descargar boletín completo - Sede Electrónica del Boletin Oficial de ...

116 downloads 3217 Views 9MB Size Report
27 Ene 2010 ... proceso convocado por Orden 3408/2009, de 15 de julio. (BOLETÍN OFICIAL DE ...... Citröen C 15 E. — 261. — 13 de no- viembre ...... de Colmenar de Ore- ja, con la denominación: categoría, policía; grupo C, subgrupo C2; ...... drid, se hace público que por “Autoextrem, Sociedad Limitada La- boral”, se ha ...
AÑO 2010

MIÉRCOLES 27 DE ENERO

NÚM. 22

SUMARIO I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Concurso de méritos — Orden 48/2010, de 14 de enero, por la que se resuelve el proceso convocado por Orden 3408/2009, de 15 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de julio), de provisión de puestos de trabajo mediante el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID Convocatoria proceso selectivo — Resolución de 17 de diciembre de 2009, del Rectorado, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . UNIVERSIDAD DE ALCALÁ Nombramientos — Resolución de 18 de diciembre de 2009, por la que se nombra Catedrático de Universidad del área de conocimiento de “Química Orgánica” a don Ernesto de Jesús Alcañiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Resolución de 30 de diciembre de 2009, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad del Área de Conocimiento de “Genética” a don Joaquín Royo Cárcamo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Resolución de 30 de diciembre de 2009, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad del Área de Conocimiento de “Derecho del Trabajo y Seguridad Social” a don José Eduardo López Ahumada . . . . . . . . . . . . . . . .

4

5

6

6

6

Tribunales pruebas selectivas — Resolución de 11 de enero de 2010, por la que se modifica la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “Mantenimiento-Multifunción”, nivel salarial B2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7

— Resolución de 11 de enero de 2010, por la que se modifica la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “Biología Molecular”, nivel salarial A2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

7

1

— Resolución de 11 de enero de 2010, por la que se modifica la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “CERMN”, nivel salarial A2 . . . . . . .

7

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS Nombramiento — Resolución de 11 de enero de 2010, por la que se nombra a doña María Pilar Trinidad Núñez Profesora Titular de Escuela Universitaria (21/TEU/003) . . . . . . . . . . . . . . . .

7

C) Otras Disposiciones VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Convocatorias ayudas — Orden 2158/2009, de 14 de diciembre, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas al equipamiento de teatros municipales para el año 2010 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Orden 2223/2009, de 21 de diciembre, por la que se establece la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para depósito de archivos históricos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid correspondiente al ejercicio 2010 . . . . . . . . . . . . . . . . . .

15

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Registro telemático — Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

20

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS Registro telemático — Resolución de 18 de enero de 2010, de corrección de errores de la Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes . . . . . . . . .

99

7

Pág. 2

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Bases solicitudes viviendas — Resolución de 19 de enero de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueba la convocatoria para la adjudicación en régimen de arrendamiento de 250 viviendas de titularidad pública, sitas en el municipio de Arroyomolinos, al amparo del Decreto 19/2006, de 9 de febrero, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 120 CONSEJERÍA DE SANIDAD Concesión subvenciones — Orden 942/2009, de 21 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria para el curso escolar 2008-2009 de concesión de subvenciones destinadas a centros educativos y centros territoriales de innovación y formación de Madrid, para la realización de Proyectos de Educación para la Salud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 121

D) Anuncios VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO Expropiación — Resolución de 18 de enero, por la que se hace pública la «Orden 29/2010, de 15 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, en los términos municipales de Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias, y se convoca a determinados interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 244» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 125 Canal de Isabel II Convocatorias contratos — Resolución de 19 de enero de 2010, por la que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto para el suministro de hidróxido cálcico a granel en cisternas para descarga con medios neumáticos o mecánicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 129 — Resolución de 19 de enero de 2010, por la que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto para el suministro de 2.500 metros cúbicos de carbón activo granulado en la ETAP de Santillana . . . . . . . 130 CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Autorización instalación eléctrica — Resolución de 27 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se somete a información pública el proyecto de construcción de un centro de transformación en calle Londres, número 38, en el término municipal de Torrejón de Ardoz (28850 Torrejón de Ardoz), solicitado por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 131 Instituto Madrileño de Desarrollo (IMADE) Convocatoria contrato — Resolución de 18 de diciembre de 2009, por la que se hace público la suspensión y el posterior archivo del expedietne de contratación CTC-001/09 . . . . . . . . . . . . . . . 131

B.O.C.M. Núm. 22

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Notificaciones — Resolución de 17 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 3505/2009, de 10 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 624.7/07, interpuesto por don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García, contra la Resolución de 9 de octubre de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 131 — Resolución de 17 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 4133/2009, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 951.4/09, interpuesto por doña María Alejandra Guillamón Martín, contra la Resolución de 27 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación . . . . . . 132 — Resolución de 17 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 4470/2009, de 16 de noviembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 28.2/07, interpuesto por don Francisco Javier Hoyos Seijo, en nombre y representación de “Dragados, Sociedad Anónima”, en el que don Juan Manuel Pérez Sánchez aparece como parte interesada, contra la Resolución de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 132 Convocatoria contrato — Resolución de 12 de enero de 2010, por la que se hace pública convocatoria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de suministro de “Repoblación piscícola de ríos de la Comunidad de Madrid con trucha arco iris año 2009-2011” (expediente número 4-F/10) . . . . . . 134 CONSEJERÍA DE SANIDAD Hospital Universitario “La Paz” Convocatorias contratos — Resolución de 13 de enero de 2010, de la Dirección-Gerencia, por la que se anuncia procedimiento abierto de servicios: PA 2/10, contratación del servicio de mantenimiento de la electrónica de red del HULP y centros dependientes . 135 — Resolución de 18 de enero de 2010, del Hospital Universitario “La Paz”, por la que se modifica la fecha de apertura del procedimiento abierto PA 2010-0-01, “Material sanitario: Suturas manuales” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135 CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES Notificaciones — Notificación de aviso de caducidad del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Notificación de resolución de conclusión del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema por fallecimiento del solicitante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Notificación de suspensión del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Notificación de resolución de grado y nivel del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y establecimiento del Programa Individual de Atención . . . . . — Notificación de resolución del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

136

136

137

137

140

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

— Notificación de requerimiento de documentación del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema . . . . . 141 — Notificación de Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales de extinción de prestación económica de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142 — Notificación de Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales de suspensión cautelar de prestación económica de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 143 CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER Acuerdos laborales — Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa ASL y los representantes legales de los trabajadores (PCM-428/2009) . . . . . . . . . . . . . 143 — Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, y la delegada de personal (PCM-477/2009) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144 — Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Aserpinto, Sociedad Anónima”, miembros de las secciones sindicales de UGT, CC OO y CSI-CSIF y los representantes legales de los trabajadores (PCM-474/2009) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145 Convocatoria contrato — Resolución de 4 de enero de 2010, por la que se hace pública convocatoria para la licitación del contrato de servicios denominado “Difusión de una campaña de publicidad sobre prevención de la violencia de género y servicio de información telefónica para mujeres víctimas de violencia de género en la Comunidad de Madrid, durante el año 2010” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145 Servicio Regional de Empleo Convocatoria contrato — Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Directora General, por la que se hace pública convocatoria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de servicios titulado “Servicio para la difusión de una campaña de publicidad sobre el Programa de Emprendedores y las Actividades de Formación Profesional para el Empleo, desglosado en dos lotes, para el año 2010, promovido por el Servicio Regional de Empleo y cofinanciado por el Fondo Social Europeo al 50 por 100” . . . . . . . . . . 146

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO — Ministerios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS — Madrid (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Madrid (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Alcalá de Henares (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . — Alcobendas (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Alcorcón (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Alcorcón (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Algete (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

151 151 151 152 156 157 160 161 161 162

— — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — —

Anchuelo (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Arganda del Rey (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Batres (Organización y funcionamiento) . . . . . . . . . . . . . Belmonte de Tajo (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . Berzosa del Lozoya (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . Boadilla del Monte (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cabanillas de la Sierra (Personal) . . . . . . . . . . . . . . . . . . Camarma de Esteruelas (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . Casarrubuelos (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Ciempozuelos (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cobeña (Organización y funcionamiento) . . . . . . . . . . . . Cobeña (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Collado Villalba (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Colmenar de Oreja (Personal) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Coslada (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Daganzo (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Daganzo (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fresno de Torote (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . . Griñón (Personal) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Guadarrama (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Las Rozas de Madrid (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . . . . . . Las Rozas de Madrid (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . Leganés (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Mejorada del Campo (Régimen económico) . . . . . . . . . . Mejorada del Campo (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . . . . . . Mejorada del Campo (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . Móstoles (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Navalcarnero (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paracuellos de Jarama (Régimen económico) . . . . . . . . . Patones (Organización y funcionamiento) . . . . . . . . . . . . Pozuelo de Alarcón (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pozuelo de Alarcón (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . . Ribatejada (Organización y funcionamiento) . . . . . . . . . Rivas-Vaciamadrid (Organización y funcionamiento) . . Rivas-Vaciamadrid (Personal) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Rivas-Vaciamadrid (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . . Rivas-Vaciamadrid (Otros anuncios) . . . . . . . . . . . . . . . San Lorenzo de El Escorial (Régimen económico) . . . . . San Martín de Valdeiglesias (Urbanismo) . . . . . . . . . . . . Soto del Real (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . . . . . Torrelodones (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Valdelaguna (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . . . . . Valdelaguna (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Valdemanco (Contratación) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Valverde de Alcalá (Régimen económico) . . . . . . . . . . . Villalbilla (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villanueva de la Cañada (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . Villar del Olmo (Régimen económico) . . . . . . . . . . . . . . Villarejo de Salvanés (Licencias) . . . . . . . . . . . . . . . . . . Villaviciosa de Odón (Organización y funcionamiento) .

Pág. 3

162 162 162 163 163 163 163 163 163 163 164 164 164 165 165 165 166 166 166 167 167 167 170 170 171 173 173 173 173 174 174 175 176 176 176 176 176 177 177 177 178 178 179 179 180 180 180 180 180 180

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA — Tribunal Superior de Justicia de Madrid:  Sala de lo Contencioso-Administrativo . . . . . . . . . . . .  Sala de lo Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Audiencia Provincial de Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Juzgados de Primera Instancia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Juzgados de Instrucción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . — Juzgados de Primera Instancia e Instrucción . . . . . . . . . . — Juzgados de lo Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

181 181 181 182 182 186 188

V. OTROS ANUNCIOS — Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda . . 256 — Fundación IMDEA Software . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 256

Pág. 4

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal

RESUELVO

Consejería de Educación 241

ORDEN 48/2010, de 14 de enero, por la que se resuelve el proceso convocado por Orden 3408/2009, de 15 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA C OMUNIDAD DE M ADRID de 30 de julio), de provisión de puestos de trabajo mediante el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería.

Aprobada mediante Orden 3408/2009, de 15 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de julio), convocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Concurso de Méritos en la Consejería de Educación. Considerando que en el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Conseería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria ya mencionadas. Considerando que esta Consejería tiene competencia para proceder a la adjudicación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía y Hacienda,

Primero Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios que se expresan en el Anexo. A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato de la “puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vinculantes. Segundo Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990). Tercero Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 19 de enero de 2010.—La Consejera de Educación, PD (Orden 5547/2007, de 25 de octubre, de la Consejera de Educación), el Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez.

ANEXO RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 5

(03/2.409/10)

Universidad Politécnica de Madrid 242

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2009, del Rectorado, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 24), de Universidades (en adelante, LOU); en la redacción modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” del 13), de modificación de la anterior (ReLOU), y en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” del 8), por el que se regula el régimen de los concursos de acceso (en adelante, RDCA), y a tenor de lo establecido en el artículo 154 de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 215/2003, de 16 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 29, y “Boletín Oficial del Estado” del 14 de enero de 2004), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (en adelante, EUPM), la Normativa para la re-

gulación de los concursos de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios en la Universidad Politécnica de Madrid (en adelante, NUPM o UPM), aprobada en su Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2009, y modificada en el del día 26 de marzo de 2009, publicada en el “Boletín Oficial de la Universidad Politécnica de Madrid” (en adelante, BOUPM), disponible y accesible en su página web, y la Resolución Rectoral de 24 de julio de 2009, por la que se publican las bases que rigen la convocatoria del Concurso de Acceso (publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 10 de agosto de 2009), en formato electrónico, de acuerdo con la Resolución de 31 de mayo de 2007, del Consejo de Gobierno de la UPM (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de agosto). Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Politécnica de Madrid la cantidad de 33,84 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el “Banco de Santander” (calle Cea Bermúdez, número 25, de Madrid), en la cuenta corriente número 0049-5121-26-2316021426, con el título “Universidad Politécnica de Madrid Concursos Cuerpos Docentes”, abierta en dicha entidad. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acre-

Pág. 6

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la Resolución Rectoral de 17 de diciembre de 2009, remitida al “Boletín Oficial del Estado”. Las bases, el modelo de solicitud y currículum vítae, podrán consultarse, asimismo, en la dirección siguiente: www.upm.es La composición de las Comisiones de Acceso son las que figuran en el Anexo III de la Resolución Rectoral de 17 de diciembre de 2009, remitida al “Boletín Oficial del Estado”. Madrid, a 17 de diciembre de 2009.—El Rector, Javier Uceda Antolín. (02/14.447/09)

Universidad de Alcalá 243

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2009, por la que se nombra Catedrático de Universidad del área de conocimiento de “Química Orgánica” a don Ernesto de Jesús Alcañiz.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza de Catedrático de Universidad (código Z026/DQI104) del área de “Química Inorgánica”, convocada por Resolución de 14 de julio de 2009, de esta Universidad (“Boletín Oficial del Estado” de 7 de agosto), y presentada por la interesada la documentación a que hace referencia la base novena de la convocatoria; este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado”, de 24 de diciembre), según nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes, HA RESUELTO Nombrar a don Ernesto de Jesús Alcañiz, con documento nacional de identidad número 40864541-G, Catedrático de Universidad del área de “Química Inorgánica” (código Z026/DQI104), adscrito al Departamento de Química Inorgánica de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”. Contra la presente Resolución, que agota vía administrativa, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto en el “Boletín Oficial del Estado”. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. En Alcalá de Henares, a 18 de diciembre de 2009.—El Rector, Virgilio Zapatero Gómez. (03/1.680/10)

Universidad de Alcalá 244

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2009, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad del Área de Conocimiento de “Genética” a don Joaquín Royo Cárcamo.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza de Profesor Titular de Universidad (código Z002/DGN208) del Área de “Genética”, convocada por Resolución de esta Universidad de 24 de septiembre de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 8 de octubre), y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia la base novena de la convocatoria; este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el

B.O.C.M. Núm. 22

artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de diciembre), según nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes, HA RESUELTO Nombrar a don Joaquín Royo Cárcamo, con documento nacional de identidad número 05257462-F, Profesor Titular de Universidad del Área de “Genética” (código Z002/DGN208), adscrita al Departamento de Biología Celular y Genética de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto en el “Boletín Oficial del Estado”. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición, ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. En Alcalá de Henares, a 30 de diciembre de 2009.—El Rector, Virgilio Zapatero Gómez. (03/1.932/10)

Universidad de Alcalá 245

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2009, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad del Área de Conocimiento de “Derecho del Trabajo y Seguridad Social” a don José Eduardo López Ahumada.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza de Profesor Titular de Universidad (código Z008/DDT203) del Área de “Derecho del Trabajo y Seguridad Social”, convocada por Resolución de esta Universidad de 24 de septiembre de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 8 de octubre), y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia la base novena de la convocatoria; este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de diciembre), según nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes, HA RESUELTO Nombrar a don José Eduardo López Ahumada, con documento nacional de identidad número 52118975-D, Profesor Titular de Universidad del Área de “Derecho del Trabajo y Seguridad Social” (código Z008/DDT203), adscrita al Departamento de Derecho Privado de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto en el “Boletín Oficial del Estado”. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición, ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. En Alcalá de Henares, a 30 de diciembre de 2009.—El Rector, Virgilio Zapatero Gómez. (03/2.437/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Universidad de Alcalá 246

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, por la que se modifica la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “Mantenimiento-Multifunción”, nivel salarial B2.

Por Resolución de la Gerencia de 2 de octubre de 2009, se hizo pública la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “Mantenimiento-Multifunción”, nivel salarial B2, convocado por Resolución de 9 se septiembre de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 26 de septiembre). Como complemento a dicha Resolución, se hace pública una modificación en la composición del tribunal que ha de juzgar dichas pruebas, procediéndose a: — La designación de don Manuel Esteban Crego como Vocal titular. — Dejar sin efectos el nombramiento efectuado a don Alfonso González Lozano como Vocal titular. Alcalá de Henares, a 11 de enero de 2010.—El Gerente (Resolución de 1 de noviembre de 2003; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de enero de 2004), Luis J. Mediero Oslé. (03/2.423/10)

Universidad de Alcalá 247

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, por la que se modifica la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “Biología Molecular”, nivel salarial A2.

Por Resolución de la Gerencia de 8 de octubre de 2009, se hizo pública la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “Biología Molecular”, nivel salarial A2, convocado por Resolución de 21 se septiembre de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 5 de octubre). Como complemento a dicha Resolución, se hace pública una modificación en la composición del tribunal que ha de juzgar dichas pruebas, procediéndose a: — La designación de don Fernando Marín Medina como Vocal titular. — Dejar sin efectos el nombramiento efectuado a don Juan Carlos Ocaña Tabernero como Vocal titular. Alcalá de Henares, a 11 de enero de 2010.—El Gerente (Resolución de 1 de noviembre de 2003; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de enero de 2004), Luis J. Mediero Oslé. (03/2.424/10)

Universidad de Alcalá 248

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, por la que se modifica la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “CERMN”, nivel salarial A2.

Por Resolución de la Gerencia de 8 de octubre de 2009, se hizo pública la composición del Tribunal del concurso-oposición libre para la provisión de puestos vacantes de personal laboral de la especialidad “CERMN”, nivel salarial A2, convocado por Resolución de 21 se septiembre de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 5 de octubre). Como complemento a dicha Resolución, se hace pública una modificación en la composición del tribunal que ha de juzgar dichas pruebas, procediéndose a: — La designación de don Fernando Marín Medina como Vocal titular. — Dejar sin efectos el nombramiento efectuado a don Juan Carlos Ocaña Tabernero como Vocal titular.

Pág. 7

Alcalá de Henares, a 11 de enero de 2010.—El Gerente (Resolución de 1 de noviembre de 2003; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de enero de 2004), Luis J. Mediero Oslé. (03/2.422/10)

Universidad Rey Juan Carlos 249

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, por la que se nombra a doña María Pilar Trinidad Núñez Profesora Titular de Escuela Universitaria (21/TEU/003).

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 127 del Decreto 22/2003, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), y el artículo 65 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” del 13), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión constituida para juzgar el concurso convocado por Resolución de 5 de octubre de 2009, de esta Universidad (“Boletín Oficial del Estado” del 16), para la provisión de la plaza 21/TEU/003, de Profesor Titular de Escuela Universitaria del área de conocimiento de “Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales”, y, una vez acreditado por el concursante propuesto que reúne los requisitos a que alude el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios (“Boletín Oficial del Estado” del 8), HE RESUELTO Nombrar a doña María Pilar Trinidad Núñez, con documento nacional de identidad número 28946578-C, Profesora Titular de Escuela Universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos, del área de conocimiento de “Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales”, adscrita al Departamento de Derecho Público II. En Móstoles, a 1 de enero de 2010.—El Rector, Pedro GonzálezTrevijano. (03/1.681/10)

C) Otras Disposiciones Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno 250

ORDEN 2158/2009, de 14 de diciembre, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas al equipamiento de teatros municipales para el año 2010.

La Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, a través de la Dirección General de Promoción Cultural, lleva a cabo diversas acciones cuya finalidad es el fomento de la cultura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. El principio básico que fundamenta las presentes ayudas es la consideración de las artes escénicas y musicales como bienes culturales que repercuten directamente en el desarrollo intelectual, creativo y lúdico de los ciudadanos. Con el fin de fomentar el interés de los ciudadanos por dichas disciplinas artísticas, resulta necesario que tales representaciones se lleven a cabo en recintos escénicos que dispongan de dotaciones técnicas adecuadas. La presente Orden pretende, por tanto, consolidar el apoyo prestado a los municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento de sus teatros, con el fin de que puedan desarrollar en ellos una programación de artes escénicas y musicales de calidad. En virtud de lo expuesto, y bajo los principios que han de regir la asignación de las ayudas públicas, de conformidad con la Ley 38/2003,

Pág. 8

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2003, de 21 de julio; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid en materia de bases reguladoras de las mismas, y demás disposiciones aplicables, DISPONGO Artículo primero Objeto, bases reguladoras y cuantía La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid con destino al equipamiento de teatros municipales. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios de la Comunidad de Madrid o las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientes de los mismos que tengan asumidas competencias en materia de cultura, salvo aquellos municipios que sean destinatarios de una subvención con asignación nominativa en la Ley de Presupuestos vigente en el año de concesión de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid con destino al equipamiento de teatros municipales con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual, esta incompatibilidad afectará igualmente a los organismos dependientes de los anteriores municipios. A los efectos de esta Orden, se entiende por teatros municipales los locales de titularidad municipal en los que se tenga previsto realizar preferentemente la programación cultural desarrollada por el ayuntamiento, mediante la representación de obras de teatro, conciertos de música, espectáculos de danza y otras artes escénicas y cinematográficas. Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron en la Orden 2085/2005, de 14 de octubre, del Consejero de Cultura y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 7 de noviembre), modificada por la Orden 2365/2008/00, de 22 de diciembre, del Consejero de Cultura y Turismo. El importe de las ayudas asciende a 360.000 euros, que se hará efectivo con cargo a la partida 7639.0, del programa 083, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2010. Este gasto se entiende condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente al aprobarse los presupuestos correspondientes. Artículo segundo Solicitudes y documentación El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta Orden, en caso de que el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Las solicitudes estarán disponibles en la Dirección General de Promoción Cultural de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, sita en la calle Alcalá, número 31, 28014 Madrid. Asimismo, podrán obtenerse a través del sitio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en la página web de la Comunidad: “www.madrid.org/bocm”. Estas se presentarán preferentemente en los Registros de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (calle Caballero de Gracia, número 32, 28013 Madrid). También podrán presentarse en el Registro General de la Comunidad de Madrid (Gran Vía, número 3, y plaza de Chamberí, número 8) o en cualquier otro Registro de la Comunidad de Madrid; en los Registros de la Administración General del Estado y demás Comunidades Autónomas; en los Registros de los Ayuntamientos que han suscrito el Convenio correspondiente (teléfono de información 012); o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la

B.O.C.M. Núm. 22

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la solicitud, que se encuentra también a disposición de los interesados en la página web “www.madrid.org”, Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, “Servicios y Trámites”, podrá enviarse a través del Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno. El certificado de la firma electrónica, necesario para cumplimentar este impreso, puede solicitarse en el mismo Portal. En este caso, la documentación deberá presentarse hasta el último día de plazo en los mismos lugares indicados en el párrafo anterior. Las solicitudes, formuladas según formulario: “Solicitud de ayudas para el equipamiento de teatros municipales” (modelo: 1651F1) y cumplimentadas en todos sus extremos, deberán suscribirse por el Alcalde-Presidente, Concejal-Delegado del Área de Cultura o representante legal de la entidad pública con personalidad jurídica propia que tenga asumidas las competencias en materia de cultura. Los municipios solo podrán presentar una solicitud de subvención, que irá referida al equipamiento de un único espacio escénico seleccionado por ellos. La documentación a aportar es la siguiente: 1. Informe del equipamiento técnico existente en el recinto escénico. 2. Proyecto de adquisición de nuevo equipamiento o de mejora del ya existente, incluyendo presupuesto detallado de gastos. 3. Memoria en la que se justifique la necesidad del equipamiento solicitado y se describan los objetivos que se pretenden conseguir. Dicha memoria deberá estar firmada por el AlcaldePresidente, representante legal del Patronato (en su caso), Concejal-Delegado del Área de Cultura o técnico responsable del recinto escénico. 4. Programación de teatro, música, danza y actividades cinematográficas realizada el año anterior. 5. Declaración responsable de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, formulario: “Declaración de no estar incurso en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones” (modelo: 1651FO1). 6. Declaración responsable de que el proyecto objeto de subvención por la presente Orden no es financiado con ayudas del Plan Regional de Inversiones de la Comunidad de Madrid (PRISMA), formulario: “Declaración de que el proyecto subvencionado no está financiado con ayudas del Plan Regional de Inversiones de la Comunidad de Madrid (PRISMA) (modelo: 1651FO2). 7. Copia compulsada de los Estatutos o instrumento jurídico de constitución en que se acredite la personalidad jurídica propia del organismo, cuando el solicitante sea una entidad pública dependiente de un Ayuntamiento, así como certificado de la AEAT en la que conste concedida la exención del IVA, en su caso. 8. Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social: a) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Dicha certificación podrá solicitarse directamente por el órgano instructor en caso de que el interesado autorice su consulta en el formulario de solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se notificará a la entidad para su subsanación. b) Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deberán estar expedidas a efectos generales o de obtención de subvenciones, por lo que no se admitirán las emitidas para cualquier otra finalidad. Las obligaciones se considerarán también cumplidas cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o fraccionamientos o se acuerde la suspensión. Una vez expedidas las certificaciones, estas tendrán validez durante un plazo de seis meses a contar desde la fecha de su expedición.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

9. Certificación de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid acreditativa de la no existencia de deudas en período ejecutivo de pago de la Comunidad de Madrid. Dicho documento se solicitará directamente por el órgano instructor, por lo que no es preciso que sea aportado por el solicitante. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se notificará a la entidad para su subsanación. Se deberá tener en cuenta que cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros, los municipios que resulten beneficiarios deberán solicitar tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del compromiso. En el momento de justificación de la subvención deberán presentar dichas ofertas y memoria justificativa de la seleccionada en el caso de que esta no sea la propuesta económica más ventajosa. Todo ello salvo que por las especiales características de los gastos no exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de subvención. Artículo tercero Gastos subvencionables y período de ejecución La subvención está destinada exclusivamente a equipamiento, considerándose como tal, a título meramente enunciativo, los siguientes elementos: Iluminación, sonido, vestimenta escénica, audiovisuales, suelo de danza, maquinaria, cortinaje, climatización, insonorización, butacas, piano y mobiliario en general. No son subvencionables las obras, reformas y reparaciones. Quedan excluidos de la presente Orden los proyectos financiados con ayudas del PRISMA. Dichos gastos deberán haber sido realizados en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y 31 de octubre de 2010. Artículo cuarto Criterios de valoración y determinación de la cuantía de la subvención Los criterios de valoración son los establecidos en la base sexta de las bases reguladoras. En caso de que una vez valoradas las peticiones que cumplen los requisitos de la convocatoria, el importe total a adjudicar superara la dotación presupuestaria en cada línea de subvención, las cuantías a conceder se reducirán en una misma proporción. La concesión de ayudas requerirá la obtención de un mínimo de 10 puntos. La determinación de la cuantía, que tendrá como límite el importe de la subvención solicitada, se efectuará de manera proporcional a los puntos obtenidos, en relación con la siguiente escala: Puntos 10 11 12 13 14 15

Cuantía (euros) 1.400 2.000 2.600 3.200 4.200 5.200

Puntos 16 17 18 19 20

Cuantía (euros) 6.300 7.500 8.700 9.900 11.000

Artículo quinto Justificación de la subvención Los Ayuntamientos beneficiarios deberán acreditar la realización de los proyectos subvencionados y justificar la cuantía concedida en un plazo que finalizará el 2 de noviembre de 2010. La documentación a presentar es la siguiente: 1. Certificado del Secretario, Interventor, formulario “Justificación de la subvención” (modelo: 1651FO3), haciendo constar los siguientes extremos: 1.a) Acreditación de que el proyecto objeto de subvención ha sido realizado y que el mismo se ajusta al proyecto de adquisición que sirvió de base a la solicitud.

Pág. 9

1.b) Destino de los gastos efectuados con tal finalidad. 1.c) Obtención o no de otras subvenciones o aportaciones para la misma finalidad procedentes de cualquier ente público o privado, y, en su caso, que la suma de las mismas no excede del coste del proyecto subvencionado. 2. Fotocopia compulsada de las facturas o de los mandamientos de pago, estos últimos firmados por el Interventor y el Alcalde. En caso del que el ayuntamiento hubiera recibido cualquier otra subvención o ingreso para el mismo proyecto, se deberán presentar todas las facturas o justificantes de gasto que acrediten la realización total de la actividad subvencionada. Se considerará justificado el gasto aunque no esté efectivamente pagado. 3. Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social: 3.a) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Dicha certificación podrá solicitarse directamente por el órgano instructor en caso de que el interesado autorice su consulta en el formulario de solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se notificará a la entidad para su subsanación. 3.b) Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deberán estar expedidas a efectos generales o de obtención de subvenciones, por lo que no se admitirán las emitidas para cualquier otra finalidad. Igualmente se considerarán cumplidas las anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o fraccionamientos o se acuerde la suspensión. Una vez expedidas las certificaciones, estas tendrán validez durante un plazo de seis meses a contar desde la fecha de su expedición. 4. Certificación de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid acreditativa de la no existencia de deudas en período ejecutivo de pago de la Comunidad de Madrid. Dicho documento se solicitará directamente por el órgano instructor, por lo que no es preciso que sea aportado por el beneficiario. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros, los Ayuntamientos deberán solicitar tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del compromiso. En esta fase del procedimiento deberán presentar dichas ofertas y memoria justificativa de la seleccionada en el caso de que ésta no sea la propuesta económica más ventajosa. Todo ello salvo que por las especiales características de los gastos no exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de subvención. Artículo sexto Recursos La presente convocatoria pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los órganos de dicho orden jurisdiccional, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. DISPOSICIÓN FINAL Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 14 de diciembre de 2009. El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

Pág. 10

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

SOLICITUD DE AYUDA PARA EL EQUIPAMIENTO DE TEATROS MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1.- Datos del interesado: NIF

{

Municipio

{

Ayuntamiento

Patronato municipal

Correo electrónico

Población de derecho del municipio

habitantes

Dirección: Tipo vía

Nombre vía

CP

Localidad

Fax

Teléfono Fijo

Nº Teléfono Móvil

Pertenece a la Red de Teatros de la Comunidad de Madrid Presupuesto ejecutado en

{



{

No

para programación de artes escénicas, musicales y cinematográficas



2.- Datos de el/la representante: NIF

Apellidos

Nombre

Cargo

Persona de contacto Correo electrónico Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP



Localidad

Provincia

4.- Solicitud: Manifiesta que conoce las bases reguladoras de las ayudas destinadas al equipamiento de teatros municipales (Orden 2085/2005, de 14 de octubre, del Consejo de Cultura y Deportes y su modificación), así como la convocatoria de las mismas Año Efectuada por Orden de fecha Solicita subvención por importe total de

euros para el siguiente equipamiento:

Denominación Centro a subvencionar Domicilio del Centro a subvencionar Tipo de Centro: (señalar lo que corresponda)

{ {

Teatro en edificio independiente Salón de Actos en Centro Multifuncional

{ {

Sala de Teatro ubicada en Casa de Cultura/Centro Cultural Otros (especificar)

Equipamiento solicitado: 1:

Presupuesto:

2: 3:

Presupuesto: Presupuesto:

4:

Presupuesto:

5:

Presupuesto:

Cuantía total solicitada

Modelo: 1651F1

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 11

5.- Documentación requerida: DOCUMENTACIÓN Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Comunidad de Madrid Certificado justificativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social Declaración responsable de no hallarse incurso en prohibición para obtener subvenciones Proyecto y presupuesto detallado de gastos Informe del equipamiento técnico del teatro Memoria de la necesidad y objetivos Declaración de no estar financiado por PRISMA Programación realizada en 2009 Estatutos de la entidad pública dependiente y exención de IVA

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{

{

{

{

       

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

6.- Entidad bancaria: Entidad

Oficina

D.C.

Número de Cuenta

En ………………………………………………………………………………………., a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Fomento de subvenciones”, cuya finalidad es gestionar las ayudas para el fomento y apoyo de actividades culturales, y sólo podrán ser cedidos en las condiciones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno Dirección General de Promoción Cultural.

Modelo: 1651F1

Pág. 12

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

DECLARACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE PROHIBICIÓN PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES

D/D.ª ....................................................................................................................................... con NIF nº.. ….................. en su condición de…………………… ……...………………………………………………..……………………………….…… y actuando en nombre y representación de ….……………….………………………………………………..………...….con CIF…………………….

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD Que dicha entidad no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de las subvenciones especificadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En ………………………….., a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 13, apartados 2 y 3 2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención ser exceptúe por su normativa reguladora: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente. f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen. h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o laLLey General Tributaria. No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros. 3. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro. p

p

g Modelo: 1651FO1

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 13

DECLARACIÓN DE QUE EL PROYECTO SUBVENCIONADO NO ESTÁ FINANCIADO CON AYUDAS DEL PLAN REGIONAL DE INVERSIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID (PRISMA)

D/D.ª ......................................................................................................................................................…….…., con NIF n.º …...................., en su condición de ………………………………………………………………..……. y actuando en nombre y representación de ……………………………………………….…………………………. con CIF………………………..

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD Que el proyecto subvencionado no está financiado con ayudas del Plan Regional de Inversiones de la Comunidad de Madrid (PRISMA).

En ………………….………………….., a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Modelo: 1651FO2

Pág. 14

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

D/D.ª.......................................................................................................................................,Secretario/Interventor.del Ayuntamiento/ Patronato de ……………………………………………………………………….……………………………………………………………...…

CERTIFICA 1.- Que el proyecto objeto de la subvención consistente en ………………………………………………………….. ………………………………………………………………………………………………………………………………... ………………………………………………………………………………………………………………………………... ha sido realizado y el mismo se ajusta al proyecto de adquisición que sirvió de base a la solicitud. Dicha subvención ha sido destinada al equipamiento del teatro municipal denominado…………………………... ………………………………………………………………………………………………………………………………... ………………………………………………………………………………………………………………………………... 2. Que el importe de la subvención concedida con tal fín ha sido destinado a la realización de los siguientes gastos: Nº

Nº Factura/M. Pago

Concepto

Importe

TOTAL

3. Que este Ayuntamiento

 

NO ha solicitado ni recibido otras ayudas SÍ ha solicitado y/o recibido para la misma finalidad las siguientes ayudas de otros entres públicos o privados

SUPERANDO/NO SUPERANDO la suma de las mismas el 100 por 1000 del coste del proyecto subvencionado (táchese lo que no proceda) Se adjuntan al presente documento fotocopias compulsadas de las facturas o mandamientos de pago relacionados Y para que conste a efectos de justificar el cumplimiento de las obligaciones de la referida subvención, firmo la presente en ………………………………………………………………………a……………..de…………………….de………… Vº Bº

EL ALCALDE-PRESIDENTE /PRESIDENTE DEL PATRONATO O EQUIVALENTE

FIRMA

EL SECRETARIO/INTERVENTOR 1651FO3

(03/1.524/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno 251

ORDEN 2223/2009, de 21 de diciembre, por la que se establece la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para depósito de archivos históricos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid correspondiente al ejercicio 2010.

En cumplimiento de las competencias de la Comunidad de Madrid previstas en la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental, relativas a la defensa, conservación, acrecentamiento, difusión y uso adecuado del patrimonio documental, archivos y colecciones de naturaleza análoga de interés para nuestra Comunidad de Madrid que no sean de titularidad estatal, la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno convoca periódicamente líneas de subvención con la intención de apoyar económicamente determinadas actividades que tienen como objetivo el enriquecimiento del tejido infraestructural en el que se sustenta la custodia, conservación, tratamiento y difusión de los archivos y el patrimonio documental madrileño. En uso de esta atribución, y una vez publicadas las bases reguladoras de las ayudas mediante Orden 603/2007, de 12 de abril, de la entonces Consejería de Cultura y Deportes, modificada por la Orden 409/2009/00, de 9 de marzo, se procede a efectuar la convocatoria de ayudas para depósito de archivos históricos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid y las actuaciones que van aparejadas al mismo. En virtud de lo expuesto, bajo los principios que han de regir la asignación de ayudas públicas, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en todo lo que en ambos constituya legislación básica; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid en materia de bases reguladoras de las mismas, y las demás disposiciones aplicables, DISPONGO Artículo 1 Objeto, bases reguladoras y presupuesto 1. Se convocan subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el depósito de archivos históricos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid, la elaboración de inventario y la microfilmación y digitalización de archivos históricos de municipios con población inferior a 10.000 habitantes que no dispongan de personal técnico archivero. Las ayudas incluyen, asimismo, la adquisición de un equipo lector-reproductor de microfilm y de armarios para guardar los rollos de microfilm para aquellos municipios que carezcan de los mismos. 2. El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a 180.000 euros, que se imputarán a la partida 76390, del programa 080, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2010. Este gasto se entiende condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente al aprobarse el Presupuesto correspondiente. 3. Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron en la Orden 603/2007, de 12 de abril, del Consejero de Cultura y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 30 de abril de 2007), modificada por Orden 409/2009/00, de 9 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 83, de 8 de abril de 2009). Artículo 2 Solicitudes y documentación 1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la pre-

Pág. 15

sente Orden. Si el último día del plazo fuera inhábil, se prorrogará al hábil siguiente. 2. Las solicitudes, que se encuentran a disposición de los interesados en la página web, www.madrid.org, Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, “Servicios y Trámites”, se formularán en el modelo recogido en la presente convocatoria y se presentarán preferentemente en el Registro de esta Consejería, sito en la calle Caballero de Gracia, número 32, 28013 Madrid. También podrán presentarse en cualquier Registro de la Comunidad de Madrid, en los Ayuntamientos que han firmado convenio con la Comunidad de Madrid a tal efecto o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la solicitud podrá enviarse a través del Registro Telemático del órgano convocante. El certificado de la firma electrónica, necesario para cumplimentar este impreso, puede solicitarse en el mismo Portal de Información y Gestión de la página web: “www.madrid.org”. 3. De conformidad con lo establecido en el artículo 3.3.a) y c) de las bases reguladoras, la documentación a aportar, en original, copia auténtica o fotocopia compulsada, es la siguiente: a) Certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento en la que conste el acuerdo del Pleno municipal de solicitud de subvención, o bien en el caso de que la solicitud se formule por otro órgano, acreditación de la delegación del Pleno en ese órgano. b) Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social: — Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. — Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deberán estar expedidas de forma genérica o a efectos de obtención de subvenciones, por lo que no se admitirán las admitidas para cualquier otra finalidad. Igualmente, se considerarán cumplidas las anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremo que deberá acreditarse mediante la presentación de copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o fraccionamientos o se acuerde la suspensión. c) Declaración responsable de no estar incursa la entidad en causa de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones. d) Certificación expedida por el Secretario acreditativa del censo de población, de acuerdo con el último padrón municipal. e) Declaración responsable relativa a las ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma finalidad, o, en su caso, ausencia de las mismas. f) Informe en el que se especifiquen los metros lineales de los documentos que se pretenden depositar, su estado de conservación y límites cronológicos, en caso de que no se hubieran depositado anteriormente. g) certificación expedida por el Secretario en la que conste la inexistencia de personal técnico archivero. h) Presupuesto de la elaboración del inventario y/o microfilmación, digitalización, adquisición de lector-reproductor y del armario, según proceda. 4. Subsanación de defectos: En el supuesto de que se observasen defectos en las solicitudes o en la documentación aneja a las mismas, el órgano instructor requerirá al solicitante para que, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsane aquellos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 42, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71, ambos preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 3 Criterios de valoración, órganos competentes y resolución 1. El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Pág. 16

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

2. Las solicitudes recibidas en tiempo y forma serán valoradas por la comisión de evaluación, de acuerdo con los criterios de concesión y en la forma establecida en los artículos 5 y 6 de las bases reguladoras. Una vez despachados los trámites oportunos, el órgano instructor elevará la propuesta de resolución al Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, que resolverá el procedimiento. 3. El plazo máximo para la resolución y publicación será de seis meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria. Transcurrido este tiempo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud. 4. La resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, determinará los beneficiarios, el proyecto subvencionado, la cuantía de la subvención y cuantos extremos sean convenientes para su adecuada aplicación, así como la relación de municipios a los que se deniegue la subvención y su motivación. 5. La resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno interponer.

