividad económica. Los fallos del mercado. Los fines del Sector Público. Las operaciones del Sector Público. La toma de decisiones en el Sector Público. Elección social y preferencias individuales. El funcionamiento democrático. Burocracia y grupos de interés. El presupuesto. Concepto y estructura. El ciclo presupuestario. Las distintas técnicas presupuestarias: Del presupuesto administrativo a las modernas técnicas de presupuestación. El presupuesto y los sistemas de planificación y control. La eficiencia en el Sector Público. Producción pública y producción privada. Selección y evaluación de proyectos. Costes, beneficios y reglas de decisión. La gestión pública. La gestión pública como ciencia multidisciplinar. Los fallos del Sector Público. Limitaciones de la intervención pública en la corrección de los “fallos del mercado”. Empleo público: Aspectos descriptivos y mecanismos de incentivos. Experiencias de reforma en la gestión pública en los países de la OCDE. Problemas de medición del “output” público. Los indicadores de actividad. Mecanismos cuasicompetitivos y de mercado: Los cuasimercados. Empresas públicas y eficiencia. Relación entre equilibrio presupuestario y crecimiento y estabilidad económica. Disciplina fiscal en la Unión Europea. La reforma de la institución presupuestaria en España: Las leyes de estabilidad presupuestaria. Gasto público: Teorías explicativas del crecimiento, equidad y eficiencia. Teorías explicativas del crecimiento del gasto público. Incidencia y efectos distributivos del gasto público. Eficacia y eficiencia del gasto público: Conceptos y técnicas de análisis. Gasto público en el Estado del Bienestar (I). Gastos sociales. Bienes preferentes y equidad categórica. Gasto público en sanidad. Gasto público en educación. Gasto público en vivienda. Gasto público en el Estado del Bienestar (II). Prestaciones económicas: Concepto, tipos y justificación. Sistema de pensiones: Diseño y efectos económicos. El seguro de desempleo. Los programas de lucha contra la pobreza. Los ingresos públicos. Criterios de clasificación. Los precios y la empresa pública. Precios públicos y tasas. Las contribuciones especiales. El impuesto, concepto y distinciones. Distintos tipos de impuestos. Los elementos integrantes de los impuestos. Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad de pago. La incidencia impositiva. Los sistemas fiscales. Las principales figuras impositivas. Los condicionantes de la estructura tributaria. Evolución y modelos internacionales. Los costes de la imposición. Costes de eficiencia. Exceso de gravamen e imposición óptima. Costes recaudatorios. El fraude fiscal: Conceptos, efectos y condicionantes. Imposición sobre la Renta de las Personas Físicas: Concepto y naturaleza. Evolución. Concepto fiscal de renta. La consideración de las distintas fuentes. Las rentas irregulares y las variaciones patrimoniales. Las rentas empresariales. Las exenciones y los gastos deducibles. La unidad contribuyente: Problemas de delimitación y alternativas en su tratamiento. Las tarifas y sus problemas. La autoliquidación. Efectos económicos y valoración actual. Imposición sobre Sociedades: Concepto y características. Justificación. Base imponible: Problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen y beneficios fiscales. La incidencia del impuesto. La integración con la imposición sobre la Renta de las Personas Físicas. La imposición general sobre las ventas. Concepto y clasificación. La imposición sobre el Valor Añadido: Tipología y problemas. Incidencia y valoración. La imposición sobre consumos específicos. Razones justificativas. Evolución y figuras actuales. Incidencia y efectos económicos. Cuota fija versus imposición ad valorem. La imposición sobre el comercio exterior. Tendencias de los modelos tributarios. Las críticas a los modelos vigentes. Las nuevas figuras impositivas: Los impuestos de ordenación, los impuestos ecológicos y la tasa sobre transacciones financieras. Las propuestas de reformas fiscales. El déficit público y la Hacienda extraordinaria. Definiciones e instrumentos de financiación. La deuda pública: Concepto, clases y efectos económicos, la carga de la deuda. Las privatizaciones de activos públicos. La inflación como impuesto. Los efectos económicos del déficit: Expansión y efecto expulsión. La Hacienda multinivel. Principios del federalismo fiscal. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales. La Hacienda internacional: La doble imposición internacional; la armonización fiscal.

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Hacienda Pública

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Planificación fiscal individual y empresarial. Métodos para el análisis de la planificación fiscal: Concepto de coste de uso, tipos marginales efectivos y cálculo de tasas internas de retorno ajustadas por impuestos. Concepto de tipo impositivo anual equivalente. Aplicaciones a instrumentos de ahorro a corto y largo plazo. ANEXO III.3

Sistema Financiero Español

2. 3.

4. 5.

6.

7. 8.

9.

10.

11.

12. 13.

14.

15.

16.

La estructura institucional del sistema financiero español. La autoridad monetaria. Intermediarios financieros. Mercados financieros. Banco de España. Órganos rectores. Funciones. Supervisión prudencial de las Entidades de crédito. Ejecución de la política monetaria. El Sistema Europeo de Bancos Centrales y el Banco Central Europeo. Entidades de Crédito (I). El ejercicio de la actividad de las Entidades de Crédito en el ámbito de la Unión Europea. El control de la solvencia y el sistema de reservas mínimas. Normas de solvencia y normas de control. Los Fondos de Garantía de depósitos. Entidades de Crédito (II). Los bancos. Las cajas de ahorro. Órganos de gobierno. Competencias de las Comunidades Autónomas. Las Cooperativas de crédito. La operativa bancaria: Préstamo bancario, apertura de cuenta de crédito y descuento bancario. El riesgo de firma: El aval y el crédito documentario. Certificados de depósito y pagarés bancarios. Cesiones temporales de activos. La compensación bancaria. El secreto bancario. Otros intermediarios y auxiliares financieros. Los establecimientos financieros de crédito. Su operativa: El leasing y el factoring. Las sociedades de garantía recíproca. Las sociedades y fondos de capital-riesgo. Sociedades de tasación. Las agencias de calificación. Instituciones de inversión colectiva. Las Sociedades y Fondos de Inversión Mobiliaria. Las Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria. La Ley del Mercado de Valores: Ámbito de aplicación. Concepto de valor negociable. Valores representados por medio de anotaciones en cuenta. Mercado primario. Emisión de valores. La Comisión Nacional del Mercado de Valores. Empresas de servicios de inversión. Las sociedades y agencias de valores. Las sociedades gestoras de cartera. El Fondo de Garantía de Inversiones. Mercados monetarios. Los mercados interbancarios. Los mercados descentralizados de valores: El mercado de deuda pública anotada, el mercado AIAF de renta fija privada. Importancia económica. Instrumentos negociados. Organización. Operativa. El mercado hipotecario: Títulos hipotecarios. Mercados de capitales. Renta variable y renta fija. El mercado primario. Las ofertas públicas de venta de acciones. El mercado secundario: La Bolsa de Valores. Sistemas de contratación. El segundo mercado. Los mercados derivados. Contratos de opciones y futuros negociados. Normas de contratación en los mercados secundarios oficiales. Liquidación y compensación de operaciones. Ofertas públicas de adquisición de valores. Contratos sobre valores admitidos a negociación. La comisión. La compraventa bursátil. Tipos de operaciones bursátiles: Operaciones al contado y a plazo. Operaciones a crédito. Compra de valores especiales. La titulización crediticia. Noción y agentes participantes. Los fondos de titulación hipotecaria. La sociedad gestora de fondos de titulación. Los bonos de titulación. La titulación de créditos no hipotecarios. Los riesgos de la actividad financiera. Concepto y clases de riesgo. Medición y control. Riesgos de los instrumentos derivados y efectos sobre los mercados de contado. Los productos derivados no negociados en mercados organizados: Depósitos forward-forward, acuerdos sobre tipos de interés futuros (FRA) y permutas financieras (Swap). Warrants. Contratos cap, floor y collar. Los productos estructurados. Los mercados financieros internacionales. Los mercados de divisas. El tipo de cambio. Teorías explicativas de la determinación del tipo de cambio. Tipos de operaciones en el mercado de divisas: transacciones al contado, a plazo, permutas. Mercados crediticios internacionales: Bonos y préstamos sindicados. Otras emisiones y colocaciones internacionales. Las inversiones extranjeras en España. Inversiones españolas en el exterior. Régimen común a ambos tipos de inversiones. El sector asegurador. La empresa de seguros. Condiciones para el acceso y para el ejercicio de la actividad aseguradora. Las provisiones técnicas y el margen de solvencia. El Fondo de Garantía. El control administrativo de la actividad aseguradora. El Consorcio de Compensación de Seguros. Los elementos principales de la operación de seguros. El contrato de seguro: Disposiciones generales. El seguro contra daños. El seguro de personas. Los planes de pensiones: Modalidades, principios básicos y régimen financiero. Los fondos de pensiones: Régimen financiero, entidades gestoras y depositarias.

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ANEXO IV

Derecho Financiero y Tributario Español ANEXO IV.1

1 2.

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5. 6.

7.

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El derecho financiero. Concepto, autonomía y contenido. La Hacienda Pública en la Constitución Española. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid: Concepto, contenido y regulación. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario. Modificaciones presupuestarias. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Gasto y pago. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a justificar, anticipos de caja fija, convalidación. El control de la actividad económico-financiera pública. El control externo y el control interno. La Intervención General de la Comunidad de Madrid. Control de legalidad. Control de eficiencia: Control financiero, de eficacia y de auditoría. La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. El derecho tributario: Concepto y contenido. Las fuentes de derecho tributario. Administración Tributaria. Las obligaciones y deberes de la Administración Tributaria. Los principios del ordenamiento tributario español. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y criterios de sujeción a las normas tributarias. Interpretación y calificación. La integración de las normas tributarias: Analogía, simulación y conflicto en la aplicación de la norma tributaria. Los tributos. Concepto, fines y clases de tributos. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias: La obligación tributaria principal, la obligación tributaria de realizar pagos a cuenta, las obligaciones entre particulares, las obligaciones tributarias accesorias y formales. Los elementos de cuantificación de la obligación tributaria. La base imponible: Concepto y métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota tributaria. La deuda tributaria: Concepto. Garantías de la deuda tributaria. Los obligados tributarios: Clases. Derechos y garantías. Los sujetos pasivos. El contribuyente. Exenciones subjetivas. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación. Residencia y domicilio fiscal. Los responsables tributarios. La responsabilidad tributaria. Responsables solidarios y subsidiarios. Los sucesores. Retenedores y obligados a ingresar a cuenta. Otros obligados tributarios. La aplicación de los tributos. Los procedimientos administrativos en materia tributaria: Fases. Obligación de resolución y plazos de resolución. La prueba. Notificaciones. La denuncia pública. Las liquidaciones tributarias. La consulta tributaria. El número de identificación fiscal. La gestión censal. La colaboración social en la aplicación de los tributos. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (I). Funciones de gestión tributaria. Declaraciones. Autoliquidaciones. Comunicaciones de datos. Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos. Procedimiento iniciado mediante declaración. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (II). Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación limitada. Otros procedimientos de gestión tributaria. La Recaudación (I). Características y régimen legal. Órganos de recaudación. Competencias y estructura organizativa. Facultades de la recaudación. El papel de las entidades financieras en la recaudación. Privilegios para el cobro de deudas tributarias. La Hacienda Pública y los procesos concursales. La Recaudación (II). Extinción de las deudas. Pago. Prescripción. Insolvencias. Otras formas de extinción. La Recaudación (III). Fórmulas especiales para arbitrar el pago. Aplazamientos y fraccionamientos. Garantías para el aplazamiento y el fraccionamiento. El procedimiento de compensación. La compensación de oficio de deudas de Entidades Públicas. El procedimiento de deducción. La Recaudación (IV). La recaudación en período ejecutivo. El procedimiento de apremio: Concepto. Concurrencia de procedimientos. Suspensión. Embargo y enajenación de bienes y derechos. El procedimiento frente a responsables y sucesores. Las tercerías. Acciones civiles y penales. La Inspección de los tributos (I). Órganos centrales y periféricos. Funciones. Facultades. Deberes. Clases de actuaciones. Actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria. Actuaciones de valoración. Actuaciones de informe y asesoramiento. Actuaciones de comprobación e investigación. Otras actuaciones. La Inspección de los tributos (II). Actuaciones y procedimiento de inspección: Iniciación y desarrollo. Objeto y alcance. Lugar y horario de las actuaciones inspectoras. Desarrollo del procedimiento: Plazo, medidas cautelares, alegaciones y trámite de audiencia. Disposiciones especiales: Aplicación del método de estimación directa y el informe preceptivo para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria. La Inspección de los tributos (III). Documentación de las actuaciones inspectoras. La terminación del procedimiento: Tramitación de actas, órganos competentes para la práctica de liquidaciones y clases de liquidaciones derivadas de actas de inspección. Otras formas de terminación. La potestad sancionadora en materia tributaria (I). Principios. Los sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones. Extinción de la responsabilidad. La potestad sancionadora en materia tributaria (II). El procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Derechos y garantías en el procedimiento sancionador. Órganos competentes para la imposición de sanciones. Procedimiento separado. Iniciación, instrucción, audiencia a los interesados, tramitación abreviada, plazo para resolver. Delitos contra la Hacienda Pública. Descripción de los tipos penales de delitos contra la Hacienda Pública. El resarcimiento civil. El procedimiento inspector frente al delito contra la Hacienda Pública: Tramitación.

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Parte General y Procedimientos Tributarios

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Revisión de actos en vía administrativa. Normas comunes. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico- administrativas: Ámbito de aplicación, organización y competencias. Las reclamaciones económico-administrativas: Los interesados en el procedimiento. La suspensión. El procedimiento general: Procedimiento en única o primera instancia, recursos en vía económico-administrativa, procedimiento abreviado ante órganos unipersonales. ANEXO IV.2

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28.

29.

30.

31.

32. 33. 34. 35.

36. 37.

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39.

40. 41.

42. 43. 44. 45.

46.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al Impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Reglas generales de determinación de la base imponible y liquidable. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II). Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen: Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades económicas. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable. Reducciones. Adecuación del Impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Reglas especiales de valoración. Cálculo del Impuesto estatal. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IV). Gravamen autonómico. Cuota diferencial. Tributación familiar. Regímenes especiales. Gestión del impuesto, declaraciones, pagos a cuenta. Especial referencia a la normativa de la Comunidad de Madrid. Impuesto sobre la renta de no residentes y normas tributarias: Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Elementos personales. Sujeción al impuesto. Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho Imponible y bienes exentos. Sujeto pasivo. Base imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del Impuesto. El Impuesto sobre Sociedades (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones plenas y parciales. La base imponible: Concepto y regímenes de determinación. Imputación temporal de ingresos y gastos. El Impuesto sobre Sociedades (II). Deducibilidad de las amortizaciones y provisiones. Gastos no deducibles. Operaciones a valor de mercado. Corrección monetaria. El Impuesto sobre Sociedades (III). Compensación de bases imponibles negativas. Período impositivo y devengo del impuesto. Tipos de gravamen. Deducciones para evitar la doble imposición. El Impuesto sobre Sociedades (IV). Bonificaciones y deducciones para incentivar determinadas actividades. Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Pago fraccionado. Retenciones e ingresos a cuenta. El índice de entidades. Obligaciones contables y registrales. Declaraciones, liquidaciones y devoluciones. El Impuesto sobre Sociedades (V). Regímenes especiales: Enumeración y características básicas. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Régimen de cesión del Impuesto a las Comunidades Autónomas. Relación con otros impuestos. El hecho imponible: Adquisiciones “mortis causa”, adquisiciones “inter vivos” y percepciones de seguros de vida. Presunciones de hechos imponibles. Supuestos de no sujeción. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (II). Los sujetos pasivos y los responsables. La base imponible. Las reducciones por transmisión de empresa familiar y de vivienda habitual. Otras reducciones. Base liquidable. Cuota íntegra y cuota tributaria. Deuda tributaria. Especial referencia a la normativa de la Comunidad de Madrid. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (III). Normas especiales de liquidación. Usufructo, uso y habitación. Sustituciones y fideicomisos. Reservas. Renuncia a la herencia. Partición y excesos de adjudicación. Acumulación de donaciones. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (IV). La gestión del Impuesto. Declaración y autoliquidación. Comprobación de valores. Procedimientos especiales de gestión. Infracciones y sanciones. El Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Régimen de cesión del Impuesto a las Comunidades Autónomas. Delimitación del hecho imponible. Entregas de bienes y prestaciones de servicios. Operaciones no sujetas al impuesto. Especial referencia al deslinde del Impuesto sobre el Valor Añadido con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Adquisiciones intracomunitarias de bienes. Importaciones de bienes. El Impuesto sobre el Valor Añadido (II). Exenciones. Especial referencia a las exenciones inmobiliarias. Lugar de realización del hecho imponible. Devengo del impuesto. El Impuesto sobre el Valor Añadido (III). Base imponible. Sujeto pasivo. Tipos impositivos. Deducciones y devoluciones. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IV). Regímenes especiales. Gestión del Impuesto y obligaciones del sujeto pasivo. Suspensión del ingreso. Infracciones y sanciones. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Régimen de cesión del Impuesto a las Comunidades Autónomas. Estructura interna del Impuesto: Compatibilidad e incompatibilidad de las diversas modalidades. La modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria, reglas especiales. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (II). La modalidad operaciones societarias: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria. Armonización comunitaria de esta modalidad.

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Parte Especial

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La modalidad Actos Jurídicos Documentados: Documentos notariales, mercantiles y administrativos: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria. Especial referencia a la normativa de la Comunidad de Madrid. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (III). Disposiciones comunes a los tres gravámenes. Beneficios fiscales. Comprobación de valores. Devengo y prescripción. Obligaciones formales. Gestión y liquidación del impuesto. Los Impuestos Especiales (I): Naturaleza. Los impuestos especiales de fabricación: Ámbito territorial de aplicación. Régimen de cesión de estos Impuestos a las Comunidades Autónomas. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Devengo. Bases y tipos impositivos. Repercusión. Sujetos pasivos y responsables. Exenciones. Devoluciones. Infracciones y sanciones. Régimen suspensivo. La figura del establecimiento en impuestos especiales. Normas generales de gestión: Inscripción en el Registro Territorial, código de actividad y establecimiento, garantías. Control de actividades y locales: El régimen de intervención. Circulación: Modalidades de circulación, documentos de circulación, obligaciones de expedidores y receptores. Los Impuestos Especiales (II). Disposiciones comunes a los Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Concepto y elementos estructurales. El Impuesto sobre hidrocarburos: Concepto y elementos estructurales. El Impuesto sobre las labores del tabaco: Concepto y elementos estructurales. Los Impuestos Especiales (III). El Impuesto sobre la electricidad: Concepto y elementos estructurales. Impuesto especial sobre el Carbón: Concepto y elementos estructurales. El Impuesto sobre primas de seguros. El Impuesto sobre determinados medios de transporte: Concepto y elementos estructurales. Sistema Aduanero (I). Ámbito espacial: El territorio aduanero. El Arancel Aduanero Comunitario. El elemento subjetivo de la imposición: Declarante y representación en aduana, el agente y comisionista de aduanas. La base imponible: El valor en aduana. El tipo impositivo. El origen de las mercancías. Sistema Aduanero (II). El procedimiento aduanero. La introducción de las mercancías. La declaración aduanera. Tramitación. Los destinos aduaneros. La libre práctica. La exportación. El tránsito. Regímenes aduaneros económicos: Importación temporal, perfeccionamiento activo y pasivo, transformación, depósito aduanero. Zonas y depósitos francos. Mecanismos aduaneros de la Política Agrícola Común. Las tasas: Concepto, ámbito de aplicación, hecho imponible, sujeto pasivo, responsables, devengo, gestión y liquidación. Principales tasas establecidas. Los precios públicos. Los aranceles de los funcionarios públicos. Las exacciones parafiscales. Referencia especial a la legislación sobre tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid. Impuestos propios en la Comunidad de Madrid: El Impuesto sobre la instalación de máquinas en establecimientos de hostelería autorizados. El Impuesto sobre depósito de residuos. Tributos cedidos: La tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias y la tasa sobre juegos de suerte, envite y azar. Régimen de cesión a la Comunidad de Madrid de estos tributos. La financiación de las Comunidades Autónomas (I): Principios y recursos financieros. Mención especial del régimen de tributos cedidos y de la corresponsabilidad fiscal. La financiación de las Comunidades Autónomas (II): La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral: País Vasco y Navarra. Especialidades del régimen tributario de estas Comunidades y su relación con el régimen tributario general. El régimen económico fiscal de Canarias. Peculiaridades de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. La financiación de las Haciendas Locales. Recursos financieros de las Haciendas Locales. Examen especial del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La gestión catastral.

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO V

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES 1er Apellido

2o Apellido

Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES

1)

Se utilizará letra mayúscula o de imprenta.

2)

Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria.

3)

Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria.

4)

Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria.

5)

Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria.

6)

Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

7)

Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

8)

Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia

9)

Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a) b)

En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago. También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO VI DIRECCIONES DE LOS REGISTROS Consejería

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

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(03/36.300/13)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 3

ORDEN 3167/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013, aprobada por el Decreto 36/2013, de 25 de abril. 1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a dos plazas. 1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a una plaza. En caso de no quedar cubierta, se acumulará a las del turno de acceso libre. 1.1.3. El aspirante que ingrese por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrá en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. 1.1.4. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos. 1.1.5. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos. 1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de

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Normas generales

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la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 36/2013, de 25 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo. 1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición y para el curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda Interesados 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre). c) Estar en posesión de la Licenciatura en Medicina o Grado en Medicina. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo y Escala al que se pretende acceder. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Ostentar la condición de funcionarios de carrera. — Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad de Madrid. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo A2. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan.

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Tercera Solicitudes 3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (Plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud: 3.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que resulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código de la Escala: 265R. • Descripción: Médicos de Inspección Sanitaria. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción “Libre” o “Promoción interna”, según corresponda. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz la opción de poseer la titulación académica exigida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto. — En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.2. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. 3.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (Plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

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2.3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

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3.4. Tasa por derechos de examen. 3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de 52,39 euros, que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Bankia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud (“Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen”) los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la Oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. 3.4.2. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del

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Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

Cuarta Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de cualquiera de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

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Admisión de aspirantes

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5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a la plaza de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno de acceso libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno. 5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.5. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. Sexta 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría primera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos y/o Escalas análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo y Escala al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de susti-

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Tribunal Calificador

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tuir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base. 6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima 7.1. El programa que ha de regir la oposición es el que figura como Anexo I de la presente convocatoria. 7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios: 7.2.1. Primer Ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ciento veinte preguntas, de acuerdo con la siguiente distribución: — Las veinte primeras preguntas versarán sobre el temario general del programa, de las cuales las quince primeras versarán sobre los temas 1 a 15, y las cinco restantes sobre los temas 16 y 17, de dicho temario general. — Las cien preguntas restantes versarán sobre el temario específico. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento veinte minutos. Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna estarán exentos de la realización de las quince primeras preguntas del cuestionario. La duración máxima del ejercicio para ellos será de ciento cinco minutos. 7.2.2. Segundo Ejercicio. Los aspirantes deberán desarrollar por escrito tres temas de entre cuatro extraídos al azar en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

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Ejercicios de la oposición

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Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los conocimientos, la calidad de expresión escrita, la sistemática en la composición de los temas, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos. 7.2.3. Tercer ejercicio. Los aspirantes realizarán dos supuestos prácticos, que versarán sobre el temario específico del programa. Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres horas, los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio. Los supuestos serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico, la sistemática y el conjunto de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos. 7.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “X”, de conformidad con la Resolución de 13 de mayo de 2013, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo). 7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.6. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partir del segundo semestre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.4 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados. Octava Calificación de los ejercicios y lista de aprobados de la oposición 8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: 8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. Sin perjuicio de las competencias asignadas al Tribunal de Selección por la base 8.2, a los efectos de la determinación del nivel mínimo necesario para superar este ejercicio, el órgano selectivo tendrá en cuenta de forma proporcional el número de preguntas que integran los exámenes para cada turno de acceso. 8.1.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los temas se calificará de cero a diez puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos en cada tema. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los tres temas, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. 8.1.3. Tercer ejercicio: Cada uno de los supuestos se calificará de cero a diez puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos en cada supuesto.

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Novena Curso selectivo 9.1. Los aspirantes que hayan superado la oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero). 9.2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas a la Dirección General de Función Pública, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que garantice la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan. El programa, regulación y duración del curso selectivo se establecerá por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 9.3. A efectos de la superación del curso, los aspirantes deberán realizar una prueba de carácter teórico-práctico propuesta por el Tribunal Calificador, y que será calificada por dicho Órgano de Selección como “apta” o “no apta”. No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, y el aspirante perderá el derecho a su nombramiento

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La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. 8.2. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados, el Tribunal establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo de idoneidad será común para todos los aspirantes, con independencia del turno por el que concurran. Una vez superado el nivel mínimo de idoneidad común exigido, el Tribunal podrá determinar, de manera diferente para cada turno, la puntuación mínima necesaria para aprobar cada uno de los ejercicios, todo ello en función del número de aspirantes que hubieran alcanzado el citado nivel mínimo común y el número de plazas convocadas. 8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer lugar a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior, celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se calificará a los aspirantes del turno de acceso libre, estableciéndose el nivel mínimo necesario para la superación del ejercicio y publicándose la relación de aprobados. 8.4. Una vez concluida la oposición, la calificación de los aspirantes que la hubieren superado se determinará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que la integran. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1.o Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicios, por este orden. 2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. 8.5. Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7 y elevará a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que la han superado, por cada turno de acceso, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición. c) Puntuación total. 8.6. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

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como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Ordenación e Inspección, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. 9.4. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntación obtenida. Una vez finalizado el curso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos expresados en la base 7.7, la relación de los aspirantes que lo hubiesen superado. Décima Lista de aprobados del proceso selectivo 10.1. Calificación final. El orden de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria. En caso de empate, se atenderá al orden que hubiese resultado de la aplicación de los criterios relacionados en la base 8.4. 10.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Calificador hará pública y elevará a la Dirección General de Función Pública las relaciones independientes de seleccionados por cada turno de acceso, en la que constarán los aspirantes aprobados según el orden de puntuación alcanzada, de mayor a menor. 10.3. En la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, el Tribunal indicará: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo. c) Puntuación total. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Undécima Presentación de documentos 11.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas incluidas en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (Plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad. B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la Base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

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D) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.3. 11.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho. 11.3. En caso de haber superado el proceso selectivo por el turno de promoción interna, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda, aportará de oficio al procedimiento certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2. En el supuesto de no quedar acreditados dichos extremos, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. 11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo y Escala, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Duodécima Nombramiento de funcionarios de carrera Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y aporten la documentación requerida en la base undécima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Decimocuarta Lista de espera para funcionarios interinos 14.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera, integrada por un máximo de 100 candidatos, con los aspirantes del turno libre que hayan obtenido como mínimo 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición o, en su caso, de

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Decimotercera Comunicaciones e incidencias Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de exámenes deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio o, en su caso, del curso selectivo. No obstante, los aspirantes también podrán remitir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo.

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la prueba o pruebas que formen parte del curso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria. El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican: — Suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, por aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios primero y segundo de la oposición. — Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta que a efectos de inclusión en la lista será suficiente haber obtenido la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio. En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios: — Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicios de la oposición, por este orden. — De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria. 14.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, de acuerdo con lo previsto en la base 8.5, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado, incluyendo asimismo, a los efectos previstos en la base 14.5, a todos aquellos aspirantes que, habiendo obtenido la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio de la oposición, no formasen parte de la lista de espera inicial. La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los cien primeros aspirantes, la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria. 14.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 14.4. En el supuesto de que algún aspirante no superara el curso selectivo previsto en la base novena, podrá integrarse en la lista de espera con anterioridad a aquellos aspirantes que no superaron la oposición y de conformidad con los criterios establecidos en esta base, modificándose por Resolución de la Dirección General de Función Pública la lista de espera que hubiera sido aprobada en virtud de lo dispuesto en el precedente apartado. 14.5. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada según lo señalado en el apartado tercero de esta base, siempre que existan aspirantes que, habiendo alcanzado la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio, no se hayan integrado en la inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio. La ordenación de los candidatos en la ampliación de la lista de espera se realizará de conformidad con los criterios establecidos en el primer apartado de esta base. Decimoquinta Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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Norma final

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ANEXO I PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR DE INSPECCIÓN SANITARIA, ESCALA DE MÉDICOS DE INSPECCIÓN SANITARIA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID TEMARIO GENERAL

1. 2. 3.

4. 5. 6. 7.

8. 9.

10. 11. 12. 13. 14. 15.

16.

17.

La Constitución española de 1978: Características y estructura. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno del Estado. Órganos de control de la Administración. El Tribunal Constitucional. La Administración Pública: Concepto, principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. La Unión Europea: Antecedentes, naturaleza jurídica, objetivos. Las instituciones de la Unión Europea. El Derecho Comunitario Europeo. Sus fuentes y su aplicación. La relación entre el ordenamiento comunitario y el de los Estados miembros. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario. La integración sanitaria en Europa. Las actuaciones de la Unión Europea en materia sanitaria. Adaptación a los reglamentos comunitarios en materia sanitaria. Coordinación y armonización en materia de Seguridad Social. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid. El Gobierno de la Comunidad Autónoma. Las Consejerías, organización y estructura. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. Las competencias sanitarias del Estado. Sanidad Exterior. Las relaciones sanitarias internacionales. La Organización Mundial de la Salud. El Reglamento Sanitario Internacional. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. La organización administrativa. Órganos unipersonales y colegiados. La competencia y la jerarquía. Centralización, descentralización y desconcentración. La potestad sancionadora de la Administración. Fundamentos, contenido y límites. Las sanciones administrativas: Concepto y clases. El procedimiento sancionador. Los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La Función Pública en la Constitución de 1978. El régimen jurídico de la Función Pública estatal: Normativa básica. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. La responsabilidad patrimonial de la Administración. El régimen jurídico en el sistema español. Responsabilidad de autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. La Hacienda Pública en la Constitución española. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. La Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid: Contenido y estructura. El ciclo presupuestario. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios generales. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y caracterización. Las partes en el procedimiento administrativo: Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración. Los interesados. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases. Eficacia y validez de los actos administrativos. La notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo. La suspensión de efectos del acto administrativo. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Concepto de salud y enfermedad. Determinantes de la salud. Modelos conceptuales. La medida del nivel de salud. Indicadores e índices de salud. Perfiles de salud. Demografía sanitaria. Epidemiología. Fuentes de información. Las variables en epidemiología. Causalidad. Los errores en los estudios epidemiológicos. Identificación y control de sesgos. Tipos de estudios epidemiológicos. Características principales de los estudios transversales, de cohortes, casos-control, experimentales y cuasi-experimentales. Epidemiología clínica. Vigilancia epidemiológica. Conceptos generales. Enfermedades de declaración obligatoria. Sistemas de notificación. Normativa vigente. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Actuaciones de las administraciones públicas en materia sanitaria. Derechos y deberes de los trabajadores. Los Servicios de Prevención. Reglamento de los Servicios de Prevención. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. La evaluación de la salud de los trabajadores. Historia clínico-laboral. Estadística. Parámetros estadísticos. Medidas de centralización y de dispersión. Distribución de frecuencias. Comparación de parámetros. Estadística. Significación estadística. Test de hipótesis de una muestra. Homogeneidad de dos muestras. Intervalos de confianza. Estadística. Muestreo probabilístico y no probabilístico.

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TEMARIO ESPECÍFICO

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10. Estadística. Correlación y regresión. 11. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Estructura orgánica y competencias. Los Organismos Autónomos. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. 12. La Ley General de Sanidad. Estructura. Fundamentos básicos. El Sistema Nacional de Salud. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. 13. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud: Disposiciones generales. 14. Las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud. Cartera de Servicios, evolución y disposiciones reguladoras. Sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. Reintegro de gastos. 15. La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Estructura y contenido. Normativa de desarrollo. Especialidades de Ciencias de la Salud. Sistema de formación sanitaria especializada. Acreditación docente. 16. La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública. La Agencia Española de Protección de Datos. 17. Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. 18. Documentación clínica. Historia clínica digital. Conjunto Mínimo Básico de Datos. Conjunto Mínimo de Datos de los informes clínicos en el SNS. La clasificación y codificación de Enfermedades. Codificación CIAP y codificación CIE. 19. La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Estructura orgánica y competencias. La Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Estructura y contenido. 20. Aseguramiento. Tarjeta Sanitaria Individual. Tarjeta Sanitaria Europea. Regulación y procedimientos. 21. Ley de libertad de elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid. Instrucciones Previas. Normativa y desarrollo. Registro de Instrucciones Previas. 22. El Servicio Madrileño de Salud. Estructura y funciones. Régimen Jurídico y funcionamiento. 23. Atención Primaria de salud en la Comunidad de Madrid. Organización y funciones. Estructuras organizativas del área única en Atención Primaria. 24. Cartera de servicios estandarizados en Atención Primaria. El médico de atención primaria como gestor del presupuesto y unidad de gasto del sistema. 25. Contrato Programa de Centro de Atención Primaria. 26. La atención especializada en la Comunidad de Madrid. Organización. La Red de Hospitales del Servicio Madrileño de Salud. La coordinación entre niveles asistenciales. 27. El hospital. Evolución histórica. Organización funcional. Órganos de gobierno. Características de los recursos humanos y materiales del hospital. 28. Gestión hospitalaria. La gestión clínica. Registros hospitalarios. Indicadores de actividad y rendimiento. Los costes por proceso. 29. La seguridad en los centros sanitarios. La protección en instalaciones eléctricas, contra incendios y frente a radiaciones ionizantes. Gestión de residuos radiactivos, químicos y biológicos. 30. El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Personal facultativo. Personal sanitario no facultativo. Personal no sanitario al servicio de las instituciones sanitarias. Régimen disciplinario y procedimiento sancionador en la Comunidad de Madrid. 31. La responsabilidad civil y penal de los sanitarios. El aseguramiento de la responsabilidad sanitaria. La responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria. Informes técnicos. La gestión de riesgos sanitarios. El Observatorio Regional de Riesgos Sanitarios. 32. Bioética y derecho. La ética en las profesiones sanitarias: Los códigos deontológicos de las profesiones sanitarias. Los Comités de Ética para la asistencia sanitaria en la Comunidad de Madrid. Régimen Jurídico de funcionamiento y su acreditación. 33. La Inspección Sanitaria en la Comunidad de Madrid: Estructura organizativa y funciones. Antecedentes históricos. 34. Plan Integral de Inspección Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Estructura y contenido. Normas de aplicación. 35. La prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud. Regulación y características. Real Decreto-Ley de racionalización del gasto farmacéutico con cargo al Sistema Nacional de Salud. Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. 36. La legislación sobre productos farmacéuticos. La Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios y legislación complementaria. Real Decreto por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales. 37. Competencias de la Comunidad de Madrid en materia de prestación farmacéutica. Evaluación, inspección y control de la prestación farmacéutica. Los genéricos. 38. Receta médica y órdenes de dispensación. Normativa de aplicación. Receta electrónica. 39. Real Decreto por el que se regula el procedimiento para el establecimiento, mediante visado, de reservas singulares a las condiciones de prescripción y dispensación de los medicamentos. Normativa de desarrollo y aplicación. 40. Estudio especial de prestaciones sanitarias: Prestaciones con productos dietéticos. 41. Estudio especial de prestaciones sanitarias: Prestación ortoprotésica y prestación ortoprotésica de especial dispensación. 42. Estudio especial de prestaciones sanitarias: Técnicas de terapia respiratoria a domicilio. El transporte sanitario. 43. Calidad. Calidad percibida. Encuestas de Satisfacción. Gestión de Calidad: Modelos. 44. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Estructura orgánica y competencias. Los órganos directivos de la Seguridad Social. 45. El Instituto Nacional de la Seguridad Social. Estructura y funciones. La Tesorería General de la Seguridad Social. Estructura orgánica y funciones.

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46. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Constitución, competencias y ámbitos de actuación. La colaboración de las empresas en la gestión de la Seguridad Social. 47. La Seguridad Social en España. Evolución histórica. El modelo de Seguridad Social en la Constitución española. El Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social de 1994. Estructura, contenido y vigencia. Normativa de desarrollo. 48. Acción protectora de la Seguridad Social. Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres generales. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. 49. Otras prestaciones de la Seguridad Social: Protección contributiva por jubilación. Condiciones para el derecho a la pensión por jubilación. Prestaciones no contributivas de jubilación e invalidez. Clases, beneficiarios y condiciones de reconocimiento. 50. La protección por desempleo. Tipos de prestaciones. Requisitos y contenidos de las mismas. 51. El Régimen General y los Regímenes Especiales de la Seguridad Social: Funcionarios civiles de la Administración del Estado (MUFACE), funcionarios de la Administración de Justicia (MUGEJU) y Fuerzas Armadas (ISFAS). Particularidades. La asistencia sanitaria a ciudadanos extranjeros. Modalidades. 52. Régimen económico-financiero de la Seguridad Social. Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Recursos generales del sistema. 53. Las contingencias Profesionales. Concepto de accidente de trabajo. Declaración. Prestaciones. Las secuelas de los accidentes de trabajo. Tipos y prestaciones. Lesiones permanentes no invalidantes. 54. Etiología del accidente de trabajo. Los componentes del riesgo: Máquina, trabajador, ambiente laboral, organización, ambiente humano. Caracteres de cada factor. Los medios de protección y señalización. 55. La enfermedad profesional. Concepto, declaración, requisitos. La lista de enfermedades profesionales vigente. 56. La incapacidad temporal. Concepto. Requisitos. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción del derecho. Prestaciones. Peculiaridades de las distintas contingencias. Procedimientos para la determinación de contingencia protegida. 57. Gestión y control de la incapacidad temporal. Competencias del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en las distintas contingencias protegidas. 58. Gestión y control de la incapacidad temporal. Los criterios de incapacidad. Los estándares de duración. Profesiograma. 59. La incapacidad permanente. Concepto, clases y grados. Prestaciones económicas. Beneficiarios, nacimiento, duración y extinción del derecho. El reconocimiento de las prestaciones por incapacidad permanente. Vías de tramitación. Revisión de la incapacidad permanente. Los Equipos de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Creación, composición y funciones. 60. La acreditación sanitaria. Concepto. Modelos. 61. La autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Clasificación. Normativa. 62. La evaluación de centros y servicios sanitarios. Conceptos básicos y aplicaciones. 63. Evaluación y control de la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos. Evaluación y control de los centros y servicios concertados. 64. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en enfermedades infecciosas. Estudio especial de las infecciones por VIH. Tuberculosis pulmonar y de otras localizaciones. 65. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en oncología. Estudio especial de los tumores malignos de pulmón, mama y colorrectal. 66. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en la diabetes mellitus. 67. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente en anemias, poliglobulias, trastornos de coagulación, trastornos plaquetarios, gammapatías, leucemias y linfomas. 68. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los trastornos psicóticos. Estudio especial de las esquizofrenias. Psicosis tóxicas. Trastornos bipolares. Trastornos delirantes. 69. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los trastornos neuróticos. Estudio especial de los trastornos por ansiedad. Trastornos de adaptación. Trastornos de conversión. Trastornos somatomorfos. 70. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las depresiones. 71. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las demencias. Estudio especial de la enfermedad de Alzheimer. Demencias de origen vascular. Otras demencias. 72. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las enfermedades extrapiramidales: Enfermedad de Parkinson. Coreas. Distonías. 73. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las enfermedades desmielinizantes, epilépticas y miastenia gravis. 74. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los accidentes cerebrales vasculares. 75. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los trastornos del ojo y sus anexos. 76. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los trastornos del oído. Estudio especial de las hipoacusias y los trastornos del equilibrio. Otitis. 77. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los trastornos del ritmo cardíaco. Hipertensión arterial. 78. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las cardiopatías isquémicas y en las enfermedades de las válvulas cardíacas. 79. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en los trastornos de arterias, venas y vasos linfáticos. Estudios especiales de la claudicación intermitente y de la insuficiencia venosa de miembros inferiores. 80. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en la bronquitis crónica y el enfisema pulmonar. Síndrome de apnea obstructiva del sueño. 81. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en el asma.

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82. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las enfermedades del tubo digestivo y páncreas. Hernias de la cavidad abdominal. 83. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en la enfermedad inflamatoria intestinal. 84. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las enfermedades del hígado y de las vías biliares. 85. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las litiasis renoureterales, vesicales y uretrales. Hidronefrosis. 86. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en enfermedades de la piel y del tejido subcutáneo. 87. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las entesopatías, en los trastornos de músculos, ligamentos y fascias. Estudio especial de la fibromialgia. 88. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en la artrosis. Espondiloartrosis. Artrosis de cadera, artrosis de rodilla, rizartrosis. 89. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en el dolor de espalda. Estudio especial de la lumbalgia. 90. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las fracturas de huesos. 91. Criterios en la valoración de la incapacidad laboral, temporal y permanente, en las luxaciones y esguinces o torceduras. Estudio especial del esguince de tobillo. Síndrome del latigazo cervical. 92. Criterios en la valoración del dolor como posible causa de incapacidad. 93. Simulación y disimulación de enfermedades.

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES 1er Apellido

2o Apellido

Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta. 2) Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria. 3) Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria. 4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria. 5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. 6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia 9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a)

En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago.

b)

También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ANEXO III DIRECCIONES DE LOS REGISTROS Consejería

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

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(03/36.303/13)

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ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 4

ORDEN 3168/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema general de acceso libre, seis plazas en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013, aprobada por el Decreto 36/2013, de 25 de abril. 1.2. De acuerdo con lo que se determina en el artículo 4 del Decreto 36/2013, de 25 de abril, en relación con lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, del total de las plazas ofertadas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen. La plaza reservada para el cupo de discapacidad se acumulará a las del turno libre, en caso de quedar desierta. 1.3. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 36/2013, de 25 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013; el Decreto 54/2006, de 22 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

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Normas generales

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1.4. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid. 1.5. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.6. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda Interesados 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre). c) Estar en posesión de la Licenciatura en Derecho o Grado en Derecho. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que se pretende acceder. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 2.2. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Tercera 3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo I de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo II de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud: 3.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que re-

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Solicitudes

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sulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código del Cuerpo: 2695. • Descripción: Letrados. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción “Libre” o “Discapacidad”, según corresponda. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz la opción de poseer la titulación académica exigida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto. — En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excelentísimo señor Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.2. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. 3.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías cuyas direcciones figuran en el Anexo II de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4. Tasa por derechos de examen: 3.4.1. Conforme al texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de cincuenta y dos euros con treinta y nueve céntimos (52,39 euros), que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Bankia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”.

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De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud ("Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen") los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la Oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. 3.4.2. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1) Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos.

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3.4.3. Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo. Cuarta Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad y/o soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 y reunir los requisitos previstos en la base segunda de esta convocatoria. 4.2. Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.3. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el cupo de discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a la plaza de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno. 5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

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Admisión de aspirantes

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MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.5. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. Sexta 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será nombrado por Orden del Consejero del que dependa la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, a propuesta del titular de esta, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid y en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría primera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y cualquier otra normativa que resulte de aplicación. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e, igualmente, si hubieran colaborado durante ese período, de algún modo, con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno con la designación de los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base, todo ello de conformidad con el artículo 6 de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid. 6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en

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Tribunal Calificador

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su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima El procedimiento de selección se realizará a través del sistema de oposición. 7.1. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el aprobado por Resolución de 17 de mayo de 2011, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio). 7.2. La oposición estará integrada por los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios: 7.2.1. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer oralmente, durante un plazo máximo de sesenta minutos y por el orden que a continuación se indica, seis temas extraídos al azar de entre los que componen el programa, conforme a la siguiente distribución: dos temas de Derecho Civil, uno de cada parte en que se divide el bloque; un tema del bloque de Derecho Hipotecario y Mercantil; dos temas de Derecho Procesal, uno de cada parte en que se divide el bloque; y un tema del bloque de Derecho del Trabajo. Los aspirantes dispondrán de un tiempo de diez minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. El tiempo mínimo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a cinco minutos. 7.2.2. Segundo ejercicio: Constará de dos pruebas de idiomas, la primera de carácter obligatorio y eliminatorio y la segunda de carácter voluntario y, en consecuencia, no eliminatorio. — Primera prueba: Los aspirantes podrán elegir como idioma de la prueba el inglés o el francés. — Segunda prueba: Los aspirantes podrán elegir cualquier idioma extranjero de los oficiales en la Unión Europea, siempre y cuando sea distinto al elegido para la prueba anterior. Ambas pruebas consistirán en acreditar oralmente ante el Tribunal los conocimientos suficientes de lectura y traducción del idioma extranjero escogido por el opositor, a cuyo efecto el Tribunal designará los textos sobre los que se practicarán las presentes pruebas. Para la verificación de este ejercicio el Tribunal, que deberá dialogar con el aspirante en la lengua elegida por este, podrá ser asistido por los pertinentes Asesores especialistas, designados por el mismo. A efectos de la elección del idioma de cada prueba, los aspirantes deberán entregar al Tribunal el Anexo III de esta convocatoria, “Elección de idioma para la realización del segundo ejercicio”, a cuyo fin dicho Órgano de selección

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Sistema de selección

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proporcionará el citado Anexo para su cumplimentación en la sesión de celebración del primer ejercicio y con carácter previo a su realización. 7.2.3. Tercer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer oralmente, durante un plazo máximo de sesenta minutos y por el orden que a continuación se indica, seis temas extraídos al azar de entre los que componen el programa, conforme a la siguiente distribución: un tema del bloque de Derecho Constitucional y Comunitario; dos temas de Derecho Administrativo, uno de cada parte en que se divide el bloque; dos temas de Derecho Financiero y Tributario, uno de cada parte en que se divide el bloque; y un tema del bloque de Derecho Penal. Los aspirantes dispondrán de un tiempo de diez minutos para la preparación de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. El tiempo mínimo dedicado a la exposición de cada tema no podrá ser inferior a cinco minutos. 7.2.4. Cuarto ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la realización de una actuación escrita en un procedimiento judicial en que sea parte la Comunidad de Madrid o las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma. El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de diez horas. Para la realización del mismo, se podrán consultar textos legales y jurisprudenciales que deberán ser aportados por los aspirantes. Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal Calificador. 7.2.5. Quinto ejercicio: De carácter práctico, consistirá en la elaboración de un informe jurídico escrito sobre una cuestión en que esté interesada la Comunidad de Madrid. El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de diez horas. Para la realización del mismo, se podrán consultar textos legales y jurisprudenciales que deberán ser aportados por los aspirantes. Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal Calificador. 7.3. Cuando el Tribunal, por decisión unánime de sus miembros, apreciara en cualquier momento de la exposición de los temas de los ejercicios teóricos una manifiesta deficiencia de contenido que hubiera de impedir su superación, invitará al opositor a retirarse, con indicación del motivo, y dará por concluido para aquel el desarrollo de las pruebas, dejando sucinta referencia de ello en el acta de la sesión correspondiente. 7.4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “X”, de conformidad con la Resolución de 13 de mayo de 2013, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo). 7.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.6. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.7. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partir de la primera quincena del mes de enero de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.4 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.8. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados.

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Octava 8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo con las siguientes normas: 8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos por cada tema, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 30 puntos, y no ser calificado con 0 en ninguno de los temas. 8.1.2. Segundo ejercicio: El ejercicio de idiomas se valorará de la siguiente forma: — La primera prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 5 puntos. — La segunda prueba se calificará de 0 a 10 puntos. En caso de superar el aspirante la segunda prueba, los puntos por encima de 5, de esta, se acumularán a la puntuación final del ejercicio de idiomas. 8.1.3. Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos por cada tema, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 30 puntos, y no ser calificado con 0 en ninguno de los temas. 8.1.4. Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 30 puntos. 8.1.5. Quinto ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 30 puntos. 8.2. Las calificaciones deberán hacerse públicas al final de cada sesión, cuando se trate de los ejercicios teóricos. En los ejercicios prácticos y en el ejercicio de idiomas se publicarán conjuntamente, después de finalizar cada uno de dichos ejercicios, pudiendo el Tribunal utilizar, para deliberar, el tiempo que sea necesario. 8.3. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados, el Tribunal establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo de idoneidad será común para todos los aspirantes, con independencia del turno o cupo por el que concurran. Una vez superado el nivel mínimo de idoneidad común exigido, el Tribunal podrá determinar, de manera diferente para el turno y el cupo, la puntuación mínima necesaria para aprobar cada uno de los ejercicios, todo ello en función del número de aspirantes que hubieran alcanzado el citado nivel mínimo común y el número de plazas convocadas. No obstante, el nivel mínimo exigible a los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad no podrá ser, en ningún caso, superior al fijado para el sistema general de acceso libre al que está vinculado dicho cupo. En el caso de que alguno de los aspirantes del cupo de discapacidad que no haya obtenido plaza por dicho cupo tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a los aspirantes del turno libre, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deberá incluir automáticamente a dicho aspirante en el citado turno libre al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes que concurren por el mismo. 8.4. Calificación final. El orden de los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1) Aspirante que concurra por el cupo de discapacidad. 2) Mayor puntuación obtenida en el tercer, primer, cuarto y quinto ejercicios, por este orden. 8.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

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Calificación del proceso selectivo

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Novena Lista de aprobados del proceso selectivo 9.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la relación de seleccionados, por el orden de puntuación alcanzada, con indicación de las notas parciales de todos y cada uno de los ejercicios de la oposición, así como de su Documento Nacional de Identidad. 9.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador elevará a la Dirección General de Función Pública la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden decreciente de puntuación, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición. c) Puntuación total. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Décima 10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas incluidas en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: A) Original y fotocopia o fotocopia debidamente compulsada del Documento Nacional de Identidad. B) Original y fotocopia o fotocopia debidamente compulsada de la titulación requerida en la base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. D) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos. 10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho. 10.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Undécima Nombramiento de funcionarios de carrera Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y aporten la documentación requerida en la base décima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

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Presentación de documentos

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La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Duodécima Comunicaciones e incidencias Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.8. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de exámenes deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio. No obstante, los aspirantes también podrán remitir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo. Decimotercera 13.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera con los aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria. El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados, de mayor a menor. En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios: — Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, este se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación. — Mayor calificación obtenida en el tercer, primer y cuarto ejercicios, por este orden. — De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.4 de esta convocatoria. 13.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acuerdo con lo previsto en la base 9.1, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado, y especificando en dicha relación el turno o cupo por el cual los aspirantes han participado en el proceso selectivo. La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los en ella insertos, la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria. 13.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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Lista de espera para funcionarios interinos

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Decimocuarta Norma final

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Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES 1er Apellido

2o Apellido

Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta. 2) Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria. 3) Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria. 4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria. 5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. 6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia 9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a)

En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago.

b)

También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ANEXO II

Consejería

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

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DIRECCIONES DE LOS REGISTROS

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ANEXO III ELECCIÓN DE IDIOMA PARA LA REALIZACIÓN DEL SEGUNDO EJERCICIO

De conformidad con lo establecido en la base 7.2.2. de la Orden ……….……../2013, de ………… de ……….….., de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, D/D.a …………………………………………..…………………………………………………………………………………………………..…. con D.N.I. …………………………………………, a efectos de la realización del segundo ejercicio de la oposición, pone en conocimiento del Tribunal Calificador de dicho proceso su elección:

-

-

Primera prueba-idioma de carácter obligatorio: (el aspirante deberá optar sólo por uno de los dos que a continuación se relacionan) …

INGLÉS

…

FRANCÉS

Segunda prueba-idioma de carácter voluntario: (el aspirante podrá elegir cualquier idioma extranjero de los oficiales en la Unión Europea, siempre y cuando sea distinto del escogido para la primera prueba)

………………………………………………………………………………………………………

En Madrid, a ............... de ....................................... de 201..

Fdo: ………………………..............................................................

Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid

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(03/36.304/13)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 5

ORDEN 3169/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 21/2007, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2007 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de junio), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas en el Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2007, aprobada por el Decreto 21/2007, de 3 de mayo. 1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a dos plazas. 1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a dos plazas. En caso de no quedar cubiertas, se acumularán a las del turno de acceso libre. 1.1.3. Los aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. 1.1.4. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos. 1.1.5. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos. 1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comu-

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Normas generales

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nidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 21/2007, de 3 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2007; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo. 1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición y para el curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Tener la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre). c) Estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería, o Ayudante Técnico Sanitario. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que se pretende acceder. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Ostentar la condición de funcionarios de carrera. — Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de la Administración de la Comunidad de Madrid. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo C1. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan.

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Interesados

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2.3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Tercera 3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud: 3.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que resulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código del Cuerpo: 265T. • Descripción: Subinspección Sanitaria. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción “Libre” o “Promoción interna”, según corresponda. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz la opción de poseer la titulación académica exigida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto. — En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excelentísimo señor Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.2. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. 3.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLE-

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Solicitudes

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TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solici-

tud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4. Tasa por derechos de examen. 3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de 40,77 euros, que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Bankia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud (“Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen”) los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la Oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. 3.4.2. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez días hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para ex-

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pedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

Cuarta Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de cualquiera de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, conta-

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Admisión de aspirantes

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dos a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno de acceso libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno. 5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.5. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. Sexta 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría segunda de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Tribunal Calificador

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Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base. 6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima 7.1. El programa que ha de regir la oposición es el que figura como Anexo I de la presente convocatoria. 7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios: 7.2.1. Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien preguntas, de acuerdo con la siguiente distribución: — Las primeras quince preguntas versarán sobre el temario general del programa, de las cuales las diez primeras versaran sobre los temas 1 a 4, y las cinco restantes sobre los temas 5 a 10, de dicho temario general. — Las ochenta y cinco preguntas restantes versarán sobre el temario específico. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cien minutos. Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna estarán exentos de la realización de las diez primeras preguntas del cuestionario. La duración máxima del ejercicio para ellos será de noventa minutos. 7.2.2. Segundo ejercicio. En la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio se extraerán al azar tres temas, de entre los que componen el temario específico del programa, de los cuales los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos, a su elección.