Dichas certificaciones deberán estar expedidas de forma genérica o a efectos de obtención de subvenciones, por lo que no se admitirán las admitidas para cualquier otra finalidad. Se considerará cumplido este apartado cuando existiendo deudas, estas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o fraccionamientos o se acuerde la suspensión. d) Declaración responsable donde conste que el Ayuntamiento no es deudor por resolución de procedencia de reintegro. 3. En todo caso, previamente al pago, el órgano instructor solicitará a la Consejería de Economía y Hacienda certificación donde conste que el beneficiario no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. De no resultar positiva dicha certificación, se comunicará al beneficiario para su subsanación. En el caso de que este no subsanara el defecto, no se abonará la subvención concedida. 4. La no aportación de la documentación referida anteriormente se entenderá como renuncia a la subvención concedida.

Artículo 4 Forma y plazo de justificación de las subvenciones 1. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finaliza el 25 de noviembre de 2010. 2. La justificación de la subvención se efectuará mediante la presentación de la cuenta justificativa en la que se acreditará la aplicación de los fondos al fin que motivó su concesión. La documentación a aportar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de las bases reguladoras, es la siguiente: a) Memoria del control de calidad de los trabajos realizados. b) Facturas, nóminas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Los justificantes de gasto referidos deberán haber sido aprobados o conformados por el órgano municipal que ostente la competencia. Los documentos se presentarán en original o fotocopia compulsada por órgano competente, salvo en el caso previsto en el párrafo siguiente. En el caso de que el beneficiario haya percibido otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, se presentará tanto el documento original como la fotocopia compulsada. Los justificantes originales se marcarán con una estampilla, haciendo constar que han servido para justificar la subvención y su imputación total o parcial a este, y posteriormente serán devueltos al beneficiario. No será necesario acreditar el pago efectivo de los gastos presentados para justificar la subvención. Cuando el proyecto haya sido financiado, además de con la presente subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la cuenta justificativa el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada. A tal efecto, se presentarán documentos justificativos de gasto por el importe al que ascienda la totalidad de las ayudas recibidas. c) Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social: — Certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. — Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social.

1. El pago de las subvenciones se efectuará previa justificación de la aplicación de los fondos al fin para el que se concedió la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior. 2. Con carácter previo al pago se realizarán las actuaciones precisas para la comprobación material de la subvención, conforme a lo establecido en el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el régimen de control interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

Artículo 5 Pago de las subvenciones

Artículo 6 Anticipo financiero de subvenciones 1. Los beneficiarios de la subvención, una vez concedida, podrán dirigirse a las entidades financieras colaboradoras de la Comunidad de Madrid para solicitar créditos de hasta el 80 por 100 del importe de la subvención, al amparo de los convenios celebrados por la Consejería de Hacienda con dichas entidades los días 23 y 25 de junio de 2004. Las condiciones financieras y el procedimiento a seguir se recogen en la página web de la Comunidad de Madrid, www.madrid.org/hacienda Artículo 7 Recursos La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente a esta publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009. El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

Pág. 17

Etiqueta del Registro

Comunidad de Madrid SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A MUNICIPIOS PARA EL DEPÓSITO DE ARCHIVOS HISTÓRICOS MUNICIPALES EN EL ARCHIVO REGIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 1.- Tipo de Municipio:

{

{

Más de 20.000 habitantes

{

Entre 10.000 y 20.000 habitantes

Menos de 10.000 habitantes

2.- Datos de la entidad: NIF

Ayuntamiento

Persona de contacto Dirección Tipo vía

Nombre vía

CP

Localidad



Correo electrónico Fax

Teléfono Fijo

Teléfono móvil

3.- Datos de el/la representante: NIF/NIE

Apellidos

Nombre

Cargo

Correo electrónico Fax

Teléfono Fijo

Teléfono móvil

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP



Localidad

Provincia

5.- Solicitud: Manifiesta que conoce y acepta las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos y cumple todos los requisitos establecidos en las mismas, en particular los relativos a la no concurrencia de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Convocatoria del año Importe solicitado €

Objeto de la solicitud(*)

 Elaboración de inventario  Microfilmación de los documentos depositados  Digitalización de los documentos depositados  Adquisición de lector-reproductor  Adquisición de armario para guardar los rollos de microfilm

(*) Los municipios que soliciten esta línea por primera vez marcarán todas las opciones. Los demás marcarán lo que corresponda.

6.- Otros datos de interés: ¿El Ayuntamiento dispone de instalaciones de archivo adecuadas? ¿El Ayuntamiento ha depositado en años anteriores su archivo histórico en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid? ¿En qué año se depositó? Datos sobre los documentos a Fechas extremas depositar Volumen Estado de conservación { Bueno { Regular Riesgo de conservación

{ Alto

{ Medio

{ Sí { Sí

{ Malo

{ No { No

{ Bajo

{ Pésimo Modelo: 1F4 1FO1

Pág. 18

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

6.- Otros datos de interés (continuación) Riesgo de seguridad Índice de consulta Observaciones

{ Alto

B.O.C.M. Núm. 22

{ Medio

{ Bajo

7.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente al Estado Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Comunidad de Madrid Acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social Certificación expedida por el Secretario en la que conste el acuerdo del Pleno municipal de solicitud de subvención Declaración responsable de no hallarse incurso en prohibición para obtener subvenciones Certificación expedida por el Secretario acreditativa del censo de población de acuerdo con el último padrón municipal Declaración responsable de ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma finalidad o, en su caso, ausencia de las mismas Informe de los metros lineales, estado de conservación y límites cronológicos de los documentos a depositar Certificación expedida por el Secretario en la que conste la inexistencia de personal técnico archivero Presupuesto de la elaboración del inventario, microfilmación, digitalización y adquisición de equipo lector-reproductor y armario archivador para los rollos de microfilm, según proceda Copia del documento de control de los documentos a depositar, en caso de que este exista

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{

{

{

{

        

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

8.- Entidad bancaria: Entidad

Oficina

DC

Número de cuenta

En ……………………………………………………………….., a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Subvenciones de la D.G.A.M.B.”, cuya finalidad es “Gestión de los procedimientos de subvenciones convocadas por la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas”, y sólo podrán ser cedidos en las condiciones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas. Subdirección General de Archivos Modelo: 1F4 1FO1

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 19

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE PROHIBICIÓN PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES Don/Doña .......................................................................... . con NIF ............................................................................... en su condición de........................................................................................ y actuando en nombre y representación de la entidad local ................................................................................................................................................................... con NIF .............................................................................. ,

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD

Que la entidad no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones especificadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En …………………………………………………………………………………….., a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 13, apartados 2 y 3: “2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención ser exceptúe por su normativa reguladora: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inabilitados conforme a la Ley Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente. f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal. g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen. h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o laLLey General Tributaria. No podrán acceder a la condición de beneficiarias las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de esta Ley cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros. 3. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro”. Modelo: 1FO1

(03/1.523/10)

Pág. 20

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Consejería de Economía y Hacienda 252

RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, RESUELVO Primero Habilitación Registro Telemático Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente de los procedimientos denominados “Solicitud de prórroga de los plazos de presentación del Impuesto sobre Sucesiones”, “Ejecución de resolución administrativa y/o judicial”, “Recurso de reposición contra providencia de apremio”, “Autorización temporal para la práctica de modalidades de juegos colectivos de dinero y azar a efectos de demostración”, “Comunicación de apertura de salones recreativos”, “Autorizaciones de salones de juego”, “Autorización de instalación de máquinas recreativas en bares y cafeterías”, “Autorización para la organización y comercialización de apuestas hípicas”, “Autorización para la celebración de rifas y tómbolas”, “Inscripción provisional de modelos de máquinas y explotación provisional de máquinas recreativas con premio programado”, “Inscripción en registro de interdicciones de acceso al juego (prohibidos)”, “Autorización para la actividad de explotación de

B.O.C.M. Núm. 22

máquinas recreativas y de juego”, “Autorización de máquinas recreativas y de juego”, “Interconexión de máquinas”, ”Autorización de laboratorio de ensayo de material de juego”, “Devolución de ingresos indebidos en materia de juego”, “Recurso potestativo de reposición contra actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa en materia de ordenación y gestión del juego”, “Recurso de alzada contra resoluciones y actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa en materia de ordenación y gestión del juego”, ”Revocación de autorizaciones administrativas en materia de juego”, “Recurso extraordinario de revisión contra actos administrativos firmes en materia de ordenación y gestión del juego”. La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, de los procedimientos “Solicitud de prórroga de los plazos de presentación del Impuesto sobre Sucesiones”, “Ejecución de resolución administrativa y/o judicial”, “Recurso de reposición contra providencia de apremio”, “Autorización temporal para la práctica de modalidades de juegos colectivos de dinero y azar a efectos de demostración”, “Comunicación de apertura de salones recreativos”, “Autorizaciones de salones de juego”, “Autorización de instalación de máquinas recreativas en bares y cafeterías”, “Autorización para la organización y comercialización de apuestas hípicas”, “Autorización para la celebración de rifas y tómbolas”, “Inscripción provisional de modelos de máquinas y explotación provisional de máquinas recreativas con premio programado”, “Inscripción en registro de interdicciones de acceso al juego (prohibidos)”, “Autorización para la actividad de explotación de máquinas recreativas y de juego”, “Autorización de máquinas recreativas y de juego”, “Interconexión de máquinas”, ”Autorización de laboratorio de ensayo de material de juego”, “Devolución de ingresos indebidos en materia de juego”, “Recurso potestativo de reposición contra actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa en materia de ordenación y gestión del juego”, “Recurso de alzada contra resoluciones y actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa en materia de ordenación y gestión del juego”, ”Revocación de autorizaciones administrativas en materia de juego”, “Recurso extraordinario de revisión contra actos administrativos firmes en materia de ordenación y gestión del juego” que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Economía y Hacienda, siendo de aplicación el siguiente: “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org”. Madrid, a 4 de enero de 2010.—El Director General de Tributos y Gestión y Ordenación del Juego, Fernando Prats Máñez.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 21

y Ordenación y Gestión del Juego Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión Juego Y HACIENDA CONSEJERÍA DE del ECONOMÍA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

SOLICITUD DElos LOSplazos PLAZOSde DEpresentación PRESENTACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Solicitud DE dePRÓRROGA prórroga de del Impuesto sobre Sucesiones 1.- Datos del interesado: NIF

Apellidos

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP



Localidad

Fax

Provincia

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Apellidos

Nombre/Razón Social

Correo electrónico

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado

{

Interesado

{

Representante

{

Apellidos

Nombre

Tipo de vía Piso

Otro:(Indique Apellidos, Nombre)

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

4.- Documentación a aportar: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Ƒ Ƒ

Fotocopia Certificado de defunción Poder de representación, si actúa a través de representante

5.- Actuando en nombre propio y/o en representación de los herederos de: 1º) Nombre del causante Con domicilio en : Fecha de defunción:

Con NIF Nombre Vía

Localidad

2º) Que según los datos obrantes hasta la fecha, los herederos declarados o presuntos del causante son: Nombre y Apellidos

NIF

DOMICILIO: Calle y Localidad.

Grado parentesco

Pág. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

3º) Que los bienes y derechos de titularidad del causante a la fecha del fallecimiento son los siguientes: BIENES INMUEBLES: Referencia catastral

Descripción del inmueble

Valoración

BIENES MUEBLES: CUENTAS CORRIENTES, FONDOS DE INVERSIÓN, ACCIONES Entidad Bancaria

Número de cuenta

Valoración

OTROS BIENES Y DERECHOS (VEHÍCULOS, SEGUROS DE VIDA, ETC) Descripción del bien o derecho

4º) Que no han transcurrido cinco meses desde la fecha de fallecimiento

Valoración

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 23

Comunidad de Madrid 6.- Solicita:

La concesión por un plazo de 6 meses de prórroga en la presentación de la declaración tributaria por el Impuesto de Sucesiones de acuerdo con lo establecido en el art. 68 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre), por los siguientes motivos:

7.- Nota informativa: Transcurrido un mes desde la presentación de la solicitud sin que se hubiese notificado Resolución, se entenderá concedida la prórroga siempre que se hayan cumplido los requisitos de la normativa vigente.

En Madrid, a ………. de ……………….. de ……………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero TRIBSUBPA, cuya finalidad es la gestión de los tributos competencia de la Comunidad de Madrid, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www. madrid.org/apdcm), y no podrán ser cedidos salvo en los supuestos previstos en la Ley. El órganos responsable del fichero es la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es Pº del General Martínez Campos nº 30, de Madrid (28010); todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda. Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 24

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego y Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad de Madrid Comunidad de Madrid

SOLICITUD DEde EJECUCIÓN DEde RESOLUCIÓN Y/Ojudicial JUDICIAL Solicitud ejecución resoluciónADMINISTRATIVA administrativa y/o 1.- Datos del interesado: NIF

Apellidos

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Puerta

Nombre vía CP

Fax



Localidad

Provincia

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Apellidos

Nombre/Razón Social

Correo electrónico

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado

{

Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

4.- Documentación a aportar: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Ƒ Ƒ

Poder de representación, si actúa a través de representante Resolución judicial

5.- Medio elegido para efectuar la devolución:

{

TRANSFERENCIA BANCARIA A LA CUENTA

Nombre de la entidad bancaria Entidad

{

Domicilio Sucursal

Oficina

D.C

COMPENSACIÓN en los términos del Reglamento General de Recaudación. Deudas a compensar:

{

CHEQUE

6.- Solicito la ejecución de la resolución:

{ { { {

Del Tribunal Económico-Administrativo de Madrid Del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Recurso de Reposición Otros

Nº Reclamación Nº Resolución: Nº Recurso: Dato de la Resolución

Localidad Número de Cuenta

Provincia

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 25

7.- En dicha resolución se establece de modo expreso:

LA TRAMITACIÓN QUEDA CONDICIONADA A QUE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DISPONGA DE LA RESOLUCIÓN JUDICIAL OBJETO DE LA PRESENTE SOLICITUD DE EJECUCIÓN

En Madrid, a ………. de ……………….. de ……………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero TRIBSUBPA, cuya finalidad es la gestión de los tributos competencia de la Comunidad de Madrid, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (www. madrid.org/apdcm), y no podrán ser cedidos salvo en los supuestos previstos en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda. Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 26

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos y de Ordenación y Dirección General de Tributos Gestión del Juego del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad de Madrid Comunidad de Madrid

RECURSO RecursoDE deREPOSICIÓN ReposiciónCONTRA ContraPROVIDENCIA Providencia DE de APREMIO Apremio 1.- Datos de el/la recurrente: NIF

Apellidos

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Puerta

Nombre vía CP

Fax



Localidad

Provincia

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Apellidos

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Puerta

Nombre vía CP

Fax



Localidad

Provincia

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a en el domicilio siguiente: Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

4.- Datos de la resolución o acto que se recurre: Acto recurrido ( PROVIDENCIA DE APREMIO) Nº de referencia del acto Fecha del acto

Fecha de notificación

5.- Motivos de oposición al acto:

{

Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en periodo voluntario y otras causas de suspensión

{ del procedimiento de recaudación. { {

Falta de notificación de la liquidación. Anulación de la liquidación o error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la

{ deuda apremiada.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 27

Pág. 28

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010 Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

31

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN TEMPORAL LA PRÁCTICA DE MODALIDADES DE colectivos JUEGOS Solicitud de autorización temporal para laPARA práctica de modalidades de juegos COLECTIVOS DE DINERO Y AZAR A EFECTOS DE DEMOSTRACIÓN de dinero y azar a efectos de demostración 1.- Datos del solicitante: NIF

Nombre de la asociación

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante de la asociación o persona autorizada: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos especialidades de la modalidad de juego: Nombre Tiempo de la demostración

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 29

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Memoria descriptiva de las especialidades de las modalidades de juego objeto de la demostración en cuanto apremios, elementos y reglas de desarrollo. Acreditación de los poderes otorgados por la asociación Relación de los establecimientos autorizados en que se llevarán a cabo las partidas de demostración Horarios de las partidas Sistemas y procedimientos previstos para la fiscalización y control de las partidas por el órgano competente en materia de ordenación y gestión de juego Justificante de pago de la tasa por servicios administrativos (modelo 030Tasa 6503)

Autorizo Consulta (*)

… … … … … …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 30

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

COMUNICACIÓN DEde ACTIVIDAD Comunicación actividadDEdeSALÓN salónRECREATIVO recreativo 1.- Datos del titular del establecimiento: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del establecimiento: Nombre comercial Superficie total Domicilio

Superficie destinada a juego

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso Provincia

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 31

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 32

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

COMUNICACIÓN DE de CAMBIO DE de TITULARIDAD Comunicación cambio titularidadDE deSALÓN salónRECREATIVO recreativo 1.- Datos del nuevo titular: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del anterior titular: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso Provincia

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 33

5.- Datos del establecimiento: Nombre comercial Superficie total Domicilio

Superficie destinada a juego

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

6.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

7.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

…

Acreditación de la disponibilidad del local

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 34

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

SOLICITUD DE FUNCIONAMIENTO DEsalones SALONESde DEjuego JUEGO SolicitudDE deAUTORIZACIÓN autorización de funcionamiento de 1.- Titular del establecimiento: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del establecimiento: Nombre del establecimiento Domicilio

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 35

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Documento que acredite la disponibilidad del local. Copia de la licencia municipal de apertura y funcionamiento a nombre de la empresa solicitante. Plano del local a escala no superior a 1/100, visado por el Colegio profesional correspondiente, con indicación expresa de la superficie destinada a juego y plano de situación del mismo. Copia simple notarial de los poderes de representación otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en su caso Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030-tasa 5090)

… … … { …

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 36

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

31

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

SOLICITUD DEde RENOVACIÓN DE funcionamiento FUNCIONAMIENTOde DEsalones SALONESde DEjuego JUEGO Solicitud renovaciónDEdeLAlaAUTORIZACIÓN autorización de 1.- Titular del establecimiento: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del establecimiento: Nombre del establecimiento Domicilio

Nº Autorización

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 37

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Documento que acredite la disponibilidad del local. Copia de la licencia municipal de apertura y funcionamiento a nombre de la empresa solicitante. Copia simple notarial de los poderes de representación otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en su caso Plano de situación del local, a escala no superior a 1/100, visado por el Colegio profesional correspondiente, con indicación expresa de la superficie destinada a juego y plano de situación del mismo. Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030-tasa 5100)

…

Autoriza Consulta (*)

… {

{

… …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 38

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

31

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

SOLICITUD DEfuncionamiento FUNCIONAMIENTO SALONES JUEGO SolicitudDE deTRANSMISIÓN transmisiónDE deLA la AUTORIZACIÓN autorización de deDE salones deDE juego 1.- Titular del establecimiento adquiriente: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Titular del establecimiento transmitente: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Datos del establecimiento a transmitir: Nombre del establecimiento Domicilio

Tipo vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Nº Autorización Nombre vía Escalera

Bloque

Piso Provincia

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 39

5.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

6.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Documento que acredite la disponibilidad del local Documentación acreditativa de la constitución y vigencia de las garantías que establece el art. 61 del Reglamento de máquinas recreativas y de juego de la Comunidad de Madrid Copia simple notarial de los poderes de representación otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en su caso Anexo de la declaración responsable (art. 19.2 Ley 6/2001)

…

Autorizo Consulta (*)

{

{

{

{

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 40

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

CONSULTA DEsalones SALONESde DEjuego JUEGO ConsultaPREVIA previaDE deVIABILIDAD viabilidadPARA para FUNCIONAMIENTO funcionamiento de 1.- Titular del establecimiento: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del establecimiento: Nombre del establecimiento Domicilio

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 41

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante, si es persona física Pasaporte del solicitante, si es persona física Fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad, es persona jurídica Copia simple notarial de los poderes de representación otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en su caso Plano del local y de situación del mismo Memoria descriptiva del local, suscrita por técnico competente, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Reglamento de máquinas recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid o acerca de la posibilidad de que el local los cumpla una vez realizadas las oportunas obras de adaptación. Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5110)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{ …

{

… { …

{

… …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 42

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Comunidad de Madrid

B.O.C.M. Núm. 22

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 43

7.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO DNI, pasaporte o tarjeta de residente del titular del establecimiento, en caso de ser persona física NIF en caso de ser persona jurídica Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa solicitante, en su caso Copia de la escritura de constitución, o de las modificaciones habidas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y copia de los poderes otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en caso de ser persona jurídica. Documento acreditativo de la obtención de la licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento, o, en su caso, de la solicitud de dicha licencia o del cambio de titularidad de la misma, o cualquier documento o certificado del Ayuntamiento sobre la situación administrativa del expediente municipal en el momento de la solicitud de la autorización de instalación, en el que debe constar la actividad y ubicación del establecimiento. Documento o título admitido en derecho que acredite la disponibilidad del local por el titular del establecimiento. o, en su defecto, declaración responsable del mismo sobre dicha disponibilidad, cuya firma estará reconocida o adverada por entidad bancaria o legitimada por fedatario público. Plano de situación del local, a escala no superior a 1/100. Anexo declaración responsable de que el local no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 43.4 del Reglamento de máquinas recreativas y de juego de la Comunidad de Madrid. Anexo firma solicitud empresa operadora Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030-tasa 5046)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{ …

{

{

{

…

…

… … … … …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 44

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

COMUNICACIÓN DE de CAMBIO DE de TITULAR PARAlaLA INSTALACIÓN MÁQUINAS Comunicación cambio titularDE deLA laAUTORIZACIÓN autorización para instalación de DE máquinas RECREATIVAS Y DE JUEGO EN BARES, CAFETERÍAS Y OTROS ESTABLECIMIENTOS recreativas y de juego en bares, cafeterías y otros establecimientos 1.- Titular del establecimiento: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante del titular: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del establecimiento: Nombre del establecimiento Domicilio

Nº Establecimiento

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso Provincia

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 45

5.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

6.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO DNI, pasaporte o tarjeta de residente del titular del establecimiento, en caso de ser persona física NIF en caso de ser persona jurídica Copia simple notarial de los poderes otorgados por las empresas titulares de los establecimientos, en su caso Copia de la escritura de constitución, o de las modificaciones habidas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y copia de los poderes otorgados por la empresa para contraer obligaciones en su nombre, en caso de ser persona jurídica. Documento acreditativo de la obtención de la licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento, o, en su caso, de la solicitud de dicha licencia o del cambio de titularidad de la misma, o cualquier documento o certificado del Ayuntamiento sobre la situación administrativa del expediente municipal en el momento de la solicitud de la autorización de instalación, en el que debe constar la actividad y ubicación del establecimiento. Documento o título admitido en derecho que acredite la disponibilidad del local por el titular del establecimiento. o, en su defecto, declaración responsable del mismo sobre dicha disponibilidad, cuya firma estará reconocida o adverada por entidad bancaria o legitimada por fedatario público. Anexo firma solicitud empresa operadora Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030-tasa 5047)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{

{

… {

{

…

…

… … …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud. En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 46

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de modificación de laDE autorización de instalación en bares, SOLICITUD DE MODIFICACIÓN LA AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN EN cafeterías BARES, y otros establecimientos CAFETERÍAS Y OTROS ESTABLECIMIENTOS 1.- Titular del establecimiento: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del establecimiento: Nombre del establecimiento Domicilio

Nº Establecimiento

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Piso Provincia

Teléfono fijo

5. Número de máquinas objeto de la modificación: Nº de máquinas solicitadas por tipo

Bloque

Tipo B Tipo D

Teléfono Móvil

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 47

6.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

7.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Relación detallada de la modificación producida en cualquiera de los requisitos y condiciones que determinaron la concesión de la autorización Documentación acreditativa de las modificaciones

Se aporta en la solicitud

Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa solicitante, en su caso Anexo firma solicitud empresa operadora Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030 – tasa 5047)

Autorizo Consulta (*)

… … { … …

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 48

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE APUESTAS HÍPICAS

Solicitud de autorización para la organización y comercialización de apuestas hípicas

1.- Datos del solicitante: NIF

Razón Social

Nº Ins.Reg.Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Teléfono fijo

Fax

Puerta

Provincia Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 49

4. Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Acreditación inscripción en el Registro de Juego Resguardo del depósito de garantía en Tesorería Anexos de la declaración responsable (art. 19.2 Ley 6/2001). Copia simple notarial de los poderes otorgados por la Empresa. Propuesta detallada de las modalidades de apuesta hípica externa y de los soportes que los representen con indicación de las bandas de fluctuación máximas y mínimas de las mismas y de las fórmulas necesarias para el reparto de premios. Propuesta de horario para la realización de apuestas . Acreditación de la homologación del material de juego y de los sistemas y terminales de control y expedición de apuestas y de los instrumentos técnicos de comunicación a distancia o interactivos. Convenio o contrato con los hipódromos sobre cuyas carreras se pretende apostar Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030-tasa 5131)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{ { … {

{ { {

… … … … …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 50

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Solicitud de renovación de la autorización para la organización y comercialización de Y COMERCIALIZACIÓN DE APUESTAS HÍPICAS apuestas hípicas 1.- Datos del solicitante: NIF

Razón Social

Nº Ins.Reg.Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Bloque

Piso

Provincia Teléfono fijo

Fax

Puerta

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 51

4. Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Acreditación inscripción en el Registro de Juego Resguardo del depósito de garantía en Tesorería Copia simple notarial de los poderes otorgados por la Empresa. Propuesta detallada de las modalidades de apuesta hípica externa y de los soportes que los representen con indicación de las bandas de fluctuación máximas y mínimas de las mismas y de las fórmulas necesarias para el reparto de premios. Propuesta de horario para la realización de apuestas . Acreditación de la homologación del material de juego y de los sistemas y terminales de control y expedición de apuestas y de los instrumentos técnicos de comunicación a distancia o interactivos. Convenio o contrato con los hipódromos sobre cuyas carreras se pretende apostar Anexos de la declaración responsable (art. 19.2 Ley 6/2001) Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5132)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{ … {

{

{

{

{

{

{

{

{

{

{

… …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 52

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Comunidad de Madrid

B.O.C.M. Núm. 22

B.O.C.M. Núm. 22

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 53

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

Solicitud de autorización de rifas y tómbolas

SolicitudDE deAUTORIZACIÓN autorización de SOLICITUD DErifas RIFASyYtómbolas TÓMBOLAS 1.- Datos del solicitante: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la rifa o tómbola:

{ Benéfica

Tipo

{ De utilidad pública

Fecha de inicio

{ De interés particular Fecha de terminación

Lugar o establecimiento de celebración Nº papeletas, billetes o participaciones

Precio en euros de papeletas, billetes o participaciones

Ámbito territorial Persona obligada al pago de gastos e impuestos Destino de los beneficios

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

Pág. 54

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Memoria en la que se exponga el modo de efectuar la venta o distribución de papeletas, billetes o participaciones. Relación detallada de los premios, precio y forma de adjudicación. En caso de inmuebles deberán estar previamente adquiridos, con indicación de linderos, extensión y cargas de la finca.. En el caso viajes especificación de los servicios incluidos en los mismo. Si se tratase de vehículos, indicación del obligado al pago del impuesto de matriculación. Relación detallada de los vendedores de billetes o papeletas y Fotocopia los documentos identificativos de los vendedores. Escritura de constitución de la Sociedad y, en su caso, estatutos sociales, inscritos en el Registro Mercantil Bases de la celebración. Proyectos de anuncios o proyectos publicitarios. Contratos, facturas, títulos o documentos que acrediten la propiedad de los premios. Certificación del solicitante de la asunción de las responsabilidades y obligaciones a que den lugar la actuación de los vendedores. Referencia a la forma por la que se hubiera declarado de utilidad pública la entidad o el fin a que se destinan los beneficios o certificación emitida por el organismo oficial correspondiente Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030 – tasa 5060)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

… …

… { …

{

… … … … … …

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contencioso-administrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Persona

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 55

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

41

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

Solicitud de inscripción provisional de modelo y permiso provisional de máquinas

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PROVISIONAL DE MODELO Y PERMISO PROVISIONAL DE MÁQUINAS recreativas y de juego RECREATIVAS Y DE JUEGO

Solicitud de inscripción provisional de modelo y permiso provisional de máquinas 1.- Datos de la empresa fabricante/importadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Nombre fabricante extranjero Nº licencia importación

Fecha de licencia

Nombre fabricante UE o EEE Responsable comercialización en España Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono móvil

2.- Datos de el/la representante de la empresa fabricante/importadora: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso Provincia

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Puerta

Pág. 56

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

3.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

4.- Datos de el/la representante de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

5.- Datos de la máquina: Tipo

Modelo

Serie

Nº de máquina

6.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 57

7.- Documentación requerida: Se aporta en la solicitud

TIPO DE DOCUMENTO Ficha por triplicado en la que han de figurar: - Tres fotografías del exterior de la máquina, nítidas y en color - Nombre comercial del modelo. - Nombre del fabricante o importador, nº de inscripción en el Registro del Juego, datos del fabricante extranjero, en su caso, y nº y fecha de la licencia de importación. - Dimensiones de la máquina - Memoria descriptiva del juego o de los juegos, que incluya forma de uso. Planos de la máquina y de su sistema electrónico suscritos por técnico competente y visado por el Colegio profesional respectivo, por duplicado Declaración CE de conformidad. Certificado de cumplimiento del Reglamento Electrónico para baja tensión y sus instrucciones técnicas complementarias suscrito por técnico competente y visado por el Colegio profesional respectivo. Anexo declaración responsable de no incurrir en los supuestos del art. 6.3 de la Ley 6/2001, de 3 de julio, de Juego de la Comunidad de Madrid, y del art. 17.2 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego. Resumen estadístico de una simulación de la secuencia de juego, indicando al menos dos ciclos (en el caso de máquinas de tipo B), o una muestra suficientemente significativa de la serie estadística (en el caso de máquinas de tipo C) Ejemplar de la memoria de juego. Descripción del tipo de contadores Indicación del precio de utilización (en el caso de máquinas tipo D).

…

… … … … … … … …

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de ……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 58

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Etiqueta del Registro

Comunidad ComunidaddedeMadrid Madrid

Solicitud de inscripción en el Registro de Interdicciones de acceso al juego

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INTERDICCIONES DE ACCESO AL JUEGO 1.- Datos del solicitante: DNI

NIE

Pasaporte

Tarjeta Residente

Otros

Nombre

Primer apellido

Segundo apellido

Fecha nacimiento

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Solicita: Ser incluido en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego, en el ámbito de la Comunidad de Madrid a fin de que me sea PROHIBIDO el acceso a

… Establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar … Casinos … Locales de apuestas … Máquinas de tipo B.3

3.- Duración de la prohibición:

{

Por

Meses

{

Por

Años

{

Por tiempo indefinido

El tiempo mínimo de la interdicción es de 6 meses según lo dispuesto en el art. 24 del Decreto 24/1995 de 16 de marzo (BOCM n.77 de 31 de marzo)

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 59

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO DNI NIE Pasaporte Tarjeta de residente Otro documento acreditativo de identidad

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{ { … … …

{ {

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Esta solicitud puede ser presentada en los casinos, en las salas de juegos colectivos de dinero y azar, en los salones de juego y en los locales de apuestas. Estos establecimientos recogerán la información necesaria para hacer efectivo el derecho subjetivo del ciudadano a que le sea prohibida la entrada en los mismos y entregarán un recibo de la solicitud al interesado. También puede presentarse ante el órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego, el cual practicará el asiento correspondiente en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego. Igualmente, el interesado en la prohibición de acceso a los juegos y apuestas que se desarrollen telemáticamente podrá gestionar esta solicitud a través del sistema diseñado al efecto. NOTA: se comunica que la solicitud de cancelación de la inscripción de la prohibición antes del transcurso del periodo por el que se solicitó la misma, devengará el pago de una Tasa Administrativa. Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero RIAJ, cuya finalidad es recoger la información necesaria para hacer efectivo el derecho subjetivo de los ciudadanos a que les sea prohibida la entrada en los establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar, casinos y demás establecimientos de juego cuando así se prevea en los reglamentos técnicos correspondientes. El sistema de registro se aplicará igualmente a los juegos y apuestas cuando se desarrollen por medios telemáticos, interactivos o de comunicación a distancia. Los datos se cederán a los titulares de los establecimientos y de las autorizaciones de organización y comercialización de los juegos y apuestas, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 60

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

31

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad ComunidaddedeMadrid Madrid

Solicitud de cancelación de la inscripción en el Registro de Interdicciones de acceso al SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO juego DE INTERDICCIONES DE ACCESO AL JUEGO S li it d d

1.- Datos del solicitante:

l

ió d l i

DNI

i



lR

i t

NIE

d I t di

i

d

l

Pasaporte

Tarjeta Residente

Otros

Nombre

Primer apellido

Segundo apellido

Fecha nacimiento

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Solicita: Que, habiendo transcurrido seis meses desde la fecha de interdicción practicada en el ámbito de la Comunidad de Madrid y abonado el pago de la tasa administrativa correspondientes, se CANCELE la inscripción de prohibición de acceso a:

… Establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar … Casinos … Locales de apuestas … Máquinas de tipo B.3

3.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 61

4.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Justificante de pago de la tasa administrativa Modelo 030- Tasa 5080 DNI NIE Pasaporte Tarjeta de residente Otro documento acreditativo de identidad

… { { … … …

Autorizo Consulta (*)

{ {

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Esta solicitud puede ser presentada en los casinos, en las salas de juegos colectivos de dinero y azar, en los salones de juego y en los locales de apuestas. Estos establecimientos recogerán la información necesaria para hacer efectivo el derecho subjetivo del ciudadano a que le sea prohibida la entrada en los mismos y entregarán un recibo de la solicitud al interesado. También puede presentarse ante el órgano competente en materia de ordenación y gestión del juego, el cual practicará el asiento correspondiente en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego. Igualmente, el interesado en la prohibición de acceso a los juegos y apuestas que se desarrollen telemáticamente podrá gestionar esta solicitud a través del sistema diseñado al efecto. NOTA: se comunica que la solicitud de cancelación de la inscripción de la prohibición antes del transcurso del periodo por el que se solicitó la misma, devengará el pago de una Tasa Administrativa. Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero RIAJ, cuya finalidad es recoger la información necesaria para hacer efectivo el derecho subjetivo de los ciudadanos a que les sea prohibida la entrada en los establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar, casinos y demás establecimientos de juego cuando así se prevea en los reglamentos técnicos correspondientes. El sistema de registro se aplicará igualmente a los juegos y apuestas cuando se desarrollen por medios telemáticos, interactivos o de comunicación a distancia. Los datos se cederán a los titulares de los establecimientos y de las autorizaciones de organización y comercialización de los juegos y apuestas, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 62

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

31

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud deSOLICITUD autorización para la actividad de explotación de máquinas recreativas y de DE AUTORIZACIÓN PARA LA ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN juego DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO 1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Objeto de la solicitud: Tipo de máquinas

Tramo de nº de máquinas

ƑB ƑC ƑD

Ƒ 1-50 Ƒ 1-50 Ƒ 1-50

Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100 Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100 Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100

4.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 63

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

Resguardo del depósito de garantía en Tesorería Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso. Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 1723) por cada autorización

{ {

{ {

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 64

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de modificación de la autorización para la actividad de explotación de

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN y de juego DEmáquinas MÁQUINAS recreativas RECREATIVAS Y DE JUEGO

1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Objeto de la solicitud:

Ƒ

Modificar el tipo de máquinas

Ƒ

Ampliar el tramo de máquinas

Tipo de máquinas autorizado

Ƒ

Reducir el tramo de máquinas

Tramo de nº de máquinas autorizado

ƑB ƑC ƑD

Ƒ 1-50 Ƒ 1-50 Ƒ 1-50

Tipo de máquinas solicitado

Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100 Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100 Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100

Tramo de nº de máquinas solicitado

ƑB ƑC ƑD

Ƒ 1-50 Ƒ 1-50 Ƒ 1-50

Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100 Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100 Ƒ 51-100 Ƒ Más de 100

4.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 65

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

Resguardo del depósito de garantía en Tesorería, en su caso Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso. Copia de la modificación de las escrituras de la empresa, en el caso de que la modificación solicitada suponga un cambio de su objeto social

{ {

{ {

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 66

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de autorización de explotación de máquinas recreativas y de juego

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO 1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la máquina: Tipo

Nº de inscripción del modelo

Nº fabricante

Serie máquina

Nombre modelo contador

Nº de máquina

Serie cont.

Nº contador

4.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 67

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Certificado de fabricación de la máquina a explotar Certificado de la empresa comercializadora conteniendo los datos identificativos de la máquina Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5049)

…

Autorizo Consulta (*)

… { …

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 68

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

31

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de SOLICITUD renovación la autorización explotación de máquinas recreativas y de DEde RENOVACIÓN DE LAde AUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN juego DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO 1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la máquina: Nº de autorización de la máquina

Tipo de máquina

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 69

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5410)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{ …

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 70

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de autorización para canje de máquinas recreativas y de juego

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA CANJE DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO

Solicitud de autorización para canje de máquinas recreativas y de juego 1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

Fax

Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la máquina que se da de baja: Nº de autorización de la máquina

Tipo de máquina

4.- Datos de la máquina que se da de alta: Tipo

Nº de inscripción del modelo

Nº fabricante

Serie máquina

Nombre modelo contador

Nº de máquina

Serie cont.

Nº contador

5.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 71

6.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Certificado de fabricación de la nueva máquina Factura de adquisición u otro documento admitido que acredite la transmisión de la máquina Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5049) Justificante de pago de la tasa fiscal correspondiente a la máquina que se da de baja

…

Autorizo Consulta (*)

… { …

{

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 72

41

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de modificación de la autorización de explotación de máquinas recreativas y de SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE EXPLOTACIÓN juego por transmisión DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO POR TRANSMISIÓN

1.- Datos de la empresa operadora adquiriente:

S li it d d

difi

NIF

ió d l

t i

ió d

l t

ió d

á

i

ti

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la empresa operadora transmitente: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

Puerta

d

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 73

4.- Datos de la transmisión: El solicitante presentará tantas páginas como necesite según el número de máquinas Fecha de la transmisión Tipo Nombre del Modelo

Serie

Nº de autorización

Pág. 74

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

5.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

6.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Documento admitido en derecho que acredite la transmisión de la máquina Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5043) por cada máquina

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

… {

{

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

B.O.C.M. Núm. 22

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Pág. 75

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

COMUNICACIÓN DE TRASLADO DE MÁQUINAS RECREATIVAS Y DE JUEGO

Comunicación de traslado de máquinas recreativas y de juego

1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de las máquinas y destino: Nº de autorización

Tipo de máquina

Comunidad Autónoma de destino

Pág. 76

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

5- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030- Tasa 5042)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{

{

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

B.O.C.M. Núm. 22

41

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Pág. 77

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Comunicación de modificación no sustancial de la autorización de interconexión de COMUNICACIÓN DE MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE LA AUTORIZACIÓN máquinas de tipo B y C DE INTERCONEXIÓN DE MÁQUINAS DE TIPO B Y C

1.- Datos de la empresa operadora: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la autorización que se modifica: Nombre de la interconexión Fecha de la autorización de la interconexión

Fecha última modificación sustancial

Nombre del sistema

Nº Ins. Reg. Juego

Nombre del fabricante

Nº Ins. Reg. Juego

Tipo de máquinas interconectadas Tipo de premio Nº de Local

… Metálico

{B1

{B2

… Especie

{B3

{C

Nº de máquinas interconectadas

Importe máximo del premio (en euros)

Pág. 78

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

4.- Datos de las máquinas afectadas por la modificación: Tipo de máquinas

{B1

{B2

{B3

{C DATOS DE LAS MÁQUINAS

TIPO

MODELO

Nº AUTOR. EXPLOT.

Nº LOCAL

ALTA

BAJA

{ { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { {

{ { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { { {

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 79

5.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

6.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Relación detallada de las modificaciones no sustanciales producidas en los requisitos y condiciones que determinaron la concesión de la autorización Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en su caso Anexo firma solicitud de los titulares de cada uno de los establecimientos a los que afecte la modificación, en su caso

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

… {

{

…

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 80

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

31

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de autorización de laboratorio de ensayo de material de juego y apuestas de la SOLICITUDde DElaboratorio AUTORIZACIÓN DE LABORATORIO DEde ENSAYO Solicitud de autorización de ensayo de material juego y apuestas de la Comunidad de Madrid DE MATERIAL DE JUEGO Y APUESTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

1.- Datos del solicitante: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del alcance de la autorización:

… Máquinas tipo B … Máquinas tipo C … Máquinas tipo D … Los soportes magnéticos, ópticos, u óptico-magnéticos o de cualquier otra clase que sirvan para su instalación en la memoria de la máquina.

… Los contadores de jugadas de máquinas recreativas de juego y de azar … Los sistemas informáticos de admisión y contabilidad del juego y de las propinas de los casinos de juego … Los sistemas informáticos de elaboración de actas y control de admisión de los establecimientos de juegos colectivos … Los aparatos de sorteo, sistemas de extracción y paneles informadores vinculados a los mismos y las máquinas automáticas o equipos auxiliares del jugador que se empleen durante las partidas de juegos colectivos de dinero y azar. y demás material, elementos o sistemas utilizados para la organización y comercialización de las apuestas. Sistemas técnicos de seguimiento en tiempo real de las apuestas, de las cantidades apostadas y de los premios otorgados así como de la devolución, en su caso, de las apuestas anuladas. Sistemas técnicos que permitan la formalización informática, interactiva o a distancia de las apuestas.

… Sistemas técnicos de apuestas, boletos y terminales de expedición y control …

… … Sistemas técnicos que permitan la formalización informática, interactiva o a distancia de juegos. … Otro material de juego

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 81

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

5.- Documentación requerida: Se aporta en la solicitud

TIPO DE DOCUMENTO Para personas jurídicas: Escritura de constitución, disposición o acuerdo de creación y, en su caso estatutos sociales. Copia simple notarial de los poderes de representación otorgados para contraer obligaciones en su nombre. Relación nominal y datos personales del personal del laboratorio. Acreditación concedida por entidad acreditadora habilitada, en su caso. Anexos de la declaración responsable. Para entidades privadas: Póliza de seguro de responsabilidad civil Documentación sobre disponibilidad de personal con adecuada cualificación y formación técnica para la realización de las verificaciones requeridas. Documentación sobre capacidad del laboratorio para realizar las pruebas, ensayos y demás actuaciones de verificación de la conformidad del material de juegos y apuestas Documentación sobre la capacidad del laboratorio para realizar comprobaciones en actividades complementarias de otros elementos que intervienen en los juegos. Documentación sobre disponibilidad del laboratorio para resolución de consultas formuladas por Admón. Públicas competentes sobre cuestiones relacionadas con los ensayos y pruebas de material de juego y apuestas y asistencias a reuniones de trabajo con aquellas para la unificación de criterios o para prestación de servicios de colaboración en la inspección, cuando así sea requerido por un órgano judicial o administrativo. Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 030 – tasa 6503)

… … … … … … … … … … …

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 82

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de renovación de la autorización del laboratorio de ensayo de material de juego

SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DEL LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIAL y apuestas de la de Madrid DE JUEGO Y APUESTAS DEComunidad LA COMUNIDAD DE MADRID 1.- Datos del solicitante: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 83

4.- Documentación requerida: Se aporta en la solicitud

TIPO DE DOCUMENTO Para personas jurídicas: Escritura de constitución, disposición o acuerdo de creación y, en su caso estatutos sociales. Copia simple notarial de los poderes de representación otorgados para contraer obligaciones en su nombre. Relación nominal y datos personales del personal del laboratorio. Acreditación concedida por entidad acreditadora habilitada, en su caso. Anexos de la declaración responsable. Para entidades privadas: Póliza de seguro de responsabilidad civil Documentación sobre disponibilidad de personal con adecuada cualificación y formación técnica para la realización de las verificaciones requeridas. Documentación sobre capacidad del laboratorio para realizar las pruebas, ensayos y demás actuaciones de verificación de la conformidad del material de juegos y apuestas Documentación sobre la capacidad del laboratorio para realizar comprobaciones en actividades complementarias de otros elementos que intervienen en los juegos. Documentación sobre disponibilidad del laboratorio para la resolución de consultas formuladas por las Administraciones Públicas competentes sobre cuestiones relacionadas con los ensayos y pruebas de material de juego y apuestas, y asistencias a reuniones de trabajo con aquellas para la unificación de criterios o para la prestación de servicios de colaboración en la inspección, cuando así sea requerido por un órgano judicial o administrativo.

… … … … … … … … … …

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 84

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos Dirección General de Tributos y y Ordenación y Gestión del Juego Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de modificación de la autorización del laboratorio de ensayo de material de SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DEL LABORATORIO DE ENSAYO juego y apuestas de la Comunidad de Madrid DE MATERIAL DE JUEGO Y APUESTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

S li it d d

difi

ió d l

1.- Datos del solicitante: NIF

t i

ió d l l b

t

i d

d

t i ld

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social

Nº Ins. Reg. Juego

Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

{

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)

{

Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 85

4.- Documentación requerida: Se aporta en la solicitud

TIPO DE DOCUMENTO Relación detallada de la modificación producida en cualquiera de los requisitos y condiciones que determinaron la concesión de la autorización Documentación acreditativa de las modificaciones Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa solicitante, en su caso.

Autorizo Consulta (*)

… … {

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 86

31

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010 Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

SolicitudDEde devolución de deDEjuego SOLICITUD AUTORIZACIÓN DEingresos INGRESOSindebidos INDEBIDOSen ENmateria MATERIA JUEGO 1.- Datos del solicitante: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Nombre/Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Fax

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos del ingreso: Tipo de ingreso

{ Ingreso importe sanción y beneficios ilícitos por infracción en materia de juego { Ingreso tasa por servicios administrativos de ordenación y gestión del juego { Ingreso tasa por premios no pagados

Importe en euros Núm. modelo 090 / 030 / 039 Fecha del ingreso Motivos por los que solicita la devolución (en caso de falta de espacio se puede anexar escrito de ampliación de los motivos por los que se solicita la devolución)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 87

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque

Piso

Puerta

Provincia

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

… … …

Justificante del ingreso Testimonio de sentencia anulatoria de sanción Escrito de ampliación de los motivos por los que se solicita la devolución

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 88

41

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010 Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

Recurso POTESTATIVO potestativo de RECURSO DEreposición REPOSICIÓN 1.- Datos de el/la recurrente: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la resolución o acto que se recurre: Órgano que resolvió Fecha de resolución

Fecha de notificación

Acto recurrido Materia o tipo de expediente Nº referencia expediente

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 89

5.- Razón del recurso: Debe fundarse en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de falta de espacio puede el recurrente presentar un escrito anexo.

Página 2 de 3

Modelo: 1604F1

Pág. 90

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

6.- Documentación que se adjunta:

SOLICITO QUE SE TENGA POR INTERPUESTO RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN O ACTO NOTIFICADO Y, REALIZADOS LOS TRÁMITES OPORTUNOS, SE ESTIME EL PRESENTE RECURSO Y SE ANULE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA. DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud. En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “AZAR”, cuya finalidad es la gestión de los datos personales sobre expedientes administrativos relativos a la inspección, sanciones y recursos administrativos en materia de juego, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contencioso-administrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, situada en la Plaza de Chamberí 8, 4ª planta, 28010 Madrid, ante el que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

B.O.C.M. Núm. 22

41

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

Pág. 91

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

Recurso DE deALZADA alzada RECURSO 1.- Datos de el/la recurrente: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la resolución o acto que se recurre: Órgano que resolvió Fecha de resolución

Fecha de notificación

Acto recurrido Materia o tipo de expediente Nº referencia expediente

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

Pág. 92

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

5.- Razón del recurso: Debe fundarse en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de falta de espacio puede el recurrente presentar un escrito anexo.

Página 2 de 3

Modelo: 1605F1

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 93

6.- Documentación que se adjunta:

SOLICITO QUE SE TENGA POR INTERPUESTO RECURSO DE ALZADA CONTRA LA RESOLUCIÓN O ACTO NOTIFICADO Y, REALIZADOS LOS TRÁMITES OPORTUNOS, SE ESTIME EL PRESENTE RECURSO Y SE ANULE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA. DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud. En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “AZAR”, cuya finalidad es la gestión de los datos personales sobre expedientes administrativos relativos a la inspección, sanciones y recursos administrativos en materia de juego, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contencioso-administrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, situada en la Plaza de Chamberí 8, 4ª planta, 28010 Madrid, ante el que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pág. 94

41

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010 Dirección General de Tributos y Dirección General ydeGestión Tributos Ordenación del Juego y Ordenación y Gestión CONSEJERÍA DE del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA ECONOMÍA Y HACIENDA

B.O.C.M. Núm. 22

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

RecursoEXTRAORDINARIO extraordinario de RECURSO DErevisión REVISIÓN 1.- Datos de el/la recurrente: NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo Apellido

Razón Social Correo electrónico

País

Domicilio Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Correo electrónico Domicilio

País

Tipo vía

Nombre vía

Nº/Km



Escalera

CP

Localidad

Fax

Bloque

Piso

Puerta

Provincia Teléfono fijo

Teléfono Móvil

3.- Datos de la resolución o acto que se recurre: Órgano que resolvió Fecha de resolución

Fecha de notificación

Acto recurrido Materia o tipo de expediente Nº referencia expediente

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía

Nº/Km



CP

Localidad

Escalera

Bloque Provincia

Piso

Puerta

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 95

5.- Razón del recurso: Debe fundarse exclusivamente en alguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 118.1. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

… Que al dictar la resolución recurrida se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.

… Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.

… Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falso por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.

… Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme. EXPOSICIÓN DE ARGUMENTACIÓN (En caso de falta de espacio puede el recurrente presentar un escrito anexo)

Pág. 96

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

6.- Documentación que se adjunta:

SOLICITO QUE SE TENGA POR INTERPUESTO RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN O ACTO NOTIFICADO Y, REALIZADOS LOS TRÁMITES OPORTUNOS, SE ESTIME EL PRESENTE RECURSO Y SE ANULE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA. DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

En

, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “REGISTRO JUEGO”, cuya finalidad es la gestión y control de profesionales inscritos en el Registro de Juego de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los órganos judiciales contenciosoadministrativos, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Economía y Hacienda Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Comunidad de Madrid

SOLICITUD DE REVOCACIÓN DE AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE JUEGO

Pág. 97

Pág. 98

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

(03/1.955/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Consejería de Transportes e Infraestructuras 253

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2010, de corrección de errores de la Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes.

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 12, de fecha 15 de enero de 2010, se ha publicado la Resolución

Pág. 99

de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes, omitiéndose por error en dicha publicación los Anexos I a V a que hace referencia el apartado segundo de dicha Resolución. A continuación se procede a la publicación íntegra de los Anexos omitidos. Lo que se hace público para general conocimiento. Madrid, a 18 de enero de 2010.—El Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo.

Pág. 100

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E CONSEJERÍA DE TRANSPORTES INFRAESTRUCTURAS E INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

SOLICITUD DE de ARBITRAJE LAlaJUNTA DELTransporte TRANSPORTE MADRID Solicitud ArbitrajeA a JuntaARBITRAL Arbitral del deDE Madrid

1.- Datos del interesado: NIF/CIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP

Fax



Provincia Teléfono Fijo

Localidad Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF/CIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP

Fax



Provincia Teléfono Fijo

Localidad Teléfono Móvil

3.- Datos de la persona o entidad contra la que se reclama: NIF/CIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP

Fax



Provincia Teléfono Fijo

Localidad Teléfono Móvil

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP



Localidad

Provincia

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Documento de Identidad (NIF/CIF)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

6.- Cuantía de la Reclamación: Euros

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 101

7.- Hechos y fundamentos legales en los que se apoya la solicitud:

8.- Pruebas que propone realizar en la vista oral:

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero LAUD, cuya finalidad es la tramitación informática de expedientes de arbitraje seguidos ante las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid. Estos datos sólo serán cedidos en los casos previstos en la ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Transportes, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la calle Orense, nº 60, de Madrid, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras. Dirección General de Transportes

Pág. 102

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

p

Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidad Madrid Comunidad dedeMadrid

SolicitudDE deAUTORIZACIÓN Autorización DE de CENTRO Centro de SOLICITUD DE Formación FORMACIÓNde DE Conductores CONDUCTORES 1.- Datos del interesado: NIF/CIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social Dirección

Tipo vía



Nombre vía

Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Correo electrónico

2.- Datos de el/la representante: NIF/CIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social

3.- Medio de notificación:



Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)



Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía



Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

4.- Datos del centro: Denominación Tipo vía Nº

Nombre vía Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

Correo electrónico

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Director/a Docente del centro: D/Dña NIF

Ƒ Viajeros ƑMercancías

Modalidad (marcar al menos uno de cada bloque)

ƑCualificación inicial ƑFormación continua

5.- Datos del profesorado: Profesores Autorizados

DNI

Especialidad

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Profesores Autorizados

Pág. 103

DNI

Especialidad

6.- Datos de personas físicas con firma digital autorizada: Apellidos y Nombre

DNI

7.- Datos de formación práctica (seleccionar al menos una de cada bloque): INSTALACIONES

VEHÍCULOS

Ƒ Propios Ƒ Concertados

Dirección

Ƒ Propias Ƒ Concertadas

CIF

CIF

Nombre empresa titular

Nombre empresa titular

8.- Polivalencia de cursos (rellenar si procede):

Ƒ Conductor de mercancías peligrosas

Ƒ Recuperación de puntos y/o permiso de conducir

9.- Vía de recepción de la autorización acreditativa:





Entregada en Oficina

Correo Certificado

 De forma Telemática

10.- Documentación específica para personas físicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del DNI/NIF/NIE Autorización de residencia permanente Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ

11.- Documentación específica para personas jurídicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del CIF Escritura de constitución debidamente registrada y estatutos Poderes de la persona que ostenta la representación

Ƒ Ƒ

Pág. 104

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

12.- Documentación requerida a todas las solicitudes: Se aporta en la solicitud

TIPO DE DOCUMENTO Justificante de haber abonado la tasa, epígrafe 2281 Alta en IAE o, si está exento, alta en el Censo de Obligados Tributarios. Si el alta se efectuó hace más de un año, declaración fiscal reciente de la que se deduzca su inclusión en los epígrafes fiscales 9321 ó 9331 Declaración responsable de disponer de firma electrónica para persona física, reconocida por prestador de servicios de certificación, con especificación de nombre, apellidos y documento de identidad de su titular Relación de los trabajadores adscritos al centro, con indicación de nombre, apellidos y documento de identidad Último boletín de cotización a la Seguridad Social. Si no constan en el mismo, se acompañará, además, justificante de alta en Seguridad Social, contrato mercantil o certificación administrativa acreditativos de la vinculación de los profesores con el centro Declaración responsable del director docente de disponer de una experiencia mínima de tres años como profesor o director Acreditación de la especialización de los profesores (consultar documento de información al interesado) Licencia municipal de apertura como centro de formación Planos del local que permitan constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos 2 al mismo (indicando los m del aula o aulas) Justificante de disposición de instalaciones para la realización de prácticas, o de haberlas concertado con otra entidad que disponga de las mismas (autorización municipal para utilizar un polígono o zona abierta al tráfico, autorización de un centro de transporte, de una estación de mercancías o de una empresa privada), salvo que sólo se vaya a impartir formación continua Permisos de circulación y fichas técnicas con ITV en vigor de vehículos adecuados, salvo que sólo se vaya a impartir formación continua. Si el solicitante no es el titular de los mismos, se acompañará justificación de haberlos concertado Declaración responsable de disponibilidad del material didáctico requerido, indicando expresamente si se dispone de maniquí de reanimación cardiopulmonar Si no se dispone de maniquí, justificación de haber concertado con otra entidad las prácticas que impliquen el uso del mismo Programa de cualificación y de formación que prevea impartir, indicando su plan de ejecución, los métodos de enseñanza previstos, y las condiciones de acceso y participación de los alumnos. En especial, se señalará si se va a impartir cualificación inicial y/o formación continua y las modalidades de las mismas (viajeros y/o mercancías). Si se solicita polivalencia para mercancías peligrosas y/o recuperación de puntos, autorización del órgano competente para impartir dichas materias

Autorizo Consulta (*)

Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO GENERAL DE TRANSPORTISTAS, cuya finalidad es registrar empresas y actividades relacionadas con el transporte por carretera, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 105

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E CONSEJERÍA DE TRANSPORTES INFRAESTRUCTURAS E INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid

Solicitud de Homologación de Cursos de Formación de Conductores Solicitud de Homologación de Cursos de Formación de Conductores

SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE CURSOS DE FORMACIÓN DE CONDUCTORES

1.- Datos del interesado: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social Dirección

Tipo vía



Nombre vía

Portal

Escalera

Piso

Localidad

Puerta

Código Postal

Provincia

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Correo electrónico

2.- Datos de el/la representante: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social

3.- Medio de notificación: Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado

 

Tipo de vía Nº

Nombre vía Portal

Escalera

Piso

Localidad

Puerta

Código Postal

Provincia

4.- Datos de el/los centros autorizados: Nombre Comercial de los Centros Número/s autorización/es de centro/s

5.- Curso: Nombre Tipo Modalidad Sección

Número máx. de alumnos

 Cualificación inicial  Ordinaria  Mercancías

 Formación continua  Acelerada  Viajeros

 Ampliación

6.- Vía de recepción de la autorización acreditativa:



Entregada en Oficina



Correo Certificado

 Vía telemática

Pág. 106

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

7.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Ƒ

Memoria

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Registro General de Transportistas, cuya finalidad es registrar empresas y actividades relacionadas con el transporte por carretera, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es la Dirección General de Transportes por Carretera (Paseo de la Castellana 67, 28071-Madrid), ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 107

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES

E INFRAESTRUCTURAS Comunidad de Madrid

Etiqueta del Registro

Comunidad de Madrid

Solicitud Certificado DE deCONDUCTOR Conductor de Terceros Países SOLICITUD DEde CERTIFICADO DE TERCEROS PAÍSES 1.- Datos del interesado: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social Dirección

Tipo vía



Nombre vía

Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Correo electrónico

2.- Datos de el/la representante: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social

3.- Medio de notificación:

 

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Nº

Nombre vía Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

4.- Vía de recepción de la autorización acreditativa:





Entregada en Oficina

Correo Certificado

5.- Documentación específica para personas físicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del DNI/NIF/NIE Pasaporte del conductor Permiso de conducción en vigor Último boletín de cotización a la Seguridad Social o alta del trabajador en la Seguridad Social Justificante de haber abonado la tasa, epígrafe 2161

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

Pág. 108

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

6.- Documentación específica para personas jurídicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del NIF Pasaporte del conductor Permiso de conducción en vigor Último boletín de cotización a la Seguridad Social o alta del trabajador en la Seguridad Social Justificante de haber abonado la tasa, epígrafe 2161

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Registro General de Transportistas, cuya finalidad es registrar empresas y actividades relacionadas con el transporte por carretera, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es la Dirección General de Transportes por Carretera (Paseo de la Castellana 67, 28071-Madrid), ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 109

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E E INFRAESTRUCTURAS INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidadde deMadrid Madrid Comunidad

Solicitud DE deINSCRIPCIÓN Inscripción EN en EL el Registro SOLICITUD REGISTROde DEMudanzas MUDANZAS 1.- Datos del interesado: NIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social

Correo electrónico

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social

Correo electrónico

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

 

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

4.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Estar al corriente pago de las sanciones de la LOTT (Ley de Ordenación de Transportes Terrestres) Plan de prevención de riesgos laborales Licencia municipal de apertura Ficha de características técnicas de 3 vehículos capitoné en propiedad o en leasing Póliza de seguro de responsabilidad civil y de seguro de transporte con recibo actualizado Boletines de cotización a la Seguridad Social TC1 y TC2 y contratos de trabajo del personal especializado. Acreditación condición empresa de transporte dedicada a las mudanzas durante 2 años mínimo. Declaración responsable de cumplimiento de los compromisos

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REMU (Código 2053070001), cuya finalidad es la Gestión Informatizada de las Inscripciones de las Empresas de Mudanzas. Estos datos sólo serán cedidos en los casos previstos en la ley. . El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Transportes, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la calle Orense, nº 60, de Madrid, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

Pág. 110

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidad de de Madrid Madrid ANEXO I ANEXO I

Solicitud ArbitrajeA aLAlaJUNTA JuntaARBITRAL Arbitral del deDE Madrid SOLICITUD DE de ARBITRAJE DELTransporte TRANSPORTE MADRID 1.- Datos del interesado: NIF/CIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP

Fax



Provincia Teléfono Fijo

Localidad Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF/CIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP

Fax



Provincia Teléfono Fijo

Localidad Teléfono Móvil

3.- Datos de la persona o entidad contra la que se reclama: NIF/CIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social Correo electrónico Dirección

País

Tipo vía

Piso

Nombre vía

Puerta

CP

Fax



Provincia Teléfono Fijo

Localidad Teléfono Móvil

4.- Medio de notificación:

{ {

Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP



Localidad

Provincia

5.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Documento de Identidad (NIF/CIF)

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)

{

{

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

6.- Cuantía de la Reclamación: Euros

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 111

7.- Hechos y fundamentos legales en los que se apoya la solicitud:

8.- Pruebas que propone realizar en la vista oral:

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero LAUD, cuya finalidad es la tramitación informática de expedientes de arbitraje seguidos ante las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid. Estos datos sólo serán cedidos en los casos previstos en la ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Transportes, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la calle Orense, nº 60, de Madrid, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras. Dirección General de Transportes

Pág. 112

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E CONSEJERÍA DE TRANSPORTES INFRAESTRUCTURAS E INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidad Madrid Comunidad dede Madrid ANEXO II ANEXO II

Solicitud de Autorización de Centro de Formación de Conductores

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE CENTRO DE FORMACIÓN DE CONDUCTORES 1.- Datos del interesado: NIF/CIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social Dirección

Tipo vía



Nombre vía

Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Correo electrónico

2.- Datos de el/la representante: NIF/CIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social

3.- Medio de notificación:

 

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía

Nombre vía



Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

4.- Datos del centro: Denominación Tipo vía Nº

Nombre vía Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

Correo electrónico

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Director/a Docente del centro: D/Dña NIF

Ƒ Viajeros ƑMercancías

Modalidad (marcar al menos uno de cada bloque)

ƑCualificación inicial ƑFormación continua

5.- Datos del profesorado: Profesores Autorizados

DNI

Especialidad

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 113

Datos del profesorado (continuación): Profesores Autorizados

DNI

Especialidad

6.- Datos de personas físicas con firma digital autorizada: Apellidos y Nombre

DNI

7.- Datos de formación práctica (seleccionar al menos una de cada bloque): INSTALACIONES

VEHÍCULOS

Ƒ Propios Ƒ Concertados

Dirección

Ƒ Propias Ƒ Concertadas

CIF

CIF

Nombre empresa titular

Nombre empresa titular

8.- Polivalencia de cursos (rellenar si procede):

Ƒ Conductor de mercancías peligrosas

Ƒ Recuperación de puntos y/o permiso de conducir

9.- Vía de recepción de la autorización acreditativa:





Entregada en Oficina

Correo Certificado

 De forma Telemática

10.- Documentación específica para personas físicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del DNI/NIF/NIE Autorización de residencia permanente Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ

11.- Documentación específica para personas jurídicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del CIF Escritura de constitución debidamente registrada y estatutos Poderes de la persona que ostenta la representación

Ƒ Ƒ

Pág. 114

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

12.- Documentación requerida a todas las solicitudes: Se aporta en la solicitud

TIPO DE DOCUMENTO Justificante de haber abonado la tasa, epígrafe 2281 Alta en IAE o, si está exento, alta en el Censo de Obligados Tributarios. Si el alta se efectuó hace más de un año, declaración fiscal reciente de la que se deduzca su inclusión en los epígrafes fiscales 9321 ó 9331 Declaración responsable de disponer de firma electrónica para persona física, reconocida por prestador de servicios de certificación, con especificación de nombre, apellidos y documento de identidad de su titular Relación de los trabajadores adscritos al centro, con indicación de nombre, apellidos y documento de identidad Último boletín de cotización a la Seguridad Social. Si no constan en el mismo, se acompañará, además, justificante de alta en Seguridad Social, contrato mercantil o certificación administrativa acreditativos de la vinculación de los profesores con el centro Declaración responsable del director docente de disponer de una experiencia mínima de tres años como profesor o director Acreditación de la especialización de los profesores (consultar documento de información al interesado) Licencia municipal de apertura como centro de formación Planos del local que permitan constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos 2 al mismo (indicando los m del aula o aulas) Justificante de disposición de instalaciones para la realización de prácticas, o de haberlas concertado con otra entidad que disponga de las mismas (autorización municipal para utilizar un polígono o zona abierta al tráfico, autorización de un centro de transporte, de una estación de mercancías o de una empresa privada), salvo que sólo se vaya a impartir formación continua Permisos de circulación y fichas técnicas con ITV en vigor de vehículos adecuados, salvo que sólo se vaya a impartir formación continua. Si el solicitante no es el titular de los mismos, se acompañará justificación de haberlos concertado Declaración responsable de disponibilidad del material didáctico requerido, indicando expresamente si se dispone de maniquí de reanimación cardiopulmonar Si no se dispone de maniquí, justificación de haber concertado con otra entidad las prácticas que impliquen el uso del mismo Programa de cualificación y de formación que prevea impartir, indicando su plan de ejecución, los métodos de enseñanza previstos, y las condiciones de acceso y participación de los alumnos. En especial, se señalará si se va a impartir cualificación inicial y/o formación continua y las modalidades de las mismas (viajeros y/o mercancías). Si se solicita polivalencia para mercancías peligrosas y/o recuperación de puntos, autorización del órgano competente para impartir dichas materias

Autorizo Consulta (*)

Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REGISTRO GENERAL DE TRANSPORTISTAS, cuya finalidad es registrar empresas y actividades relacionadas con el transporte por carretera, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 115

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras CONSEJERÍA DE TRANSPORTES CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E E INFRAESTRUCTURAS INFRAESTRUCTURAS

Etiqueta del Registro

Comunidad Comunidadde deMadrid Madrid ANEXO III ANEXO III

Solicitud de Homologación de Cursos de Formación de Conductores

SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE CURSOS DE FORMACIÓN DE CONDUCTORES 1.- Datos del interesado: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social Dirección

Tipo vía



Nombre vía

Portal

Escalera

Piso

Localidad

Puerta

Código Postal

Provincia

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Correo electrónico

2.- Datos de el/la representante: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social

3.- Medio de notificación: Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado

 

Tipo de vía Nº

Nombre vía Portal

Escalera

Piso

Localidad

Puerta

Código Postal

Provincia

4.- Datos de el/los centros autorizados: Nombre Comercial de los Centros Número/s autorización/es de centro/s

5.- Curso: Nombre Tipo Modalidad Sección

Número máx. de alumnos

 Cualificación inicial  Ordinaria  Mercancías

 Formación continua  Acelerada  Viajeros

 Ampliación

6.- Vía de recepción de la autorización acreditativa:



Entregada en Oficina



Correo Certificado

 Vía telemática

Pág. 116

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

7.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO

Se aporta en la solicitud

Ƒ

Memoria

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Registro General de Transportistas, cuya finalidad es registrar empresas y actividades relacionadas con el transporte por carretera, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es la Dirección General de Transportes por Carretera (Paseo de la Castellana 67, 28071-Madrid), ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 117

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E Transportes Dirección General de Carreteras INFRAESTRUCTURAS CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

Comunidad de Madrid

Etiqueta del Registro

Comunidad de Madrid ANEXO IV

ANEXO IV

Solicitud de Certificado de Conductor de Terceros Países

SOLICITUD DE CERTIFICADO DE CONDUCTOR DE TERCEROS PAÍSES 1.- Datos del interesado: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social Dirección

Tipo vía



Nombre vía

Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

Correo electrónico

2.- Datos de el/la representante: NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre/Razón Social

3.- Medio de notificación:

 

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Nº

Nombre vía Portal

Escalera

Piso

Puerta

Localidad

Código Postal

Provincia

4.- Vía de recepción de la autorización acreditativa:





Entregada en Oficina

Correo Certificado

5.- Documentación específica para personas físicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del DNI/NIF/NIE Pasaporte del conductor Permiso de conducción en vigor Último boletín de cotización a la Seguridad Social o alta del trabajador en la Seguridad Social Justificante de haber abonado la tasa, epígrafe 2161

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

Pág. 118

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

6.- Documentación específica para personas jurídicas: TIPO DE DOCUMENTO Fotocopia del NIF Pasaporte del conductor Permiso de conducción en vigor Último boletín de cotización a la Seguridad Social o alta del trabajador en la Seguridad Social Justificante de haber abonado la tasa, epígrafe 2161

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero Registro General de Transportistas, cuya finalidad es registrar empresas y actividades relacionadas con el transporte por carretera, y podrán ser cedidos a Administraciones Públicas de competencias similares, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es la Dirección General de Transportes por Carretera (Paseo de la Castellana 67, 28071-Madrid), ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 119

Dirección General de Transportes Transportes Dirección General de Carreteras

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E E INFRAESTRUCTURAS INFRAESTRUCTURAS …………………………………………………………….

Etiqueta del Registro

ComunidaddedeMadrid Madrid Comunidad ANEXO V

ANEXO V

Solicitud de Inscripción en el Registro de Mudanzas

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE MUDANZAS 1.- Datos del interesado: NIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social

Correo electrónico

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

2.- Datos de el/la representante: NIF

Apellido 1

Apellido 2

Nombre/Razón Social

Correo electrónico

Fax

Teléfono Fijo

Teléfono Móvil

3.- Medio de notificación:

 

Deseo ser notificado/a de forma telemática (sólo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid) Deseo ser notificado/a por correo certificado Tipo de vía Piso

Nombre vía Puerta

CP

Nº Localidad

Provincia

4.- Documentación requerida: TIPO DE DOCUMENTO Estar al corriente pago de las sanciones de la LOTT (Ley de Ordenación de Transportes Terrestres) Plan de prevención de riesgos laborales Licencia municipal de apertura Ficha de características técnicas de 3 vehículos capitoné en propiedad o en leasing Póliza de seguro de responsabilidad civil y de seguro de transporte con recibo actualizado Boletines de cotización a la Seguridad Social TC1 y TC2 y contratos de trabajo del personal especializado. Acreditación condición empresa de transporte dedicada a las mudanzas durante 2 años mínimo. Declaración responsable de cumplimiento de los compromisos

Se aporta en la solicitud

Autorizo Consulta (*)





Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ Ƒ

(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Madrid, a……..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero REMU (Código 2053070001), cuya finalidad es la Gestión Informatizada de las Inscripciones de las Empresas de Mudanzas. Estos datos sólo serán cedidos en los casos previstos en la ley. . El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Transportes, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la calle Orense, nº 60, de Madrid, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DESTINATARIO

Consejería de Transportes e Infraestructuras Dirección General de Transportes

(03/2.105/10)

Pág. 120

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid.

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueba la convocatoria para la adjudicación en régimen de arrendamiento de 250 viviendas de titularidad pública, sitas en el municipio de Arroyomolinos, al amparo del Decreto 19/2006, de 9 de febrero, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid.

Tercero

254

El Decreto 19/2006, de 9 de febrero, establece las normas reguladoras del procedimiento de adjudicación de viviendas cuyos derechos de propiedad, o cualesquiera otros, correspondan al Instituto de la Vivienda de Madrid. Las viviendas objeto del Decreto 19/2006, de 9 de febrero, se adjudicarán, con carácter general, por el procedimiento de sorteo entre las personas que cumplan los requisitos exigidos. En las respectivas convocatorias se podrá establecer una reserva específica destinada a situaciones de especial necesidad, situaciones de emergencia social, y adjudicaciones para atender el cumplimiento de los convenios suscritos con otras instituciones, ejecuciones de sentencias o cualquier otro programa dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid. En los procesos de adjudicación se podrán establecer cupos para atender las demandas y necesidades específicas de personas discapacitadas, jóvenes, mayores de sesenta y cinco años, personas separadas o divorciadas en virtud de resolución judicial, familias numerosas, perceptores de la renta mínima de inserción de la Comunidad de Madrid, para autorización de cambios y permutas o para atender a otros colectivos específicos. El procedimiento de adjudicación de viviendas mediante sorteo se iniciará mediante la correspondiente convocatoria, en la que constará el plazo de presentación de solicitudes, así como la totalidad de las condiciones, cupos y demás características que concurran en la promoción de que se trate. La convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de la adopción de cualesquiera otras medidas de publicidad que se estimen oportunas. Por Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, se aprobó la convocatoria para la adjudicación en régimen de arrendamiento de 250 viviendas de titularidad pública, sitas en el municipio de Arroyomolinos. El número de solicitudes de vivienda fue inferior a la oferta de la convocatoria. El Decreto 19/2006, de 9 de febrero, hace referencia en su artículo 7.e), a la posibilidad de acordar la extensión del derecho a participar en la convocatoria a las personas que cumplan el requisito de empadronamiento o trabajo en otros municipios distintos al de construcción de las viviendas En virtud de todo lo expuesto y de conformidad con las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General, RESUELVO Primero 1. Aprobar la convocatoria para la adjudicación en régimen de arrendamiento, mediante sorteo, de 236 viviendas de titularidad pública, sitas en el municipio de Arroyomolinos. 2. Dejar sin efecto la convocatoria aprobada por Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, para la adjudicación en régimen de arrendamiento de 250 viviendas de titularidad pública, sitas en el municipio de Arroyomolinos. Aquellas personas que solicitaron participar en dicha convocatoria no tendrán que volver a presentar una nueva solicitud. Segundo Reservar 14 viviendas al amparo de lo establecido en los artículos 5 y 6 del Decreto 19/2006, de 9 de febrero, por el que se regula

Establecer las siguientes bases que regulan el procedimiento de sorteo en esta convocatoria: 1. Condiciones para solicitar vivienda: 1.1. Ser el solicitante mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil. 1.2. Tratarse de una unidad familiar cuya composición dependerá del cupo correspondiente: — Cupo de Jóvenes: Se incluirán en este cupo los solicitantes cuya edad, o la de su cónyuge o pareja, no supere los treinta y cinco años. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de cinco miembros. — Cupo Mayores de Sesenta y Cinco años: Se incluirán en este cupo los solicitantes cuya edad, o la de su cónyuge o pareja, exceda de los sesenta y cinco años. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de tres miembros. — Cupo Discapacitados: Se incluirán en este cupo las unidades familiares compuestas por algún miembro que precise necesidad de vivienda adaptada. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de cinco miembros. — Cupo de Personas Separadas y Divorciadas: Se incluirán en este cupo los solicitantes separados y divorciados mediante Resolución Judicial, que hayan sido privados del uso y disfrute de la vivienda conyugal. En este caso deberá tratarse de una unidad familiar compuesta por un máximo de un miembro. — Cupo General: Se incluirán en este cupo las unidades familiares que no cumplan las condiciones para estar incluidas en alguno de los cupos anteriores. 1.3. Acreditar unos ingresos familiares ponderados, en cómputo anual, iguales o inferiores a 3,5 veces el Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples. 1.4. Acreditar un período mínimo de empadronamiento o trabajo de diez años en la Comunidad de Madrid, de los cuales los tres últimos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en alguno de los municipios que se relacionan a continuación: — Arroyomolinos. — Batres. — El Álamo. — Humanes de Madrid. — Griñón. — Moraleja de Enmedio. — Serranillos del Valle. — Sevilla La Nueva. Se exceptuará del cumplimiento del requisito de empadronamiento a aquellas mujeres víctimas de violencia de género cuando como consecuencia de la misma se hayan visto obligadas a cambiar su residencia. En este caso, deberá acreditarse dicha situación mediante sentencia condenatoria a favor de la víctima. De igual modo, se exceptuará del requisito de empadronamiento a aquellas personas que tengan la condición de refugiado o asilado político en nuestro país, debidamente acreditada. Tampoco se exigirá el requisito de empadronamiento al peticionario emigrante, entendiendo por tal el que ha sido originario de la Comunidad de Madrid o antiguo residente en ella al tiempo de iniciarse la emigración. 1.5. No haber resultado ninguno de los miembros de la unidad familiar del solicitante adjudicatario de vivienda sujeta a algún régimen de protección pública en los veinte años anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 1.6. No ser titular, ninguno de los miembros de la unidad familiar del solicitante, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional. A estos efectos, no se considerará que se es titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute cuando recaiga únicamente sobre una parte alícuota de la vivienda no superior al 50

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

por 100 y se haya adquirido la misma a título de herencia. Tampoco será de aplicación este requisito en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de esta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar. 1.7. No encontrarse ocupando una vivienda o inmueble sin título suficiente para ello. Dicha ocupación conllevará la inadmisión de toda solicitud en un plazo de dos años a contar desde la fecha de desalojo, salvo abandono voluntario de la misma debidamente acreditado. Al objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos de acceso a estas viviendas, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio estará habilitada para solicitar toda la información necesaria, en particular la de carácter tributario o económico que fuera legalmente pertinente, en el marco de la colaboración que se establezca con la Agencia Estatal de Administración Tributaria o con otras Administraciones Públicas competentes. 2. Solicitudes: 2.1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cualquier Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada a aquel por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero). 2.2. Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que se facilitará en las dependencias de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio sitas en la calle Braganza, sin número, y en la avenida de Asturias, número 28, de Madrid, así como en la página web, www.madrid.org/vivienda 2.3. A la solicitud deberán adjuntarse los documentos reseñados en el modelo oficial, que acrediten el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser adjudicatario de vivienda de titularidad pública. 3. Distribución de viviendas objeto de sorteo público: 3.1. Cupo Jóvenes: Al que se reservan 50 viviendas (21 de un dormitorio, 10 de dos dormitorios y 19 de tres dormitorios). 3.2. Cupo Mayores de Sesenta y Cinco años: Al que se reservan 9 viviendas de dos dormitorios. 3.3. Cupo de Personas Separadas o Divorciadas: Al que se reservan 18 viviendas de dos dormitorios. 3.4. Cupo de Discapacitados: Al que se reservan 7 viviendas (3 de dos dormitorios y 4 de tres dormitorios). 3.5. Cupo General: Al que se reservan 152 viviendas (51 de un dormitorio, 32 de dos dormitorios, 44 de tres dormitorios, 22 de cuatro dormitorios y 3 de cinco dormitorios). 4. Tipología de las viviendas a sortear: 236 viviendas (72 de un dormitorio, 69 de dos dormitorios, 63 de tres dormitorios, 22 de cuatro dormitorios, 3 de cinco dormitorios y 7 viviendas adaptadas para personas discapacitadas, 3 de dos dormitorios y 4 de tres dormitorios). 5. Adjudicación: 5.1. En las adjudicaciones por sorteo, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación publicará la Resolución por la que se hace pública la exposición de la lista definitiva de solicitantes admitidos, entre los cuales procederá a adjudicar las viviendas mediante el procedimiento de sorteo. La celebración del sorteo será público y ante notario, anunciándose con antelación suficiente la fecha de su celebración. 5.2. La adecuación del número de miembros de la unidad familiar en relación con el número de dormitorios de la vivienda objeto de adjudicación se realizará conforme a lo establecido en la siguiente relación, en virtud de la facultad potestativa que confiere a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación el artículo 10 del Decreto 19/2006, de 9 de febrero: — Un miembro: Un dormitorio. — Dos miembros: Dos dormitorios. — Tres miembros: Dos dormitorios. — Cuatro miembros: Tres dormitorios.

Pág. 121

— Cinco miembros: Tres dormitorios. — De seis a ocho miembros: Cuatro dormitorios. — Más de ocho miembros: Cinco dormitorios. De esta relación queda exceptuado el Cupo de Mayores de Sesenta y Cinco años, cuyos integrantes podrán acceder a viviendas de dos dormitorios, tanto si la unidad familiar está compuesta por uno o dos miembros, y el Cupo de Personas Separadas o Divorciadas, que accederán a dos dormitorios siendo la unidad familiar de un solo miembro. Cuarto Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Madrid, a 19 de enero de 2010.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez. (03/3.155/10)

Consejería de Sanidad 255

ORDEN 942/2009, de 21 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria para el curso escolar 2008-2009 de concesión de subvenciones destinadas a centros educativos y centros territoriales de innovación y formación de Madrid, para la realización de Proyectos de Educación para la Salud.