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Ejercicios de la oposición

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El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Los temas serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose la amplitud de los conocimientos, la calidad de expresión escrita, la sistemática en la composición de los temas, así como su forma de presentación y exposición. El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos. 7.2.3. Tercer ejercicio. Los aspirantes realizarán dos supuestos prácticos, que versarán sobre el temario específico del programa. Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres horas, los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y el material que el Tribunal determine en la convocatoria de este ejercicio. El Tribunal valorará el rigor analítico, la sistemática y el conjunto de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos. 7.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “Z”, de conformidad con la Resolución de 22 de junio de 2007, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de julio). 7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.6. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partir del segundo semestre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.4 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados. Octava 8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: 8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. Sin perjuicio de las competencias asignadas al Tribunal de Selección por la base 8.2, a los efectos de la determinación del nivel mínimo necesario para superar este ejercicio, el órgano selectivo tendrá en cuenta de forma proporcional el número de preguntas que integran los exámenes para cada turno de acceso. 8.1.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los temas se calificará de cero a diez puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos en cada tema. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos temas, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. 8.1.3. Tercer ejercicio: Cada uno de los supuestos se calificará de cero a diez puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos en cada supuesto.

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Calificación de los ejercicios y lista de aprobados de la oposición

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La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos. 8.2. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados, el Tribunal establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo de idoneidad será común para todos los aspirantes, con independencia del turno por el que concurran. Una vez superado el nivel mínimo de idoneidad común exigido, el Tribunal podrá determinar, de manera diferente para cada turno, la puntuación mínima necesaria para aprobar cada uno de los ejercicios, todo ello en función del número de aspirantes que hubieran alcanzado el citado nivel mínimo común y el número de plazas convocadas. 8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer lugar a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior, celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se calificará a los aspirantes del turno de acceso libre, estableciéndose el nivel mínimo necesario para la superación del ejercicio y publicándose la relación de aprobados. 8.4. Una vez concluida la oposición, la calificación de los aspirantes que la hubieren superado se determinará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que la integran. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1.o Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicios, por este orden. 2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. 8.5. Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7 y elevará a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que la han superado, por cada turno de acceso, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición. c) Puntuación total. 8.6. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho. Novena 9.1. Los aspirantes que hayan superado la oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero). 9.2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas a la Dirección General de Función Pública, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que garantice la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan. El programa, regulación y duración del curso selectivo se establecerá por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 9.3. A efectos de la superación del curso, los aspirantes deberán realizar una prueba de carácter teórico-práctico propuesta por el Tribunal Calificador, y que será calificada por dicho Órgano de Selección como “apta” o “no apta”. No se entenderá superado el curso si

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Curso selectivo

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la calificación obtenida es “no apta”, y el aspirante perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Ordenación e Inspección, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. 9.4. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntación obtenida. Una vez finalizado el curso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos expresados en la base 7.7, la relación de los aspirantes que lo hubiesen superado.

Undécima Presentación de documentos 11.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas incluidas en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad. B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la Base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

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Décima Lista de aprobados del proceso selectivo 10.1. Calificación final. El orden de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria. En caso de empate, se atenderá al orden que hubiese resultado de la aplicación de los criterios relacionados en la base 8.4. 10.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Calificador hará pública y elevará a la Dirección General de Función Pública las relaciones independientes de seleccionados por cada turno de acceso, en la que constarán los aspirantes aprobados según el orden de puntuación alcanzada, de mayor a menor. 10.3. En la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, el Tribunal indicará: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo. c) Puntuación total. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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D) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.3. 11.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho. 11.3. En el caso de aquellos aspirantes que hubieran concurrido por el turno de promoción interna, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda aportará de oficio al procedimiento certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2 En el supuesto de no quedar acreditados dichos extremos, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. 11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Duodécima Nombramiento de funcionarios de carrera Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y aporten la documentación requerida en la base undécima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Decimotercera Comunicaciones e incidencias Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de exámenes deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio o, en su caso, del curso selectivo. No obstante, los aspirantes también podrán remitir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo. Decimocuarta 14.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Subinspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera, integrada por un máximo de 100 candidatos, con los aspirantes del turno libre que hayan obtenido como mínimo 4 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición o, en su caso, de

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Lista de espera para funcionarios interinos

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la prueba o pruebas que formen parte del curso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria. El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican: — Suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, por aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios primero y segundo de la oposición. — Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta que a efectos de inclusión en la lista será suficiente haber obtenido la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio. — En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios: • Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicios de la oposición, por este orden. • De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria. 14.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, de acuerdo con lo previsto en la base 8.5, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado, incluyendo asimismo, a los efectos previstos en la base 14.5, a todos aquellos aspirantes que, habiendo obtenido la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio de la oposición, no formasen parte de la lista de espera inicial. La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los cien primeros aspirantes la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria. 14.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 14.4. En el supuesto de que algún aspirante no superara el curso selectivo previsto en la base novena, podrá integrarse en la lista de espera con anterioridad a aquellos aspirantes que no superaron la oposición y de conformidad con los criterios establecidos en esta base, modificándose por Resolución de la Dirección General de Función Pública la lista de espera que hubiera sido aprobada en virtud de lo dispuesto en el precedente apartado. 14.5. En el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada según lo señalado en el apartado tercero de esta base, siempre que existan aspirantes que, habiendo alcanzado la calificación mínima de 4 puntos en el primer ejercicio, no se hayan integrado en la inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio. La ordenación de los candidatos en la ampliación de la lista de espera se realizará de conformidad con los criterios establecidos en el primer apartado de esta base. Decimoquinta Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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Norma final

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ANEXO I PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE SUBINSPECCIÓN SANITARIA, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID TEMARIO GENERAL

1.

La Constitución española de 1978. Derechos fundamentales y libertades públicas. Regulación constitucional del sistema autonómico. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. 2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. 3. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Composición, designación y remoción. Funciones y potestades. 4. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional. La Oficina de Atención al Ciudadano. 5. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. 6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario. 7. El principio de legalidad y la jerarquía normativa. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. 8. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios generales. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración. El procedimiento administrativo: Sus fases. Revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos. La responsabilidad patrimonial de la Administración. 9. Función Pública: Normativa básica. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario. 10. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.

1. 2. 3. 4. 5.

6. 7. 8.

9. 10. 11. 12. 13.

14. 15. 16.

Los Organismos Internacionales. La ONU y sus oficinas especializadas. La OIT. Los Organismos Internacionales relacionados con la salud. La Organización Mundial de la Salud. El Reglamento Sanitario Internacional. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Evolución histórica. Estructura. Competencias y relaciones en el ámbito internacional, central y periférico. Los Organismos Autónomos. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. La coordinación general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social: Estructura orgánica y competencias. Órganos de dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Instituto Nacional de la Seguridad Social: Configuración legal y funciones. Órganos de dirección y gestión. Estructura orgánica y competencias de los servicios centrales y periféricos. Órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión. La Ley General de Sanidad. Estructura. Fundamentos básicos. Intervención pública en relación con la salud individual y colectiva. Infracciones y sanciones. La salud laboral. La Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Estructura y contenido. Régimen sancionador. El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud: Motivación. Objetivos. Ámbito de aplicación. Clasificación del personal estatutario y su equiparación a los grupos de clasificación de los funcionarios públicos. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo. El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud: Jornada de trabajo. Permisos y licencias. Retribuciones. Movilidad del personal. Carrera profesional. Situaciones del personal estatutario. Régimen disciplinario. La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. La formación pregraduada y postgraduada. La formación continuada y el desarrollo profesional. Acreditación docente de grado de enfermería. La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública. Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Concepto de delito y falta, dolo e imprudencia. Tipos y duración de las penas. Delitos que puede cometer el personal de enfermería en el ejercicio de su profesión: Denegación y/o abandono de la asistencia sanitaria. Eutanasia. Aborto. Intrusismo. Secreto profesional. Delitos de lesiones por imprudencia. El sistema sanitario: Componentes y tipos. El Sistema Nacional de Salud Español: Marco legal. Organización. Estructura. Recursos. Prestaciones. Nuevas formas de gestión. La actividad sanitaria en la Comunidad de Madrid. Estructura y funciones de la Consejería de Sanidad. La Dirección General de Ordenación e Inspección: Estructura y funciones. El Servicio Madrileño de Salud. Estructura y funciones.

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TEMARIO ESPECÍFICO

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17. La calidad sanitaria: Conceptos generales. Definiciones. Herramientas básicas de calidad. Gestión por procesos. Evaluación de la calidad. 18. Modelos de calidad: Acreditación. Certificación. EFQM. 19. La Inspección Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Cuerpos y Escalas. Informes técnicos y actas de inspección en relación con la actuación inspectora. 20. Tarjeta Sanitaria Individual. Tarjeta Sanitaria Europea. 21. Ley de libertad de elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid. Libertad de elección de enfermero. 22. Bioética y derecho. La ética en las profesiones sanitarias: Los códigos deontológicos de las profesiones de enfermería. 23. La acreditación sanitaria. Concepto. Modelos. 24 La autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Clasificación. Normativa. 25. La evaluación de centros y servicios sanitarios. Conceptos básicos y aplicaciones. 26. Evaluación y control de la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos. Evaluación y control de los centros y servicios concertados. 27. El Estado de bienestar. La protección social. La Seguridad Social en España: La Ley de Bases de Seguridad Social. El modelo de Seguridad Social en la Constitución española. 28. El texto refundido de la Ley General de Seguridad Social de 1994: Estructura, contenido y vigencia. 29. Régimen económico-financiero de la Seguridad Social: Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Recursos generales del sistema. Normas de cotización y recaudación. 30. Sistema de Seguridad Social en España: Campo de aplicación y estructura. Normas de afiliación, altas y bajas. Situaciones asimiladas al alta. Gestión: Entidades Gestoras. Servicios Comunes. Colaboración en la gestión. 31. Régimen General de la Seguridad Social: Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. 32. Regímenes Especiales de la Seguridad Social: La Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado, de la Administración de Justicia y de las Fuerzas Armadas. Particularidades. 33. Incapacidad temporal: Concepto. Requisitos. Beneficiarios. Prestaciones. Nacimiento, duración y extinción del derecho al subsidio. Peculiaridades de las contingencias en los distintos regímenes. 34. Gestión y control de la incapacidad temporal. Actuaciones de las entidades implicadas en el seguimiento y control de la prestación. Los estándares de duración. 35. Maternidad: Situaciones protegidas. Beneficiarios. Prestación económica. Pérdida o suspensión del derecho al subsidio por maternidad. Riesgo durante el embarazo: Situación protegida. Prestación económica. La Ley para promover la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras: Estructura y contenido. 36. Aspectos básicos de las prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social: Jubilación, muerte y supervivencia, protección familiar, desempleo. 37. La asistencia sanitaria a ciudadanos extranjeros: Modalidades. Repercusión económica. 38. Los conceptos de deficiencia, discapacidad y minusvalía. Clasificación internacional de deficiencias, incapacidades y minusvalías de la OMS. La valoración de la minusvalía en España. 39. La incapacidad permanente: Concepto. Grados. Beneficiarios. Prestaciones económicas y recuperadoras. Compatibilidades en el percibo de prestaciones económicas por incapacidad permanente. 40. El reconocimiento de las prestaciones por incapacidad permanente. Los Equipos de Valoración de Incapacidades: Creación, composición y funciones. Revisión de la incapacidad permanente. 41. El accidente de trabajo: Concepto. Declaración. Prestaciones. Peculiaridades. Lesiones permanentes no invalidantes. 42. La enfermedad profesional: Concepto, declaración, requisitos. Peculiaridades. El listado de enfermedades profesionales. 43. La emergencia médica y la asistencia urgente. La regionalización y organización de la asistencia urgente. La movilización de recursos sanitarios en situaciones catastróficas. Planificación nacional e internacional. 44. La atención primaria de la salud. Los Centros de Salud. Los equipos de Atención Primaria: Organización y funciones. Los profesionales de enfermería en Atención Primaria. Organización y funciones. 45. La asistencia especializada. Estructuras jerarquizadas en Atención Especializada. La coordinación de los niveles asistenciales. Los profesionales de enfermería en Atención Especializada. Organización y funciones. 46. El hospital: Evolución histórica. Organización funcional. Órganos de gobierno. Características de los recursos humanos y materiales del hospital. 47. Gestión hospitalaria. La gestión clínica. Registros hospitalarios. Indicadores de actividad y rendimiento. Los sistemas de clasificación de pacientes y el coste por proceso. 48. Requisitos mínimos exigibles en la producción y gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos de la Comunidad de Madrid. Conceptos básicos de la gestión de residuos. Clasificación de los residuos sanitarios. Producción y gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos. La salud laboral y los residuos. 49. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los Servicios de Prevención. La participación del trabajador. 50. El Reglamento de los Servicios de Prevención. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. La evaluación de la salud de los trabajadores. Historia clínico-laboral. 51. La prestación farmacéutica del sistema de Seguridad Social: Características y requisitos. Uso Racional. La receta oficial: Modelos y aportación del usuario. La prestación farmacéutica en régimen de hospitalización. 52. La legislación sobre productos farmacéuticos. La Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios. La prescripción enfermera. 53. Competencias de la Comunidad de Madrid en la materia farmacéutica. Los genéricos. 54. Las prestaciones sanitarias: Prestación ortoprotésica, prestaciones con productos dietéticos, prestaciones con técnicas de terapia respiratoria a domicilio. El transporte sanitario. La hemodiálisis a domicilio.

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55. Evaluación y control de la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos. Evaluación y control de los centros y servicios concertados. Los reintegros de gastos. 56. Las quejas y reclamaciones como medida de la satisfacción de los usuarios. Las Oficinas de Atención al Usuario y las Unidades de Atención al Paciente de las Gerencias. Normativa legal. Sistemas de registro y clasificación de las mismas. 57 La planificación sanitaria. El diseño de las políticas sanitarias. Los programas de salud y su evaluación. 58. Conceptos básicos sobre la salud. La salud como valor positivo. La salud como precepto constitucional en España. Factores determinantes y condicionantes de la salud. 59. La educación sanitaria. Definición. Campos de acción de la educación. Los agentes de la educación para la salud. La educación en la escuela, la comunidad, la empresa y los servicios asistenciales. 60. Los problemas de salud en determinados colectivos: Infancia, mujer, adolescencia, adultos, tercera edad. 61. Los sistemas de información sanitaria. Normativa aplicable. Conceptos generales. Principales sistemas de información en la Comunidad de Madrid. Indicadores. Codificación sanitaria: Principales códigos utilizados. 62. Proceso de enfermería: Valoración. Diagnóstico. Planificación. Ejecución. Evaluación. 63. Epidemiología. Conceptos generales y usos. Fuentes de información y objetivos. Medidas de frecuencia. El proceso de medir y cuantificar. 64. La vigilancia epidemiológica. Sistemas de vigilancia. Tipos de estudios epidemiológicos. Características principales de los estudios. 65. Estadística: Definición y tipos. Conceptos básicos. Tipos de variables. Estadística descriptiva: Concepto. Variables cualitativas. Variables cuantitativas. 66. Estadística inferencial: Concepto de inferencia estadística. Estimación de parámetros (estimación de la media). Contraste de hipótesis. Significación estadística. Comparación de proporciones y de medias. Estudio de la relación entre dos variables cuantitativas. 67. Probabilidad: Generalidades. Teorema de Bayes. Distribuciones de probabilidad. Técnicas de muestreo. 68. Demografía sanitaria. Censos y estructuras de población. Natalidad y fecundidad. Morbilidad y mortalidad general y específica. Evolución y estudios comparativos. Estructura de la población española. 69. Medidas para evitar o disminuir la infección nosocomial de origen exógeno: Limpieza de fómites, desinfección y antisepsia. Esterilización: Definición. Indicaciones. Métodos. Procesos de esterilización y su verificación de calidad. 70. Demografía sanitaria. Fuentes de datos. Demografía estática. Estructura de las poblaciones. Demografía dinámica: Principales índices y tasas. El tiempo en demografía.

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES er

2o Apellido

1 Apellido Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta. 2) Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria. 3) Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria. 4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria. 5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. 6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia 9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a)

En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago.

b)

También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ANEXO III DIRECCIONES DE LOS REGISTROS Consejería

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

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(03/36.305/13)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 6

ORDEN 3170/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1).

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera 1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013, aprobada por el Decreto 36/2013, de 25 de abril. 1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a 15 plazas, de acuerdo con la distribución que figura en el Anexo I de la presente convocatoria. 1.1.2. El número total de vacantes reservadas al turno de promoción interna asciende a 5 plazas, según la distribución que figura en el Anexo I de la presente convocatoria. En caso de no quedar cubiertas, se acumularán a las del turno de acceso libre. 1.1.3. Los aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. 1.1.4. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos. 1.1.5. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos. 1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de

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Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 36/2013, de 25 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición. Una vez finalizada la misma, se realizará un curso selectivo. 1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición y para el curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda 2.1. Los requisitos para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas son los que figuran en el Anexo I de esta convocatoria. La acreditación del requisito establecido en los apartados g) del mencionado Anexo I, será requerida por el Tribunal con la debida antelación y publicidad. 2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Ostentar la condición de funcionarios de carrera. — Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 (antiguo Grupo D), de la Administración de la Comunidad de Madrid. — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán reunir los siguientes requisitos, además de los restantes exigidos en esta convocatoria: — Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo C2 (antiguo Grupo D). — Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan. 2.3. Todos los requisitos establecidos en el Anexo I deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto lo indicado en los apartados e), y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Tercera Solicitudes 3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo VI de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid

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Interesados

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(Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo VII de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud: 3.2.1. Los aspirantes que deseen optar por los puestos de trabajo de Bombero y Bombero-Conductor deberán presentar una instancia para cada uno de ellos. 3.2.2. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que resulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código del Cuerpo, Escala y Categoría: – Puestos de Bombero: 23. – Puestos de Bombero-Conductor: 23 C. • Descripción: Bombero o Bombero-Conductor. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción “Libre” o “Promoción interna”, según corresponda. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz la opción de poseer la titulación académica exigida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto. — En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.3. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro sitio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. 3.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo VII de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4. Tasa por derechos de examen. 3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de oc-

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tubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de veintisiete euros con ochenta y seis céntimos (27,86 euros), que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Bankia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. Los aspirantes que deseen optar por los puestos de trabajo de Bombero y Bombero-Conductor deberán abonar la cuantía anteriormente indicada por cada una de las instancias presentadas. De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud (“Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen”) los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la Oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado”

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de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior. De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

Cuarta Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de cualquiera de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, serán

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Admisión de aspirantes

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incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno de acceso libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por dicho turno. 5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.5. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno. Sexta 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría segunda de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base.

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Tribunal Calificador

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6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima 7.1. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios. 7.1.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito 180 preguntas, distribuidas en dos cuestionarios de preguntas tipo test conforme al siguiente orden: a) El primer cuestionario que será facilitado a los aspirantes constará de 45 preguntas de carácter psicotécnico, que versarán de forma proporcional sobre los parámetros que se indican a continuación: — Razonamiento abstracto y concreto. — Razonamiento espacial. — Medición de la atención. El tiempo máximo para la realización de este cuestionario será de 45 minutos. b) El segundo cuestionario, del que se hará entrega a los aspirantes cuando hayan transcurrido los 45 minutos para contestar el anterior y tras la recogida del mismo, estará compuesto por un total de 135 preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura como Anexo III a la presente Orden. El tiempo máximo para la realización de este cuestionario será de 135 minutos. En ambos cuestionarios, para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. A efectos de que el Órgano de Selección proceda a calificar ambos cuestionarios será necesario, en todo caso, haber contestado, al menos, el equivalente a 23 preguntas correctas en el primero, y a 68 preguntas correctas en el segundo, teniendo en cuenta las contestaciones correctas e incorrectas. De no alcanzar

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Desarrollo de la oposición

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este valor en cada cuestionario, el ejercicio no será objeto de calificación por el Tribunal de Selección. En la misma sesión de celebración del primer ejercicio, y con carácter previo a su realización, los aspirantes deberán hacer constar por escrito su autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el Tribunal Médico que se adjuntan como Anexo V a la presente convocatoria. A tal efecto el Tribunal proporcionará dicho Anexo V para su cumplimentación. Segundo ejercicio: Constará de dos fases encaminadas a comprobar la aptitud física general de los aspirantes: a) Primera fase: Presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran especificados en la fase segunda de este ejercicio, emitido de acuerdo con la fórmula siguiente: “El interesado reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas indicadas en la segunda fase de la Base 7.1.2 de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista”. Dicho certificado, que ha de ajustarse en su redacción a estos conceptos, debe llevar implícito el cumplimiento de las condiciones físicas exigidas en el Anexo IV. Este certificado médico no excluye en absoluto las comprobaciones posteriores que integran el reconocimiento médico establecido como uno de los ejercicios de estas pruebas selectivas, y que tienen autonomía propia. b) Segunda fase: La realización de los ejercicios siguientes desarrollados en el Anexo II: 1. Natación sobre 50 metros. 2. Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura. 3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos. 4. Carrera sobre 60 metros. 5. Carrera sobre 300 metros. 6. Carrera sobre 2.000 metros. Estos ejercicios se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el citado Anexo. En cualquier momento del desarrollo de las pruebas físicas, el Tribunal Calificador podrá convocar a los aspirantes que considere oportuno, para la realización de un control de dopaje mediante la recogida de una muestra de orina, cuya cuantía no será inferior a 100 mililitros. Esta convocatoria se realizará por escrito, mediante el formulario de control de dopaje oficial establecido en las normas de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte. La resistencia o negativa expresa por parte del aspirante a realizar dicha prueba, o su no presentación a la realización de la misma en el lugar y tiempo en que sea convocado, de forma no justificada válidamente, supondrá la exclusión inmediata del mismo en el proceso selectivo. Asimismo, será motivo de exclusión la obstrucción, no atención, dilación indebida, ocultación y demás conductas que, por acción u omisión, eviten, impidan, perturben o no permitan realizar controles de dopaje en la forma prevista en la Ley, o siempre que cualquier aspirante evite voluntariamente, por acción u omisión, la recogida de muestras a que estuviese obligado a someterse. La lista de sustancias y métodos prohibidos que se usará de referencia para determinar si un resultado analítico es desfavorable, será la publicada por la Agencia Mundial Antidopaje (WADA) para el año 2014. Se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.wada-ama.org/Docu ments/World_Anti-Doping_Program/WADP-Prohibited-list/2014/WADAprohibited-list-2014-EN.pdf La detección de la presencia de cualquier cantidad de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos o marcadores, en la muestra de orina de un aspirante, su-

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pondrá su exclusión del proceso selectivo, sin perjuicio del derecho de solicitud de realización de contra-análisis que asiste al aspirante, así como de su recurso al Tribunal Calificador con las alegaciones que estime oportunas. Los aspirantes que reciban tratamiento habitual con alguna medicación susceptible de dar lugar a un resultado desfavorable, deberán solicitar al Tribunal Calificador, con antelación suficiente a la realización de las pruebas físicas (no inferior a 14 días), una autorización de uso terapéutico. El Tribunal aplicará los criterios de evaluación contenidos en el anexo II de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte y en las normas para la concesión de autorizaciones de uso terapéutico adoptadas por la Agencia Mundial Antidopaje. 7.1.3. Tercer ejercicio: Este ejercicio será realizado únicamente por los aspirantes que opten a puestos de Bombero-Conductor. Consistirá en un examen práctico de conducción de vehículos de las categorías para las que habilita el permiso exigido, a cuyos efectos el aspirante realizará las correspondientes maniobras en circuito cerrado y en vías abiertas al tráfico, o en un simulador de conducción, que serán evaluadas conforme a los criterios fijados por los Anexos V y VI del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores (“Boletín Oficial del Estado” de 8 de junio de 2009). 7.1.4. Cuarto ejercicio (tercero para los aspirantes a puestos de Bombero): Los aspirantes deberán superar determinadas pruebas de aptitud físico-profesional que tengan por objeto acreditar la tolerancia al trabajo en espacios confinados y la tolerancia al trabajo en altura. A estos efectos, a fin de verificar la tolerancia al trabajo en espacios confinados y la tolerancia al trabajo en altura se realizarán sendas pruebas cuya duración, que habrá de ser común a todos los aspirantes, determinará el Tribunal, con carácter previo al inicio de la misma. 7.1.5. Último ejercicio: Consistirá en un reconocimiento médico practicado por el Tribunal facultativo que se designe al efecto. Se realizarán las pruebas clínicas referidas en el Anexo V y cuantas otras, analíticas y complementarias o de otra clase que se consideren necesarias por el Tribunal, como se refleja en el citado Anexo. En este acto se procederá a tallar a los aspirantes. 7.1.6. Los ejercicios correspondientes a la cobertura de los puestos de Bombero y de Bombero-Conductor son independientes entre sí, sin que la superación, o no, de uno de ellos pueda producir los mismos efectos en ambos procesos de cobertura. 7.2. El primer ejercicio de la oposición comenzará durante el primer semestre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.3 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “X”, de conformidad con la Resolución de 13 de mayo de 2013, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo). 7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.6. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), de la Dirección General de Protección Ciudadana (carretera de La Coruña, kilómetro 22, Las Rozas de Madrid) y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados.

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Octava Calificación de los ejercicios y lista de aprobados de la oposición 8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: 8.1.1.

8.1.2.

Primer ejercicio: El ejercicio se calificará de 0 a 80 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 40 puntos. No serán objeto de calificación aquellos aspirantes que no hayan contestado correctamente el número mínimo de preguntas establecido en la base 7.1.1 de la presente Orden. Segundo ejercicio: a) Primera fase: Se calificará de “apto” o “no apto”. b) Segunda fase. Pruebas físicas:

8.1.3.

8.1.4. 8.1.5.

Se calificarán sobre un total de 60 puntos, siendo puntuadas cada una de ellas conforme al baremo que se adjunta en el Anexo II. La calificación final de esta fase se obtendrá por la suma de las puntuaciones alcanzadas en los diferentes ejercicios. Para las aspirantes femeninas, una vez superada la marca mínima indispensable, se aplicará una bonificación del 20 por 100 sobre la puntuación total obtenida en las pruebas físicas. El Tribunal comunicará al opositor la marca de cada una de las pruebas al finalizar el ejercicio. Tercer ejercicio (solo para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor): Se calificará sobre 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 15 puntos. El Tribunal comunicará al opositor el resultado obtenido al finalizar el ejercicio. Cuarto ejercicio (tercero para los aspirantes a puestos de Bombero): Las pruebas de que consta este ejercicio se calificarán de “apto” o “no apto”, siendo necesario superar cada una de ellas. Último ejercicio: Se calificará de “apto” o “no apto”.

8.2. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mínimo exigido para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo, fijado de forma independiente para cada turno, deberá garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados. 8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer lugar a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior, celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se calificará a los aspirantes del turno de acceso libre, estableciéndose el nivel mínimo necesario para la superación del ejercicio y publicándose la relación de aprobados. 8.4. La calificación final de los aspirantes en la oposición vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados. Para los aspirantes a puestos de Bombero, dicha calificación final será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y en la segunda fase del segundo ejercicio. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: — Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del segundo ejercicio. — Mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio. — De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. 8.4.2.

Para los aspirantes a puestos de Bombero-Conductor, la calificación final será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio, en la segunda fase del segundo ejercicio y en el tercer ejercicio. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el tercer ejercicio y, de persistir el empate, se seguirán los criterios establecidos en la base 8.4.1.

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8.4.1.

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8.5. Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios referidos en la base 7.6 y elevará a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que la han superado, por cada turno de acceso, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición. c) Puntuación total. 8.6. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho. Novena 9.1. Concluida la oposición, los aspirantes que la hubiesen superado serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero). 9.2. El curso selectivo, que será organizado por la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid, a través del Servicio de Formación, y con la debida coordinación y dentro del marco de competencias asignadas a la Dirección General de Función Pública, tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que garantice la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan. La duración del curso selectivo, que no será inferior a seis meses, así como el programa y la regulación del mismo se establecerá por Resolución de la Dirección General de Protección Ciudadana, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 9.3. Para superar el curso selectivo, los aspirantes que participen en él deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo compongan, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superado el curso y perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta de la Dirección General de Protección Ciudadana. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso selectivo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Protección Ciudadana, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. Si durante el desarrollo del curso selectivo, se tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes pudiera carecer de la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, se recabará el informe preceptivo de los órganos técnicos competentes a tal efecto, el cual será evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá carácter determinante para resolver. Si del contenido del dictamen se desprendiera que el aspirante carece de capacidad funcional, la Dirección General de Protección Ciudadana pondrá dicha circunstancia en conocimiento del Tribunal Calificador, quien, previa audiencia al interesado, emitirá propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano convocante del mismo. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano convocante, el aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo. 9.4. Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Protección Ciudadana remitirá al Tribunal Calificador la relación de aspirantes que lo hubiesen superado, que se hará pública en los términos establecidos en la base 7.6.

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Curso selectivo

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Décima Lista de aprobados del proceso selectivo 10.1. La calificación final de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la oposición y en el curso selectivo, correspondiendo a aquella un 40 por 100 y a este último un 60 por 100. En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: — Mayor calificación obtenida en el curso selectivo. — De persistir el empate, se dirimirá atendiendo a los criterios relacionados en las bases 8.4.1 y 8.4.2. 10.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Calificador elevará a la Dirección General de Función Pública las relaciones independientes de seleccionados por cada turno de acceso, en la que constarán los aspirantes aprobados según el orden de puntuación alcanzada, de mayor a menor. 10.3. En la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, el Tribunal indicará: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo. c) Puntuación total, conforme a lo establecido en la base 10.1. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Undécima 11.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los aspirantes incluidos en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad. B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en el Anexo I, o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. D) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del carné de conducir exigido en el Anexo I. E) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.3. 11.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. 11.3. En el caso de aquellos aspirantes que hubieran concurrido por el turno de promoción interna, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda, a petición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas,

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Presentación de documentos

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aportará de oficio al procedimiento certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2 En el caso de no quedar acreditados dichos extremos, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1). 11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo, Escala y Categoría y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Duodécima Nombramiento de funcionarios de carrera Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación requerida en la base undécima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1). La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Decimotercera Comunicaciones e incidencias Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.6. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de examen deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio o, en su caso, del curso selectivo. No obstante, los aspirantes también podrán dirigir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo. Decimocuarta 14.1. En cumplimiento de lo previsto en la Disposición Adicional Segunda, apartado 2, del Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013, así como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), se formará una lista de espera con los aspirantes del turno libre que, no habiendo superado la oposición, hubieran aprobado la totalidad de los ejercicios de que consta la misma, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera. En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición o, en su caso, la Dirección General Protección Ciudadana anule alguna de las pruebas que forman parte del curso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria. Con objeto de establecer la debida diferenciación entre aquellos aspirantes que hubieran participado en el proceso para acceder a puestos de Bombero y quienes lo hicieran para

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Lista de espera para funcionarios interinos

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puestos de Bombero-Conductor, se formarán dos relaciones de candidatos atendiendo a dicha distinción. El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor. En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los criterios de prelación de ejercicios establecidos en las bases 8.4.1 y 8.4.2. De persistir el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria. 14.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, de acuerdo con lo previsto en la base 8.5, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado. La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los en ella insertos, la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria. 14.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 14.4. En el supuesto de que algún aspirante no superara el curso selectivo previsto en la base novena, podrá integrarse en la lista de espera con anterioridad a aquellos aspirantes que no superaron la oposición y de conformidad con los criterios establecidos en esta base, modificándose por Resolución de la Dirección General de Función Pública la lista de espera que hubiera sido aprobada en virtud de lo dispuesto en el precedente apartado. 14.5. Con carácter previo a la efectiva incorporación al puesto de trabajo para el que fueran llamados los aspirantes que integren la lista de espera, se realizará un reconocimiento médico en los mismos términos que el previsto en la base 7.1.5 de la presente Orden. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la indicada Disposición Adicional Segunda, apartado 2, del Decreto 36/2013, de 25 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2013, con carácter previo a la incorporación, por el órgano competente deberá impartirse a los aspirantes un curso de formación adecuado a la naturaleza de las funciones a desarrollar en el puesto de destino, en los términos dispuestos en el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid. Podrá eximirse de dicho curso a quienes, en llamamientos anteriores, ya hubieran realizado el mismo, siempre que las funciones a desempeñar guardasen la debida similitud, en cuyo caso se les impartirá el curso de reciclaje correspondiente. Decimoquinta Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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Norma final

3

PLAZAS PROMOCIÓN INTERNA

7

PLAZAS TURNO LIBRE

10

TOTAL PLAZAS

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g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B, con la autorización para conducir vehículos de transporte prioritario (BTP).

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

e) Acreditar la aptitud física con la presentación de un certificado médico, en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas que figuran especificadas en el ejercicio segundo, fase segunda, emitido de acuerdo con la fórmula siguiente: “El interesado reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas indicadas en la segunda fase de la Base 7.1.2. de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista”. Dicho certificado, que ha de ajustarse en su redacción a estos conceptos, debe llevar implícito el cumplimiento de las condiciones físicas exigidas en el Anexo IV. Este certificado médico no excluye las comprobaciones ulteriores que integran el reconocimiento médico establecido como uno de los ejercicios de las pruebas selectivas.

d) No estar incluido en el cuadro de exenciones físicas establecido para esta convocatoria, y que figura como Anexo IV a la presente Orden, así como poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Categoría a la que se pretende acceder.

c) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o titulación equivalente a alguna de las anteriores, a cuyos efectos se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

b) Poseer la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22 de octubre).

a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

REQUISITOS EXIGIDOS

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BOMBERO

PUESTOS DE TRABAJO

PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE BOMBEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ESCALA EJECUTIVA U OPERATIVA, CATEGORÍA DE BOMBERO ESPECIALISTA (GRUPO C, SUBGRUPO C1)

ANEXO I

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2

PLAZAS PROMOCIÓN INTERNA

8

PLAZAS TURNO LIBRE

10

TOTAL PLAZAS

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g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase C, con el E asociado, o equivalente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

e) Acreditar la aptitud física con la presentación de un certificado médico, en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas que figuran especificadas en el ejercicio segundo, fase segunda, emitido de acuerdo con la fórmula siguiente: “El interesado reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas indicadas en la segunda fase de la Base 7.1.2. de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista”. Dicho certificado, que ha de ajustarse en su redacción a estos conceptos, debe llevar implícito el cumplimiento de las condiciones físicas exigidas en el Anexo IV. Este certificado médico no excluye las comprobaciones ulteriores que integran el reconocimiento médico establecido como uno de los ejercicios de las pruebas selectivas.

d) No estar incluido en el cuadro de exenciones físicas establecido para esta convocatoria, y que figura como Anexo IV a la presente Orden, así como poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Categoría a la que se pretende acceder.

c) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o titulación equivalente a alguna de las anteriores, a cuyos efectos se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

b) Poseer la nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22 de octubre).

a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

REQUISITOS EXIGIDOS

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BOMBEROCONDUCTOR

PUESTOS DE TRABAJO

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ANEXO II EJERCICIOS FÍSICOS

Estos ejercicios se realizarán por el orden que establezca en su día el Tribunal, y cada uno es eliminatorio para pasar a realizar el siguiente; en cada prueba se permite un único intento: 1. Natación sobre 50 metros. Descripción: Partiendo en contacto con el borde de salida de la piscina, fuera o dentro del agua, el ejecutante deberá recorrer a nado, con estilo libre, una distancia de 50 metros en un tiempo máximo de: — —

Cuarenta y ocho segundos, cuarenta centésimas (48”40), para aspirantes a puestos de Bombero. Cincuenta y un segundos, cuarenta centésimas (51”40), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

Descalificaciones: — — —

Agarrarse o apoyarse en la corchera o en bordes y paredes de la piscina. Tocar con cualquier parte del cuerpo el fondo de la piscina. A este efecto será de aplicación el Reglamento de la Federación Madrileña de Natación.

2. Subir a brazo una cuerda lisa de seis metros de altura. Descripción: Partiendo desde la posición de sentado, sin contacto entre los pies y la superficie de partida, y con al menos una mano en contacto con la cuerda, el ejecutante deberá subir a brazo una cuerda lisa de seis metros de altura, en un tiempo máximo de: — —

Doce segundos, sesenta y cinco centésimas (12”65), para aspirantes a puestos de Bombero. Catorce segundos, sesenta y cinco centésimas (14”65), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

Se considera finalizado el ejercicio cuando el ejecutante toca la campana situada, a la altura fijada, a tal efecto. Descalificaciones: — Ayudarse con los pies al iniciar la prueba. — Sujetarse con las piernas o los pies en cualquier momento de la trepa. 3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos. Con carácter previo a la realización del ejercicio, el Tribunal comprobará, públicamente, el peso de las barras y pesas. Descripción: En posición decúbito supino (boca arriba) sobre un banco, el ejecutante deberá levantar un peso de 40 kilogramos, en un tiempo máximo de sesenta segundos, cero décimas, cero centésimas (60’’00) y: — —

Un mínimo de 24 repeticiones consecutivas, para aspirantes a puestos de Bombero. Un mínimo de 19 repeticiones consecutivas, para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

El ejecutante deberá recoger la barra del soporte, realizar el ejercicio y depositarla en el mismo una vez finalizado el ejercicio. El ejercicio se inicia con la barra en extensión de codos. El levantamiento se realizará con ambas manos, con una distancia de agarre ligeramente superior a la anchura de los hombros. Cada repetición será una acción de flexión-extensión de los codos, que se inicia con la extensión total de los codos en su proyección vertical, continua con la flexión de los codos hasta el contacto de la barra con el pecho y termina con la extensión total de los codos en su proyección vertical, estando permitido descansar en la extensión total de los codos y no en flexión de los mismos. Repeticiones no válidas: — — —

No extender los codos totalmente. No tocar el pecho con la barra en la flexión de codos. Cualquier extensión desigual de los brazos durante el levantamiento.

Si se realiza una repetición no válida, ésta no será computable pero se podrá seguir realizando el ejercicio. Descalificaciones: — — —

Parar el ejercicio en flexión de codos. Contacto de los auxiliares con la barra por motivos de seguridad. No llevar la barra al soporte al finalizar el ejercicio.

Descripción: Partiendo desde posición de parado, el ejecutante deberá recorrer una distancia de 60 metros en pista en calle asignada, en un tiempo máximo de: — —

Ocho segundos y setenta y seis centésimas (8”76), para aspirantes a puestos de Bombero. Nueve segundos y veintiséis centésimas (9”26), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor. Se permitirá la utilización de calzado con clavos. No se utilizarán tacos de salida.

Descalificaciones: A este efecto será de aplicación, en lo no previsto en las presentes Bases, el Reglamento de la Federación de Atletismo de Madrid.

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4. Carrera sobre 60 metros.

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5. Carrera sobre 300 metros. Descripción: Partiendo desde posición de parado, el ejecutante deberá recorrer una distancia de 300 metros, en pista, y en calle asignada, en un tiempo máximo de: — —

Cuarenta y seis segundos, sesenta centésimas (46”60), para aspirantes a puestos de Bombero. Cuarenta y nueve segundos, sesenta centésimas (49”60), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

Se permitirá la utilización de calzado con clavos. No se utilizarán tacos de salida. Descalificaciones: A este efecto será de aplicación, en lo no previsto en las presentes Bases, el Reglamento de la Federación de Atletismo de Madrid. 6. Carrera sobre 2.000 metros. Descripción: Partiendo desde la posición de parado, el ejecutante deberá recorrer una distancia de 2.000 metros, en pista, y por calle libre, en un tiempo máximo de: — —

Siete minutos, diez segundos, cero centésimas (7’10”00), para aspirantes a puestos de Bombero. Siete minutos, cuarenta segundos, cero centésimas (7’40”00), para aspirantes a puestos de Bombero-Conductor.

Descalificaciones: A este efecto será de aplicación el Reglamento de la Federación de Atletismo de Madrid.

RESUMEN DE MARCAS EXIGIDAS EN LAS PRUEBAS FÍSICAS



PUESTOS DE BOMBERO

PUESTOS DE BOMBERO-CONDUCTOR

TIEMPO MÁXIMO/ REPETICIONES

TIEMPO MÁXIMO/ REPETICIONES

PRUEBA

1

Natación (50 metros)

48”40

51”40

2

Cuerda (6 metros)

12”65

14”65

3

Peso (levantamiento 40 kilogramos)

60”/24 repeticiones

60”/19 repeticiones

4

Carrera (60 metros)

8”76

9”26

5

Carrera (300 metros)

46”60

49”60

6

Carrera (2.000 metros)

7’10”00

7’40”00

BAREMO DE PRUEBAS FÍSICAS

Natación (50 m.)

Cuerda (6 m.)

PUESTOS DE BOMBERO

PUESTOS DE BOMBERO-CONDUCTOR

Tiempo

Puntuación

Tiempo

Puntuación

48”40 (*)

5

51”40 (*)

5

45”00

6

48”00

6

41”60

7

44”60

7

38”20

8

41”20

8

34”80

9

37”80

9

31”40

10

34”40

10

Tiempo

Puntuación

Tiempo

Puntuación

12”65 (*)

5

14”65 (*)

5

11”55

6

13”55

6

10”45

7

12”45

7

9”35

8

11"35

8

8”25

9

10”25

9

7”15

10

9”15

10

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PRUEBA

BOCM

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PRUEBA

Peso (40 kg.) Tiempo máximo:60”

Carrera (60 m.)

Carrera (300 m.)

Carrera (2.000 m.)

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PUESTOS DE BOMBERO

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PUESTOS DE BOMBERO-CONDUCTOR

Repeticiones

Puntuación

Repeticiones

Puntuación

24 (*)

5

19 (*)

5

29

6

24

6

34

7

29

7

39

8

34

8

44

9

39

9

49 Tiempo

10 Puntuación

44 Tiempo

10 Puntuación

8”76 (*)

5

9”26 (*)

5

8”50

6

9”00

6

8”24

7

8”74

7

7”98

8

8”48

8

7”72

9

8”22

9

7”46

10

7”96

10

Tiempo

Puntuación

Tiempo

Puntuación

46”60 (*)

5

49”60 (*)

5

45”00

6

48”00

6

43”40

7

46”40

7

41”80

8

44”80

8

40”20

9

43”20

9

38”60

10

41”60

10

Tiempo

Puntuación

Tiempo

Puntuación

7’10”00 (*)

5

7’40”00 (*)

5

7’00”00

6

7’30”00

6

6’50”00

7

7’20”00

7

6’40”00

8

7’10”00

8

6’30”00

9

7’00”00

9

6’20”00

10

6’50”00

10

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(*) Marca mínima indispensable para considerar superada la prueba

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ANEXO III TEMARIO I. LEGISLACIÓN

1.2.-

3.-

4.-

5.6.7.-

La Constitución Española de 1978. Estructura y principios básicos (Título Preliminar). Derechos y Deberes Fundamentales. Garantías de las libertades y derechos. (Título I: Artículos 10-38 y artículos 53-55). Los poderes constitucionales. Las Cortes: Composición, atribuciones y funcionamiento (Constitución Española, Título III: Artículos 66-80). El Gobierno y la Administración (Constitución Española, Título IV: Artículos 97-107). El Poder Judicial (Constitución Española, Título VI: Artículos 117-121). Organización Territorial del Estado: La Administración local y las Comunidades Autónomas: Principios Generales (Constitución Española, Título VIII: Artículos 137 a 147). Organización Institucional de la Comunidad de Madrid: Instituciones Básicas de la Comunidad de Madrid: La Asamblea, el Presidente y el Gobierno (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, Título I: Artículos 8-25). Competencias de la Comunidad de Madrid (Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, Título II: Artículos 26, 27, 28 y 31). Función Pública: Los empleados públicos; adquisición y pérdida de la condición de funcionario; situaciones administrativas de los funcionarios; derechos y deberes de los funcionarios; régimen disciplinario de los funcionarios. (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Título II: Artículos 8-12; Título IV: Artículos 55 y 56, 62 y 63, 67; Título VI: Artículos 85 al 92; Título III: Artículos 14 y 15 del Capítulo I, Capítulo II, Capítulo III, artículos 47, 48, 49 y 50 del Capítulo V y artículos 52 al 54 del Capítulo VI; Título VII; Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, Título IV: Capítulos I, II, VI, VII, X y XI). Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid. Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, modificado por la Orden VIV/984/2009 de 15 de abril y por el Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero: Artículo 11; Documento Básico (SI) “Seguridad en caso de incendio”, del Código Técnico de la Edificación: Desde la Sección SI 1 “Propagación Interior” hasta la Sección SI 5 “Intervención de los bomberos”, ambas inclusive, y el anexo SI A “Terminología”; del Documento Básico (SUA) “Seguridad de utilización y accesibilidad”, la Sección SUA 4 “Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada”.

8.-

El Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), Decreto 58/2009, de 4 de junio.

9.-

El Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM), Decreto 85/1992, de 17 de diciembre.

10.-

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Capítulo I; Capítulo II: Artículos 5, 6 y 7; Capítulos III, IV y VI. II. LA COMUNIDAD DE MADRID Y EL CUERPO DE BOMBEROS

1.-

2.-

Servicios de Bomberos en el territorio de la Comunidad de Madrid. Resolución vigente del Director General de Protección Ciudadana, por la que se da publicidad a determinados aspectos organizativos del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, así como de otros medios y recursos existentes en materia de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos. Red de carreteras de la Región: a) Red de interés general del Estado. b) Red de la Comunidad de Madrid, principal, secundaria y local. c) Accesos y enlaces.

4.5.-

6.7.-

Red de tren y metro de la Comunidad de Madrid, excluido el municipio de Madrid. Líneas, estaciones, denominación, ubicación y recorrido municipal de las mismas. Red de oleoductos y gasoductos: Denominación y recorrido municipal. Emergencias y primeros socorros (excepto organización de los sistemas de emergencias, todo lo relativo al transporte sanitario y mantenimiento del vehículo y salud laboral). El territorio de la Comunidad de Madrid: Superficie, perímetro, puntos geográficos extremos y distancia entre ellos. Municipios: Denominación, ubicación y límites administrativos. Clasificación de los municipios por altitud: Hasta 900 metros, de 901 a 1200 metros y más de 1200 metros. Clasificación de los municipios por número de habitantes: Hasta 5.000 habitantes, entre 5.001 y 20.000 habitantes y más de 20.000 habitantes. Orografía e Hidrografía: Picos de altitud superior a los 1000 metros, Sierra a la que pertenecen, ubicación y altitud de cada uno. Ríos y arroyos de cauce continuo: Denominación, cuenca, ubicación y recorrido de los mismos. Lagos, presas, embalses, humedales y lagunas: Denominación y ubicación. Mercancías peligrosas y riesgo químico (excepto procedimientos de intervención en incidentes con materias peligrosas). Ecosistemas madrileños. Papel del monte. Causas y tipos de incendios forestales. Evaluación del riesgo. Propagación y evolución de los incendios forestales. Espacios naturales protegidos.

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(Ultima edición del mapa publicado por la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid). 3.-

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Física y Química: Conceptos Básicos. Construcción. Vocabulario básico, estructuras e instalaciones. Riesgo eléctrico (excepto el riesgo eléctrico en actuaciones de bomberos). El contenido sobre el que versarán las preguntas relativas al apartado II de este temario, “La Comunidad de Madrid y el Cuerpo de Bomberos”, será el que se encuentre disponible, a fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la página web de la Dirección General de Protección Ciudadana, en el Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, elaborado por dicho Centro directivo.

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8.9.-

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ANEXO IV CUADRO DE APTITUD MÉDICA

El aspirante ha de estar exento de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los CRITERIOS PREVENTIVOS que se indican a continuación: 1. OFTALMOLOGÍA



La agudeza visual lejana medida SIN corrección debe ser superior o igual a 0.5 en el ojo mejor y a 0.3 en el ojo peor (agudeza visual medida mediante el test de Snellen).



La visión monocular implica no aptitud. Asimismo, campos visuales con reducciones significativas en algún meridiano o escotomas absolutos/relativos en la sensibilidad retininana.



No presentar diplopía, retinopatías, hemeralopía o hemianopsia. Las forias permiten la aptitud si son pequeñas y el aspirante presenta una capacidad de fusión suficiente.



Será excluyente una alteración en la percepción normal de los colores, entendida como la capacidad de pasar las tablas de Ishihara.



No padecer alteraciones significativas en la capacidad de recuperación al deslumbramiento o en la visión mesópica (baja iluminación).



No presentar alteraciones palpebrales que impidan la adecuada protección del ojo.



No presentar Distrofias corneales significativas.



No padecer Glaucomas, Queratitis crónica o Dacriocistitis crónica.

2. OTORRINOLARINGOLOGÍA

— — —

No se admitirá audífono. No se admitirán pérdidas de agudeza auditiva bilateral superiores a 30 decibelios en ninguna de las frecuencias estudiadas Será excluyente presentar vértigo permanente de cualquier etiología.

Otras circunstancias que serán motivo de NO aptitud son: — — — —

Dificultades importantes de la fonación. Perforación timpánica. Tartamudez acusada. Obstrucción crónica de las fosas nasales.

3. APARATO LOCOMOTOR

Se considerarán excluyentes, alteraciones y/o grados de movilidad inferiores a: A) Extremidades Superiores: a) Hombro: 0 x Elevación progresiva en anteversión hasta 150 0 x Abducción hasta 120 b) Codo: 0 x Flexión hasta 100 x Extensión hasta 100 x Supino pronación: De 30 O a 1500 c) Muñeca: 0 x Flexión hasta 45 x Extensión hasta 450 d) Mano y dedos: x Afectación del primer dedo de mano, cuando no esté conservada la pinza. x Falta de una mano o de parte de la misma cuando no esté conservada la pinza. a) Cadera: 0 x Flexión hasta 100 x Extensión hasta 10º (más allá de 00) b) Rodilla: x Extensión completa. 0 x Flexión hasta 120

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B) Extremidades Inferiores:

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c) Tobillo: x Flexo-Extensión dorso plantar hasta 300 d) Pie: x Pie Zambo. x Pie Plano Espástico. e) Dedos: x Limitación de movimientos que dificulte andar, correr o saltar. x Falta o pérdida del primer dedo de cualquier pie. x Limitación completa de la flexión dorsal del primer dedo. x Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo. C) — — —

Columna Vertebral: 0 Escoliosis mayor de 20 o con sintomatología. Costilla accesoria que produzca "Robo de Subclavia". Hernia Discal con sintomatología.

D)

Otros procesos que tendrán carácter excluyente:

— — — — — — — —

Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función. Osteoporosis. Condromalacia grado II o superior. Artritis que provoque limitación funcional. Luxación recidivante. Parálisis muscular. Miotonías. Otras enfermedades que limiten la movilidad dificultando las funciones de Bombero. No se admitirán prótesis ni de cadera, ni de rodilla, ni de hombro ni de codo.

4. APARATO DIGESTIVO

Serán excluyentes las siguientes situaciones clínicas: — Estadios cirróticos o precirróticos (grado histológico III y IV). — Hepatopatías crónicas: — Virus C + con RNA +. (Serán admitidos virus C+ siempre que el RNA sea - y no haya cirrosis). — Virus B+. — Enfermedad de Wilson no compensada. — Hepatopatías alcohólicas. — Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante. — Hipertransaminasemias idiopáticas de etiología hepática con niveles que cuadripliquen el límite superior de la normalidad. — Haber sido sometidos a trasplantes hepáticos. — Pancreatitis crónica. — Síndromes diarreicos crónicos. — Eventraciones no intervenidas. — Pacientes sometidos a cirugías resectivas abdominales importantes. — Ulcera sangrante recidivante. — Portador de ostomia — Cualquier patología del aparato digestivo con o sin intervención quirúrgica que presente secuelas funcionales con repercusión orgánica.

Será excluyente padecer o haber padecido alguno de los siguientes procesos: — Marcapasos implantado permanente — Miocardiopatía dilatada idiopática — Miocardiopatía hipertrófica obstructiva — Miocardiopatía hipertrófica no obstructiva — Valvulopatías — Infarto de Miocardio — Coronariopatias — Pericarditis crônicas — Taquicardias Ventriculares — Sindrome de Brugada — Taquicardias Auriculares — Flutter auricular — Fibrilación auricular — Enfermedad del nodo sinusal — Bloqueos AV completos — Bloqueos AV 1º y Mobitz I sintomáticos

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5. APARATO CARDIOVASCULAR

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— — — — — — — — — —

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Bloqueos AV grado Mobitz II Sindrome Wolf-Parkinson-White HTA severa con repercusión clínica HTA moderada mal tolerada Sincopes vasovagales Aneurismas cardíacos o de grandes vasos Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de estasis o alteraciones tróficas varicosas importantes. Insuficiencia arterial periférica Secuelas post-tromboembólicas Alteraciones circulatorias en manos/pies que sean sintomáticos o dificulten la funcionalidad de los mismos.

6. APARATO RESPIRATORIO

No presentar: — Disminución de FVC, FEV 1 y FEV1/FVC por debajo del 80% de lo estimado normal para sus características físicas y sexo. — Asma bronquial. — Cualquier tipo de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica — Neumotórax espontáneo recidivante. — Atelectasia. — Enfisema. — Tuberculosis activa — Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño, los trastornos relacionados con este, ni otras causas de excesiva somnolencia diurna. — Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las actividades físicas a realizar así como en las tareas específicas del puesto de trabajo. 7. SISTEMA NERVIOSO CENTRAL

No padecer ni haber padecido: — Parkinson, Corea o Balismo. — Epilepsia. — Esclerosis Múltiple. — Ataxia. — Cualquier grado de hiposmia. — Accidentes cerebrovasculares. — Enfermedad neuromuscular con limitaciones funcionales. 8. PIEL Y FANERAS

No presentar: — —

Enfermedades dermatológicas que produzcan limitación funcional. Cicatrices que produzcan limitación funcional.