De conformidad con la Orden 521/2009, de 6 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el curso escolar 2008-2009 de concesión de subvenciones destinadas a centros educativos y centros territoriales de innovación y formación de Madrid, para la realización de Proyectos de Educación para la Salud; vista el acta del órgano colegiado de evaluación y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la referida convocatoria, DISPONGO Primera Subvenciones concedidas a centros educativos Aceptar la propuesta efectuada por el órgano colegiado de evaluación, concediendo las ayudas económicas a los centros educativos de Madrid que se relacionan en el Anexo I. Segunda Subvenciones concedidas a centros territoriales de innovación y formación Aceptar la propuesta efectuada por el órgano colegiado de evaluación, concediendo las ayudas económicas a los centros territoriales de innovación y formación de Madrid que se relacionan en el Anexo II. Tercera Subvenciones desestimadas y desistidas Desestimar las solicitudes de los organismos que se relacionan en el Anexo IV y tener por desistidos a los centros educativos que se relacionan en el Anexo III. Cuarta Justificación y control del gasto 1. Tanto los centros educativos como los centros territoriales de innovación y formación receptores de la subvención remitirán, a través del Registro General de la Consejería de Sanidad, sito en la calle Aduana, número 29, 28013 Madrid, o de cualquier registro de la Comunidad de Madrid (preferentemente en el Registro del Servicio

Pág. 122

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Madrileño de Salud, plaza Carlos Trías Bertrán, número 7, 28020 Madrid), o bien, a través de cualquiera de los Registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, con referencia “Dirección General de Atención Primaria. Subvenciones destinadas a Proyectos de Educación para la Salud en la Escuela”, la siguiente documentación dirigida a la ilustrísima señora Directora General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud: 1.1. Centros educativos: a) Declaración de las actividades realizadas para la consecución de los objetivos previstos que han sido financiados con la subvención y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos. Esto se acreditará mediante: 1) Declaración de un representante legal de la entidad en la que se describan de forma resumida las actividades realizadas. 2) Liquidación detallada y firmada relativa al gasto realizado por la entidad en la ejecución del programa, según el modelo que figura como Anexo X de la Orden 521/2009, de 6 de julio. Esta liquidación deberá ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente al tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, expedidos a nombre de la entidad. Dichos documentos deberán estar numerados, coincidiendo este número con el que se les asigne en el Anexo X citado. b) Justificación de los gastos realizados: Se admitirán facturas originales o fotocopias compulsadas de gastos realizados durante el curso escolar 2008-2009, acreditativas del gasto realizado. Exclusivamente se admitirán las facturas sobre gastos corrientes. Las facturas deberán estar conformadas por un representante de la entidad. Dado que los centros docentes públicos deberán registrar contablemente, en su sistema informático de gestión económica de centros docentes públicos, las facturas afectadas por estas ayudas, deberán remitir, en este sentido, junto con la documentación justificativa, documento que acredite dicho registro en la contabilidad del centro. En todo caso, estas facturas deberán guardar relación directa con el objeto de la subvención. Las facturas se ajustarán a la normativa legal, debiendo reflejar los datos completos de la empresa o persona física que emite la factura, así como el CIF. Deberán estar expedidas a nombre del centro beneficiario y constarán en ellas el coste total e IVA, fecha y número de la factura. Como justificante de pago efectivo, se considerará, como regla general, los justificantes bancarios de la salida de fondos. De no ser posible, de una manera justificada, la presentación del documento anterior podrá presentarse el recibí del empleado o proveedor firmado, sellado y con fecha. 1) Los centros educativos de titularidad privada: Deberán presentar certificación de la Agencia de Administración Tributaria de acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, alta y último recibo de Impuesto de Actividades Económicas y certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. De oficio, la Dirección General de Atención Primaria solicitará a la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid, certificación de las obligaciones tributarias del beneficiario con la Comunidad de Madrid. 2) Los centros de titularidad pública quedan dispensados de la presentación de la justificación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

B.O.C.M. Núm. 22

c) Memoria final de la realización del proyecto (según el Anexo V de la Orden 521/2009, de 6 de julio). d) Certificado de la dirección del centro donde conste que el proyecto se ha realizado por las personas y en los términos incluidos en la memoria. 1.2. Centros territoriales de innovación y formación: a) Una relación de los proyectos y de los centros educativos de su ámbito de actuación de los cuales han realizado el seguimiento y/o formación del profesorado. b) Un acta de evaluación final referida a cada proyecto redactada en los términos establecidos por la Orden 2202/2003, de 23 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se regula la convocatoria de reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de mayo de 2003), en la que conste el profesorado con derecho a certificación y la propuesta de créditos a certificar en cada caso. c) Por lo que respecta a la justificación de los proyectos de formación, en su caso, y de seguimiento subvencionados a los propios centros territoriales de innovación y formación, estos enviarán: 1) Una memoria de las actividades de formación y seguimiento realizadas en su demarcación. 2) Liquidación detallada del gasto realizado por el centro territorial de formación e innovación, según el modelo que figura como Anexo X en la Orden 521/2009, de 6 de julio. Esta liquidación deberá estar firmada, debiendo acompañarse de facturas o recibos expedidos a nombre de la entidad y de acuerdo con la normativa fiscal vigente. Se admitirán facturas originales o fotocopias compulsadas de gastos realizados durante el curso escolar 2008-2009, acreditativas de la inversión realizada. Las facturas deberán estar conformadas por un representante de la entidad. Dado que los centros docentes públicos deberán registrar contablemente, en su sistema informático de gestión económica de centros docentes públicos, las facturas afectadas por estas ayudas, deberán remitir, en este sentido, junto con la documentación justificativa, documento que acredite dicho registro en la contabilidad del centro. Las facturas se ajustarán a la normativa legal, debiendo reflejar los datos completos de la empresa o persona física que emite la factura, así como el CIF. Deberán estar expedidas a nombre del centro beneficiario y constarán en ellas el coste total e IVA, fecha y número de la factura. Como justificante de pago efectivo se considerará, como regla general, los justificantes bancarios de la salida de fondos. De no ser posible, de una manera justificada, la presentación del documento anterior podrá presentarse el recibí del empleado o proveedor firmado, sellado y con fecha. 2. Por tratarse de centros educativos y de formación del profesorado, con escasa o nula capacidad de financiación con recursos propios, la justificación del gasto aportada debe corresponder únicamente a la cuantía de la subvención concedida. 3. El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención, la justificación insuficiente o la no presentación del informe final de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo 10 de la Orden 521/2009, de 6 de julio. 4. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo. 5. Cuando la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud aprecie la existencia de defectos subsanables

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 123

en la justificación presentada por el beneficiario, lo pondrá en su conocimiento concediéndole un plazo de diez días para su corrección. Según establece el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados que no cumplan lo dispuesto en este apartado se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente; sin embargo, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

Séptima

Quinta

Octava

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Recursos contra la Orden

De acuerdo con el artículo 8.f) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, los beneficiarios deberán acreditar, en su caso, con carácter previo al cobro de la subvención, haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Dicha acreditación se podrá efectuar mediante certificado de la empresa que actúe como servicio de prevención ajeno o declaración suscrita por el representante legal de la entidad cuando las actividades preventivas sean desarrolladas por algunas de las restantes modalidades contempladas en el artículo 10 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de enero).

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el excelentísimo señor Consejero de Sanidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponerse directamente contra la misma recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sexta

Novena

Plazo de presentación de la documentación justificativa Independientemente del plazo fijado en el artículo 21 de la Orden 521/2009, de 6 de julio, se habilita un nuevo plazo de justificación de veinte días, que empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se tendrán por presentadas todas aquellas justificaciones recibidas en la Consejería de Sanidad hasta la fecha.

Entrada en vigor

Publicidad de las subvenciones Los beneficiarios deberán acreditar las medidas de difusión, en su caso, contempladas en el artículo 15 de la Orden 521/2009, de 6 de julio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de hacer constar la participación en el proyecto de la Consejería de Sanidad.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 21 de diciembre de 2009. El Consejero de Sanidad, JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS

ANEXO I SUBVENCIONES CONCEDIDAS A CENTROS EDUCATIVOS DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD Orden 521/2009, de 6 de julio, de la Consejería de Sanidad EXPEDIENTE

C.I.F.

NOMBRE CENTRO EDUCATIVO

PROYECTO

PROPUESTA

01/2009/EDU

Q2868368H

CEIP JUAN SEBASTIÁN ELCANO

COMER Y CORRER PARA CRECER

2.060,00

02/2009/EDU

Q7850027I

EI PUERTA DE MADRID

COMER ES DIVERTIDO

3.000,00

03/2009/EDU

G28719847

COLEGIO CEE CEPRI

VAMOS A JUGAR A LOS MÉDICOS

3.000,00

05/2009/EDU

S2800099J

IES MAESTRO JUAN MARÍA LEONET

ALIMENTACIÓN EQUILIBRADA Y VIDA SANA

3.000,00

06/2009/EDU

R7900108G R7800078C

LA VIDA AFECTIVA, UN TESORO POR DESCUBRIR MI PERSONA…UN TESORO

1.100,00

07/2009/EDU

REPARADORAS DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS COLEGIO DIVINO MAESTRO

08/2009/EDU

D83060343

COLEGIO INTERNACIONAL KOLBE Y CIA

3.000,00

09/2009/EDU

Q7868325G

IES EL OLIVO

11/2009/EDU

V84239326

EI MANCOMUNIDAD DE LA JARA

12/2009/EDU

R2800983E

COLEGIO LA INMACULADA CONCEPCIÓN

13/2009/EDU

Q7868201J

IES PROFESOR ÁNGEL YSERN

PROMOCIÓN DE LA SALUD SEXUAL EDUCAR PARA PREVENIR EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA COMPROBACIÓN DEL ESTADO DE SALUD DE UNA POBLACIÓN ESCOLAR DE PARLA LA PSICOMOTRICIDAD EN NUESTRA ESCUELA II TALLERES DE EDUCACIÓN AFECTIVOSEXUAL Y EN VALORES PARA PREADOLESCENTES PROGRAMA DE SEXUALIDAD PARA JÓVENES

3.000,00

14/2008/EDU

R2800965B

SEXUALIDAD: CUERPO-CORAZÓN-CABEZA

3.000,00

15/2009/EDU

Q7868221H

COLEGIO MANYANET, SAGRADA FAMILIA HIJOS IES ROSA CHACEL

DESAYUNOS SALUDABLES

1.147,50

3.000,00

2.400,00 2.654,46 3.000,00

Pág. 124

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

NOMBRE CENTRO EDUCATIVO

B.O.C.M. Núm. 22

EXPEDIENTE

C.I.F.

PROYECTO

PROPUESTA

16/2009/EDU

R2800767B

COLEGIO CRISTO REY

17/2009/EDU

Q2868249J

CEIP MIGUEL HERNANDEZ

18/2009/EDU

Q7868218D

IES JUAN DE MAIRENA

TALLERES DE EDUCACIÓN AFECTIVOSEXUAL Y EN VALORES PARA PREADOLESCENTES Y JÓVENES FOMENTANDO LA SALUD ESCOLAR EN EL CEIP MIGUEL HERNANDEZ PROYECTO DE EDUCACIÓN SEXUAL

19/2009/EDU

A81214512

COLEGIO SAN ESTANISLAO DE KOSTKA

DESAYUNOS Y COMIDAS SALUDABLES

1.050,00

20/2009/EDU

F83221929

COLEGIO ARCADIA

PROMOCIÓN DE LA SALUD SEXUAL

1.500,00

3.000,00 3.000,00 3.000,00

21/2009/EDU

A79403549

CENTRO EDUCATIVO ZOLA

PROMOCIÓN DE LA SALUD SEXUAL

1.500,00

24/2009/EDU

Q2868815H

CEBIP SANTIAGO APOSTOL

DESAYUNOS Y COMIDAS SALUDABLES

1.050,00

25/2009/EDU

S2818080J

IES LAS ENCINAS

PROMOCIÓN DE LA SALUD SEXUAL

1.500,00

ANEXO II SUBVENCIONES CONCEDIDAS A CENTROS TERRITORIALES DE INNOVACIÓN Y FORMACIÓN DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD Orden 521/2009, de 6 de julio, de la Consejería de Sanidad

EXPEDIENTE

C.I.F.

CENTRO TERRITORIAL – C.T.I.F.

NOMBRE CENTRO EDUCATIVO

CT1/2009/EDU

Q2801655H MADRID OESTE

COLEGIO INTERNACIONAL KOLBE

CT2/2009/EDU

Q2801652E MADRID CAPITAL

CEIP JUAN SEBASTIÁN ELCANO

PROYECTO

PROPUESTA

PROMOCIÓN DE LA SALUD SEXUAL EDUCAR PARA PREVENIR EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA COMER Y CORRER PARA CRECER

2.420,00 1.460,00 3.880,00

ANEXO III SUBVENCIONES QUE SE TIENEN POR DESISTIDAS A CENTROS EDUCATIVOS DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD Orden 521/2009, de 6 de julio, de la Consejería de Sanidad

EXPEDIENTE

C.I.F.

10/2009/EDU

R2800742E

NOMBRE CENTRO EDUCATIVO COLEGIO SANTA MARÍA DE LAS ROZAS

PROYECTO TALLERES DE EDUCACIÓN AFECTIVOSEXUAL Y EN VALORES PARA PREADOLESCENTES Y JÓVENES

CAUSA DE DENEGACIÓN ARTÍCULO 4, APARTADO 5

22/2009/EDU

B28598779

LYCEE MOLIERE

DESAYUNOS Y COMIDAS SALUDABLES ARTÍCULO 4, APARTADO 5

23/2009/EDU

Q2801192B

CEBIP MARÍA MOLINER

DESAYUNOS Y COMIDAS SALUDABLES ARTÍCULO 4, APARTADO 5

04/2009/EDU

B79786737

CENTRO ESPAÑOL DE TECNOLOGÍA APLICADA, SL

TALLERES FORMATIVO-PREVENTIVOS E.P. GINER

ARTÍCULO 4, APARTADO 5

ANEXO IV SUBVENCIONES DENEGADAS A CENTROS EDUCATIVOS DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD Orden 521/2009, de 6 de julio, de la Consejería de Sanidad EXPEDIENTE

NOMBRE CENTRO EDUCATIVO

CAUSA DE DENEGACIÓN

26/2009/EDU

AYUNTAMIENTO SAN MARTÍN DE LA VEGA

ARTÍCULO 2

27/2009/EDU

AYUNTAMIENTO SAN MARTÍN DE LA VEGA

ARTÍCULO 2

(03/1.957/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

D) Anuncios Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno Resolución de 18 de enero, por la que se hace pública la «Orden 29/2010, de 15 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, en los términos municipales de Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias, y se convoca a determinados interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 244». En aplicación de los artículos 52 de la Ley de 16 de diciembre, de 1954, de Expropiación Forzosa, y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno ha dictado la siguiente: «Orden 29/2010, de 15 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, en los términos municipales de Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias, y se convoca a determinados interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 244». El “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios de Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, tiene por objeto el refuerzo y mejora del abastecimiento a los municipios de Rozas de Puerto Real, Cadalso de los Vidrios y Cenicientos, los cuales disponen como única fuente de suministro el embalse de Los Morales. Mediante este proyecto, en el que se contempla la instalación de una conducción que conecta el embalse de San Juan con la Estación de Tratamiento de Agua Potable de Rozas de Puerto Real, se conectará a estos municipios con el Sistema General de Abastecimiento del Canal de Isabel II. La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio resolvió, con fecha 2 de noviembre de 2006, que el proyecto no precisa de procedimiento alguno de evaluación de impacto ambiental, debiéndose cumplir los condicionantes que en dicho informe se establecen. El Plan Especial de Infraestructuras se aprobó definitivamente por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 26 de febrero de 2008, y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril de 2008. La Orden 124/2009, de 16 de marzo, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación los bienes y derechos afectados por este Proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. La mencionada Orden ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 21 de abril de 2009, en el diario “La Razón” de 22 de abril de 2009, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias. En el trámite de información pública se han formulado alegaciones en las que se solicita la modificación del trazado de la conducción y la rectificación de la titularidad de determinados bienes y derechos. Se ha procedido a contestar a los interesados comunicándoles el resultado de sus alegaciones, habiéndose procedido a la actualización de datos relativos a la titularidad de los bienes y derechos, sin perjuicio de que deban acreditarla fehacientemente a lo largo del expediente. Asimismo, se han excluido de la relación aquellas fincas cuya ocupación

Pág. 125

durante la ejecución de las obras no va a ser necesaria y se han obviado las fechas de convocatoria en las que los titulares ya han llegado a acuerdo con la entidad beneficiaria. Por último, se ha corregido el error material detectado en la superficie a expropiar en la finca 177, comunicándose este extremo al titular. En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y 19 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha y, en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del Proyecto. La declaración de utilidad pública del Proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo establecido en el apartado 1.o del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el Proyecto. La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el Proyecto viene motivada por la necesidad inaplazable de garantizar el suministro a la población de los municipios de Rozas de Puerto Real, Cadalso de los Vidrios y Cenicientos. En la actualidad, el suministro a estos municipios está altamente comprometido al resultar insuficiente la reserva hidráulica del embalse de Los Morales, única fuente de suministro de la que disponen estos municipios. En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, en los términos municipales de Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al Proyecto. Segundo Notificar a determinados interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del acta previa a la ocupación. La relación de interesados, el Ayuntamiento y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden. Todos los interesados, así como las personas que, siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados, se hayan podido omitir en la relación, podrán, una vez publicada esta y hasta el momento del levantamiento del acta previa, formular alegaciones por escrito, a los solos efectos de la subsanación de posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid. En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso. Madrid, a 18 de enero de 2010.—El Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes.

Pág. 126

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

ANEXO RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL “PROYECTO DE URGENCIA PARA EL REFUERZO DEL ABASTECIMIENTO A LOS MUNICIPIOS DEL RINCÓN SUROESTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DESDE EL EMBALSE DE SAN JUAN”, A LA VISTA DE LAS COMPARECENCIAS HABIDAS EN EL PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA, SIN PERJUICIO DE LOS ERRORES QUE PUDIERAN EXISTIR Y QUE PODRÁN SUBSANARSE HASTA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN (ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA); CON EXPRESIÓN DE LA FECHA DE LA CONVOCATORIA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN Abreviaturas utilizadas: CLAS.URB., Clasificación Urbanística; S.N.U., Suelo no urbanizable; S.U., Suelo urbano CONVOCATORIA o

N. FINCA

POLÍGONO

PARCELA

NOMBRE

EXPROPIACIÓN 2 M

OCUPACION TEMPORAL M2

NATURALEZA

TÉRMINO MUNICIPAL: SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

CLAS. URB.

FECHA ACTA PREVIA

HORA

EXPEDIENTE: 244-1

002

2

1

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

1200

1012

PINAR MADERABLE

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

003

2

9002

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

140

205

IMPRODUCTIVO

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

004

3

3

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

0

375

IMPRODUCTIVO

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

005

34

101

PINARES DE SAN JUAN S.L.

685

1225

PINAR MADERABLE

S.N.U.

005-3

4

22

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

20

68

PINAR MADERABLE

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

005-5

4

21

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

195

441

PINAR MADERABLE

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

005-6

4

9003

DESCONOCIDO (según Catastro)

83

189

IMPRODUCTIVO

005-7

4

1

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

250

544

PINAR MADERABLE

052

36

412

OCAÑA HORCAJO, Luis

0

390

PASTOS

S.N.U. 18-FEB-10 12:00

061

36

398

LÓPEZ LORIGADOS, Antonia y otro

0

140

PASTOS

S.N.U. 18-FEB-10 11:30

098

36

336

PARRAS BRAVOS, José Francisco

0

460

PASTOS

S.N.U. 18-FEB-10 12:15

099

36

225

PARRAS BRAVOS, José Francisco

0

730

LABOR SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 12:15

112

36

9008

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

45530

0

VIAL PRIVADO

S.N.U.

134

36

133

SÁNCHEZ GARCÍA, Agustina Engracia

0

380

PASTOS

155

36

9003

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

40

42

IMPRODUCTIVO

S.N.U. 18-FEB-10

158

59

9002

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

1775

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.N.U.





161

59

9002

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

1861

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.U.





170

59

9021

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

692

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.U.





177

0

VIAL

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)/FONDO INTEGRAL DE VIVIENDAS, S.L

554

0

S.URBANO

S.U.

178

0

VIAL

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

120

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.U.





180

0

VIAL

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

1190

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.U.





181

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

6000

5065

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

182-1

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

2100

4385

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

182-2

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

740

350

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

182-3

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

705

360

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

182-4

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

265

500

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

-

-

S.N.U. 18-FEB-10 10:00 S.N.U. 18-FEB-10

-

9:00

-

S.N.U. 18-FEB-10 13:00 9:00

18-FEB-10 12:00

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 127

CONVOCATORIA EXPROPIACIÓN 2 M

OCUPACION TEMPORAL 2 M

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

60

110

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

0

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

183

14970

01

185

4930

187

o

FECHA ACTA PREVIA

HORA

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

40

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

595

1255

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

700

0

S.URBANO

S.U.

18-FEB-10

01

INALCUBA, S.L.

75

1325

S.URBANIZABLE

S.U.

18-FEB-10 10:45

49

91

LASTRAS BLANDIN, Mª Juana y Juan Antonio

0

210

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 11:15

188

49

88

JIMENEZ OCAÑA,Manuel; JIMENEZ CECILIANO, Esther y Blanca; JIMENEZ LÓPEZ, Mª Luisa y Mª Angeles y CALVENTE JIMENEZ, Eduardo

0

270

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 11:00

190

0

VIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

2195

1520

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

201

48

9001

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

765

980

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

203

21

9001

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

55

125

IMPRODUCTIVO

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

208

21

9008

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

5560

2983

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

212

21

13

BLÁZQUEZ FERNÁNDEZ, Alberto

335

1115

PRADOS

214

21

11

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

0

3000

LABOR SECANO

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

216

20

9001

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

45

95

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

218

20

9004

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

2265

1840

IMPRODUCTIVO

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

219

20

5

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

5870

312

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

219AR05

20

5

BLANDIN SÁNCHEZ, Angelina (Suerte Dehesa nº 21.1)

0

2250

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10

9:30

219AR06

20

5

DEHESA DE SAN MARTIN, S.L. (Suerte Dehesa nº 21.2)

0

1085

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10

9:45

219AR07

20

5

YUSTE SÁNCHEZ, Francisco (Suerte Dehesa nº 24)

0

2800

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 13:30

219AR08

20

5

SÁNCHEZ MARTÍN, Luis

0

1381

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 13:15

219AR10

20

5

SIMÓN GÓMEZ, Eduardo

0

828

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 13:30

219AR11

20

5

GÓMEZ HARO, Manuel

0

1156

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 10:30

219AR12

20

5

RÚA OCAÑA, Gerardo

0

716

LABOR SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 12:45

219AR13

20

5

RODRIGUEZ GARCÍA, José Luis

0

1833

VIÑA REGADIO

S.N.U. 18-FEB-10 12:30

219AR14

20

5

MIRALLES, Carmela

0

2302

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 11:45

219AR15

20

5

DIAZ SÁNCHEZ, Esteban

0

724

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 10:15

221

20

4b

DIAZ SANCHEZ, Felisa Elvira

0

5

VIÑA SECANO

S.N.U. 18-FEB-10 10:15

222

20

4a

DIAZ SANCHEZ, Felisa Elvira

15

165

PRADOS

S.N.U. 18-FEB-10 10:15

225

18

7

RODRIGUEZ OCAÑA, Alicia

660

1555

PASTOS

S.N.U. 18-FEB-10 12:30

226

18

11

CARRASCAL CARRASCAL Virgilio

540

1255

LABOR SECANO

228

18

42a

RODRIGUEZ LANCHAS, Angel

1925

4275

VIÑA SECANO

S.N.U.





229

18

41a

RODRIGUEZ LANCHAS, Angel

540

1155

VIÑA SECANO

S.N.U.





230

18

42b

RODRIGUEZ LANCHAS, Angel

500

1160

PRADOS

S.N.U.





231

18

22a

CARNICERÍAS JULIÁN HERNÁNDEZ CALVO S.L.

465

1075

LABOR SECANO

S.N.U.





N. FINCA

POLÍGONO

PARCELA

182-5

0

VIAL

182-6

0

182-7

NOMBRE

NATURALEZA

CLAS. URB.

S.N.U.

-

S.N.U. 18-FEB-10

9:00

-

9:30

Pág. 128

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

CONVOCATORIA o

EXPROPIACIÓN M2

OCUPACION TEMPORAL M2

NATURALEZA

CLAS. URB.

FECHA ACTA PREVIA

HORA

CARNICERÍAS JULIÁN HERNÁNDEZ CALVO S.L.

1525

3555

LABOR SECANO

S.N.U.





26

SÁNCHEZ GÓMEZ, Raúl

1220

2840

VIÑA SECANO

S.N.U.





18

30

PATRIMONIOS MORABE, S.L. Y PATRIMONIOS SANBIA, S.L.

1190

2750

VIÑA SECANO

S.N.U.





18

22c

CARNICERÍAS JULIÁN HERNÁNDEZ CALVO S.L.

2408

4877

MONTE BAJO

S.N.U.





N. FINCA

POLÍGONO

PARCELA

232

18

23

233

18

234 235

NOMBRE

TÉRMINO MUNICIPAL: PELAYOS DE LA PRESA

EXPEDIENTE: 244-2

001

2

40

PINARES DE SAN JUAN S.L.

0

2585

PASTOS

S.N.U.





002

2

9002

PINARES DE SAN JUAN, S.A.

480

1085

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U.





004

3

7

PINARES DE SAN JUAN S.L.

260

555

PINAR MADERABLE

S.N.U.





005

3

9005

0

49

VIA DE COMUNICACIÓN

008

3

8

PINARES DE SAN JUAN S.L.

2605

6060

PINAR MADERABLE

009

3

4

RODRIGUEZ ARCE Elena / Admin. SOCIEDAD ORBIGO Lucio Mascaraque

2985

7377

PASTOS

S.N.U. 17-FEB-10

9:00

011

2

9001

AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

870

795

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U. 17-FEB-10

9:30

012

2

78

REDONDO RODRIGUEZ,Esteban

415

1365

PASTOS

S.N.U. 17-FEB-10

9:00

015

2

82

PINARES DE SAN JUAN S.L.

3230

0

VIAL PRIVADO

S.N.U.





016

2

37

PINARES DE SAN JUAN S.L.

0

1160

PASTOS

S.N.U.





018

1

135

PINARES DE SAN JUAN S.L.

3300

0

VIAL PRIVADO

S.N.U.





019

1

129

PINARES DE SAN JUAN S.L.

0

1330

MONTE BAJO

S.N.U.





020

1

128

PINARES DE SAN JUAN S.L.

0

1960

PINAR MADERABLE

S.N.U.





023

1

126

AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

325

1875

PINAR MADERABLE

S.N.U. 17-FEB-10

024

1

9008

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

4497

0

VIAL PRIVADO

S.N.U.





027

74920

01

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)

1700

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.U.





029

1

134

AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

164

227

PASTOS

S.N.U. 17-FEB-10

033

1

118

HERNÁNDEZ RAMOS Ramón (REDONDO MARTIN Eugenia, HERNANDEZ REDONDO Enrique y Carlos)

30

270

PASTOS

S.N.U.





034

1

119

MEDINA BARBERO, Catalina

45

270

PASTOS

S.N.U.





042

0

VIAL

FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (F.E.V.E.)/ AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

10740

0

VIAL PRIVADO URBANO

S.U.





043

0

VIAL

FUNDACION CULTURAL FAMILIA, OCIO Y NATURALEZA/ AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

2585

0

VIAL PRIVADO

S.U.





AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

TÉRMINO MUNICIPAL: ROZAS DE PUERTO REAL

S.N.U. 17-FEB-10 S.N.U.



9:30 —

9:30

9:30

EXPEDIENTE: 244-3

007

8

2

MONTERO MONTERO, Eleuterio, Josefa y Mª Pilar; y MONTERO SÁNCHEZ, Juan Aurelio, José Rafael y Mª Rosario

1760

1195

PASTOS

S.N.U.

008

8

1

SAUGAR BLASCO, Benjamín

345

840

PASTOS

S.N.U. 17-FEB-10 12:45

009

7

75

NUEVO TIETAR S.A.

60

151

PASTOS

S.N.U. 17-FEB-10 12:30

010

7

120

TRUJILLO SAUGAR, Teodora, Elena; TRUJILLO MOLERO Gregorio, Mª Azucena, José Luis y MOLERO ALAMILLO, Josefina

85

205

VIÑA SECANO

S.N.U.









B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 129

CONVOCATORIA o

EXPROPIACIÓN 2 M

OCUPACION TEMPORAL 2 M

NATURALEZA

CLAS. URB.

FECHA ACTA PREVIA

HORA

SAUGAR BLASCO, Miguel

160

375

PRADOS

S.N.U.





N. FINCA

POLÍGONO

PARCELA

011

7

121

012

7

2

TRUJILLO SAUGAR, Teodora y LAORDEN CRESPO, Antonio

315

740

PRADOS

S.N.U.





013

7

7

SAUGAR ROMERO, Catalina HROS. (CAMPOS SAUGAR, Angel, Julián y Manuel)

890

1885

PASTOS

S.N.U.





014

7

122

TRUJILLO SAUGAR, Rodolfo

0

158

PRADOS

S.N.U.

015

7

8

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL

510

5950

PASTOS

S.N.U.





016

8

28a

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL

120

3970

PASTOS

S.N.U.





025

7

18

MONTERO VILLALBA, Ladislao

6

490

VIÑA SECANO

S.N.U.





026

7

28

TRUJILLO BLASCO, Pedro

56

282

VIÑA SECANO

S.N.U.

17-FEB-10 13:15

030

7

29

ROMERO FERNANDEZ, Miguel y FERNANDEZ REGO, Josefa

24

460

PASTOS

S.N.U.

17-FEB-10 13:00

036

7

30

LIZANA TRUJILLO, Doroteo

0

139

PASTOS

S.N.U.

17-FEB-10 12:15

037

7

31

MARTÍN MONTERO, Emiliano

107

1095

VIÑA SECANO

S.N.U.

17-FEB-10 12:15

057

7

38

PEREZ SAUGAR, Martín

0

80

OLIVOS SECANO

S.N.U.

17-FEB-10 12:30

060

7

9002

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL (desconocido según Catastro)

495

330

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U.

17-FEB-10 12:00

062

7

9005

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL (desconocido según Catastro)

20

55

VIA DE COMUNICACIÓN

S.N.U.

17-FEB-10 12:00

067

6

9c

AYUNTAMIENTO DE ROZAS DE PUERTO REAL

400

830

IMPRODUCTIVO

S.N.U.

NOMBRE

17-FEB-10 13:30





La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar. Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. (03/3.138/10)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno CANAL DE ISABEL II Resolución de 19 de enero de 2010, por la que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto para el suministro de hidróxido cálcico a granel en cisternas para descarga con medios neumáticos o mecánicos. 1. a) b) 2. a) b) c) 3. a) b) c) 2

Entidad adjudicadora: Organismo: Canal de Isabel II. Número de expediente: 533/2009. Objeto del contrato: Descripción del objeto: Suministro de hidróxido cálcico a granel en cisternas para descarga con medios neumáticos o mecánicos. Lugar de ejecución: Madrid. Plazo de ejecución: Dos años. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Forma: Adjudicación a la proposición económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas.

4. Presupuesto base de licitación: Importe máximo, 468.000 euros, sin incluir IVA. 5. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación. 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Canal de Isabel II. Departamento de Explotación de Tratamiento. b) Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificio número 3, planta baja. c) Localidad y código postal: 28003 Madrid. d) Teléfono: 915 451 000, extensión 1015. e) Los Pliegos de Condiciones se pueden obtener también en las siguientes direcciones de Internet: http://www.madrid.org y www.cyii.es 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica: Se deberá acreditar por los medios previstos en el apartado 1.a) y c) del artículo 64 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, con arreglo a lo previsto en el Anexo I, punto 5, del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato. b) Solvencia técnica: Se deberá justificar por los medios previstos en el apartado a) del artículo 65 de la Ley de Contratos del Sector Público, con arreglo a lo previsto en el Anexo I, punto 5, del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato.

Pág. 130

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

c) Otros requisitos: Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, en el caso de no hallarse clasificadas en España, y las empresas extranjeras deberán acogerse a lo establecido en los artículos 47 y 61.2 y en los artículos 44, 6.1.3 y 130.1.d), respectivamente, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y a lo determinado en las cláusulas 5 y 11.7 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato. 8. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: 5 de marzo de 2010, hasta las trece horas. Documentación a presentar: La indicada en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Lugar de la presentación: 1.o Entidad: Canal de Isabel II. Subdirección de Contratación. 2.o Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificio 9, planta baja. 3.o Localidad y código postal: 28003 Madrid. 9. Apertura de ofertas: a) Lugar de apertura: 1.o Entidad: Canal de Isabel II. Salón de actos. 2.o Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificio 1, planta baja. 3.o Localidad: 28003 Madrid. b) Fecha: 26 de marzo de 2010. c) Hora: A las nueve y treinta. 10. Otras informaciones: a) Forma de pago: Mediante facturas en la forma prevista en la cláusula 3 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Idioma en que se redactarán las ofertas: Castellano. Las ofertas se presentarán en sobres cerrados, con los números 1 (Documentación administrativa), 2 (Oferta técnica) y 3 (Proposición económica), en cada uno de los cuales figurará el nombre del proponente y el título del contrato. La propuesta económica se formulará con arreglo al modelo Anexo II del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 11. Gastos de anuncios: El pago de los anuncios será por cuenta de la empresa adjudicataria. 12. Fecha del envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 19 de enero de 2010. Madrid, a 19 de enero de 2010.—El Director de la Secretaría General Técnica, Fernando de Cevallos Aguarón. (01/313/10)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno CANAL DE ISABEL II Resolución de 19 de enero de 2010, por la que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto para el suministro de 2.500 metros cúbicos de carbón activo granulado en la ETAP de Santillana. 1. a) b) 2. a) b) c) 3. a) b) c)

Entidad adjudicadora: Organismo: Canal de Isabel II. Número de expediente: 159/2009. Objeto del contrato: Descripción del objeto: Suministro de 2.500 metros cúbicos de carbón activo granulado en la ETAP de Santillana. Lugar de ejecución: ETAP de Santillana, en el municipio de Manzanares el Real (Madrid). Plazo de ejecución: Cinco años. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Forma: Adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa de acuerdo a los criterios objetivos de valoración establecidos en el apartado 10.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

B.O.C.M. Núm. 22

4. Presupuesto base de licitación: El presupuesto máximo del contrato asciende a 4.375.000 euros, sin incluir IVA. 5. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación. 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Canal de Isabel II. Departamento de Explotación de Tratamiento. b) Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificio número 3, planta baja. c) Localidad y código postal: 28003 Madrid. d) Teléfono: 915 451 000, extensión 1015. e) Los Pliegos de Condiciones se pueden obtener también en las siguientes direcciones de Internet: http://www.madrid.org y www.cyii.es 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica: Se acreditará de acuerdo a lo establecido en el apartado 9.2.6 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Solvencia técnica: Se acreditará de acuerdo a lo establecido en el apartado 9.2.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Otros requisitos: Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, en el caso de no hallarse clasificadas en España, y las empresas extranjeras deberán acogerse a lo establecido en los artículos 47 y 61.2 y en los artículos 44, 6.1.3 y 130.1.d), respectivamente, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y a lo determinado en el apartado 6 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato. 8. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: 8 de marzo de 2010, hasta las trece horas. Documentación a presentar: La indicada en el apartado 9 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Lugar de la presentación: 1.o Entidad: Canal de Isabel II. Subdirección de Contratación. 2.o Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificio 9, planta baja. 3.o Localidad y código postal: 28003 Madrid. 9. Apertura de ofertas: a) Lugar de apertura: 1.o Entidad: Canal de Isabel II. Salón de actos. 2.o Domicilio: Calle Santa Engracia, número 125, edificio 1, planta baja. 3.o Localidad: 28003 Madrid. b) Fecha: 26 de marzo de 2010. c) Hora: A las nueve y treinta. 10. Otras informaciones: a) Forma de pago: Mediante facturas en la forma prevista en la cláusula 12 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. b) Idioma en que se redactarán las ofertas: Castellano. Las ofertas se presentarán en sobres cerrados, con las letras A (Propuesta económica), B (Documentación administrativa) y C (Referencias técnicas), en cada uno de los cuales figurará el nombre del proponente y el título del contrato. La propuesta económica se formulará con arreglo al modelo Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Los precios ofertados incluirán, a todos los efectos, todos los gastos (incluidos los de anuncio) y los impuestos (excluido el IVA, que será repercutido en la factura) que puedan cursarse con motivo de la tramitación, licitación y desarrollo del contrato. 11. Gastos de anuncios: El pago de los anuncios será por cuenta de la empresa adjudicataria. 12. Fecha del envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 19 de enero de 2010. Madrid, a 19 de enero de 2010.—El Director de la Secretaría General Técnica, Fernando de Cevallos Aguarón. (01/312/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Consejería de Economía y Hacienda Resolución de 27 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se somete a información pública el proyecto de construcción de un centro de transformación en calle Londres, número 38, en el término municipal de Torrejón de Ardoz (28850 Torrejón de Ardoz), solicitado por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”. 2009P890 De acuerdo a lo previsto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre), se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica referenciada, cuyas características y datos principales se describen a continuación: a) Solicitante: “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”. b) Ubicación de la instalación: Calle Londres, número 38, en el término municipal de Torrejón de Ardoz. c) Objeto de la instalación: Suministrar energía eléctrica a los usuarios de la zona. d) Características principales y situación en coordenadas UTM: Ref. centro Tipo

Actuación

kVA máxima

R. transf.

2009P890 ICE5222 Nuevo Interior 20 kV/420 V

Situación X-Y UTM Protección

2 × 630

460401 4478990

e) Presupuesto total: 20.802 euros. Lo que se hace público para que puedan ser examinados los proyectos de las instalaciones en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, sita en Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, edificio F-4, y formular las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Madrid, a 27 de noviembre de 2009.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno. (02/13.808/09)

Consejería de Economía y Hacienda

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 3505/2009, de 10 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Visto el recurso de alzada interpuesto por don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García, contra la Resolución de 9 de octubre de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, dictada en el expediente de DS-1799.6/07, se constatan los siguientes HECHOS Primero Don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García presentaron, con fecha 27 de julio de 2007, solicitud de descalificación de la vivienda sita en la calle Ramón María Valle-Inclán, número 220-E, 41 B, de Alcalá de Henares, que fue calificada como vivienda de protección oficial el 3 de diciembre de 2001. Examinada la solicitud y la documentación obrante en el expediente, la Dirección General de Arquitectura y Vivienda dictó Resolución de 9 de octubre de 2007 denegando la solicitud de descalificación por incumplimiento del plazo previsto en la disposición adicional tercera del Decreto 11/2001, de 25 de enero. Segundo Contra dicha Resolución, don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García interpusieron recurso de alzada en el que alegan, en síntesis, disconformidad con la misma. Tercero Consta en el expediente que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda ha emitido informe a que se refiere el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el que se propone desestimar el recurso de alzada interpuesto.

INSTITUTO MADRILEÑO DE DESARROLLO (IMADE) Resolución de 18 de diciembre de 2009, por la que se hace público la suspensión y el posterior archivo del expedietne de contratación CTC-001/09. Por Resolución de 18 de diciembre de 2009, el Órgano de Contratación del presente expediente publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 257, con fecha 29 de octubre de 2009, ha resuelto declarar desierto el expediente de contratación CTC-001/09 “Subasta pública para la enajenación de las acciones que IMADE y la Cámara de Comercio e Industria de Madrid, ostentan en la empresa “Centro de Transportes de Coslada, Sociedad Anónima”. Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y a los efectos oportunos. Madrid, a18 de diciembre de 2009.—El Gerente adjunto, Álvaro de Arenzana Jove. (01/328/10)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio Resolución de 17 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 3505/2009, de 10 de septiembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 624.7/07, interpuesto por don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García, contra la Resolución de 9 de octubre de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

Pág. 131

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. Segundo La disposición adicional tercera del Decreto 11/2001, de 25 de enero, vigente en la fecha de solicitud de la descalificación, establece que las viviendas de protección oficial de promoción privada acogidas al Real Decreto Ley 31/1978, de 31 de octubre, podrán ser objeto de descalificación voluntaria durante la vigencia del régimen de afección si ha transcurrido un mínimo de quince años desde la calificación definitiva de las misma, y si de ella no se derivan perjuicios para terceros o el interés social, previo cumplimiento de los dispuesto en el artículo 148 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección. En el presente supuesto no se cumple el plazo de quince años legalmente establecido, ya que la cédula de calificación definitiva es de 3 de diciembre de 2001 y la solicitud de descalificación fue presentada el 27 de julio de 2007, por lo que procede desestimar el recurso interpuesto y confirmar la Resolución recurrida por ser la misma conforme a derecho.