9. PROCESOS ENDOCRINOLÓGICOS

Será excluyente padecer alguno de los siguientes procesos: — — — — — — — —

Diabetes insulín-dependiente. Diabetes tipo II. Enfermedad de Cushing. Enfermedad de Addison. Síndrome metabólico. Obesidad mórbida constatada con: IMC de 40,0 o mayor. IMC de 35,0 o mayor en la presencia de al menos una u otra morbilidad significativa como diabetes o hipertensión arterial.

10. APARATO URINARIO

11. OTROS PROCESOS PATOLÓGICOS

— — — — —

No presentar: Hemopatías crónicas graves. Trasplante de medula ósea. Pruebas analíticas compatibles con patología de base con grave repercusión orgánica. Neoplasias malignas con repercusión funcional.

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No presentar: — Insuficiencia renal crónica. — Trasplantes renales. — Falta de un riñón. — Enfermedades renales crónicas evolutivas. — Análisis de orina: Albuminuria y/o cilindruria importantes.

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— — —

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Hernias inguinales y/o abdominales. Cualquier enfermedad infecciosa crónica y rebelde al tratamiento. Procesos que requieran tratamiento anticoagulante.

12. TRASTORNOS PSICOLÓGICOS Y PSIQUIÁTRICOS

Alteraciones de la conducta avaladas por informe especializado psiquiátrico y/o psicológico, según los criterios diagnósticos de enfermedades mentales incluidas en el DSM-IV-TR o sus posibles actualizaciones. 13. CUALQUIER OTRO PROCESO PATOLÓGICO QUE DIFICULTE O IMPIDA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE BOMBERO

No alcoholismo ni drogodependencia. El aspirante deberá cumplimentar una declaración de salud como parte del examen médico. Directrices de aplicación del reconocimiento médico La no presentación al reconocimiento médico o la negativa a realizar las pruebas estipuladas, supone la exclusión de la oposición. El aspirante deberá cumplimentar el modelo de autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el Tribunal Médico. Funciones del Tribunal Médico

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1. Marcar los tipos de exploración médica que estime conveniente para el diagnóstico de las patologías incluidas en el cuadro. 2. El Tribunal tendrá la atribución de solicitar los informes que estime pertinentes al examinar al aspirante o consultar a especialistas ajenos al Tribunal. 3. Elevar al Tribunal de la oposición los resultados en forma de “apto” o “no apto”. 4. Informar al interesado, previa petición por escrito, de su causa de exclusión; salvo si existiese enfermedad aguda susceptible de tratamiento, que se informaría al mismo directamente o a su médico de cabecera. En ningún caso, se publicarían listas de “no aptos” por motivos de exclusión médica en los tablones de anuncios.

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ANEXO V

AUTORIZACIÓN PARA SOMETERSE A TODAS LAS PRUEBAS MÉDICAS QUE DETERMINE EL TRIBUNAL MÉDICO

APELLIDOS Y NOMBRE: ...................................................................................................................................................................... D.N.I .................................................................................EDAD: ..................................................................

Autorizo por la presente al Equipo Médico del Reconocimiento Médico de Selección de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, a que me efectúen las exploraciones médicas necesarias, la extracción y analítica de sangre, y la analítica de orina de los siguientes parámetros:

ANÁLISIS DE SANGRE:

Hemograma completo, Fórmula leucocitaria, Glucosa, Colesterol Total, HDL Colesterol, Triglicéridos, Urea, Creatinina, Ácido Úrico, Bilirrubina Total, GOT, (AST), GPT, (ALT), Gamma Glutamil Transpeptidasa (CGT), Fosfatasa Alcalina, Hierro. En caso de dar elevada la tasa de Transaminasas, se efectuará la determinación del Anti HBc y del Ag HBs.

ANÁLISIS DE ORINA:

Densidad, pH, Anormales. Detección de Drogas: Opiáceos, Cannabis, Metabolitos de Cocaína. Sedimento: Análisis citológicos. Al mismo tiempo declaro que me estoy administrando la siguiente medicación: .......................................................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................................... ............................................................................................................

(INDICAR EL NOMBRE COMERCIAL DE LOS MEDICAMENTOS O INDICAR LA COMPOSICIÓN EN CASO DE NO RECORDARLO).

Y para que así conste firmo la presente autorización en

Firmado:

BOCM-20131111-6

..................., a ....... de ...................... 201 ........

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO VI

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES 1er Apellido

2o Apellido

Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES 1)

Se utilizará letra mayúscula o de imprenta.

2)

Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria.

3)

Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria.

4)

Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por uno de los turnos posibles de la convocatoria.

5)

Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria.

6)

Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

7)

Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas.

8)

Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia

9)

Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a) b)

En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago. También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO VII

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

(03/36.306/13)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20131111-6

DIRECCIONES DE LOS REGISTROS Consejería

BOCM

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 7

ORDEN 3171/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1).

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 30/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), con sujeción a las siguientes BASES DE CONVOCATORIA Primera 1.1. Se convocan pruebas selectivas de promoción interna para la cobertura de 59 plazas en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1). Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2011, aprobada por el Decreto 30/2011, de 2 de junio. 1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas el Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 30/2011, de 2 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2011; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. Posteriormente, se realizará un curso selectivo. 1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos,

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Normas generales

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mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización del ejercicio de la oposición y para el concurso y curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. 1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9. Segunda Interesados 2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. b) Tener nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre). c) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o titulación equivalente a alguna de las anteriores, a cuyos efectos se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia; o, alternativamente, poseer una antigüedad de, al menos, diez años en un Cuerpo o Escala del Grupo C, Subgrupo C2 (antiguo Grupo D), o de cinco años y haber superado el curso específico de formación al que se refiere la Disposición Adicional Vigésimo Segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. d) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero (puestos de Bombero o Bombero-Conductor), Grupo C, Subgrupo C2 (antiguo Grupo D), y haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el citado Cuerpo, Escala y Categoría. e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Categoría a la que se pretende acceder. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 2.2. Los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, salvo el indicado en el apartado 2.1.c) en lo referente a la superación de un curso específico de formación, que habrá de poseerse como fecha límite el día de realización del ejercicio de la fase de oposición. Tercera 3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II de la presente Orden y serán facilitadas gratuitamente en cualquier Oficina de “Bankia”, en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (Plaza de Chamberí, número 8) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. 3.2. Cumplimentación de la solicitud. 3.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado en todo aquello que re-

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Solicitudes

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sulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación: — En el apartado número 2, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos: • Número de Orden de convocatoria: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden. • Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. • Código del Cuerpo, Escala y Categoría: 23 PI. • Descripción: Bombero Especialista. — En el apartado número 3, “Turno de Acceso”, deberá marcarse con una cruz la opción “Promoción interna”. — En el apartado número 4, “Título Académico”, el aspirante deberá señalar con una cruz solo una de las opciones, esto es, si tiene la titulación académica exigida o la experiencia profesional sustitutoria en los términos dispuestos en la base 2.1.c). En caso de marcar afirmativamente ambas opciones se entenderá, a todos los efectos, que el aspirante posee la titulación requerida. — En el apartado número 5, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen conforme a lo dispuesto en la base 3.4.2, harán constar 0000 euros en el espacio destinado al efecto. — En el apartado “Destinatario”, se hará constar: “Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid”. 3.2.2. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro sitio establecido a tal efecto. 3.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. 3.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas: a) En cualquiera de las Oficinas de “Bankia”. b) En el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), en el Registro Auxiliar del citado Registro General (Plaza de Chamberí, número 8) y en los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria. c) En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 3.4. Tasa por derechos de examen. 3.4.1. Conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de 16,72 euros, que serán ingresados en cualquier oficina de “Bankia”, o en otra entidad financiera mediante transferencia bancaria a “Ban-

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3.4.2.

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kia”, en la cuenta corriente de “Bankia” número 2038 0626 01 6000027959, denominada “Comunidad de Madrid. Derechos de examen”. De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de “Bankia”, esta deberá hacer constar en el apartado 5 de la Solicitud (“Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen”) los siguientes datos: — Inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada o sello que acredite el pago correspondiente. — Fecha de entrega de la solicitud. — Visado del encargado de la Oficina. Cuando el aspirante efectúe el ingreso mediante transferencia bancaria a través de una entidad financiera distinta a la de “Bankia”, deberá figurar en el apartado número 5 de la solicitud, o bien en el resguardo de ingreso efectivo, la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada que constan en esta base, acreditativos ambos del pago de los derechos de examen. Si dichos datos no constasen en la solicitud, deberá adjuntarse el original del resguardo de ingreso junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, en el plazo, lugares y forma establecidos en la base 3.3 de esta convocatoria. La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago de la tasa por derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas, en el plazo, lugares y forma antes citados. De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen: 1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. A efectos de comprobar tales circunstancias, las personas afectadas deberán aportar dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria de diez hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, los siguientes documentos: — Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo. — Las personas con discapacidad: Tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. — Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior.

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De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos. 3.4.3.

Devolución de tasas por derechos de examen. De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria. No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

Cuarta Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios 4.1. Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de cualquiera de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de esta convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada. 4.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes. En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos. Quinta 5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. 5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. 5.3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma. En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles. 5.4. Contra la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno.

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Admisión de aspirantes

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Sexta 6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría segunda de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. 6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8. 6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base. 6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto. 6.8. El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse a la Dirección General de Función Pública, que habrá de autorizar el número de ayudantes propuestos. 6.9. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su

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Tribunal Calificador

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cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se excluya al aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación. Séptima El procedimiento de selección se realizará a través del sistema de concurso-oposición. Posteriormente se realizará un curso selectivo. 7.1. Oposición. 7.1.1. La oposición estará integrada por un único ejercicio, de carácter eliminatorio, que consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test de treinta preguntas sobre el contenido del bloque de materias que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos. 7.1.2. El ejercicio de la oposición comenzará durante el primer semestre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.3 el lugar y fecha exactos de celebración del ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles. 7.1.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 17 de junio de 2011, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de julio). 7.1.4. Los aspirantes serán convocados para el ejercicio de la oposición en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio si así lo requiere, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto. 7.1.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. 7.1.6. La publicación de la lista de aprobados de la oposición se efectuará en los tablones de anuncios de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3), de la Dirección General de Protección Ciudadana (Carretera de La Coruña, kilómetro 22, Las Rozas de Madrid), y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados. 7.2. Concurso. 7.2.1. El concurso, al que podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes que hayan superado la oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a continuación: a) Servicios efectivos: Se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, como funcionario en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, a razón

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Sistema de selección

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de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos. A tal efecto, los servicios efectivos que se hubieran computado como antigüedad, en sustitución de la titulación correspondiente, y que se hubieran tenido en cuenta como requisito mínimo de participación en el proceso de acuerdo con lo dispuesto en la base 2.1.c), no serán objeto de baremación en el concurso. b) Grado personal consolidado: — Puntuación: • Grado 12: 8 puntos. • Grado 14 o superior: 10 puntos. c) Cursos de reciclaje realizados en los últimos cuatro años naturales completos anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Se valorará con cinco puntos cada curso realizado, con un máximo de 20 puntos. 7.2.2. Los méritos anteriormente descritos en los apartados a) y b) se valorarán con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 7.2.3. A efectos de la acreditación de los méritos referidos en la base 7.2.1, el Tribunal, de oficio, solicitará a la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda la expedición de la correspondiente certificación acreditativa de los méritos relacionados en los puntos a) y b), y al Servicio de Formación de la Dirección General de Protección Ciudadana la expedición de la certificación relativa a los cursos de reciclaje citados en el punto c). 7.3. Curso selectivo. 7.3.1. A efectos de determinar los aspirantes que accederán al curso selectivo, se procederá por el Tribunal a la suma de las puntuaciones obtenidas en la oposición y en el concurso, no pudiendo acceder al curso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente Orden. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: 1.o Mayor puntuación obtenida en la oposición. 2.o Mayor puntuación alcanzada en los méritos relacionados, por este orden, con los servicios efectivos, los cursos de reciclaje y el grado personal consolidado. 3.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación. Dichos aspirantes serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero). El nombramiento de funcionarios en prácticas y la participación en el curso selectivo serán compatibles con el mantenimiento por parte de los funcionarios afectados de la prestación ordinaria de sus servicios como funcionarios en activo en la Categoría de origen. 7.3.2. El curso selectivo consistirá en la realización de, al menos, uno de los módulos de especialización descritos a continuación: a) Curso para obtener la autorización para conducir vehículos en transporte prioritario (BTP). b) Curso de Técnico en Emergencias Sanitarias, nivel básico. Todos aquellos funcionarios que en el momento de realizar el curso selectivo tengan la autorización contenida en el apartado a) anterior o puedan justificar documentalmente la superación del curso de Técnico en Emergencias, deberán presentarla a efectos de la convalidación del curso selectivo. 7.3.3. La duración del curso selectivo, que no será inferior a tres meses, así como el calendario, programa y la regulación del mismo se establecerá por Resolución

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de la Dirección General de Protección Ciudadana, que será publicada en los tablones de anuncios indicados en la base 7.1.6 de la presente convocatoria. Octava Calificación del proceso selectivo 8.1. Oposición. El ejercicio de la oposición se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinticinco puntos. El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mínimo exigido para la superación de dicha prueba, de conformidad con el sistema de valoración establecido en la base 7.1.1. Dicho nivel mínimo deberá garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados. El Tribunal podrá declarar que la oposición es superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. 8.2. Concurso. La calificación del concurso vendrá dada por el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos a que hace referencia la base 7.2.1 de esta convocatoria, sin que el total pueda superar los 40 puntos. A estos efectos, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el segundo párrafo de la base 7.2.1.a). Una vez determinada la puntuación obtenida por los aspirantes en el concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios citados en la base 7.1.6, relación de los aspirantes que hubieran accedido al mismo, con indicación de la calificación alcanzada en los apartados de servicios efectivos, grado personal consolidado y cursos de reciclaje, y la puntuación total obtenida de la suma de los mencionados apartados. 8.3. Curso selectivo. El curso selectivo se calificará como “apto” o “no apto”. Una vez finalizado el curso selectivo, el Tribunal hará pública, en los términos expresados en la base 7.1.6, la relación de aspirantes que lo hubiesen superado. 8.4. Calificación final. La calificación final de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en la oposición y en el concurso. En caso de empate, se atenderá al orden que hubiese resultado de la aplicación de los criterios relacionados en la base 7.3.1. 8.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho. Novena 9.1. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador elevará a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes aprobados, por orden decreciente de puntuación, indicando los siguientes extremos: a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los aspirantes. b) Calificaciones obtenidas en la oposición, en el concurso y en el curso selectivo. c) Puntuación total, conforme a lo establecido en la base 8.4. 9.2. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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Lista de aprobados del proceso selectivo

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Décima Presentación de documentos 10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los aspirantes incluidos en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (Plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos: A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad. B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la Base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos; o, alternativamente, de la certificación de la antigüedad establecida en la mencionada base 2.1.c), que será expedida por la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, a la que deberá acompañarse, en su caso, certificación de la superación del curso al que se refiere la Disposición Adicional Vigésimo Segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación. C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 10.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho. 10.3. A efectos de la acreditación de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero (puestos de Bombero o Bombero-Conductor), Grupo C, Subgrupo C2 (antiguo Grupo D), y de los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en el citado Cuerpo, Escala y Categoría, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda, a petición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, aportará de oficio al procedimiento certificación acreditativa de dichos extremos. 10.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, perderán su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1), y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Undécima Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación requerida en la base décima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista (Grupo C, Subgrupo C1). La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Duodécima Comunicaciones e incidencias Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestio-

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Nombramiento de funcionarios de carrera

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nes sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.1.6. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las solicitudes que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de calificaciones deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del concurso o, en su caso, del curso selectivo. No obstante, los aspirantes también podrán dirigir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo. Decimotercera Norma final

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Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

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ANEXO I BLOQUE DE MATERIAS DE LA OPOSICIÓN

1. Intervención en altura. Nudos. (Capítulo 9 del Bloque 4 de la Parte III del Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). 2. Intervención en la edificación. Construcción. (Capítulo 6 del Bloque 2 de la Parte III del Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). 3. Riesgo eléctrico. (Capítulo 3 del Bloque 4 de la Parte III del Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). 4. Intervención en incendios e interiores. (Capítulo 5 del Bloque 4 de la Parte III del Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). 5. Intervención en riesgo químico. (Capítulo 8 del Bloque 4 de la Parte III del Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). 6. Incendios forestales. (Capítulo 6 del Bloque 4 de la Parte III del Manual de Consulta del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid).

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El enunciado completo de los temas sobre el que versarán las preguntas relativas a este bloque será publicado por el Servicio de Formación e introducido en la carpeta \\Jus\jus\CCORU022\GRP\FORMACION-BOMBEROS/Documentacion.

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FECHA REGISTRO DE ENTRADA ¼¼¼¼ ¼¼¼

Comunidad de Madrid ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS (Lea las instrucciones al dorso, antes de cumplimentarla)

1. DATOS PERSONALES er

2o Apellido

1 Apellido Nombre

N.I.F.

Nacionalidad (según convocatoria)

Si

No

Edad (según convocatoria):

Dirección



Municipio

Si

Piso

No Puerta

Teléfono

Provincia

Código Postal

2. DATOS DE LA CONVOCATORIA Orden de Convocatoria Nº

Publicación en el B.O.C.M.

Código de Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad

3. TURNO DE ACCESO

Descripción

Libre

Promoción interna

Discapacidad

Solicita adaptación

4. TÍTULO ACADÉMICO ¿Posee el título exigido en la convocatoria?

Si

No

¿Posee la experiencia sustitutoria de la titulación exigida en la convocatoria?

Si

No

El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo o Categoría al que aspira, comprometiéndose a probar los datos que figuran en el presente escrito.

Madrid, a_____ de____________________de _______ Firma

5. JUSTIFICACIÓN DEL INGRESO DE LAS TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID Cta. “BANKIA” 2038 0626 01 6000027959 Sello y firma de la entidad financiera donde se efectúa el ingreso

DESTINATARIO

Importe

,

Euros

EXCMO. SR. CONSEJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Opositor”, cuya finalidad es la promoción y gestión del empleo, no previéndose cesiones de los mismos, salvo las previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Función Pública, ante la que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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CENTRO GESTOR: Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

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INSTRUCCIONES

1) Se utilizará letra mayúscula o de imprenta. 2) Datos personales: Apellidos y Nombre, N.I.F., Nacionalidad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Edad (se marcará SÍ si se cumple la requerida en la convocatoria, en caso contrario marcará NO), Dirección, Municipio, Teléfono, Provincia, Código Postal. Deberán cumplimentarse la totalidad de los datos requeridos en la convocatoria (datos personales; datos de la convocatoria; turno de acceso; título académico exigido o experiencia sustitutoria, en su caso; justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen y firma de la solicitud). Su ausencia dará lugar a la exclusión provisional o definitiva del proceso selectivo, según lo determinado en la convocatoria. 3) Datos de la convocatoria: deberá incluirse el número de orden de la convocatoria que consta en el BOCM, la fecha de publicación en el BOCM y, en todo caso, el código del Cuerpo/Escala, Categoría y/o Especialidad que figura en la base correspondiente de la convocatoria. 4) Turnos de acceso: Los aspirantes deberán optar sólo por el turno de promoción interna. 5) Título académico: Se deberá indicar si se posee el título exigido en la convocatoria. El apartado de la experiencia sustitutoria de la titulación sólo deberá rellenarse cuando el aspirante no posea la titulación académica exigida en la convocatoria pero sí la experiencia sustitutoria en aquellos supuestos en que así se prevea dicha posibilidad. 6) Importe a ingresar: Se hará constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 7) Justificación del ingreso de las tasas por derechos de examen: Se exigirá a las sucursales de “Bankia” el sello con fecha y el visado del empleado de dicha sucursal o impresión de validación mecánica. También deberá constar la cantidad ingresada en concepto de tasas. 8) Destinatario: Se hará constar el Cargo/Órgano y Consejería de la Comunidad de Madrid a la que se dirige la instancia 9) Lugares de entrega de las solicitudes dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la convocatoria. Podrán presentarse: a) En cualquiera de las oficinas de “Bankia”, en el momento de efectuar el pago. b) También, una vez efectuado el pago en la cuenta de “Bankia” que consta en el anverso de esta instancia, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en los Registros de cualquiera de las Consejerías y en los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. ANEXO III DIRECCIONES DE LOS REGISTROS Consejería

Dirección

Registro General de la Comunidad de Madrid Registro Auxiliar del Registro General de la Comunidad de Madrid Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno Consejería de Economía y Hacienda Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda Consejería de Educación, Juventud y Deporte Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Consejería de Sanidad Consejería de Asuntos Sociales Consejería de Empleo, Turismo y Cultura

Gran Vía, número 3. Plaza de Chamberí, número 8. Calle Carretas, número 4. Calle Albasanz, número 16. Calle Maudes, número 17. Gran Vía, número 20 Calle Alcalá, número 16. Calle Aduana, número 29. Calle O’Donnell, número 50. Calle Caballero de Gracia, número 32.

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(03/36.307/13)

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ISSN 1989-4791

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 8

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, de la Directora General de Función Pública, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número AB 318/2013, interpuesto por doña Raquel Cano Cuadrado, en nombre y representación de don Jaime Palomar del Cerro.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo número AB 318/2013, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, por doña Raquel Cano Cuadrado, en nombre y representación de don Jaime Palomar del Cerro, frente a la Resolución de 11 de junio de 2013, del Director General de Función Pública, mediante la que se desestima el recurso de alzada interpuesto, contra escrito de 20 de marzo de 2013 y Acuerdo de 5 de abril de 2013, del Tribunal Calificador, por los que respectivamente se da contestación a su reclamación respecto a la calificación provisional obtenida y se publica la calificación definitiva de los aspirantes en la fase de concurso del proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior, Psicología (Grupo I, Nivel 9, Área D). Esta Dirección General

1.o De conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, emplazar a todos los posibles interesados en el procedimiento para que puedan comparecer y personarse en los autos en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el referido Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, significándoles que si lo hicieran posteriormente se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, y si no se personasen oportunamente continuará el procedimiento sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna. 2.o Poner en conocimiento de dichos emplazados que la fecha que se fija para la celebración de la vista es el día 13 de julio de 2015, a las diez horas, por si conviniese a su derecho asistir a la misma, así como que la Resolución por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente se encuentra a disposición de los mismos en el tablón de anuncios de las siguientes dependencias de la Comunidad de Madrid: — Oficina de Atención al Ciudadano. Registro General de la Comunidad de Madrid. Gran Vía, número 3, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda. Calle Orense, número 60, 28020 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. Gran Vía, número 20, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Calle Alcalá, número 16, 28014 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Sanidad. Calle Aduana, número 29, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Asuntos Sociales. Calle O’Donnell, número 50, 28009 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. Calle Caballero de Gracia, número 32, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Economía y Hacienda. Calle Albasanz, número 16, planta baja, 28037 Madrid.

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HA RESUELTO

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— Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. Gran Vía, número 18, 28013 Madrid. Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La Directora General de Función Pública, Concepción Guerra Martínez. (03/35.517/13)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 9

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, de la Directora General de Función Pública, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contenciosoadministrativo número AB 337/13, interpuesto por doña María del Carmen Monedero Pérez, en su propio nombre y representación.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo número AB 337/13, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, por doña María del Carmen Monedero Pérez, en su propio nombre y representación, frente a la Resolución de 13 de junio de 2013, del Director General de Función Pública, por la que se desestima el recurso de alzada, contra Acuerdo de 5 de abril de 2013, del Tribunal Calificador, por el que se hace pública la calificación definitiva obtenida por los aspirantes, en la fase de concurso del proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior, Psicología (Grupo I, Nivel 9, Área D). Esta Dirección General

1.o De conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, emplazar a todos los posibles interesados en el procedimiento para que puedan comparecer y personarse en los autos en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el referido Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, significándoles que si lo hicieran posteriormente se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, y si no se personasen oportunamente continuará el procedimiento sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna. 2.o Poner en conocimiento de dichos emplazados, que la fecha que se fija para la celebración de la vista es el día 20 de julio de 2015, a las nueve cincuenta y cinco horas, por si conviniere a su derecho asistir a la misma, así como que la Resolución por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente, se encuentra a disposición de los mismos en el tablón de anuncios de las siguientes dependencias de la Comunidad de Madrid: — Oficina de Atención al Ciudadano. Registro General de la Comunidad de Madrid. Gran Vía, número 3, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda. Calle Orense, número 60, 28020 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. Gran Vía, número 20, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Calle Alcalá, número 16, 28014 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Sanidad. Calle Aduana, número 29, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Asuntos Sociales. Calle O’Donnell, número 50, 28009 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. Calle Caballero de Gracia, número 32, 28013 Madrid. — Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Economía y Hacienda. Calle Albasan, número 16, planta baja, 28037 Madrid.

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— Punto de Información al Ciudadano de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. Gran Vía, número 18, 28013 Madrid. Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La Directora General de Función Pública, Concepción Guerra Martínez. (03/35.516/13)

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B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10

ORDEN 3366/2013, de 18 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 1575/2013, de 20 de mayo, para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de Concurso de Méritos en esta Consejería.

Por Orden 1575/2013, de 20 de mayo, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, se aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos. En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid; la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes. De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía y Hacienda, y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, RESUELVO Primero Objeto Se adjudican los puestos de trabajo convocados a los funcionarios que figuran en el Anexo. Segundo 1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución. El cómputo de los citados plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, por causas justificadas, el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos. 2. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde la notificación de la orden de reingreso al servicio activo, conforme a lo establecido en el artículo 1.7 del Decreto 203/2000, de 14 de septiembre, por el que se dictan las reglas aplicables a los procedimientos de asignación de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, en los supuestos de pérdida del que viniera desempeñando y de reingreso al servicio activo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de septiembre).

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Plazo de toma de posesión

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Tercero Recurso La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Madrid, a 18 de octubre de 2013.

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La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS

PUESTO ADJUDICADO

ADJUDICATARIO DESIERTO

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

17676 AUXILIAR DE BIBLIOTECA C 14 6.412,32 DESIERTO

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

28920 AYUDANTE DE BIBLIOTECA B 18 6.306,60

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Cód. identificación: 22139271T0 Apellidos y Nombre:

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

41487 AYUDANTE DE ARCHIVO B/C 22 7.640,04

CABANES SORIANO,ESTEFANIA

CONSEJERIA EMPLEO, TURISMO Y CULTURA VICECONSEJERIA TURISMO Y CULTURA DIRECCION GENERAL BELLAS ARTES, DEL LIBRO Y DE ARCHIVOS SUBDIRECCION GENERAL LIBRO BIBLIOTECA PUBLICA "VILLA DE VALLECAS" NEGOCIADO DE GESTION DE SALA INFANTIL Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo N.C.D. C. Específico

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Cód. identificación: 5633096M0 Apellidos y Nombre:

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

42061 JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16 C/D 16 6.713,52

COELLO GARRIDO,MARIA ROSA

: : :

63870 NEG. GESTION DE SALA INFANTIL C 18 7.208,52

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo N.C.D. C. Específico

: : :

47468 JEFE DE SECRETARIA NIVEL 16 C/D 16 6.713,52

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Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

PUESTO LIBERADO

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PUESTO ADJUDICADO CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

ADJUDICATARIO

PUESTO LIBERADO

Cód. identificación: 34977850W0 Apellidos y Nombre:

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

41630 JEFE DE SECRETARIA DE CENTRO DOCENTE C/D 16 6.713,52

LIMIA RODRIGUEZ,MARIA ÁNGEL

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

41728 AUXILIAR ADMINISTRATIVO D 12 5.420,28

17770 ADMINISTRATIVO C 14 6.412,32

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Cód. identificación: 50726759Y0 Apellidos y Nombre:

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

DESIERTO

CONSEJERIA EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTE VICECONSEJERIA ORGANIZACION EDUCATIVA DIRECCION GENERAL RECURSOS HUMANOS

Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

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42217 ADMINISTRATIVO C 14 6.412,32

ENTE PÚBLICO SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD DIRECCION GENERAL ATENCION PRIMARIA SUBDIRECCION PROMOCION DE LA SALUD Y PREVENCION

BLANCO USATEGUI,MONICA Puesto de Trabajo: Denominación : Grupo : N.C.D. : C. Específico :

52432 OPERADOR DE TERMINAL D/C 14 6.412,32

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(03/35.796/13)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 11

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifican adjudicaciones realizadas en la Resolución de 6 de mayo de 2013, por la que se resuelven con carácter definitivo los concursos de traslados convocados por Resoluciones de 19 y 22 de octubre de 2012 y en la Resolución de 12 de junio de 2013.

Habiendo tenido conocimiento de cambio de situaciones administrativas en participantes del concurso de traslados convocado por Resolución de 22 de octubre de 2012, que afecta a los puestos adjudicados en la Resolución de 6 de mayo de 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de mayo), por la que se resuelven con carácter definitivo los concursos de traslados de los funcionarios docentes, entre otros, de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional. Esta Dirección General HA RESUELTO Primero En la Resolución de 6 de mayo de 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de mayo), por la que resuelve con carácter definitivo el concurso de traslados, anular la adjudicación del destino obtenido a los siguientes participantes por las causas que se indican: — Doña Ana María Fernández Cobielles, Profesora de Formación Profesional, especialidad Procesos de Gestión Administrativa, con destino en Escola del Treball-Barcelona: Se anula la adjudicación de la plaza obtenida en la Resolución definitiva en el IES “El Lago”, de Madrid, al estar jubilada voluntariamente con fecha 31 de agosto de 2013, de acuerdo con la Resolución de 17 de junio de 2013, del Gerente del Consorcio de Educación de la Generalitat de Catalunya. — Don Jorge Escolar Gómez, Profesor de Enseñanza Secundaria, especialidad Matemáticas, con destino en el IES “Las Lagunas”, de Rivas-Vaciamadrid: Se anula la adjudicación de la plaza obtenida en la Resolución definitiva en el IES “Antonio López García”, de Getafe, al estar en la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público desde el 13 de enero de 2013.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 24 de octubre de 2013.—La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta y Tejera. (03/35.795/13)

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Tercero

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 12

ORDEN 2792/2013, de 24 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por el procedimiento de Libre Designación.

En esta Consejería es necesario proceder a la provisión del puesto que se indica en el Anexo, reservado a funcionarios de carrera al servicio de la Comunidad de Madrid, mediante el procedimiento de Libre Designación previsto en el artículo 49.1 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, debido a la especial responsabilidad y confianza que supone el ejercicio de las funciones que tiene asignadas el citado puesto, de acuerdo con lo establecido en la relación de puestos de trabajo. Por ello, y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la citada Ley 1/1986, de 10 de abril, RESUELVO Primero Objeto Se aprueba convocatoria pública para la provisión del puesto de trabajo que figura en el Anexo, mediante el procedimiento de Libre Designación, entre funcionarios de carrera al servicio de la Comunidad de Madrid.

Tercero Requisitos y condiciones de participación 1. Se recogen en el Anexo los requisitos indispensables que han de reunirse para el desempeño del puesto de trabajo que se convoca en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad y titulación específica exigida en su caso. 2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente. Po-

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Segundo Normativa aplicable La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos de trabajo por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto); la Resolución de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de noviembre de 2011) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril).

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drán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales. 3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo. 4. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión. 5. Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento. Cuarto Solicitudes 1. Las solicitudes se formularán de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto). En el caso de ser varias las plazas solicitadas, se indicará el orden de preferencia entre las mismas. 2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de breve historial académico y profesional, así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del interesado para el desempeño del puesto. 3. Los certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto en la Resolución de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente, sin que deban ser solicitados ni aportados por el interesado. Quinto Presentación y plazo De conformidad con lo establecido en el artículo 2, base segunda, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y se presentarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sexto Entrada en vigor La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Séptimo Recursos La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dado en Madrid, a 24 de octubre de 2013.—El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, PD (Orden 441/2013, de 27 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de marzo de 2013), la Secretaria General Técnica, Bárbara Cosculluela Martínez.

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LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓN EN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Puesto/Denominación 30116 TECNICO DE APOYO

Unidad Orgánica

Grupo

CONSEJERIA MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO VICECONSEJERIA MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DIRECCION GENERAL URBANISMO Y ESTRATEGIA TERRITORIAL AREA CENTRO REGIONAL DE INFORMACIÓN CARTOGRÁFICA SECCION CARTOGRAFIA NUMERICA

Localidad........:

Madrid

Turno/Jornada:

MAÑ.Y 2 TARDES

A/B

NCD

Específico

26

14.761,56

Administración Pública Cuerpo Escala Especialidad

Admon

COMUNIDAD DE MADRID INGENIEROS Y ARQUITECTOS SUPERIORES INGENIERÍA SUPERIOR URB.EDIF.OBRAS PUBL.

E

INGENIEROS Y ARQUITECTOS TÉCNICOS INGENIERÍA TÉCNICA URB.EDIF.OBRAS PUBL.

E

TÉCNICOS SUPERIORES DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

G

TÉCNICOS DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

G

PERFIL

EXPERIENCIA EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA APLICADOS A BASES DE DATOS DE CARTOGRAFÍA GENERAL. EXPERIENCIA EN PROYECTO Y REALIZACIÓN DE MAPAS TEMÁTICOS. EXPERIENCIA EN FORMACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ORTOFOTOMAPAS, ORTOIMÁGENES DE SATÉLITE Y MODELOS DIGITALES DEL TERRENO. EXPERIENCIA EN APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA INSPIRE A LAS BASES DE DATOS Y A LOS SERVICIOS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA.

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ” 13

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 1 de octubre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “La Paz”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Servicio de la Especialidad de Microbiología y Parasitología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional.

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Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 262, correspondiente al día 4 de noviembre de 2013, páginas 43 a 50 (número de inserción 03/34.884/13), se procede a su corrección en los siguientes términos: En el pie de firma del Anexo de la página 49: — Donde dice: «Directora-Gerente del Hospital Universitario “12 de Octubre”». — Debe decir: «Director-Gerente del Hospital Universitario “La Paz”». Madrid, 2013. (03/35.873/13)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 14

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publica el modelo oficial de Certificado de Mantenimiento para Instalaciones Térmicas en edificios de la Comunidad de Madrid. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero Mediante Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 21 de octubre de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de noviembre de 2009), se aprobó el modelo de Certificado de Mantenimiento de las Instalaciones Térmicas a emplear en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), aprobado mediante Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. Segundo Mediante Real Decreto 238/2013, de 13 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, se introdujeron una serie de modificaciones en el RITE, entre las que se encuentra la ampliación del contenido mínimo del certificado de mantenimiento. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de industria, energía y minas, así como el Decreto, así como el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se modifican las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, en el relación con el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE). Segundo

RESUELVE Primero Publicar el modelo oficial de Certificado de Mantenimiento para Instalaciones Térmicas en Edificios de la Comunidad de Madrid.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 28.2 del RITE, el Certificado de Mantenimiento tendrá el contenido mínimo establecido en dicho apartado y será conforme al modelo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Dicho contenido mínimo se amplía tras la entrada en vigor del artículo primero, apartado cinco, del Real Decreto 238/2013, de 13 de abril, de tal manera que en el modelo de Certificado de Mantenimiento citado en el punto primero de los antecedentes de hecho deja de ser adecuado para recoger los datos mínimos que debe contener dicho Certificado y procede su actualización. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

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Segundo El modelo constará de un ejemplar para la empresa mantenedora y un ejemplar para el titular de la instalación.

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Tercero Será obligatoria la utilización del Modelo Oficial de Certificado de Mantenimiento para Instalaciones Térmicas a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 10 de octubre de 2013.—El Director General, Carlos López Jimeno.

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CERTIFICADO DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE POTENCIA ÚTIL NOMINAL SUPERIOR A 70 kW (art. 28.2 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios)

Nº Certificado: A

IDENTIFICACIÓN DE LA INSTALACIÓN DATOS TITULAR

CARACTERÍSTICAS INSTALACIÓN Potencia Útil Total Frío Nº generadores de frío Tipo de generadores de frío

Nombre Titular D.N.I. o C.I.F. Dirección Localidad C.P. Teléfono

Potencia Útil Total Generadores de Calor Nº de generadores de calor Tipo de generadores de calor

DATOS INSTALACIÓN Usuario Dirección Localidad C.P.

Combustible Superficie de Captadores solares térmicos

B

kW

kW

m2

IDENTIFICACIÓN DE LOS AGENTES ACTUANTES

B.1. Mantenedor B.2. Empresa Mantenedora B.3.Director de Mantenimiento (cuando sea preceptivo)

Nombre: Nombre:

Nº Carné: Nº Registro:

Nombre:

N.I.F.

CERTIFICACIÓN DEL MANTENEDOR El mantenedor autorizado (B.1.) CERTIFICA que la instalación ha sido mantenida de acuerdo con el “Manual de Uso y Mantenimiento”, y que cumple con los requisitos exigidos en la IT3. Firma del Mantenedor Autorizado B.1. Sello de la Empresa Mantenedora B.2.

C

En

, el

CERTIFICACIÓN DEL DIRECTOR DE MANTENIMIENTO

C’

El director de mantenimiento (B.3.) CERTIFICA que ha realizado la dirección del mantenimiento de la instalación, la cual ha sido mantenida de acuerdo con el “Manual de Uso y Mantenimiento”, y que cumple con los requisitos exigidos en la IT3. Firma del Director de Mantenimiento

En

D

, el

RESUMEN DE LOS CONSUMOS ANUALES REGISTRADOS

Consumo anual de: Combustible Energía eléctrica Agua de llenado de instalaciones Agua para producción de ACS

Totalización de consumos anuales de los contadores individuales de: Agua caliente sanitaria (ACS) m3 kWh

Coeficiente de cantidad de energía (kWh) por unidad de medida (Ud) del combustible (m3, kg, l) :

E

kWh/Ud

RESUMEN DE LAS APORTACIONES ANUALES DE ENERGÍA Energía térmica producida Energía térmica para calefacción / frío Energía térmica producida para ACS

kWh kWh kWh

Energía térmica aportada por renovables Energía térmica aportada por cogeneración Energía eléctrica aportada por cogeneración

kWh kWh kWhe

El plazo de validez de este certificado es de 1 año. El titular de la instalación debe conservar este certificado junto con el registro de las operaciones de mantenimiento durante un periodo de tiempo no inferior a cinco años. Los datos que se recogen se tratarán informáticamente o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para qué lo usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente. Para cualquier información relacionada con esta materia puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012. Si usted tiene alguna sugerencia que permita mejorar este impreso, le rogamos nos la haga llegar a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

Ejemplar para la Empresa Mantenedora

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(1)

kWh (1) kWh m3 m3

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CERTIFICADO DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE POTENCIA ÚTIL NOMINAL SUPERIOR A 70 kW (art. 28.2 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios)

Nº Certificado: A

IDENTIFICACIÓN DE LA INSTALACIÓN DATOS TITULAR

CARACTERÍSTICAS INSTALACIÓN Potencia Útil Total Frío Nº generadores de frío Tipo de generadores de frío

Nombre Titular D.N.I. o C.I.F. Dirección Localidad C.P. Teléfono

Potencia Útil Total Generadores de Calor Nº de generadores de calor Tipo de generadores de calor

DATOS INSTALACIÓN Usuario Dirección Localidad C.P.

Combustible Superficie de Captadores solares térmicos

B

kW

kW

m2

IDENTIFICACIÓN DE LOS AGENTES ACTUANTES

B.1. Mantenedor B.2. Empresa Mantenedora B.3.Director de Mantenimiento (cuando sea preceptivo)

Nombre: Nombre:

Nº Carné: Nº Registro:

Nombre:

N.I.F.

CERTIFICACIÓN DEL MANTENEDOR El mantenedor autorizado (B.1.) CERTIFICA que la instalación ha sido mantenida de acuerdo con el “Manual de Uso y Mantenimiento”, y que cumple con los requisitos exigidos en la IT3. Firma del Mantenedor Autorizado B.1. Sello de la Empresa Mantenedora B.2.

C

En

, el

CERTIFICACIÓN DEL DIRECTOR DE MANTENIMIENTO

C’

El director de mantenimiento (B.3.) CERTIFICA que ha realizado la dirección del mantenimiento de la instalación, la cual ha sido mantenida de acuerdo con el “Manual de Uso y Mantenimiento”, y que cumple con los requisitos exigidos en la IT3. Firma del Director de Mantenimiento

En

, el

D

RESUMEN DE LOS CONSUMOS ANUALES REGISTRADOS

Consumo anual de: Combustible Energía eléctrica Agua de llenado de instalaciones Agua para producción de ACS

Totalización de consumos anuales de los contadores individuales de: Agua caliente sanitaria (ACS) m3 a kWh

Coeficiente de cantidad de energía (kWh) por unidad de medida (Ud) del combustible (m3, kg, l) :

E

kWh/Ud

RESUMEN DE LAS APORTACIONES ANUALES DE ENERGÍA Energía térmica producida Energía térmica para calefacción / frío Energía térmica producida para ACS

kWh kWh kWh

Energía térmica aportada por renovables Energía térmica aportada por cogeneración Energía eléctrica aportada por cogeneración

kWh kWh kWhe

El plazo de validez de este certificado es de 1 año. El titular de la instalación debe conservar este certificado junto con el registro de las operaciones de mantenimiento durante un periodo de tiempo no inferior a cinco años. Los datos que se recogen se tratarán informáticamente o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para qué lo usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente. Para cualquier información relacionada con esta materia puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012. Si usted tiene alguna sugerencia que permita mejorar este impreso, le rogamos nos la haga llegar a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

Ejemplar para el titular/ usuario de la instalación

(03/35.483/13) http://www.bocm.es

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(1)

kWh (1) kWh m3 m3

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones Consejería de Empleo, Turismo y Cultura 15

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2013, de la Directora General de Empleo, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas con cargo al Programa 808, “Dirección General de Empleo”, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, durante el tercer trimestre del ejercicio 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en el que se establece que las entidades concedentes deberán publicar trimestralmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones otorgadas en cada período con expresión de la entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de las mismas, RESUELVO

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Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las ayudas concedidas con cargo al Programa 808, “Dirección General de Empleo”, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, durante el tercer trimestre del ejercicio 2013, con destino a las siguientes actividades, y cuya relación se incluye en el Anexo que se inserta a continuación: — Subvención coste salarial en Centros Especiales de Empleo. — Ayudas a la contratación indefinida de trabajadores discapacitados en empresa ordinaria. — Subvención a empresas de inserción laboral a personas con riesgo de exclusión social. — Ayudas ERES. — Programa Incentivos Contratación a Trabajadores Desempleados. — Subvenciones a Programas de Recualificación de Desempleados en Colaboración Social. Madrid, a 2 de octubre de 2013.—La Directora General de Empleo, Lourdes Martínez Marcos.

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AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0075.000/09 SUBVENCIÓN COSTE SALARIAL EN CENTROS ESPECIALES EMPLEO Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: CREACIÓN DE EMPLEO N.I.F.

A79475729-00 A79476941-00 A81773897-00 B79069621-00 B80771868-00 B81746257-00 B82458019-00 B82992744-00 B83700336-00 B83792952-00 B85342426-00

BENEFICIARIO

FUNDOSA LAVANDERIAS INDUSTRIALES, S.A.U. FUNDOSA GALENAS, S.A. FUNDOSA SPORT Y OCIO, S.A. IBERGRUPO CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, S.L. MANIPULADOS Y RETRACTILADOS MADRILEÑOS, S.L. SER-MES PLANIFICACION, S.L. EMPRESA CONSULTORA DE SERVICIOS INTEGRALES CENTRO ESPE INTEGRA MANTENIMIENTO GESTION Y SERVICIOS INTEGRADOS ATENTO IMPULSA, S.L.U. CREACION Y MONTAJES, S.L. SAMSIC SOCIAL, S.L.

CANTIDAD CONCEDIDA

70.521,47 312,00 3.802,98 11.843,49 843,37 4.014,02 51,76 105.776,03 77.399,68 17.959,20 20.671,39

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0298.000/09 AYUDAS CONTRATACIÓN INDEFINIDA TRAB. DISC. EMPRESA ORDINARIA Finalidad...................: MINUSVÁLIDOS BENEFICIARIO

PANIZO FERNANDEZ, MANUEL MACIAS ORTIZ DE GUZMAN, ANDRES SALVADOR MORENO CASADO, ANDRES DIAZ TORRES, EMILIA FERNANDEZ SIERRA, VICENTE LOPEZ MORENO, MARIA TERESA ESSILOR ESPAÑA, S.A. EMSUR MACDONELL, S.A. ARACAS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL, S.A. EULEN, S.A. AHORRAMAS, S.A. COMABU, S.A. CENTRO MEDICO RADIOLOGICO, S.A. CORITEL S.A.SOCIEDAD UNIPERSONAL LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S.A. LIMPIEZAS PISUERGA GRUPO NORTE, S.A. DABA, S.A. SOGEOSA, SDAD.GENERAL DE OBRAS, S.A. CONSERVACION DE EDIFICIOS Y EXTERIORES, S.A. TRANSPORTES BUYTRAGO ANDALUCIA, S.A. RENTA 92, S.A. CLECE, S.A. CONFORTEL GESTION, S.A. CONSTRUCCIONES MODULARES CABISUAR, S.A. ONET ESPAÑA, S.A. BRAÑUELAS FRANQUICIA, S.A. AREA SIGLO XXI, S.L PREVING CONSULTORES, S.L. INARDI S.L. SIMA DEPORTE Y OCIO S.L. APICHA,SL. GESTION TRANSPORTES Y DISTRIBUCION MENSAJEROS S.L. INTERMEDIA DE GESTION, S.L. LONG XIAN IMPORTACION Y EXPORTACION, S.L. SERVIMATIC HOSTELERIA S.A. NAVALSERVICE, S.L. SERVICIOS HOSTELEROS MARIN, S.L. PRIMAR CENTRO GERIATRICO, S.L. MARCA TEMA ASG, S.L. DIEZESE, S.L. ACOMETIDAS EUROPA, S.L. LA TAHONA DE AREVALO, S.L. GUERRERO Y SANCHEZ ABOGADOS, S.L. EDITEC OBRAS Y PROYECTOS , S.L GRUPO 5 GESTIÓN Y REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL, S.L.U. TRANSPORTES ENRIQUE FELIPE, S.L.U. SALZA MULTISER, S.L. ALBISER CONTROL, S.L. SEÑOR BURNS, S.L. TEAM P.L.V., S.L. MUSIEDUCA, S.L COMAS SERVICIOS INTEGRALES S.L. LIMPIEZAS FERNANDEZ LUNA HERNANDEZ, S.L. HAIFER, S.L.

CANTIDAD CONCEDIDA

3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.900,00 3.907,00 3.504,58 28.325,72 1.758,15 3.907,00 5.383,85 11.721,00 2.969,32 3.504,58 1.953,50 976,75 2.930,25 3.907,00 7.814,00 76.623,61 3.907,00 3.907,00 1.601,87 1.953,50 3.907,00 3.907,00 1.953,50 2.688,02 3.907,00 2.055,08 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 6.251,20 3.907,00 7.814,00 3.907,00 3.907,00 1.953,50 3.907,00 1.953,50 2.031,64 1.465,12 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 2.504,39 5.314,87 3.907,00 3.907,00

BOCM-20131111-15

N.I.F.

02849867Y-00 07211923C-00 12690916E-00 50056258R-00 50209034B-00 50710771A-00 A28239572-00 A28321214-00 A28389351-00 A28517308-00 A28600278-00 A28898245-00 A28959591-00 A28963767-00 A33123498-00 A47022850-00 A59408492-00 A78000437-00 A78178357-00 A78496627-00 A79237939-00 A80364243-00 A80546088-00 A80635733-00 A81330631-00 A81608317-00 B02235638-00 B06290241-00 B28318426-00 B40212649-00 B78250594-00 B79467866-00 B80311277-00 B80645518-00 B80891583-00 B81457871-00 B81740938-00 B81885360-00 B82369331-00 B83594390-00 B83859058-00 B84126713-00 B84207943-00 B84428333-00 B84747385-00 B85031854-00 B85089399-00 B85194702-00 B85468650-00 B85744027-00 B85870756-00 B86065992-00 B86198686-00 B86255486-00

BOCM Pág. 168

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013

N.I.F.

B86383122-00 E78184967-00 G28696284-00 G28746691-00 G78271434-00 G80323314-00 G82725516-00 G85251627-00 G85303626-00 G85703163-00 H79156881-00 H80312705-00 Q2866004A-00 R2800848J-00

BENEFICIARIO

B.O.C.M. Núm. 268

CANTIDAD CONCEDIDA

3.907,00 3.907,00 1.660,48 3.907,00 1.211,17 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 3.907,00 132.838,00 1.136,38

ALFOMBRAS IMPERIO PERSA, S.L. CAD.PROPIEATRIOS GARAJE AVDA. GENERALISIMO S/N FEDERACION DE ASOCIACIONES ALCER CENTRO ALTATORRE DE PERSONAS SORDAS DE MADRID FUNDACIÓN BASÍLICA DE COLMENAR CLUB CID CASA MURCIA GETAFE FUNDACION SER FUNDACION APSURIA COMUNIDAD USUARIOS APARCAMIENTO SUBTERRANEO PLAZA INMA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS POR EMBARGOS Y SUBASTAS CDAD.PROP. C/ RAMON PATUEL Nº 5 CDAD. USUARIOS GARAJE VIA COMPLUTENSE TRAMO II ORGANIZACION NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES GUARDERIA INFANTIL INSTITUCION VIRGEN MILAGROSA

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0121.000/13 RECURSOS 2011 SUB. EMPRESAS INSERCIÓN LAB. PERS. EXCL. SOCIA Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: CREACIÓN DE EMPLEO N.I.F.

B81936270-00 B85552438-00

BENEFICIARIO

CANTIDAD CONCEDIDA

ALBINO 20, S.L. LAS SIERVAS DE SAN JOSE, S.L.

461,34 249,74

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0189. 000/13 REC.2009 SUBV. EMPRESAS INSERC. PERS.SITUACICN EXCLUSICN SOC. Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: CREACICN DE EMPLEO N.I.F.

B84024009-00

BENEFICIARIO

CANTIDAD CONCEDIDA

1.827,44

MIL HISTORIAS, S.L.

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0273.000/13 AYUDAS ERES 76/2000 DE 08-03-2001 Y 25/2001 DE 31-07-2001 Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: OTROS N.I.F.

01802848Q-00 01809795V-00 07435792F-00 22460504S-00 50538033H-00 75996121G-00

BENEFICIARIO

SERRANO GONZALEZ, AURELIO COLL GALINDO, ALFONSO CENTENO HERNÁNDEZ, FLORENCIO HERNANDEZ FERNANDEZ, JUAN PINTOR ORTEGA, JUAN MANUEL JIMENEZ MANZANO, FRANCISCO

CANTIDAD CONCEDIDA

1.378,34 5.085,08 1.112,30 1.422,00 2.791,81 2.801,37

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0287.000/13 PROGRAMAS INCENTIVOS CONTRATACION TRABAJADORES DESEMPLEADOS Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: OTROS BENEFICIARIO

BAUTISTA LASUNCION, MARIA TERESA GUIJARRO SILVA, ADRIAN DE LA CASA MULA, VIRGINIA MARTINEZ GARCIA FERNANDO RON MARTIN, IRENE SANCHEZ GUISADO, ROSARIO. SEVILLA LOPEZ, JESUS RAMON MAZOTERAS DELGADO, DAVID CARRASCO CARRASCO, NESTOR CRUZ CONDE DELGADO, MARIA DULCE NOMBRE PEDRAZUELA LOPEZ, FERNANDO LÓPEZ RODRÍGUEZ, MARÍA TERESA AL BALOUH LARA, DANIEL SANABRIA IZQUIERDO, MANUEL LOPEZ GUDIÑA, RAQUEL GARCIA PUERTA, DIEGO ALFARO FINOVUM, S.A.

CANTIDAD CONCEDIDA

1.500,00 750,00 1.500,00 1.500,00 1.423,50 1.125,00 1.500,00 1.054,20 3.000,00 750,00 1.500,00 150,00 1.500,00 1.500,00 1.125,00 750,00 1.500,00

BOCM-20131111-15

N.I.F.

00399029W-00 02263917G-00 02603715T-00 02615069S-00 02635606J-00 02872195R-00 02898529T-00 05423042X-00 11841944A-00 30396579D-00 50035511T-00 50107486P-00 50124244E-00 50763137K-00 51944120T-00 54198780Q-00 A86450772-00

BOCM B.O.C.M. Núm. 268

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013

N.I.F.

B78007937-00 B78046406-00 B78402054-00 B79981395-00 B80396518-00 B80885296-00 B81137853-00 B83395509-00 B83738179-00 B83761247-00 B84192186-00 B84614130-00 B84848134-00 B84856145-00 B85005734-00 B85077063-00 B85239945-00 B85620748-00 B86060324-00 B86135654-00 B86217650-00 B86412962-00 B86566395-00 B86572310-00 B86597713-00 B86615697-00 B86655586-00 B86683190-00 B86717782-00 B86723616-00 X4170875D-00

BENEFICIARIO

PECAMA S.L. TALLERES NARANJO OLLER GIL, S.L. ALIMENTACION RIANA, S.L. CRESPO Y VILLEGAS, S.L. GRUPO F DE SERVICIOS GENERALES, S.L. GRUPPO MERYDEIS, S.L. AREA DE FORMACION Y ESTUDIOS, S.L. DARIAN VISION, S.L. DISTRIBUCIONES AVICOLA COSLAVI, S.L. REMOFAB, S.L. UNIPERSONAL ARTERIA STUDIOS, S.L. HIDALGO HIDALGO REUNIDOS, S.L. IGUANA SELL, S.L. ENVASES PARA PROFESIONALES, S.L. CONSCONAN, S.L. LIMPIEZA INDUSTRIAL Y SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L. ASESORES DESEGUROS MADRID SORIA, S.L. ASDEM ASESORES GESTIÓN INTEGRAL DE EMPRESAS, S.L. AVANZZA COURIER, S.L. POSITIVE MIND S.L. SORIATRANS RENOVE, S.L. BONNET A POMPON, S.L. CHEZ LILIBEB, S.L. WEIMARK BRANDING, S.L. LA PITANZA DEL SUR, S.L. DALSA INSTALACIONES ELECTRICAS, SL. INFOTAX ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS, S.L. MUNDO MAYORES LIMPIEZAS Y SERVICIOS, S.L. RILESA GRUPOS DE PRESION, S.L. ABAE LEGAL MANAGEMENT, S.L. LIU, QUAN

Pág. 169

CANTIDAD CONCEDIDA

1.500,00 1.500,00 562,50 1.500,00 780,00 1.500,00 641,00 1.500,00 1.500,00 1.500,00 1.500,00 562,50 1.000,00 1.500,00 1.500,00 2.500,00 1.500,00 750,00 1.500,00 1.500,00 1.125,00 6.500,00 500,00 1.500,00 1.000,00 2.812,50 468,75 2.075,00 1.500,00 1.500,00 1.500,00

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0292.000/13 SUBVENCIONES PROGRAMAS RECUALIF. DESEMPLEADOS COLABO. SOCIAL Finalidad..................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: CREACIÓN DE EMPLEO BENEFICIARIO

AYTO DE AJALVIR AYTO DE EL ALAMO AYTO DE ALCOBENDAS AYTO DE ALCORCON AYTO DE ALDEA DEL FRESNO AYTO DE ALGETE AYTO DE ALPEDRETE AYTO DE ANCHUELO AYTO DE ARANJUEZ AYTO DE ARROYOMOLINOS AYTO DE BATRES AYTO DE BECERRIL DE LA SIERRA AYTO DE BELMONTE DE TAJO AYTO DE EL BERRUECO AYTO DE BERZOSA DE LOZOYA AYTO DE BOADILLA DEL MONTE AYTO DE EL BOALO AYTO DE BREA DEL TAJO AYTO DE BRUNETE AYTO DE BUITRAGO DE LOZOYA AYTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA AYTO DE LA CABRERA AYTO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS AYTO DE CAMARMA DE ESTERUELAS AYTO DE CAMPO REAL AYTO DE CANENCIA AYTO DE CARABAÑA AYTO DE CASARRUBUELOS AYTO DE CERVERA DE BUITRAGO AYTO DE CIEMPOZUELOS AYTO DE COBEÑA AYTO DE COLMENAR DEL ARROYO AYTO DE COLMENAR DE OREJA AYTO DE COLMENAREJO AYTO DE COLMENAR VIEJO AYTO DE COLLADO MEDIANO AYTO DE COLLADO VILLALBA AYTO DE CORPA AYTO DE COSLADA AYTO DE CUBAS DE LA SAGRA AYTO DE CHAPINERIA

CANTIDAD CONCEDIDA

99.000,00 128.700,00 82.500,00 330.000,00 99.000,00 247.500,00 26.400,00 9.900,00 297.000,00 39.600,00 23.100,00 52.800,00 42.900,00 29.700,00 16.500,00 75.900,00 204.600,00 52.800,00 171.600,00 33.000,00 16.500,00 9.900,00 148.500,00 33.000,00 82.500,00 6.600,00 6.600,00 15.400,00 29.700,00 330.000,00 105.600,00 46.200,00 66.000,00 33.000,00 99.000,00 66.000,00 264.000,00 9.900,00 300.300,00 155.100,00 112.200,00

BOCM-20131111-15

N.I.F.

P2800200D-00 P2800400J-00 P2800600E-00 P2800700C-00 P2800800A-00 P2800900I-00 P2801000G-00 P2801200C-00 P2801300A-00 P2801500F-00 P2801700B-00 P2801800J-00 P2801900H-00 P2802000F-00 P2802100D-00 P2802200B-00 P2802300J-00 P2802500E-00 P2802600C-00 P2802700A-00 P2802900G-00 P2803000E-00 P2803100C-00 P2803200A-00 P2803300I-00 P2803400G-00 P2803500D-00 P2803600B-00 P2803900F-00 P2804000D-00 P2804100B-00 P2804200J-00 P2804300H-00 P2804400F-00 P2804500C-00 P2804600A-00 P2804700I-00 P2804800G-00 P2804900E-00 P2805000C-00 P2805100A-00

BOCM Pág. 170

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2013

N.I.F.

P2805200I-00 P2805300G-00 P2805400E-00 P2805500B-00 P2805600J-00 P2805700H-00 P2805900D-00 P2806100J-00 P2806200H-00 P2806300F-00 P2806500A-00 P2806600I-00 P2806700G-00 P2806800E-00 P2806900C-00 P2807000A-00 P2807300E-00 P2807400C-00 P2807500J-00 P2807600H-00 P2807700F-00 P2808100H-00 P2808200F-00 P2808300D-00 P2808400B-00 P2808500I-00 P2808600G-00 P2808700E-00 P2808800C-00 P2809000I-00 P2809100G-00 P2809300C-00 P2809400A-00 P2809600F-00 P2809700D-00 P2809900J-00 P2810000F-00 P2810100D-00 P2810400H-00

BENEFICIARIO

AYTO DE CHINCHON AYTO DE DAGANZO DE ARRIBA AYTO DE EL ESCORIAL AYTO DE ESTREMERA AYTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA AYTO DE FRESNO DE TOROTE AYTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA AYTO DE GALAPAGAR AYTO DE GARGANTA DE LOS MONTES AYTO GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO AYTO DE GETAFE AYTO DE GRIÑON AYTO DE GUADALIX DE LA SIERRA AYTO DE GUADARRAMA AYTO DE LA HIRUELA AYTO DE HORCAJO DE LA SIERRA-AOSLOS AYTO DE HUMANES DE MADRID AYTO DE LEGANES AYTO DE LOECHES AYTO DE LOZOYA AYTO DE LOZOYUELA-NAVAS-SIETEIGLESIAS AYTO DE PUENTES VIEJAS AYTO DE MANZANARES EL REAL AYTO DE MECO AYTO DE MEJORADA DEL CAMPO AYTO DE MIRAFLORES DE LA SIERRA AYTO DE EL MOLAR AYTO DE LOS MOLINOS AYTO DE MONTEJO DE LA SIERRA AYTO DE MORALZARZAL AYTO DE MORATA DE TAJUÑA AYTO DE NAVACERRADA AYTO DE NAVALAFUENTE AYTO DE NAVALCARNERO AYTO DE NAVARREDONDA AYTO DE NAVAS DEL REY AYTO DE NUEVO BAZTAN AYTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES AYTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

B.O.C.M. Núm. 268

CANTIDAD CONCEDIDA

115.500,00 92.400,00 82.500,00 66.000,00 39.600,00 231.000,00 46.200,00 89.100,00 3.300,00 13.200,00 254.100,00 72.600,00 85.800,00 217.800,00 3.300,00 3.300,00 214.500,00 330.000,00 59.400,00 30.800,00 9.900,00 13.200,00 66.000,00 62.150,00 75.900,00 99.000,00 33.000,00 59.400,00 13.200,00 59.400,00 39.600,00 13.200,00 19.800,00 141.900,00 3.300,00 79.200,00 36.300,00 19.800,00 191.400,00

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0292.000/13 SUBVENCIONES PROGRAMAS RECUALIF. DESEMPLEADOS COLABO. SOCIAL Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: CREACION DE EMPLEO BENEFICIARIO

AYTO DE PATONES AYTO DE PEDREZUELA AYTO DE PELAYOS DE LA PRESA AYTO DE PERALES DE TAJUÑA AYTO DE PEZUELA DE LAS TORRES AYTO DE PINTO AYTO DE PIÑUÉCAR-GANDULLAS AYTO DE POZUELO DE ALARCÓN AYTO DE PRÁDENA DEL RINCÓN AYTO DE PUEBLA DE LA SIERRA AYTO DE ROBLEDILLO DE LA JARA AYTO DE ROBLEDO DE CHAVELA AYTO DE ROBREGORDO AYTO DE LAS ROZAS DE MADRID AYTO DE LAS ROZAS DE PUERTO REAL AYTO DE SAN AGUSTIN DE GUADALIX AYTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL AYTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA AYTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS AYTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES AYTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA AYTO DE SANTORCAZ AYTO DE SEVILLA LA NUEVA AYTO DE SOMOSIERRA AYT0 DE SOTO DEL REAL AYTO DE TALAMANCA DEL JARAMA AYTO DE TIELMES AYTO DE TITULCIA AYTO DE TORREJON DE ARDOZ AYTO DE TORREJON DE LA CALZADA AYTO DE TORRELAGUNA AYTO DE TORRELODONES AYTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

CANTIDAD CONCEDIDA

9.900,00 85.800,00 132.000,00 39.600,00 26.400,00 279.400,00 3.300,00 66.000,00 6.600,00 3.300,00 3.300,00 79.200,00 13.200,00 145.200,00 66.000,00 36.300,00 184.800,00 198.000,00 227.700,00 42.900,00 75.900,00 9.900,00 165.000,00 6.600,00 23.100,00 13.200,00 33.000,00 125.400,00 330.000,00 62.700,00 33.000,00 26.400,00 112.200,00

BOCM-20131111-15

N.I.F.

P2810700A-00 P2810800I-00 P2810900G-00 P2811000E-00 P2811100C-00 P2811300I-00 P2811400G-00 P2811500D-00 P2811700J-00 P2811800H-00 P2812400F-00 P2812500C-00 P2812600A-00 P2812700I-00 P2812800G-00 P2812900E-00 P2813100A-00 P2813200I-00 P2813300G-00 P2813400E-00 P2813500B-00 P2813600J-00 P2814100J-00 P2814300F-00 P2814400D-00 P2814500A-00 P2814600I-00 P2814700G-00 P2814800E-00 P2814900C-00 P2815100I-00 P2815200G-00 P2815400C-00

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N.I.F.

P2815700F-00 P2815800D-00 P2815900B-00 P2816000J-00 P2816100H-00 P2816200F-00 P2816300D-00 P2816400B-00 P2816500I-00 P2816900A-00 P2817000I-00 P2817100G-00 P2817300C-00 P2817500H-00 P2817700D-00 P2817800B-00 P2818000H-00 P2818100F-00 P2818300B-00 P2818400J-00 P7807907F-00

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BENEFICIARIO

CANTIDAD CONCEDIDA

AYTO DE VALDELAGUNA AYTO DE VALDEMANCO AYTO DE VALDEMAQUEDA AYTO DE VALDEMORILLO AYTO DE VALDEMORO AYTO DE VALDEOLMOS-ALALPARDO AYTO DE VALDEPIÉLAGOS AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA AYUNTAMIENTO DE VENTURADA AYTO DE VILLACONEJOS AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO AYUNTAMIENTO DE VILLAMANRIQUE DE TAJO AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES AYUNTAMIENTO DE VILLAREJO DE SALVANÉS AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID

23.100,00 19.800,00 36.300,00 52.800,00 138.600,00 198.000,00 13.200,00 39.600,00 39.600,00 62.700,00 157.850,00 122.100,00 42.900,00 115.500,00 39.600,00 61.600,00 49.500,00 290.400,00 33.000,00 66.000,00 330.000,00

AYUDAS CONCEDIDAS 2013 PERÍODO DE CONCESIÓN: 01-07-2013 AL 30-09-2013 Línea de subvención: 0334.000/13 SUBV. EMPRESAS INSERCIÓN PARA INSERCIÓN LAB. PERS. EXCL. SOC. Finalidad...................: PROMOCIÓN ECONÓMICA: CREACIÓN DE EMPLEO N.I.F.

B83792994-00 B85552438-00 B85966398-00 B85968659-00 B86131406-00 G82800848-00 G85362564-00 G85941185-00

BENEFICIARIO

EMPRESA DE INSERCIÓN EL ZAGUAN, S.L LAS SIERVAS DE SAN JOSE, S.L. SOULEM INSERCIÓN, S.L. PUENTES PARA A INCLUSIÓN S.L. UZIPEN, S.L. ASOCIACION ENTRE MUJERES FUNDACION TRAB.OR FUNDACIÓN LA MERCED MIGRACIONES

CANTIDAD CONCEDIDA

58.635,93 37.176,68 17.908,46 29.010,29 62.586,18 2.810,00 2.485,00 3.090,00

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(03/35.508/13)

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D) Anuncios Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno HISPANAGUA, S. A. U. 16

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2013, de Hispanagua, Sociedad Anónima Unipersonal, por la que se hace pública la formalización del contrato adjudicado, por procedimiento abierto no armonizado al precio más bajo, para el “Servicio de limpieza de oficina, centros de trabajo y otras dependencias de Hispanagua”.

Entidad adjudicadora: Organismo: Hispanagua, Sociedad Anónima Unipersonal. Dependencia que tramita el expediente: Servicios de Explotación. Número de expediente: 015/2012. Objeto del contrato: Tipo del contrato: Servicios. Descripción del objeto: Servicios de limpieza de oficina, centros de trabajo y otras dependencias de Hispanagua. c) CPV: 90910000. d) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de abril de 2013. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinario. b) Procedimiento: Abierto no armonizado. c) Forma: Adjudicación a la proposición con el precio más bajo. 4. Presupuesto máximo de licitación: — Importe total del presupuesto de licitación para un período de dos años: 253.017,12 euros, IVA excluido. 5. Adjudicación: a) Fecha: 2 de julio de 2013. b) Empresa adjudicataria: “Unión Internacional de Limpieza, Sociedad Anónima”. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 207.553,55 euros, IVA excluido. 6. Formalización: a) Fecha de formalización: 22 de agosto de 2013. Madrid, a 16 de septiembre de 2013.—El Presidente del Consejo de Administración y Consejero-Delegado, Adrián Martín López de las Huertas. (01/3.336/13)

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1. a) b) c) 2. a) b)

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D) Anuncios Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 17

1. a) b) c) d) 2. a) b) c) d) e) f) g)

3. a) b) 4. — — — 5. a) b) c)

6.

Entidad adjudicadora: Organismo: Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación. Número de expediente: ECON/000093/2013. Dirección de Internet del “perfil del contratante”: http://www.madrid.org/contratospublicos Objeto del contrato: Tipo de contrato: Servicios. Descripción del objeto: Servicio de medición de audiencias de sitios web de la Comunidad de Madrid. Lote: No procede. CPV: 72000000-5. Servicios TI: Consultoría, desarrollo de “software”, Internet y apoyo. Acuerdo marco (si procede): No. Sistema dinámico de adquisición (si procede): No. Medio y fecha de publicación del anuncio de licitación: — BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de julio de 2013. — “Perfil del contratante” de 19 de julio de 2013. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Simplificado ordinario. Presupuesto base de licitación: Base imponible: 182.007,00 euros. IVA: 38.221,48 euros. Importe total, IVA incluido: 220.228,48 euros. Adjudicación: Fecha: 18 de septiembre de 2013. Contratista: “Connectis Ict Services, Sociedad Anónima Unipersonal”. Importe de adjudicación: — Base imponible: 131.353,07 euros. — IVA: 27.584,14 euros. — Importe total: 158.937,21 euros. Formalización: Fecha de formalización, 2 de octubre de 2013.

Madrid, a 14 de octubre de 2013.—El Consejero-Delegado, José Martínez Nicolás. (01/3.335/13)

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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2013, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de “Servicio de medición de audiencias de sitios web de la Comunidad de Madrid”.

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D) Anuncios Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 18

1. a) b) c) d) 2. a) b) c) d) e) f) g)

3. a) b) 4. — — — 5. a) b) c)

6.

Entidad adjudicadora: Organismo: Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación. Número de expediente: ECON/000078/2013. Dirección de Internet del “perfil del contratante”: — http://www.madrid.org/contratospublicos Objeto del contrato: Tipo de contrato: Servicios. Descripción del objeto: Seguimiento y control de la evolución y despliegue de gestión procesal en la Audiencia Provincial, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia y los Juzgados de Primera Instancia de Madrid. Lote: No procede. CPV: 72253200-5: Servicios de apoyo a sistemas. Acuerdo marco (si procede): No. Sistema dinámico de adquisición (si procede): No. Medio y fecha de publicación del anuncio de licitación: — “Diario Oficial de la Unión Europea”de 15 de junio de 2013. — BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de junio de 2013. — “Perfil del contratante” de 28 de junio de 2013. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Presupuesto base de licitación: Base imponible: 674.041,57 euros. IVA: 141.548,73 euros. Importe total, IVA incluido: 815.590,30 euros. Adjudicación: Fecha: 11 de septiembre de 2013. Contratista: “Grupo Corporativo GFI Informática, Sociedad Anónima”. Importe de adjudicación: — Base imponible: 596.995,00 euros. — IVA: 125.368,95 euros. — Importe total: 722.363,95 euros. Formalización: Fecha de formalización, 1 de octubre de 2013.

Madrid, a 14 de octubre de 2013.—El Consejero-Delegado, José Martínez Nicolás. (01/3.334/13) http://www.bocm.es

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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2013, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de “Seguimiento y control de la evolución y despliegue de gestión procesal en la Audiencia Provincial, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia y los Juzgados de Primera Instancia de Madrid”.

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2013, de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la convocatoria del contrato de «Servicios de mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones que componen los sistemas de información corporativos, aplicaciones internas, servicios de información territorial y de gestión de relación con el ciudadano en la Oficina de Vivienda, Servicios de Calidad del “software”, y soporte técnico especializado en los ámbitos tecnológicos implantados en la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid». 1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: a) Organismo: Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. 2) Domicilio: Calle Embajadores, número 181. 3) Localidad y código postal: 28045 Madrid. 4) Teléfono: 915 805 000. 5) Telefax: 914 205 678. 6) Correo electrónico: … 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: 16 de diciembre de 2013. d) Número de expediente: ECON/000231/2013. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Servicio. b) Descripción: Servicios de mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones que componen los sistemas de información corporativos, aplicaciones internas, servicios de información territorial y de gestión de relación con el ciudadano en la Oficina de Vivienda, Servicios de Calidad del software y soporte técnico especializado en los ámbitos tecnológicos implantados en la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: Lotes: No. d) Lugar de ejecución/entrega: 1) Domicilio: Calle Embajadores, número 181. 2) Localidad y código postal: 28045 Madrid. e) Plazo de ejecución/entrega: Doce meses. f) Admisión de prórroga: Sí, Plazo incluida la prórroga: Veinticuatro meses. g) Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No. h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No. i) CPV (referencia de nomenclatura): 72240000-9, 72267000-4.

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Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Subasta electrónica: No. Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios. Valor estimado del contrato: 8.226.332,47 euros, IVA no incluido. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 3.300.563,99 euros. IVA: 693.118,44 euros. Importe total: 3.993.682,43 euros. Garantías exigidas: Provisional: 3 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA no incluido, es decir, 99.016,92 euros. — Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA no incluido. 7. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación: Grupo V, Subgrupo 2, Categoría D. b) Solvencia económica y financiera: Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán presentar la documentación que se determina en el apartado 7 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Jurídicas. Solvencia técnica y profesional: Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán presentar la documentación que se determina en el apartado 7 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Jurídicas. c) Contratos reservados: No. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 16 de diciembre de 2013. Laborables de lunes a viernes y de nueve a catorce horas. b) Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. 2) Domicilio: Calle Embajadores, número 181. 3) Localidad y código postal: 28045 Madrid. 4) Dirección electrónica: http://www.madrid.org/contratospublicos d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No. e) Admisión de variante, si procede: No. f) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Apertura del sobre número 2. b) Dirección: Calle Embajadores, número 181. c) Localidad y código postal: 28045 Madrid. d) Fecha y hora: 20 de enero de 2014, a las doce. e) Descripción: Apertura del sobre número 3. f) Dirección: Calle Embajadores, número 181. g) Localidad y código postal: 28045 Madrid. h) Fecha y hora: 13 de enero de 2013, a las doce. 10. Gastos de publicidad: 1.500 euros. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 25 de octubre de 2013. 12. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato, el lote o lotes a que se presente, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspon-

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3. a) b) c) d) 4. 5. — — — 6. —

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diente NIF o CIF. El número y denominación de los sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas Jurídicas. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Madrid, a 25 de octubre de 2013.—El Consejero-Delegado, José Martínez Nicolás. (01/3.348/13)

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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda 20

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la puesta en servicio y la explotación de la estación de Inspección Técnica de Vehículos de la sociedad “ITV Villaviciosa, Sociedad Limitada”, con CIF B-86181161 situada en el punto kilométrico 4,200, de la carretera M-506 del municipio de Alcorcón (Madrid). ANTECEDENTES DE HECHO

Primero Doña Gisela Gómez Rojo en nombre y representación de la mercantil “ITV Villaviciosa, Sociedad Limitada”, con CIF número B-86181161, con domicilio social y domicilio a efectos de notificaciones en el punto kilométrico 4,200 de la Carretera M-506 del término municipal de Alcorcón (Madrid), 28925, el día 18 de enero de 2013, solicita autorización administrativa para la puesta en funcionamiento y explotación de la estación de ITV situada en el punto kilométrico 4,200 de la Carretera M-506, del término municipal de Alcorcón (Madrid), de acuerdo a lo previsto en el Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid. Segundo Con fecha 28 de enero de 2013, se notifica al interesado escrito de esta Dirección General de fecha 22 de enero de 2013, en el que se solicita la documentación oportuna para completar su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el anexo del Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno. Tercero Con fechas 28 de enero, 1 de febrero, 7 de febrero y 11 de febrero de 2013, el solicitante aporta la documentación requerida, entre la que se encuentra la acreditación otorgada por la Empresa Nacional de Acreditación (ENAC), que queda reflejada en los expedientes 63/EI/ITV082 y OC-I/303. FUNDAMENTOS DE DERECHO

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver la cuestión planteada viene determinada por el artículo 26.3.1.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, que atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de industria, sin perjuicio de lo que determinen las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés militar y las normas relacionadas con las industrias que estén sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear; y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, que atribuye a la Dirección General de Industria, Energía y Minas las competencias relativas a la Inspección Técnica de Vehículos. Segundo El Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos, establece en su artículo 2 que “La ejecución material de las inspecciones será realizada de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la comunidad autónoma en ejercicio de sus competencias.

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Primero

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A estos efectos, dicha ejecución material podrá ser realizada por las comunidades autónomas directamente, o a través de sociedades de economía mixta, o por empresas privadas con su propio personal, en régimen de concesión administrativa o autorización”. Tercero La Ley 7/2009, de 15 de diciembre, por la que se liberaliza el régimen jurídico de la actividad de Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid, establece en su artículo primero que el ejercicio de dicha actividad estará sujeto a la obtención previa de una autorización administrativa. Cuarto Por su parte, el Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid, regula en su capítulo II la autorización de estaciones ITV y, concretamente, en su sección primera el procedimiento de autorización. Así, el artículo 7 establece que “el órgano competente en materia de industria resolverá y notificará la Resolución dentro de los cuatro meses siguientes a la presentación de la solicitud de autorización, previas las comprobaciones que sean precisas para verificar la adecuación de la instalación a los requisitos técnicos establecidos”. En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en la normativa reseñada y en la de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Primero Autorizar la puesta en funcionamiento y la explotación de la estación ITV situada en el punto kilométrico 4,200 de la Carretera M-506, del término municipal de Alcorcón (Madrid), en adelante la estación, cuyo titular es la empresa ”ITV Villaviciosa, Sociedad Limitada” con CIF número B-86181161, para la prestación del servicio de Inspección Técnica de Vehículos, asignándole el número 2871.

La presente autorización se regirá por las siguientes cláusulas: 1. La estación realizará todas las inspecciones definidas en el artículo 6 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, salvo las indicadas en los apartados i) y m) del citado artículo. 2. La estación prestará servicio a través de dos líneas: Una para vehículos ligeros y otra de tipo universal, además dispone de las instalaciones necesarias para las inspecciones de vehículos accidentados y de una zona para verificación periódica y verificación después de reparación o modificación de aparatos taxímetros. 3. La estación contará con una unidad móvil que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa aplicable y equipada adecuadamente para el uso a que se destina. Los recorridos, actuaciones y horarios que vayan a ser desarrollados por las unidades móviles durante cada año deberán ser comunicados antes del 30 de noviembre del año anterior a la Dirección General de Industria, Energía y Minas. 4. La estación deberá mantener los requisitos establecidos en el anexo I del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, así como cumplir las obligaciones y requisitos regulados en el Decreto 8/2011, de 17 de febrero. 5. La presente autorización para actuar como estación ITV mantendrá su vigencia mientras permanezcan en vigor las acreditaciones números 65/EI/ITV082 y OC-I/303, otorgadas por la Entidad Nacional de Acreditación, en las cuales esté incluida esta estación, quedando suspendida provisionalmente de forma automática, hasta la resolución del correspondiente procedimiento de suspensión o revocación por parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, cuando la acreditación referida a la citada instalación haya sido a su vez suspendida o revocada. Dicha autorización podrá ser, asimismo, suspendida o revocada, en los casos contemplados en la legislación vigente, así como por incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en la presente Resolución.

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Segundo

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6. Las actuaciones de la estación seguirán en su labor profesional las normas y disposiciones oficiales de aplicación en materia de inspección técnica de vehículos, y de manera muy específica el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, contemplado en el artículo 12 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, así como la normativa, circulares y comunicados dimanantes de la Comunidad de Madrid en esta materia. Tercero La concurrencia de los supuestos recogidos en el artículo 14, párrafo segundo, del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, podrá ser sancionada con la revocación de la autorización para el ejercicio de la actividad de inspección técnica de vehículos concedida, en cuyo caso, una vez iniciado el expediente, podrá esta suspenderse provisionalmente. Asimismo, podrá revocarse la presente autorización en cualquier otro supuesto regulado en la normativa de aplicación. Cuarto

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La presente autorización es otorgada sin prejuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 13 de febrero de 2013.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (02/1.668/13)

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D) Anuncios Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda 21

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2013, del Director General de Transportes, por la que se procede a la publicación de las notificaciones de vistas orales correspondientes a la celebración de arbitraje en materia de transporte, que se relacionan en los Anexos adjuntos.

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios las notificaciones de vistas orales que se relacionan en los Anexos adjuntos, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, se acuerda la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido. Lo que se hace público para general conocimiento. Madrid, a 23 de octubre de 2013.—El Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.

Reclamado. — Último domicilio conocido. — Citación para vista oral Transportadora Gómez Bustamante Express, Sociedad Limitada. — Amparo Usera, 39, local, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las nueve y treinta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por doña Patricia Elena Llanos Bozo en concepto de extravío de mercancía. Transportadora Gómez Bustamante Express, Sociedad Limitada. — Amparo Usera, 39, local, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las nueve y cuarenta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por don Miguel Ángel Jaya Alomoto en concepto de extravío de mercancía. John A. de Victoria Velasco-Vizca Express. — Perpetua Díaz, 8, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las nueve y cincuenta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por doña Gloria Ester Gómez Espitia en concepto de impago de extravío de mercancía. John A. de Victoria Velasco-Vizca Express. — Perpetua Díaz, 8, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las diez horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por don Gil Alberto Barrionuevo Chávez en concepto de extravío de mercancía. John A. de Victoria Velasco-Vizca Express. — Perpetua Díaz, 8, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las diez y veinte horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por don Manuel Gustavo González Bustamante en concepto de impago de extravío de mercancía. John A. de Victoria Velasco-Vizca Express. — Perpetua Díaz, 8, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las diez y treinta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por don Juan Carlos Obando Jiménez en concepto de extravío de mercancía. John A. de Victoria Velasco-Vizca Express. — Perpetua Díaz, 8, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las diez y cuarenta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por don Enrique Aurelio Yip Garay en concepto de extravío de mercancía. John A. de Victoria Velasco-Vizca Express. — Perpetua Díaz, 8, 28026 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las diez y cincuenta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada doña Fani Ermiña Almeida Barreda en concepto de impago de extravío de mercancía. Transportes y Montajes Cevallos Vera, Sociedad Limitada. — General Romero Basart, 10, quinto D. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las diez y veinte horas,

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ANEXO I

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en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por doña Julie Goodier en concepto de daños en la mercancía. Productos Comarcales, Sociedad Limitada. — Casado de Alisal, 7, primero D, 28014 Madrid. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las doce horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Lopezmar, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes más los intereses legales devengados. ANEXO II Reclamado. — Último domicilio conocido. — Citación para vista oral Mecainox Mecanizado Industriales de Acero Inoxidable, Sociedad Anónima. — Avícola, 9, posterior, 28860 Paracuellos de Jarama (Madrid). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las once horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Trans(X)Tar, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes más los intereses legales devengados. Hosclimobel, Sociedad Limitada. — Silicio, 58, nave, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las once y diez horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Seur Geopost, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes. Trans Olimpo, Sociedad Anónima Laboral. — Río Guadiana, 2, pol. ind. El Nogal, 28110 Algete (Madrid). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las once y cincuenta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Cobanorsa Operador de Transporte, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes más los intereses legales devengados. Creaciones Leyda, Sociedad Limitada. — Torres Quevedo, 9, pol. ind. Nuestra Señora de Butarque, 28914 Leganés (Madrid). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las once y cuarenta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Grupo Venidan, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes. Automoción Útil Madrid, Sociedad Limitada. — Argentina, sin número, nave 16 D, Parque del Actividades Empresariales Casarrubio, 28806 Alcalá de Henares (Madrid). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las once y veinte horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Seur Geopost, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes. ANEXO III

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Reclamado. — Último domicilio conocido. — Citación para vista oral Mini Van & Truck Services, Sociedad Limitada. — Can Cabanyes, 81, pol. ind. Gordi Can Catala, 08403 Granollers (Barcelona). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las once y treinta horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Dos reclamaciones presentadas por Semitruks, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes más los intereses legales devengados. Rayaval, Sociedad Limitada. — Avenida del Cid, 17, primera, 46018 Valencia. — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las doce y diez horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Reclamación presentada por Laurentino Corral, Sociedad Limitada, en concepto de impago de los portes más los intereses legales devengados. Armaduras del Sur, Sociedad Limitada. — Pol. ind. Nudo Norte, sin número, autovía Sevilla-Málaga A-92, Salida 120, 41590 La Roda de Andalucía (Sevilla). — Vista oral el día 27 de noviembre de 2013, a las doce y veinte horas, en la calle Orense, 60, 28020 Madrid. Tres reclamaciones presentada por Gabace en concepto de impago de los portes más los intereses legales devengados. (03/35.872/13)

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D) Anuncios Consejería de Educación, Juventud y Deporte 22

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2013, de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de obras de «Acondicionamiento y mejora de accesibilidad, implantación de ascensor y plataforma elevadora exterior en el conservatorio “Adolfo Salazar”».

Entidad adjudicadora: Organismo: Consejería de Educación, Juventud y Deporte. Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación (INFRA). Número de expediente: 09-CO-00031.5/2013. Dirección de Internet del “perfil del contratante”. Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: Obras. b) Descripción del objeto: Acondicionamiento y mejora de accesibilidad, implantación de ascensor y plataforma elevadora exterior en el conservatorio “Adolfo Salazar”. c) Lote: ... d) CPV (referencia de nomenclatura). Objeto principal: — Nomenclatura principal: 45.20.00.00-9. — Nomenclatura complementaria: … e) Acuerdo marco (si procede): No. f) Sistema dinámico de adquisición (si procede): No. g) Medio y fecha de publicación del anuncio de licitación: — BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio de 2013. — “Perfil del contratante”: 17 de julio de 2013. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. 4. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 136.061,61 euros. — IVA: 28.572,94 euros. — Importe total: 164.634,55 euros. 5. Adjudicación: a) Fecha: 30 de septiembre de 2013. b) Contratista: “Construcciones y Reformas Peyan, Sociedad Limitada”. c) Importe de adjudicación: — Importe neto: 93.741,91 euros. — IVA: 19.685,80 euros. — Importe total: 113.427,71 euros. 6. Formalización: — Fecha de formalización: 16 de octubre de 2013. Madrid, a 25 de octubre de 2013.—El Director General de Infraestructuras y Servicios, Gonzalo Aguado Aguirre. (03/34.720/13)

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1. a) b) c) d)

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1. a) b) c)

d) 2. a) b) c) d) e) f) g) 3. a) b) c) d) 4. 5. — — — 6. 7. a)

b) c)

Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: Organismo: Consejería de Educación, Juventud y Deporte. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General Técnica. Obtención de documentación e información: 1. Dependencia: Consejería de Educación, Juventud y Deporte. 2. Domicilio: Calle Alcalá, número 32. 3. Localidad y código postal: 28014 Madrid. 4. Teléfono: 917 200 446. 5. Telefax: 917 203 526. 6. Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). Número de expediente: C-504/012-13 (09-AT-00131.8/2013). Objeto del contrato: Tipo: Servicio. Descripción: Atención educativa a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva. División por lotes y número de lotes/número de unidades: No. Lugar de ejecución/entrega: 1. Domicilio: Comunidad de Madrid. Plazo de ejecución/entrega: Del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2014. Admisión de prórroga: No. CPV (referencia de nomenclatura): 80340000. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Subasta electrónica: No. Criterios de adjudicación: Precio. Valor estimado del contrato: 121.905,00 euros. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 121.905,00 euros. IVA: 12.109,50 euros. Importe total: 134.095,50 euros. Garantías exigidas: Definitiva, 5 por 100. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Solvencia técnica y profesional: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Otros requisitos específicos: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas. Contratos reservados: No.

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RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se dispone la publicación de la convocatoria del contrato de Atención educativa a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva.

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Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: Fecha límite de presentación: 26 de noviembre de 2013. Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No. Lugar de presentación: 1. Dependencia: Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. 2. Domicilio: Gran Vía, número 20. 3. Localidad y código postal: 28013 Madrid. 4. Dirección electrónica: http://www.madrid.org/contratospublicos d) Admisión de variante: No. e) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Quince días. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Proposiciones económicas. b) Dirección: Sala de Juntas de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, calle Alcalá, número 32, planta baja. c) Localidad y código postal: Madrid 28014. d) Fecha y hora: 2 de diciembre de 2013, a las diez horas. 10. Gastos de publicidad: Por cuenta del adjudicatario. 11. Otras informaciones: — El número de sobres a presentar y su contenido se indican en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. — El resultado de la calificación de la documentación administrativa se comunicará en el “perfil del contratante” de la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos), a partir de las quince horas del día 27 de noviembre de 2013. Madrid, a 31 de octubre de 2013.—El Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez. (01/3.328/13)

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8. a) b) c)

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RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2013, del Director General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de “Centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil”, en el término municipal de San Martín de la Vega, promovido por “Automóviles Acedo, Sociedad Limitada” (expediente: 10-EIA-00005.5/2013).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se formula la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto de “Centro autorizado tratamiento de vehículos al final de su vida útil”, en el término municipal de San Martín de la Vega, promovido por “Automóviles Acedo, Sociedad Limitada”, con domicilio social en calle Bronce, número 5, 28320 San Martín de la Vega. El texto de la citada Declaración podrá consultarse en las dependencias del Centro de Documentación Ambiental de esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, sitas en la calle Alcalá, número 16, segunda planta, 28014 Madrid. Madrid, a 24 de julio de 2013.—El Director General de Evaluación Ambiental, Mariano González Sáez.

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(02/6.497/13)

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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 25

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2013, del Director General del Medio Ambiente, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Quijorna. Proyecto promovido por “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Examinado el expediente 0235/13, de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Quijorna, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 26 de julio de 2013, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud de autorización de ocupación temporal en terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Quijorna, con el proyecto “Red de distribución de gas”, proyecto promovido por “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La Ley 8/1998, de 15 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias). Segundo Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes. Esta Dirección General del Medio Ambiente, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 28 de septiembre de 2012), y el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43, de 20 de febrero de 2013), y visto el informe del Área de Vías Pecuarias, RESUELVE Primero

Segundo Se hace público para general conocimiento que dicho expediente estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sitas en ronda de Atocha, número 17, séptima planta (Madrid).

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Someter al trámite de información pública de un mes, desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el expediente 0235/13 de referencia.

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Tercero

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Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General del Medio Ambiente, en estas dependencias o en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. Madrid, a 4 de octubre de 2013.—El Subdirector General de Recursos Agrarios, PDF (Resolución de 7 de junio de 2013, del Director General del Medio Ambiente), Jesús Carpintero Hervás. (02/7.319/13)

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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 26

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2013, del Director General del Medio Ambiente, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación de las vías pecuarias “Colada del Camino de Alcalá”, “Colada del Camino del Salobral” y otras, en el término municipal de Talamanca de Jarama. Proyecto promovido por “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Examinado el expediente 0295/13 de ocupación temporal de las vías pecuarias “Colada del Camino de Alcalá”, “Colada del Camino del Salobral” y otras, en el término municipal de Talamanca de Jarama, se desprenden los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 16 de mayo de 2013 tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud de autorización de ocupación temporal en terrenos de las vías pecuarias “Colada del Camino de Alcalá”, “Colada del Camino del Salobral” y otras, en el término municipal de Talamanca de Jarama, con el proyecto “Ejecución de instalaciones para la distribución de gas natural”, proyecto promovido por “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La Ley 8/1998, de 15 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias). Segundo Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes. Esta Dirección General del Medio Ambiente, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 28 de septiembre de 2012), y el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43, de 20 de febrero de 2013), y visto el informe del Área de Vías Pecuarias, RESUELVE

Someter al trámite de información pública de un mes, desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el expediente 0295/13 de referencia. Segundo Se hace público para general conocimiento que dicho expediente estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sitas en ronda de Atocha, número 17, séptima planta (Madrid).

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Primero

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Tercero

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Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General del Medio Ambiente, en estas dependencias o en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. Madrid, a 4 de octubre de 2013.—El Subdirector General de Recursos Agrarios, PDF (Resolución de 7 de junio de 2013, del Director General del Medio Ambiente), Jesús Carpintero Hervás. (02/7.320/13)

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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio NUEVO ARPEGIO, S. A. 27

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2013, del Consejero-Delegado de Nuevo ARPEGIO, Sociedad Anónima, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de obras titulado “Urbanización de la calle Jesús y María”, en el municipio de Sevilla la Nueva (Madrid), incluida en el Programa Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de Madrid para el período 2008-2011. Resolución del Viceconsejero de Asuntos Generales de la Vicepresidencia de 29 de agosto de 2012. 1. a) b) c) d) 2. a) b) c) d) e) f) 3. a) b) 4. 5. — — — 6.

Entidad adjudicadora: Organismo: Nuevo ARPEGIO, Sociedad Anónima. Dependencia que tramita el expediente: Nuevo ARPEGIO, Sociedad Anónima. Número de expediente: CA/0811.136.09/01/O. Dirección de Internet del “perfil del contratante”. Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid: http://www.madrid.org/contratospublicos Objeto del contrato: Tipo de contrato: Obras. Descripción del objeto: Ejecución de las obras. CPV: 45000000-7. Acuerdo marco (si procede): No. Sistema dinámico de adquisición (si procede): No. Medio y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en fecha 22 de julio de 2013. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Valor estimado del contrato: 61.776,63 euros, IVA no incluido. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 61.776,63 euros. IVA: 12.973,09 euros. Importe total: 74.749,72 euros. Formalización del contrato:

Fecha de adjudicación: 4 de octubre de 2013. Fecha de formalización del contrato: 14 de octubre de 2013. Contratista: “Virtón, Sociedad Anónima”. Importe de adjudicación: — Importe neto: 45.282,26 euros. — IVA: 9.509,27 euros. — Importe total: 54.791,53 euros. e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Oferta más ventajosa, considerada conforme a los criterios de adjudicación definidos en el apartado 9 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Particulares. Madrid, a 22 de octubre de 2013.—El Consejero-Delegado, Francisco Labayen Latorre. (01/3.333/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad 28

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2013, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” de la convocatoria del contrato, por procedimiento abierto, de «Cesión de local para explotación de Servicio Bancario en el Hospital Clínico “San Carlos” y Centros de Especialidades del Área 7 de Madrid de avenida de Portugal y Modesto Lafuente».

Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: Organismo: Servicio Madrileño de Salud-Hospital Clínico “San Carlos” de Madrid. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación Administrativa. Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Servicio de Contratación Administrativa del Hospital Clínico “San Carlos”. 2) Domicilio: Calle Profesor Martín Lagos, sin número. 3) Localidad y código postal: 28040 Madrid. 4) Teléfono: 913 303 000 (extensión 7201). 5) Telefax: 913 303 062. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid: http://www.madrid.org/contratospublicos 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta las catorce horas del 29 de noviembre de 2013. d) Número de expediente: PA 2013-4-068. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Administrativo especial. b) Descripción: Cesión de local para explotación de Servicio Bancario en el Hospital Clínico “San Carlos” y Centros de Especialidades del Área 7 de Madrid de avenida de Portugal y Modesto Lafuente. c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No procede. d) Lugar de ejecución: Hospital Clínico “San Carlos” de Madrid y Centros de Especialidades. 1) Domicilio: Calle Profesor Martín Lagos, sin número. 2) Localidad y código postal: 28040 Madrid. e) Plazo de ejecución: Cuatro años. f) Admisión de prórroga: Sí. g) CPV: 70332000-7. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No. d) Criterio de adjudicación: Pluralidad de criterios. 4. Valor estimado del contrato: Canon mínimo de 664.800 euros (con prórroga de dos años), IVA excluido + Canon fijo por consumo de energías de 4.000 euros anuales (IVA incluido). 5. Canon mínimo de licitación: — Importe neto: 443.200 euros. — IVA: 93.072 euros. — Importe total: 536.272 euros + 4.000 euros anuales por consumo de energías.

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Garantías exigidas: Provisional: No. Definitiva: 5 por 100 de la base imponible del importe de adjudicación. Requisitos específicos del contratista: Acreditación de la solvencia económica: Artículo 75.1a) y 75.1c) del TRLCSP (punto 5 de cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares). b) Acreditación de la solvencia técnica o profesional: Artículo 78 a) y g) del TRLCSP (punto 5 de cláusula 1). c) Otros requisitos específicos: No. d) Contratos reservados: No. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del 29 de noviembre de 2013. b) Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General del Hospital Clínico “San Carlos”. 2) Domicilio: Profesor Martín Lagos, sin número. 3) Localidad y código postal: 28040 Madrid. 4) Dirección electrónica: [email protected] d) Admisión de variantes: No. e) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses. 9. Apertura de ofertas: Mesa de Contratación del Hospital Clínico “San Carlos”. a) Descripción: Proposiciones técnicas. b) Dirección: Profesor Martín Lagos, sin número, Sala de Juntas de la Dirección en la primera planta del edificio. c) Localidad y código postal: 28040 Madrid. d) Fecha y hora: 17 de diciembre de 2013, a las diez. a) Descripción: Proposiciones económicas. b) Dirección: Profesor Martín Lagos, sin número, Sala de Juntas de la Dirección en la primera planta del edificio. c) Localidad y código postal: 28040 Madrid. d) Fecha y hora: 20 de diciembre de 2013, a las diez. 10. Gastos de publicidad: Máximo 1.500 euros, que serán por cuenta del adjudicatario. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: No procede. 12. Otras informaciones: Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares además de poder ser consultados y retirados en el Servicio de Contratación Administrativa del Hospital, podrán ser descargados del “perfil del contratante”, http://www.madrid.org/ contratospublicos Madrid, a 30 de octubre de 2013.—El Director-Gerente, José Soto Bonel. (01/3.327/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se hace pública la convocatoria de procedimiento abierto mediante criterio precio para la adjudicación del contrato de suministros titulado: Adquisición de un telemando para el Hospital Clínico “San Carlos” de Madrid.

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Sanidad. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General Técnica (Servicio de Contratación). c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Servicio de Contratación. 2) Domicilio: Calle Aduana, número 29, primera planta. 3) Localidad y código postal: 28013 Madrid. 4) Teléfonos: 915 867 139 y 914 265 648. 5) Telefax: 915 867 274. 6) Correo electrónico: ... 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: — http://www.madrid.org/contratospublicos 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta las catorce horas del día 26 de noviembre de 2013. d) Número de expediente: 38/2013 (07-SU-00019.7/2013). 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Suministros. b) Descripción: Suministro, instalación y puesta en funcionamiento, mediante adquisición, de un telemando digital para el Hospital Clínico “San Carlos” de Madrid, cuyas características se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. c) División por lotes y número de lotes: No procede. d) Lugar de ejecución/entrega: Hospital Clínico “San Carlos”, calle Profesor Martín Lagos, sin número, 28040 Madrid. e) Plazo de ejecución/entrega: Desde la fecha de formalización del contrato hasta la recepción, instalación y puesta en funcionamiento, de conformidad con la Administración de la totalidad del equipo, sin que en ningún caso el plazo de ejecución supere el 20 de diciembre de 2013. f) Admisión de prórroga: No. g) Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No procede. h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No procede. i) CPV (referencia de nomenclatura): 33.11.10.00-1. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No procede. d) Criterio de adjudicación: Criterio precio. 4. Valor estimado del contrato (artículo 88 del TRLCSP): 193.000,00 euros (IVA excluido). 5. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 193.000,00 euros. — Importe total: 212.300,00 euros.

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6. — — 7. a) b)

c) d) 8. a) b) c)

d) e)

Garantías exigidas: Provisional: No procede. Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido. Requisitos específicos del contratista: Clasificación (grupo, subgrupo y categoría), en su caso: No procede. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional, en su caso: — Acreditación de la solvencia económica y financiera: Se acreditará con cualquiera de los apartados a) o c) del artículo 75.1 del TRLCSP: a) Criterio de selección: Las empresas deberán presentar informes de instituciones financieras en los que se acredite que existe suficiente solvencia económica y financiera para realizar la prestación del contrato. c) Criterio de selección: Declaración relativa a la cifra de negocios global efectuados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios, de forma que la cifra de negocios global, para el conjunto de los tres últimos años, triplique el presupuesto base de licitación del contrato. — Acreditación de la solvencia técnica: Se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el apartado e) del artículo 77.1 del TRLCSP. e) Criterio de selección: El empresario deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos del equipo ofertado mediante la cumplimentación del formulario que se adjunta relativo a la descripción técnica del equipo, que deberá ser firmado por el apoderado en todas sus hojas. El formulario sin modificar ninguna de sus cuestiones será presentado en doble soporte: Papel (firmado) y digital en el formato original (al menos un archivo se presentará en formato informático “xls”). En el apartado del formulario correspondiente al “resumen de componentes del sistema”, deben quedar claramente definidos todos los elementos que constituyen cada una de las ofertas, entendiéndose que dichos componentes están incluidos en la proposición económica presentada para la oferta. En caso de que alguna especificación técnica pueda no corresponderse exactamente con su valor real (una vez instalado el equipo), en el apartado correspondiente del formulario deberá señalarse su valor con el margen de tolerancia establecido (en ±%). Las diferentes especificaciones técnicas (medidas, valores...) que se solicitan de los equipos en el formulario, deben facilitarse en las unidades que se indican. Estas especificaciones técnicas deberán corresponder a las características que el equipo presentará una vez instalado. Con objeto de facilitar el proceso de análisis y verificación de las cuestiones incluidas en el formulario, se proporcionará la máxima información de los mismos: Catálogos descriptivos, datos técnicos de producto (“Product Data”) de los diferentes componentes y cualquier otra información que permita realizar un completo estudio de las características técnicas de cada uno de los equipos. Otros requisitos específicos: No procede. Contratos reservados: No procede. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del 26 de noviembre de 2013. Modalidad de presentación: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General de la Consejería de Sanidad. 2) Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta baja. 3) Localidad y código postal: 28013 Madrid. Admisión de variantes: No procede. Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Quince días.

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9. Apertura de las ofertas: a) Descripción: Apertura de los sobres que contienen las ofertas económicas. b) Dirección: Calle Aduana, número 29. c) Localidad: 28013 Madrid. d) Fecha y hora: día 29 de noviembre de 2013, a las doce. 10. Gastos de publicidad: Serán por cuenta del adjudicatario hasta un importe máximo de 2.500 euros. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: No procede. 12. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en la forma y con el contenido establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—La Secretaria General Técnica PDF (Resolución 876/2013, de 6 de noviembre), la Subdirectora General de Coordinación Normativa de la Consejería de Sanidad, María Luisa Baró Pazos. (01/3.383/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD 30

RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2013, de la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria, por la que se modifica la fecha de apertura de las ofertas económicas en la convocatoria para la licitación del A. M. Rehabilitación 2013.

El 22 de mayo de 2013 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el anuncio de licitación del Acuerdo Marco para la realización de procedimientos terapéuticos de rehabilitación en la Comunidad de Madrid (referencia: A. M. Rehabilitación 2013). En respuesta al mismo se ha presentado un elevado número de proposiciones, respecto a las cuales debe efectuarse una evaluación técnica (tanto de los requerimientos técnicos, como de los criterios de adjudicación), así como la inspección, por el órgano competente, de los centros donde han de llevarse a cabo los procedimientos quirúrgicos objeto del contrato. La Subdirección General de Evaluación y Control, órgano encargado de llevar a cabo la evaluación técnica de las proposiciones recibidas, a la vista de la complejidad en la realización de la inspección a los centros ofertados y evaluación de los informes correspondientes y de la documentación técnica presentada, ha propuesto una nueva ampliación del plazo para la realización del Informe Técnico, a partir del cual la Mesa de Contratación establecerá la valoración de las licitaciones presentadas. Por todo ello, considerando, que no será posible el cumplimiento del plazo previsto en el artículo 160 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), y visto el Informe 1/2009, de 6 de marzo, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid, en relación a la interpretación de los plazos previstos en los artículos 160 y 161 del TRLCSP, esta Viceconsejería de Asistencia Sanitaria RESUELVE

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Ampliar el plazo establecido para la apertura pública de las ofertas económicas del Acuerdo Marco para la realización de procedimientos terapéuticos de rehabilitación en la Comunidad de Madrid (referencia: A. M. Rehabilitación 2013), quedando la convocatoria pública del expediente como sigue: Apertura de ofertas económicas: a) Dirección: Servicio Madrileño de Salud. Viceconsejería de Asistencia Sanitaria. (Sala 330). Plaza Carlos Trías Bertrán, número 7, 28020 Madrid. b) Fecha: 13 de noviembre de 2013. c) Hora: A las diez. Madrid, a 4 de noviembre de 2013.—La Viceconsejera de Asistencia Sanitaria, PD (Resolución 5/2012, de 1 de marzo de 2012), el Director General de Gestión Económica y de Compras de Productos Sanitarios y Farmacéuticos, Jesús Vidart Anchía. (01/3.347/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID 31

NOTIFICACIÓN de 28 de octubre de 2013, de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, por la que se procede a la publicación de acuerdos de iniciación de expedientes sancionadores en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que se relacionan en Anexo adjunto.

Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento de las personas a continuación reseñadas, en relación a los procedimientos de referencia, que por parte del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expediente en el que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.

Kawtar Benkhourrague. Maestro Bretón, 23, quinto B, 28904 Getafe (Madrid). — AV/13/0000308. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. Miguel Ángel Belda Felipe. Fuentelarra, 14, escalera D, primero C, 28031 Madrid. — AV/13/0000315. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. Ricardo Villarreal Torres. Del Azor, 19, 28596 Brea de Tajo (Madrid). — AV/13/0000357. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. Ilie Vuculescu. Alcalá, 24, bajo A, 28511 Valdilecha (Madrid). — AV/13/0000358. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. Colors Nature Shop, Sociedad Limitada (Tardes Locas). Hileras, 9, local, 28013 Madrid. — AV/13/0000386. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. María Ángeles Lázaro Sáez. Río Mundo, bloque 19-D-segundo, escalera primero derecha, 30006 Murcia. — AV/13/0000397. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. Bogdan Florin Pavel. Milagro, 6, 04860 Olula del Río (Almería). — AV/13/0000401. — Acuerdo de Iniciación, con un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como para propo-

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Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del requerimiento

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ner la práctica de las pruebas que consideren convenientes, de no efectuar alegaciones el Acuerdo de Iniciación del procedimiento podrá ser considerado Propuesta de Resolución. Lo que se comunica a los interesados indicados, a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar el Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid que la publicación íntegra de los Acuerdos de Iniciación podría lesionar los derechos o intereses legítimos de dichos interesados. Los plazos anteriormente indicados se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen convenientes, así como, en su caso, proponer las pruebas que estimen oportunas ante el Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, sito en la calle O’Donnell, número 55, cuarta planta, de Madrid, de lunes a viernes, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, teniendo a su disposición el expediente de referencia en el indicado plazo, en las citadas oficinas. Madrid, a 28 de octubre de 2013.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, Almudena Pérez Hernando. (03/35.312/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA ANTIDROGA DE LA COMUNIDAD DE MADRID 32

NOTIFICACIÓN de 28 de octubre de 2013, de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, por la que se procede a la publicación de Propuestas de Resolución de expedientes sancionadores en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que se relacionan en Anexo adjunto.

Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento de las personas a continuación reseñadas, en relación a los procedimientos de referencia, que por parte del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expediente en el que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.