Pág. 132

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, que propone la desestimación del recurso de alzada interpuesto. DISPONGO Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Juan Carlos Sáez Onievas y doña Amparo Moratino García contra la Resolución de 9 de octubre de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, dictada en el expediente DS-1799.6/07, que debe ser confirmada en todos sus términos. Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/1.244/10)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio Resolución de 17 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 4133/2009, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 951.4/09, interpuesto por doña María Alejandra Guillamón Martín, contra la Resolución de 27 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Intentada sin efecto la notificación de la Orden 4133/2009, de 26 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por doña María Alejandra Guillamón Martín contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Visto el recurso de alzada interpuesto por doña María Alejandra Guillamón Martín, contra la Resolución de 27 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, dictada en el expediente RBE-28-113125, se constatan los siguientes HECHOS Primero Con fecha 28 de mayo de 2008, doña María Alejandra Guillamón Martín presenta solicitud de reconocimiento del derecho a la renta básica de emancipación regulada por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre. Segundo Una vez analizada la documentación aportada, en relación con los requisitos necesarios para acreditar el derecho a la ayuda, se pone de manifiesto que no se trata de una vivienda de carácter habitual y permanente al amparo de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. En consecuencia, con fecha 27 de noviembre de 2008, el Director General de Vivienda y Rehabilitación dicta Resolución mediante la que se deniega a doña María Alejandra Guillamón Martín el derecho a obtener la renta básica de emancipación de los jóvenes. Tercero Contra la citada Resolución, doña María Alejandra Guillamón Martín ha interpuesto recurso de alzada (dentro del plazo legalmen-

B.O.C.M. Núm. 22

te establecido) en el que alega, en síntesis, disconformidad con la Resolución impugnada. Cuarto La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido el informe a que se refiere el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la desestimación del recurso. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. Segundo En cuanto a las cuestiones de fondo, el recurrente manifiesta, en síntesis, disconformidad con la Resolución impugnada. En relación con lo alegado, el artículo 2.1.b) del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, dispone “podrán percibir la renta básica de emancipación todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos (...) Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente”. Pues bien, una vez acreditado que no se trata de un alquiler de vivienda de carácter habitual y permanente al amparo de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, se dictó Resolución denegando la ayuda, Resolución que debe ser confirmada en vía de recurso por ser conforme a derecho. En consecuencia, de conformidad con el informe emitido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en el que se propone desestimar el recurso de alzada interpuesto, DISPONGO Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña María Alejandra Guillamón Martín, contra la Resolución de 27 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, dictada en el expediente RBE-113125. Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos. Madrid, a 17 de diciembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/1.245/10)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio Resolución de 17 de diciembre de 2009, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 4470/2009, de 16 de noviembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada número RA 28.2/07, interpuesto por don Francisco Javier Hoyos Seijo, en nombre y representación de “Dragados, Sociedad Anónima”, en el que don Juan Manuel Pérez Sánchez aparece como parte interesada, contra la Resolución de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 4470/2009, de 16 de noviembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por don Javier Hoyos Seijo, en nombre y representación de “Dragados, Sociedad Anónima”, en el que don Juan Manuel Pérez Sánchez aparece como parte interesada contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Visto el recurso de alzada interpuesto por don Francisco Javier Hoyos Seijo, en nombre y representación de “Dragados, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, dictada en el expediente sancionador VPM-12/2006, se constatan los siguientes HECHOS Primero Como consecuencia de la denuncia formulada por don Juan Manuel Pérez Sánchez, por deficiencias constructivas en la vivienda sita en la calle Collado de la Mina, número 8, bajo A, de Madrid, se inició el expediente sancionador VPM-12/2006, en el que, tras los trámites oportunos, se dictó, con fecha 18 de diciembre de 2006, Resolución por la que se acuerda: — Imponer a “Dragados, Sociedad Anónima” (antes ACS Proyectos, Obras y Construcciones, Sociedad Anónima), la obligación de realizar las obras necesarias para subsanar las deficiencias en la vivienda sita en la calle Collado de la Mina, número 8, bajo A, de Madrid, concediéndole para ello un plazo de treinta días. Segundo Contra dicha Resolución, don Francisco Javier Hoyos Seijo, en nombre y representación de “Dragados, Sociedad Anónima”, ha interpuesto recurso de alzada en el que alega, en síntesis, prescripción del procedimiento y con carácter subsidiario se ratifican íntegramente en su escrito de alegaciones de 21 de julio de 2006. Tercero De conformidad con el artículo 112.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dio traslado del recurso interpuesto a don Juan Manuel Pérez Sánchez, que aparece como parte interesada en el expediente. Cuarto Consta en el expediente que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda ha emitido informe al que se refiere el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la desestimación del recurso interpuesto. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. Segundo En relación con las cuestiones de fondo, se ha de señalar lo siguiente: El artículo 111 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2114/1968, de 24 de julio, establece que

Pág. 133

“Si en el transcurso de cinco años, desde la calificación definitiva, se manifestasen vicios o defectos de la construcción que hiciesen necesarias obras de reparación, podrá imponerse su ejecución al promotor o realizarlas a costa de este”. Así pues, hay un momento para el inicio del plazo de garantía, que es la fecha de la calificación definitiva de vivienda de protección oficial, en este caso, 10 de octubre de 1997. A partir de ese momento y durante cinco años, se podían denunciar los hechos, lo que hizo don Juan Manuel Pérez Sánchez el 2 de abril de 2001, con independencia de que la infracción hubiera prescrito, como así se hacía constar en la Resolución ahora impugnada, por lo que, en consecuencia, no procede imponer sanción, como así se hizo, pero sí la obligación de reparar las deficiencias detectadas. En este sentido, y de acuerdo con numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo, entre otras, las sentencias del Tribunal Supremo de 25 de mayo y 22 de noviembre de 1999, 2 de noviembre de 2000, y la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala Novena de lo Contencioso-Administrativo, de 12 de junio de 2007. En definitiva, es preciso distinguir entre la prescripción de la falta administrativa muy grave del artículo 153.C.6) del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2114/1968, de 24 de julio, a la cual le es aplicable el plazo de prescripción de tres años del artículo 132 de la reiterada Ley Procedimental, y la obligación de reparar los defectos de construcción, de carácter puramente civil, para cuyo ejercicio la legislación de Viviendas de Protección Oficial concede el plazo de cinco años desde el momento de la calificación definitiva para reclamar los vicios o defectos de la construcción. Tercero Manifiesta el recurrente que, con carácter subsidiario, se ratifica íntegramente en su escrito de alegaciones de 21 de julio de 2006. Ante ello, conviene precisar que dichas alegaciones fueron todas ellas contempladas en la Resolución ahora impugnada. Solo cabe, por tanto, insistir que los hechos denunciados están comprobados por los Servicios Técnicos de esta Administración que inspeccionan la vivienda, y que se reflejan en los informes de fechas 28 de agosto de 2001, 16 de mayo de 2003 y 13 de abril de 2004. Dichos informes emitidos por los Servicios Técnicos competentes gozan de una presunción de imparcialidad y objetividad de quien actúa con independencia de los intereses enfrentados de los particulares, como así se pronuncia distinta jurisprudencia, entre otras, las sentencias del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 1989 y 26 de febrero de 1992. En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, que propone la desestimación del recurso de alzada interpuesto DISPONGO Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Francisco Javier Hoyos Seijo, en nombre y representación de “Dragados, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, y confirmar dicha Resolución en todos sus términos. Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o bien ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo del domicilio del demandante, a elección de este último. Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (03/1.246/10)

Pág. 134

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio Resolución de 12 de enero de 2010, por la que se hace pública convocatoria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de suministro de “Repoblación piscícola de ríos de la Comunidad de Madrid con trucha arco iris año 2009-2011” (expediente número 4-F/10). 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación. c) Número de expediente: 10-SU-00022.8/2009. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Repoblación piscícola de ríos de la Comunidad de Madrid con trucha arco iris año 2009-2011. b) Número de unidades a entregar: 40.000 kilogramos. c) División por lotes y número: 0. d) Lugar de entrega: Ríos y embalses consorciados de la Comunidad de Madrid. e) Plazo de entrega: La ejecución comenzará desde el día siguiente a la formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2011. 3. Tramitación, procedimiento y criterio de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterio: Varios criterios. 4. Presupuesto base de licitación: — Importe total: 147.660 euros. — Base imponible: 138.000 euros. — IVA: 9.660 euros. 5. Garantía provisional: Importe de la garantía, 4.140 euros. 6. Obtención de información: a) Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. b) Domicilio: Calle Princesa, número 3, décima planta. c) Localidad y código postal: 28008 Madrid. d) Teléfono: 915 801 634. e) Telefax: 915 803 993. f) Fecha límite de obtención de información: Hasta el día anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. g) Horario: De nueve a catorce. 7. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación según el RGLACAP: No se exige. b) La solvencia económica y financiera se acreditará por los siguientes medios: — Artículo 64 de la LCSP, apartado 1.c): Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Criterios de selección: Se precisará un volumen mínimo de facturación media de los tres anteriores ejercicios superior a 64.000 euros/año (que es aproximadamente el 85 por 100 del importe del proyecto en 2010). c) La solvencia técnica o profesional se acreditará por los siguientes medios: — Artículo 66 de la LCSP, apartado a): Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

8. a)

b) c)

d) e) 9. a) b) c) d) e)

B.O.C.M. Núm. 22

Criterios de selección: Se precisará haber desarrollado al menos dos suministros similares en los últimos tres años (se entiende por trabajo similar la repoblación en vivo de ejemplares adultos de trucha arco iris en un número de kilo y volumen de facturación que suponga al menos el 85 por 100 del presente contrato). — Artículo 66 de la LCSP, apartado b): Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Criterios de selección: Disponibilidad de un conductor y un peón especialista en repoblaciones por cada vehículo. Todo ello con el fin de minimizar los riesgos inherentes al transporte de ejemplares vivos. — Artículo 66 de la LCSP, apartado c): Descripción de las instalaciones técnicas (citando expresamente las dimensiones de las pilas de crecimiento y las densidades de carga de las mismas), de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Criterios de selección: Deberá realizarse una descripción de las instalaciones (citando expresamente las dimensiones de las pilas de crecimiento y las densidades de carga de las mismas). Se considerará imprescindible la declaración de que las piscifactorías de las que procedan o por las que hayan pasado los ejemplares objetos de este suministro estén incluidas en el listado de zonas libres autorizadas respecto de la SHV y NHI en España, según las indicaciones de la Comisión de la Unión Europea, o acrediten las condiciones precisas y aceptación del procedimiento para su inclusión en él. Así como la ausencia de mejillón zebra en dichas masas de agua e instalaciones. En concreto, debe acreditar la disponibilidad de una instalación en un radio inferior a los 200 kilómetros de Madrid y un vehículo de transporte de peces con carga de 2.000 kilogramos y otro de al menos 300 kilogramos con refrigeración y elementos de aireación y oxigenación de agua que se considerará un requisito imprescindible. — Artículo 66 de la LCSP, apartado e): Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante. Criterios de selección: Una fotografía en color fechada del ejemplar completo y descripción del peso, medida y fecha de eclosión del mismo por cada clase de edad. Presentación de ofertas: Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del decimoquinto día natural contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el plazo finalizase en sábado o inhábil, se admitirán las proposiciones hasta el siguiente día hábil. Documentación a presentar: La señalada en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Lugar de presentación: 1.o Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Área de Contratación. 2.o Domicilio: Calle Princesa, número 3, décima planta. 3.o Localidad y código postal: 28008 Madrid. 4.o Horario: De nueve a catorce. Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses. Admisión de variantes: No. Apertura de las ofertas técnicas: Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. Domicilio: Calle Princesa, número 3, primera planta. Localidad: Madrid. Fecha: Al octavo día natural a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de ofertas. Si este fuese sábado o inhábil, se celebrará el primer día hábil siguiente. Hora: A las once.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

10. Apertura de las ofertas económicas: a) Entidad: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio. b) Domicilio: Calle Princesa, número 3, primera planta. c) Localidad: Madrid. d) Fecha: Se publicará con cuarenta y ocho horas de antelación en el portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid. 11. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. El número y denominación de los sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. 12. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán por cuenta del adjudicatario. 13. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea” (en su caso): ... 14. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos En Madrid, a 12 de enero de 2010.—El Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Alfonso Moreno Gómez. (01/311/10)

Consejería de Sanidad HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ” Resolución de 13 de enero de 2010, de la Dirección-Gerencia, por la que se anuncia procedimiento abierto de servicios: PA 2/10, contratación del servicio de mantenimiento de la electrónica de red del HULP y centros dependientes. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Universitario “La Paz”. b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contratación. c) Número de expediente: PA 2/10. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Contratación del servicio de mantenimiento de la electrónica de red del HULP y centros dependientes. b) Número de unidades a entregar: Ver Pliego de Prescripciones Técnicas. c) Lugar de ejecución: Hospital Universitario “La Paz”. d) Plazo de ejecución: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Pluralidad de criterios. 4. Presupuesto base de licitación: 105.000 euros. 5. Garantía provisional: Ver Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Hospital Universitario “La Paz”. Unidad de Contratación, planta segunda del edificio “Escuela de Enfermeras”, de lunes a viernes, en horario de ocho a doce. b) Domicilio: Paseo de la Castellana, número 261. c) Localidad y código postal: 28046 Madrid. d) Teléfonos: 917 277 312 y 917 277 247. e) Fax: 917 277 047. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: El día 12 de febrero de 2010.

Pág. 135

7. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: El día indicado en el apartado f) del punto 6, en horario del registro. b) Documentación a presentar: La especificada en el pliego de cláusulas. c) Lugar de presentación: Hospital Universitario “La Paz” (Registro General), planta sótano del Hospital Maternal, paseo de la Castellana, número 261, 28046 Madrid. d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Dos meses contados a partir de la apertura de las proposiciones. e) Admisión de variantes: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 9. Apertura de las ofertas: a) Entidad: Hospital Universitario “La Paz” (Sala de Juntas del edificio “Escuela de Enfermeras”, segunda planta). b) Domicilio: Paseo de la Castellana, número 261. c) Localidad: Madrid. d) Fecha y hora: — Apertura de ofertas dependientes de un juicio de valor: El día 3 de marzo de 2010, a las nueve y cuarenta horas. — Apertura de ofertas económicas: El día 10 de marzo de 2010, a las nueve y cincuenta horas. 10. Otras informaciones: ... 11. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será por cuenta del adjudicatario. 12. Fecha de envío al “Diario Oficial de la Unión Europea”: No procede. 13. En su caso, portal informático o página web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos y www.hulp.es Madrid, a 13 de enero de 2010.—El Director-Gerente, Rafael Pérez-Santamarina Feijoo. (01/285/10)

Consejería de Sanidad HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ” Resolución de 18 de enero de 2010, del Hospital Universitario “La Paz”, por la que se modifica la fecha de apertura del procedimiento abierto PA 2010-0-01, “Material sanitario: Suturas manuales”. En relación con el anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 230, de 28 de septiembre de 2009. Donde dice: “Punto 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: Apartado d), plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses contados a partir de la apertura de las proposiciones”. Debe decir: “Punto 8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: Apartado d), plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 3 de abril de 2010”. Donde dice: “Punto 9. Apertura de ofertas: Apartado d), fechas y horas: Apertura ofertas económicas: 25 de noviembre de 2009, a las nueve y treinta horas”. Debe decir: “Apartado c), apertura ofertas económicas: 3 de febrero de 2010, a las diez y cincuenta horas”. Madrid, a 18 de enero de 2010.—El Director-Gerente, Rafael Pérez-Santamarina Feijóo. (01/259/10)

Pág. 136

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

Notificación de aviso de caducidad del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema.

Notificación de resolución de conclusión del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema por fallecimiento del solicitante.

Notificación de aviso de caducidad del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia del derecho a las prestaciones del sistema. En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido notificar a las mismas por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan a continuación el aviso de caducidad del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia. Los interesados deberán personarse en la sede de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expediente instruido, con la advertencia de que, si así no lo hicieran, transcurridos tres meses desde la publicación de este anuncio se producirá la caducidad del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido notificar a las mismas por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan a continuación la conclusión del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia, por causas sobrevenidas, al haberse producido el fallecimiento del solicitante. Para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto, cualquier interesado podrá personarse en la sede de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expediente. Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—La Subdirectora General de Coordinación de la Atención a la Dependencia, Elena Granados Vaquero.

ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE AVISO DE CADUCIDAD DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA Número de expediente. — Interesado 3167/2007. — ANTONIA GONZALEZ GUILLEN. 14270/2007. — AGUSTIN PEDRAZA LOPEZ. 14465/2007. — MARIA DOLORES TABOADA BARREIRA. 15990/2007. — AURORA CEDIEL AGUDO 187/2008. — OLVIDO GARCIA RUBIO 5137/2008. — PILAR DE LA FUENTE GALAN 6369/2008. — ADORACION CARBONERO REDONDO. 8652/2008. — ANA LAFUENTE GARRIDO. 9798/2008. — GUADALUPE NICOLAS ROMERALO. 10291/2008. — ANDRES GONZALEZ MONTOYA. 12590/2008. — ANTONIO BAENA SAN EUFRASIO. 17386/2008. — RESTITUTO MARTIN ARROYO. 17426/2008. — VICENTA CASAÑ BLASCO. 17488/2008. — VICTOR PEREZ PAMPLIEGA. 24137/2008. — ANTONIA ROJAS MACEDO. 26026/2008. — JOSE LUIS SANZ GUZMAN. 26652/2008. — APOLONIA CARRETERO VELEZ. 245/2009. — MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ LACABA. 368/2009. — EDUARDO MALLEN MURILLAS. 661/2009. — DELFINA RAMOS DEL ALAMO. 864/2009. — ANGELA ZAMBRANO BARRENA. 1007/2009. — GRISELDA HERNAN MADRIGAL. 1683/2009. — ROSA FERNANDEZ HERNANDO. 2530/2009. — DOLORES PAYA MIRALLES. 2885/2009. — MARIA ANGELES CALDERON HERNANDEZ. 4392/2009. — PILAR PUIGCERVER CAMPOS. 5470/2009. — PEDRO LLORENTE CALLE. 5636/2009. — BENITA CABEZUDO PEREZ 6458/2009. — MARIA DEL CARMEN UGARTE MODREGO. 6788/2009. — CEFERINA DEL VALLE MARTIN. 6821/2009. — LUCIA LEAL BRAVO. 6936/2009. — PRISCILIANA FLORA SANCHEZ-CARO GARCIA. 6989/2009. — PEDRO BENITEZ CARRASCO. 7031/2009. — VICENTE DELGADO IRAZUEGUI. 7045/2009. — JULIANA RECIO MARTIN. 7141/2009. — DOLORES PEÑALBA BERNARDO. 7455/2009. — VICTORIANO FELEZ ANDREVIS. 7893/2009. — ANGELA BRICEÑO CORNELIO. 8200/2009. — ERNESTINA OLMEDO DIAZ-HELLIN. 8415/2009. — MERCEDES ADRIANA NEIRA BURI. 8798/2009. — PURIFICACION LEON MATA. 8978/2009. — ANGEL SANCHEZ PAJARES. 9890/2009. — FRANCISCA PICO GOMEZ. 17335/2009. — MODESTA BLAZQUEZ SAEZ. 20844/2009. — BENITA TORRES COSTA. 22206/2009. — RAMONA MARTIN FERNANDEZ.

Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—La Subdirectora General de Coordinación de la Atención a la Dependencia, Elena Granados Vaquero. (03/1.254/10)

ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA POR FALLECIMIENTO DEL SOLICITANTE Número de expediente. — Interesado 2427/2007. — CRISTINA PETRA RAMOS ORTEGA. 5162/2007. — ANTONIO PARDA LARIA. 6816/2007. — CAROLINA CEACERO MORENO. 6915/2007. — DOLORES BANDEZ MUDARRA. 7096/2007. — AMALIA SERRANO GIRON. 7128/2007. — MARIA MORIÑIGO SANCHEZ. 7355/2007. — RAMONA PEREZ LOPEZ. 7356/2007. — GUMERSINDA IGLESIAS ROBLEÑO. 7989/2007. — PEDRO BRAVO HERRANZ. 8253/2007. — PETRA MONTES VILLALBA. 8290/2007. — PEDRO GARCIA ESCUDERO. 8748/2007. — MARIA ALAMAÑAC PARDO. 8803/2007. — PEDRO VARA SAN SEGUNDO. 8813/2007. — MORA ZOILA MANCHEÑO. 10128/2007. — CARMEN SANCHEZ LENO. 10402/2007. — GREGORIO GALINDO MESA. 12116/2007. — FERNANDA VICENTE TOBARUELA. 12321/2007. — JOSE VALLE GIMENO. 12659/2007. — DOLORES CUELLAR HIDALGO. 13325/2007. — JESUS RODRIGUEZ DE PALACIO. 13352/2007. — ENCARNACION GABARRON HUESCAR. 13600/2007. — JOSE MORENO CARRIQUI. 13624/2007. — JUANA NUÑEZ MELLADO. 13653/2007. — SANTIAGA NAVAS NAVAS. 13894/2007. — JOSE MARIA LLAMAS MUÑOZ DE LEON. 13976/2007. — MARIA ARIAS ARIAS. 14166/2007. — GONZALO QUIROGA LOPEZ. 14347/2007. — JOSE ANTONIO BARAHONA DE LA TORRE. 14387/2007. — JOSEFA VILLEGAS RUIZ. 14584/2007. — FERNANDO DIAZ PEREZ. 14724/2007. — MERCEDES NUÑO MOLINA. 14855/2007. — ILDEFONSO ZURITA SANCHEZ-PALOMO. 15092/2007. — ILDEFONSO IZQUIERDO LAZARO. 15721/2007. — CATALINA YELMO BARBA. 15789/2007. — TEODORO PEREZ LUQUE. 16223/2007. — NICOLAS CIRUELOS CARVAJAL. 16376/2007. — JOSEFA MICO RAMIREZ. 486/2008. — EMILIANO ZULAICA VIDAURRE. 825/2008. — MARIA LOPEZ RODRIGUEZ. 1130/2008. — PAULINA BERMEJO LUMBRERAS. 1292/2008. — POLICARPO ABAD FERNANDEZ. 1331/2008. — RAFAEL GIL JARA. 1533/2008. — RAMONA FUENTES ERIMBURO. 1603/2008. — ALFONSO MANZANAL PEREZ. 1769/2008. — ENRIQUE CEREZO CARRASCO. 1791/2008. — GUADALUPE AUGUSTO GARCIA. 1942/2008. — JOSE MORENO BRAVO. 2029/2008. — MANUELA CANENCIA GONZALEZ. 2911/2008. — PETRA MUÑOZ PUERTO. 3646/2008. — AGUEDA HERRANZ CURA. 4095/2008. — DIEGO SARRIA VILLALBA.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

4237/2008. — LUCIO EUGENIO PILEÑO MIJARES. 4402/2008. — OBDULIA BURGOS ARROYO. 4504/2008. — CIRIACO BLANCO ULLOA. 4593/2008. — CARIDAD ANTONIA RODRIGUEZ JUSTAMANTE. 4609/2008 BIS. — FLORINDA GONZALEZ FERRERO. 4705/2008. — MANUELA RODIL GARCIA. 4733/2008. — MANUELA LUIS CEREZUELA. 4847/2008. — JERONIMO DOBLADO ORTEGA. 4906/2008. — FERMIN FRANCISCO BLANCO. 4959/2008. — ANTONIO SANCHEZ MUÑOZ. 4963/2008. — CONCEPCION GINER MELERO. 4983/2008. — NIEVES GARCIA-ARGÜELLES GARCIA-LAY. 5129/2008. — JUAN MANUEL BERBEL MONTOYA. 5153/2008. — ENRIQUETA GALLEGO CASTELLANOS. 5485/2008. — MARIA OLALLA GARCIA CORRALIZA. 5585/2008. — JUAN JOSE FERNANDEZ MARTINEZ. 5625/2008. — ESTEBAN NIETO TERUEL. 5689/2008. — BLAS SANCHEZ QUINTANA. 5946/2008. — ANTONIO RAMOS VERDEJO. 6062/2008. — ADELAIDA POLONIA LOPEZ SANZ. 6214/2008. — TEODORO BUENO JIMENEZ. 6270/2008. — ANGEL DURAN ESTEBAN. 6398/2008. — MANUEL PLAZA RUEDA. 6431/2008. — FELIX GALLEGO IBAÑEZ. 6535/2008. — MAXIMO PEÑALVER GONZALEZ. 6580/2008. — FERNANDO QUERO FERNANDEZ. 6647/2008. — MANUEL MARTOS DE LA OSSA. 6715/2008. — CATALINA SANCHEZ GARCIA. 6860/2008. — CARMEN GALLEGO VICENTE. 6967/2008. — LUIS SESMA MORAN. 7199/2008. — LUISA POZO ROMERO. 7337/2008. — MELANIA GIL MARTIN. 7342/2008. — PETRA PEINADO DEL CASTILLO. 7386/2008. — JUANA ENCARNACION DE CASAL GALAN. 7716/2008. — ANTONIO GONZALEZ DIAZ. 7974/2008. — SALUSTIANO NUÑEZ GOMEZ. 8131/2008. — ESTEBAN BARTOLOME DE JUAN. 8238/2008. — GREGORIA GRACIA ROCHE. 8673/2008. — SATURNINO MIGUEL JUAN LOPEZ. 8950/2008. — MANUEL DELGADO DELGADO. 10562/2008. — AGUSTINA GONZALEZ ALVAREZ. 11075/2008. — MARIA OLIVARES PARRA. 11269/2008. — FRANCISCO CARLOS RODRIGUEZ-SOLANO MARTIN-MATEOS. 11343/2008. — FELIX BENEGAS MANGAS. 11666/2008. — MARCELINA GARCIA FONSECA. 12227/2008. — VICTOR PARDO RUIZ. 23086/2008. — JOSE GIL SANCHEZ. 23656/2008. — ENRIQUE PEREZ CAMARERO. 24380/2008. — ANTONIA MORENO MUÑOZ. 24381/2008. — MAGDALENA RUIZ CIFUENTES. 24382/2008. — RAFAEL AMAT MORENO. 24383/2008. — ELENA PHILIPSEN GOMEZ. 24384/2008. — ANGEL JIMENEZ GARCIA. 24385/2008. — LUIS GONZALEZ FERREIRA. 24386/2008. — JUANA SERRANO CORTES. 24387/2008. — MANUEL MENDEZ FERNANDEZ. 24388/2008. — ADOLFO GARCIA BENAYAS. 24389/2008. — JAIME PEREZ DONOSO. 24390/2008. — SATURNINA LUCIO GONZALEZ. 24391/2008. — TEODORA BERNARDO BARO. 24392/2008. — FELISA REDONDO REDONDO. 24548/2008. — VICTORINA CLEMENTE OLMO. 24696/2008. — CARMEN ARCAS TRILLO. 24697/2008. — PILAR FERNANDEZ BELLIDO. 24698/2008. — PILAR FRANCES ROS. 24699/2008. — VICENTA GALVEZ ROMERO. 24700/2008. — JOSE GAYO SANCHEZ. 24701/2008. — ANGELES MARTINEZ GARCIA. 24702/2008. — ALBERTO LIANES GARCIA. 24703/2008. — GREGORIO RICO POLO. 24704/2008. — JOSE ROMERO LORENZO. 24775/2008 BIS. — MARIA TERESA RODRIGUEZ IGLESIAS. 25274/2008. — JOSE DAGANZO ARENAS. 25684/2008. — JOSE MARTIN GIL. 25685/2008. — FELIX DEL VAL MARTIN. 25687/2008. — RAMON DE MIGUEL MARTIN. 25688/2008. — EMIGDIO HERRERO RIOS. 25690/2008. — AURORA ROSADO VIOSCA. 25694/2008. — FLORENCIA GARCIA SANCHEZ. 25695/2008. — FRANCISCO RODRIGO JIMENEZ. 25696/2008. — EMILIO GALINDO RODRIGUEZ. 25697/2008. — PETRA FERNANDEZ TORRES. 25698/2008. — CARMEN VILLA PARRA. 25699/2008. — CONSUELO LOZANO AVIZ. 26132/2008. — LUIS PERDIGUERO CHAMORRO. 26134/2008. — JESUS ARROYO IZQUIERDO. 26136/2008. — MARIA OLIVA RIVAS REY.

Pág. 137

26137/2008. — FELIPE FERNANDEZ MARTIN. 26138/2008. — TEODOSIO LASECA ARRIBAS. 26139/2008. — JUAN ANTONIO SANZ GOMEZ. 26143/2008. — FRANCISCO CASADO DE DIOS. 26145/2008. — SALVADORA FERNANDEZ FERREIRA. 26146/2008. — ANGELES MARIÑO VENTURA. 26147/2008. — JUAN MANUEL CARRERA DEL CORRAL. 26447/2008. — JOSE MARIA PASCUAL VILLAGRA.

(03/1.249/10)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales Notificación de suspensión del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema. En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido notificar a las mismas por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan a continuación la suspensión del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia. Los interesados deberán remitir a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, un informe de salud actualizado para que se produzca el levantamiento de dicha suspensión, y se continúe con la tramitación del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—La Subdirectora General de Coordinación de la Atención a la Dependencia, Elena Granados Vaquero. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA Número de expediente. — Interesado 22130/2008. — RAMON ALBERTO JUNQUERA BALBIN. 6539/2009. — ELENA MARIA GONZALEZ SANCHEZ. 6580/2009. — MARIA ORTIZ ABRIL. 8743/2009. — DOLORES ASIAN PARRA. 10010/2009. — FERNANDO DE LANZAS ULELIA. 10033/2009. — JOSE TAVARES PAREDES. 10444/2009. — ROSARIO DE LA LLAVE FERNANDEZ.

(03/1.247/10)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales Notificación de resolución de grado y nivel del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y establecimiento del Programa Individual de Atención. En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido notificar a las mismas por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan a continuación la resolución de grado y nivel del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del establecimiento del Programa Individual de Atención. Para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto los interesados podrán personarse en la sede de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expediente. Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—La Subdirectora General de Coordinación de la Atención a la Dependencia, Elena Granados Vaquero.

Pág. 138

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE GRADO Y NIVEL DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y ESTABLECIMIENTO DEL PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN Número de expediente. — Interesado HE 2008/2008. — DOROTEO BARBA PEÑALVER. HE 2016/2008. — JOSE SANTIAGO OLMOS MARTINEZ. HE 2017/2008. — MARIA ISABEL ORTEGA VALDEPEÑAS. HE 2021/2008. — SERAFIN ARANDA CUESTA. HE 2022/2008. — MARIANO CARROBLES PARRILLA. HE 2023/2008. — JUAN JOSE GAMINO ABAD. HE 2024/2008. — SERGIO GARCIA-MORA ACERO. HE 2025/2008. — TOMAS GINORY GARCIA. HE 2026/2008. — ELENA LOPEZ GONZALEZ. HE 2027/2008. — EMILIO LUCAS DE VILLARRUBIA. HE 2028/2008. — MARIA CARMEN CABALLERO MEMBRILLO. HE 2029/2008. — ABBAS HUSSEIN TERMOS. HE 2030/2008. — JOSE ANTONIO GEA ORTIZ. HE 2033/2008. — CARLOS EDUARDO MARCO MAGALLON. HE 2035/2008. — MARGARITA TIRADO HERRANZ. HE 2036/2008. — AMADOR PRIETO FLORES. HE 2037/2008. — JUANA MARIA LOPEZ CRUZ. HE 2039/2008. — MERYL ELISABET DUNCAN ROBERTS. HE 2040/2008. — NATIVIDAD CASTRO MORENO. HE 2041/2008. — MARISOL GONZALEZ MORAN. HE 2042/2008. — DIEGO MARTINEZ-CASARIEGO MORENO. HE 2044/2008. — AMPARO RUIZ BASTANTE. HE 2046/2008. — MARIA TERESA GIRALDES BORBON GARCIA. HE 2047/2008. — MARIA NIEVES SANTANO SANCHEZ. HE 2048/2008. — DAVID HUERTA MUÑOZ. HE 2049/2008. — CONCEPCION PRIETO PEDRAZA. HE 2051/2008. — ROBERTO HERVIAS RINCON. HE 2052/2008. — MARIA GRACIELA CORTIZO HERRERA. HE 2056/2008. — MANUEL GOMEZ GAVILAN. HE 2057/2008. — ANGELO PATRICIO BORJA OREJUELA. HE 2058/2008. — JOSE ROMERO DIAZ. HE 2060/2008. — NURIA MORENO RISCO. HE 2063/2008. — JUAN CARLOS RODRIGUEZ FERNANDEZ PEINADO. HE 2066/2008. — GABRIEL MONTIL MARTIN. HE 2068/2008. — AMAYA RIVAS MEDINA. HE 2069/2008. — ANGEL FERNANDEZ TAMAME. HE 2070/2008. — FRANCISCA MORENO MORALES. HE 2071/2008. — PILAR VALLE DEL GONZALEZ. HE 2072/2008. — CESAR VAQUERO TORRIJOS. HE 2073/2008. — JUAN MANUEL ACEDO GONZALEZ. HE 2074/2008. — JOSE MIGUEL ALVAREZ RUIZ. HE 2076/2008. — JOSE CARLOS CUBILLANA GONZALEZ. HE 2077/2008. — FERNANDO DIAZ FERNANDEZ. HE 2078/2008. — JAVIER FRIAS BERMEJO. HE 2080/2008. — FRANCISCO JAVIER GARCIA GARCIA. HE 2084/2008. — JOSE LUIS GARCIA MARTIN. HE 2085/2008. — CARLOS GONZALEZ GARCIA. HE 2086/2008. — FRANCISCO JAVIER GONZALEZ GARCIA. HE 2087/2008. — LUIS GONZALEZ MORENO. HE 2089/2008. — MARIA JOSEFA GARCIA RUIZ. HE 2092/2008. — VANESA LORENZO HUERTAS. HE 2099/2008. — TOMAS MORGADO OLIVER. HE 2100/2008. — JOSE ANTONIO OCAÑA DIAZ. HE 2101/2008. — CARLOS ANDRES PEREZ BALSEIRO. HE 2102/2008. — JUAN CARLOS REVUELTA AGUILAR. HE 2103/2008. — LUCIA ROCHA BAUTISTA. HE 2105/2008. — CONCEPCION VALLE HORCAJO. HE 2107/2008. — MARIA CARMEN ALCOL ALCOL. HE 2108/2008. — MARIA LUISA ARRIOLA PALENZUELA. HE 2109/2008. — CRISTINA ASENSIO VARGAS. HE 2110/2008. — ENCARNACION BLANQUEZ GARCIA. HE 2111/2008. — JOSEFA CALVO CASILLAS. HE 2115/2008. — MERCEDES ESCRIBANO RUIZ. HE 2116/2008. — MARIA LUISA FARFAN SANCHEZ. HE 2119/2008. — MARIA ISABEL GARCIA CARDA. HE 2121/2008. — BELEN GOMEZ NAVARRO. HE 2122/2008. — MARIA TERESA GONZALEZ MONTEJANO. HE 2123/2008. — PILAR HERRERO GIRALDO. HE 2124/2008. — MARIA ROSARIO HORTIGUELA PALENCIA. HE 2125/2008. — CONSUELO LIZCANO GUTIERREZ. HE 2126/2008. — MARIA TERESA LOPEZ LOPEZ. HE 2127/2008. — DIONISIA LOPEZ MARTIN. HE 2130/2008. — INES LOZANO GRANDE. HE 2132/2008. — MARIA PAZ LUCAS GARCIA. HE 2133/2008. — MERCEDES MARTIN ASENJO. HE 2134/2008. — MILAGROS MARTIN GUTIERREZ. HE 2135/2008. — JOAQUINA RODRIGUEZ GRANADOS. HE 2136/2008. — MARIA JESUS ROJAS GONZALEZ.