Criseyda Figueroa Vilorio. Congosto, 7, 28031 Madrid. — AV/12/0000486. — Propuesta de Resolución, con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que tenga por conveniente. Luis Benito Otrino. Monasterio de las Batuecas, 15, escalera F, segundo C, 28049 Madrid. — AV/13/0000178. — Propuesta de Resolución, con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que tenga por conveniente. Teresa Monroy Sánchez. Avenida de la Estación, 6, 28696 Pelayos de la Presa (Madrid). — AV/13/0000222. — Propuesta de Resolución, con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que tenga por conveniente. Lo que se comunica al interesado indicado, a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar el Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid que la publicación íntegra de la Propuesta de Resolución podría lesionar los derechos o intereses legítimos de dicho interesado. Los plazos arriba indicados se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen convenientes, ante el Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, sito en calle O’Donnell, número 55, cuarta planta, de Madrid, teniendo a su disposición el expediente de referencia en el indicado plazo, en las citadas oficinas, de lunes a viernes, en horario comprendido entre las nueve y las catorce. Madrid, a 28 de octubre de 2013.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, Almudena Pérez Hernando. (03/35.311/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARIA RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, de la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la formalización del contrato denominado “Suministro de algodón, celulosa precortada, gasa taponamiento y gasa TNT para los Centros de Atención Primaria”, procedimiento abierto de contratación administrativa PA SUM 10-2013 GAP. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Gerencia de Atención Primaria. b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación Administrativa. c) Número de expediente: PA SUM 10-2013 GAP. d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: — www.madrid.org/contratospublicos 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Suministro. b) Descripción: Suministro de algodón, celulosa precortada, gasa taponamiento y gasa TNT para los Centros de Atención Primaria. c) División en lotes y número: Sí, 7 lotes. d) Referencia de nomenclatura CPV: 33141110-4. e) Medio de publicación del anuncio de licitación: “Diario Oficial de la Unión Europea”, “Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. f) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 4 de junio de 2013, 19 de junio de 2013 y 19 de junio de 2013 respectivamente. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto criterio precio. 4. Valor estimado del contrato: 1.564.456,00 euros. 5. Presupuesto base de licitación: – Importe neto: 782.228,00 euros. – Importe total: 860.450,80 euros. 6. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación: 23 de agosto de 2013. b) Fecha de formalización: 16 de septiembre de 2013. c) Contratistas: — “Bastos Medical, Sociedad Limitada”, NIF B-61566006, lote 7. • Importe neto: 2.360,00 euros. • Importe total: 2.596,00 euros. — “Dispomedis, Sociedad Limitada”, NIF B-83720029, lote 5. • Importe neto: 103.700,00 euros. • Importe total: 114.070,00 euros. — “Garric Médica, Sociedad Limitada”, NIF B-80196934, lote 6. • Importe neto: 19.375,00 euros. • Importe total: 21.312,50 euros.

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— “Gaspunt Sociedad, Anónima”, NIF A-25017666, lote 2. • Importe neto: 137.600,00 euros. • Importe total: 151.360,00 euros. — “Laboratorios Indas, Sociedad Anónima Unipersonal”, NIF A-45002516, lote 3. • Importe neto: 57.800,00 euros. • Importe total: 63.580,00 euros. — “Tenorio Gómez, Sociedad Anónima”, NIF A-45012051, lotes 1 y 4. • Importe neto: 324.300,00 euros. • Importe total: 356.730,00 euros. d) Ventajas de la oferta adjudicataria: Las ofertas de los adjudicatarios han sido seleccionadas como las más ventajosas, mediante la aplicación de los criterios objetivos que figuran en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. e) No hay lotes desiertos. Madrid, a 21 de octubre de 2013.—El Gerente de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, Antonio Alemany López. (03/34.723/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad GERENCIA DE ATENCIÓN PRIMARIA RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, de la Gerencia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la formalización del contrato denominado “Suministro de agujas, catéteres, jeringas, incisión y sistemas suero para los Centros de Atención Primaria”, procedimiento abierto de contratación administrativa PA SUM 11-2013 GAP. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Gerencia de Atención Primaria. b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación Administrativa. c) Número de expediente: PA SUM 11-2013 GAP. d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: www.madrid.org/contratospublicos 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Suministro. b) Descripción: Suministro de agujas, catéteres, jeringas, incisión y sistemas suero para los Centros de Atención Primaria. c) División en lotes y número: Sí, 49 lotes. d) Referencia de nomenclatura CPV: 33141320-9, 33141411-4, 33141310-6 y 33141000-0. e) Medio de publicación del anuncio de licitación: “Diario Oficial de la Unión Europea”, “Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. f) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 11 de junio de 2013, 1 de julio de 2013 y 19 de junio de 2013, respectivamente. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto criterio precio. 4. Valor estimado del contrato: 717.051,00 euros. 5. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 358.825,50 euros. — Importe total: 394.378,05 euros. 6. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación: 12 de septiembre de 2013. b) Fecha de formalización: 4 de octubre de 2013. c) Contratistas: — “B. Braun Medical, Sociedad Anónima”, NIF A-08092744, lotes 6 y 7. • Importe neto: 7.700,00 euros. • Importe total: 8.470,00 euros. — “Becton Dickinson, Sociedad Anónima”, NIF A-50140706, lotes 5, 8, 9, 10 y 13. • Importe neto: 110.785,50 euros. • Importe total: 121.864,05 euros. — “Helianthus Medical, Sociedad Limitada”, NIF B-81933830, lote 45. • Importe neto: 1.980,00 euros. • Importe total: 2.178,00 euros.

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— “Iht Medical, Sociedad Anónima”, NIF A-59077941, lote 48. • Importe neto: 940,00 euros. • Importe total: 1.034,00 euros. — “Krape, Sociedad Anónima”, NIF A-28329704, lotes 38, 40, 42 y 49. • Importe neto: 26.755,20 euros. • Importe total: 29.430,72 euros. — “Laboratorios Macrimasa Pharma, Sociedad Anónima”, NIF A-17869090, lotes 17, 18, 19, 20 y 21. • Importe neto: 19.350,00 euros. • Importe total: 21.285,00 euros. — “Leleman, Sociedad Limitada”, NIF B-46193827, lotes 11 y 12. • Importe neto: 6.398,00 euros. • Importe total: 7.037,80 euros. — “Libcom Ibérica, Sociedad Anónima”, NIF A-28564490, lotes 29 y 37. • Importe neto: 6.497,00 euros. • Importe total: 7.146,70 euros. — “Medical Mix, Sociedad Limitada”, NIF B-62447727, lotes 22, 23, 46 y 47. • Importe neto: 41.320,00 euros. • Importe total: 45.452,00 euros. — “Monlab, Sociedad Limitada”, NIF B-25039850, lote 39. • Importe neto: 2.100,00 euros. • Importe total: 2.310,00 euros. — “Nacatur 2 España, Sociedad Limitada”, NIF B-98011505, lotes 1, 2, 3, 4, 41, 43 y 44. • Importe neto: 34.777,80 euros. • Importe total: 38.255,58 euros. — “Novico Médica, Sociedad Anónima”, NIF A-60921400, lote 28. • Importe neto: 2.352,00 euros. • Importe total: 2.587,20 euros. — “Sendal, Sociedad Anónima”, NIF A-10048700, lote 30. • Importe neto: 7.700,00 euros. • Importe total: 8.470,00 euros. d) Ventajas de la oferta adjudicataria: Las ofertas de los adjudicatarios han sido seleccionadas como las más ventajosas, mediante la aplicación de los criterios objetivos que figuran en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. e) Los lotes 14, 15, 16, 24, 25, 26, 27, 31, 32, 33, 34, 35 y 36 quedan desiertos. Madrid, a 21 de octubre de 2013.—El Gerente de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, Antonio Jesús Alemany López. (03/34.724/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad HOSPITAL UNIVERSITARIO “SANTA CRISTINA” 35

1. a) b) c)

d) 2. a) b) c)

d) e) f) g) h) 3. a) b) c) d) 4. 5.

Entidad adjudicadora: Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Universitario “Santa Cristina”. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Suministros. Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Hospital Universitario “Santa Cristina”. 2) Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2. 3) Localidad y código postal: 28009 Madrid. 4) Teléfono: 915 574 458. 5) Telefax: 915 574 459. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: 28 de noviembre de 2013. Número de expediente: SC11/13. Objeto del contrato: Tipo: Suministros. Descripción del objeto: Adquisición de reactivos necesarios para la realización de determinaciones de virus papiloma humano por técnicas de amplificación de ácidos nucleicos. División por lotes y número: No. Lugar de ejecución/entrega: Hospital Universitario “Santa Cristina”. 1) Domicilio: Calle Maestro Vives, números 2 y 3 2) Localidad y código postal: 28009 Madrid. Plazo de ejecución/entrega: Doce meses. Admisión de prórroga: Sí. Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No. Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No. CPV (referencia de nomenclatura): 33696500-0. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Subasta electrónica: No. Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios. Valor estimado del contrato: 76.560,00 euros. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 69.600,00 euros. 6.960,00 euros. Importe total: 76.650,00 euros.

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RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Santa Cristina”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato de “Procedimiento abierto de suministros a adjudicar mediante pluralidad de criterios (expediente número SC11/13. Adquisición de reactivos necesarios para la realización de determinaciones de virus papiloma humano por técnicas de amplificación de ácidos nucleicos)”.

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6. Garantías exigidas: — Provisional: No. — Definitiva: 5 por 100 del importe de licitación, IVA excluido, por tratarse de un contrato cuya cuantía se determina en función de precios unitarios. 7. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría): No procede. b) Solvencia económica y financiera: Ver punto 5 del capítulo primero de la cláusula I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Solvencia técnica y profesional: Ver punto 5 del capítulo primero de la cláusula I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Otros requisitos específicos: No. d) Contratos reservados: No. 8. Presentación de las ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 28 de noviembre de 2013. b) Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Hospital Universitario “Santa Cristina”. Registro General. 2) Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2, tercera planta. 3) Localidad y código postal: 28009 Madrid. 4) Dirección electrónica: http://www.madrid.org/contratospublicos d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No procede. e) Admisión de variante: No procede. f) Plazo máximo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Proposiciones técnicas. b) Dirección: Calle Maestro Vives, número 2. c) Localidad y código postal: 28009 Madrid. d) Fecha y hora: 10 de diciembre de 2013. Hora: A las diez y treinta. a) Descripción: Proposiciones económicas. b) Dirección: Calle Maestro Vives, número 2. c) Localidad y código postal: 28009 Madrid. d) Fecha y hora: 19 de diciembre de 2013. Hora: A las diez y treinta. 10. Gastos de publicidad: Importe máximo, 1.000 euros. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: ... 12. Otras informaciones: No procede. Madrid, a 5 de noviembre de 2013.—La Directora-Gerente del Hospital Universitario “Santa Cristina”, Rosa Ramos Pérez. (01/3.344/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad HOSPITAL UNIVERSITARIO DE FUENLABRADA 36

1. a) b) c)

d) e) 2. a) b) c) d)

e) f) g) h) i) 3. a) b) c) d) 4. 1) 2)

Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: Organismo: Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada. Dependencia que tramita los expedientes: Área de Suministros. Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada. 2) Domicilio: Camino del Molino, número 2. 3) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada. 4) Teléfonos: 916 006 098, 916 006 099 y 916 006 732. 5) Fax: 916 006 712. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). Fecha límite de obtención de documentación e información: 9 de diciembre de 2013, a las catorce horas. Número de expediente: 1) PA SUM 13-028 y 2) PA SUM 13-029. Objeto del contrato: Tipo: Contrato de suministros. Descripción del objeto: 1) “Suministro de fungible de artroscopia para el Servicio de Traumatología” y 2) “Suministro de kits para obstrucción tubárica permanente por vía histeroscópica”. División por lotes y número de lotes/número de unidades: Ver Pliegos de Condiciones. Lugar de ejecución/entrega: Hospital Universitario de Fuenlabrada. 1) Domicilio: Camino del Molino, número 2. 2) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada. Plazo de ejecución/entrega: Veinticuatro meses. Admisión de prórroga: Sí. Plazo incluida la prórroga: Cuarenta y ocho meses. Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No. Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No. CPV (referencia de nomenclatura): 1) 33180000-5 y 2) 33141200-2. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Subasta electrónica: No. Criterios de adjudicación: Varios. Valor estimado del contrato IVA excluido: 1.127.113,13 euros. 314.340,00 euros.

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RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria de los contratos para: 1) “Suministro de fungible de artroscopia para el Servicio de Traumatología” y 2) “Suministro de kits para obstrucción tubárica permanente por vía histeroscópica”.

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Presupuesto base de licitación IVA excluido: 433.505,05 euros. 120.900,00 euros. Garantías exigidas: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Solvencia económica y financiera: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Solvencia técnica y profesional: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Otros requisitos específicos: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. d) Contratos reservados: No. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 9 de diciembre de 2013, a las catorce horas. b) Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General planta primera del Hospital Universitario de Fuenlabrada. 2) Domicilio: Camino del Molino, número 2. 3) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada (Madrid). 4) Dirección electrónica: http://www.madrid.org/contratospublicos d) Admisión de variante económica procede: Sí. e) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses contados a partir de la apertura de las proposiciones. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Documentación relativa a criterios que dependen de un juicio de valor. b) Dirección: Camino del Molino, número 2. c) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada (Madrid). d) Fecha y hora: Se informará a los licitadores a través de la página web del Hospital (www.hospitaldefuenlabra.org). a) Descripción: Criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas y proposiciones económicas. b) Dirección: Camino del Molino, número 2. c) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada (Madrid). d) Fecha y hora: 9 de enero de 2014, a las once. 10. Gastos de publicidad: El importe de los gastos de publicidad serán por cuenta del adjudicatario. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: Se enviará este anuncio el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Fuenlabrada, a 23 de octubre de 2013.—Manuel de la Puente Andrés (firmado). (01/3.291/13)

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5. 1) 2) 6. 7. a) b)

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1. a) b) c)

d) 2. a) b) c) d)

e) f) g) h) i) 3. a) b) c) d) 4. 5. 6. 7. a) b)

Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: Organismo: Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada. Dependencia que tramita los expedientes: Área de Suministros. Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada. 2) Domicilio: Camino del Molino, número 2. 3) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada. 4) Teléfonos: 916 006 098-916 006 142. 5) Fax: 916 006 712. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid: http://www.madrid.org/contratospublicos 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a las catorce horas. Número de expediente: PA SUM 13-030. Objeto del contrato: Tipo: Contrato de suministros. Descripción del objeto: Suministro de filtro para sistema de evacuación de humo quirúrgico. División por lotes y número de lotes/número de unidades: Ver Pliegos de Condiciones. Lugar de ejecución/entrega: Hospital Universitario de Fuenlabrada. 1) Domicilio: Camino del Molino, número 2. 2) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada. Plazo de ejecución/entrega: Veinticuatro meses. Admisión de prórroga: Sí. Plazo incluida la prórroga: Cuarenta y ocho meses. Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No. Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No. CPV (referencia de nomenclatura): 33141000-0. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Subasta electrónica: No. Criterios de adjudicación: Precio. Valor estimado del contrato IVA excluido: 181.440,00 euros. Presupuesto base de licitación: 75.600,00 euros. Garantías exigidas: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Solvencia económica y financiera: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.

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RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato para el “Suministro de filtro para sistema de evacuación de humo quirúrgico” para el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada.

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Solvencia técnica y profesional: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Otros requisitos específicos: Ver Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. d) Contratos reservados: No. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a las catorce horas. b) Modalidad de presentación. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General, planta primera, del Hospital Universitario de Fuenlabrada. 2) Domicilio: Camino del Molino, número 2. 3) Localidad y Código postal: 28942 Fuenlabrada (Madrid). 4) Dirección electrónica: http://www.madrid.org/contratospublicos d) Admisión de variante, si procede: No. e) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses contados a partir de la apertura de las proposiciones. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Apertura de proposiciones económicas. b) Dirección: Camino del Molino, número 2. c) Localidad y código postal: 28942 Fuenlabrada (Madrid). d) Fecha y hora: Primer día hábil después de transcurridos treinta días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a las once. 10. Gastos de publicidad: El importe de los gastos de publicidad serán por cuenta del adjudicatario. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: No procede. Fuenlabrada, a 23 de octubre de 2013.—El Director-Gerente del Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, Manuel de la Puente Andrés. (01/3.349/13)

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D) Anuncios Consejería de Sanidad HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE 38

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2013, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de “Diverso material de anatomía patológica y productos químicos”. Entidad adjudicataria: a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud-Hospital Universitario de Getafe. b) Dependencia que tramita los expedientes: Servicio de Contratación del Hospital Universitario de Getafe. c) Número de expediente: PAPC 2013-1-26. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: Suministro. b) Descripción del objeto: (PRQ) Diverso material de anatomía patológica y productos químicos. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. Artículo y apartado: 150, 157 y 161 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Presupuesto base de licitación: 55.015,60 euros, desglosado de la siguiente manera: — Base imponible: 48.498,31 euros. — IVA: 6.517,29 euros. — Valor estimado: 116.395,94 euros. Formalización de contrato: a) Fecha de adjudicación: 18 de julio de 2013. b) Fecha de formalización del contrato: 29 de julio de 2013. c) Contratistas e importes de adjudicación: BASE IMPONIBLE (€)

1 2, 7, 8 y 10 3 4, 5, 6, 14 y 16

231,00 9.780,68 540,00 4.355,53

9 y 11 12 13, 17 y 18

12.218,18 4.400,00 5.188,50

15 y 19

IVA (€)

IMPORTE TOTAL (€)

ADJUDICATARIO

48,51 279,51 FRANCISCO SORIA MELGUIZO, S.A. 1.390,57 11.171,25 INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, S.A. 113,40 653,40 DISTRIBUCIONES CLÍNICAS, S.A. 627,55 4.983,08 CASA ÁLVAREZ MATERIAL CIENTÍFICO, S.A. 1.221,82 13.440,00 GRUPO TAPER, S.A. 440,00 4.840,00 OLYMPUS IBERIA,SAU 962,86 6.151,36 VWR INTERNATIONAL EUROLAB, S.L. DESIERTOS

N.I.F. ADJUDICATARIO

A28171601 A46245304 A28838704 A28011526 A78980273 A08214157 B08362089

d) Motivación de la adjudicación: Se debe a que ha tenido la puntuación más elevada tras la valoración técnica efectuada y la oferta económica presentada. En Getafe, a 4 de septiembre de 2013.—El Director Gerente, Carlos Villoria López. (03/34.722/13)

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D) Anuncios Consejería de Asuntos Sociales RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2013, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria del contrato de servicios, denominado «Gestión del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (Residencia y Centro de Día) “Las Vegas”, de Ciempozuelos (Madrid)». 1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: a) Organismo: Consejería de Asuntos Sociales. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación de la Secretaría General Técnica. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Área de Contratación. 2) Domicilio: Calle O’Donnell, número 50. 3) Localidad y código postal: 28009 Madrid. 4) Teléfonos: — Información Pliego Administrativo: 913 925 479, Área de Contratación. — Información Pliego Técnico: 915 803 113, Subdirección General de Gestión y Control de Centros. 5) Telefax: 913 925 490. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el apartado 8.a). d) Número de expediente: 071/2013. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Servicios. b) Descripción: La gestión del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (Residencia y Centro de Día) “Las Vegas”, de Ciempozuelos (Madrid). c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No procede. d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad de Madrid. e) Plazo de ejecución/entrega: Tres años. f) Admisión de prórroga: Sí. Plazo, incluida la prórroga: Máximo de seis años. g) Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No. h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No. i) CPV (referencia de nomenclatura): 85311000-2. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No. d) Criterios de adjudicación: Pluralidad criterios. 4. Valor estimado del contrato: 11.074.293,97 euros. 5. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 5.273.473,32 euros. — Importe total: 5.484.412,25 euros. 6. Garantías exigidas: — Provisional: No procede. — Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.

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7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional (en su caso): Se acreditará de acuerdo con el apartado 5 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del decimoquinto día natural siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si coincidiese con día sábado o festivo, se admitirán las proposiciones hasta el siguiente día hábil. b) Modalidad de presentación: De conformidad con el artículo 80.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General de la Consejería de Asuntos Sociales, de nueve a catorce horas. 2) Domicilio: O’Donnell, número 50, planta baja. 3) Localidad y código postal: 28009 Madrid. d) Admisión de variantes: No. e) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Tres meses a contar desde la fecha de recepción de ofertas. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Apertura de los sobres que contienen la oferta económica y los criterios de adjudicación valorables de forma automática. b) Dirección: Calle O’Donnell, número 50 (Salón de Actos, sótano). c) Localidad y código postal: 28009 Madrid. d) Fecha y hora: A las diez y treinta del octavo día natural siguiente a la fecha límite de presentación de ofertas. Si este día fuese sábado o festivo, se trasladará al siguiente día hábil. 10. Gastos de publicidad: Los gastos de los anuncios serán de cuenta de los adjudicatarios. 11. Otras informaciones: La documentación a presentar se distribuirá en tres sobres; sobre número 1, “Documentación administrativa”; sobre número 2, “Criterios de adjudicación valorables de forma automática” y sobre número 3, “Proposición económica”. Las entidades adjudicatarias estarán sometidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 228.bis del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Hágase público para general conocimiento. Madrid, a 28 de octubre de 2013.—La Secretaria General Técnica, Rosario Jiménez Santiago. (01/3.351/13)

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D) Anuncios Consejería de Asuntos Sociales RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación, en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet, de la convocatoria del contrato de servicios denominado «Gestión del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (Residencia y Centro de Día) “Villaverde Alzheimer” de Madrid». 1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de información: a) Organismo: Consejería de Asuntos Sociales. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación de la Secretaría General Técnica. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Área de Contratación. 2) Domicilio: Calle O’Donnell, número 50. 3) Localidad y código postal: 28009 Madrid. 4) Teléfonos: — Información Pliego Administrativo: 913 925 479, Área de Contratación. — Información Pliego Técnico: 915 803 113, Subdirección General de Gestión y Control de Centros. 5) Telefax: 913 925 490. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: Durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el apartado 8.a). d) Número de expediente: 121/2013. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Servicios. b) Descripción: El servicio para la gestión del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (Residencia y Centro de Día) “Villaverde Alzheimer” de Madrid. c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No procede. d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad de Madrid. e) Plazo de ejecución/entrega: Tres años. f) Admisión de prórroga: Sí. Plazo, incluida la prórroga: Máximo de seis años. g) Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): No. h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso): No. i) CPV (referencia de nomenclatura): 85311000-2. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No. d) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios. 4. Valor estimado del contrato: 10.273.824,54 euros (IVA excluido). 5. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 4.892.297,40 euros. — Importe total: 5.087.989,29 euros.

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6. Garantías exigidas: — Provisional: 1 por 100 del presupuesto de licitación del contrato, IVA excluido, 48.922,97 euros. — Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido. 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: Se acreditará de acuerdo con el apartado 5 de la cláusula I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del decimoquinto día natural siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si coincidiese con día sábado o festivo, se admitirán las proposiciones hasta el siguiente día hábil. b) Modalidad de presentación: De conformidad con el artículo 80.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. Licitación electrónica: No. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General de la Consejería de Asuntos Sociales, de nueve a catorce horas. 2) Domicilio: O’Donnell, número 50, planta baja. 3) Localidad y código postal: 28009 Madrid. d) Admisión de variantes: No. e) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Tres meses a contar desde la fecha de recepción de ofertas. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: Apertura de los sobres que contienen la oferta económica y los criterios de adjudicación valorables de forma automática. b) Dirección: Calle O’Donnell, número 50 (Salón de Actos, sótano). c) Localidad y código postal: 28009 Madrid. d) Fecha y hora: A las diez y treinta del octavo día natural siguiente a la fecha límite de presentación de ofertas. Si este día fuese sábado o festivo, se trasladará al siguiente día hábil. 10. Gastos de publicidad: Los gastos de los anuncios serán de cuenta de los adjudicatarios. 11. Otras informaciones: La documentación a presentar se distribuirá en tres sobres; sobre número 1, “Documentación administrativa”; sobre número 2, “Documentación técnica” y sobre número 3 “Proposición económica”. Las entidades adjudicatarias estarán sometidas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 228.bis del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Madrid, a 28 de octubre de 2013.—La Secretaria General Técnica (firmado). (01/3.352/13)

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D) Anuncios Consejería de Asuntos Sociales 41

NOTIFICACIONES de 17 de octubre de 2013, de las Resoluciones adoptadas por la Comisión de Tutela del Menor a los interesados.

A fin de notificar las Resoluciones adoptadas por la Comisión de Tutela del Menor y no pudiendo ser hallados en los domicilios conocidos de los padres y/o las madres del/de los menor/es, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la notificación a los interesados que se relacionan a continuación, poniendo de manifiesto que tienen a su disposición el texto íntegro de la Resolución en la sede de la Comisión, zona Acción Tutelar, calle Mar Caspio, número 8, 28033 Madrid.

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Interesado. — Expediente. — Fecha Petronila de Jesús Aguirre Rueda. — TU-1364/12. — 20 de septiembre de 2013. Azdra Sejdic. — TU-1095/2013. — 23 de septiembre de 2013. Madrid, a 17 de octubre de 2013. (03/36.009/13)

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D) Anuncios Consejería de Asuntos Sociales 42

NOTIFICACIÓN de 23 de octubre de 2013, de Acuerdos de la Comisión de Tutela del Menor de diferentes fechas.

A fin de notificar los Acuerdos tomados en sesiones de la Comisión de Tutela del Menor de diferentes fechas, y no pudiendo ser hallados los domicilios conocidos de los padres/madres de los menores, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la notificación de dichos Acuerdos de la Comisión, poniendo de manifiesto a los citados que tienen a su disposición el texto íntegro del mismo en la sede de la Comisión, Gran Vía, número 14, de Madrid.

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Expediente. — Interesado. — Fecha Acuerdo TU-1520/12 y TU-16/13. — Stefanie Rose Requieron. — 2 de octubre de 2013. TU-1612/11. — Yahira Linsay Trujillo Escobar. — 18 de septiembre de 2013. TU-1038/12. — Mercedes Hurtado Soto y Miguel Ángel Martín Portero. — 11 de septiembre de 2013. TU-1396/11. — Mahjouba Batouch. — 11 de septiembre de 2013. TU-857/13. — Manuel Domínguez Mancera. — 9 de octubre de 2013. TU-33/13. — María del Pilar Boacho Eribo. — 18 de septiembre de 2013. TU-1282/05. — Edith Melida Sánchez Ríos. — 18 de septiembre de 2013. TU-31/10. — Gloria Limón Liñán. — 18 de septiembre de 2013. TU-1619-20/12. — Isabela Ramona Ungurici. — 25 de septiembre de 2013. TU-531/13. — Karima el Hanouni. — 18 de septiembre de 2013. TU-731/10. — Jacinta Mallon Díaz. — 11 de septiembre de 2013. TU-47-8/04. — Luís Mínguez Esteban. — 9 de octubre de 2013. TU-385/13. — Iyore Emmanuel. — 9 de octubre de 2013. TU-688/09. — Velentín Asumu. — 9 de octubre de 2013. TU-1911-2/04. — Juan Carlos Merino Panizo. — 9 de octubre de 2013. TU-1800/10. — Abdelkhalek el Ayadi. — 9 de octubre 2013. TU-52611. — Alejandrina Irene Pascal Rivera. — 18 de septiembre de 2013. TU-526/11. — Edgar Roberto Chamba Chamba. — 18 de septiembre 2013. TU-1619/12. — Adela Camelia Dumitru. — 25 de septiembre de 2013. TU-627/13. — Mari Luz Ospina Muñoz. — 2 de octubre de 2013. TU-1251. — Abraham Mfoumbong. — 18 de septiembre de 2013. TU-676/09. — Raquel Lea Blanco. — 25 de septiembre 2013. TU-1282. — Wilfredo Neyra González. — 18 de septiembre de 2013. TU-963-4/10. — Yushara Busian Mohamed. — 2 de octubre 2013. TU-1417/10. — Elida Preda y Ilie Varzaru. — 25 de septiembre de 2013. TU-1890/06. — Andrea Núñez González. — 9 de octubre de 2013. TU-1157/05. — Hayat Ouali el Outmani. — 16 de octubre de 2013. TU-2057/08. — Raúl Soledispa Loor. — 16 de octubre de 2013. Madrid, a 23 de octubre de 2013. (03/36.010/13)

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D) Anuncios Consejería de Asuntos Sociales ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MADRILEÑO DE LA FAMILIA Y EL MENOR RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2013, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, por la que se hace pública convocatoria por procedimiento abierto, mediante el criterio precio, para la adjudicación del contrato de servicios “Vigilancia y seguridad en residencias infantiles y en la sede del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor durante el año 2014”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Instituto Madrileño de la Familia y el Menor. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación y Asuntos Generales (IMFM). c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Instituto Madrileño de la Familia y el Menor. Área de Contratación y Asuntos Generales. 2) Domicilio: Gran Vía, número 14, segunda planta. 3) Localidad y código postal: 28013 Madrid. 4) Teléfonos: 915 804 243 (Información Técnica) y 915 804 556 (Información Administrativa). 5) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: http://www.madrid.org/contratospublicos 6) Fecha límite de obtención de documentación e información: Coincide con el plazo de presentación de proposiciones. d) Número de expediente: 940/99-01/14 (08-AT-33.6/2013). 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Servicios. b) Descripción del objeto: «Servicio de vigilancia y seguridad no armada de personas, instalaciones y bienes en la sede del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, así como en algunas de las residencias adscritas al mismo (“Arganda del Rey”, “Casa de los Niños”, “Chamberí”, “El Encinar”, “El Valle”, “Hortaleza”, “Isabel de Castilla”, “Isabel Clara Eugenia”, “Las Acacias”, “Las Rosas”, “Leganés”, “Manzanares”, “Nuestra Señora de Lourdes” y “Picón de Jarama”)». c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No. d) Lugar de ejecución/entrega: El servicio se prestará en la sede del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor, Gran Vía, número 14, y Gran Vía, número 12, plantas tercera derecha y sexta derecha, 28013 Madrid, así como en las siguientes residencias infantiles: — “Arganda del Rey”, sita en la avenida del Instituto, número 30, 28500 Arganda del Rey. — “Casa de los Niños”, sita en la carretera de Colmenar, kilómetro 12,800, 28049 Madrid. — “Chamberí”, sita en la calle Fernández de los Ríos, número 37, 28015 Madrid. — “El Encinar”, sita en la calle Estrecho de Mesina, número 1, 28043 Madrid. — “El Valle”, sita en la avenida del Valle, número 22, 28033 Madrid. — “Hortaleza”, sita en la calle Valdetorres de Jarama, número 1, 28043 Madrid. — “Isabel de Castilla”, sita en la calle Sierra de Palomeras, número 12, 28031 Madrid. — “Isabel Clara Eugenia”, sita en la calle Mar Caspio, número 8, 28033 Madrid. — “Las Acacias”, sita en la calle General Ricardos, número 177, 28031 Madrid. — “Las Rosas”, sita en la avenida de Guadalajara, número 69, 28032 Madrid.

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e) f) g) 3. a) b) 4. 5. — — — 5. — — 7. — —

8. a)

b)

— “Leganés”, sita en la calle Maestro, número 21, 28014 Leganés. — “Manzanares”, sita en la calle Arturo Soria, número 124, 28043 Madrid. — “Nuestra Señora de Lourdes”, sita en la calle Herrador, número 2, 28850 Torrelodones. — “Picón del Jarama”, sita en la calle Santa Ana, número 29, 28860 Paracuellos del Jarama. Plazo de ejecución/entrega: Desde el día 31 de enero o desde el día siguiente a la formalización del contrato, si esta es posterior a esa fecha, hasta el 31 de diciembre de 2014. Admisión de prórroga: Sí. Duración máxima del contrato, incluidas las prórrogas, dos años. CPV: 79713000-5. Servicios de guardias de seguridad. Tramitación y procedimiento: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto mediante el criterio precio. Valor estimado del contrato: 3.896.344,14 euros. Presupuesto base de licitación: Importe/hora, IVA excluido: 12,82 euros. Base imponible: 1.948.172,07 euros, IVA excluido. Importe total: 2.357.288,20 euros, IVA incluido. Garantías exigidas: Garantía provisional: No procede. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido). Requisitos específicos del contratista: Empresas españolas y extranjeras no comunitarias: • Clasificación: Grupo M, Subgrupo 2, Categoría D. Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional: – Acreditación de la solvencia económica y financiera. Criterio de selección: Los licitadores deberán aportar un informe de instituciones financieras que justifique que tienen una liquidez, saldo medio en cuentas o capacidad de endeudamiento por un importe mínimo equivalente al 10 por 100 del presupuesto de licitación del contrato, IVA excluido (194.817,21 euros). – Acreditación de la solvencia técnica o profesional. Criterio de selección: Los licitadores deberán presentar una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, cuyo objeto sea la vigilancia y seguridad en residencias infantiles o centros de menores, de los que, al menos, uno de esos contratos sea por importe de 1.200.000 euros por anualidad, firmada por su representante legal, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Esta relación deberá ir acompañada de la acreditación de los servicios o trabajos efectuados que se incluyan en la misma, al menos, para el servicio cuyo importe ascienda a 1.200.000 euros por anualidad, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: Fecha límite de presentación: Quince días naturales, a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si este fuese sábado, domingo o festivo, se admitirán las proposiciones el día siguiente día hábil. Modalidad de presentación: De conformidad con el artículo 80.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.

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La documentación a presentar será la exigida en el capítulo tercero del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF, así como número de teléfono y fax. El número y denominación de los sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Instituto Madrileño de la Familia y el Menor. Registro. 2) Domicilio: Gran Vía, número 14, planta baja. 3) Localidad y código postal: 28013 Madrid. 4) Horario: De nueve a catorce. 5) Dirección electrónica: http://www.madrid.org/contratospublicos d) Admisión de variantes: No procede. e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Quince días. 9. Apertura de las ofertas: a) Descripción: Apertura sobres de las ofertas. b) Dirección: Gran Vía, número 14, planta baja (Salón de actos). c) Localidad y código postal: 28013 Madrid. d) Fecha y hora: La fecha de apertura de los sobres que contienen las ofertas tendrán lugar a las diez horas del séptimo día natural siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones. Si este fuese sábado, domingo o festivo, se trasladará al siguiente día hábil. 10. Gastos de publicidad: Los gastos de los anuncios serán de cuenta del adjudicatario. En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.—La Directora-Gerente del IMFM, María José Barrero García. (01/3.329/13)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios Consejería de Empleo, Turismo y Cultura RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de «Mantenimiento integral de los edificios de la Biblioteca Regional “Joaquín Leguina” y el Depósito Legal».

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación de la Secretaría General Técnica. c) Número de expediente: C-802/001-13 (09-AT-00017.7/2013). d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: Servicios. b) Descripción del objeto: Mantenimiento integral de los edificios de la Biblioteca Regional “Joaquín Leguina” y el Depósito Legal. c) Lotes: No. d) CPV: 50700000-2. e) Acuerdo marco (si procede): No. f) Sistema dinámico de adquisición (si procede): No. g) Medio y fecha de publicación del anuncio de licitación: — “Diario Oficial de la Unión Europea”: 8 de mayo de 2013. — “Boletín Oficial del Estado”: 21 de mayo de 2013. — BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: 20 de mayo de 2013. — “Perfil del contratante”: 20 de mayo de 2013. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto con criterio precio. 4. Valor estimado del contrato: 321.920,00 euros. 5. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 160.960,00 euros. — IVA: 33.801,60 euros — Importe total: 194.761,60 euros. 6. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación: 5 de septiembre de 2013. b) Fecha de formalización del contrato: 1 de octubre de 2013. c) Contratista: “Albarz Hispania, Sociedad Limitada”. d) Importe de adjudicación: — Importe neto: 103.336,32 euros. — IVA: 21.700,63 euros. — Importe total: 125.036,95 euros. e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Ser la oferta económicamente más ventajosa. Madrid, a 22 de octubre de 2013.—El Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, Alfonso Moreno Gómez. (03/34.761/13)

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios Consejería de Empleo, Turismo y Cultura 45

NOTIFICACIÓN de 2 de octubre de 2013, de inicio del procedimiento de revocación del título-licencia y plazo de alegaciones a “Factor Ocio, Sociedad Limitada”.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la empresa reseñada por parte de esta Comunidad Autónoma, Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, de la siguiente notificación:

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Notificado. — Último domicilio conocido. — Disposición legal aplicable. — Objeto de la notificación Factor Ocio, Sociedad Limitada. — Juan Álvarez Mendizábal, 34, quinto, de Madrid. — Artículos 10 y 11.f) del Decreto 99/1996, de 27 de junio, y artículo 21 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo. — Inicio de procedimiento de revocación de título-licencia, CICMA número 2339. Lo que se realiza en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Se abre un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones contra dicho inicio. El expediente de referencia se encuentra a disposición de la interesada en las dependencias de esta Consejería, Subdirección General de Competitividad Turística, Gran Vía, número 43, tercera planta, de Madrid. Madrid, a 2 de octubre de 2013.—El Director General de Turismo, Joaquín Castillo Dolagaray. (03/34.718/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 46

MADRID ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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El artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 2011 establece que la Administración Municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la Inspección Técnica de Edificios que se expondrá al público durante treinta días dentro del último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de Inspección Técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado se ha elaborado un padrón de los edificios y construcciones cuyos propietarios están obligados a acreditar la realización de la Inspección Técnica de Edificios en el año 2014, por haber sido construidos o reestructurados en el año 1983, o por ser edificios construidos entre los años 1953 y 1958, no incluidos en el Catálogo de Edificios Protegidos con niveles 1, 2 o 3, ni enclavados en el Centro Histórico, ni en los Cascos Históricos Periféricos, y deber realizarla cada diez años, a contar desde 2004, año de la primera obligación, de conformidad con los artículos 16 y 21.2 y la disposición transitoria cuarta de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones. Este padrón se expondrá al público en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de treinta días, a partir del día 15 de noviembre de 2013, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. Esta exposición, conforme al artículo 17 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado. Madrid, a 14 de octubre de 2013.—El director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, Norberto Rodríguez Pérez. (01/3.216/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 47

MADRID LICENCIAS

Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

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Número de expediente: AGLAIP 500/2013/05978. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y el artículo 11 de la Ordenanza sobre Evaluación Ambiental de Actividades del Ayuntamiento de Madrid, en relación con la disposición adicional sexta de la Ordenanza de Gestión y Control de Licencias Urbanísticas de Actividades de 29 de junio de 2009, se anuncia al público que ha sido solicitada licencia de instalación de actividades para modificación de la licencia de clínica dental con número de expediente 926/91/839, por modificación de elementos industriales, obras de acondicionamiento puntual, promovido por “Bonadent, Sociedad Limitada”, en el emplazamiento sito en la calle Benito Gutiérrez, número 19. Lo que se hace público para general conocimiento y presentación de alegaciones por escrito en el Registro Municipal, pudiendo consultarse la documentación anexa correspondiente en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en la sede de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, calle Bustamante, número 16, durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Madrid, a 10 de octubre de 2013.—El gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (firmado). (02/7.685/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 48

MADRID CONTRATACIÓN

Resolución de 25 de octubre de 2013, de la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, por la que se hace pública la convocatoria para la adjudicación, por procedimiento abierto, del contrato de servicios denominado “Protección y seguridad de los edificios adscritos al Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana”, número de expediente 300/2013/01070. 1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana. Secretaría General Técnica. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana. 2) Domicilio: Calle José Ortega y Gasset, número 100, 28006 Madrid. 3) Teléfonos: 915 883 266 y 915 883 243. Fax: 914 803 208. 4) Correo electrónico: [email protected] 5) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: — www.madrid.es/perfildecontratante 6) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta las catorce horas del decimoquinto día natural, contado desde el siguiente al de publicación del presente anuncio. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: servicios. b) Descripción: prestación del servicio de protección y seguridad en las dependencias y edificios adscritos al Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana mediante vigilantes de seguridad sin armas. c) Lugar de ejecución: Sede del Área de Gobierno, calle José Ortega y Gasset, número 100; Samur Social, calle Rafael Alberti, número 49 y Palacete Quinta de los Molinos, calle Juan Ignacio Luca de Tena, número 20. d) Plazo de ejecución: desde el 1 de mayo de 2014, hasta el 31 de octubre de 2015. e) Admisión de prórroga: sí. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios de acuerdo a lo señalado en el apartado 20 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares. 4. Presupuesto base de licitación: 395.437,56 euros; IVA (21 por 100), 83.041,89 euros y presupuesto total, 478.479,45 euros. 5. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación (IVA excluido). 6. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación: grupo M, subgrupo 2 y categoría C. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional: de acuerdo a lo señalado en el apartado 12 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares.

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Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana

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7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: hasta las catorce horas del decimoquinto día natural, contado desde el siguiente al de publicación del presente anuncio. b) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana. 2) Domicilio: calle José Ortega y Gasset, número 100, 28006 Madrid. c) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: tres meses, como máximo, desde la apertura de proposiciones. 8. Apertura de ofertas: a) Dirección: calle José Ortega y Gasset, número 100, 28006 Madrid. b) Sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes: — Fecha: 9 de diciembre de 2013. — Hora: a las nueve y treinta. 9. Gastos de publicidad: los gastos del anuncio serán por cuenta del adjudicatario. Madrid, a 25 de octubre de 2013.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, María Amparo Vallcanera Zeferino-Rodríguez. (01/3.245/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 49

MADRID CONTRATACIÓN

Distrito de Chamartín

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En el anuncio 01/3.264/13, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259, de 31 de octubre de 2013, página 149, que hace referencia a licitación explotación cafetería centro mayores, se ha detectado error material procediéndose a su rectificación. En el apartado 6.d): — Donde dice: “Teléfonos: 914 000 538 y 914 000 532 (...)”. — Debe decir: “Teléfonos: 914 800 538 y 914 800 532 (...)”. Madrid, a 8 de noviembre de 2013. (03/36.297/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 50

MADRID CONTRATACIÓN

Distrito de Chamartín

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En el anuncio 01/3.265/13, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259, de 31 de octubre de 2013, página 151, que hace referencia a licitación programa “Chamartín en familia”, se ha detectado error material procediéndose a su rectificación: En el apartado 6.d): — Donde dice: “Teléfonos: 914 000 538 y 914 000 532 (...)”. — Debe decir: “Teléfonos: 914 800 538 y 914 800 532 (...)”. Madrid, a 8 de noviembre de 2013. (03/36.285/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 51

MADRID CONTRATACIÓN

Anuncio del Ayuntamiento de Madrid, por el que se hace pública la convocatoria para la adjudicación del contrato denominado «Suministro y sustitución del material deportivo cardiovascular destinado a las salas de musculación de los centros deportivos municipales “Triángulo de Oro” y “Playa Victoria” del Distrito de Tetuán». 1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Tetuán. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Negociado de Contratación. 2) Domicilio: calle Bravo Murillo, número 357. 3) Localidad y código postal: 28020 Madrid. 4) Teléfono: 915 880 383. 5) Telefax: 915 880 377. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: www.madrid.es 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: con una antelación de diez días a la fecha límite para la recepción de ofertas. d) Número de expediente: 300/2013/01240. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: suministro. b) Descripción: sustitución del material deportivo cardiovascular destinado a las salas de musculación. c) División por lotes: no. d) Lugar de entrega de los bienes: centros deportivos municipales “Triángulo de Oro” y “Playa Victoria”. e) Plazo máximo para la entrega del suministro: treinta días naturales, a contar desde la formalización del contrato. f) CPV (referencia de nomenclatura): 37.400000-2 “Artículos y material deportivo”. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios. Precio, hasta 65 puntos. Por aumento del número de unidades a suministrar, hasta 24 puntos, garantía, hasta 6 puntos y servicio posventa, hasta 5 puntos. 4. Valor estimado del contrato: 38.633,88 euros. IVA excluido. 5. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 38.633,88 euros. — Importe total: 46.747,00 euros. 6. Garantías exigidas: — Provisional: no procede. — Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido). 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Artículo 75.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Requisitos mínimos de solvencia: el volumen de negocios en el ámbito de las actividades

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Distrito de Tetuán

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correspondientes al objeto del contrato, promedio de los tres últimos ejercicios (2010, 2011 y 2012) o, en su caso, desde la fecha de creación de la empresa, habrá de ser igual o superior al importe del presupuesto base de licitación del presente contrato. Artículo 77, apartados a) y e). Requisitos mínimos de solvencia: haber llevado a cabo como mínimo dos suministros de similares características al que constituye el objeto del presente contrato e importe igual o superior al presupuesto base de licitación del mismo, en los últimos tres años (2010, 2011 y 2012) y descripción completa (calidades, medidas, especificaciones técnicas, etcétera) y fotografías o catálogos de todos y cada uno de los tipos de aparatos señalados en el anexo del pliego de prescripciones técnicas. 8. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: quince días naturales a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Negociado de Contratación. 2) Domicilio: calle Bravo Murillo, número 357. 3) Localidad y código postal: 28020 Madrid. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: apertura del sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes. b) Domicilio: calle Bravo Murillo, número 357. c) Localidad y código postal: 28020 Madrid. d) Fecha y hora: 9 de diciembre de 2013, a las diez. 10. Gastos de publicidad: a cargo de la entidad adjudicataria. Madrid, a 8 de noviembre de 2013.—La gerente del Distrito de Tetuán, Catalina Bennaceur Vindel. (01/3.393/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 52

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias EDICTO NÚMERO 7/2013. DEPARTAMENTO DE RÉGIMEN JURÍDICO DE PERSONAL

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Resolución de 7 de octubre de 2013, del secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del siguiente anuncio: Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual del trámite de emplazamiento judicial en el recurso contencioso-administrativo interpuesto ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Madrid, procedimiento abreviado número 63 de 2010, a don Miguel Ángel Campos Alonso, DNI número ****1902-S, y a don Marcos Estepar Cuadrado, DNI número ****1134-E, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación mediante anuncio. Se concede un plazo de nueve días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de publicación del presente edicto para que los interesados puedan personarse en dichas actuaciones ante el citado Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que se hace público para conocimiento del interesado. Madrid, a 7 de octubre de 2013.—El secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, Jesús Enrique Guereta López de Lizaga. (02/7.460/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 53

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

BOCM-20131111-53

El coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, en virtud del informe-propuesta de resolución del Departamento de Recursos de fecha 23 de mayo de 2013, obrante en el expediente número 711/2013/05995, ha dictado con fecha 5 de junio de 2013 la siguiente resolución: «Desestimar el recurso de reposición interpuesto por doña C. G.-G. C., con documento nacional de identidad número 2245739-L, contra la resolución de fecha 17 de enero de 2013, por la que se requirió a la denunciada para que en el plazo de dos meses proceda a la legalización de las obras de “ampliación de vivienda mediante cerramiento de terraza”, realizadas en la finca situada en la calle Lagunas de Neila, número 28, confirmando la resolución impugnada por ser ajustada a derecho». Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que se hace público para conocimiento de la interesada, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del informe-propuesta de resolución en que se basa la resolución podrá ser consultado por la interesada en cualquier momento, personándose en el Departamento de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico, sito en la calle Ribera del Sena, número 21, tercera planta. Madrid, a 23 de octubre de 2013.—El jefe del Departamento, Manuel Cárdenas Roldán. (01/3.244/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 54

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Control de la Edificación

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Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de los destinatarios de las actuaciones que se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. — El director general de Control de la Edificación, en virtud del informe emitido por los Servicios Técnicos con fecha 11 de junio de 2013, ha requerido la legalización de las obras del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2013/11931, consistentes en cerramiento de aluminio en terraza de vivienda, ejecutadas por G. G. J., con NIF 50007571-M, en la calle Andrés Mellado, número 106, séptimo A, otorgándole al interesado el plazo de dos meses para solicitar la correspondiente licencia que las ampare, con advertencia de demolición en caso de incumplimiento, artículo 194 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. — El director general de Control de la Edificación, en virtud del informe emitido por los Servicios Técnicos con fecha 10 de junio de 2013, ha requerido la legalización de las obras del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2013/12432, consistentes en cerramiento de terraza con carpintería de aluminio, ejecutadas por M. P. R. R., con NIF 2192707-W, en la calle Guzmán el Bueno, número 113, séptimo B, otorgándole al interesado el plazo de dos meses para solicitar la correspondiente licencia que las ampare, con advertencia de demolición en caso de incumplimiento, artículo 194 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. Significándoles que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, o bien recurso de reposición en el plazo de un mes ante el coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de legalización de las obras podrá ser consultado por el interesado en el plazo de un mes desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Ribera del Sena, número 21. De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo. Madrid, a 23 de octubre de 2013.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes. (01/3.243/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 55

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Control de la Edificación

BOCM-20131111-55

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de los destinatarios de las actuaciones que se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. — El director general de Control de la Edificación, ha decretado con fecha 11 de enero de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2010/26748, de las obras consistentes en demolición de construcción de 20 metros cuadrados sobre la cubierta del edificio en el lateral derecho del primer patio, realizadas por C. S. A., con NIF 5394918-S, en la calle Carranza, número 13, sexto A, requiriendo el ingreso cautelar del presupuesto estimado de las mismas (20.543,44 euros, IVA incluido). Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, o bien recurso de reposición en el plazo de un mes ante el coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras. Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de ejecución subsidiaria podrá ser consultado por el interesado en el plazo de un mes desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Ribera del Sena, número 21. De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo. Madrid, a 23 de octubre de 2013.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes. (01/3.242/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 56

MADRID OTROS ANUNCIOS

Madrid Salud Instituto de Salud Pública Según lo previsto en el artículo 59.5, en concordancia con el 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), el gerente de Madrid Salud ha resuelto notificar mediante la inserción de anuncio los actos administrativos correspondientes a expedientes tramitados en el Centro de Protección Animal (CPA) en materia de tenencia de animales que se relacionan a continuación. Los interesados disponen del plazo de diecinueve días para la recuperación del animal, abonando previamente a su retirada los gastos correspondientes, para lo cual deberán dirigirse al Centro de Protección Animal (CPA), Departamento de Servicios Veterinarios, carretera del Barrio de la Fortuna, número 33, 28054 Madrid, donde, asimismo, podrán solicitar vista del expediente. De no ser así, se procederá conforme al artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Protección de los Animales Domésticos, de 1 de febrero de 1990, declarándose el animal abandonado e iniciándose incoación de expediente sancionador por infracción muy grave según el artículo 24.3.e) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales de la Comunidad de Madrid. Los datos de carácter personal serán tratados informativamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el gerente de Madrid Salud como responsable de los ficheros. Igualmente podrán ser cedidos a cuantas instituciones u organismos proceda, de conformidad con lo previsto en la Ley. N.o expediente

N.o identificación del animal

Propietario/ tenedor

D.N.I.

Acto notificado

2013005032 2013004927 2013004889 2013004888 2013004829 2013004828 2013004622 2013004568 2013004537 2013004388

977200000583234 977200008546109 977200007189406 981098102567036 981098102883823 981098104062048 941000013462004 941000013174549 977200008291246 985120019022881

Lucilia Martins Conceicao Ángela B. Jiménez Iglesias Roger Miguel Camino Roger Miguel Camino Mª de los Reyes Delgado Bayón Mª de los Reyes Delgado Bayón Mª Aurelia Jiménez Abad Jesús Hernández Pozo Dino de Lama González Alberto Sánchez Nieto

N/C 49098157-B X-7050515-J X-7050515-J 80055400-J 80055400-J 73455175-Y 51461056-H 53335264-N 2649605-M

Plazo de recogida de animal ingresado en CPA

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Madrid, 2013.—La jefa del Departamento, PA, María Luisa Conty Gago. (02/7.618/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 57

MADRID OTROS ANUNCIOS

Madrid Salud Instituto de Salud Pública Habiéndose intentado la notificación de los actos administrativos que se relacionan sin que haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), por el presente anuncio se emplaza a los interesados a fin de que comparezcan ante el órgano y oficina municipal que se especifica con el objeto de serles entregadas las respectivas notificaciones. A tal efecto, deberán comparecer dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la dirección que se detalla. Quedan advertidos de que, transcurrido dicho plazo sin que tuviese lugar su comparecencia, se entenderá producida la notificación a todos los efectos legales. Advirtiendo de que la resolución publicada pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán interponer los siguientes recursos: recurso potestativo de reposición ante el gerente de Madrid Salud, en el plazo de un mes (artículos 107 y 117 de la LRJPAC), o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC). Asimismo, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Denuncias de insalubridad”, que podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano responsable del fichero es el gerente de Madrid Salud, ante el que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica de 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Órgano: Madrid Salud. Dirección General de Salud Pública, Departamento de Salud Ambiental. Dirección: calle Juan Esplandiú, número 11, planta primera, donde, asimismo, podrá solicitar acceso al expediente.

Número de expediente. — Interesado. — DNI. — Normativa. — Acto a notificar. — Fecha del acto. — Contenido 207/2013/20453. — L. C. C. — 00003649-S. — Ley 30/1992 (LRJPAC), artículo 2.2.4 del Plan General de Ordenación Urbana y artículos 137.1.d) y 140.2.c) de la Ley 12/2001. — Resolución. — 16 de septiembre de 2013. — Orden de limpieza de la vivienda sita en la calle Blasco de Garay, número 50, planta baja, izquierda. Madrid, a 14 de octubre de 2013.—El jefe de sección de Programas e Inspección, Emiliano Rodríguez Lozano. (02/7.556/13)

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Relación de expedientes de insalubridad

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 58

MADRID OTROS ANUNCIOS

Madrid Salud Instituto de Salud Pública Habiéndose intentado la notificación de los actos administrativos que se relacionan, sin que haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), por el presente anuncio se emplaza a los interesados a fin de que comparezcan ante el órgano y oficina municipal que se especifica con el objeto de serles entregadas las respectivas notificaciones. A tal efecto, deberán comparecer dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la dirección que se detalla. Quedan advertidos de que transcurrido dicho plazo sin que tuviese lugar su comparecencia, se entenderá producida la notificación a todos los efectos legales. Advirtiendo que la resolución publicada pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán interponer los siguientes recursos: recurso potestativo de reposición ante el gerente de Madrid Salud, en el plazo de un mes (artículos 107 y 117 de la LRJPAC), o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC). Asimismo, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Denuncias de insalubridad” que podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano responsable del fichero es el gerente de Madrid Salud, ante el que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica de 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Órgano: Madrid Salud, Dirección General de Salud Pública, Departamento de Salud Ambiental. Dirección: calle Juan Esplandiú, número 11, planta primera, donde, asimismo, podrá solicitar acceso al expediente. Relación de expedientes de insalubridad

207/2013/18680. — S. G. S., S. L. — B-86290269. — Ley 30/1992 (LRJPAC), artículo 2.2.4 del Plan General de Ordenación Urbana y artículos 137.1.d) y 140.2.c) de la Ley 12/2001. — Resolución. — 24 de septiembre de 2013. — Orden de limpieza de la vivienda sita en calle General Ricardos, número 31, local. Madrid, a 11 de octubre de 2013.—La jefa de Unidad Técnica de Entorno Urbano y Vivienda, Carmen Ortiz Fuillerat. (02/7.476/13)

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Número de expediente. — Interesado. — DNI. — Normativa. — Acto a notificar. — Fecha del acto. — Contenido

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 59

MADRID OTROS ANUNCIOS

Madrid Salud Instituto de Salud Pública Habiéndose intentado la notificación de los actos administrativos que se relacionan, sin que haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), por el presente anuncio se emplaza a los interesados a fin de que comparezcan ante el órgano y oficina municipal que se especifica con el objeto de serles entregadas las respectivas notificaciones. A tal efecto, deberán comparecer dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la dirección que se detalla. Quedan advertidos de que, transcurrido dicho plazo sin que tuviese lugar su comparecencia, se entenderá producida la notificación a todos los efectos legales. Advirtiendo de que la resolución publicada pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán interponer los siguientes recursos: recurso potestativo de reposición ante el gerente de Madrid Salud, en el plazo de un mes (artículos 107 y 117 de la LRJPAC), o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC). Asimismo, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Denuncias de insalubridad”, que podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano responsable del fichero es el gerente de Madrid Salud, ante el que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica de 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Órgano: Madrid Salud, Dirección General de Salud Pública, Departamento de Salud Ambiental. Dirección: calle Juan Esplandiú, número 11, planta primera, donde, asimismo, podrá solicitar acceso al expediente.

Número de expediente. — Interesado. — DNI. — Normativa. — Acto a notificar. — Fecha del acto. — Contenido 207/2013/19149. — V. M. A. — 00608265-F. — Ley 30/1992 (LRJPAC), artículo 2.2.4 del Plan General de Ordenación Urbana y artículos 137.1.d) y 140.2.c) de la Ley 12/2001. — Resolución. — 24 de septiembre de 2013. — Orden de limpieza de la vivienda sita en la calle Ana María, número 49, local. 207/2013/16023. — K. K. N. — H-90000928. — Ley 30/1992 (LRJPAC), artículo 2.2.4 del Plan General de Ordenación Urbana y artículos 137.1.d) y 140.2.c) de la Ley 12/2001. — Resolución. — 3 de septiembre de 2013. — Orden de limpieza de la vivienda sita en la calle Media, número 34, planta baja. Madrid, a 11 de octubre de 2013.—La jefa de Unidad Técnica de Entorno Urbano y Vivienda, Carmen Ortiz Fuillerat. (02/7.477/13) http://www.bocm.es

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Relación de expedientes de salubridad

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Pág. 239

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 60

MADRID OTROS ANUNCIOS

Madrid Salud Instituto de Salud Pública Habiéndose intentado la notificación de los actos administrativos que se relacionan sin que haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), por el presente anuncio se emplaza a los interesados a fin de que comparezcan ante el órgano y oficina municipal que se especifica con el objeto de serles entregadas las respectivas notificaciones. A tal efecto, deberán comparecer dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en la dirección que se detalla. Quedan advertidos de que transcurrido dicho plazo sin que tuviese lugar su comparecencia, se entenderá producida la notificación a todos los efectos legales. Advirtiendo que la resolución publicada pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán interponer los siguientes recursos: recurso potestativo de reposición ante el gerente de Madrid Salud, en el plazo de un mes (artículos 107 y 117 de la LRJPAC), o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC). Asimismo, los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Denuncias de insalubridad”, que podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano responsable del fichero es el gerente de Madrid Salud, ante el que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica de 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Órgano: Madrid Salud. Dirección General de Salud Pública. Departamento de Salud Ambiental. Dirección: calle Juan Esplandiú, número 11, planta primera, donde, asimismo, podrá solicitar acceso al expediente.

Número de expediente. — Interesado. — DNI. — Normativa. — Acto a notificar. — Fecha del acto. — Contenido 207/2013/19263. — D. S. A. — No consta. — Ley 30/1992 (LRJPAC), artículo 2.2.4 del Plan General de Ordenación Urbana y artículos 137.1.d) y 140.2.c) de la Ley 12/2001. — Resolución. — 24 de septiembre de 2013. — Orden de limpieza de la vivienda sita en la calle Ballesta, número 26, escalera interior, cuarto izquierda. Madrid, a 10 de octubre de 2013.—La jefa de Unidad Técnica de Entorno Urbano y Vivienda, Carmen Ortiz Fuillerat. (02/7.447/13)

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Relación de expedientes de insalubridad

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 61

ALCALÁ DE HENARES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20131111-61

Por medio de la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público que, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 21 de octubre de 2013, se aprueba la encomienda de gestión de este Ayuntamiento al Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo, para llevar a cabo el desarrollo del programa “Dotación a la potenciación de polígonos industriales”, recogido en el Programa 20 de Empleo 20/241/6190001, capítulo VI del Presupuesto General del Ayuntamiento de Alcalá de Henares para el 2013, con una asignación de 100.000 euros, y con sujeción a los siguientes medios de control: — Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a la Intervención de cuantos acuerdos se adopten en el seno de Alcalá Desarrollo sobre la gestión y forma de ejecución de las citadas inversiones. — Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a la Intervención de los posibles supuestos de subcontratación de dichos trabajos. — El ente público deberá facturar una vez recepcionadas las inversiones realizadas. — En el caso de que la ejecución de los estudios finalmente supere el ejercicio 2013, se deberá solicitar de la Intervención Municipal informe de la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el Presupuesto Municipal del correspondiente ejercicio. — Se deberán tramitar por la Concejalía los expedientes de tramitación de los correspondientes expedientes de gasto con cargo a dicha encomienda de gestión. — Se deberá presentar cuanta documentación pueda ser solicitada por los órganos de fiscalización y control internos y externos. Alcalá de Henares, a 24 de octubre de 2013.—El secretario de Administración Local y titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge. (03/34.805/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 62

ALCALÁ DE HENARES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20131111-62

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2013, acordó, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, la modificación de las delegaciones conferidas a la Concejalía-Delegada de Urbanismo, Vivienda, Patrimonio Histórico y Estacionamiento, con efectos del día 22 de octubre de 2013, añadiendo la siguiente delegación: — Tramitación de las licencias para la instalación de vallas publicitarias de toda clase en el municipio de Alcalá de Henares. Lo que se hace público de conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y 64 del Reglamento Orgánico Municipal de la Ciudad de Alcalá de Henares. Alcalá de Henares, a 23 de octubre de 2013.—El secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge. (03/34.804/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 63

ALCALÁ DE HENARES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Por medio de la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público que, mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 30 de septiembre de 2013, se aprueba la encomienda de gestión de este Ayuntamiento al “Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo” para llevar a cabo el desarrollo del programa “Adecuación de los antiguos programas industriales”, recogido en el Programa 20 de Empleo 20/241/2270601, capítulo II, del presupuesto general del Ayuntamiento de Alcalá de Henares para el 2013, con una asignación de 80.000 euros y con sujeción a los siguientes medios de control: — Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a la Intervención de cuantos acuerdos se adopten en el seno de “Alcalá Desarrollo” sobre la gestión y forma de ejecución de los citados estudios. — Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a la Intervención de los posibles supuestos de subcontratación de dichos trabajos. — El ente público deberá facturar una vez finalizado los citados estudios y trabajos técnicos. — En el caso de que la ejecución de los estudios finalmente supere el ejercicio 2013, se deberá solicitar de la Intervención Municipal informe de la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el presupuesto municipal del correspondiente ejercicio. — Se deberán tramitar por la Concejalía los expedientes de tramitación de los correspondientes expedientes de gasto con cargo a dicha encomienda de gestión. — Se deberá presentar cuanta documentación pueda ser solicitada por los órganos de fiscalización y control internos y externos. En Alcalá de Henares, a 24 de octubre de 2013.—El secretario de Administración Local y titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge. (03/34.806/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 64

ALCALÁ DE HENARES

1. a) b) c)

d) 2. a) b) c) d)

e) f) g) h) i) 3. a) b) c) d)

4. 5. a) 6. 7. a) b)

Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación. Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Servicio de Contratación. 2) Domicilio: plaza de Cervantes, número 12. 3) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares. 4) Teléfono: 918 883 300. 5) Telefax: 918 879 613. 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del “perfil del contratante”:www.ayto-alcaladehenares.es 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: la misma que de presentación de ofertas. Número de expediente: 4.915. Objeto del contrato: Tipo: contrato administrativo especial. Descripción: explotación de la cafetería (Ambigú) del Teatro Salón Cervantes. División por lotes y número de lotes/número de unidades: ... Lugar de ejecución/entrega: 1) Domicilio: calle Cervantes, sin número. 2) Localidad y código postal: Alcalá de Henares. Plazo de ejecución/entrega: cuatro años. Admisión de prórroga: dos prórrogas de un año. Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): ... Sistema dinámico de adquisición (en su caso): ... CPV (referencia de nomenclatura): 55330000-2. Tramitación y procedimiento: Tramitación: ordinaria. Procedimiento: abierto. Subasta electrónica: no. Criterios de adjudicación: — Mayor canon ofertado: hasta 70 puntos. — Descripción y explotación del servicio: hasta 20 puntos. — Compromisos especiales o posibles mejoras directamente relacionados con la prestación del contrato: hasta 10 puntos. Valor estimado del contrato: 57.600 euros. Presupuesto base de licitación: Importe neto: 9.600 euros/año. Importe total: 11.616 euros/año en concepto de canon a abonar al Ayuntamiento. Garantía exigida: definitiva, 5 por 100. Requisitos específicos del contratista: Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) (en su caso): no se exige. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): de acuerdo con lo establecido en la cláusula 4 del pliego de cláusulas administrativas particulares.

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CONTRATACIÓN

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BOCM-20131111-64

8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan los quince días naturales, a partir del siguiente al de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta las catorce horas (si el último día de presentación de proposiciones coincidiese en sábado o festivo se trasladará al primer día siguiente hábil). b) Modalidad de presentación: en la dependencia que se determina a continuación o por correo. En este caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General. 2) Domicilio: plaza de Cervantes, número 12. 3) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares. 4) Dirección electrónica: [email protected] d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): ... e) Admisión de variantes, si procede: ver cláusula 1 del pliego de cláusulas administrativas particulares. f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: ver punto d). b) Dirección: plaza de Cervantes, número 12. c) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares. d) Fecha y hora: el acto público de apertura del sobre número 2 tendrá lugar a las doce del quinto día siguiente al de expiración del plazo de presentación de proposiciones, sin contar sábado o festivo. Una vez puntuados por la Mesa de Contratación los criterios que dependan de un juicio de valor (sobre número 2), se publicará en el “perfil del contratante” la fecha y hora del acto público de apertura del sobre número 3, dándose igualmente a conocer la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor. 10. Gastos de publicidad: a cargo del contratista adjudicatario. Importe máximo, 1.925 euros. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea” (en su caso): no. 12. Otras informaciones: el contratista adjudicatario tiene la obligación de cumplir con los pagos o subcontratistas suministradores que participen en el contrato, según lo dispuesto en la cláusula 9 del pliego de cláusulas administrativas particulares. Alcalá de Henares, a 23 de octubre de 2013.—El titular del organismo autónomo a la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica, PD, el jefe del Servicio de Contratación, Héctor Bárez Menéndez. (01/3.249/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 65

ALCALÁ DE HENARES 1. a) b) c)

d) 2. a) b) c) d)

e) f) g) h) i) 3. a) b) c) d)

4. 5. 6. 7. a) b)

Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información: Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación. Obtención de documentación e información: 1. Dependencia: Servicio de Contratación. 2. Domicilio: plaza de Cervantes, número 12. 3. Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares. 4. Teléfono: 918 883 300. 5. Telefax: 918 879 613. 6. Correo electrónico: [email protected] 7. Dirección de Internet del “perfil del contratante”: www.ayto-alcaladehenares.es 8. Fecha límite de obtención de documentación e información: la misma que de presentación de ofertas. Número de expediente: 4.923. Objeto del contrato: Tipo: servicios. Descripción: equipo de apoyo a la educación temprana. División por lotes y número de lotes/número de unidades: ... Lugar de ejecución/entrega: 1. Domicilio: Escuelas Infantiles y Casas de Niños red pública y sector y centros concertados. 2. Localidad y código postal: Alcalá de Henares. Plazo de ejecución/entrega: del 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2016. Admisión de prórroga: tres prórrogas de un año. Establecimiento de un acuerdo marco (en su caso): ... Sistema dinámico de adquisición (en su caso): ... CPV (referencia de nomenclatura): 80110000-8. Tramitación y procedimiento: Tramitación: ordinaria. Procedimiento: abierto. Subasta electrónica: no. Criterios de adjudicación: — Mejor precio: hasta 60 por 100. — Proyecto de trabajo: hasta 30 por 100. — Compromisos especiales o posibles mejoras directamente relacionados con la prestación del servicio: hasta 10 por 100. Valor estimado del contrato: 339.600 euros. Presupuesto base de licitación: importe total, 56.600 euros/año, exento de IVA. Garantía exigida: definitiva, 5 por 100. Requisitos específicos del contratista: Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) en su caso: no se exige. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional (en su caso): de acuerdo con lo establecido en la cláusula 4 del pliego de cláusulas administrativas particulares.

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CONTRATACIÓN

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8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan los quince días naturales a partir del siguiente al de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta las catorce horas (si el último día de presentación de proposiciones coincidiese en sábado o festivo se trasladará al primer día siguiente hábil). b) Modalidad de presentación: en la dependencia que se determina a continuación o por correo. En este caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y, anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. c) Lugar de presentación: 1. Dependencia: Registro General. 2. Domicilio: plaza de Cervantes, número 12. 3. Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares. 4. Dirección electrónica: [email protected] d) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): ... e) Admisión de variantes, si procede: ver cláusula 1 del pliego de cláusulas administrativas particulares. f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. 9. Apertura de ofertas: a) Descripción: ver punto d). b) Dirección: plaza de Cervantes, número 12. c) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares. d) Fecha y hora: el acto público de apertura del sobre número 2 tendrá lugar a las doce horas del quinto día siguiente al de expiración del plazo de presentación de proposiciones, sin contar sábado o festivo. Una vez puntuados por la Mesa de Contratación los criterios que dependan de un juicio de valor (sobre número 2), se publicará en el “perfil del contratante” la fecha y hora del acto público de apertura del sobre número 3, dándose igualmente a conocer la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor. 10. Gastos de publicidad: a cargo del contratista adjudicatario. Importe máximo, 2.645 euros. 11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: no. 12. Otras informaciones: el contratista adjudicatario tiene la obligación de cumplir con los pagos a subcontratistas o suministradores que participen en el contrato según lo dispuesto en la cláusula 10 del pliego de cláusulas administrativas particulares. Alcalá de Henares, a 7 de noviembre de 2013.—El titular del OA a la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica, PD, el jefe del Servicio de Contratación, Héctor Bárez Menéndez. (01/3.382/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 66

BOADILLA DEL MONTE LICENCIAS

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Por el presente se hace constar que por don Miguel Chacón Sanchidrián se ha solicitado ante este Ayuntamiento licencia para la instalación, apertura y funcionamiento de gabinete de fisioterapia en la calle de la Orotava, número 3, chalé 2, polígono A-5, Las Eras, de este municipio, bajo número de expediente GESTDOC 17811/2013-092/A/13. De conformidad con cuanto se determina en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y demás de aplicación, se abre información pública durante veinte días para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende instalar puedan formular las reclamaciones u observaciones que tengan por conveniente, mediante escrito a presentar en el Registro General de este Ayuntamiento. En Boadilla del Monte, a 30 de octubre de 2013.—El concejal de Urbanismo, Infraestructuras y Asuntos Jurídicos, Miguel Ángel Ruiz López. (02/7.950/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 67

BOADILLA DEL MONTE

De conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Boadilla del Monte de fecha 31 de octubre de 2013, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de ejecución de las obras de restauración del jardín de la primera terraza del Palacio del Infante Don Luis de Borbón, en el municipio de Boadilla del Monte, conforme a los siguientes datos: 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación. c) Número de expediente: EC/37/13. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: contrato de ejecución de las obras de restauración del jardín de la primera terraza del Palacio del Infante Don Luis de Borbón, en el municipio de Boadilla del Monte. Las obras están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) al 50 por 100 del coste elegible, dentro del eje cuatro del programa operativo 2007-2013 de la Comunidad de Madrid. b) Plazo de ejecución y duración del contrato: artículo 6 del pliego de condiciones técnicas y cláusula quinta del pliego de condiciones económico-administrativas particulares (siete meses desde el día siguiente al de la firma del acta de comprobación del replanteo). 3. Tramitación, procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto base de licitación: tipo de licitación, a la baja, 1.418.555,89 euros, más 297.896,73 euros, en concepto de IVA. 5. Garantía provisional: no se exige, de conformidad con el artículo 103 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Garantías exigibles: — Garantía definitiva del 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido. — Garantía complementaria del 5 por 100 del importe de adjudicación (artículo 95.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) (cláusula 14 del pliego de condiciones técnicas). 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Boadilla del Monte (Conserjería). b) Domicilio: calle José Antonio, número 42. c) Localidad y código postal: 28660 Boadilla del Monte. d) Teléfono: 916 349 300. e) Telefax: 916 349 349. f) Página web: http://ayuntamientoboadilladelmonte.org (“perfil del contratante”). g) Fecha límite de obtención de documentos e información: último día de presentación de proposiciones. 7. Requisitos específicos del contratista: — Acreditación de la solvencia económica y financiera: anexo I del pliego de condiciones económico-administrativas particulares. — Acreditación de la solvencia técnica y profesional: anexo I del pliego de condiciones económico-administrativas particulares.

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CONTRATACIÓN

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8. Criterios de valoración de las ofertas (artículo 18 del pliego de condiciones técnicas): A) Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor: hasta un máximo de 40 puntos: — Mejor memoria sobre el enfoque de la obra en apartado suministro y plantación: hasta un máximo de 20 puntos. — Actuaciones posteriores a recepción obras, mantenimiento: hasta un máximo de 10 puntos. — Análisis del proyecto y de los procedimientos y sistemas constructivos: hasta un máximo de 10 puntos. B) Criterios cuya valoración se establece de forma automática: hasta un máximo de 60 puntos. — Proposición económica: hasta 60 puntos. 9. Presentación de las ofertas de participación: a) Fecha límite de presentación: plazo de veintiséis días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Si el último día del plazo fuese sábado o festivo, el plazo concluirá el siguiente día hábil. Se indicará en el “perfil del contratante” la fecha de presentación de propuestas. b) Documentación a presentar: la recogida en la cláusula novena del pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1.a Entidad: Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. 2.a Domicilio: calle José Antonio, número 42, segunda planta. 3.a Localidad y código postal: 28660 Boadilla del Monte. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: hasta la adjudicación del contrato. e) Admisión de variantes: no se aceptarán variantes. 10. Apertura de las ofertas: a) Entidad: Sala de Juntas de la tercera planta del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. b) Domicilio: calle José Antonio, número 42. c) Localidad: 28660 Boadilla del Monte. d) Fecha: cláusula decimocuarta del pliego de cláusulas económico-administrativas particulares. e) Hora: cláusula decimocuarta del pliego de cláusulas económico-administrativas particulares. 11. Gastos de anuncios: cláusula decimonovena del pliego de cláusulas económicoadministrativas particulares. 12. “Perfil del contratante” donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria y donde pueden obtenerse los pliegos: página web, http://ayuntamientoboadilladelmonte.org (“perfil del contratante”), y en la Conserjería del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. 13. Composición de la Mesa de Contratación: cláusula duodécima del pliego de cláusulas económico-administrativas particulares. Boadilla del Monte, a 4 de noviembre de 2013.—El segundo teniente de alcalde, delegado del Área de Urbanismo, Infraestructuras y Asuntos Jurídicos, Miguel Ángel Ruiz López. (01/3.310/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 68

CERCEDILLA RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada con fecha de 23 de octubre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo: Primero.—Aprobar el establecimiento de precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales, siendo del tenor literal siguiente:

Artículo 1. Fundamento y régimen.—De acuerdo con lo que dispone el artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establecen los precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales, cuya especificación se contiene en la presente ordenanza. Art. 2. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de los precios públicos la utilización de los distintos servicios e instalaciones regulados en la presente ordenanza. Art. 3. Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza quienes se beneficien de los servicios o actividades prestadas por este Ayuntamiento a que se refiere el artículo anterior. En el caso de personas que sean menores de edad o discapacitados, serán responsables sus padres o tutores. En el caso de personas jurídicas, serán responsables sus representantes legales. Art. 4. Cuantía.—Los importes de los precios públicos correspondientes a la prestación de los servicios o la realización de actividades regulados en la presente ordenanza son los que se contienen en el anexo I (Actividades deportivas) y anexo II (Centro Recreativo “Las Berceas”). La aprobación de la modificación o supresión de los precios públicos recogidos en los anexos I y II se llevará a cabo, previos los informes y trámites legales preceptivos, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, entrando en vigor el día después a aquel en que se publique el correspondiente acuerdo de modificación o supresión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Art. 5. Devengo.—Los precios públicos se devengan: — En la utilización de instalaciones, en el momento de entrada en las mismas. — En los distintos servicios o actividades, en el momento de la inscripción. — En el alquiler de instalaciones, en el momento de la solicitud. Art. 6. Normas de gestión. Exenciones, reducciones y demás beneficios. Bonificaciones.—En los casos de personas abonadas al Área Municipal de Deportes con una discapacidad física, psíquica o sensorial, se les aplicará los siguientes descuentos en las tarifas en cursos, actividades y entradas en función de su grado de discapacidad: a) Superior o igual al 65 por 100 la bonificación será del 100 por 100 de la tarifa en cursos, actividades y entradas. b) Entre el 33 y el 64 por 100 una bonificación del 25 por 100 de la tarifa en cursos, actividades y entradas. Para tener derecho a cualquiera de estas bonificaciones, será necesario la solicitud del interesado por escrito y adjuntar un certificado/documento de discapacidad del órgano competente. De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se reconoce beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo establecido

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PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES

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en los Tratados o Acuerdos Internacionales o vengan previstos en normas con rango de Ley. DISPOSICIÓN FINAL El establecimiento de estos precios públicos, aprobados por acuerdo del Ayuntamiento adoptado en su sesión plenaria, entrarán en vigor y serán de aplicación de la siguiente manera: 1. Entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los precios públicos establecidos por primera vez contenidos en el presente, y que son: 6. Quiromasaje y osteopatía. Masaje deportivo/terapéutico/osteopatía Euros

Sesión masaje (no abonados) Bono de 5 sesiones (no abonados) Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

45 min./sesión

27 125 25 115

Esguinces + kinesiotaping Euros

Sesión masaje (no abonados) Bono de 5 sesiones (no abonado) Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

30 min./sesión

25 115 22 100

Masaje piernas cansadas Euros

Sesión masaje Bono de 5 sesiones Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

45 min./sesión

25 115 22 100

Masaje relajante-antiestrés Euros

Sesión masaje Bono de 5 sesiones Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

60 min./sesión

28 125 25 115

Los bonos tendrán una caducidad de tres meses y serán personales e intransferibles. 2. El resto de precios públicos contenidos en el anexo I y II entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del acuerdo definitivo de la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales. ANEXO I

1. Condición de abonado. El pago de las cantidades que a continuación se señalan otorga la condición de abonado desde el momento del pago hasta el mes de septiembre (incluido) inmediatamente siguiente. Abono anual, edades hasta 16 años (ambos inclusive): 16,00 euros. Abono anual, edades de 17 a 64 años (ambos inclusive): 21,00 euros. Abono anual jubilado: 13,00 euros. Abono temporada estival (julio, agusto y septiembre) (sin seguro): 12,00 euros.

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IMPORTE PRECIO PÚBLICO ACTIVIDADES DEPORTIVAS

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En estas cantidades va incluido el seguro de accidentes anual. 2. Alquiler de instalaciones deportivas: ABONADO (Euros)

NO ABONADO (Euros)

90,00 70,00 60,00 40,00 30,00 15,00 5,00 6,00 20,00

120,00 90,00 80,00 60,00 60,00 40,00 10,00 12,00 40,00

Campo hierba artificial con iluminación Campo hierba artificial sin iluminación Campo hierba artificial Fútbol 7 con iluminación Campo hierba artificial Fútbol 7 sin iluminación Pista Completa Fútbol Sala Pista Parcial Fútbol Sala Pista Pádel Pista Pádel con iluminación Pista Polideportiva (a menores de 25 años)

Se aplicará la tarifa de abonado cuando, en el caso de fútbol y fútbol-sala, al menos cinco componentes del equipo sean abonados, y en pádel uno, previa acreditación de esta circunstancia. 3. Actividades programadas. Las tarifas que a continuación se detallan serán aplicadas según la fecha de nacimiento en el momento de la matriculación, estando vigentes durante toda la temporada: ABONADO (Euros)

Gimnasio bono mensual Gimnasio por horas Gimnasio bono mensual jubilados Gimnasio bono 10 sesiones jubilados y mayores de 65 años. Gimnasio bono diez sesiones (válidos para la temporada en vigor) Actividades mensuales 2 horas/semana Actividades mensuales 3 horas/semana Actividad de dos horas semanales, Jubilados y mayores de 65 años Actividad de tres horas semanales, jubilados y mayores de 65 años Circuito de Enduro / Por sesión de 4 h.de 10,00 a 14,00 h.-.Requisito imprescindible: estar Federado

NO ABONADO (Euros)

27,00 3,00 20,00 12,00 20,00 12,00 15,00

52,00 6,00 25,00 24,00 40,00 22,00 30,00

Gratuito

4,00

3,00

6,00

20,00

25,00

La inscripción de tres o más miembros de una unidad familiar, con hijos/as hasta veinticinco años de edad, se beneficiarán de un descuento de un 15 por 100 por persona en todas las actividades que realicen. Este beneficio no será aplicable a campamento ni torneos de verano. Los desempleados tendrán un 25 por 100 de descuento en la/s actividad/es que realicen hasta que se abandone su situación, previa presentación de la documentación acreditativa del INEM actualizada en el momento de la matriculación. Las personas desempleadas al cargo del titular de la cuenta, independientemente de la situación laboral de este, hasta veinticinco años de edad, tendrán un 25 por 100 de descuento en la/s actividad/es que realicen hasta que abandonen su situación, previa presentación de la documentación acreditativa con el sello correspondiente o la renovación por Internet, en el momento de la matriculación y cada tres meses como establece la oficina del INEM. La inscripción de la misma persona en dos actividades en la misma mensualidad tendrá a un descuento del 10 por 100 en la tarifa de cada actividad. La inscripción de la misma persona en más de dos actividades en la misma mensualidad dará lugar a un descuento del 20 por 100 en la tarifa de cada actividad. Las bonificaciones recogidas en los puntos anteriores no serán concedidas simultáneamente, aplicándose, en caso de concurrencia de dos o más de las situaciones previstas (varias actividades, varios miembros unidad familiar, situación de desempleo, etcétera), únicamente aquella que dé lugar al mayor descuento porcentualmente considerado. 4. Campamentos de verano. Cuota quincenal: — Abonado: 40 euros. — No abonado: 80 euros. En esta cantidad está incluido el seguro de accidentes correspondiente a esta actividad.

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5. Torneos de verano. Tarifa única: ABONADO (Euros)

Benjamín y Alevín por equipo Infantil y Cadete por equipo Juvenil por equipo Sénior por equipo Benjamín y Alevín individual Infantil y Cadete individual Juvenil individual Sénior individual

NO ABONADO (Euros

35,00 55,00 85,00 95,00 2,00 4,00 6,00 8,00

35,00 55,00 85,00 95,00 5,00 8,00 10,00 12,00

A las cuotas de torneos de verano se les añadirá el seguro deportivo correspondiente. 6. Quiromasaje y osteopatía. Masaje deportivo/terapéutico/osteopatía Euros

Sesión masaje (no abonados) Bono de 5 sesiones (no abonados) Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

45 min./sesión

27 125 25 115

Esguinces + kinesiotaping Euros

Sesión masaje (no abonados) Bono de 5 sesiones (no abonado) Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

30 min./sesión

25 115 22 100

Masaje piernas cansadas Euros

Sesión masaje Bono de 5 sesiones Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

45 min./sesión

25 115 22 100

Masaje relajante-antiestrés Euros

Sesión masaje Bono de 5 sesiones Sesión abonados y clubes Bono de 5 sesiones abonados y clubes

60 min./sesión

28 125 25 115

Los bonos tendrán una caducidad de tres meses y serán personales e intransferibles.

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ANEXO II IMPORTE PRECIO PUBLICO ENTRADA RECINTO PARQUE RECREATIVO “LAS BERCEAS” PRECIO PÚBLICO NO EMPADRONADOS LABORABLES (Euros)

Adultos (*) Resto de visitantes Grupos de 10 personas (adultos *) Grupos de 10 personas (resto de visitantes) Grupos de 20 personas (adultos *) Grupos de 20 personas (resto de visitantes) Grupos de 30 personas Adultos (*) Grupos de 30 personas (resto de visitantes) Grupos de 40 personas Adultos (*) Grupos de 40 personas (resto de visitantes)

SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS (Euros)

5,50 3,50 49,50

6,50 3,50

31,50 88,00 56,00 115,50 73,50 132,00 84,00

PRECIO PÚBLICO EMPADRONADOS LABORABLES (Euros)

Adultos (*) Resto de visitantes

SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS (Euros)

2

2

1,20

1,20

(*) Tienen la consideración de adultos las personas con edades comprendidas entre los 14 años hasta los 64 años (ambos inclusive).

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Segundo.—Proceder a la publicación de los precios públicos aprobados anteriormente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo la entrada en vigor de los precios públicos de nueva implantación al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y los precios públicos modificados al día siguiente de la publicación del acuerdo definitivo de la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales. Tercero.—Una vez aprobado el presente precio público, se delega la competencia en la Junta de Gobierno Local, el establecimiento, modificaciones y derogación de precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales, que son las siguientes: — Complejo Deportivo “Dehesilla y Rodeo”. — Polideportivo Municipal “Olímpicos Fernández Ochoa”. — Parque Recreativo “Las Berceas”. — Pista Polideportivo Multifuncional “Villa Carrera”. Cercedilla, a 24 de octubre de 2013.—El alcalde, Francisco Javier de Pablo García (firmado). (03/34.700/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 69

CERCEDILLA RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20131111-69

El Pleno Corporativo, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 23 de octubre de 2013, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la derogación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales, actualmente en vigor, y todas sus modificaciones. Lo que se somete a información pública por plazo de treinta días, durante los cuales los interesados podrán examinar y presentar reclamaciones ante el Pleno Corporativo. Lo que se hace público para general conocimiento. Cercedilla, a 24 de octubre de 2013.—El alcalde, Javier de Pablo García. (03/34.702/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 70

CIEMPOZUELOS LICENCIAS

BOCM-20131111-70

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de enero de 1999), que modifica la anterior, y habiéndose intentado la notificación, por dos veces, a la parte interesada, don Raúl Revenga Martín, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Ayuntamiento de Ciempozuelos, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el requerido para la aportación de documentación al expediente administrativo relativo a la licencia de obra menor 96/2013 para instalación de marquesina desmontable en calle Reina Victoria, número 1, local 2, de este término municipal, dictada por la autoridad competente. En virtud de lo anterior dispongo que el interesado, don Raúl Revenga Martín, solicitante de la licencia de obra menor para instalación de marquesina desmontable en calle Reina Victoria, número 1, local 2, de este término municipal, o su representante debidamente acreditado, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para el conocimiento íntegro del mencionado acto administrativo y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. Asimismo, se advierte al interesado de que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Ciempozuelos, a 19 de septiembre de 2013.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García. (02/6.951/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 71

CIEMPOZUELOS LICENCIAS

BOCM-20131111-71

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de enero de 1999), que modifica la anterior, y habiéndose intentado la notificación, por dos veces, a la parte interesada, don Raúl Revenga Martín, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Ayuntamiento de Ciempozuelos, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el requerido para la aportación de documentación al expediente administrativo relativo a la licencia de apertura 22/2007 para restaurante (pizzería) en local sito en calle Reina Victoria, número 1, local 2, de este término municipal, dictada por la autoridad competente. En virtud de lo anterior dispongo que el interesado, don Raúl Revenga Martín, solicitante de la licencia de apertura para restaurante (pizzería) en local sito en calle Reina Victoria, número 1, local 2, de este término municipal, o su representante debidamente acreditado, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para el conocimiento íntegro del mencionado acto administrativo y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. Asimismo, se advierte al interesado de que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Ciempozuelos, a 19 de septiembre de 2013.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García. (02/6.950/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 72

COLLADO VILLALBA RÉGIMEN ECONÓMICO

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En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se halla expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria número 19/2013, expediente que ha sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión plenaria celebrada el día 24 de octubre de 2013. Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites: a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. Collado Villalba, a 25 de octubre de 2013.—El alcalde, Agustín Juárez López de Coca. (03/34.691/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 73

EL ÁLAMO RÉGIMEN ECONÓMICO

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En el anuncio 02/7.064/13, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 263, de 5 de noviembre de 2013, página 113, que hace referencia a notificación por comparecencia a don Aaras Mustapha y otros, se ha detectado error material procediéndose a su rectificación. En la página 113, falta al final la fecha y la firma. Madrid, a 8 de noviembre de 2013. (03/36.312/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 74

EL MOLAR ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2013 se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de concesión de licencias de actividades y servicios (artículos 1.1, 3, 4, 8, 9, 14, derogar el artículo 16 y la letra b) del apartado 2 del artículo 17), acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse producido alegaciones/reclamaciones durante el plazo de publicación de la ordenanza en el tablón de anuncios y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a tenor del artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local. Dicha modificación es del siguiente tenor literal: ORDENANZA DE CONCESIÓN DE LICENCIAS DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, modifica en su artículo 41 la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, introduciendo un nuevo artículo 84 bis, que establece que, con carácter general, el ejercicio de actividades no se someterá a la obtención de licencia, añadiendo que, no obstante, podrán someterse a licencia previa aquellas actividades que afecten a la protección del medio ambiente al patrimonio histórico-artístico, la seguridad o la salud públicas, o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público, siempre que la decisión de sometimiento esté justificada y resulte proporcionada. Del mismo modo se añade un artículo 84 ter que impone a las Entidades Locales la obligación de establecer y planificar los procedimientos de comunicación necesarios, a través de la oportuna ordenanza, de los supuestos de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos precisos. Considerando esta exigencia legal que impone la obligación de proceder a regular esta nueva situación de autorizaciones, inédita hasta entonces, así como la gestión y coordinación de las diversas autorizaciones concurrentes en materia de actividades y apertura de establecimientos, necesita de forma contundente una articulación a través de una disposición administrativa de carácter general, cuestión nada pacífica y de compleja redacción, habida cuenta la difícil conjunción que se presenta entre lo previsto en la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que se limita a plasmar una serie de principios que ya adelantaron tanto la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, como la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, y la legislación sectorial, que “ratio materiae” tienen las Administraciones Locales obligación de aplicar. No obstante, a pesar del impulso de reducción de cargas y licencias de estas reformas en el ámbito del comercio minorista, el marco normativo sigue siendo muy complejo y poco claro y sigue existiendo una enorme dispersión normativa y de procedimientos, especialmente gravosa para las pymes en general y para las microempresas en particular, que soportan un coste considerable en comparación con la dimensión de su actividad. La realidad concreta del sector comercial minorista pone de manifiesto, por tanto, que es necesario hacer un mayor esfuerzo en la remoción de los obstáculos administrativos que existen en la actualidad. Para ello, la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios, avanza un paso más eliminando todos los supuestos de autorización o licencia municipal previa, motivados en la protección del medio ambiente, de la seguridad o de la salud públicas, ligados a establecimientos comerciales y otros que se detallan en el anexo con una superficie de hasta 300 metros cuadrados. Se considera, tras realizar el juicio de necesidad y proporcionalidad, que no son necesarios

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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controles previos por tratarse de actividades que, por su naturaleza, por las instalaciones que requieren y por la dimensión del establecimiento, no tienen un impacto susceptible de control a través de la técnica autorizatoria, la cual se sustituye por un régimen de control “ex post” basado en una declaración responsable, por ello es necesario modificar las ordenanzas municipales para su adaptación a esta nueva normativa. Artículo 1. Objeto de la ordenanza y legislación aplicable.—1. La presente ordenanza tiene por objeto regular la tramitación de los procedimientos relativos al otorgamiento de licencias y verificaciones posteriores de cualesquiera actividades, servicios y apertura de establecimientos que tengan lugar dentro del término municipal de El Molar. 2. Quedan excluidos del deber de solicitar licencia de actividad regulada en la presente ordenanza, sin perjuicio de la necesidad de obtener cualquier otro tipo de autorización administrativa según normativa sectorial aplicable: a) Las actividades de carácter administrativo, sanitario, residencial y docente de titularidad pública, al igual que las necesarias para la prestación de los servicios públicos. b) Los quioscos para venta de prensa, revistas y publicaciones, golosinas, flores y otros de naturaleza análoga situados en los espacios de uso público del municipio, que se regulan por la normativa municipal en vigor. c) La venta ambulante, situada en la vía y espacios públicos. d) Los puestos, barracas o atracciones instaladas en espacios abiertos con motivo de fiestas tradicionales del municipio o eventos en la vía pública, que se ajustarán, en su caso, a lo establecido en las normas específicas. e) El ejercicio individual llevado a cabo por una sola persona física de actividades profesionales o artísticas en despacho, consulta o lugar ubicado en el interior de una vivienda, si no se destina para su ejercicio más del 40 por 100 de la superficie útil de la misma. f) Las cocheras y garajes de uso privado que no tengan carácter mercantil y los aparcamientos en superficie vinculados a actividades sujetas a licencia de apertura. g) Los usos residenciales y sus instalaciones complementarias privadas (trasteros, locales para uso exclusivo de reunión de la comunidad de propietarios, piscinas, pistas deportivas, garajes, etcétera), siempre que se encuentren dentro de la misma parcela o conjunto residencial ocupado por los usos residenciales a los que se vinculan.

a) Declaración responsable, en la que el interesado manifieste que cumple con la legislación vigente, según el modelo que se establece como anexo I. b) Proyecto técnico. Este proyecto podrá ser de tres tipos: b.1. b.2. b.3.

Proyecto de obras de edificación y proyecto de actividad, para nuevas edificaciones destinadas a usos no residenciales. Proyecto de obras para reforma interior de locales y de las condiciones de las instalaciones del local. Documentación de justificación de las condiciones técnicas exigibles, cuando no esté prevista la ejecución de obras en el local.

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Art. 2. Competencia en el otorgamiento de licencias.—Conforme permite la previsión de los artículos 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 30 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, corresponde al alcalde el otorgamiento de las licencias, pudiendo proceder a la delegación de esas facultades en un concejal-delegado. Art. 3. Sujetos obligados a solicitar licencia.—El deber de obtener las licencias, autorizaciones y verificaciones contempladas en la presente ordenanza se extiende tanto a personas o a entidades privadas como a entidades o Administraciones Públicas, salvo las excepciones reguladas expresamente por la normativa de aplicación. Art. 3 bis. Actuaciones no sujetas a licencia.—1. Las actividades comerciales minoristas y de servicios, en los términos de los artículos 2 y 4.1 de la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, así como a aquellas actividades que se realicen en oficinas, incluidas en el anexo de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, se encuentran sujetas al régimen de inexigibilidad de licencia previa, tanto si van o no acompañadas de obras de acondicionamiento de locales, y el procedimiento de tramitación se iniciará con la simple presentación completa de los siguientes documentos:

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Cualquier documentación presentada, con relación a la actividad, deberá contener, como mínimo, memoria descriptiva de la actividad, planos profesionalizados, relación de maquinaria e instalaciones con indicación de potencia, mediciones y presupuesto. c) Liquidación de las tasas que procedan. 2. Si la documentación presentada fuese incompleta se requerirá al interesado para que proceda a aportar la documentación requerida de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, cuando la instalación, implantación o modificación de alguna actividad comercial exija algún procedimiento de evaluación ambiental conforme a la legislación estatal básica, la documentación anterior no podrá presentarse hasta haber llevado a cabo dicha evaluación y, en todo caso, deberá disponer de la documentación que expresamente así lo acredite. 4. Una vez presentada la documentación completa el Ayuntamiento deberá resolver sobre la solicitud en el plazo de tres meses desde su presentación. El transcurso del plazo máximo para resolver solo podrá interrumpirse por una sola vez por requerimiento de subsanación de deficiencias o mejora de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 155.3 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. 5. Una vez se encuentre el expediente completo y, en su caso, subsanada la documentación, se procederá a realizar las oportunas verificaciones por parte de los servicios técnicos municipales de conformidad con lo previsto en el artículo 84 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El documento de verificación posterior deberá ir firmado por los servicios jurídicos y técnicos municipales. Si por el contrario, el documento de verificación fuese desfavorable podrán los servicios técnicos y/o jurídicos correspondientes formular por escrito los reparos de legalidad, seguridad o salubridad, sobrevenida incluso, que procedan, que deberán ser cumplimentados. Estos reparos podrán dar lugar, si procede, a la incoación de procedimientos de protección de la legalidad urbanística y de sanción de su infracción, si transcurridos los plazos otorgados para cumplimentar los reparos no se hubieran llevado a debido efecto. Art. 4. Tipos de licencias.—1. Las licencias denominadas genéricamente como licencias de actividad contempladas en la presente ordenanza comprenden los siguientes tipos: a) Autorización para el ejercicio de actividades. b) Licencia de actividad. c) Licencia de puesta en funcionamiento. d) Licencia de funcionamiento. e) Licencia específica. 2. A efectos de lo previsto en la presente ordenanza se considera autorización para el ejercicio de actividades el título habilitante, no otorgado como medio de control preventivo, por parte del Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 84 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que se tramitará a través de la presentación de la oportuna declaración responsable, girándose visita con posterioridad por parte de los servicios técnicos municipales, y será de aplicación para aquellas actividades que se desarrollen en oficinas y cuyo objeto no se encuentre incluido en el anexo de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid. 3. Se considera licencia de actividad aquella que constituye un título habilitante previo para las actividades que afecten a la protección del medio ambiente o del patrimonio histórico-artístico, con la excepción prevista en el artículo 2.2 de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, aquellas que afecten a la seguridad o salud públicas, o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público, y que no podrán desarrollarse sin contar con su otorgamiento. En este sentido, deberá en todo caso entenderse que las actividades que afecten al medio ambiente son aquellas señaladas en el anexo V de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, cuya tramitación seguirá la prevista en dicho cuerpo legal. Se entenderán que son actividades que afectan a la seguridad o salud públicas aquellas que estén afectas de forma directa o indirecta a la manipulación, distribución, transformación, comercialización o puesta a disposición de cualesquiera alimentos destinados al consumo humano.

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4. La licencia de puesta en funcionamiento es aquella licencia que tiene carácter posterior a la de actividad y su función consiste en verificar que lo ejecutado se ajusta a la licencia y al proyecto presentado, habiéndose adoptado, además, las medidas correctoras necesarias. 5. Licencia de funcionamiento es aquella para actividades incluidas en Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. 6. La licencia específica es aquella licencia para establecimientos de venta de bebidas alcohólicas según Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos. Art. 5. Registro de licencias.—Las solicitudes se presentarán, en su caso, en el registro del Ayuntamiento habilitado a tal efecto, mediante impreso normalizado o en el soporte informático, electrónico o telemático, que en cada caso establezca el Ayuntamiento de El Molar, al que se acompañará la documentación que para cada tipo de licencia se exige en la presente ordenanza. En dicha solicitud el interesado podrá señalar un número de fax o dirección de correo electrónico, autorizando la tramitación de su expediente a través de dichos medios, a fin de agilizar la instrucción del expediente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo siguiente. Art. 6. Soporte documental.—La presentación de solicitudes, escritos, proyectos, planos, comunicaciones y documentos deberá efectuarse en papel, debidamente registrado, y/o en soporte informático, electrónico o telemático, siguiendo las instrucciones que el Ayuntamiento proporcione para facilitar la utilización de nuevas tecnologías. El soporte informático será compatible con el “software” municipal. En todo caso, los proyectos que se presenten en soporte informático deberán contar con el visado digital del colegio profesional correspondiente. Art. 7. Tasas e impuestos.—Las obras y actividades objeto de regulación por la presente ordenanza estarán sujetas al pago de las tasas e impuestos previstos en las ordenanzas municipales, vigentes en el momento de la solicitud de la licencia. A estos efectos, el interesado practicará la autoliquidación correspondiente que adjuntará a dicha solicitud, que tendrá carácter provisional hasta que se practique la comprobación por los servicios técnicos municipales, girándose, en su caso, la liquidación complementaria o devolución correspondientes. Art. 8. Carácter declarativo de las licencias.—1. Las licencias, verificaciones y autorizaciones se entenderán otorgadas salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. 2. Producirán efectos entre el Ayuntamiento y el sujeto a cuya actuación se refieran pero no alterarán las situaciones jurídicas privadas entre este y las demás personas. 3. No podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en que hubieran incurrido los titulares en el ejercicio de las actuaciones autorizadas. Art. 9. Cambios de titularidad.—1. Las licencias, verificaciones y autorizaciones objeto de la presente ordenanza serán transmisibles, estando obligados tanto el anterior titular como el nuevo a comunicarlo por escrito a este Ayuntamiento, sin lo cual quedarán ambos sujetos a las responsabilidades que se derivaren para el titular. 2. En caso de imposibilidad debidamente acreditada de la comunicación a que se refiere el apartado anterior, se admitirá documento público o privado acreditativo de la circunstancia (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etcétera). 3. Para obtener licencia por cambio de titular de una actividad, siempre que el establecimiento mantenga íntegramente las condiciones anteriores (distribución, instalaciones de protección contra incendios, medidas técnico-sanitarias, etcétera) que constan en el Ayuntamiento, se deberá presentar además de la documentación necesaria para la solicitud, los datos de la licencia de apertura original y certificado de persistencia de condiciones. 4. En los supuestos de actividades de comercio minorista, de determinados servicios y aquellas que se realicen en oficinas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial, será suficiente la comunicación previa acompañada de la liquidación de la tasa, precio o contraprestación económica que, en su caso, corresponda. Art. 10. Objeto y potestades administrativas.—1. La Administración Municipal podrá, en cualquier momento, de oficio o por denuncia, efectuar visitas de control o inspección a los establecimientos y actividades. 2. Las potestades de la Administración Municipal en el marco de las actuaciones de inspección y control son las siguientes: a) Comprobación periódica del cumplimiento de la normativa de aplicación que afecte a las actividades sujetas a declaración responsable y licencia de apertura. b) Adopción de medidas para el restablecimiento y aseguramiento de la legalidad.

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c) Tramitación de las actas de denuncia que se levanten por agentes de la autoridad o por los/las funcionarios/as habilitados sobre hechos o conductas susceptibles de constituir infracción. d) Comprobación y, en su caso, tramitación de las denuncias que por incumplimientos susceptibles de constituir infracción se presenten por los ciudadanos. e) Aplicación de medidas provisionales y sancionadoras para las actuaciones u omisiones susceptibles de infracción. Art. 11. Ejercicio de la potestad sancionadora.—1. En ningún caso se podrá imponer una sanción sin que se haya tramitado el oportuno procedimiento. 2. Las disposiciones sancionadoras no se aplicarán con efecto retroactivo, salvo cuando favorezcan al presunto infractor. Art. 12. Procedimiento.—Los procedimientos sancionadores se iniciarán, tramitarán y resolverán conforme a lo establecido en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, Regulador del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y demás normativa general de aplicación. Art. 13. Concepto y clasificación de las infracciones.—1. Tienen la consideración de infracciones administrativas las acciones y omisiones que vulneren las normas contenidas en la presente ordenanza y normativa aplicable, así como la desobediencia de los mandatos de la Administración Municipal o sus agentes, dictados en aplicación de la misma. 2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, de conformidad con la tipificación establecida en los artículos siguientes, sin perjuicio de lo regulado en la normativa del Estado o de la Comunidad Autónoma y en las que recaiga sobre la Administración Municipal la competencia para sancionar. Art. 14. Infracciones.—Sin perjuicio de lo dispuesto para las actividades incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, así como para las actividades sujetas a la Ley 17/1997, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, se aplicará el régimen sancionador previsto en el capítulo IV de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid. Art. 15. Responsables de las infracciones.—1. Son responsables de las infracciones: a) Los titulares de las licencias municipales o quienes hayan suscrito la declaración responsable. b) Los encargados de la explotación técnica y económica de la actividad. c) Los técnicos que emitan la documentación técnica final, o emitan los certificados que se soliciten con motivo de garantizar que se han realizado las medidas correctoras necesarias para su funcionamiento o que las actividades cumplen con la normativa que les es de aplicación. d) Las personas responsables de la realización de la acción infractora, salvo que las mismas se encuentren unidas a los propietarios o titulares de la actividad o proyecto por una relación laboral, de servicio o cualquier otra de hecho o de derecho en cuyo caso responderán estos, salvo que acrediten la diligencia debida. 2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ordenanza corresponda a varias personas conjuntamente, o cuando no fuera posible determinar el grado de participación de las distintas personas que hubieren intervenido en la realización de la infracción, responderán solidariamente de las infracciones que en su caso se cometan y de las sanciones que se impongan. En el caso de personas jurídicas, podrá exigirse subsidiariamente la responsabilidad a los administradores de aquellas, en los supuestos de extinción de su personalidad jurídica y en los casos en que se determine su insolvencia. Art. 16. Graduación de las sanciones.—1. La imposición de las sanciones correspondientes a cada clase de infracción se regirá por el principio de proporcionalidad y, en todo caso, se tendrán en cuenta los criterios de graduación siguientes: a) La gravedad de la infracción. b) La existencia de intencionalidad. c) La naturaleza de los perjuicios causados. d) La reincidencia. e) La reiteración. f) El grado de conocimiento de la normativa legal y de las normas técnicas de obligatoria observancia por razón de oficio, profesión o actividad habitual. g) El beneficio obtenido de la infracción o, en su caso, la realización de esta sin consideración al posible beneficio económico.