B.O.C.M. Núm. 22

HE 2137/2008. — VALERIANA ROMO GARLITO. HE 2139/2008. — CARMEN SANCHEZ GUTIERREZ. HE 2141/2008. — DOLORES SANCHEZ TOLEDO. HE 2143/2008. — PILAR YUNTA CUESTA. HE 2147/2008. — FELICIANO JOSE GONZALEZ FERNANDEZ. HE 2151/2008. — MARIA PILAR VILLANUEVA VALENCIANO. HE 2153/2008. — ANA MARIA MARTINEZ ALMIDA. HE 2154/2008. — MARIA MARTINEZ MARTIN. HE 2155/2008. — GUADALUPE MONTERO CORTES. HE 2157/2008. — MERCEDES CATALAN DOMINGO. HE 2158/2008. — MARIA LUZ FERNANDEZ POVES. HE 2159/2008. — ASCENSION FRAILE ESCRIBANO. HE 2161/2008. — AURORA CARMEN GARCIA YAGUE. HE 2163/2008. — ELISA LOPEZ HERNANDEZ. HE 2164/2008. — MARIA CARMEN LOPEZ MARTIN. HE 2165/2008. — MARIA PILAR MORENO PEREZ. HE 2167/2008. — SUSANA OCHOA JIMENEZ. HE 2168/2008. — MARIA OLALLA PUEBLA. HE 2169/2008. — MARIA ANGELES OTERO ALONSO. HE 2171/2008. — DOLORES PEREZ GONZALEZ. HE 2177/2008. — MANUEL HERNANDEZ MELO. HE 2178/2008. — JESUS HERNANDO BERBEL. HE 2179/2008. — CESAR CARLOS JIMENEZ CAMPOS. HE 2180/2008. — VICENTE JIMENEZ MARTINEZ. HE 2181/2008. — DAVID LOPEZ CAMACHO. HE 2182/2008. — JOSE LUIS LOPEZ MORENO. HE 2183/2008. — ISRAEL LOPEZ-TAPIA CRESPO. HE 2184/2008. — CRISTOBAL LORENZO GIL. HE 2185/2008. — FCO JAVIER MARTIN GUERRERO. HE 2186/2008. — MAURICIO MARTIN RUIZ. HE 2188/2008. — JUAN MENDEZ CABALLERO. HE 2189/2008. — SANTIAGO MONTERO FERNANDEZ. HE 2190/2008. — CARLOS ORTEGA MANZANEQUE. HE 2191/2008. — MARIO PRIETO CONDE. HE 2192/2008. — GONZALO QUEVEDO CARRASCO. HE 2193/2008. — ALFREDO RAMIREZ CASTILLO. HE 2195/2008. — ALVARO SANTAMARIA MARTINEZ. HE 2196/2008. — ANTONIO TORRE DE LA SANZ-FRUTOS. HE 2197/2008. — PEDRO ZAYAS GARCIA. HE 2201/2008. — CARLOS CASTRILLO QUINTANA. HE 2205/2008. — FRANCISCO JULIO GUTIERREZ RODRIGO. HE 2206/2008. — DAVID MACARRILLA SANTAMARIA. HE 2207/2008. — SEBASTIAN MANTILLA COLLANTES. HE 2209/2008. — MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ AMO DEL. HE 2215/2008. — FRANCISCA ESTEVEZ FERNANDEZ. HE 2216/2008. — JUAN REYES PEREZ. HE 2217/2008. — MARIANO RUBIO GARCIA. HE 2218/2008. — JOAQUIN RUIZ RUIZ. HE 2219/2008. — JESUS B MERCHAN DIAZ. HE 2220/2008. — VICENTE BRIONES ARENAS. HE 2223/2008. — ELENA LLINAS CURA DEL. HE 2224/2008. — JULIO ALVAREZ FERNANDEZ. HE 2225/2008. — RAFAEL CAMPOS MONFORT. HE 2226/2008. — JOSE IGNACIO CELA JULIAN DE. HE 2227/2008. — VICTOR LLANOS VERA. HE 2228/2008. — PILAR MARTINEZ ARRACO. HE 2229/2008. — ALICIA MARTINEZ OLMO. HE 2230/2008. — JOSE C MERINO TIRADO. HE 2231/2008. — ANGEL MANZANARES ARAUZO. HE 2232/2008. — ALMUDENA MARTIN COBACHO. HE 2233/2008. — ANGELA MARTIN SANCHEZ. HE 2234/2008. — MARIA JOSE MIGUEL PALACIOS. HE 2235/2008. — JOSE ANTONIO MONTORO BUENO. HE 2236/2008. — DOLORES PIEDRA ALVAREZ. HE 2237/2008. — RODRIGO RENEDO HERNANDEZ. HE 2238/2008. — ANTONIO RODRIGUEZ PIZARRO. HE 2239/2008. — LOURDES ROJAS MARTIN. HE 2240/2008. — MIGUEL ANGEL ROJAS MARTIN. HE 2241/2008. — PURIFICACION SALAMANCA MACIAS. HE 2242/2008. — JULIAN SANCHEZ ALVARO. HE 2243/2008. — JOSE MARIA SANZ MARTINEZ. HE 2245/2008. — MARQUINA ALONSO ARIAS. HE 2246/2008. — ROSA FERNANDEZ GARCIA. HE 2247/2008. — JULIANA FERNANDEZ HERAS DE LAS. HE 2250/2008. — ISABEL LEDO CHAMIZO. HE 2252/2008. — MARIA ELENA RUBIO VALDIVIESO. HE 2254/2008. — ENCARNACION VALLE FERNANDEZ. HE 2256/2008. — ROSARIO BRINGAS VALDIVIESO. HE 2258/2008. — MARIA MERCEDES CARRALERO GOMEZ. HE 2259/2008. — PETRA CARRASCO ROYAN. HE 2262/2008. — ROSA COLMENAR REQUEJO. HE 2263/2008. — DOLORES GAMITO MANJON. HE 2264/2008. — TOMASA GARCIA SANTANA. HE 2265/2008. — MARIA TERESA GARRIDO SERNA. HE 2269/2008. — ELENA GOMEZ SESEÑA. HE 2271/2008. — MARIA LUISA GONZALEZ MOREIRA. HE 2272/2008. — MARIA SOL DE CELIS HERRAEZ. HE 2273/2008. — OSCAR IZQUIERDO MARTINEZ. HE 2276/2008. — ENRIQUE ALVAREZ ALVAREZ.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

HE 2277/2008. — NANCY JAQUELINE ESPINAL MALDONADO. HE 2282/2008. — MONTSERRAT HONTANA SANCHEZ. HE 2283/2008. — FELIPA LENDRINO MUÑOZ. HE 2285/2008. — MARGARITA MAROTO BARRERA. HE 2300/2008. — MARIA VALLE TROMPET LOPEZ. HE 2306/2008. — ISIDORO FERNANDEZ VALBUENA. HE 2310/2008. — JOSE JORQUERA ARREBOLA. HE 2317/2008. — UBALDO SANCHEZ JIMENEZ. HE 2319/2008. — DANIEL VALERO SANCHEZ. HE 2334/2008. — LUISA MANCEBO MARCOS. HE 2338/2008. — DOLORES MONTORO MONTERO. HE 2344/2008. — MARIA MAR BERRIOS MASEDO. HE 2345/2008. — SERGIO BORRAS BENITEZ. HE 2346/2008. — MARIA ISABEL CARMONA CAMACHO. HE 2347/2008. — ANA MARIA CORTES ALEJANDRA. HE 2348/2008. — RODRIGO CUELLAR HERRAEZ. HE 2349/2008. — ROSA DIAZ RODRIGUEZ. HE 2350/2008. — JUANA MARIA GALIANO MEZQUIDA. HE 2351/2008. — ELVIRA GARCIA DIAZ. HE 2352/2008. — SOLEDAD GARCIA MOLINA. HE 2353/2008. — MIGUEL ANGEL GARCIA PEREZ. HE 2354/2008. — MARIA ANGELES GIL BALTASAR. HE 2355/2008. — RUBI GUTIERREZ BRAVO. HE 2356/2008. — ALBERTO HERRERA NUÑEZ. HE 2357/2008. — SILVIA LOPEZ HERNANZ. HE 2358/2008. — JUAN LOPEZ RUIZ. HE 2361/2008. — ANTONIO ASUNCION VISITACION. HE 2368/2008. — JAVIER CORRAL ALMENDARIZ. HE 2388/2008. — ANTONIO LOPEZ TERA. HE 2389/2008. — PEDRO ALMENDRO RODRIGUEZ. HE 2391/2008. — JOSE ANTONIO DONOSO PEDRERA. HE 2392/2008. — ANTONIO JESUS GARCIA BERNAL. HE 2403/2008. — SILVIA MARTIN DOMINGUEZ. HE 2404/2008. — MARTIN DE MIGUEL GOMEZ. HE 2406/2008. — ANTONIO GUERRERO RODRIGUEZ. HE 2407/2008. — TIMOTEO CALVO SANTOS. HE 2409/2008. — JUAN COLLADO PULPON. HE 2410/2008. — MIGUEL RODRIGUEZ BLANCO. HE 2411/2008. — MERCEDES GARCIA JIMENEZ. HE 2413/2008. — RUFINO JAIME FERNANDEZ. HE 2414/2008. — MIGUEL ANGEL FERRERAS GONZALEZ. HE 2415/2008. — JUAN DE BURGOS ROMAN. HE 2416/2008. — EVA MARIA CALLE SANCHEZ. HE 2417/2008. — MANUELA FRESNO RUIZ. HE 2420/2008. — MARIE KELLY SARMIENTO CASTILLO. HE 2423/2008. — JOSE MARIA ORDEJON MATEO. HE 2425/2008. — ROBERTO OSUNA AYALA. HE 2427/2008. — MARIA ASUNCION COMBARROS PRIETO. HE 2428/2008. — VICTOR NIETO NOMBELA. HE 2429/2008. — VANESA RODRIGUEZ NAVAS. HE 2430/2008. — JAVIER RAFAEL GOROSTIZAGA URCULO. HE 2431/2008. — GABRIEL FERNANDEZ LOZANO. HE 2434/2008. — JOSE ANTONIO MOYANO VICENTE. HE 2435/2008. — LUIS ALBERTO BUSTILLO SIMON. HE 2437/2008. — LUIS MIGUEL DE LA VEGA ROJAS. HE 2438/2008. — PALOMA ALEMANY CALDERON. HE 2439/2008. — ALEGRIA QUIROS FERNANDEZ. HE 2440/2008. — VERONICA MOLINERO MORENO. HE 2441/2008. — PEDRO GARCIA DOÑORO. HE 2444/2008. — JUAN ANTONIO GARVIN GOMEZ. HE 2454/2008. — ALFONSO LOPEZ GARCIA. HE 2458/2008. — MARIANO LUNAR HERNANDEZ. HE 2463/2008. — AGUSTIN NEGRO CARRERAS. HE 2472/2008. — ANSELMO REY NAVASA. HE 2484/2008. — CESAR SERRANO LILLO DEL POZO. HE 2487/2008. — JUAN IGNACIO PEREZ FERNANDEZ. HE 2494/2008. — MERCEDES AVILES VICTORIA. HE 2506/2008. — MIGUEL ANGEL CASAS ESCOBAR. HE 2507/2008. — FERNANDO CASTILLO VILLALBA. HE 2508/2008. — FCO. JAVIER CAMPOS FUENTES. HE 2509/2008. — MANUEL SERRANO GONZALEZ. HE 2510/2008. — MARIA MERCEDES ALONSO CEREZO. HE 2511/2008. — DAVID OJEDA IGLESIAS. HE 2512/2008. — JUAN MIGUEL GUTIERREZ PEREZ. HE 2513/2008. — VERONICA BEAMUD SUAREZ. HE 2514/2008. — FELIX OKENE. HE 2515/2008. — MERCEDES REINA YEBRA. HE 2516/2008. — MOISES GONZALEZ BAYAL. HE 2517/2008. — MARIA FERNANDA FERNANDEZ SAN JUAN. HE 2518/2008. — ALONSO CRUZ MINGO. HE 2519/2008. — MARTA ALVARO DE CRUZ. HE 2521/2008. — MARIA LUCIA SANTOS FELIX. HE 2523/2008. — ANGELA LOPEZ MORER. HE 2525/2008. — JORGE JUAN SANCHEZ ALMENT. HE 2526/2008. — PORFIRIO APARICIO LEON. HE 2528/2008. — JUDITH ALONSO SPEROTTO. HE 2530/2008. — MOUSSA WATARA. HE 2531/2008. — MARIA TERESA LELOUP PANSA. HE 2533/2008. — MERCEDES BORJA ECHEVARRIA.

HE 2534/2008. — BEATRIZ BLANCO SERENO. HE 2536/2008. — MARIA MERCEDES VALIENTE MARTINEZ. HE 2538/2008. — MARIA CARMEN ALVAREZ MARIN. HE 2539/2008. — MARIA ISABEL MARROQUIN BALLESTEROS. HE 2541/2008. — NOELY SILVEIRA MARTINS. HE 2543/2008. — ANTONIO TAPIA SABINO. HE 2544/2008. — MARIA SOLEDAD CASSE AGUADO. HE 2545/2008. — JOSE LUIS GUADARRAMA URBISO. HE 2546/2008. — ANTONIO ALDAVERO RODRIGUEZ. HE 2548/2008. — MARIANO ESPINOSA CABALLERO. HE 2549/2008. — ISIDRO PEDRO CANO PEÑALTA. HE 2550/2008. — ROSA MARIA PEREZ MARQUEZ. HE 2551/2008. — JUAN ANTONIO HIGUERAS SIERRA. HE 2552/2008. — MIGUEL ANGEL CUADRADO MARTIN. HE 2553/2008. — RACHID BERLOCHE. HE 2554/2008. — JUAN FRANCISCO ANTON JIMENEZ. HE 2555/2008. — MARIA ADELIA GUIMARAENS RODRIGUEZ. HE 2556/2008. — SEGUNDO MIGUEL CENTENO MESA. HE 2557/2008. — MATILDE FRAILE SANZ. HE 2558/2008. — MIGUEL ANGEL NUÑEZ DIAZ. HE 2560/2008. — MARTHA LUZ CAICEDO BARAJAS. HE 2565/2008. — FRANCISCO DAVILA LABRADO. HE 2566/2008. — JUAN CARLOS SORIA GARCIA. HE 2567/2008. — JORGE PASCUAL LOPEZ. HE 2568/2008. — CARLOS MARIA MURIAS ZUGAZAGA. HE 2570/2008. — ANGELES TIERNO GARCIA. HE 2572/2008. — MARIA CARMEN DIEZ GARCIA. HE 2573/2008. — LEOPOLDO CORNEJO GALAN. HE 2574/2008. — DAVID AGUADO MELONES. HE 2575/2008. — JUAN CARLOS RAMIRO SIMON. HE 2576/2008. — MARIA ROSARIO PALOMO AGUADO. HE 2578/2008. — JUANA ISABEL RUIZ AVILES. HE 2579/2008. — RUBEN RAMOS RODRIGUEZ. HE 2580/2008. — ROSA ISABEL MALATO VILA. HE 2581/2008. — MARIA JESUS GARCIA GARCIA. HE 2582/2008. — JOSE MANUEL FERNANDEZ HERNANDEZ. HE 2584/2008. — JOSE ANTONIO CASADO RICOTE. HE 2585/2008. — MIGUEL ANGEL GARCIA MARROQUIN. HE 2586/2008. — ANA BELEN PENEDO ALVARO. HE 2589/2008. — JORGE ELISEO VENTURA GONZALEZ. HE 2590/2008. — ALBERTO ARRANZ SANCHO. HE 2591/2008. — JUAN ANTONIO GARRIDO CHAMORRO. HE 2592/2008. — PATXI-XABIER PALACIOS LOPEZ. HE 2593/2008. — RICARDO GALVEZ INCHAUSTI. HE 2594/2008. — JESUS RODRIGUEZ SUAREZ. HE 2595/2008. — MARIA LUISA MUÑOZ MARQUEZ. HE 2596/2008. — MARIA TERESA MORENO BURGOS. HE 2598/2008. — PEDRO LUIS MORENO GAMEZ. HE 2599/2008. — IVAN GUTIERREZ ESCALONA. HE 2600/2008. — JUAN FRANCISCO AGUDO CANALES. HE 2602/2008. — RAUL MARTIN TORRES VERGARA. HE 2603/2008. — VICENTE DE LA FUENTE IBAÑEZ. HE 2605/2008. — MARIA ISABEL GOMEZ LOBO. HE 2606/2008. — JESUS VALLEJO FERNANDEZ. HE 2607/2008. — GLORIA MARIA MONJE HERNANDEZ. HE 2608/2008. — MARIA DEL PILAR GONZALEZ SAN PEDRO. HE 2609/2008. — FLORENTINA RODRIGUEZ HUERTA. HE 2613/2008. — LUIS MAXIMO VELASCO DEL POZO. HE 2614/2008. — JOSE MANUEL ARGUDO MORENO. HE 2615/2008. — PEDRO LOPEZ GARRIDO. HE 2618/2008. — EDUARDO ZAPLANA BARCELO. HE 2620/2008. — ISRAEL CARABAÑA ESCOBAR. HE 2624/2008. — JOSE CARLOS ZAZO TAVIRA. HE 2625/2008. — JORGE DIEZ CARABANTES. HE 2626/2008. — MARIA LORETO MOLINA RAMIREZ. HE 2629/2008. — JAVIER GONZALEZ JORDAN. HE 2633/2008. — ELISENDA OCAÑA VILLUENDAS. HE 2636/2008. — VANESA JATO BLASCO. HE 2637/2008. — FELIX RODRIGUEZ CID. HE 2638/2008. — ARANZAZU ARAGON PEREZ. HE 2639/2008. — SONIA CANOSA DOCHADO. HE 2640/2008. — SUSANA MARTIN HERRANZ. HE 2644/2008. — FRANCISCA TRILLO CARRILLO. HE 2646/2008. — CARLOS ANTONIO CRIADO AVILA. HE 2647/2008. — FRANCISCO FLANDEZ ESCOBAR. HE 2648/2008. — JUAN MANUEL FERNANDEZ LOPEZ. HE 2649/2008. — ELENA MAUROLOGOITIA LOPEZ. HE 2650/2008. — MANUEL VILLAVERDE VILLAVERDE. HE 2651/2008. — FCO ANTONIO RUBIO MARTINEZ. HE 2652/2008. — PILAR ALVAREZ CASAMAYON. HE 2653/2008. — ALEXIS CALVO RODRIGUEZ. HE 2655/2008. — MARIA ISABEL CID DE LA FUENTE. HE 2656/2008. — FELIPE RODRIGUEZ DEL HUERTO. HE 2657/2008. — MIWA BUENE MONAKE. HE 2658/2008. — AGUSTIN CUESTA GOMEZ. HE 2659/2008. — MARIA CHAVES GRANDE. HE 2660/2008. — JUAN JOSE JOFRE BERNARDO. HE 2662/2008. — SUSANA MARIN MARTINEZ. HE 2664/2008. — ANA MARIA GARROCHO MONTERROSO.

Pág. 139

Pág. 140

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

HE 2666/2008. — VALENTIN MONTERO DIAZ. HE 2668/2008. — JOSE RODRIGUEZ-COLUBI MARQUES. HE 2669/2008. — AMANI KOUAKOU. HE 2670/2008. — JACINTO CARRO DE LA FUENTE. HE 2671/2008. — MARIA ANTONIA MARTINEZ FRIGINAL. HE 2674/2008. — ANA PALOMA MARTIN LAINA. HE 2675/2008. — MIRIAM FERNANDEZ BARRIO. HE 2677/2008. — JOSE LUIS CHAMORRO GARCIA. HE 2680/2008. — JUAN LUIS SALMERON GARRIDO. HE 2683/2008. — SEBASTIAN PEREA RODRIGUEZ. HE 2684/2008. — FRANCISCO BAENAS PEREZ. HE 2685/2008. — ADRIAN PANTIRU. HE 2686/2008. — CAROLINA GARCES-GARRO PEREZ. HE 2687/2008. — ELLA RIVERA FRANCO. HE 2689/2008. — MANUEL PAREDES GONZALEZ. HE 2690/2008. — MARIA ANGELES PARRILLA CARRASCO. HE 2691/2008. — DOLORES ROBLES FERNANDEZ. HE 2692/2008. — JOSE MARIA SANCHEZ FERNANDEZ. HE 2694/2008. — JOSE ANTONIO TIRADO BALLESTEROS. HE 2695/2008. — YOLANDA GARCIA MUÑOZ. HE 2696/2008. — MIRIAM ORDUÑEZ ESTEVEZ. HE 2697/2008. — MOISES SILVA PILAS. HE 2698/2008. — VALENTIN VELEZ GAHETE. HE 2699/2008. — RAMON CUERVA GOMEZ. HE 2700/2008. — ALONSO GARCIA CARRETERO. HE 2701/2008. — DOLORES NAVARRO AGUILERA. HE 2702/2008. — CARMEN ROSADO CABRERO. HE 2703/2008. — MARIA JOSE TERUEL SANZ. HE 2704/2008. — JORGE CALVO BERENGUER. HE 2705/2008. — NICANOR DOMINGUEZ FERREIRA. HE 2706/2008. — MIGUEL ANGEL GARCIA GARCIA. HE 2712/2008. — VICTORINO RODRIGUEZ CADIZ. HE 2714/2008. — MARIA ANGELES PEREZ TELLA. HE 2734/2008. — GEMA LOPEZ UTRERO. HE 2735/2008. — ROGER OCANO PUEYO. HE 2744/2008. — ANA RAMOS LAJARA. HE 2745/2008. — EVA ALONSO GRANDES. HE 2746/2008. — RUTH CARREDANO DEL VALLE. HE 2747/2008. — VICTOR CERDEÑO FRANCO. HE 2748/2008. — SUSANA COBOS CUESTA. HE 2749/2008. — RAFAEL CHALONS ABELLAN. HE 2750/2008. — EDURNE CHUNCHURRETA MERINO. HE 2751/2008. — SERGIO FERNANDEZ GOMEZ. HE 2752/2008. — MERCEDES GARCIA MARTINEZ. HE 2753/2008. — MANUEL GARCIA DE LA RICA. HE 2754/2008. — JORGE GONZALEZ MARCOS. HE 2755/2008. — ALEJANDRO GONZALEZ ARIAS. HE 2756/2008. — CARLOS IZAGUIRRE NAZAR. HE 2757/2008. — CARMEN MARTIN GUIJARRO. HE 2758/2008. — GONZALO MARTINEZ CORTIÑA-PONT. HE 2759/2008. — TERESA MURO DEL PINO. HE 2760/2008. — ANTONIO PALMERO MOLINE. HE 2761/2008. — SANTIAGO PARADIS FRAILE. HE 2762/2008. — FERMINA RODRIGUEZ MONFORTE. HE 2763/2008. — CRISTAL ROMERO PEREZ. HE 2764/2008. — JESUS ROTAECHE MONTALVO. HE 2765/2008. — JAVIER SALINERO DE VICENTE. HE 2766/2008. — ISABEL SANCHIS PERAL. HE 2767/2008. — JAVIER SANTA ANA MARTINEZ. HE 2768/2008. — SANTIAGO SANTAMARIA VAZQUEZ. HE 2769/2008. — MILAGROS TELLADO ORTIZ. HE 2770/2008. — CAROLINA TORRES BARBERO. HE 2771/2008. — MARIA LUZ BALLESTEROS ALONSO. HE 2772/2008. — JOSE ANGEL CARRAMAL PATRON. HE 2773/2008. — MILAGROS LOPEZ MUELAS. HE 2776/2008. — MARIA AUXILIADORA SEPULVEDA PRIETO. HE 2783/2008. — FCO JOSE FREY MIRANDA. HE 2794/2008. — MARTA RODRIGUEZ LANCHAS. HE 2795/2008. — MARIA CARMEN RODRIGUEZ LANCHAS. HE 2796/2008. — EDUARDO VILLA LOPEZ. HE 2797/2008. — MARIA ANGELES GAMINO ABAD. HE 2799/2008. — JOSE FRANCISCO LEGAZA CABALLERO. HE 2802/2008. — ANGEL LUIS PEREZ TOME. HE 2804/2008. — JUAN MANUEL BENAVENTE MORAGA. HE 2806/2008. — JOSE CARLOS LAMO DE CATALAN. HE 2808/2008. — MARIA NATIVIDAD LUMBRERAS ASTORGA. HE 2811/2008. — PATRICIA MARTINEZ MANSO. HE 2814/2008. — TOMAS MORALES DIAZ. HE 2816/2008. — MARIA ISABEL SERRANO ORTEGA. HE 2817/2008. — DANIEL PEREZ PEREZ. HE 2820/2008. — DAVID RODRIGUEZ CASADO. HE 2822/2008. — HILARIO GORDILLO GARCIA. HE 2823/2008. — ALICIA PUJOL DE PABLO-BLANCO. HE 2826/2008. — MARINA CALVO RODRIGUEZ-SALMONES. HE 2837/2008. — ESTEBAN GOMEZ AGUADO. HE 2841/2008. — NATIVIDAD RUEDA DIAZ DE RABAGO. HE 2854/2008. — MERCEDES DIAZ GIL. HE 2856/2008. — MARIA JOSE HEVIA VILLALBA. HE 2857/2008. — ANTONIO FERNANDEZ FERNANDEZ.

B.O.C.M. Núm. 22

HE 2863/2008. — JOSE MANUEL DEL REY MARTIN. HE 2864/2008. — MANUEL ALEXIS PALOMAR RODRIGUEZ. HE 2867/2008. — PILAR ARRESE BUSTILLOS. HE 2868/2008. — FCO MANUEL FERNANDEZ GAMO. HE 2869/2008. — JUAN NIEVES PEREZ. HE 2872/2008. — JOSE HERRANZ MANSO. HE 2877/2008. — MIGUEL APARICIO DE DIOS. HE 2880/2008. — MARIA CARMEN GABARRI AMAYA. HE 2883/2008. — IGNACIO RUIZ NUEVO. HE 2884/2008. — SERGIO SANCHEZ GONZALEZ. HE 2886/2008. — ELENA CASILLAS PEREZ. HE 2899/2008. — MANUEL SILVESTRE VACAS. HE 2901/2008. — INMACULADA CALZON AGUILAR. HE 2902/2008. — BLAS MUÑOZ TELLO. HE 2903/2008. — CONCEPCION IRALA SIMAL. HE 2904/2008. — BLANCA EUGENIA MIGUEL MOLINA. HE 2905/2008. — MARIA ISABEL VILADRICH BALLESTEROS. HE 2906/2008. — NURIA CLIMENT SOBRINO. HE 2914/2008. — JAIME MIGUEL VAZQUEZ BOLAND. HE 2915/2008. — JUAN ANTONIO ALBUJAR RUBIALES. HE 2916/2008. — ANGEL ALCALDE MORENO. HE 2917/2008. — JUAN CARLOS ALMOROX GARCIA. HE 2918/2008. — JOSE CARLOS ARRIBAS YANGUAS. HE 2919/2008. — JOSE ENRIQUE BARRERA FERNANDEZ. HE 2920/2008. — JUAN ANTONIO BLANCO BERRENDERO. HE 2921/2008. — JUAN MANUEL BURRUECO GARCIA. HE 2922/2008. — MANUEL TIRSO CALLEJO ALONSO. HE 2923/2008. — ANGEL CASTEJON GOMEZ. HE 2924/2008. — FERNANDO CASTILLA LOPEZ. HE 2925/2008. — CARLOS CORBELLA SANZ. HE 2926/2008. — MIGUEL ANGEL DELGADO HERRERA. HE 2927/2008. — MANUEL VICENTE DIAZ DOMINGUEZ. HE 2928/2008. — JUAN CARLOS FERNANDEZ SERRANO. HE 2930/2008. — RICARDO TOMAS PELAEZ TOME. HE 2931/2008. — JACOBO PEÑAS DOMINGUEZ. HE 2934/2008. — BEGOÑA BELLAS VELASCO. HE 2935/2008. — FELIX CABALLERO PALOMO. HE 2937/2008. — RAUL GIL GARCIA. HE 2938/2008. — ISABEL LOPEZ PLAZA. HE 2946/2008. — ROSA MARIA GONZALEZ NAVARRETE. HE 2947/2008. — JOSE ANTONIO BENITEZ SANCHEZ. HE 2948/2008. — LINDA DIANA POPPERS GRANT. HE 2950/2008. — MANUEL HERROJO LABRADOR. HE 2951/2008. — JOSE LUIS FOLGOSO VILLARRUBIA. HE 2952/2008. — JOSE LUIS SANABRIA HERNANDEZ. HE 2953/2008. — MARTA MARIA CARRASCO PEREZ. HE 2955/2008. — JAVIER BARROSO PAREJO. HE 2956/2008. — BEATRIZ LOPEZ GONZALEZ. HE 2965/2008. — EVA SOLIS MEJIAS. HE 2967/2008. — MARIA JOSE MARTIN SANZ. HE 2968/2008. — MARIA DOLORES FERNANDEZ RODRIGUEZ. HE 2971/2008. — JOSE LUIS SALAS VELLISCAS. HE 2972/2008. — JOSE CARLOS GARCIA ARCE. HE 2973/2008. — CARLOS GARCIA MARTIN. HE 2974/2008. — ANGEL GARCIA SANTOS. HE 2975/2008. — EUTIMIO GONZALEZ MARTIN. HE 2976/2008. — TOMAS GONZALEZ SANCHEZ. HE 2977/2008. — J CARLOS LOPEZ CASTELLANOS. HE 2978/2008. — JOSE LUIS LOPEZ MARTINEZ. HE 2979/2008. — FRANCISCO JOSE LORENZO TOJO. HE 2981/2008. — JOSE ANTONIO MARTINEZ RUBIO. HE 2982/2008. — EMILIO MENENDEZ GARCIA. HE 2984/2008. — ALEJANDRO MORENO PEÑA. HE 2985/2008. — ILDEFONSO MORENO SIMANCAS. HE 2986/2008. — JUAN CARLOS NIETO GUERRA. HE 2987/2008. — JESUS NOVOA AFONSO.

(03/1.252/10)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales Notificación de resolución del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema. En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido notificar a las mismas por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan a continuación la resolución del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia. Para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto los interesados podrán personarse en la sede de la Dirección Gene-

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ral de Coordinación de la Dependencia, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expediente. Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—La Subdirectora General de Coordinación de la Atención a la Dependencia, Elena Granados Vaquero. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA Número de expediente. — Interesado 1250/2007. — DANIELA PINDADO ARENAS. 1937/2007. — MANUEL BELLO DIAZ. 2367/2007. — SANTOS ENRIQUE MARTIN ALVARO. 2469/2007. — ASUNCION RUIZ SANZ. 4299/2007. — ERNESTO CUBERO CALVO. 6466/2007. — ISABEL MIRAT CRESPO. 7295/2007. — LUCIA FLORES MARTINEZ. 8288/2007. — JUAN ALJAMA FERNANDEZ. 8329/2007. — AURORA LOSADA GARCIA. 9616/2007. — GABRIELA ABAD CARAMAZANA. 11866/2007. — FLORA POZO FERNANDEZ. 12229/2007. — LUIS ESPEJO CALVO. 12464/2007. — CONSTANTINO BOZGAN. 13076/2007. — ANIANA HUERTAS SEGUNDO. 13169/2007. — MARIA DEL CARMEN GARCIA GARCIA. 13924/2007. — AZIZ SERROUKH. 14278/2007. — RICARDO SANTACRUZ MUÑOZ. 14336/2007. — MANUELA IBAÑEZ LARRAÑAGA. 14523/2007. — NURIA MONTES BOHABONAY. 14476/2007. — CONCEPCION NUÑEZ ORTEGA. 14628/2007. — CARLOS SANCHEZ CARRERA. 14630/2007. — MARIA AZUCENA RAMIREZ GABARRE. 14920/2007. — ANTONIA CERRAJERO MEJIAS. 16181/2007. — ISABEL MARTINEZ ROMERO. 16430/2007. — ANASTASIA CHACON JIMENEZ. 259/2008. — DAKOTA QUINTERO GARCIA. 835/2008. — ANGELA MARTIN GALLEGO. 1057/2008. — MARGARITA GOYOAGA PEREZ. 3788/2008. — GABRIELA MONTES CAPELLAN. 4092/2008. — ISIDORA ESTESO PEREZ. 4307/2008. — CASIMIRA BERNARDO RODRIGUEZ. 4366/2008. — DOMENICO SALVATORE FORTUNA. 4938/2008. — MARIA DOLORES BUSTOS DOTOR. 5117/2008. — HILARIA ALARCON MARIAN. 5159/2008. — EUSTAQUIO VICENTE GARCIA. 5309/2008. — JUAN CARLOS TOVAR CAÑAS. 5506/2008. — RAQUEL GRANDE LOPEZ. 5540/2008. — ENRIQUETA MANCHA DE DIEGO. 5665/2008. — INMACULADA GARCIA CUESTA. 5710/2008. — FLORENCIA CABALLERO FERNANDEZ. 6079/2008. — PETRA BARRANTES BECERRA. 6445/2008. — FRANCISCO OCAÑA MIRANDA. 6560/2008. — ENRIQUE MARTINEZ SEPTIEN. 6796/2008. — JOSE LUIS MENDEZ GARCIA. 7237/2008. — ANASTASIA GARCIA PAÑALBA. 7576/2008. — INOCENCIO LAZARO MARTIN. 7647/2008. — IRENE ALBA MARCHANTE. 7893/2008. — SEBASTIAN CAÑADA ESLAVA. 8000/2008 BIS. — MARIA DE LAS MERCEDES DE LAS HERAS CALDERON. 8274/2008. — GREGORIO GARCIA CHAIN. 8561/2008. — EMILIANA ESTEBAÑEZ MILLAN. 8599/2008. — GUMERSINDA CAPARRINI AROSA. 8697/2008. — DOLORES MENDEZ MONTES. 8708/2008. — EUGENIA PEÑA BARTOLOME. 9162/2008. — TERESA SERNA CHICO. 9395/2008. — FRANCISCO FERREIRO MARTIN. 9440/2008. — ELIDA VIÑALES REY. 9463/2008. — CARMEN HERNANSAIZ CONDE. 9818/2008. — MARIA DE LA CRUZ YANEZ HERRERO. 9873/2008. — CARMEN VALDERAS NAVAS. 10180/2008. — CANDIDO SEVILLANO PEREIRA. 10218/2008. — DOLORES LOPEZ DAVILA VAQUERIZO. 10703/2008. — VICENTE CID MUÑOZ. 10925/2008. — JUAN ANTONIO ALVAREZ HERRERA. 11237/2008. — MARIA GONZALEZ DIAZ. 11527/2008. — LEONOR ALBENDEA GUADALAJARA. 11961/2008. — INES MORAÑUECA MARTIN. 12045/2008. — CUSTODIA SANCHEZ MARTIN. 12069/2008. — RUFINA MILLA TORRUBIA. 12156/2008. — LEONISA HERMELINDA SASTRE MARINO. 12403/2008. — MILAGROS DIVIU ROCHE.

Pág. 141

12782/2008. — EDUARDO BALLESTEROS RECIO. 12814/2008. — LUISA HERRANZ NICOLI. 12835/2008. — ISABEL URETA DIEZMA. 13081/2008. — ELENA GONZALEZ NAJERA. 13296/2008. — PATROCINIO RIDRUEJO MARTINEZ. 13798/2008. — AURORA LOPEZ MUÑOZ. 14276/2008. — SOFIA AVILA CONDE. 14322/2008. — JUAN NAVARRO CIRUELO. 14525/2008. — ADONINA MENENDEZ VERDASCO. 14743/2008. — VICTORINA SOLANO CASTAÑO. 14851/2008. — MARIA ROSA TEJEDOR MORENO. 14893/2008. — MANUELA RAMIREZ REPISO. 14938/2008. — ANTONIO MUÑOZ BRAVO. 14976/2008. — ANTONIO MERCHAN MERINO. 15138/2008. — EULALIA MANUELA MARTIN CORREAS. 15158/2008. — JUANA FERNANDEZ PEREZ. 15168/2008. — ESPERANZA VILA FERNANDEZ. 15213/2008. — JUAN MANUEL RODRIGUEZ MARTIN. 15388/2008. — ISABEL GUZMAN BORREGO. 15598/2008. — BASA IZQUIERDO BERGES. 15667/2008. — ANA PAULINA RODRIGUEZ SAMBAO. 15796/2008. — LEONOR SANCHEZ GOMEZ. 15831/2008. — AMELIA MONTALBAN SAIZ. 16020/2008. — BLANCA DIAZ CACHON. 16149/2008. — JUAN ANTONIO RUIZ PEREZ. 16540/2008. — EUGENIO GARCIA GALLEGO. 15607/2008. — MIGUEL ROMERO GARCIA. 16624/2008. — SOLEDAD OTERO FRAGUAS. 16738/2008. — LORENZO TAPIADOR GARCIA. 16988/2008. — FRANCISCO GUTIERREZ SANCHEZ. 17237/2008. — JULIA MARTIN RUIZ. 17250/2008. — HIPOLITA PUENTE AUSIN. 17942/2008. — LUIS RODRIGUEZ ROMERO. 18067/2008. — MARIA VIRGINIA ASENSIO SANCHEZ. 18316/2008. — IVAN JOSE PRADOS SERRANO. 18449/2008. — MATILDE AYUA GOICOECHEA. 19316/2008. — LUCIA SIERRA FERNANDEZ. 19322/2008. — JOSE LUIS LEGAZA OROZCO. 19502/2008. — OLIVA DOLORES LOPEZ CORTE. 19780/2008. — HELI CASTILLO CASTILLO. 19848/2008. — CIRIACO LOPEZ PASCUAL. 19869/2008. — AUREA AMO DE MIGUEL. 20055/2008. — VALENTIN BAÑOS PLAZA. 20580/2008. — MARIA TERESA PUIG SALA. 20942/2008. — ESPERANZA SEGUI VALLE. 21083/2008. — MERCEDES PUERTA CAPA. 21163/2008. — EDUARDO GIL CALLEJA. 21210/2008. — MARIA CARMEN DE LAS HERAS MARTINEZ. 21425/2008. — SERGIO SEMPRUN MONREAL. 22248/2008. — FRANCISCA JIMENEZ GALLEGO. 22251/2008. — JOAQUIN LOMO GARCIA. 22935/2008. — MARIA ASUNCION ESCUDERO MORENO. 24195/2008. — SAGRARIO LOPEZ AZAÑA. 24276/2008. — JACINTA MATEOS GRANADOS. 24626/2008. — CARMEN GARCIA BENITO. 25752/2008. — JOSEFA GARCIA MENDEZ. 26286/2008. — MARIA ROSARIO RODRIGUEZ PRADO. 26449/2008. — TIBURCIA GARCIA FERNANDEZ.

(03/1.251/10)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales Notificación de requerimiento de documentación del expediente de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema. En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido notificar a las mismas por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan a continuación el requerimiento de documentación para subsanar la solicitud de documentación del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia. En el plazo de diez días, desde el siguiente a la publicación de este anuncio, los interesados deberán personarse en la sede de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expediente instruido, con la advertencia de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-

Pág. 142

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, a 10 de diciembre de 2009.—La Subdirectora General de Coordinación de la Atención a la Dependencia, Elena Granados Vaquero. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHO A LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA Número de expediente. — Interesado 9557/2007. — JUAN ANTONIO SERRANO PEÑA. 11958/2007. — IRENE PAVON LUNA. 5745/2008. — MARIA DOLORES RODRIGUEZ DOMINGUEZ. 3753/2009. — IGNACIO SANTIAS PALACIOS. 4271/2009. — JOAQUINA MARFIL FERNANDEZ. 6192/2009. — ROBERTO FERNANDO FABREGAS ARIAS. 6643/2009. — ANTONIO FOMBELLIDA MARQUES. 6645/2009. — JOSE MANUEL DEL PALACIO FERNANDEZ-MONTES. 7125/2009. — SARA NIETO FERNANDEZ. 7339/2009 DGM. — BONIFACIA ALVAREZ MORENO. 7396/2009. — JESUS MAGRO FERNANDEZ. 7627/2009. — JUANA MARTINEZ MENDOZA. 7918/2009 DGM. — ELENA NUÑEZ MURILLO. 8283/2009. — SEBASTIANA JIMENEZ BLAZQUEZ. 8373/2009. — MARIANO SAGOSPE PLIEGO. 8426/2009. — JACINTA LUENGO CLEMENTE. 8520/2009. — MANUEL DOMINGUEZ RUIZ. 8747/2009. — AURELIO BARBERO FERNANDEZ. 8753/2009. — MARIA PILAR MUELA MARTINEZ. 9035/2009. — FERNANDO SANCHEZ RODRIGUEZ. 9036/2009. — DOROTEA RUIZ AGUADO. 9111/2009. — JUAN MACHADO TORIBIO. 9236/2009. — FADMA TANOUTI. 9274/2009. — FRANCISCA TORRES RAMIREZ. 9315/2009. — JEAN CARLOS VILLAMAR PEREZ. 9380/2009. — ROSARIO DIAZ MAZARRON. 9580/2009. — MANUEL ALCAZAR NAVARRO. 9645/2009 DGM. — JUAN PEDRO BENITEZ CHUMILLAS. 9707/2009 DGM. — PILAR MIRANDA MORCILLO. 9712/2009 DGM. — DOMINICA MARTIN MONGE. 9745/2009. — SARA BECHRI. 9752/2009. — ESCOLASTICA SAINZ TENDERO. 9925/2009. — ANGEL CASTRO BALSERAS. 9931/2009. — PEDRO GOMEZ CRISMAN. 10073/2009. — DENNIS JOSUE HIDALGO GUERRERO. 10111/2009 DGM. — GLORIA BARAJAS RAYA. 10208/2009. — ANGELA MIGUEL PARICIO. 10390/2009. — FELIPA GIL DE LA VIUDA. 10669/2009. — AMPARO MARTINEZ SANCHEZ. 10685/2009. — ANGELES DIAZ MADRERO. 10716/2009. — MARGARITA VALVERDE GOMEZ. 10850/2009. — CRISTOBAL MONTOJO SAURA. 10997/2009. — MARIA CARMEN CASAS MONGUET. 11016/2009. — ANA MARIA CALVO PATON. 11477/2009. — RAQUEL ROMERO CRESPO. 11518/2009. — MARIA DEL PILAR SILVA VINUESA. 11809/2009. — MARIA JESUS PRIETO ARRANZ. 11861/2009. — JAVIER ALMANSA GARCIA. 11898/2009. — TOMASA CABRERA CABRERA. 12060/2009. — DOLORES RODRIGUEZ ALVAREZ. 12136/2009. — LUIS MARTINEZ FERNANDEZ. 12172/2009. — FELIPA GONTAN SOBRINO. 12308/2009. — ANTONIA ORTEGA CAMPAYO. 12401/2009. — JUANA ANDREA MARTIN MORA. 14446/2009. — URSULA MARTINEZ ALMANSA. 14527/2009. — BEATRIZ PEREZ PEREZ. 14562/2009. — ANTONIO MAYANS MARTIN ROMO. 14587/2009. — FAUSTINA PASCUAL PEREZ.