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Se entenderá que existe reincidencia en los supuestos de comisión de más de una infracción de la misma naturaleza en el término de un año cuando así haya sido declarado por resolución firme. Se entenderá que existe reiteración en los casos de comisión de más de una infracción de distinta naturaleza en el término de un año cuando así haya sido declarado por resolución firme. En la fijación de las sanciones pecuniarias se tendrá en cuenta que, en todo caso, el cumplimiento de la sanción no resulte más beneficioso para la persona infractora que el cumplimiento de las normas infringidas. A los efectos de graduación anteriores, se consideran como circunstancias agravantes: a) El riesgo de daño a la salud o seguridad exigible. b) El beneficio derivado de la actividad infractora. c) Circunstancia dolosa o culposa del causante de la infracción. d) Reiteración y reincidencia. Tendrá la consideración de circunstancia atenuante de la responsabilidad, la adopción espontánea por parte del autor de la infracción, de medidas correctoras con anterioridad a la incoación del expediente sancionador, así como el reconocimiento espontáneo de responsabilidad por el interesado antes de efectuarse la propuesta de resolución. 2. Las sanciones se graduarán en tres escalas o grados: mínimo, medio y máximo. 3. Las actividades incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 17/1997, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, se regirán por lo establecido en la misma. 4. Tramos de las multas: a efectos de graduación de la sanción de multa, en función de su gravedad, esta se dividirá en cada uno de los grados (mínimo, medio o máximo) en dos tramos, inferior y superior, de igual extensión. Sobre esta base se observarán, según las circunstancias que concurran, las siguientes reglas: a) Si concurre solo una circunstancia atenuante, la sanción se impondrá en grado mínimo, y dentro de este, en su mitad inferior. Cuando sean varias, en la cuantía mínima de dicho grado, pudiendo llegar en supuestos muy cualificados a sancionarse conforme al marco sancionador correspondiente a las infracciones inmediatamente inferiores en gravedad. b) Si concurre solo una circunstancia agravante, la sanción se impondrá en grado medio en su mitad superior. Cuando sean dos circunstancias agravantes, la sanción se impondrá en la mitad inferior del grado máximo. Cuando sean más de dos agravantes o una muy cualificada podrá alcanzar la mitad superior del grado máximo, llegando incluso, dependiendo de las circunstancias tenidas en cuenta, a la cuantía máxima determinada. c) Si no concurren circunstancias atenuantes ni agravantes, el órgano sancionador, en atención a todas aquellas circunstancias de la infracción, individualizará la sanción dentro de la mitad inferior del grado medio. d) Si concurren tanto circunstancias atenuantes como agravantes, el órgano sancionador las valorará conjuntamente, pudiendo imponer la sanción entre el mínimo y el máximo correspondiente a la calificación de la infracción por su gravedad. Art. 17. Otras medidas sancionadoras.—Sin perjuicio de las sanciones pecuniarias previstas, la corrección de las infracciones tipificadas en la presente ordenanza podrá llevar aparejadas las siguientes sanciones accesorias: a) Precintados o retiradas de instalaciones no previstas en la declaración responsable o licencia de apertura. b) Suspensión temporal de las licencias incluyendo la suspensión y clausura temporal, respectivamente, de las actividades y establecimientos, incluido su precinto. c) Decretar como no presentada la declaración responsable o revocación de las licencias de apertura, en su caso. En el caso de infracciones muy graves, las sanciones complementarias o accesorias no podrán imponerse por un plazo superior a un año. En el supuesto de infracciones graves no podrán imponerse por un plazo superior a seis meses, salvo lo determinado expresamente en la legislación que le sea de aplicación, sin perjuicio de la posible revocación de la licencia de apertura concedida, que será por tiempo indefinido. La resolución que imponga estas sanciones determinará exacta y motivadamente el contenido y duración de las mismas. En El Molar, a 22 de octubre de 2013.—El alcalde, Emilio de Frutos Sebastián. (03/34.798/13) http://www.bocm.es

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 75

FUENLABRADA RÉGIMEN ECONÓMICO

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En la Secretaría General de esta Entidad Local, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria que ha sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de noviembre de 2013, según se detalla a continuación: — Número de expediente: 92/13. — Tipo de modificación: crédito extraordinario. Las personas que resulten interesadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1 del mencionado Real Decreto Legislativo, podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes normas: a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. En Fuenlabrada, a 7 de noviembre de 2013.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado. (03/36.224/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 76

GETAFE RÉGIMEN ECONÓMICO

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El artículo 35 de la ordenanza de conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones establece que la administración municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la Inspección Técnica de Edificios que se expondrá al público durante treinta días en el último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de Inspección Técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado se ha elaborado un padrón de los edificios y construcciones cuyos propietarios están obligados a acreditar la realización de la Inspección Técnica de Edificios en el año 2014, por ser edificios construidos entre 1961 y 1967, de conformidad con el artículo 34 y la disposición transitoria de la ordenanza de conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones. Este padrón se expondrá al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Getafe, por un plazo de treinta días, a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. Esta exposición, conforme al artículo 35 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado. Getafe, a 31 de octubre de 2013.—El jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, Jesús Molina de la Torre. (02/7.958/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 77

HOYO DE MANZANARES RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20131111-77

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2013, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicho acuerdo, con todos los antecedentes, permanecerá expuesto al público en este Ayuntamiento por un plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Caso de que no se presenten reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente aprobada la citada modificación. En Hoyo de Manzanares, a 5 de noviembre de 2013.—El alcalde, José Ramón Regueiras García. (03/36.130/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 78

HOYO DE MANZANARES RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Pleno del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2013, acordó la aprobación inicial del presupuesto general, las bases de ejecución y la plantilla de personal para el ejercicio económico 2014. La citada documentación se encuentra expuesta al público en las oficinas del Ayuntamiento para que los interesados puedan examinarla y presentar las reclamaciones y alegaciones oportunas en el plazo de quince días hábiles, ante el Pleno del Ayuntamiento, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido por el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo. El presupuesto y la restante documentación se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se presentasen reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas. En Hoyo de Manzanares, a 5 de noviembre de 2013.—El alcalde, José Ramón Regueiras García. (03/36.129/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 79

HOYO DE MANZANARES RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2013, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza del impuesto de vehículos de tracción mecánica. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicho acuerdo, con todos los antecedentes, permanecerá expuesto al público en este Ayuntamiento por un plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Caso de que no se presenten reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente aprobada la citada modificación. En Hoyo de Manzanares, a 5 de noviembre de 2013.—El alcalde, José Ramón Regueiras García. (03/36.128/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 80

LOECHES LICENCIAS

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Por “Rwcookwarw, Sociedad Limitada”, se solicita licencia de instalación, con las siguientes características: Actividad: almacén de menaje del hogar. Emplazamiento: polígono industrial “Pardo Concejil”, calle Montesa, números 14-16, nave 2, Loeches (Madrid). El expediente, junto con el proyecto técnico, se expone a información pública en las dependencias municipales durante el plazo de veinte días computados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, según determina el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Durante dicho plazo, podrá ser examinado por los interesados y presentar por escrito, ante el Registro General del Ayuntamiento, las alegaciones que estimen procedentes. Loeches, a 27 de septiembre de 2013.—El alcalde-presidente, Antonio Notario López. (02/7.070/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 81

LOECHES LICENCIAS

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Por “Raudotrans, Sociedad Limitada Unipersonal”, se solicita licencia de instalación, con las siguientes características: Actividad: tratamientos de residuos no peligrosos. Emplazamiento: polígono “Gestesa”, calle Plomo, número 19. El expediente, junto con el proyecto técnico, se expone a información pública en las dependencias municipales durante el plazo de veinte días computados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, según determina el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Durante dicho plazo, podrá ser examinado por los interesados y presentar por escrito, ante el Registro General del Ayuntamiento, las alegaciones que estimen procedentes. Loeches, a 20 de septiembre de 2013.—El alcalde-presidente, Antonio Notario López. (02/7.069/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 82

LOECHES LICENCIAS

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Por “Desguaces y Reciclados Natur, Sociedad Limitada”, se solicita licencia de instalación, con las siguientes características: Actividad: centro autorizado de recepción y descontaminación (CARD). Emplazamiento: polígono industrial “Prado Concejil”, calle Sanglás, números 32-34. Lo que se hace público para generar conocimiento, al objeto de que las personas interesadas puedan formular en el plazo de veinte días las reclamaciones que estimen oportunas. Loeches, a 4 de octubre de 2013.—El alcalde-presidente, Antonio Notario López. (02/7.448/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 83

LOECHES LICENCIAS

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Por “Caixabank, Sociedad Anónima”, se solicita la licencia de instalación, con las siguientes características: Actividad: oficina. Emplazamiento: calle Baños, número 1, bajo. El expediente, junto con el proyecto técnico, se expone a información pública en las dependencias municipales durante el plazo de veinte días computados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, según determina el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Durante dicho plazo, podrá se examinado por los interesados y presentar las alegaciones que se estimen procedentes. Loeches, a 4 de octubre de 2013.—El alcalde-presidente, Antonio Notario López. (02/7.449/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 84

MADARCOS RÉGIMEN ECONÓMICO

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En la Secretaría-Intervención de esta Entidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a afectos de reclamaciones, el presupuesto general de la Corporación para el ejercicio de 2014, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el 22 de octubre de 2013. Los interesados que estén legitimados podrán interponer las reclamaciones que deseen, durante el plazo de quince días hábiles, de conformidad con lo establecido en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado, a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si durante dicho plazo de información no se presentaran reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo en virtud de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004. En Madarcos, a 22 de octubre de 2013.—El alcalde-presidente, Juan Carlos García Parrabera. (03/34.785/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 85

MAJADAHONDA OTROS ANUNCIOS

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La Junta de Gobierno Local, en fecha 17 de diciembre de 2012, adoptó acuerdo relativo a la contestación al recurso de reposición interpuesto el 3 de noviembre de 2012 (RE 19.331), frente al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 9 de julio de 2012, en los términos que se hacen constar. Intentada la notificación del acto administrativo que se transcribe en su parte dispositiva, sin que haya sido posible practicarla en el domicilio designado y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido del acto que a continuación se especifica, asi como a la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: Don J. M. C. B., con DNI 263473-P, calle Ronda de San Martín, número 86, 28221 Majadahonda (Madrid); desestimación. De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en el Servicio de Urbanismo y Vivienda de este Ayuntamiento (plaza Mayor, número 3, segunda planta, 28220 Majadahonda), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes. Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, puede presentar recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la fecha de notificación de este acuerdo, sin perjuicio de poder ejercitar, en su caso, cualquier otra acción que estime procedente (artículo 117 de la Ley 30/1992 y artículo 52 de la Ley 7/1985). En Majadahonda, a 19 de septiembre de 2013.—El concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Juan Carlos Pérez González. (02/6.733/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 86

MAJADAHONDA OTROS ANUNCIOS

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No habiendo sido posible practicar en el domicilio de J. M. C. B., con DNI número 263473-P, el requerimiento para facilitar la inspección municipal en la vivienda sita en la ronda de San Martín, número 86, que a continuación se transcribe, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Visto que con fechas 14, 15, 17, 18 de enero se ha intentado notificar a J. M. C. B. un requerimiento para facilitar a la Inspección Municipal el acceso a la vivienda sita en la ronda de San Martín, número 86, al objeto de realizar inspección de la misma, de conformidad con los dispuesto en el artículo 190.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, que establece la obligación de prestar la colaboración necesaria a la labor de la Inspección Urbanística. Visto que el interesado no recoge las notificaciones de comunicación de la Inspección y, previamente a solicitar la oportuna autorización judicial para realizar la entrada en el emplazamiento citado, requiérase de nuevo al interesado para que en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, señale día y hora a los efectos de practicar la correspondiente inspección, debiendo ponerse en contacto con el Servicio de Urbanismo y Vivienda, Disciplina Urbanística, teléfono de contacto 916 349 100, extensiones 9497 o 9282. Lo que se publica para su conocimiento y a los efectos oportunos. Majadahonda, a 19 de septiembre de 2013.—El concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Juan Carlos Pérez González. (02/6.734/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 87

MÓSTOLES RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles, en ejercicio de las atribuciones delegadas por el Pleno Corporativo en su Acuerdo número 6/133, de 8 de noviembre de 2007 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de junio de 2008), adoptó, en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2013, el siguiente Acuerdo: “Primero.—Aprobar, de conformidad con lo establecido en el capítulo VI del título I del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la vigente ordenanza de normas generales para el establecimiento o modificación de precios públicos por el Ayuntamiento de Móstoles y los organismos autónomos y consorcios que dependan de aquel, el establecimiento de los precios públicos que a continuación se relacionan por la realización de las actividades que igualmente se reseñan, incluidas en la programación para 2013-2014 del Centro de Estudios para la Igualdad, dependiente de la Concejalía de Familia y Bienestar Social. 2.o SEMESTRE DE 2013 ACTIVIDAD

PRECIO PÚBLICO

ALFABETIZACIÓN INFORMÁTICA (Básico) LAS APLICACIONES COMO HERRAMIENTAS PARA LA GESTIÓN DEL TIEMPO NAVEGANDO POR LA RED CONCILIANDO CON INTERNET INICIACIÓN A LA PINTURA PINTURA AVANZADA INICIACIÓN A LA CERÁMICA TALLER DE INTERPRETACIÓN HABLAMOS INGLÉS I HABLAMOS INGLÉS II COSAS DE CASA I YOGA/PILATES DISEÑA TU PÁGINA WEB

20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 €

ACTIVIDAD

PRECIO PÚBLICO

ALFABETIZACIÓN INFORMÁTICA (Básico) LAS APLICACIONES COMO HERRAMIENTAS PARA LA GESTIÓN DEL TIEMPO NAVEGANDO POR LA RED CONCILIANDO CON INTERNET INICIACIÓN A LA PINTURA PINTURA AVANZADA CERÁMICA AVANZADA TALLER DE INTERPRETACIÓN HABLAMOS INGLÉS I HABLAMOS INGLÉS II COSAS DE CASA I YOGA/PILATES DISEÑA TU PÁGINA WEB

20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 € 20 €

Segundo.—Dar público conocimiento de los precios públicos anteriormente relacionados, según se dispone en el artículo 4.2 de la ordenanza de normas generales para el establecimiento o modificación de precios públicos por el Ayuntamiento de Móstoles y los organismos autónomos y consorcios que dependan de aquel”. Móstoles, a 24 de octubre 2013.—La concejal de Familia y Bienestar Social, Gema Zamorano Romo. (03/34.692/13)

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1.er SEMESTRE DE 2014

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 88

NUEVO BAZTÁN RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente el expediente de modificación de crédito número 3/2013, modalidad de transferencias de créditos entre diferentes áreas de gastos, por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2013, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 192, de fecha 14 de agosto de 2013, y no habiéndose presentado alegaciones durante el período de exposición pública, se considera definitivamente aprobado, lo que se hace público de conformidad con lo establecido en los artículos 179.4 y 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. RESUMEN POR CAPÍTULOS DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Capítulo

1 2 4 6 3

Denominación

Gastos de personal Gastos corrientes en bienes y servicios Transferencias corrientes Inversiones reales Gastos financieros Total

Altas (euros)

Bajas (euros)

50.535,94 86.635,77 20.000,00 2.000,00 159.171,71 159.171,71

159.171,71

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Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. En Nuevo Baztán, a 9 de septiembre de 2013.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez. (03/34.697/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 89

NUEVO BAZTÁN RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente el expediente de modificación de crédito número 2/2013, modalidad de transferencias de créditos entre diferentes áreas de gastos, por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2013, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 192, de fecha 14 de agosto de 2013, y no habiéndose presentado alegaciones durante el período de exposición pública, se considera definitivamente aprobado, lo que se hace público de conformidad con lo establecido en los artículos 179.4 y 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. RESUMEN POR CAPÍTULOS DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Capítulo

4

Denominación

Transferencias corrientes Total

Altas (euros)

Bajas (euros)

10.000,00 10.000,00

10.000,00 10.000,00

BOCM-20131111-89

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. En Nuevo Baztán, a 9 de septiembre de 2013.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez. (03/34.696/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 90

PARLA LICENCIAS

Por los interesados indicados se ha solicitado licencia y aportado proyecto para la instalación de actividades en los emplazamientos que se citan:

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Expediente. — Titular y actividad. — Ubicación de la actividad. 000023/2013-APL. — Zang Wang Yangyang; Cafetería. — Calle Real, 68, local 2.. Lo que en cumplimiento de la legislación ambiental de la Comunidad de Madrid, se somete al trámite de información pública, para que quienes pudiera resultar afectados de algún modo por la actividad que se pretenden instalar, puedan formular las alegaciones pertinentes en el plazo de veinte días a contar desde la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Parla, a 6 de noviembre de 2013.—El concejal-delegado de Actividades, Nuevas Tecnologías y Desarrollo Empresarial, Ángel Sánchez Porcel. (02/7.922/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 91

PELAYOS DE LA PRESA RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20131111-91

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Pelayos de la Presa, en sesión extraordinaria celebrada el 24 de octubre 2013, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del Servicio de Recogida de Basura o Residuos Sólidos Urbanos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente queda expuesto al público en la Secretaría Municipal, durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de que puedan ser examinados por los interesados y en su caso presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. La aprobación inicial, de no formularse reclamaciones en el plazo establecido, se elevará a definitiva, sin precisar nuevo acuerdo municipal. Pelayos de la Presa, a 24 de octubre de 2013.—El alcalde, Herminio Cercas Hernández. (03/34.690/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 92

RIBATEJADA RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento para 2013, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos: ESTADO DE GASTOS Capítulo

Denominación

Importe (euros)

A) Operaciones no financieras A.1. Operaciones corrientes 1 2 3 4 6

Gastos de personal Gastos corrientes en bienes y servicios Gastos financieros Transferencias corrientes A.2. Operaciones de capital Inversiones reales

289.863,67 243.920,64 1.000,00 8.577,22

Total

4.103,06 547.464,59

ESTADO DE INGRESOS Capítulo

Denominación

Importe (euros)

A) Operaciones no financieras A.1. Operaciones corrientes 1 2 3 4 5

Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas, precios públicos y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales Total

412.413,95 25.000,00 87.283,56 160.155,59 1.412,16 686.265,26

1. Plazas funcionarios: 1.1. Funcionario de habilitación estatal. Denominación del puesto: Secretaría Intervención. Grupo: A1. Nivel de complemento destino: 26. Situación: en propiedad. 2. Plazas de personal laboral fijo: 2.1. Denominación: administrativo. Número de plazas: 1. Situación: en propiedad. 2.2. Denominación: auxiliar administrativo. Número de plazas: 2. Situación: en propiedad. 2.3. Denominación: alguacil. Número de plazas: 1. Situación: en propiedad. 2.4. Denominación: operario de cometidos múltiples. Número de plazas: 1. Situación: en propiedad

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Plantilla de personal

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BOCM-20131111-92

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción. En Ribatejada, a 25 de octubre de 2013.—El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul. (03/34.801/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 93

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20131111-93

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2013, aprobó inicialmente la modificación de la “Ordenanza para la creación de ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial”, mediante la inclusión del fichero denominado “Usuarios Biblioteca”, cuyo expediente se expone al público por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados legitimados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. El expediente podrá examinarse en la Secretaría General del Ayuntamiento de nueve a catorce horas. San Lorenzo de El Escorial, a 25 de octubre de 2013.—El alcalde, José Luis FernándezQuejo del Pozo. (03/34.784/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 94

TITULCIA OTROS ANUNCIOS

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Por acuerdo del Pleno municipal de 24 de junio de 2013, se aprobó incoar el procedimiento para la alteración de la calificación jurídica (desafectación) del bien inmueble-solar debido a que el bien no puede destinarse al uso o servicio público de promoción de vivienda joven, cambiando, así pues, su calificación de bien de dominio público a bien de carácter patrimonial. El expediente queda sometido a información pública por plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios; a lo largo de este plazo, los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas. En Titulcia, a 25 de junio de 2013.—La alcaldesa-presidenta, María Fuencisla Molinero Cuenca. (02/4.995/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 95

TORREJÓN DE ARDOZ LICENCIAS

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Don Jianbin Li solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de ampliación autoservicio de alimentación, en avenida de Madrid, números 56-58. Lo que en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente se hace público, para que los que pudieran resultar afectados por la mencionada actividad puedan formular las observaciones pertinentes en esta Secretaría, en el plazo de veinte días a contar de la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Torrejón de Ardoz, a 14 de octubre de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo, PD (DA de 13 junio de 2011), José Luis Navarro Coronado. (02/7.374/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 96

TORREJÓN DE ARDOZ LICENCIAS

BOCM-20131111-96

“Pit Lane Boxes, Sociedad Limitada”, solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de taller reparación automóviles, en calle Amoniaco, número 8. Lo que en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente se hace público, para que los que pudieran resultar afectados por la mencionada actividad puedan formular las observaciones pertinentes en esta Secretaría, en el plazo de veinte días a contar de la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Torrejón de Ardoz, a 4 de octubre de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo, PD (DA de 13 junio de 2011), José Luis Navarro Coronado. (02/7.239/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 97

TORREJÓN DE ARDOZ LICENCIAS

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Doña Gema de Lope Gaitán solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de comercio alimentación, en calle Andalucía, número 14, bajo C. Lo que en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente se hace público, para que los que pudieran resultar afectados por la mencionada actividad puedan formular las observaciones pertinentes en esta Secretaría, en el plazo de veinte días a contar de la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Torrejón de Ardoz, a 7 de octubre de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo, PD (DA de 13 junio de 2011), José Luis Navarro Coronado. (02/7.238/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 98

TORREJÓN DE ARDOZ LICENCIAS

BOCM-20131111-98

Don Shengqiang Zhou solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de venta alimentación, en calle Alcuñez, número 4. Lo que en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente se hace público, para que los que pudieran resultar afectados por la mencionada actividad puedan formular las observaciones pertinentes en esta Secretaría, en el plazo de veinte días a contar de la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Torrejón de Ardoz, a 7 de octubre de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo, PD (DA de 13 junio de 2011), José Luis Navarro Coronado. (02/7.230/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 99

TORREJÓN DE ARDOZ LICENCIAS

BOCM-20131111-99

Don Xiaorong Zheng solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de autoservicio de alimentación, en avenida Madrid, número 35, local 12. Lo que en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente se hace público, para que los que pudieran resultar afectados por la mencionada actividad puedan formular las observaciones pertinentes en esta Secretaría, en el plazo de veinte días a contar de la inserción del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Torrejón de Ardoz, a 7 de octubre de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo, PD (DA de 13 junio de 2011), José Luis Navarro Coronado. (02/7.229/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 100

TORREJÓN DE ARDOZ OTROS ANUNCIOS

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De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada notificación individual sin que haya sido posible practicarla, se hace público lo siguiente: El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz ha comenzado la incoación de expediente sobre abandono de vehículo, fundamentándose en el tiempo de permanencia estacionado en la vía pública y en el estado de conservación del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y habiendo intentado su notificación a los que figuran como propietarios en la base de datos de la Jefatura Provincial de Tráfico y que se relacionan a continuación, se procede a notificar mediante edicto la siguiente relación. Para que no se continúe con la tramitación del expediente deberá aportar, en el plazo de quince días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, fotocopia de los siguientes documentos: permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica con ITV pasada, seguro obligatorio al corriente de pago y último recibo pagado del impuesto de vehículos de tracción mecánica. En caso de no aportar la documentación requerida en el plazo señalado, se continuará la tramitación del expediente sobre abandono de vehículo, informando que el abandono de vehículos se considera como abandono de residuos no peligrosos en vía pública, que podría ser sancionado con multa de 600 a 30.000 euros, de conformidad con el artículo 35.1.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que los expedientes obran en las dependencias municipales de la Concejalía de Seguridad y Tráfico (plaza Centro, número 1).

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EDICTO NÚMERO 3/13 SOBRE VEHICULOS ABANDONADOS MATRÍCULA

9463-DGD 2049-FMY M-2227-OU C-4259-BTJ 3836-CMF 6105-BTB M-6059-PU BOY-04788 M-5977-IT C-8227-BVF C-3411-BNH 7254-DTP M-8732-OV M-0448-UF 8346-CVF M-4502-XZ 5360-CLS M-0331-ZP M-1479-YT 0661-BVD 9107-BML M-9333-MV 1182-BCM 4761-CDL 8118-BCP M-8827-VS 3856-DCB 2879-BCR M-4953-SV M-5536-NC 5591-CFC

MARCA

B.M.W. FORD FORD RIEJU MERCEDES SEAT SEAT FORD OPEL DAELIM SUZUKI OPEL SEAT PEUGEOT CITROEN VOLKSWAGEN OPEL SEAT RENAULT CITROEN NISSAN B.M.W. FORD RENAULT MERCEDES BE AUDI ALFA ROMEO OPEL FORD VOLKSWAGEN CITROEN

MODELO

316 I FIESTA MONDEO MRX E 270 CDI CORDOBA TOLEDO KA CORSA S-FIVE AY 50 WRX ZAFIRA TOLEDO 205 C2 PASSAT CORSA CORDOBA LAGUNA XSARA PRIMERA 520I MONDEO LAGUNA SL 320 A4 156 OMEGA FIESTA GOLF XSARA

NOMBRE DEL TITULAR

APELLIDOS DEL TITULAR

MONALISA ALEXANDER AGUSTIN IVAN SL YUDELKA TANIA LUIS

MIHAI CERPA MARTIN HERNANDEZ DE LA ROSA MALAGON LOPEZ EUROMEGA DOS MIL TRES PEREZ MINYETTI ANIBAL GIL

ANGEL LUIS MIGUEL JULIO ENRIQUE YAQUELIN PABLO ANDRES INDHIRA ELENA EDUARDO JAIME JAVIER DANIEL JEAN CLAUDE

VILCHES ARROYO MAIZ CASTILLO MENDOZA RODRIGUEZ JUSTINIANO TOSUBE PINO JAUREGUI MATEO GERALDO RUIZ TESORERO MORALES GARCIA FERNANDEZ SANCHEZ TORRES PRADO MENDI AIR LINK SOLUTIONS S.L. AWOTODUNBO IORDACHE NCHARE INCHAURTIETA BERMUDEZ RODRIGUEZ BENITEZ ASUMU OSA MUÑOZ HERVAS OLTEANU AUÑON HENARES CABANILLAS CHARCO ESTEBANEZ MORENO

OLUBUNMI SHOLA ADRIAN IDRISS ROLAND KAREL JOSE ALEJANDRO JESUS CONSTANTIN CLAUDIU FRANCISCO MANUEL FRANCIS ALEJANDRO

CÓDIGO

28148130000240 28148130000260 28148130000268 28148130000272 28148130000259 28148130000270 28148130000266 28148130000269 28148130000192 28148130000286 28148130000285 28148130000078 28148130000181 28148130000220 28148130000231 28148130000170 28148130000319 28148130000209 28148130000210 28148130000252 28148130000305 28148130000336 28148130000306 28148130000332 28148130000320 28148130000310 28148130000277 28148130000234 28148130000239 28148130000182 28148130000079

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Torrejón de Ardoz, a 30 de septiembre de 2013.—El concejal de Seguridad, Deportes y Juventud, PDA de 24 de octubre de 2012, José Miguel Martín Criado. (02/6.962/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 101

TRES CANTOS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión ordinaria celebrada el 15 de julio de 2013, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora del aparcamiento limitado en el parking de Renfe. Expuesto al público dicho acuerdo y publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se han presentado alegaciones que han sido resueltas, junto con la aprobación definitiva del texto de la ordenanza, por acuerdo plenario adoptado en sesión ordinaria el 31 de octubre de 2013, por lo que se procede a la publicación del texto íntegro de dicha ordenanza: ORDENANZA REGULADORA DE APARCAMIENTO LIMITADO EN PARKING RENFE Capítulo I Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación

Capítulo II Normas de carácter general Art. 4. 4.1. Podrán estacionar en las plazas de aparcamiento de la Zona Blanca: a) Los vehículos que exhiban de forma perfectamente visible la “Tarjeta de residente”. b) Los vehículos destinados a la asistencia sanitaria debidamente identificados cuando estén realizando labores propias de su actividad. c) Los vehículos vinculados a servicios públicos municipales. d) Los vehículos de servicio oficial debidamente identificados en servicio.

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Artículo 1. Por la presente ordenanza se establece el servicio de estacionamiento limitado en el tiempo en el parking público de la estación de cercanías Renfe, sito entre la calle Viento y Ronda de la Luna. El estacionamiento limitado se aplicará, de lunes a viernes, en dos zonas: Zona Blanca de Residentes y Zona Azul de Rotación. — En la Zona Blanca podrán estacionar los vehículos que exhiban la “Tarjeta de residente”, por un límite de tiempo máximo de cuarenta y ocho horas continuadas. — En la Zona Azul podrá estacionar cualquier vehículo durante las horas establecidas para el estacionamiento limitado, en horario de siete a veintidós, por un límite de tiempo máximo de dos horas, incluidos residentes. Art. 2. 2.1. Ambas zonas serán adecuadamente delimitadas e indicadas mediante la oportuna señalización vial: a) La Zona Blanca será señalizada mediante marcas viales de color blanco, que servirán para delimitar el área en que es eficaz la “Tarjeta de residente”. b) La Zona Azul será señalizada mediante marcas viales de color azul, que servirán para delimitar el área en que podrá estacionar cualquier vehículo. 2.2. Igualmente, en los dos accesos al parking se establecerá la señalización vertical (S-17), que indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. 2.3. Los horarios de regulación y limitación del estacionamiento podrán ser modificados mediante decreto del alcalde-presidente de Tres Cantos u órgano en quien delegue. 2.4. Asimismo, por motivos de interés público o con ocasión de festejos o actos multitudinarios y mediante la oportuna resolución, se podrá excluir temporalmente la limitación del tiempo de estacionamiento en las dos zonas, Blanca y Azul. 2.5. La posesión de la “Tarjeta de residente” no da derecho a una plaza de aparcamiento. Art. 3. Lo dispuesto en la presente ordenanza y resoluciones concordantes se entiende sin perjuicio de las restricciones, prohibiciones y sanciones establecidas en la normativa sectorial de aplicación.

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4.2. Se reservarán un número adecuado de plazas para personas con discapacidad, con movilidad reducida. Sin perjuicio de lo anterior, los vehículos de personas con discapacidad, con movilidad reducida, cuando tengan visible el distintivo la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para Personas con Movilidad Reducida en el Modelo de las Comunidades Europeas podrán aparcar en cualquiera de las dos zonas, Blanca o Azul. 4.3. Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas deberán, en todo caso, estacionar en los lugares habilitados al efecto, fuera de las Zonas Blanca y Azul, no pudiéndolo hacer, en ningún caso, en las zonas reservadas para los vehículos de mayor peso autorizado. 4.4. Los vehículos comerciales que estén realizado operaciones de carga y descarga, podrán estacionar en las zonas y horarios asignados para ello, hasta un máximo de treinta minutos. Capítulo III

Art. 5. Requisitos para obtener la tarjeta de estacionamiento.—5.1. Podrán obtener para sus vehículos la acreditación de “Tarjeta de residente”, expedida por el Ayuntamiento de Tres Cantos, las personas que lo soliciten y que cumplan los siguientes requisitos: a) Que el propietario del vehículo esté empadronado en el municipio de Tres Cantos. Será propietario quien conste en el permiso de circulación expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico. b) Que el vehículo esté dado de alta en el padrón del impuesto de vehículos de tracción mecánica del Ayuntamiento de Tres Cantos, y al corriente tanto en el pago del mismo como de cualquier otro tributo municipal. 5.2. También podrán obtener la “Tarjeta de residente” aquellas personas empadronadas en Tres Cantos, que dispongan de un vehículo turismo o mixto de empresa en régimen de arrendamiento financiero (“leasing” o “renting”), siempre que se encuentre al corriente de las obligaciones tributarias contraídas con el Ayuntamiento de Tres Cantos. Art. 6. Documentación.—6.1. Para obtener la “Tarjeta de residente” los interesados deberán solicitarlo en las instalaciones municipales habilitadas al efecto (Servicio de Atención al Vecino del Ayuntamiento de Tres Cantos, Edificio de Seguridad, etcétera) presentando los siguientes documentos: a) Fotocopia del documento nacional de identidad. En caso de extranjeros, la tarjeta de residente o pasaporte. b) Fotocopia del permiso de circulación del vehículo que acredite que el solicitante o representado es el propietario del vehículo. c) Justificante de haber abonado el importe de la tasa por la expedición de la “Tarjeta de residente” establecido en la correspondiente ordenanza fiscal. 6.2. Por la Administración municipal se comprobará de oficio el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Que el solicitante esté empadronado en el municipio de Tres Cantos. b) Que haya abonado el último recibo del IVTM. c) Que esté al corriente de pago del resto de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Tres Cantos. Art. 7. Procedimiento.—7.1. Comprobada la documentación por el órgano emisor y una vez verificado que los documentos que se presentan se ajustan a lo dispuesto en esta ordenanza, se procederá a la expedición de la “Tarjeta de residente” la cual incluirá la matrícula del vehículo para el que se autoriza. 7.2. En caso de incumplimiento de las condiciones requeridas, la tarjeta no será expedida, pudiendo presentarse las alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento de Tres Cantos. El plazo de resolución será como máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud. Transcurrido el mismo, sin notificación de requerimiento o resolución, se entenderá desestimada. Art. 8. Validez y utilización.—8.1. La “Tarjeta de residente”: a) Deberá ser expuesta en el interior del vehículo junto al parabrisas delantero de forma que sea visible desde la vía pública. b) Habilita al vehículo para estacionar gratuitamente en la Zona Blanca de residentes del parking público de la estación de cercanías Renfe, sito entre la calle Viento y

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Régimen de residentes

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Ronda de la Luna, con una limitación de estacionamiento de un máximo de cuarenta y ocho horas continuadas. c) Tendrá validez durante un año natural, debiendo solicitarse su renovación durante el mes de octubre y noviembre de cada año natural, siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 5. 8.2. El Ayuntamiento podrá anular, dentro del período anual, la validez de uso de la “Tarjeta de residente” cuando desaparezca cualquiera de los requisitos necesarios para su obtención sin que exista derecho de reembolso de cantidad alguna. 8.3. El titular de la tarjeta es responsable de su utilización. En caso de solicitar duplicado por pérdida o deterioro, podrá obtener una nueva abonando la tasa establecida en la ordenanza fiscal. Art. 9. 9.1. Cuando el titular de una “Tarjeta de residente” cambie de vehículo deberá comunicarlo aportando fotocopia de la documentación señalada en el artículo 6.1.b) y c), tramitándose y expidiéndose una nueva tarjeta. 9.2. La inobservancia de esta norma, además de las sanciones previstas, implicará la anulación de la “Tarjeta de residente” del anterior vehículo. Capítulo IV Normas reguladoras de la limitación del tiempo de estacionamiento en la Zona Azul de Rotación Art. 10. 10.1. La limitación del tiempo de estacionamiento en la Zona Azul o de Rotación se establece en los días laborables, de lunes a viernes, de siete a veintidós horas. Dentro de este horario, los vehículos que estacionen en cualquiera de las plazas de estacionamiento de la Zona Azul o de Rotación, podrán hacerlo de forma totalmente gratuita con una limitación de tiempo máximo de dos horas continuadas, transcurrido el cual, el vehículo deberá ser retirado del parking público de la estación de cercanías Renfe. En caso contrario se estará al Régimen de Infracciones establecido en el capítulo IV de la presente ordenanza. 10.2. Fuera del horario de la limitación del tiempo de estacionamiento establecido en el apartado anterior, es decir, de las veintidós horas hasta las siete horas, cualquier vehículo, ya sea con “Tarjeta de residente” o sin ella, podrá estacionar en las plazas de la Zona Azul o de Rotación sin el límite de tiempo máximo de dos horas. Capítulo IV Régimen sancionador Art. 11. Disposiciones generales.—11.1. No se podrá imponer sanción alguna por las infracciones tipificadas en esta ordenanza sino en virtud de procedimiento instruido con arreglo a lo dispuesto en la normativa de aplicación. 11.2. En lo no previsto por la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y supletoriamente, por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 11.3. Si se efectúa el pago voluntario de la multa, se seguirá el procedimiento sancionador abreviado y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador ordinario. 11.4. La Policía Local será la encargada de la emisión de las denuncias debidas a infracciones de esta ordenanza. Art. 12. Infracciones.—Se consideran infracciones de la presente ordenanza, sin perjuicio de otras infracciones tipificadas en la correspondiente normativa de tráfico, las siguientes actuaciones: 12.1. Infracciones leves: a) Estacionar sin poseer o exhibir debidamente la “Tarjeta de residente”. b) Rebasar el tiempo de estacionamiento. 12.2. Infracciones graves: a) Utilizar una “Tarjeta de residente” manipulada o falsificada. b) Utilizar una “Tarjeta de residente” anulada, caducada o no idónea.

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c) Utilizar la “Tarjeta de residente” una vez transferida la propiedad del vehículo para el que se le otorgó. d) Incumplir los titulares de las “Tarjeta de residente” la obligación de comunicar la trasferencia del vehículo. Art. 13. Sanciones.—13.1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 80 euros. 13.2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 150 euros. 13.3. Se establece la reducción del 50 por 100 del importe de la sanción de multa, si se realiza el pago voluntario, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación, y se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las consecuencias establecidas en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 339/1990, antes citado. Capítulo V Medidas provisionales y otras medidas Art. 14. Medidas provisionales.—14.1. El órgano competente que haya ordenado la incoación del procedimiento sancionador podrá adoptar mediante acuerdo motivado las medidas provisionales o cautelares que considere necesarias para evitar el mantenimiento de los efectos de la presunta infracción. 14.2. Si de las comprobaciones practicadas resultara que por la persona titular del distintivo de aparcamiento se ha venido realizando un uso fraudulento del mismo o que los datos aportados para la obtención de la autorización han sido falseados, se podrá anular la tarjeta emitida, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador. Art. 15. Retirada del vehículo.—15.1. Se procederá a la retirada de un vehículo del parking público de la estación de cercanías Renfe y a su depósito en el Depósito Municipal, en los casos contemplados en el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como en los siguientes casos:

15.2. Cuando un vehículo permanezca por el tiempo y condiciones que hagan presumir racionalmente su abandono, se procederá a su tratamiento conforme lo establecido en la normativa a tal efecto. En este caso serán de aplicación las disposiciones vigentes sobre vehículos abandonados en la vía pública. 15.3. La prestación del servicio de retirada de vehículos del parking público de la estación de cercanías Renfe, así como la custodia del mismo en el Depósito Municipal, devengarán las tasas establecidas en la ordenanza fiscal correspondiente, que deberán ser satisfechas antes de la devolución del vehículo, y sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran imponerse. DISPOSICIÓN ADICIONAL Para el cumplimiento de esta ordenanza se podrán incorporar cuantos medios materiales y humanos se considere procedente, mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia.

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a) Cuando un vehículo permanezca estacionado en la Zona Blanca sin exhibir de forma perfectamente visible la “Tarjeta de residente”. b) Cuando un vehículo permanezca estacionado en una de las plazas de estacionamiento de la Zona Blanca o de Residentes por un tiempo superior al máximo permitido establecido en la presente ordenanza (cuarenta y ocho horas). c) Cuando un vehículo permanezca estacionado en una de las plazas de estacionamiento de la Zona Azul o de Rotación por un tiempo superior al máximo permitido establecido en la presente ordenanza (dos horas). d) Cuando un vehículo esté estacionado de forma que no permita la mejor utilización del restante espacio disponible. e) Cuando el vehículo presente desperfectos o elementos que se considere que constituyen un obstáculo o peligro para la circulación o riesgo para los peatones, o produzca daños en la calzada.

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DISPOSICIÓN FINAL

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La presente ordenanza entrara en vigor a partir del 1 de enero de 2014, una vez publicado su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Tres Cantos, a 31 de octubre de 2013.—El alcalde, Jesús Moreno García. (03/35.802/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 102

TRES CANTOS RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Pleno Municipal de Tres Cantos, en sesión extraordinaria celebrada el 7 de noviembre de 2013, ha acordado la aprobación inicial del presupuesto general municipal 2014. De acuerdo con lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo de Pleno estará expuesto en el tablón de anuncios municipal durante un plazo de quince días a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente en la Intervención General Municipal y dirigir al Pleno Municipal las reclamaciones que estimen oportunas, conforme a lo dispuesto en el artículo 170 del mencionado texto legal. Tres Cantos, a 7 de noviembre de 2013.—El alcalde-presidente, Jesús Moreno García. (03/36.225/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 103

VALDEOLMOS-ALALPARDO RÉGIMEN ECONÓMICO

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En la intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de 23 de octubre de 2013, de establecimiento de la ordenanza municipal del precio público por entrada a espectáculos celebrados en el municipio de Valdeolmos-Alalpardo. Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas contra dicha modificación con sujeción a las normas que se indican a continuación: a) Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Oficina de presentación: Ayuntamiento. c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Alalpardo, a 24 de octubre de 2013.—El alcalde, Miguel Ángel Medranda Rivas (firmado). (03/34.802/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 104

VILLA DEL PRADO RÉGIMEN ECONÓMICO

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La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 10 de octubre de 2013, ha aprobado el calendario fiscal de los padrones para el ejercicio 2014, en los siguientes términos: 1. Impuesto sobre bienes inmuebles (naturaleza urbana): — Del 1 de abril al 30 de mayo (primer plazo 50 por 100). — Del 1 de octubre al 28 de noviembre (segundo plazo 50 por 100). 2. Impuesto sobre bienes inmuebles (naturaleza rústica): — Del 1 de julio al 29 de agosto. 3. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: — Del 3 de febrero al 31 de marzo. 4. Impuesto sobre actividades económicas: — Del 1 de octubre al 31 de octubre. Asimismo, se hace saber de que, quince días antes de la fecha de inicio del período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública de los padrones correspondientes a los tributos municipales de carácter periódico. Durante el plazo de exposición pública de un mes, los padrones de los impuestos estarán a disposición de los interesados en la oficina de la recaudación municipal del Ayuntamiento, sita en calle Remedios, número 1. Lugar de pago. En cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: — “Caja Madrid”. — “Caja Rural de Toledo”. — “Santander Central Hispano”. — “La Caixa”. De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago son: dinero de curso legal, transferencia bancaria, giro postal o cheque conformado por una entidad bancaria y nominativo a favor del Ayuntamiento. Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante la alcaldesa-presidenta en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones. Transcurrido el período voluntario de pago, se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria. El inicio del período ejecutivo determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículo 26 y 28 de la Ley General Tributaria, y en su caso, de las costas de procedimiento de apremio. Villa del Prado, a 14 de octubre de 2013.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino. (02/7.426/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 105

VILLANUEVA DE LA CAÑADA RÉGIMEN ECONÓMICO

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En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, que fue inicialmente aprobado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el 8 de noviembre de 2013. Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Real Decreto Legislativo podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las normas que se indican a continuación: a) Plazo de exposición y de presentación de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Oficina de presentación: Registro General Municipal. c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación. En Villanueva de la Cañada, a 8 de noviembre de 2013.—El primer teniente de alcalde, Enrique Serrano Sánchez-Tembleque. (03/36.315/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 106

VILLAREJO DE SALVANÉS

En la sesión plenaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 25 de octubre de 2013, se acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana. El artículo modificado de la citada ordenanza, y los términos en los que resultan tras el acuerdo, es el siguiente: Art. 14. 1. Gozarán de una bonificación de hasta el 99 por 100 las cuotas que se devenguen en las transmisiones que se realicen con ocasión de las operaciones de fusión o escisión. El importe de dicha bonificación deberá ser satisfecho al Ayuntamiento respectivo, ello sin perjuicio del pago del impuesto que corresponda por la citada enajenación. Tal obligación recaerá sobre la persona o entidad que adquirió los bienes a consecuencia de la operación de fusión o cesión. 2. Cuando el incremento de valor se manifieste, por causa de muerte, respecto de la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual del causante, de los locales afectos a la actividad económica ejercida por este, o de la constitución o transmisión de un derecho real de goce limitativo de dominio sobre los referidos bienes, a favor de los descendientes, ascendientes, por naturaleza o adopción, y del cónyuge, la cuota íntegra del impuesto se verá bonificada en función del valor catastral del suelo correspondiente a dichos bienes, con independencia del valor atribuido al derecho, mediante la aplicación de los siguientes porcentajes reductores: a) El 95 por 100 si el valor catastral del suelo es inferior o igual a 15.000 euros. b) El 75 por 100 si el valor catastral del suelo es superior a 15.000 euros y no excede de 20.000 euros. c) El 50 por 100 si el valor catastral del suelo es superior a 20.000 euros y no excede de 25.000 euros. d) El 15 por 100 si el valor catastral del suelo es superior a 25.000 euros. 3. A los efectos del disfrute de la bonificación, se equipara al cónyuge a quien hubiere convivido con el causante con análoga relación de afectividad y acredite en tal sentido, en virtud de certificado expedido al efecto, su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid. 4. En todo caso, para tener derecho a la bonificación es necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Tratándose de la vivienda habitual, el adquirente debe haber convivido con el causante los dos años anteriores al fallecimiento y mantener la adquisición y continuar empadronado en dicha vivienda durante los cinco años siguientes, salvo que falleciese dentro de ese plazo. b) Tratándose de locales afectos al ejercicio de la actividad de la empresa individual o familiar o negocio profesional de la persona fallecida, será preciso que el sucesor mantenga la adquisición y el ejercicio de la actividad económica durante los cinco años siguientes, salvo que falleciese dentro de ese plazo. c) De no cumplirse el requisito de permanencia a que se refiere en las letras anteriores, el sujeto pasivo deberá satisfacer la parte del impuesto que hubiese dejado de ingresar como consecuencia de la bonificación practicada y los intereses de demora, en el plazo de un mes a partir del cambio de domicilio, de la transmisión de la vivienda o local o del cese de la actividad, presentando a dicho efecto la oportuna autoliquidación. 5. En aquellos casos en los que la vivienda habitual hubiera estado constituida por dos o más inmuebles objeto de una agrupación de hecho, la bonificación únicamente se aplicará respecto de aquel inmueble en el que conste empadronado el causante, con exclusión de todos los demás. No obstante, si el causante no figurara empadronado en ninguno de ellos, la aplicación del citado beneficio tendrá lugar respecto de aquel inmueble al que

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le corresponda la bonificación de mayor importe, y en caso de ser igual, sobre cualquiera de ellos, con exclusión de todos los demás. 6. A los efectos de la aplicación de la bonificación, en ningún caso tendrán la consideración de locales afectos a la actividad económica ejercida por el causante los bienes inmuebles de naturaleza urbana objeto de las actividades de alquiler y venta de dichos bienes. Visto el acuerdo descrito, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días contados a partir de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que pueda ser examinada y presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, estando de manifiesto el expediente durante el indicado plazo en la Secretaría de este Ayuntamiento, segunda planta, del Ayuntamiento (plaza España, número 1). A tenor de lo establecido en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el supuesto de no presentarse alegaciones se entenderá definitivamente aprobada la modificación de la detallada ordenanza. En Villarejo de Salvanés, a 29 de octubre de 2013.—El alcalde, Marco Antonio Ayuso Sánchez. (03/36.226/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 107

VILLAREJO DE SALVANÉS RÉGIMEN ECONÓMICO

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En la sesión plenaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 25 de octubre de 2013, se acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles. El artículo modificado de la citada ordenanza, y los términos en los que resultan tras el acuerdo, es el siguiente: Artículo 11. 1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana queda fijado en el 0,57 por 100. 2. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza rústica queda fijado en el 0,57 por 100. 3. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los inmuebles de características especiales queda fijado en el 0,60 por 100. Visto el acuerdo descrito, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días contados a partir de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que pueda ser examinada y presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, estando de manifiesto el expediente durante el indicado plazo en la Secretaría de este Ayuntamiento, segunda planta, del Ayuntamiento (plaza España, número 1). A tenor de lo establecido en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el supuesto de no presentarse alegaciones se entenderán definitivamente aprobada las modificación de la detalladas ordenanza. En Villarejo de Salvanés, a 29 de octubre de 2013.—El alcalde, Marco Antonio Ayuso Sánchez. (03/36.228/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 108

VILLAREJO DE SALVANÉS

En la sesión plenaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento, el día 25 de octubre de 2013, se acordó la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de ayudas a la implantación de terrazas de invierno en Villarejo de Salvanés: Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.—1. Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y concesión de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés podrá otorgar a fin de colaborar en la financiación de la implantación de terrazas de invierno para los locales de hostelería ubicados en el municipio. 2. Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido. Art. 2. Requisitos de las empresas beneficiarias.—1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas que contemplan las presentes bases las personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que hayan realizado mejoras en el acondicionamiento o en el equipamiento de su establecimiento comercial, tanto nuevo como preexistente ubicados en el municipio desde el 12 de octubre de 2012 hasta el 30 de noviembre de 2013. 2. Se podrán beneficiar de estas ayudas las empresas que su actividad principal esté encuadrada en alguno de los siguientes grupos y/o epígrafes empresariales del impuesto de actividades económicas: — 671, 672 y 673: servicio de alimentación en restaurantes, cafeterías, cafés y bares. — 676: servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías. En caso de que la empresa esté dada de alta en dos o más epígrafes de IAE, será considerada beneficiaria siempre que la actividad principal esté incluida dentro de las agrupaciones subvencionables y las actuaciones realizadas correspondan a esta actividad. Se determinará cuál es la actividad principal atendiendo a la superficie útil destinada a la misma. — Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones Públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. — Las empresas solicitantes habrán de cumplir estrictamente la normativa vigente, tanto de carácter urbanístico y arquitectónico como en materia de salubridad e higiene. Art. 3. Acciones subvencionables.—1. Serán subvencionables las inversiones realizadas para la implantación de terrazas de invierno entre el 12 de octubre de 2012 hasta el 30 de noviembre de 2013, siempre que en este último caso la ejecución de la inversión se haya materializado. A estos efectos, se tomará como fecha de materialización de la inversión la de las facturas correspondientes. 2. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones: — Mobiliario. — Tarimas, suelos o moquetas. — Rótulos, toldos y persianas. — Equipos de climatización del local. — Equipos de seguridad no adheridos a producto. Se exige como requisito que estos activos permanezcan en la empresa como mínimo dos años desde la fecha de su adquisición (fecha de factura). 3. No serán objeto de subvención los siguientes conceptos: — Los costes de transporte, los seguros, las tasas por autorizaciones administrativas, licencias o similares, ni el pago de ningún impuesto o tributo. — La compra de elementos de transporte, televisiones o reproductores de sonido. — Los gastos de mantenimiento o de reparación o sustitución de piezas. — Los gastos en material de oficina, utillaje, vajillas, cuberterías o similares. — Las inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero o similar.

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— La adquisición de cualquier otro activo no incluido expresamente en la relación de las actuaciones objeto de la subvención. Art. 4. Cuantía de la subvención.—La subvención consistirá en un máximo del 40 por 100 de la inversión subvencionable, estableciéndose una cuantía máxima de subvención de 600 euros. Art. 5. Forma de pago.—El abono de la ayuda podrá realizarse en un solo pago condicionado a la presentación de documentación, siendo la fecha límite para la presentación de justificantes de pago de facturas el 20 de diciembre de 2013. Art. 6. Obligaciones de las empresas beneficiarias.—Las empresas beneficiarias de estas ayudas estarán obligadas a: — Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento y a las de control financiero que corresponden a la Intervención del mismo. — Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para los mismos gastos presentados a esta subvención municipal. — Comunicar al Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva, que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención. — Facilitar al Ayuntamiento cuanta información y/o documentación complementaria se considere necesaria para la comprensión y evaluación de la solicitud de ayuda. — Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. — Ejercer la actividad económica en el establecimiento objeto de ayuda durante, al menos, dos años a partir de la fecha de concesión de la subvención. En caso de cierre del establecimiento en un plazo inferior al señalado, la empresa beneficiaria deberá comunicar al Ayuntamiento ese cierre y deberá proceder al reintegro o devolución de la subvención concedida, en una parte proporcional al tiempo pendiente de transcurrir desde la fecha del cese de la actividad hasta la fecha en que se hubieran completado los dos años contabilizados a partir de la fecha de concesión de la subvención. Excepcionalmente, no se solicitará la devolución de la subvención percibida, aun no habiendo transcurrido los dos años desde la fecha de concesión de la subvención, en caso de cierre del negocio por enfermedad grave o fallecimiento del titular. Art. 7. Disponibilidad presupuestaria.—1. Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la partida 150.481.04.00, denominada “Subvención al fomento a las terrazas de invierno”, del presupuesto municipal para el año 2013, por un importe de 3.000 euros. 2. La concesión de las ayudas estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria, resolviéndose las solicitudes de forma ordenada y priorizándose siempre los proyectos según fecha de registro de entrada. En el caso de que en el presupuesto al que deban imputarse no exista crédito suficiente y adecuado para dicha finalidad, se suspenderá la eficacia de las presentes bases en lo relativo a la concesión de nuevas ayudas. Al objeto de dar publicidad a dicha circunstancia, el alcalde dictará resolución señalando la fecha en la que se hubiera producido el agotamiento del crédito, publicándose la misma en la página web del Ayuntamiento. Art. 8. Incompatibilidad con otras ayudas y subvenciones.—Las ayudas previstas en el presente programa no podrán acumularse a ninguna otra ayuda por los mismos gastos subvencionados. Artículo 9. Documentación preceptiva.—Las solicitudes de subvención deberán venir acompañadas de la siguiente documentación: — Impreso de solicitud y declaración jurada: anexo I. — En caso de persona física: fotocopia del DNI. — En caso de persona jurídica: fotocopia de CIF. — Escrituras de constitución de la empresa. — Poderes de representación. — DNI de la persona con poderes de representación. — Certificado actualizado de que la empresa está al corriente de pagos con la Seguridad Social. — Certificado actualizado de que la empresa está al corriente de pagos con Hacienda Pública.

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— En caso de no tener personal asalariado: recibo de pago de autónomos del último mes. — En caso de tener personal asalariado: TC2 del último mes. — Memoria descriptiva de las inversiones efectuadas (se valorará la inclusión de fotografías de la imagen anterior y posterior a la inversión efectuada). — Fotocopias y facturas originales. — Justificantes bancarios de pago: únicamente se admitirán justificaciones de pagos en efectivo en el caso del pago de factura o conjunto de facturas de un mismo proveedor cuyo importe total sea inferior a 60 euros y no se indique en las facturas otra forma de pago. Se comprobará de oficio si la empresa solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, así como a la posesión de las licencias de funcionamiento del local. Art. 10. Presentación de solicitudes.—1. Las solicitudes, junto a la documentación preceptiva, deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés. Será de aplicación lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. La presentación de solicitud por parte de los/as interesados/as implicará la aceptación del contenido de estas bases. 3. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará con el agotamiento de los fondos destinados a este fin o, en todo caso, el 30 de noviembre de 2013. Una empresa beneficiaria según los requisitos descritos en la base 2 de la presente convocatoria, solo podrá presentar al año una solicitud de ayuda por cada local en el que desarrolle actividad económica, según los conceptos recogidos en estas bases. Art. 11. Subsanación de deficiencias.—Si las solicitudes de subvención no reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases, o no se acompañara a la misma la documentación exigida, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de diez días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, archivándose sin más trámites, con los efectos previstos en el artículo 42.1 del mismo texto legal. Art. 12. Procedimiento.—1. Se constituirá una Comisión de Selección y Seguimiento, integrada por la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento, un concejal de cada grupo político, un técnico municipal y el alcalde, que se encargará del análisis y evaluación de las solicitudes presentadas. 2. La concesión o denegación de las ayudas se realizará, previa propuesta de la Comisión de Selección y Seguimiento, mediante resolución individualizada del alcalde. Las resoluciones se adoptarán de forma ordenada y en función del orden de recepción de las solicitudes. 3. La resolución del alcalde agotará la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el recibo de la notificación, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid. El plazo máximo para resolver las solicitudes será de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud. Art. 13. Publicidad de las subvenciones.—Se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento una relación de las subvenciones concedidas, con indicación de las personas o empresas beneficiarias de las mismas y su importe. Art. 14. Modificación de las subvenciones.—Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones podrá dar lugar a la modificación de las resoluciones de su concesión, debiendo en todo caso sujetarse dicha modificación a las condiciones establecidas en las presentes bases. Art. 15. Control, evaluación e inspección.—El Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés podrá realizar las acciones de control y evaluación que estime oportunas en relación con la correcta aplicación de las ayudas concedidas a los fines previstos, debiendo aportar las empresas beneficiarias cuanta información complementaria se les solicite. Art. 16. Reintegro de las ayudas.—1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia de los intereses legales que correspondan desde el momento

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del pago de la subvención, cuando las personas beneficiarias de las mismas incumpliesen las condiciones establecidas en las presentes bases, en la resolución de concesión y en las demás normas que resulten de aplicación; todo ello, sin perjuicio de las acciones que procedan como consecuencia del incumplimiento. 2. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público a los efectos legales pertinentes. Cuando en el ejercicio de las funciones de gestión, control o inspección se deduzcan indicios de la incorrecta obtención o disfrute de la subvención, se hará constar en el expediente y, en su virtud, se podrá acordar la adopción de las medidas cautelares que en cada supuesto correspondan. Art. 17. Procedimiento de reintegro.—1. Será competente para iniciar el expediente y, en su caso, adoptar la resolución de exigencia del reintegro, el órgano que concedió la subvención. 2. El procedimiento podrá iniciarse de oficio, a instancias de órgano competente o de persona interesada. Adoptada providencia al efecto, el Ayuntamiento comunicará a la persona beneficiaria de la subvención la iniciación del procedimiento de reintegro y las causas que lo fundamenten, dándole audiencia para que, en un plazo de quince días, formule las alegaciones que considere oportunas y presente los documentos o justificaciones que estime pertinentes. Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, por el alcalde se dictará resolución motivada, con expresión del régimen de recursos. El plazo máximo para resolver el procedimiento de reintegro será de doce meses. Si la resolución estimase la existencia de incumplimiento, declarará la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y, en su caso, la obligación de reintegrar a la Tesorería Municipal las cantidades indebidamente percibidas en un plazo de dos meses desde la notificación. Este plazo se considerará como plazo de pago en período voluntario. En caso de no efectuar el reintegro en el plazo previsto, se dará inicio al procedimiento de apremio, conforme a la normativa legal aplicable. Si el procedimiento de reintegro se hubiera iniciado como consecuencia de una infracción administrativa, se pondrá en conocimiento del órgano competente para la iniciación del procedimiento sancionador aplicable. Art. 18. Régimen supletorio.—En lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación la ordenanza reguladora de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Art. 19. Entrada en vigor.—Las presentes bases y la convocatoria de ayudas entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Villarejo de Salvanés, a 29 de octubre de 2013.—El alcalde, Marco Antonio Ayuso Sánchez. (03/36.227/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 109

VILLAVICIOSA DE ODÓN OTROS ANUNCIOS

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Intentada sin poderla practicar la notificación fehaciente de la notificación de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón de fecha 22 de mayo de 2013, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar el presente anuncio: Interesado: don Jaime Héctor García González. Último domicilio: calle Federico Latorre, número 5, 28670 Villaviciosa de Odón (Madrid). Procedimiento: procedimiento sancionador, expediente SAN 4/2013 por infracción cometida en Villaviciosa de Odón. El interesado deberá presentarse en las oficinas del Ayuntamiento, situadas en la calle Puente, número 2 (Servicios Jurídicos), de lunes a viernes, de ocho y treinta a catorce horas, y durante el plazo de quince días desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, al objeto de notificarle la resolución adoptada por el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al vencimiento del plazo señalado, teniéndole por notificado para las sucesivas actuaciones y diligencias, sin perjuicio del derecho que le asiste de comparecer en cualquier momento. Para cualquier consulta sobre esta citación pueden contactar con el teléfono 916 169 600. Villaviciosa de Odón, a 24 de octubre de 2013.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz. (02/7.696/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 110

MANCOMUNIDAD LOS OLMOS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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De conformidad con el artículo 73 de la Ley 2/2003, de 1 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y el artículo 19 de los Estatutos de la Mancomunidad, una vez aprobada por la Junta de la Mancomunidad la modificación de los Estatutos en la sesión celebrada el día 12 de abril de 2013, se debe proceder a la publicación de un anuncio por plazo mínimo de un mes, exponiéndolo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Ruego una vez transcurrido dicho plazo de exposición, devuelva la presente con la certificación del resultado de la misma. Villar del Olmo, a 31 de octubre de 2013.—La presidenta, Lucila Toledo Moreno. (03/35.904/13)

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 111

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL SUR ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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De conformidad con el artículo 31 de los Estatutos de la Mancomunidad del Sur para la gestión de residuos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, de 13 de junio de 2011), en el que se establece el procedimiento para la adhesión de nuevos miembros a la Mancomunidad, se procede a la publicación del artículo 1 de los Estatutos de la Mancomunidad del Sur para la gestión de residuos, sobre los municipios que constituyen la Mancomunidad, de forma que, incluyendo también a los municipios cuyas adhesiones ya se aprobaron por la Asamblea General en sesiones del 8 de mayo, 11 de septiembre y 13 de noviembre de 2012, 8 de enero, 12 de marzo, 14 de mayo de 2013, quedará redactado en los siguientes términos: “Los municipios de Móstoles, Alcorcón, el Álamo, Aldea del Fresno, Aranjuez, Arroyomolinos, Batres, Boadilla del Monte, Brea de Tajo, Brunete, Cadalso de los Vidrios, Carabaña, Casarrubuelos, Chinchón, Colmenar del Arroyo, Colmenar de Oreja, Cubas de la Sagra, Estremera, Fresnedillas de la Oliva, Fuenlabrada, Fuentidueña de Tajo, Getafe, Griñón, Humanes de Madrid, Las Rozas de Madrid, Majadahonda, Moraleja de Enmedio, Morata de Tajuña, Navalagamella, Navalcarnero, Navas del Rey, Parla, Pelayos de la Presa, Perales de Tajuña, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Quijorna, Rozas de Puerto Real, Robledo de Chavela, San Martín de la Vega, Serranillos del Valle, Sevilla la Nueva, Tielmes, Titulcia, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco, Valdaracete, Valdelaguna, Valdemaqueda, Valdemorillo, Valdemoro, Valdilecha, Villa del Prado, Villamanrique de Tajo, Villamanta, Villamantilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva de Perales, Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón, conforme a la facultad que les reconoce el ordenamiento jurídico vigente, se constituyen en Mancomunidad de carácter voluntario para la prestación conjunta de los servicios de gestión de los residuos y en especial, el tratamiento, valoración energética y eliminación de los Residuos Sólidos Urbanos”. Móstoles, a 6 de noviembre de 2013.—El presidente de la Mancomunidad, Alberto Rodríguez de Rivera Morón. (03/36.229/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 112

MADRID NÚMERO 37 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado primera instancia número 37 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento ordinario número 1.543 de 2011, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Ortiz Campos, número 17, de Madrid, representada por la procuradora doña María Concepción Donday Cuevas, contra doña Marina Toloba Fernández, sobre reclamación de cantidad, y ante el ignorado domicilio de la demandada se ha acordado librar el presente a fin de notificar a la misma la sentencia de fecha de 18 de junio de 2013 dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la calle Ortiz Campos número 17, de Madrid, contra doña Marina Toloba Fernández: 1.o Declaro que la obra de instalación de una puerta de reja llevada a cabo en el descansillo del segundo piso de la comunidad actora por parte de doña Marina Toloba Fernández supone una alteración de los elementos comunes y es contraria a la Ley. 2.o Condeno a la demandada a derruir la puerta de reja y a revolver la zona común a su estado primitivo, con expreso apercibimiento de que si no lo realiza voluntariamente se llevará a cabo por terceras personas a su costa. 3.o Declaro, con efectos meramente declarativos, que cualquier multa o sanción administrativa que la comunidad de propietarios se viera obligada a pagar por la colocación de dicha puerta de reja habrá de serle reintegrada por doña Marina Toloba Fernández a la comunidad, previa su cuantificación y condena en el juicio declarativo que corresponda. 4.o Condeno a doña Marina Toloba Fernández al pago de las costas de esta instancia, calificando su postura procesal de temeraria. Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer ante este Juzgado recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación. No se admitirá el recurso en el caso de que no se acreditara previamente por la parte que pretendiera interponerlo haber constituido el depósito y las tasas preceptivas. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodía, lo pronuncio, mando y firmo.

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia celebrando audiencia pública, de lo que doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde, cuyo domicilio se ignora, doña Marina Toloba Fernández, a la que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que podrá interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido la presente en Madrid, a 18 de junio de 2013.—La secretaria (firmado). (02/7.731/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 113

MADRID NÚMERO 60 EDICTO

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En el presente procedimiento ordinario número 1.177 de 2007, seguido a instancias de la comunidad de propietarios “Jardín de los Álamos”, calle Budapest número 2, frente a “Promociones Hábitat, Sociedad Anónima” (“Bislar, Sociedad Anónima”), don Carlos Rivera Matero, don Miguel Ángel Ruiz de Tremiño y don Agustín Pozo García, se ha dictado auto aclaratorio de fecha 1 de febrero de 2013 que en extracto dice lo siguiente: Que se rectifica al error aritmético recogido en el fallo de la sentencia de fecha 5 de diciembre de 2012, en el sentido de que donde dice: “241.369,50 euros”; debe decir: “240.179,06 euros”. Y encontrándose el codemandado don Agustín Pozo García en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo. En Madrid, a 11 de octubre de 2013.—El secretario (firmado). (02/7.709/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 114

MADRID NÚMERO 75 EDICTO

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso administrativo número 229 de 2012 tramitado a instancias de doña Olga Romojaro Casado, en nombre y representación de doña Yaneiry González González en virtud de designación por turno de oficio, contra don Miguel Ángel Santos Brito, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 9 de octubre de 2013, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: Fallo

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Estimando la demanda formulada por doña Yaneiry González González, representada por la procuradora de los tribunales doña Olga Romojaro Casado, contra don Miguel Ángel Santos Brito, declarado en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración. No procede hacer pronunciamiento sobre las costas causadas. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesarios para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/0000/0226/12, que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso. Firme que sea la presente resolución, por la secretaria judicial se acordará su anotación en el Registro Civil correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para lo cual se expedirá el oportuno testimonio. Líbrese a únase certificación de la sentencia para su unión a los autos, con inclusión del original en el libro de sentencias. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde y en paradero desconocido don Miguel Ángel Santos Brito mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 10 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado). (03/34.803/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 115

ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6 EDICTO

En el presente procedimiento de modificación de medidas en el supuesto contencioso número 1.368 de 2011, sobre otras materias, seguido a instancias de doña Marta Danuta Fras, frente a don Afide Oulouche, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, respectivamente, son del tenor literal siguiente: Sentencia número 882 de 2013 En Alcalá de Henares, a 19 de febrero de 2013.—Vistos por mí, don Iván Marcos García-Diego Ruiz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal sobre modificación de medidas definitivas número 1.368 de 2011 acordadas en sentencia de medidas paterno filiales, en los que son parte: como demandante, doña Marta Danuta Fras, representada por la procuradora doña Mar Elipe Martín y defendida por la letrada doña Encarnación Murillo González, y como demandado, don Afide Oulouche, declarado en situación procesal de rebeldía, con citación del ministerio fiscal. Parte dispositiva:

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Que estimando como estimo la demanda presentada por la procuradora señora Elipe Martín, en nombre y representación de doña Marta Danuta Fras, debo acordar como acuerdo la modificación de las medidas que fueron establecidas en la sentencia de medidas paterno filiales dictada por el Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá en fecha 14 de julio de 2006, consistente en privar al demandado don Afide Oulouche de la patria potestad sobre su hija menor, Sarah Oulouche, así como en dejar sin efecto el régimen de visitas establecido en la misma a favor del progenitor no custodio. No se hace especial imposición de las costas causadas en el presente juicio. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá ser interpuesto ante este Juzgado mediante escrito presentado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente sentencia conforme al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de don Afide Oulouche, se extiende la presente para que sirva de notificación y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Alcalá de Henares, a 11 de marzo de 2013.—El secretario (firmado). (03/7.697/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE 116

TORREJOZ DE ARDOZ NÚMERO 1 EDICTO

Doña Celia González Hernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 antiguo mixto número 8 de Torrejón de Ardoz. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 504 de 2013, se ha acordado citar a don Juan Carlos Ortega González, en virtud de la siguiente cédula de citación: CÉDULA DE CITACIÓN

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En las actuaciones indicadas, iniciadas por denuncia don Víctor Manuel García González, se ha acordado citar a don Juan Carlos Ortega González, a fin de que el día 5 de diciembre de 2013, a las doce horas, asista en la Sala de vistas a la celebración del juicio de faltas, seguido por coacciones, cuyos hechos ocurrieron en Torrejón de Ardoz, el día 5 de junio de 2013, en calidad de denunciado, debiendo comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenta valerse. Si se tratare, en su caso, de persona jurídica, lo habrá de hacer a través de representante legal, acreditando en el acto del juicio tal carácter. Podrá igualmente comparecer asistido de abogado si lo desea. Se le apercibe de que, si reside/tiene su sede o local abierto en este término municipal y no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000 euros. En caso de residir/tener su sede o local/es fuera de este término municipal no tiene obligación de concurrir al acto del juicio, pudiendo dirigir escrito a este Juzgado en su defensa, así como apoderar a abogado o procurador para que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y para que conste y sirva de citación a don Juan Carlos Ortega González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Torrejón de Ardoz, a 10 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado). (03/35.218/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 117

MADRID NÚMERO 1 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

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Hago saber: Que en el procedimiento número 978 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Belmonte García Madrid, frente a “Metalurgia Susmi, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Diligencia.—En Madrid, a 14 de octubre de 2013. La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 14 de octubre de 2013 ha tenido entrada el anterior escrito, junto con acta original de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.—Doy fe. Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 14 de octubre de 2013. Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón, se tiene por evacuado el requerimiento efectuado y por aportada acta de conciliación original ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, estándose al señalamiento acordado para el día 8 de enero de 2014, a las diez y treinta horas, acordado en el decreto de fecha 17 de septiembre de 2013. Notifíquese a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social). Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe. Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Metalurgia Susmi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.958/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 118

MADRID NÚMERO 2 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento 228 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de doña María Soraya Tomé Vega frente a “Egido Gestiones Hosteleras, Sociedad Anónima” y “Tesalia Entertainment, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución: Fallo

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1. Que teniendo a doña María Soraya Tomé Vega por desistida de la demanda presentada frente a “Egido Gestiones Hosteleras, Sociedad Anónima”, debo absolver a esta sin entrar en el fondo del asunto. 2. Que estimando la demanda presentada por doña María Soraya Tomé Vega contra “Tesalia Entertainment, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la cantidad de 346,20 euros; y todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles de que contra la misma no cabe recurso alguno. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tesalia Entertainment, Sociedad Limitada”, y “Egido Gestiones Hosteleras, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/35.171/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 119

MADRID NÚMERO 3

Advertido error material en el edicto publicado el 23 de julio de 2013, página 216 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en relación a los autos número 184 de 2013, se solicita la publicación del mismo con su texto correcto que se transcribe a continuación: “En Madrid, a 13 de mayo de 2013. Sentencia número 194 de 2013 Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada de refuerzo del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, los presentes autos sobre despido y reclamación de cantidad, seguidos con el número 184 de 2013, a instancias de doña María del Carmen Abuin Montes, representada por la letrada doña Blanco Quintana, contra don Jorge Quemada Macías, que no ha comparecido. Fallo

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoles de que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo social. Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones, así como la cantidad de 300 euros, en concepto de depósito para recurrir. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo”. Incorpórese esta resolución al libro de sentencia y llévese testimonio a los autos. Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez. En Madrid, a 30 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado). (03/35.520/13)

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1. Que estimando la demanda que en materia de despido ha interpuesto doña María del Carmen Abuin Montes, contra don Jorge Quemada Macías, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto la actora el día 26 de diciembre de 2012, condenando al demandado a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, opte entre readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 1.811,82 euros. De optar por la indemnización, no se devengarán salarios de tramitación quedando la relación laboral extinguida a fecha del despido, de optarse por la readmisión o no efectuarse opción en plazo, sin necesidad de esperar a la firmeza de la sentencia, el demandado deberá abonar los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido a la fecha de notificación de sentencia a razón de 31,51 euros diarios. Se advierte, expresamente, al demandado de que, de no efectuar la opción en el plazo indicado, expresamente, por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de sentencia. 2. Que estimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad ha interpuesto doña María del Carmen Abuin Montes, contra don Jorge Quemada Macías, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la cantidad de 11.144,20 euros, junto con el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 120

MADRID NÚMERO 4 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 704 de 2012, promovido por don Byron Camino de Eugenio, don Borja Camino de Eugenio y doña Adela de Eugenio Milán, sobre materias laborales individuales. Persona que se cita: “Transportes Matosur, Sociedad Limitada” (consejero don Manuel Yagüe Marcos), en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta segunda, el día 8 de enero de 2014, a las nueve y quince horas. Advertencias legales 1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

En Madrid, a 9 de octubre de 2013. Dispongo: Que procede declarar la nulidad de las actuaciones practicadas desde el momento posterior a la admisión a trámite de la demanda, dejando las mismas sin efecto incluido el acto de juicio y la sentencia dictada y retrotrayendo las actuaciones al momento de dicha admisión a trámite de la demanda, acordando citar nuevamente a las partes con las prevenciones y apercibimientos legales para la celebración de los actos de conciliación y juicio que tendrán lugar el día 8 de enero de 2014, a las nueve y quince horas. Asimismo se tiene a la parte actora por desistida respecto de la entidad “V & T Activa, Sociedad Limitada”, manteniendo la demanda solo frente a la entidad “Transportes Matosur, Sociedad Limitada”. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso. Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

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Auto

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BOCM-20131111-120

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Ana María Ruiz Tejero. (03/34.951/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 121

MADRID NÚMERO 7 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 532 de 2013, promovido por don Alberto Miguel García Pascual, sobre despido. Personas que se cita: “Agrupados Samar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Healsi, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Agrupados Samar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Healsi, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, el día 31 de marzo de 2014, a las nueve y cincuenta horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 17 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Belén Gómez Rodríguez. (03/34.952/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 122

MADRID NÚMERO 7 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.029 de 2013, promovido por don Daniel Díaz Gil, don Manuel Chillón Piedrabuena, doña María Böck Villalva, don Santiago Benito Domínguez, don Alonso Becerra Castro, don Ramón Avedillo González, doña Elena Andronova Pelenitsyna, doña Vanessa Martínez Martín, don Jaime Frontán Vicente, don Francisco Recuero Izquierdo, don David Vigil García, doña Ninoska Escobar Serrano, don Domingo Fernández Moreno, doña Jénnifer García Jiménez, don Javier Gejo García, doña Silvia Moya Aguilera, doña María Ojer Ferrer, don Javier del Olmo Álvarez, don Óscar Ordóñez Morales, doña Alicia Regaño Tirado y don José Luis Sánchez de Pablos, sobre resolución de contrato. Persona que se cita: “MSC Aeroespacial, Sociedad Limitada”, “Lamsa Ingeniería Aeronáutica, Sociedad Anónima”, Fundación para la Formación y el Fomento de la Investigación y Desarrollo en el Sector Aeronáutico, “Ingetools, Sociedad Limitada”, “Técnicas Aeronáuticas Madrid, Sociedad Limitada”, “Martín Acedo Manufacturing, Sociedad Anónima”, y “Tegraf Ingeniería, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “MSC Aeroespacial, Sociedad Limitada”, “Lamsa Ingeniería Aeronáutica, Sociedad Anónima”, Fundación para la Formación y el Fomento de la Investigación y Desarrollo en el Sector Aeronáutico, “Ingetools, Sociedad Limitada”, “Técnicas Aeronáuticas Madrid, Sociedad Limitada”, “Martín Acedo Manufacturing, Sociedad Anónima”, y “Tegraf Ingeniería, Sociedad Limitada”, obre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, el día 29 de septiembre de 2014, a las nueve y veinte horas.

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 18 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Belén Gómez Rodríguez. (03/34.946/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 123

MADRID NÚMERO 7 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.029 de 2013, promovido por don Daniel Díaz Gil, don Manuel Chillón Piedrabuena, doña María Böck Villalva, don Santiago Benito Domínguez, don Alonso Becerra Castro, don Ramón Avedillo González, doña Elena Andronova Pelenitsyna, doña Vanessa Martínez Martín, don Jaime Frontán Vicente, don Francisco Recuero Izquierdo, don David Vigil García, doña Ninoska Escobar Serrano, don Domingo Fernández Moreno, doña Jennifer García Jiménez, don Javier Gejo García, doña Silvia Moya Aguilera, doña María Ojer Ferrer, don Javier del Olmo Álvarez, don Óscar Ordóñez Morales, doña Alicia Regaño Tirado y don José Luis Sánchez de Pablos, sobre resolución contrato. Personas que se cita: “MSC Aeroespacial, Sociedad Limitada”, “Iamsa Ingeniería Aeronáutica, Sociedad Anónima”, Fundación para la Formación y el Fomento de la Investigación y Desarrollo en el Sector Aeronáutico, “Ingetools, Sociedad Limitada”, “Técnicas Aeronáuticas Madrid, Sociedad Limitada”, “Martín Acedo Manufacturing, Sociedad Anónima”, y “Tegraf Ingeniería, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “MSC Aeroespacial, Sociedad Limitada”, “Iamsa Ingeniería Aeronáutica, Sociedad Anónima”, Fundación para la Formación y el Fomento de la Investigación y Desarrollo en el Sector Aeronáutico, “Ingetools, Sociedad Limitada”, “Técnicas Aeronáuticas Madrid, Sociedad Limitada”, “Martín Acedo Manufacturing, Sociedad Anónima”, y “Tegraf Ingeniería, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, el día 29 de septiembre de 2014, a las nueve y veinte horas.

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 18 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Belén Gómez Rodríguez. (03/35.322/13) http://www.bocm.es

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 124

MADRID NÚMERO 8 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 207 de 2013, promovido por don Javier Sánchez Beltrán, sobre despido. Personas que se cita: “Bouley, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Ente Moda, Sociedad Limitada Unipersonal”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 3-B, ubicada en la planta tercera, el día 4 de marzo de 2014, a las diez y cincuenta horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-124

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 9 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Raquel Paz García de Mateos. (03/34.957/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 125

MADRID NÚMERO 10 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 797 de 2013, promovido por don Iván Rodríguez Enríquez, sobre despido. Persona que se cita: “Desarrollos Empresariales Villaverde, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, el día 21 de enero de 2014, a las nueve cincuenta y cinco horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-125

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Ana Belén Requena Navarro. (03/34.936/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 126

MADRID NÚMERO 10 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.011 de 2013, promovido por doña Sonia María de Meer Sánchez, sobre despido. Persona que se cita: “Network Quality Group, Sociedad Limitada Unipersonal”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas ubicada en la planta tercera, el día 24 de enero de 2014, a las nueve y veinticinco horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Ana Belén Requena Navarro. (03/34.937/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 127

MADRID NÚMERO 11 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 242 de 2013, promovido por doña Sonia Alonso González y doña Marta Laguna Teresa, sobre despido. Personas que se cita: “Nelba Productos de Pastelería y Panadería, Sociedad Limitada”, y “Nikoban Productos de Pastelería y Panadería, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por doña Marta Laguna Teresa y doña Sonia Alonso González sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 3-B, ubicada en la planta tercera, el día 8 de enero de 2014, a las diez horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Encarnación Gutiérrez Guío. (03/34.945/13)

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B.O.C.M. Núm. 268

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 128

MADRID NÚMERO 12 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Procedimiento en que se acuerda: juicio número 988 de 2013, promovido por don Darío Berna Fornies y don Juan Carlos Fernández Santos, sobre reclamación de cantidad. Empresas que se cita: “Andamios In, Sociedad Anónima”, “Deacadetis Elements, Sociedad Limitada”, “Cofralia, Sociedad Limitada”, “Grupo Enterprise Stin Internacional, Sociedad Anónima”, “In Sistemas de Tarragona, Sociedad Limitada”, “Residencial Palacín, Sociedad Anónima”, y “Sistemas Tubulares Al-Ándalus, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 3.1, ubicada en la planta tercera, el día 9 de junio de 2014, a las nueve y treinta horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-128

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Montserrat Torrente Muñoz. (03/34.950/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 129

MADRID NÚMERO 13 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.150 de 2013, promovido por don Jacinto Fernández Delgado, sobre materias laborales individuales. Personas que se cita: “Consume, Sociedad Limitada”, y “Fundimodel, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, el día 19 de febrero de 2015, a las once horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-129

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Isabel Tirado Gutiérrez. (03/35.323/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 130

MADRID NÚMERO 15 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.016 de 2013, promovido por doña Isabel Lomas Carrión y doña Esther Flórez Ferreras, sobre reclamación de cantidad. Persona que se cita: “Libertux, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Libertux, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 5-C, ubicada en la planta quinta, el día 16 de enero de 2014, a las diez horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-130

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 16 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado). (03/34.949/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 131

MADRID NÚMERO 15 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 835 de 2013, promovido por don Álvaro Rodríguez González y doña Raquel González Lara, sobre despido. Persona que se cita: “Gimpubli, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Gimpubli, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta quinta, el día 5 de marzo de 2014, a las diez y diez horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-131

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 16 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado). (03/34.947/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 132

MADRID NÚMERO 15 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 940 de 2013, promovido por doña Sandra Santiago Manzano, sobre reclamación de cantidad. Personas que se citan: “Arpínum Asociados, Sociedad Limitada”, “Diario de Alcalá Radiotelevisión, Sociedad Limitada”, y “Prensa Universal, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Arpínum Asociados, Sociedad Limitada”, “Diario de Alcalá Radiotelevisión, Sociedad Limitada”, “Prensa Universal, Sociedad Limitada”, y doña Sandra Santiago Manzano sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta quinta, el día 23 de abril de 2014, a las nueve y cincuenta horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-132

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 16 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado). (03/34.956/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 133

MADRID NÚMERO 16 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

BOCM-20131111-133

Hago saber: Que en el procedimiento número 730 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Karina Alexandra Campues, frente a “El Camino Real de Silos, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: A la vista de la diligencia que antecede, se acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 25 de noviembre de 2013, a las once y veinte horas, en la Sala de vistas de este Juzgado. Asimismo, y si fuera necesario para la correcta citación de las partes, averígüese el domicilio de las partes utilizando para ello los medios telemáticos que fueran oportunos y/o cítese a las partes a través de edictos. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2514/0000/60/0730/12. Lo manda y firma su señoría. Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Karina Alexandra Campues y “El Camino Real de Silos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.955/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 134

MADRID NÚMERO 16 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

BOCM-20131111-134

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.094 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Claudio Ramón Alonso Gamallo, frente a don Juan Luis Alcántara González, “Monday Advertising, Sociedad Limitada”, y “Plan B, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución: Se tiene por aportada acta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, y por admitida definitivamente la demanda objeto de las presentes actuaciones, que están señaladas a juicio el día 29 de noviembre de 2013, a las diez y treinta horas. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social). Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plan B, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.954/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 135

MADRID NÚMERO 19 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 137 de 2013, promovido por don Eduardo Fernández Álvarez y don Jesús Gutiérrez Moro, sobre despido. Persona que se cita: “EMTE Service, Sociedad Anónima Unipersonal”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por la parte actora, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 2, ubicada en la planta quinta, el día 11 de noviembre de 2013, a las once horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-135

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.—El secretario judicial, Gustavo Adolfo Carasa Antón. (03/36.311/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 136

MADRID NÚMERO 22 EDICTO

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial sustituto del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

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Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don José Luis Nicolás Moreno, doña Josefa Moreno Lencero, doña María del Carmen Rubio García, doña María Jesús Rame Valencia, doña Paloma Rodríguez Portillo, doña Cristina Martínez Sánchez, don Isidoro Mendoza Rodríguez, don José Ángel Bernal Serrano, don Elías Aganzo Arina y don Agustín Serrano Muñoz, contra “Armando Reguero, Sociedad Anónima”, “Germán Reguero, Sociedad Limitada”, “Ricagensa, Sociedad Anónima”, “Montiguesa, Sociedad Anónima”, “Pasdex, Sociedad Anónima”, “Delcorsa, Sociedad Anónima”; “Gunalasa, Sociedad Anónima”, “Tralcensa, Sociedad Limitada”, “Bramullosa, Sociedad Anónima”, “Tresroblesa, Sociedad Anónima”, “Astrolabio, Sociedad Anónima”, “Inmuser, Sociedad Limitada”, “Cantocho, Sociedad Anónima”, “Lumarsa, Sociedad Anónima”, “El Roquedal, Sociedad Anónima”, “Exaho, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en materia de cantidad, registrado con el número 332 de 2006, se ha acordado citar a “Lumarsa, Sociedad Anónima”, y “El Roquedal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 22 de enero de 2014, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 22 sito en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de citación a “Lumarsa, Sociedad Anónima”, y “El Roquedal, Sociedad Anónima”, expido la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 10 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado). (03/34.948/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 137

MADRID NÚMERO 23 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 23 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 919 de 2013, promovido por don Anbousse Mostafa, sobre resolución de contrato. Persona que se cita: don Karim Ben Kacem, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por el demandante sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 7-C, ubicada en la planta séptima, el día 5 de diciembre de 2013, a las diez cuarenta horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 23 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Rosa María Lozano Blanco. (03/34.953/13)

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B.O.C.M. Núm. 268

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 138

MADRID NÚMERO 24 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento número 210 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Josefa Pérez Medina, frente a “Planas Robledo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones: Diligencia.—En Madrid, a 2 de octubre de 2013. La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña María Josefa Pérez Medina, solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Planas Robledo, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe. Auto En Madrid, a 2 de octubre de 2013.

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Josefa Pérez Medina, frente a la demandada “Planas Robledo, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 2.822,46 euros, más 112,89 euros y 282,24 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2522/0000/64/0210/13. Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Fernando Lisbona Laguna. Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.— En Madrid, a 2 de octubre de 2013. El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 22 de julio de 2013 a la empresa “Planas Robledo, Sociedad Limitada”, favor de la demandante doña María Josefa Pérez Medina, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 14 de enero de 2014, a las diez cuarenta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social). Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

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Parte dispositiva:

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Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Planas Robledo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.960/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 139

MADRID NÚMERO 25 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 318 de 2013, promovido por “Transcom Worldwide Spain, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad. Persona que se cita: doña Mireya Lauren Murillo Borda, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio por doña Mireya Lauren Murillo Borda, don Alejandro Campoverde Braco, doña Kira Fernández Vítores y “Transcom Worldwide Spain, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8-D, el día 20 de mayo de 2014, a las nueve y cincuenta horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Eugenia Ramos García. (03/34.931/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 140

MADRID NÚMERO 28 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 903 de 2013, promovido por don Nilson Antonio Baquero Roberto, sobre despido. Persona que se cita: “Laydown, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Laydown, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8-C, ubicada en la planta octava, el día 24 de marzo de 2014, a las once y diez horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 18 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Yolanda Caballero Martín. (03/35.326/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 141

MADRID NÚMERO 28 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.042 de 2013, promovido por doña Sabina Mirela Guta, sobre despido. Persona que se cita: “Dog Factory, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Dog Factory, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8-C, ubicada en la planta octava, el día 18 de marzo de 2014, a las nueve treinta y cinco horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 18 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Yolanda Caballero Martín. (03/35.325/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 142

MADRID NÚMERO 29 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 962 de 2013, promovido por don Juan Manuel Magán Duque, sobre reclamación de cantidad. Persona que se cita: “Cerámicas JJ, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8.1, ubicada en la planta octava, el día 17 de febrero de 2014, a las nueve y cincuenta horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Elena Mónica de Celada Pérez. (03/34.944/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 143

MADRID NÚMERO 29 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 612 de 2013, promovido por don Francisco Javier Martínez González y don Manuel Alberto Morán Arango, sobre despido. Persona que se cita: “Brodr Sunde As”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por la parte actora sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8.1, ubicada en la planta octava, el día 6 de febrero de 2014, a las once y cinco horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Elena Mónica de Celada Pérez. (03/34.943/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 144

MADRID NÚMERO 31 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 983 de 2013, promovido por doña María del Pilar Villares Rubio, sobre reclamación de cantidad. Persona que se cita: “Euromega Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por doña María del Pilar Villares Rubio, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1A, ubicada en la planta novena, el día 18 de noviembre de 2013, a las nueve y cuarenta horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 30 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Amalia del Castillo de Comas. (03/36.015/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 145

MADRID NÚMERO 33 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 33 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 780 de 2013, promovido por don Juan Antonio Herraiz Navarro y don Eduardo Torres Paredes, sobre reclamación de cantidad. Persona que se cita: “Akerland, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por “Akerland, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1A, ubicada en la planta novena, el día 15 de noviembre de 2013, a las once horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-145

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 24 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María García Ferreira. (03/35.219/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 146

MADRID NÚMERO 34 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 740 de 2012, promovido por don Fernando Herrera Labradas, sobre materias de Seguridad Social. Persona que se cita: “Mutua Mapfre”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por don Fernando Herrera Labradas sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 9.1, ubicada en la planta novena, el día 20 de noviembre de 2013, a las nueve y treinta horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-146

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—El secretario judicial, Fernando Benítez Benítez. (03/34.930/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 147

MADRID NÚMERO 40 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 40 de Madrid. Asunto en que se acuerda: juicio número 1.093, promovido por doña Magali Rufina Mora Chávez y doña Rosis Alejandra Ramírez Díaz, sobre despido. Persona que se cita: “Café Deli, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Café Deli, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 10-C, ubicada en la planta décima, el día 22 de abril de 2014, a las once horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio. En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, Mercedes Llopis Lucas. (03/35.324/13)

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Pág. 351

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 148

MÓSTOLES NÚMERO 1 EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

BOCM-20131111-148

Hago saber: Que en el procedimiento número 497 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Lorenzo Lobato y don Pedro Zayas Herrero, frente a “Alforber, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución: Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 17 de octubre de 2013. El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 13 de mayo de 2013 a la empresa “Alforber, Sociedad Limitada” en favor de los demandantes don Francisco Javier Lorenzo Lobato y don Pedro Zayas Herrero y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, números 6-8, 28931 Móstoles (Madrid), el día 18 de diciembre de 2013, a las doce y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social). Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alforber, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 17 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.935/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 149

MÓSTOLES NÚMERO 2 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Asunto en que se acuerda: procedimiento número 860 de 2013, a instancias de don Jesús María Fernández Lozano y don Luis Miguel Marín Aparicio, sobre materias laborales individuales. Persona que se cita: “Proyectos, Diseño y Programación, Sociedad Anónima”, como demandada. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio propuesto por la parte contraria. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado de lo social número 2, sito en calle San Antonio, número 6, 28931 Móstoles (Madrid), el día 7 de enero de 2014, a las diez y cincuenta horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-149

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. En Móstoles, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Isabel Cano Campaña. (03/34.932/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 150

MÓSTOLES NÚMERO 2 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Asunto en que se acuerda: procedimiento número 1.141 de 2013, a instancias de don Jesús María Fernández Lozano, sobre despido. Persona que se cita: “Proyectos, Diseño y Programación, Sociedad Anónima”, como demandada. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio propuesto por la parte contraria. Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado de lo social número 2, sito en calle San Antonio, número 6, 28931 Móstoles (Madrid), el día 4 de febrero de 2014, a las once y cuarenta horas. Advertencias legales

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1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretende comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. En Móstoles, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Isabel Cano Campaña. (03/34.934/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 151

MÓSTOLES NÚMERO 2 EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Asunto en que se acuerda: procedimiento número 376 de 2013, a instancias de don Antonio Morcillo Arias, don Gabriel Gutiérrez Fuentes, don Antolín Salcedo Barranco, don Ezequiel Pozo Carmona, don Carlos Ballesteros Torres, don Antonio Alonso Herrero, don Julián Valladares Barrajón, don Jaime Guerrero Ruiz y don Carlos Serrano Casado, sobre despido. Personas que se cita: don Javier Fernández Talavera, don Francisco Prieto González y “Salfrauto, Sociedad Limitada”, como demandados. Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio propuesto por la parte contraria. Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado de lo social número 2, sito en calle San Antonio, número 6, Móstoles 28931 (Madrid), el día 14 de enero de 2014, a las doce horas. Advertencias legales

BOCM-20131111-151

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidos de abogado o representados por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). 5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero. En Móstoles, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Isabel Cano Campaña. (03/34.933/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 152

ALICANTE NÚMERO 3 EDICTO

Doña Mar Rosell Comerma, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de Alicante.

BOCM-20131111-152

Hago saber: Que en este Juzgado de lo social, y con el número 175 de 2012, se sigue procedimiento en reclamación por cantidad a instancias de don Óscar Sánchez Jerez, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Bubos Secúritas, Sociedad Anónima”, “Sequor Seguridad, Sociedad Anónima”, “Esabe Valenciana de Seguridad, Sociedad Anónima”, “Empresa de Seguridad Auxiliar de Vigilancia Especializada” (ESAVE) y administración concursal de “Sequor Seguridad, Sociedad Anónima”, en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto de juicio el día 29 de septiembre de 2014, a las diez y treinta horas, e ignorándose el actual paradero de la demandada “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, cuyo último domicilio conocido fue en Madrid, calle Cronos, número 8, tercero, 28037 Madrid, siendo su administradora doña María del Carmen Torres Rubiano, con domicilio en Madrid, plaza de Cronos, número 5, escalera 2, planta segunda, puerta 8, por el presente se les cita para dicho día y hora, con la prevención de que si no comparecieren les parará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho. Se advierte que las siguientes comunicaciones con la parte a la que va dirigida la presente se harán por estrados, salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento. Dado en Alicante, a 4 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.959/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 153

BARCELONA NÚMERO 14 EDICTO

BOCM-20131111-153

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 17 de octubre de 2013, en autos instruidos por este Juzgado de lo social a instancias de “Mutua Intercomarcal” (mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social), contra don Dennís Gilberto Medina Apunte, “Andros Montajes y Desmontajes de Andamios, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de varios Seguridad Social, seguidos con el número 117 de 2013, se cita a la mencionada empresa “Andros Montajes y Desmontajes de Andamios, Sociedad Limitada”, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 23 de enero de 2014, a las nueve y quince horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio, en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada podrá ser tenida por confesa. Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. En Barcelona, a 17 de octubre de 2013.—La secretaria judicial, María Soledad Anadón Sancho. (03/34.939/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 154

BILBAO NÚMERO 1 EDICTO

Doña Begoña Monasterio Torre, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Bilbao. Hago saber: Que en autos de social ordinario número 148 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Íker Atxutegi Ortiz del Río, contra don José Vicente Estrada Esteban, Fondo de Garantía Salarial e “Iberlink, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: CÉDULA DE CITACIÓN

Autoridad que ordena citar: secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Bilbao. Asunto en que se acuerda: el arriba referenciado. Fecha de la resolución que lo acuerda: 19 de julio de 2013. Persona a la que se cita: “Iberlink, Sociedad Anónima”, en concepto de parte demandada. Objeto de la citación: asistir en el concepto indicado a la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio, y también responder al interrogatorio solicitado por don Íker Atxutegui Ortiz del Río sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar día y hora en que debe comparecer: para el acto de conciliación debe comparecer el día 9 de diciembre de 2013, a las nueve cuarenta y cinco horas, en la Sala multiusos de este Juzgado, sita en la séptima planta del Palacio de Justicia. De no alcanzar avenencia en dicho acto, deberá acudir, a las diez y diez horas, a la Sala de vistas número 14, calle Barroeta Aldamar, número 10, primera planta, al objeto de celebrar el correspondiente juicio.

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Para el interrogatorio a practicar en el acto del juicio debe comparecer la persona que legalmente represente en el juicio a la persona jurídica citada, presentando justificación documental de dicho extremo (artículo 91.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Si no comparece sin justa causa a la primera citación, podrán considerarse reconocidos como ciertos los hechos a que se refieran las preguntas cuando hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultase perjudicial en todo o en parte a la persona jurídica a la que representan (artículo 91.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). Si como representante legal no ha intervenido en los hechos, deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos, a cuyo fin podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio, justificando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal (artículo 91.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, bajo la responsabilidad de este, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar la indefensión, se acuerde su declaración como testigos (artículo 91.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social), que tratándose de documental deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada (artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Social).

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Prevenciones legales

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3. Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Social, sin que ello dé lugar a la suspensión, salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistida de letrado. Si también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 6. En el primer escrito que presente o comparecencia que realice ante este Juzgado deberá señalar un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación (artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). El domicilio y los datos de localización que facilite para la práctica de los actos de comunicación surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no facilite otros datos alternativos, siendo su deber mantenerlos actualizados. Asimismo, debe comunicar a esta oficina judicial los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares siempre que estos se utilicen como instrumentos de comunicación con el tribunal (artículo 53.2, párrafo segundo, de la Ley de la Jurisdicción Social). 7. La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante la secretaria judicial. 8. Debe comparecer con documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento. Y para que le sirva de citación a “Iberlink, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Bilbao (Bizkaia), a 17 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.941/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 155

BILBAO NÚMERO 7 EDICTO

Doña María Luisa Larrea Hernando, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao. Hago saber: Que en autos de social ordinario número 476 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Gerardo Torre Suárez, contra “Comercialización, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: CÉDULA DE CITACIÓN

Autoridad que ordena citar: secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao. Asunto en que se acuerda: el anteriormente referenciado. Fecha de la resolución que lo acuerda: 21 de octubre de 2013. Persona a la que se cita: “Comercialización, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada. Objeto de la citación: asistir en el concepto indicado a la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio, y también responder al interrogatorio solicitado por don Gerardo Torre Suárez sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes. Lugar, día y hora en que debe comparecer: para el acto de conciliación debe comparecer el día 4 de junio de 2013, a las nueve y treinta horas, en la Secretaría de este Juzgado, planta sexta del Palacio de Justicia. De no alcanzar avenencia en dicho acto, deberá acudir a las nueve cuarenta y cinco horas, a la Sala de vistas número 11, calle Barroeta Aldamar, número 10, primera planta, al objeto de celebrar el correspondiente juicio.

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Para el interrogatorio a practicar en el acto del juicio debe comparecer la persona que legalmente represente en el juicio a la persona jurídica citada, presentando justificación documental de dicho extremo (artículo 91.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). Si no comparece sin justa causa a la primera citación, podrán considerarse reconocidos como ciertos los hechos a que se refieran las preguntas cuando hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultase perjudicial en todo o en parte a la persona jurídica a la que representan (artículo 91.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). Si como representante legal no ha intervenido en los hechos, deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos, a cuyo fin podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio, justificando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal (artículo 91.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, bajo la responsabilidad de este, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar la indefensión, se acuerde su declaración como testigos (artículo 91.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). 2. Debe concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social), que tratándose de documental deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada (artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Social).

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Prevenciones legales

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No obstante, previamente debe trasladar a la otra parte o aportar anticipadamente, en soporte preferiblemente informático, con cinco días de antelación al acto de juicio, la prueba documental o pericial de que pretenda valerse, que por su volumen o complejidad sea conveniente posibilitar su examen previo al momento de la práctica de la prueba (artículo 82.4 de la Ley de la Jurisdicción Social). 3. Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Social, sin que ello dé lugar a la suspensión, salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social). 4. Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 5. Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistida de letrado. Si también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). 6. En el primer escrito que presente o comparecencia que realice ante este Juzgado deberá señalar un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación (artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social). El domicilio y los datos de localización que facilite para la práctica de los actos de comunicación surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no facilite otros datos alternativos, siendo su deber mantenerlos actualizados. Asimismo, debe comunicar a esta oficina judicial los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares siempre que estos se utilicen como instrumentos de comunicación con el tribunal (artículo 53.2, párrafo segundo, de la Ley de la Jurisdicción Social). 7. La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante la secretaria judicial. 8. Debe comparecer con documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento. Y para que le sirva de citación a “Comercialización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Bilbao (Bizkaia), a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.940/13)

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Pág. 361

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 156

GUADALAJARA NÚMERO 1 EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general número 520 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda Bernard Buisan, contra las empresas “Nuevos Desarrollos Económicos, Sociedad Limitada”, “Arpinum Asociados, Sociedad Limitada”, “Presa Universal, Sociedad Limitada”, “Diario de Alcalá Radiotelevisión, Sociedad Limitada” y “Editora Regional de Medios, Sociedad Limitada”; sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 31 de octubre de 2013. Dada cuenta por presentados los anteriores escritos de 29 de octubre de 2013, por el letrado don Fernando Lumbreras González, en nombre y representación de doña Yolanda Bernard Buisan, únase a los autos y visto su contenido, se acuerda: — Ampliar la demanda frente a “Editora Regional de Medios, Sociedad Limitada”, citando a la misma para la vista oral señalada para el día 12 de noviembre de 2013, a las doce y cuarenta y cinco horas para el acto de conciliación, y a las trece horas el juicio, con traslado de copia de la demanda, del escrito de ampliación de esta, así como del decreto de admisión de la demanda. — Citar a don Antonio del Abril Peiró al objeto de que asista a juicio en calidad de testigo el día 12 de noviembre de 2013, a las trece horas sin perjuicio de la proposición y admisión del mismo por su señoría en el acto de la vista. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos interesadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado). Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nuevos Desarrollos Económicos, Sociedad Limitada”, “Arpinum Asociados, Sociedad Limitada”, “Presa Universal, Sociedad Limitada”, “Diario de Alcalá Radiotelevisión, Sociedad Limitada” y “Editora Regional de Medios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Guadalajara, a 31 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.313/13)

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Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 157

MURCIA NÚMERO 5 EDICTO

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 756 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Zapata Montenegro, contra la empresa “Blachere Iluminación España, Sociedad Anónima”, y “Blachere Iluminación, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Acuerdo: Admitir a trámite la demanda presentada y, en consecuencia, citar a las partes para que comparezcan el día 16 de enero de 2014 en la sede de este órgano judicial, a las once y quince horas, en la Sala de vistas número 1, para la celebración del acto de conciliación, ante la secretaria judicial, y una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, a las once y treinta horas, en la Sala de vistas número 5, para la celebración del acto de juicio ante el magistrado-juez de lo social. Se advierte a la parte demandante que en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo, igualmente, a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía. Respecto a los otrosíes solicitados, a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, se ha dado cuenta al magistrado-juez con carácter previo, y se ha acordado por resolución de esta fecha mandar que se practiquen las siguientes diligencias: Al otrosí primero: ha lugar a lo solicitado conforme al artículo 90.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (artículo 87 de la Ley de la Jurisdicción Social). A tal efecto, hágase saber a la parte demandada que deberá comparecer personalmente o a través de persona con poder suficiente, y en caso de personas jurídicas, a través de quien legalmente les represente y tenga facultades para responder a tal interrogatorio; advirtiéndole que en caso de no comparecer podrá imponérsele la multa prevista en el artículo 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que si no comparecer sin justa causa a la primera citación, rehusase declarar o persistiese en no responder afirmativa o negativamente, a pesar del apercibimiento que se le haya hecho, podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte. En caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca los hechos, si la parte así la solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio, justificando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal. La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, cuando sea persona jurídica privada, bajo la responsabilidad de este, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar indefensión, el magistrado-juez o tribunal acuerde su declaración como testigos. Al otrosí segundo: se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido o representado de abogado o graduado social a los efectos del artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral/Ley de la Jurisdicción Social y por designado domicilio a efectos de comunicaciones (artículo 53 de la Ley de la Jurisdicción Social).

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Doña María del Carmen Ortiz Garrido, secretaria judicial (SCOP) de lo social del número 5 de Murcia.

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BOCM-20131111-157

Procede conforme al artículo 82.4 de la Ley de la Jurisdicción Social acordar a petición de parte el previo traslado entre las partes o aportación anticipada por la parte demandada, en soporte preferiblemente informático, con diez días de antelación al día del juicio de la documentación siguiente: la interesada en el apartado documental anticipada del primer otrosí, digo, de la demanda, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y, en su caso, el magistrado-juez admitirla en el acto de juicio (artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral). Notifíquese a las partes con entrega de copia de la presente resolución y de la demanda, sirviendo la misma de cédula de citación en forma para los referidos actos de conciliación y juicio, así como, en su caso, para la prueba de interrogatorio de parte y el requerimiento acordado para aportar documentos. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal. Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Blachere Iluminación España, Sociedad Anónima”, y “Blachere Iluminación, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Murcia, a 17 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.942/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 158

PONFERRADA NÚMERO 1 EDICTO

Don Sergio Ruiz Pascual, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Ponferrada.

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Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Miguel García Crespo, contra “Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima”, “Coto Minero Cantábrico, Sociedad Anónima”, “Dair, Sociedad Anónima”, “Rosical, Sociedad Anónima”, “Movimientos y Explotaciones Industriales, Sociedad Limitada”, “Roel Hispánica, Sociedad Anónima”, “Carbocal, Sociedad Anónima”, “Industrial Cienfuegos, Sociedad Anónima”, “Exconci, Sociedad Limitada”, “Macneny, Sociedad Limitada”, “Norfesa, Sociedad Limitada”, “Vencove, Sociedad Anónima”, “Talleres Alneba, Sociedad Anónima”, “Ferpi Transportes y Obras, Sociedad Anónima”, “Patra, Sociedad Anónima”, administración concursal de “Coto Minero del Cantábrico, Sociedad Anónima”, administración concursal de “Unión Minera del Norte, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 854 de 2013, se ha acordado en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social citar a “Movimientos y Explotaciones Industriales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, situado en la avenida de Huertas de Sacramento, número 14, planta segunda, el día 9 de octubre de 2014, a las diez y quince horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención al actor pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Y para que sirva de citación a “Movimientos y Explotaciones Industriales, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Ponferrada, a 23 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado). (03/35.321/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 159

TOLEDO NÚMERO 1 EDICTO

Doña María del Carmen Martín García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo. Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.642 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de doña Raquel García Herrera, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, don Javier Alfonso Prados García y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice: Parte dispositiva: Acuerdo: Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia:

Al otrosí, ha lugar a lo solicitado conforme al artículo 90.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (artículo 87 de la Ley de la Jurisdicción Social). A tal efecto, hágase saber a la parte demandada que, deberá comparecer personalmente o través de persona con poder suficiente, y, en caso de personas jurídicas, a través de quien legalmente las represente y tenga facultades para responder a tal interrogatorio, advirtiéndole de que, en caso de no comparecer, podrá imponérsele la multa prevista en el artículo 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y que, si no comparece sin justa causa a la primera citación, rehusase declarar o persistiese en no responder afirmativa o negativamente, a pesar del apercibimiento que se le haya hecho, podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte. En caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal. La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, cuando sea persona jurídica privada, bajo la responsabilidad de este, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar indefensión, el juez o Tribunal acuerde su declaración como testigos.

BOCM-20131111-159

Citar a las partes para que comparezcan el día 11 de noviembre de 2013, a las once horas, en la sede de este órgano judicial, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el mismo día a las trece y cuarenta horas, para la celebración del acto de juicio ante el magistrado. Se advierte a la parte demandante de que, en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo, igualmente, a la parte demandada de que, su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía. Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, se ha dado cuenta al juez con carácter previo, y se ha acordado por resolución de esta fecha, mandar que se practiquen las siguientes diligencias:

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Al otrosí, se tiene por presentada la documentación que acompaña a la demanda, únase a los autos de su razón, sin perjuicio de que deba la parte proponerla en el acto de juicio como medio de prueba del que intentará valerse. Al otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de abogado/a o graduado social a los efectos del artículo 21.2 de la Ley de Procedimiento Laboral/Ley de la Jurisdicción Social, y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, artículo 53 de la Ley de la Jurisdicción Social. Cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial a los efectos señalados en el artículo 23 de la Ley de la Jurisdicción Social. Al otrosí, ha lugar a lo solicitado conforme al artículo 90.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (artículo 87 de la Ley de la Jurisdicción Social). Requiérase a los demandados para que aporten los documentos solicitados, con la advertencia de que, de no hacerlo, podrán tenerse por probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Social). Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y, en su caso, el juez admitirla en el acto de juicio, artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral. Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la agenda programada de señalamientos. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial. Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a don Javier Alfonso Prados García, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Toledo, a 4 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.314/13)

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE 160

VALLADOLID NÚMERO 1 EDICTO

Doña Carmen Olalla García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Valladolid.

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Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Jesús Herrero Mediavilla, contra “Banco Vitalicio de España, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros”, “Vitalia, Sociedad Anónima”, y Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 946 de 2013-MA, se ha acordado en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social citar a “Vitalia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, situado en plaza de Rosarillo, sin número, el día 9 de junio de 2014, a las once y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento. En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención a la actora pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Y para que sirva de citación a “Vitalia, Sociedad Anónima”, se expide el presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Valladolid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.938/13)

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V. OTROS ANUNCIOS 161

INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (IFEMA)

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La Institución Ferial de Madrid (IFEMA) informa de que se ha publicado con fecha 6 de noviembre de 2013, en el “perfil del contratante” de la página web de esta Institución, www.ifema.es, el anuncio de licitación correspondiente a los expedientes: — Expediente 14/028. Solicitud de ofertas para la contratación del suministro de moqueta ferial para las zonas comunes de los certámenes y actividades organizados por la Institución Ferial de Madrid. — Expediente 14/031. Solicitud de ofertas para la contratación del servicio de instalación y mantenimiento de moqueta ferial para las zonas comunes de los certámenes y actividades organizados por la Institución Ferial de Madrid. El plazo para la presentación de ofertas computará desde el día de la inserción del anuncio en el “perfil del contratante”. Cualquier notificación posterior relativa a estos expedientes, únicamente figurará en el mencionado “perfil del contratante”. Los gastos de este anuncio serán por cuenta de los adjudicatarios. Madrid, a 7 de noviembre de 2013. (01/3.395/13)

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V. OTROS ANUNCIOS 162

JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL SECTOR SUZ II-9

BOCM-20131111-162

Junta de Compensación del sector SUZ II-9 del municipio de Villanueva del Pardillo. Sometimiento de proyecto de reparcelación a audiencia pública de los afectados. Aprobado por esta Junta de Compensación del sector SUZ II-9 Villanueva del Pardillo (CIF número V-83915587), en la asamblea general extraordinaria de 5 de noviembre de 2013, el proyecto de reparcelación para la ejecución del “sector SUZ II-9 de Villanueva del Pardillo”, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 88 de la LSCM/01, se somete a audiencia pública de los afectados y con citación personal de los interesados por el plazo de un mes. El trámite de información pública se entenderá abierto a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 48 de la LRJAP-PAC), y durante el citado plazo cualquier interesado y público en general podrán presentar las alegaciones o documentos que estimen convenientes. A tal fin podrán consultarlo en las oficinas sitas en Madrid, avenida Filipinas, número 50, escalera derecha, primero A (de lunes a viernes, de nueve a trece horas). En Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—La presidenta de la Junta de Compensación del sector SUZ II-9 Villanueva del Pardillo, María del Pilar Bravo San Juan. (02/7.965/13)

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