(03/1.248/10)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales Notificación de Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales de extinción de prestación económica de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 22

Intentada sin efecto la práctica de notificaciones en los domicilios de los destinatarios que se relacionan en el Anexo Único de las Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales relativas a la extinción del derecho a la prestación económica de Renta Mínima de Inserción, se procede a ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre). Por medio del presente se pone en conocimiento de las personas interesadas, en relación a los procedimientos de referencia, que en el Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas de esta Dirección General se encuentran las notificaciones de las resoluciones de extinción del derecho a la prestación económica, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de diciembre). Lo que se comunica a las personas interesadas a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero), y por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, que establece su nueva nomenclatura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Ley 30/1992, por considerar esta Dirección General de Servicios Sociales que la publicación íntegra de la resolución lesiona los derechos o intereses legítimos de los titulares. Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero IMI, cuya finalidad es la gestión de la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los Servicios Sociales Municipales, INEM y Seguridad Social, además de las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, y la dirección donde el/la interesado/a podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es calle Alcalá, número 63, segunda planta, de Madrid, de todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Contra dicha Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del mismo, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Igualmente, pueden retirar el original del acto que se notifica en las oficinas del Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas de la Dirección General de Servicios Sociales, sitas en calle Alcalá, número 63, cuarta planta, de Madrid, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE EXTINCIÓN DEL DERECHO A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID Interesado. — DNI/NIE. — Número de expediente Bladimir Urquizo Tapia. — 11874468-M. — 02/079/29046/01. Casimira Carballo Bravo. — 5388983-Z. — 05/079/02996/01. Rafael Hernández Bravo. — 51356934-G. — 06/079/06852/01. Elena del Hierro Osorno. — 12705514-S. — 11/079/02915/01. Manuela Cortes Navarro. — 2885273-S. — 09/079/13074/01. María Ángeles Peña Aparicio. — 28580422-R. — 09/079/25655/01. Andrés Lozano Sánchez. — 50703077-Z. — 10/079/07240/01. María del Mar Pérez Rodríguez. — 5390351-W. — 11/079/00139/03.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Elena del Hierro Osorno. — 12705514-S. — 11/079/02915/01. María Aurora Castaño López. — X-4542284-Z. — 12/079/29201/01. María Ángeles Solís García. — 50213607-F. — 13/079/27656/01. Raimundo García Gómez. — 51337543-W. — 13/079/33409/01. María Dolores Amador Motos. — 50170605-S. — 13/079/26601/01. Ángel Bravo Luque-Romero. — 2526063-L. — 15/079/10273/01. Mercedes Sánchez Morate Pradana. — 2223440-F. — 17/079/13881/01. María Escudero Manzano. — 53436916-G. — 18/079/02639/01. Luis Miguel Casado Martín. — 51921655-Y. — 19/079/29768/01. Marcos García Cárdenas. — X-249912-V. — 20/079/02367/01. Alfredo Tabernero Monte. — 787427-E. — 21/079/27946/01. Barbara Kuca. — X-4588719-N. — 26/047/24974/01. Arturo Nieto García. — 26969128-H. — 34/044/23753/01. María Amparo Sánchez Pérez. — 33526125-Z. — 36/008/15280/01. Blanca Silvana Angueta Morales. — X-4258644-X. — 38/058/29263/01. Sonia Osa. — X-3966801-Z. — 38/058/25036/01. Pilar Salamanca Salcedo. — 1167177-L. — 38/058/12577/01. María Concepción Zapata Durán. — 52084597-Q. — 39/065/29012/01. José Manuel Romero Jiménez. — 70738295-R. — 40/074/27275/01. María Anita Ferarita. — X-3269308-L. — 47/148/19814/01. Adela González Jiménez. — 4131509-L. — 51/014/25239/01. Zohra Harrata. — X-2291242-M. — 73/141/29604/01. Madrid, a 15 de diciembre de 2009.—La Jefa de Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas, Berta Lago Bornstein. (03/1.336/10)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales Notificación de Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales de suspensión cautelar de prestación económica de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid. Intentada sin efecto la práctica de notificaciones en los domicilios de los destinatarios que se relacionan en el Anexo Único de las Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales, relativas a la suspensión cautelar del derecho a la prestación económica de Renta Mínima de Inserción, se procede a ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre). Por medio del presente se pone en conocimiento de las personas interesadas, en relación a los procedimientos de referencia, que en el Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas de esta Dirección General se encuentran las notificaciones de las resoluciones de suspensión cautelar del derecho a la prestación económica por existir indicios fundados de pérdida de los requisitos que dieron lugar a su concesión, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de diciembre). Lo que se comunica a las personas interesadas a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero), y por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, que establece su nueva nomenclatura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 de la citada Ley 30/1992, por considerar esta Dirección General de Servicios Sociales que la publicación íntegra de la Resolución lesiona los derechos o intereses legítimos de los titulares. Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero IMI, cuya finalidad es la gestión de la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos

Pág. 143

de la Comunidad de Madrid, y podrán ser cedidos a los Servicios Sociales Municipales, INEM y Seguridad Social, además de las cesiones previstas en la Ley. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, y la dirección donde el/la interesado/a podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es calle Alcalá, número 63, segunda planta, de Madrid, de todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, y en aplicación de lo establecido en el artículo 29 del Reglamento de la Renta Mínima de Inserción, aprobado por Decreto 147/2002, de 1 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de agosto), las personas interesadas disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente, para formular las alegaciones que estimen pertinentes en orden a la defensa de sus derechos ante el Centro Municipal de Servicios Sociales correspondiente a su domicilio. Contra dicha Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del mismo, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Igualmente, pueden retirar el original del acto que se notifica en las oficinas del Servicio de Prevención de la Exclusión y Rentas Mínimas de la Dirección General de Servicios Sociales, sitas en calle Alcalá, número 63, cuarta planta, de Madrid, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE SUSPENSIÓN CAUTELAR DEL DERECHO A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID Interesado. — DNI/NIE. — Número de expediente Jemaa Benyahia. — X-5181866-N. — 01/079/21901. Walter Herrera Barrena. — X-1424461-W. — 07/079/02961/01. Naziha Brimi. — X-5227529-C. — 09/079/23006/01. Antonia Saavedra Ramos. — 48295060-M. — 10/079/05122/02. Leonor Pérez García. — 50547104-G. — 13/079/07966/01. Álvaro Pérez Lucía. — 51845401-C. — 14/079/10807/03. Sara Sánchez Gómez. — 32058814-B. — 15/079/31046/01. Minerva Abordes Lence. — 51098175-H. — 16/079/13095/02. Fernando García Tante. — 51410519-E. — 16/079/27215/01. Magdalena del Castillo Rodríguez. — 2207972-H. — 17/079/09117/01. Gulam Akbarov. — X-2187399-F. — 19/079/26353/01. José Luis Ruiz Grimaldi. — 31179763-C. — 39/065/2131/02. Karima Nekkal el Amraoui. — 53467099-B. — 42/106/24601/01. Avanto Gerardo Olmedo Olmedo. — X-3441608-A. — 42/106/32039/01. Brígida Heredia Silva. — X-19464779-V. — 54/110/08839/01. Madrid, a 16 de diciembre de 2009.—La Jefa de Servicio, Berta Lago Bornstein. (03/1.337/10)

Consejería de Empleo y Mujer Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa ASL y los representantes legales de los trabajadores (PCM-428/2009). Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f)

Pág. 144

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General RESUELVE Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de octubre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. Expediente número PCM-428/2009. En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día 9 de septiembre de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por: Presidente: Don Julio Canalda Bobas. Vocal: Don Carlos González López. Vocal: Don Pablo Jiménez Morchón. Vocal: Don Pedro Baena Pérez. Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha 23 de julio de 2009, para conocer del expediente citado. De una parte, constan como citados y comparecen: Don Francisco Gatuellas Guillén, en calidad de Gerente. Don Marco Antonio Antón González, en calidad de Director de Recursos Humanos. Don Mario Gracia Mazas, en calidad de Director de Producción. La empresa ASL, domiciliada en la calle Isla de Hierro, número 7, de San Sebastián de los Reyes. De otra parte, constan como citados y comparecen: Don Henrry Giovanny Porras Velasco, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Robert K. Sluzalec, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Daniel Falconi Villanueva, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Víctor E. Estrada Z., en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Javier Rippe Mesa, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Randolf Tejada Isabel, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Jairo Hernán Meneses, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Eduardo Araujo Arias, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Clemente de la Casa Díaz, en calidad de asesor de UGT. Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación legal de los trabajadores ABIERTO EL ACTO Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto. La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura. Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: 1. Las partes acuerdan que antes del día 31 de diciembre de 2009 tendrán el calendario laboral de 2010, reflejando pormenorizadamente cada uno de los puestos de trabajo. A tal efecto, la empresa solicitará a primeros de octubre de 2009 que los trabajadores manifiesten por escrito sus preferencias vacacionales para el año 2010, todo ello antes del 31 de octubre de 2009.

B.O.C.M. Núm. 22

2. La empresa se compromete a hacer efectivo el pago de la nómina el día 10 del mes siguiente. Asimismo, en caso de retraso, se compromete a explicar fehacientemente y por escrito al presidente y secretario del comité de empresa de las razones excepcionales que le llevaron a retrasar este pago. 3. La empresa anuncia el firme compromiso de realizar un estudio de los puestos de trabajo, Función, Puesto, Categoría. A partir del cual, y enmarcados en el capítulo 2, artículo 19, del convenio colectivo de “Handling”, establecer los perfiles profesionales con tendencia a homogeneizar las percepciones extraordinarias en base al desempeño profesional. 4. El comité de empresa se compromete en un plazo máximo de dos meses a comunicar por escrito todos los puntos detectados que pudieran ser motivo de un accidente laboral; transcurrido ese plazo, ambas partes se reunirán para evaluar y elaborar un mapa de riesgos. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece. El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral. Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once y treinta horas del día de hoy.—La Secretaria suplente (firmado). (03/35.349/09)

Consejería de Empleo y Mujer Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, y la delegada de personal (PCM-477/2009). Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General RESUELVE Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de octubre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. Expediente número PCM-477/2009. En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día 25 de septiembre de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por: Presidente: Don Rafael Franch Díaz. Vocal: Don Mariano López de Ayala Genovés. Vocal: Doña Amparo López Castro. Vocal: Doña Olga Gutiérrez Alonso. Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha 18 de septiembre de 2009, para conocer del expediente citado. De una parte, constan como citados y comparecen: Don César García Reillo, en calidad de administrador. La empresa “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, domiciliada en la calle Valdetorres de Jarama, número 31, de Algete. De otra parte, constan como citados y comparecen: Doña Mercedes Egido Rubio, en calidad de representante de AADDCC OO. Doña Julia Córdoba Hisado, en calidad de representante de FSPUGT. Doña Margarita Elvira López, en calidad de delegada de Personal. Don Félix Lozano Mingo, en calidad de asesor de UGT.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación de la Federación de AADD-CC OO ABIERTO EL ACTO La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura y deja constancia de que el nombre de la empresa es “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, y no el que figura en el escrito introductorio. Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: 1. Ambas partes acuerdan reunirse en el seno de la empresa el día 1 de octubre de 2009 para comprobar las posibles irregularidades en las subrogaciones. 2. Igualmente se verificarán los tiempos de desplazamiento de los trabajadores para que queden fijados en los partes de trabajo, estableciéndose como plazo máximo para reunirse por esta cuestión el día 30 de octubre. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece. El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral. Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y veinte horas del día de hoy.—La Secretaria suplente (firmado). (03/35.350/09)

Consejería de Empleo y Mujer Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Aserpinto, Sociedad Anónima”, miembros de las secciones sindicales de UGT, CC OO y CSI-CSIF y los representantes legales de los trabajadores (PCM-474/2009). Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General RESUELVE Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 7 de octubre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. Expediente número PCM-474/2009. En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día 23 de septiembre de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por: Presidente: Don Antonio Asensio Zolle. Vocal: Don Javier Rodrigo Sanz. Vocal: Doña Amparo López Castro. Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha 16 de septiembre de 2009, para conocer del expediente citado.

Pág. 145

De una parte, constan como citados y comparecen: Don Rafael Carrasco Sánchez, en calidad de director-gerente. Don Juan Carlos Rodríguez Blázquez, en calidad de subdirectorgerente. La empresa “Aserpinto, Sociedad Anónima”, domiciliada en la calle Italia, número 14, de Pinto. De otra parte, constan como citados y comparecen: Doña Nuria Rodríguez Garrido, en calidad de representante de la sección sindical de UGT. Doña María Miguel Calvo, en calidad de representante de la sección sindical de UGT. Don Luis Martín Cabañas, en calidad de representante de la sección sindical de CC OO. Doña Margarita Montanero Pérez, en calidad de representante de la sección sindical de CSI-CSIF. Doña Azucena Yagüe Rodríguez, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Juan Francisco Cruz Moreno, en calidad de representante legal de los trabajadores. Doña Marta del Castillo Camacho, en calidad de representante legal de los trabajadores. Doña María Isabel Delgado Auñón, en calidad de representante legal de los trabajadores. Don Juan Carlos Paniagua Moruno, en calidad de asesor de CC OO. Don Javier Martín de Ana, en calidad de asesor de UGT. Don Pedro González Carvajal, en calidad de asesor de CSI-CSIF. Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por doña Nuria Rodríguez Garrido, representante de la sección sindical de UGT Madrid ABIERTO EL ACTO Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto. La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura. Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: La empresa se compromete a abonar la paga extraordinaria denominada “Aserpinto” en cuanto obtenga liquidez. En cualquier caso, se compromete a que tanto los salarios como las pagas extraordinarias (Navidad y “Aserpinto”) estén abonadas antes del 31 de diciembre de 2009. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece. El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral. Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez cuarenta y cinco horas del día de hoy.—La Secretaria suplente (firmado). (03/35.351/09)

Consejería de Empleo y Mujer Resolución de 4 de enero de 2010, por la que se hace pública convocatoria para la licitación del contrato de servicios denominado “Difusión de una campaña de publicidad sobre prevención de la violencia de género y servicio de información telefónica para mujeres víctimas de violencia de género en la Comunidad de Madrid, durante el año 2010”.

Pág. 146

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Empleo y Mujer. b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación y Estudios. c) Obtención de documentación e información: 1. Dependencia: Consejería de Empleo y Mujer. 2. Domicilio: Calle Santa Hortensia, número 30. 3. Localidad y código postal: 28002 Madrid. 4. Teléfono: 914 206 541. 5. Telefax: 914 206 807. 6. Correo electrónico: [email protected] 7. Dirección de Internet del perfil del contratante: http://www.madrid.org/contratospublicos 8. Fecha límite de obtención de documentación e información: durante el plazo de presentación de proposiciones indicado en el apartado 7.a). d) Número de expediente: 18-AT-95.6/2009 (38/2010). 2. Objeto del contrato: a) Tipo: Servicios. b) Descripción del objeto: La difusión de una campaña de publicidad institucional, con la finalidad de concienciar a la población madrileña acerca de la prevención de la violencia de género y promocionar el servicio de información telefónica para mujeres víctimas de violencia de género en la Comunidad de Madrid. c) División por lotes y número de lotes/Número de unidades: No. d) Lugar de ejecución/entrega: Comunidad de Madrid. e) Plazo de ejecución/entrega: Durante el año 2010, desde el día siguiente a la formalización del contrato. f) Admisión de prórroga: No. g) Establecimiento de un acuerdo marco: No. h) Sistema dinámico de adquisición: No. i) CPV: 79341400-0. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Anticipada y ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Subasta electrónica: No. d) Criterios de adjudicación: Varios criterios. 4. Presupuesto base de licitación. Importe neto: 1.465.517,24 euros, IVA 16 por 100. Importe total: 1.700.000 euros. 5. Garantías: — Provisional: 43.965,52 euros. — Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación, IVA excluido. 6. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación, en su caso (grupo, subgrupo y categoría): Grupo T, subgrupo 1, categoría D. 7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación de ofertas: Hasta las catorce horas del día 25 de febrero de 2010. b) Documentación a presentar: La indicada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, distribuida en tres sobres: Sobre número 1, “Documentación administrativa”; sobre número 2, “Documentación técnica”, y sobre número 3, “Proposición económica”. c) Modalidad de presentación: De conformidad con el artículo 80.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. d) Lugar de presentación: 1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Empleo y Mujer. 2.o Domicilio: Calle Santa Hortensia, número 30. 3.o Localidad y código postal: 28002 Madrid. e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses. f) Admisión de variantes: No. 8. Apertura de ofertas: a) Entidad: Consejería de Empleo y Mujer. b) Domicilio: Calle Santa Hortensia, número 30. c) Localidad y código postal: 28002 Madrid. d) Fecha y hora: A las doce horas del día 15 de marzo de 2010.

B.O.C.M. Núm. 22

9. Gastos de publicidad: El importe del presente anuncio será abonado por el adjudicatario. 10. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 21 de enero de 2010. Hágase público para su general conocimiento. Madrid, a 4 de enero de 2010.—La Secretaria General Técnica de la Consejería de Empleo y Mujer, Rosario Jiménez Santiago. (01/283/10)

Consejería de Empleo y Mujer SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Directora General, por la que se hace pública convocatoria por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de servicios titulado “Servicio para la difusión de una campaña de publicidad sobre el Programa de Emprendedores y las Actividades de Formación Profesional para el Empleo, desglosado en dos lotes, para el año 2010, promovido por el Servicio Regional de Empleo y cofinanciado por el Fondo Social Europeo al 50 por 100”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Servicio Regional de Empleo. b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación. c) Número de expediente: L/010/2010. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Servicio para la difusión de una campaña de publicidad sobre el Programa de Emprendedores y las Actividades de Formación Profesional para el Empleo, desglosado en dos lotes, para el año 2010, promovido por el Servicio Regional de Empleo y cofinanciado por el Fondo Social Europeo al 50 por 100. b) División por lotes y número: Dos. — Lote número 1: Emprendedores. — Lote número 2: Actividades de Formación Profesional para el Empleo. Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar: Uno. Los empresarios únicamente podrán licitar a uno de los dos lotes. c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid. d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Desde la formalización del contrato hasta el día 30 de noviembre de 2010. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterio: Pluralidad de criterios. 4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 6.000.000 de euros. — Lote número 1: Presupuesto, 3.000.000 de euros; base imponible, 2.586.206,90 euros; importe del IVA, 413.793,10 euros; importe total, 3.000.000 de euros. — Lote número 2: Presupuesto, 3.000.000 de euros; base imponible, 2.586.206,90 euros; importe del IVA, 413.793,10 euros; importe total, 3.000.000 de euros. 5. Garantía provisional: — Lote número 1: 51.724,14 euros (2 por 100 del presupuesto de licitación sin IVA). — Lote número 2: 51.724,14 euros (2 por 100 del presupuesto de licitación sin IVA). 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Servicio Regional de Empleo. b) Domicilio: Vía Lusitana, número 21. c) Localidad y código postal: 28025 Madrid. d) Teléfono: 915 805 400/454. e) Telefax: 914 206 723. f) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta las catorce horas del 24 de febrero de 2010.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

7. Requisitos específicos del contratista: a) Empresas españolas y extranjeras no comunitarias: Clasificación del contratista: Grupo T, subgrupo 1, categoría D. b) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: Solvencia económica y financiera: — Artículo 64.1.c) LCSP. Declaración sobre la cifra global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los últimos tres ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Criterio de selección: Declaración relativa a la cifra de negocio global de la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. Se considera una cifra de negocio:  Para el lote número 1, igual o superior a 8.100.000 euros en el global de los tres últimos ejercicios.  Para el lote número 2, igual o superior a 8.100.000 euros en el global de los tres últimos ejercicios. Si atendiendo a la fecha de inicio de la actividad empresarial no se pudiera acreditar la cifra de negocio relativa a los tres últimos años, a efectos de la cifra mínima fijada, se calculará la misma en términos proporcionales al período de actividad acreditada. Solvencia técnica o profesional: — Artículo 67.a) LCSP. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público privado, de los mismos. Criterio de selección: Relación de los principales servicios relacionados con el objeto del contrato que hayan sido suscritos en los últimos tres años por la entidad, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados; a la que se aportará certificado de conformidad de al menos dos por un importe igual o superior al presupuesto de licitación. — Artículo 67.e) LCSP. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

Pág. 147

Criterio de selección: Se presentará una enumeración de todas las personas involucradas, dentro de la empresa, en la realización del trabajo. Se detallará para cada persona el puesto que ocupa, la antigüedad en la misma, el trabajo que realizará, la experiencia laboral (tanto dentro como fuera de la empresa) y la formación, reglada o no. 8. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: 24 de febrero de 2010. b) Documentación a presentar: La señalada en la cláusula 12 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación: 1.o Entidad: Servicio Regional de Empleo. 2.o Domicilio: Vía Lusitana, número 21. 3.o Localidad y código postal: 28025 Madrid. 4.o Horario: De nueve a catorce horas. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta (concurso): Dos meses. e) Admisión de variantes: No. 9. Apertura de las ofertas: a) Entidad: Servicio Regional de Empleo. b) Domicilio: Vía Lusitana, número 21. c) Localidad: 28025 Madrid. d) Fecha: 3 de marzo de 2010. e) Hora: A las nueve y treinta. 10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. El número y denominación de los sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. 11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán de cuenta del adjudicatario. 12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión Europea” (en su caso): 4 de enero de 2010. 13. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los Pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos Madrid, a 28 de diciembre de 2009.—La Directora General del Servicio Regional de Empleo, María Eugenia Martín Mendizábal. (01/176/10)

Pág. 148

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social NOTIFICACIONES

Doña Concepción Morales Blanco, jefa del Servicio de Recursos de Madrid, por el presente hace saber a las empresas y/o trabajadores comprendidos en las relaciones que a continuación se insertan que, ante la imposibilidad de comunicarles las resoluciones referentes a los recursos de alzada por ausencias e ignorado paradero, se les notifica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y se les comunica que a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se contarán los plazos legales oportunos. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el interesado podrá comparecer en las oficinas de la Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social (calle Ramírez de Arellano, número 19), al objeto de que le sea notificado el texto íntegro de la resolución. Empresas a las que se ha practicado actas de infracción Número de acta. — Sujeto responsable. — Importe I282009000123457. — José María Iniesta Ramírez del Pozo. — 626 euros. I282008000509155. — Escomar Herbeol, Sociedad Limitada. — 6.250 euros. Empresas a las que se ha practicado actas de liquidación Número de acta. — Sujeto responsable. — Importe L282009008037445. — José María Iniesta Ramírez del Pozo. — 63.847,60 euros. L282008008083239. — Escomar Herbeol, Sociedad Limitada. — 1.792,45 euros. L282008008088491. — Rodealer, Sociedad Limitada. — 34.078,08 euros. Trabajadores incluidos en actas de liquidación

I282008000509155. — Mayela Isabel Carabaño Mendoza. — Escomar Herbeol, Sociedad Limitada. L282008008088491. — Víctor Javier Estudillo Ruiz. — Rodealer, Sociedad Limitada. (02/14.104/09) MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social NOTIFICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO

Doña Concepción Morales Blanco, jefa del Servicio de Recursos de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), hace saber a los interesados a continuación relacionados que se ha procedido a su emplazamiento ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo relacionados, como consecuencia de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por las empresas relacionadas contra resoluciones en los expedientes que se señalan y que no han podido ser comunicadas por ausencia, ignorado paradero o rehusado. Número de acta. — Trabajador. — Empresa. — Juzgado de lo Contencioso-Administrativo AL282008008000787. — Vicente Fernando Proaño Montenegro. — Construcciones y Urbanizaciones Alberca y Villalba, Sociedad Limitada. — Número 29. AI282008000004250. — Vicente Fernando Proaño Montenegro. — Construcciones y Urbanizaciones Alberca y Villalba, Sociedad Limitada. — Número 29. Madrid, a 30 de noviembre de 2009.—La jefa de Sección, PA, María Ángeles Jiménez García. (02/14.099/09) MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social

Número de acta. — Trabajador — Empresa

NOTIFICACIONES

L282009008037445. — Lukasz Marcin Gurdak. — José María Iniesta Ramírez del Pozo. I282009000123457. — Lukasz Marcin Gurdak. — José María Iniesta Ramírez del Pozo. L282009008083239. — Mayela Isabel Carabaño Mendoza. — Escomar Herbeol, Sociedad Limitada.

Doña Concepción Morales Blanco, jefa del Servicio de Recursos de Madrid, por el presente hace saber a las empresas y/o trabajadores comprendidos en las relaciones que a continuación se insertan que, ante la imposibilidad de comunicarles las notificaciones de emplazamiento como consecuencia de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por las empresas por ausencias e ignorado parade-

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ro, se les notifica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y se les comunica que a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se contarán los plazos legales oportunos. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el interesado podrá comparecer en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, si lo considera oportuno a su derecho, (Gran Vía, número 19). Trabajadores incluidos en actas de liquidación Número de acta. — Trabajador — Empresa. — Juzgado de lo contencioso-administrativo AL324/07. — Lidia Pérez Morán. — Radio Difusión Soriana, Sociedad Anónima. — Número 15. AI2211/07. — Lidia Pérez Morán. — Radio Difusión Soriana, Sociedad Anónima. — Número 15. (02/85/10)

Pág. 149

comparecer en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, si lo considera oportuno a su derecho, (Gran Vía, número 19). Trabajadores incluidos en actas de liquidación Número de acta. — Trabajador. — Empresa. — Juzgado de lo Contencioso-Administrativo L282008008000787. — Vicente Fernando Proaño Montenegro. — Construcciones y Urbanizaciones Alberca, Sociedad Limitada. — Número 29. I282008000004250. — Vicente Fernando Proaño Montenegro. — Construcciones y Urbanizaciones Alberca, Sociedad Limitada. — Número 29. (02/14.100/09) MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

NOTIFICACIONES

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social

Doña Concepción Morales Blanco, jefa del Servicio de Recursos de Madrid, por el presente hace saber a las empresas y/o trabajadores comprendidos en las relaciones que a continuación se insertan que, ante la imposibilidad de comunicarles las resoluciones referentes a los recursos de alzada por ausencias e ignorado paradero, se les notifica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y se les comunica que a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se contarán los plazos legales oportunos. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el interesado podrá comparecer en las oficinas de la Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social (calle Ramírez de Arellano, número 19), al objeto de que le sea notificado el texto íntegro de la resolución. Empresas a las que se ha practicado actas de liquidación Número de acta: L282009008047953. Sujeto responsable: “Villanueva Motor, Sociedad Limitada”. Importe: 3.874,73 euros.

NOTIFICACIONES

Doña Concepción Morales Blanco, jefa del Servicio de Recursos de Madrid, por el presente hace saber a las empresas y/o trabajadores comprendidos en las relaciones que a continuación se insertan que, ante la imposibilidad de comunicarles las notificaciones de emplazamiento como consecuencia de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por las empresas por ausencias e ignorado paradero, se les notifica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y se les comunica que a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se contarán los plazos legales oportunos. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el interesado podrá comparecer en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, si lo considera oportuno a su derecho, (Gran Vía, número 19). Trabajadores incluidos en actas de liquidación Número de acta: 11825/07. Trabajador: don José Jesús López Llamas. Empresa: “Const. Contratas Convi, AL”. Juzgado de lo Contencioso-Administrativo: número 1 de Ciudad Real. PO: 133/2009. (02/86/10) MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Trabajadores incluidos en actas de liquidación Número de acta: L282009008047953. Trabajadora: doña Mónica López García. Empresa: “Villanueva Motor, Sociedad Limitada”. (02/87/10) MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Instituto Nacional de la Seguridad Social Dirección Provincial de Guadalajara

Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

NOTIFICACIONES

La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara.

Doña Concepción Morales Blanco, jefa del Servicio de Recursos de Madrid, por el presente hace saber a las empresas y/o trabajadores comprendidos en las relaciones que a continuación se insertan que, ante la imposibilidad de comunicarles las notificaciones de emplazamiento como consecuencia de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por las empresas por ausencias e ignorado paradero, se les notifica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y se les comunica que a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se contarán los plazos legales oportunos. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el interesado podrá

Hace saber: Que en relación con el abono en concepto de pago delegado de la prestación de incapacidad temporal, por el proceso de baja médica iniciado el 26 de julio de 2005, con fecha de alta médica 12 de agosto de 2005, correspondiente a la trabajadora doña María Soledad Verdura Aguado, con número de afiliación a la Seguridad Social 19/168.138/26, se ha observado que por parte de la empresa “Indulisa, Sociedad Anónima”, con código de cuenta de cotización a la Seguridad Social número 19/1.013.389/19, se han realizado unas deducciones indebidas de 512,15 euros, por lo que procede que por parte de esa empresa se reintegre a la Tesorería General de la Seguridad Social dicha cantidad. Por ello, esta Dirección Provincial le informa que dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente notificación, para formular las alega-

Pág. 150

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ciones correspondientes, ante esta Dirección Provincial o en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social. Intentada la notificación a la interesada en el último domicilio conocido, calle Navacerrada, número 8, 28028 Madrid, y habiendo sido devuelta por el servicio de Correos con la anotación “Desconocido”, se procede a practicar la notificación por medio del presente edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27). Guadalajara.—El director provincial, PD de firma (acuerdo de 15 de marzo de 2007, “Boletín Oficial de la Provincia” de 18 de abril de 2007), la subdirectora provincial de Información Administrativa, Informes de Cotización y Subsidios, Nieves Domínguez Sáez. (02/13.410/09) MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Instituto Nacional de la Seguridad Social Dirección Provincial de Guadalajara EDICTO DE NOTIFICACIÓN

La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara. Hace saber: Que en relación con el abono en concepto de pago delegado de la prestación de incapacidad temporal, por el proceso de

B.O.C.M. Núm. 22

baja médica iniciado el 1 de agosto de 2005, con fecha de alta médica 10 de octubre de 2005, correspondiente a la trabajadora doña María Carmen Pérz Santamaría, con número de afiliación a la Seguridad Social 19/167.060/15, se ha observado que por parte de la empresa “Indulisa, Sociedad Anónima”, con código de cuenta de cotización a la Seguridad Social número 19/1.013.389/19, se han realizado unas deducciones indebidas de 192,07 euros, por lo que procede que por parte de esa empresa se reintegre a la Tesorería General de la Seguridad Social dicha cantidad. Por ello, esta Dirección Provincial le informa que dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente notificación, para formular las alegaciones correspondientes, ante esta Dirección Provincial o en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social. Intentada la notificación a la interesada en el último domicilio conocido, calle Navacerrada, número 8, 28028 Madrid, y habiendo sido devuelta por el servicio de Correos con la anotación “Desconocido”, se procede a practicar la notificación por medio del presente edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27). Guadalajara.—El director provincial, PD de firma (acuerdo de 15 de marzo de 2007, “Boletín Oficial de la Provincia” de 18 de abril de 2007), la subdirectora provincial de Información Administrativa, Informes de Cotización y Subsidios, Nieves Domínguez Sáez. (02/13.411/09)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 151

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

MADRID

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias en el ámbito afectado por el presente acuerdo al amparo del artículo 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.”

RÉGIMEN ECONÓMICO

Junta Municipal de Distrito de Villa de Vallecas De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se publica la notificación de reintegro de subvenciones a la entidad que se relaciona, ya que habiéndose intentado dos veces la notificación en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar. Número de expediente: 120/2008/02391. Interesada: Asociación de Vecinos Ahora. Trámite notificado: decreto de 18 de noviembre de 2009, del concejal-presidente del Distrito de Villa de Vallecas, por el que se ordena el reintegro de la subvención concedida a la Asociación de Vecinos Ahora por acuerdo del Pleno de fecha 26 de julio de 2005. Importe total a reintegrar: 3.831,64 euros. Recursos que proceden: — Recurso potestativo de reposición, ante el concejal-presidente, en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación. — Recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente notificación. Todo ello sin perjuicio de que la interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente. En Madrid, a 14 de enero de 2010.—El secretario de Distrito, Fernando Rodríguez Duque. (02/417/10)

MADRID URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Planeamiento Urbanístico Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano Departamento de Planeamiento de Protección Unidad Técnico-Jurídica 2 ANUNCIO La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 3 de diciembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo: “Primero.—Aprobar inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Plan Especial de definición, ampliación y mejora de la red pública dotacional en la parcela propiedad del Canal de Isabel II, sita entre las calles José Abascal, Santa Engracia y Bravo Murillo (segundo depósito), Distrito de Chamberí. Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión. Tercero.—Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo

Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el correspondiente expediente en las mañanas de los días hábiles en el plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, y en la Junta Municipal de Distrito de Chamberi. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.—El director de la oficina del secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado. (01/224/10)

MADRID LICENCIAS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación ANUNCIO En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y artículo 56.5 de la Ordenanza de Tramitación de Licencias de 23 de diciembre de 2004, se informa que la persona o entidad abajo relacionada ha solicitado licencia de instalación en la finca que se indica. El proyecto podrá ser examinado en la dirección señalada, Unidad Técnica de Licencias I, Departamento de Licencias I, del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, tercero, en el plazo de veinte días contados a partir de la inserción del presente anuncio y, en su caso, formular dentro de dicho plazo, por escrito, las alegaciones que se estimen oportunas, en los Registros Municipales o en cualquier otro registro, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Número de expediente: 711/2009/18902. Emplazamiento: calle Espuela, número 4. Actividad: sede bancaria. Titular: “Inversiones Inmobiliarias Alprosa, Sociedad Limitada”. Madrid, a 13 de enero de 2010.—La jefa del Departamento Jurídico de Edificación, Yolanda Sancho Peinado. (01/243/10)

MADRID LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Chamartín ANUNCIO El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo: «Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos promovido por “Reyal Urbis, Sociedad Anó-

Pág. 152

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

nima”, para la implantación de la actividad de oficinas en edificio exclusivo, sito en el paseo de la Castellana, número 204, Distrito de Chamartín. La vigencia del Plan será de un año a contar desde la fecha de publicación de su aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.» Lo que se hace público para general conocimiento a fin de que cualquier persona pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que estime oportunas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, estando de manifiesto el mismo en el Departamento de Servicios Técnicos de esta Junta Municipal de Distrito, sita en la calle Príncipe de Vergara, número 142, planta primera, en horas de nueve a catorce. En Madrid.—El secretario del Distrito de Chamartín, Jesús Grao del Pueyo. (02/14.344/09)

MADRID LICENCIAS

Junta Municipal de Distrito de Puente de Vallecas Negociado de Licencias En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 11 de la Ordenanza sobre Evaluación Ambiental de Actividades de 29 de octubre de 2004 (BOLETÍN O FICIAL DE LA C OMUNIDAD DE M ADRID de 7 de enero de 2005), se anuncia al público que ha sido solicitada licencia de instalación de la actividad especificada de acuerdo con el proyecto que unido al expediente se encuentra en tramitación en esta Junta Municipal de Distrito, pudiendo ser examinado de lunes a viernes, dentro del plazo de veinte días hábiles. Las personas que se consideren afectadas de algún modo por la actividad e instalación referida pueden formular por escrito las observaciones que estimen oportunas en el Registro de esta Junta Municipal en el indicado plazo de veinte días hábiles. Número de expediente: 114/2009/06485. Actividad: cafetería con obra de acondicionamiento puntual. Titular: don Antonio Valenzuela León. Situado: calle Gerardo Diego, número 7. Lo que le comunico para conocimiento y efectos. Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—El secretario del Distrito, Sebastián Fernández Gastey. (02/10.817/09)

MADRID CONTRATACIÓN

Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima El consejero de Administración de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2009, ha acordado enajenar, mediante subasta pública las siguientes plazas de aparcamiento: Número de plazas. — Plazas de automóvil (promoción). — Precio tipo 12. — Calle San Cayetano, número 8 (Centro). — 25.335,73 euros. 2. — Calles Tribulete, número 10, y Sombrerete, número 11 (Centro). — 15.747,05 euros. 3. — Embajadores-Antracita (Arganzuela). Calle Rodio, número 12. — 9.635,28 euros. 28. — Adelfas I 7B (Retiro). Calle Játiva, números 12-16. — 14.435,45 euros. 31. — Adelfas II 7C (Retiro). Calle Barrilero, números 7-9. — 27.750 euros. 1. — Avenida de Pamplona P-9 (Tetuán). Calle Castilla, números 16-24. — 8.593,04 euros.

B.O.C.M. Núm. 22

2. — Francos Rodríguez-Numancia, 61 (Tetuán). Calle Numancia, número 61. — 11.621,63 euros. 118. — Las Tablas A-2 (Fuencarral-El Pardo). Calles Berdún, números 2-4, y Castillo de Candanchú, número 52. — 19.829,14 euros. 62. — Las Tablas B-9 (Fuencarral-El Pardo). Calle Campo de la Estrella, números 1-3. — 14.560,43 euros. 46. — Montecarmelo I (Fuencarral-El Pardo). Calle Montasterio del Paular, número 144. — 15.609,38 euros. 24. — Calle Ofelia Nieto, número 49 (Moncloa-Aravaca). — 10.158,67 euros. 1. — Latina Sepúlveda I (Latina). Calle Castroserna, número 6. — 6.552,34 euros. 1. — Carabanchel Ensanche, 1 (Carabanchel). Calle Ciudad Vieja de Cáceres, números 2-6. — 8.724,24 euros. 11. — Carabanchel Ensanche, 4 (Carabanchel). Calles Lonja de la Seda, números 6-24, y Alzina, números 37-43. — 10.776,01 euros. 13. — Carabanchel Ensanche, 18 (Carabanchel). Calles Iglesias Extramuros, números 5-7; Jacobeo, números 28-34, y Violas, números 7-11. — 9.045,11 euros. 2. — Carabanchel Ensanche, 20 (Carabanchel). Calles Valle del Boi, número 8, y Contrabajos, número 2. — 12.526,43 euros. 1. — Carabanchel Ensanche, 22 (Carabanchel). Calle Tubas, números 1-7, y Trompas, número 7. — 20.812,50 euros. 4. — Carabanchel Ensanche, 27 (Carabanchel). Calle Monasterio de Poblet, 7. — 10.878,77 euros. 35. — Perla R-12 (Usera), Camino de Perales, números 150-156, y calle Corindón, número 22. — 8.413,20 euros. 1. — San Fermín Oeste P-9 (Usera). Avenidas de la Perla, números 13-15, y San Fermín, número 1. — 8.724,24 euros. 17. — Polígono 43 IV (Puente de Vallecas). Calle Sierra Elvira, números 21-27. — 5.823,62 5. — San Francisco Javier II (Puente de Vallecas). Calles Javier de Miguel, número 22; Montes Pirineos, números 1-3, y Eduardo Rojo, número 11. — 8.951,06 euros. 34. — San Francisco Javier III (Puente de Vallecas). Calle Montes Pirineos, números 7-15. — 15.945,50 euros. 1. — San Pablo IV (Puente de Vallecas). Calle Sierra Faladora, números 6-12. — 10.123,25 euros. 27. — Polígono 38 II (Moratalaz). Calle Arroyo de la Media Legua, números 49-51. — 8.553,56 euros. 7. — Querol I (Hortaleza). Calle Fondón, números 1-3. — 3.740,40 euros. 55. — Querol II (Hortaleza). Calle Purchena, números 48-54. — 6.989,17 euros. 1. — Querol IV (Hortaleza). Calle Golfo de Salónica, número 12. — 6.989,17 euros. 11. — Sanchinarro I (Hortaleza). Calle Pintor Lucio Muñoz, número 41. — 4.437,87 euros. 37. — Sanchinarro II (Hortaleza). Calles Pintor Antonio Saura, números 16-18, y Pintor Lucio Muñoz, números 31-37. — 4.437,87 euros. 16. — Sanchinarro VI (Hortaleza). Avenida Francisco Pi y Margall, números 10-20, y calle Alcalde Henche de Plata, números 24. — 14.657,60 euros. 1. — Sanchinarro XI (Hortaleza). Calle Pintor Antonio Saura, números 1-11. — 8.954,21 euros. 2. — Silvano (Hortaleza). Calles Silvano, números 150-158; Dionisio Inca Yupanqui, números 43-49; Francisco Mosqueda, números 1-7, y José Álvarez de Toledo, números 2-6. — 15.945,41 euros. 9. — Oroquieta (Villaverde). Calle Unanimidad, números 2539. — 3.388,80 euros. 1. — Camino de la Vereda I, P-25 (Villa de Vallecas). Calles Babilafuente, números 3-5; Peña Sorrapia, número 64, y Cabeza Mesada, sin número. — 6.115,51 euros. 7. — Camino de la Vereda III, P-31 (Villa de Vallecas). Calles Huelga, número 21, y Valdesaz, número 1. — 3.255,74 euros. 8. — Camino de la Vereda III, P-32 (Villa de Vallecas). Calles Huelga, número 26, y Carrasca, número 2. — 3.255,74 euros. 10. — Camino de la Vereda III, P-33 (Villa de Vallecas). Calles Carrasca, número 1, y Cabaña, número 2. — 3.255,74 euros. 1. — Camino de la Vereda VI, P-39B (Villa de Vallecas). Calle Lumbrales, números 1-3. — 4.092,44 euros.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

1. — Camino de la Vereda VI, P-43C (Villa de Vallecas). Calle Lumbrales, números 4-6. — 6.115,51 euros. 3. — Vallecas Ensanche, 4 (Villa de Vallecas). Avenida Bulevar de la Naturaleza, números 36-42, y calle Honrubia, números 1323. — 12.776,85 euros. 3. — Vallecas Ensanche, 5 (Villa de Vallecas). Calle Honrubia, números 7-9. — 11.932,57 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 6 (Villa de Vallecas). Calles Martín Muñoz de las Posadas, número 7, y Sierra Palomeras, número 40. — 7.654,07 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 11 (Villa de Vallecas). Avenida Bulevar de la Naturaleza, números 20-22. — 15.120,98 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 13 (Villa de Vallecas). Calles Baños de Valdearados, números 11-15, y Peñaranda de Bracamante, número 38. — 12.776,85 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 17 (Villa de Vallecas). Calles Cabeza Mesada, número 4, y Saucejo, número 2. — 11.959,06 euros. 5. — Vallecas Ensanche, 18 (Villa de Vallecas). Calles Rozas de Puerto Real, números 3-15, y Cabeza Mesada, números 19-21. — 11.959,06 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 22 (Villa de Vallecas). Calles El Boalo, número 4, y Granja de San Ildefonso, número 35. — 13.287,94 euros. 10. — Vallecas Ensanche, 26 (Villa de Vallecas). Avenida Cerro Milano, número 365, y calle Arte Minimal, números10-54. — 20.812,50 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 28 (Villa de Vallecas). Calle Antonio Gades, números 19-21. — 23.376,60 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 31 (Villa de Vallecas). Calles Antonio Gades, números 23-25, y Maestro García Navarro, números 1-3. — 27.750 euros. 1. — Vallecas Ensanche, 35 (Villa de Vallecas). Calle El Boalo, números 1-5. — 17.717,25 euros. 33. — Virgen del Rosario, 2 (Villa de Vallecas). Calle Montes de Barbanza, números 20-28. — 11.969,19 euros. 7. — Anillo Verde de Vicálvaro, 1 (Vicálvaro). Plaza de Ceres, números 59-83. — 2.476,73 euros. 29. — Anillo Verde de Vicálvaro, II (Vicálvaro). Plaza de Ceres, números 30-58. — 2.476,73 euros. 4. — Ciudad Pegaso (San Blas). Avenida Séptima, números 29-31. — 15.138 euros. 2. — Arroyo del Tesoro II (Barajas). Calles Alar del Rey, números 56-70, y Arroyomolinos, número 21. — 22.111 euros. Número de plazas. — Plazas de moto (promoción). —Precio tipo 3. — Calle Ofelia Nieto, número 49 (Moncloa-Aravaca). — 3.175,11 euros. 3. — La Fosforera I (Carabanchel). Calle Monseñor Óscar Romero, números 29-39. — 1.690,35 euros. 5. — Querol I (Hortaleza). Calle Fondón, números 1-3. — 1.690,35 euros. 5. — Querol II (Hortaleza). Calle Purchena, números 48-54. — 3.175,11 euros. 7. — Silvano (Hortaleza). Calles Silvano, números 150-158; Dionisio Inca Yupanqui, números 43-49; Francisco Mosqueda, números 1-7, y José Álvarez de Toledo, números 2-6. — 1.690,35 euros. Información, recogida del pliego de condiciones y presentación de ofertas: en días laborables, excepto sábados, de nueve a catorce horas, desde el día 26 de enero al 19 de febrero de 2010. Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima. Dirección de Gestión de Vivienda y Patrimonio. Calle Fray Luis de León, número 11. Teléfono 902 505 450. Dentro de dicho plazo podrán presentarse cuantas reclamaciones sean procedentes contra dicho pliego de condiciones. Transcurrido el plazo no habrá ya lugar a reclamación alguna y se tendrán por desechadas cuantas reclamaciones en este caso se presenten. Apertura de proposiciones: a las once horas del día 4 de marzo de 2010, en calle Palos de la Frontera, número 13. Madrid, a 22 de enero de 2010.—El consejero-delegado, Juan José de Gracia Gonzalo. (01/315/10)

Pág. 153

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Barajas 1. a) b) c) 2. a)

Entidad adjudicadora: Organismo: Ayuntamiento de Madrid. Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Barajas. Número de expediente: 121/2009/02568. Objeto del contrato: Descripción del objeto: actividades extraescolares a desarrollar en los centros docentes del Distrito de Barajas dentro del Plan Local de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos. b) Lugar de ejecución: Centro Escolares del Distrito de Barajas. c) Plazo de ejecución: 11 de enero de 2010 al 31 de mayo de 2011. 3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto base de licitación: a) Importe total: 126.656,57, IVA incluido. 5. Fianzas: a) Provisional: se dispensa. b) Definitiva: 5 por 100 del importe de licitación del contrato (IVA excluido). 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Barajas, Sección de Contratación. b) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1. c) Localidad y código postal: 28042 Madrid. d) Teléfono: 915 888 166. e) Telefax: 915 880 534. f) E-mail: [email protected] 7. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica, financiera y solvencia técnica o profesional: la indicada en la cláusula 12 del anexo I del Pliego de cláusulas administrativas particulares. 8. Criterios de adjudicación: serán los señalados en el apartado 20 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares. 9. Presentación de ofertas: a) Plazo de presentación: quince días, contados desde la publicación del presente anuncio. b) Documentación a presentar: conforme al modelo y la forma establecida en el pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1.o Entidad: Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Barajas, Oficina de Atención al Ciudadano. 2.o Domicilio: plaza de Mercurio, número 1. 3.o Localidad y código postal: 28042 Madrid. 10. Apertura de ofertas: a) Entidad: Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Barajas. b) Domicilio: plaza de Mercurio, número 1. c) Localidad y código postal: 28042 Madrid. d) Fecha: cinco días naturales a partir de la finalización de la presentación de ofertas. e) Hora: a las doce. 11. Gastos de anuncios: a cargo de la entidad adjudicataria. 12. En su caso, portal informático o página web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde puedan obtenerse los pliegos: Perfil del contratante del Ayuntamiento de Madrid, www.munimadrid.es Madrid, a 21 de diciembre de 2009.—El secretario del Distrito de Barajas, Francisco Javier Lois Cabello. (01/5.142/09)

Pág. 154

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Carabanchel Resolución de 18 de diciembre de 2009, de la gerente del Distrito de Carabanchel, por la que se hace pública la adjudicación definitiva por procedimiento abierto del contrato administrativo especial número 111/2009/04414 denominado “Organización y desarrollo de la XXX Semana de Cine Español en Carabanchel”, así como el “XXII Certamen de Cortometrajes para el año 2010”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Carabanchel. c) Número de expediente: 111/2009/04414. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: administrativo especial. b) Descripción del objeto: “Organización y desarrollo de la XXX Semana de Cine Español en Carabanchel”, así como del “XXII Certamen de Cortometrajes para el año 2010”. c) Fecha de publicación del anuncio de licitación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: boletín número 226 de 23 de septiembre de 2009. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma de adjudicación: pluralidad de criterios. 4. Presupuesto base de licitación: 121.000 euros (IVA excluido). IVA (6 por 100): 19.360 euros. Presupuesto total: 140.360 euros (IVA incluido). 5. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 18 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Merino y Merino Producciones, Sociedad Limitada”. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 137.112 euros, IVA incluido. Madrid, a 18 de diciembre de 2009.—La gerente del Distrito de Carabanchel, Sonsoles Medina Campos. (02/293/10)

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Carabanchel Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la gerente del Distrito de Carabanchel, por la que se hace pública la adjudicación definitiva por procedimiento abierto del contrato administrativo especial número 111/2009/04114 denominadZo “Organización de la Cabalgata de Reyes del Distrito de Carabanchel para el año 2010”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Carabanchel. c) Número de expediente: 111/2009/04114. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: administrativo especial. b) Descripción del objeto: “Organización de la Cabalgata de Reyes del Distrito de Carabanchel para el año 2010”. c) Fecha de publicación del anuncio de licitación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: boletín número 251, de 22 de octubre de 2009. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma de adjudicación: pluralidad de criterios.

B.O.C.M. Núm. 22

4. Presupuesto base de licitación: 94.608 euros (IVA excluido). IVA (16 por 100): 15.137,28 euros. Presupuesto total: 109.745,28 euros (IVA incluido). 5. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 23 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Técnicas en Representaciones y Espectáculos, Sociedad Limitada”. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 109.745,28 euros, IVA incluido. Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—La gerente del Distrito de Carabanchel, Sonsoles Medina Campos. (02/295/10)

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Centro Resolución de 11 de enero de 2010, del gerente del Distrito de Centro, por la que se hace pública la adjudicación, por procedimiento abierto, del contrato administrativo especial número 101/2009/14038, denominado “Programación e infraestructura de actividades culturales durante el año 2010 en el Distrito de Centro”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Centro. c) Número de expediente: 101/2009/14038. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: administrativo especial. b) Descripción del objeto: “Programación e infraestructura de actividades culturales durante el año 2010 en el Distrito de Centro”. c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 249, de 20 de octubre de 2009. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios de adjudicación: pluralidad de criterios. 4. Presupuesto base de licitación: importe total, 129.310,34 euros, IVA excluido. 5. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 23 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Gestión de Proyectos Culturales, Sociedad Limitada”. c) CIF: B-81049025. d) Dirección: paseo de la Castellana, número 120, sexto izquierda. e) Nacionalidad: española. f) Importe de la adjudicación: 109.750,30 euros, IVA excluido. Madrid, a 11 de enero de 2010.—El gerente del Distrito de Centro, Enrique Torres Valverde. (02/324/10)

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Puente de Vallecas Resolución de 15 de diciembre de 2009, del gerente del Distrito de Puente de Vallecas, por la que se hace pública la adjudicación definitiva, por procedimiento abierto, del contrato número 114/2009/4545, denominado “Actividades extraescolares en diversos colegios, institutos y escuelas infantiles durante el año 2010 en el Distrito de Puente de Vallecas”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Puente de Vallecas. c) Número de expediente: 114/2009/4545.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: administrativo especial. b) Denominación del contrato: “Actividades extraescolares 2010 del Distrito de Puente de Vallecas”. c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 31 de agosto de 2009. 3. Tramitación y procedimiento de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación: importe total (sin IVA): 254.472 euros. IVA: exento. Presupuesto total: 254.472 euros. 5. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 15 de diciembre de 2009. b) Contratista: “GE Escuelas Urbanas, Sociedad Limitada”. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 249.382,56 euros (IVA exento). Madrid, a 15 de diciembre de 2009.—El gerente del Distrito de Puente de Vallecas, José Antonio Ramos Medrano. (02/194/10)

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Puente de Vallecas Resolución de 4 de diciembre de 2009, del gerente del Distrito de Puente de Vallecas, por la que se hace pública la adjudicación definitiva, por procedimiento abierto, del contrato número 114/2009/5386, denominado “Programación de las actividades culturales en los centros culturales del Distrito de Puente de Vallecas para el año 2010”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Puente de Vallecas. c) Número de expediente: 114/2009/5386. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: administrativo especial. b) Denominación del contrato: “Programación de las actividades culturales en los centros culturales del Distrito de Puente de Vallecas”. c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 31 de agosto de 2009. 3. Tramitación y procedimiento de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto base de licitación o canon de explotación: importe total (sin IVA): 108.620,69 euros. IVA: 17.397,31 euros (16 por 100). Presupuesto total (IVA incluido): 126.000 euros. 5. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 4 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Merino & Merino Producciones, Sociedad Limitada”. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 123.480 euros (IVA incluido). Madrid, a 4 de diciembre de 2009.—El gerente del Distrito de Puente de Vallecas, José Antonio Ramos Medrano. (02/193/10)

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Salamanca Resolución de 11 de enero de 2010, del gerente del Distrito de Salamanca, por la que se da cuenta de la adjudicación definitiva del contrato número 300/2009/344, denominado “Actividades para los alumnos de los centros educativos adscritos al Plan Local de Mejora Educativa, en virtud del convenio firmado entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento, en el Distrito de Salamanca”.

Pág. 155

El concejal-presidente del Distrito de Salamanca, por su decreto de 28 de diciembre de 2009, adjudicó definitivamente el contrato denominado “Actividades para los alumnos de los centros educativos adscritos al Plan Local de Mejora Educativa, en virtud del convenio firmado entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento, en el Distrito de Salamanca”, dividido en cuatro lotes, por el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2010 hasta el 30 de mayo de 2012, a las siguientes empresas: “Idra Socieducativo, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82321803, los lotes 1, 3 y 4, por un precio de 12.736,80 euros, 65.100 euros y 11.600 euros, respectivamente, y “Actúa Educación, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83437327, el lote 2, por un precio de 68.040 euros. Madrid, a 11 de enero de 2010.—El gerente del Distrito de Salamanca, José Fernández Sánchez. (02/190/10)

MADRID CONTRATACIÓN

Junta Municipal de la Junta de Distrito de Villaverde Resolución de 15 de enero de 2010, del gerente de Distrito de Villaverde, por la que se hace pública la convocatoria para la adjudicación, por procedimiento abierto, del contrato de obras número 112/2009/6963, denominado “Obras y actuaciones de acondicionamiento, mejora y reforma de vías públicas y espacios urbanos, en el Distrito de Villaverde durante el año 2010”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Villaverde. c) Obtención de documentación e información: 1.o Dependencia: Distrito de Villaverde, Negociado de Contratación. 2.o Domicilio: calle Arroyo Bueno, número 53. 3.o Localidad y código postal: 28021 Madrid. 4.o Teléfonos: 915 887 736 y 915 887 779. 5.o Telefax: 915 887 769. 6.o Correo electrónico: [email protected] 7.o Dirección de internet del perfil de contratante: www.munimadrid.es 8.o Fecha límite de obtención de documentación a información: 1 de marzo de 2010, hasta las catorce horas. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: obras. b) Denominación del contrato: obras y actuaciones de acondicionamiento, mejora y reforma de vías públicas y espacios urbanos en el Distrito de Villaverde durante el año 2010. c) Lugar de ejecución: Distrito de Villaverde. d) Plazo de ejecución: desde la formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2010. e) CPV: 45233200-1, “Trabajos diversos de pavimentación”; 45233221-4, “Trabajos de pintura de la superficie de calzada”; 45332200-5, “Trabajos de tendido de cañerías de agua”. 3. Tramitación y procedimiento de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Criterios de adjudicación: único criterio precio. 4. Presupuesto base de licitación: — Importe neto: 112.968,97 euros. — IVA (16 por 100): 17.931,03 euros. — Importe total: 130.000 euros. 5. Garantías: provisional, no procede; definitiva, 5 por 100 del importe del presupuesto de licitación. 6. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera: artículo 64.1c) de la LCSP, declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Requisitos mínimos de solvencia: la cifra del volumen de negocios global de la empresa en cada uno de los tres ejerci-

Pág. 156

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

cios habrá de ser igual o superior al importe del presupuesto de licitación del presente contrato, y cuya justificación se realizará mediante la presentación de las cuentas de pérdidas y ganancias en modelo oficial o, en su caso, el impuesto de sociedades. En el caso de empresarios individuales, deberán presentar la declaración del cuarto trimestre del pago fraccionado del IRPF de los tres últimos ejercicios económicos, siendo exigible la constancia de un volumen global de negocio con la misma magnitud a la señalada para el caso de un empresa. Solvencia técnica y profesional: artículo 67, apartado a), de la LCSP, relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avaladas por certificados de buena ejecución para las obras más importantes, estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. Requisitos mínimos de solvencia: relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años de características similares al objeto del contrato, que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados. De al menos tres de las obras ejecutadas deberá presentar certificados de buena ejecución. 7. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 1 de marzo de 2010, hasta las catorce horas. b) Documentación a presentar: la que señala la cláusula 19 del pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1.o Entidad: Distrito de Villaverde, Negociado de Contratación. 2.o Domicilio: calle Arroyo Bueno, número 53. 3.o Localidad y código postal: 28021 Madrid. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: tres meses. e) Admisión de variantes: no procede. 8. Apertura de ofertas: a) Entidad: Distrito de Villaverde. b) Domicilio: calle Arroyo Bueno, número 53. c) Localidad y código postal: 28021 Madrid. d) Fecha: 8 de marzo de 2010. e) Hora: A las diez y treinta. 9. Gastos de publicidad: máximo, 1.500 euros. En Madrid, a 15 de enero de 2010.—El gerente del Distrito de Villaverde, Carlos Blanco Bravo. (01/235/10)

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública Secretaría General Técnica Resolución de 12 de enero de 2010, de la secretaría general técnica del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la adjudicación definitiva, por procedimiento negociado, del contrato de servicios denominado “Redacción del proyecto de ejecución y dirección de las obras de construcción de una escuela infantil en Las Tablas”. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General Técnica. c) Número de expediente: 300/2009/00224. 2. Objeto del contrato: a) Tipo del contrato: servicios. b) Descripción del objeto: “Redacción del proyecto de ejecución y dirección de las obras de construcción de una escuela infantil en Las Tablas”. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: negociado. 4. Presupuesto base de licitación: importe total: 208.800 euros, IVA incluido. 5. Adjudicación: a) Fecha adjudicación: 29 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Jilda Nemon, SCP”.

B.O.C.M. Núm. 22

c) Nacionalidad: española. d) Importe de la adjudicación: 208.800 euros, IVA incluido. Madrid, a 12 de enero de 2010.—La secretaria general técnica, Concepción Crespo Asenjo. (02/449/10)

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Coordinación General de Urbanismo Subdirección General de Régimen Jurídico Servicio de Coordinación Jurídica Departamento de Recursos Unidad Técnica de Gestión ANUNCIO La Coordinadora General de Urbanismo, en virtud del informepropuesta de resolución del Departamento de Recursos de fecha 14 de septiembre de 2009, obrante en el expediente 711/2009/17853, ha dictado con fecha 18 de septiembre de 2009 la siguiente resolución: “Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Manuel de los Reyes Cádiz, contra la resolución del director general de Ejecución y Control de la Edificación de 13 de julio de 2009, por la que se ordena al interesado que en el plazo de un mes proceda al desalojo de la chabola 16, sita en el Poblado del Camino del Santísimo, La Gavia, a fin de facilitar su demolición, advirtiéndole que, en caso de incumplimiento, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en domicilio para la ejecución forzosa de lo ordenado.” Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del informepropuesta resolución en que se basa la resolución podrá ser consultado por el interesado en cualquier momento, personándose en el Departamento de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico, sito en la calle Guatemala, número 13, tercera planta. Madrid, a 12 de enero de 2010.—El jefe del Departamento, Manuel Cárdenas Roldán. (01/244/10)

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Coordinación General de Urbanismo Subdirección General de Régimen Jurídico Servicio de Coordinación Jurídica Departamento de Recursos Unidad Técnica de Gestión ANUNCIO La Coordinadora General de Urbanismo, en virtud del informepropuesta de resolución del Departamento de Recursos de fecha 14 de septiembre de 2009, obrante en el expediente 711/2009/17943, ha dictado con fecha 18 de septiembre de 2009 la siguiente resolución: “Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don David Rojo Aparicio, contra la resolución del director general de Ejecución y Control de la Edificación de 13 de julio de 2009, por la que se ordena al interesado que en el plazo de un mes proceda al desalojo de la chabola 53, sita en el Poblado del Camino del Santísimo, La

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Gavia, a fin de facilitar su demolición, advirtiéndole que, en caso de incumplimiento, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en domicilio para la ejecución forzosa de lo ordenado.” Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del informepropuesta resolución en que se basa la resolución podrá ser consultado por el interesado en cualquier momento, personándose en el Departamento de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico, sito en la calle Guatemala, número 13, tercera planta. Madrid, a 12 de enero de 2010.—El jefe del Departamento, Manuel Cárdenas Roldán. (01/245/10)

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e infraestructuras Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Servicio de Disciplina Urbanística Departamento Jurídico Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El jefe del Departamento Jurídico del Servicio de Disciplina Urbanística ha formulado el requerimiento de desalojo inmediato de la construcción, consistente en la construcción de una vivienda en suelo no urbanizable de protección de vías pecuarias, realizada por don Sellan El Fakri, en la Cañada Real Galiana, número 65, correspondiente al expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2006/26088. Significándole que el anterior requerimiento no es susceptible de recurso, por tratarse de un acto de mero trámite. Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber sido infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del requerimiento de desalojo inmediato podrá ser consultado por el interesado en el plazo de quince días desde la publicación del mismo personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, número 13. De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo. Madrid, a 11 de enero de 2010.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes. (01/174/10)

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e infraestructuras Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Servicio de Disciplina Urbanística Departamento Jurídico Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el ar-

Pág. 157

tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El jefe del Departamento Jurídico del Servicio de Disciplina Urbanística ha formulado tras incumplimiento de la orden de demolición, el trámite de audiencia previa a ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2009/20100 por la realización por parte de don Abou Coulibaly de obras sin la preceptiva licencia municipal en la Cañada Real de Merinas, número 102. Significándole que el anterior requerimiento no es susceptible de recurso, por tratarse de un acto de mero trámite. Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber sido infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del requerimiento de desalojo inmediato podrá ser consultado por el interesado en el plazo de quince días desde la publicación del mismo personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, número 13. De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo. Madrid, a 12 de enero de 2010.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes. (01/173/10)

MADRID OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e infraestructuras Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación Servicio de Disciplina Urbanística Departamento Jurídico Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destaintarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El jefe del Departamento Jurídico del Servicio de Disciplina Urbanística ha conferido trámite de audiencia previa a demolición en el expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2009/20240, por la realización por parte de los herederos de doña Ilda Augusto Portugal de obras sin la preceptiva licencia municipal en la Cañada Real Merinas, número 38. Significándole que el anterior requerimiento no es susceptible de recurso, por tratarse de un acto de mero trámite. Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber sido infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del requerimiento de desalojo inmediato podrá ser consultado por el interesado en el plazo de quince días desde la publicación del mismo personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, número 13. De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo. Madrid, a 11 de enero de 2010.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes. (01/169/10)

ALCALÁ DE HENARES OTROS ANUNCIOS

Habiéndose intentado por dos veces la notificación del acto administrativo que se relaciona en la relación adjunta en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régi-

Pág. 158

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que haya podido practicarse por causas no imputables a esta Administración, y teniendo en cuenta lo establecido en el párrafo 4 del artículo 59 de la citada Ley de Procedimiento, por el presente anuncio se emplaza a los interesados que se consignan en la referida relación a fin de que comparezcan ante la Concejalía de Medio Ambiente, calle Navarro y Ledesma, números 1 y 3, de nueve a catorce horas, con el objeto de serle entregada de forma fehaciente la respectiva notificación. A tal efecto, se les señala que deberán comparecer dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la dirección indicada. Quedan advertidos que transcurrido dicho plazo sin que tuviera lugar su comparecencia, se entenderá producida la notificación a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

no imputables a esta Administración, y teniendo en cuenta lo establecido en el párrafo 4 del artículo 59 de la citada Ley de Procedimiento, por el presente anuncio se emplaza a los interesados que se consignan en la referida relación a fin de que comparezcan ante la Concejalía de Medio Ambiente, calle Navarro y Ledesma, números 1 y 3, de nueve a catorce horas, con el objeto de serle entregada de forma fehaciente la respectiva notificación. A tal efecto, se les señala que deberán comparecer dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la dirección indicada. Quedan advertidos que transcurrido dicho plazo sin que tuviera lugar su comparecencia, se entenderá producida la notificación a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

ANEXO 1. Imposición de sanción a don Julio Martín Conde, con documento nacional de identidad número 3080124-X, cuyo último domicilio conocido es calle Las Viñas, número 4, urbanización “Montejaral”, número 185, Loranca de Tajuña (Guadalajara), por infracción al artículo 55.c).3 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente sancionador 2009071, decreto inicio número 034, de 16 de enero de 2009). 2. Inicio de expediente sancionador frente a don Ángel Martínez Encabo, en representación de la comunidad de propietarios “Jardín de Alcalá”, cédula de identificación fiscal número E-78010287, cuyo último domicilio conocido es calle Lope de Figueroa, número 51, quinto B, 28804 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 19.A).a, en relación con el artículo 10 de la ordenanza municipal de protección de arbolado (expediente sancionador 2009450, incoado por decreto 524, de 16 de julio de 2009). 3. Inicio de expediente sancionador frente a doña Laura Galindo Santiago, con documento nacional de identidad número 53437440-E, cuyo último domicilio conocido es calle Madrid, número 10, séptimo C, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid), por infracción al artículo 55.b).7 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente 2009540, decreto de inicio número 648, de 9 de noviembre de 2009). 4. Imposición de sanción a don Óscar Zornoza Antolín, con documento nacional de identidad número 9015369-J, cuyo último domicilio conocido es calle Marqués de Urquijo, número 35, primero D, Sabinámigo (Huesca), por infracción al artículo 55.b).6 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos. (expediente 2009373, decreto inicio número 502, de 19 de junio de 2009). 5. Inicio de expediente sancionador frente a doña Pilar Adrio Gómez, con documento nacional de identidad número 2518168-J, cuyo último domicilio conocido es Rondal de Mánchester, número 20, Nuevo Baztán, 28514 (Madrid), por infracción al artículo 55.b).7 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos, expediente número 2009546, decreto inicio número 650, de 10 de noviembre de 2009). Habiéndose intentado por dos veces la notificación mediante envíos por carta certificada y con aviso de recibo, sin que en ninguna ocasión haya sido posible la misma. Se proceda a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para continuar con el procedimiento administrativo abierto. Alcalá de Henares, a 16 de diciembre de 2009.—El concejal-delegado de Medio Ambiente, Jesús Domínguez Picazo. (02/337/10)

1. Imposición de sanción a don José Antonio Balmón Garrido, con documento nacional de identidad número 899213-M, cuyo último domicilio conocido es en calle Servator, número 21-C, cuarto B, 28043 Madrid, por infracción al artículo 55.b).6 y 7 de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente sancionador 2009369, decreto número 496, de 10 de junio de 2009). 2. Inicio de expediente sancionador frente a don Manuel Alejandro Castañeda Henao, con número de identificación de extranjería X-885444-C, cuyo último domicilio conocido es plaza de San Francisco de Asís, número 1, noveno A, 28802 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 55.B).16 y artículo 55.B).2 de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente sancionador 2009541, decreto número 649, de 9 de noviembre de 2009). 3. Inicio de expediente sancionador frente a doña Carmen Mazarro Céspedes, documento nacional de identidad número 8979262Q, cuyo último domicilio conocido es calle Fuente del Sil, número 59-B, 28803 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 55.c).8 de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente sancionador 2009544, decreto número 649, de 9 de noviembre de 2009). 4. Inicio de expediente sancionador frente a doña Raquel Martínez Prieto, documento nacional de identidad número 9009901-L, cuyo último domicilio conocido es avenida de Ajalvir, número 8, quinto C, 28806 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 55.b).6 y 55.b).7 de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente sancionador 2009550, decreto 650, de 10 de noviembre de 2009). 5. Inicio de expediente sancionador frente a doña María Soraya Jiménez Jiménez, documento nacional de identidad número 52877323-R, cuyo último domicilio conocido es calle Nuestra Señora del Pilar, número 38, bajo A, 28803 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 55.b).10 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente: 2009552, decreto número 650, de 10 de noviembre de 2009). 6. Inicio de expediente sancionador frente a don Ángel Pujol Codina, con documento nacional de identidad número 38798431-F, cuyo último domicilio conocido es calle Nuestra Señora del Pilar, número 9, tercero A, 28803 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 55.b).6, 55.b).7 y 55.b).2 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente: 2009547, decreto número 650, de 10 de noviembre de 2009). 7. Inicio de expediente sancionador frente a doña Rebeca Hernández Moreno, con documento nacional de identidad número 53413100-Q, cuyo último domicilio conocido es calle Leopoldo Alas Clarín, número 21, primero C, 28806 Alcalá de Henares (Madrid), por infracción al artículo 55.b).7 de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos (expediente: 2009538, decreto número 648, de 9 de noviembre de 2009). Habiéndose intentado por dos veces la notificación mediante envíos por carta certificada y con aviso de recibo, sin que en ninguna ocasión haya sido posible la misma.

ALCALÁ DE HENARES OTROS ANUNCIOS

Habiéndose intentado por dos veces la notificación del acto administrativo que se relaciona en la relación adjunta en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que haya podido practicarse por causas

ANEXO

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Se proceda a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUMADRID para continuar con el procedimiento administrativo abierto. Alcalá de Henares, a 16 de diciembre de 2009.—El concejal-delegado de Medio Ambiente, Jesús Domínguez Picazo. (02/336/10)

NIDAD DE

ALCALÁ DE HENARES OTROS ANUNCIOS

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada notificación individual sin que haya sido posible practicarla, se hace público lo siguiente: El Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha comenzado la incoación de expediente sobre abandono de vehículo, fundamentándose en el tiempo de permanencia estacionado en la vía pública y en el estado de conservación del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y habiendo intentado su notificación a los que figuran como propietarios en la base de datos de la Jefatura Provincial de Tráfico, y que se relacionan a continuación, se procede a notificar mediante dicha publicación. Para que no se continúe con la tramitación del expediente deberá aportar en el plazo de quince días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, fotocopia de los siguientes documentos: permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica con ITV pasada, seguro obligatorio al corriente de pago y último recibo pagado del impuesto de vehículos de tracción mecánica. Que puede presentar alegaciones o proporcionar medio de prueba que estime conveniente dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la presente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En caso de no aportar la documentación requerida en el plazo señalado, se continuará la tramitación del expediente sobre abandono de vehículo en el depósito municipal, informando que el abandono de vehículos se considera como abandono de residuos no peligrosos en vía pública que podrá ser sancionado con multa de 600 a 30.000 euros, de conformidad con el artículo 35.1 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Por lo que transcurridos quince días desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin que el vehículo haya sido retirado por su propietario, se procederá a la eliminación sin derecho a indemnización. Número de expediente. — Matrícula. — Modelo. — Número de decreto. — Fecha del decreto 5070. — M-2151-NJ. — Peugeot 405. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5071. — M-6215-NV. — Peugeot 405 SRDT. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5072. — M-8879-VF. — Piaggio P Porter. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5073. — M-5402-WD. — Citröen Xantia 21 TF. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5074. — M-4671-KJ. — Seat Ibiza 1.2. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5075. — M-6540-OB. — Renault 19 16V. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5078. — M-9362-OL. — Volkswagen Golf 1.9. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5033. — M-8333-GD. — Mercedes Benz 280 SE. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5035. — M-2608-MU. — Peugeot J 5 D. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5036. — M-0735-NJ. — Peugeot 405 1.9. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5037. — M-5777-KV. — Nissan Vanette. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5038. — M-7506-OT. — Renault Twingo. — 261. — 13 de noviembre de 2009.

Pág. 159

5039. — 6504DXG. — Fiat Stilo. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5042. — M-3762-JH. — Renault DG 210 20. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5043. — M-2829-HP. — Renault R-11 GTL. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5045. — M-5131-OY. — Hyundai. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5046. — M-4112-PK. — Ford Mondeo. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5049. — M-1709-MS. — Mercedes Benz. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5050. — V-2677-CG. — Nissan Vanette. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5051. — M-5682-MH. — Peugeot 405 GRDT. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 4952. — 1940BHH. — Citröen Xantia. — 243. — 26 de octubre de 2009. 4977. — M-1233-WN. — Ford Escort. — 243. — 26 de octubre de 2009. 5028. — M-3779-JZ. — Peugeot 405 1.9 SRI. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5029. — SE-2940-BY. — Citröen ZX 1 90. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5030. — TF-1354-I. — Mercedes Benz 300D. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5031. — M-9926-TW. — Fiat Tempra 1.6. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5052. — M-0116-JL. — Peugeot 205 GR. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5053. — M-5774-PV. — Ford Fiesta 1.3. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5056. — M-3911-KL. — Citröen AX GT. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5057. — M-7458-MU. — Ramón Valinclán, 220. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5060. — M-9932-MM. — Opel Kadet 1.7 D. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5061. — SO-7226-D. — Opel Kadet. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5062. — M-4972-NZ. — Citröen BX 19 TGS. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5063. — M-6300-OS. — Ford Mondeo 2.0. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5064. — 2932BMR. — Renault Kangoo. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5065. — M-8966-LG. — Audi 80 1.8 INY. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5066. — 2244CPL. — Seat León. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5067. — M-1884-LY. — Citröen C 15 E. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5068. — M-9019-UG. — Ford Escort 1.6. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5069. — M-2161-OZ. — Volkswagen Vento 2.0. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5080. — M-4955-KG. — Ford Fiesta 1.1. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5082. — 3194BVT. — Citröen Saxo. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5083. — M-4234-TF. — Honda Accord 2.0. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5084. — M-2529-MZ. — Volvo 940 Royal. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5085. — M-9539-TJ. — Volvo 960. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5086. — M-4949-SZ. — Ford Escort 1.8. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5087. — M-3557-JP. — Volkswagen Passat. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5090. — M-1516-NF. — Renault 19. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5091. — M-5053-TZ. — Rover 220 Coupé. — 261. — 13 de noviembre de 2009.

Pág. 160

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

5092. — M-7335-WD. — Seat Ibiza 1.9. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5093. — M-6162-WJ. — Citröen Xara 1.9. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 5094. — GU-1973-D. — Renault 21 GTD. — 261. — 13 de noviembre de 2009. 4984. — M-0115-YH. — Citröen C-15. — 243. — 26 de octubre de 2009. 5025. — M-1047-MS. — Renault 21. — 243. — 26 de octubre de 2009. Alcalá de Henares, a 13 de enero de 2010.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el TAG de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, José Luis de la Fuente de Pedro. (02/434/10)

ALCALÁ DE HENARES OTROS ANUNCIOS

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada notificación individual sin que haya sido posible practicarla, se hace público lo siguiente: El Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha comenzado la incoación de expediente sobre abandono de vehículo, fundamentándose en el tiempo de permanencia estacionado en la vía pública y en el estado de conservación del mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y habiendo intentado su notificación a los que figuran como propietarios en la base de datos de la Jefatura Provincial de Tráfico, y que se relacionan a continuación, se procede a notificar mediante dicha publicación. Para que no se continúe con la tramitación del expediente deberá aportar en el plazo de quince días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, fotocopia de los siguientes documentos: permiso de circulación, tarjeta de inspección técnica con ITV pasada, seguro obligatorio al corriente de pago y último recibo pagado del impuesto de vehículos de tracción mecánica. Que puede presentar alegaciones o proporcionar medio de prueba que estime conveniente dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la presente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En caso de no aportar la documentación requerida en el plazo señalado, se continuará la tramitación del expediente sobre abandono de vehículo en el depósito municipal, informando que el abandono de vehículos se considera como abandono de residuos no peligrosos en vía pública que podrá ser sancionado con multa de 600 a 30.000 euros, de conformidad con el artículo 35.1 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Por lo que transcurridos quince días desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin que el vehículo haya sido retirado por su propietario, se procederá a la eliminación sin derecho a indemnización. Número de expediente. — Matrícula. — Modelo. — Número de de creto. — Fecha del decreto 3408. — M-3072-MP. — Ford Escort 1.6 F. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3409. — M-2455-VB. — Opel Vectra. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3410. — M-2455-VB. — Opel Vectra. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3336. — M-8567-OT. — Furgoneta Citröen. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3382. — 6878BVL. — Renault Laguna. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3385. — M-1840-LH. — Ford Fiesta. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3390. — C-1872-BJ. — Ford Escort. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3412. — TO-6490-O. — Renault 21. — 262. — 13 de noviembre de 2009.

B.O.C.M. Núm. 22

3417. — 2775DXT. — Ford Focus. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3418. — 1256CYX. — Smart. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3364. — M-8370-OP. — Renault Clio. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3368. — CS-2493-U. — Audi 80 INY. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3341. — M-1870-PY. — Rover 620 SI. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3392. — SE-2940-BY. — Citröen ZX 1.90. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3394. — M-4155-XC. — Daewoo Nubira. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3395. — C-3127-BPH. — Aprilia SR 50 Aire. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3396. — M-6927-MV. — BMW 735 I. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3397. — 4878BVL. — Renault Laguna. — 252. — 5 de noviembre de 2009. 3350. — M-4532-TD. — Ford Fiesta 1.1. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3355. — M-9853-MF. — Ronda del Henares. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3422. — 4280BSZ. — Audi S3. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3425. — 2487CXH. — Peugeot 307. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3428. — M-1617-TM. — Ford Transit 100 L. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3430. — BI-2207-CM. — Opel Combo. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3431. — 2524BWT. — BMW. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3380. — 3664CRL. — Peugeot 207. — 241. — 26 de octubre de 2009. 3434. — M-3708-PT. — Seat Córdoba 1.4. — 262. — 13 de noviembre de 2009. 3327. — M-8946-VJ. — Ford Escort. — 252. — 5 de noviembre de 2009. Alcalá de Henares, a 13 de enero de 2010.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el TAG de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, José Luis de la Fuente de Pedro. (02/380/10)

ALCOBENDAS OTROS ANUNCIOS

Por no haber sido posible practicar en el domicilio del destinatario la notificación que se relaciona en el anexo I se procede a su publicación, en extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Recursos: contra la resolución que se indica, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la haya adoptado, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (según los casos), en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, a partir de la fecha siguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente. El contenido íntegro de la resolución que se notifica podrá ser examinado en el Área de Urbanismo (Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística) del Ayuntamiento de Alcobendas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 15/1999, de 13 de diciembre “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre), se pone en su conocimiento que lo datos recogidos serán tramitados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias. El interesado podrá ejercitar, en cualquier momento, los dere-

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

chos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley. ANEXO I Expediente: protección de legalidad urbanística número 25/09-D. Interesado responsable: don Rubén Criollo Tonato. Resolución: decreto 9530, del concejal-delegado de Urbanismo y Vivienda, de fecha 23 de septiembre de 2009. Asunto: cambio de uso de local a vivienda en la calle Libertad, número 54. Apartado dispositivo del decreto: 1. Requerir a don Rubén Criollo Tonato para que en el plazo de dos meses proceda a solicitar la licencia de legalización que ampare dichas obras. La solicitud deberá formalizarse en el impreso correspondiente, citando el expediente de referencia (25/09-D), adjuntando proyecto suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente. 2. Advertir al interesado que transcurrido el plazo concedido sin que se atienda el requerimiento efectuado o si solicitada licencia esta no pudiera concederse por ser contraria a las prescripciones del planeamiento urbanístico o a las ordenanzas aplicables, se procederá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195.3 de la Ley comunitaria citada, a acordar la demolición de lo abusivamente construido. Todo ello sin perjuicio de la adopción de las correspondientes medidas sancionadoras. Alcobendas, a 18 de diciembre de 2009.—El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui. (02/384/10)

ALCORCÓN URBANISMO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, adoptado en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2009, se aprobó inicialmente el Plan Especial de ampliación de la red de aducción de agua potable a los nuevos sectores PP-4, “Cárcavas Este”; PP-5, “Carretera de Villaviciosa”; PP-8, “Parque de Actividades El Lucero”, y “Retamar de la Huerta”. No habiéndose podido notificar tal circunstancia a los interesados que al final se relacionan, sirva el presente anuncio de notificación a los mismos de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, significando que podrán examinar el expediente al que se refiere el mencionado acuerdo por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las Oficinas Municipales del Área de Desarrollo Territorial, Sección de Planeamiento y Gestión, calle Fábricas, número 8, con vuelta a la calle Industrias, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho. Interesado. — Último domicilio conocido Estudios Kirios, Sociedad Anónima. — Carretera de San Martín de Valdeiglesias, kilómetro 2,200, 28925 Alcorcón (Madrid). Martín Gómez, Eladio. — Travesía de Hernán Cortés, sin número, 10190 Casar de Cáceres (Cáceres). BP Oil España, Sociedad Anónima. — Avenida de Bruselas, número 36, Arroyo de la Vega, 28108 Alcobendas (Madrid). Comisión Gestora Sector Retamar de la Huerta. — Carrera de San Jerónimo, número 21, 28014 Madrid. Alcorcón, a 12 de enero de 2010.—La concejala-delegada del Área de Desarrollo Territorial, Natalia de Andrés del Pozo. (02/443/10)

ALCORCÓN URBANISMO

Por acuerdo del Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2009, se aprobó inicialmente el Proyecto de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación

Pág. 161

Urbana de Alcorcón para crear un nuevo APD 13, “Campodón Oeste”, donde antes se hallaba el enclave 20 del Plan General de Ordenación Urbana del municipio. Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al que se refiere el mencionado acuerdo queda sometido a información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del apresente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante el expresado período de tiempo cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar dicho expediente en las oficinas municipales del Área de Desarrollo Territorial, Sección de Planeamiento y Gestión, calle Fábricas, número 8, con vuelta a la calle Industrias, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho. Alcorcón, a 11 de diciembre de 2009.—La concejala-delegada del Área de Desarrollo Territorial, Natalia de Andrés del Pozo. (02/446/10)

ALCORCÓN LICENCIAS

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y el artículo 14, apartado 6, de la ordenanza especial de licencias y control urbanístico del Ayuntamiento de Alcorcón, se hace público que ante esta Administración se han solicitado las licencias para el ejercicio de las actividades y en los emplazamientos que se detallan a continuación: Actividad: almacén general y oficinas de empresa de la construcción. Titular: “Agrupación de Gremios de la Construcción, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Valdemorillo, número 87, polígono industrial “Ventorro del Cano”, número de expediente: 144-M/2008. Actividad: bar-restaurante. Titular: “Brasa y Leña España, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: avenida de América, número 9, centro comercial “Tres Aguas”, local 167-B. Número de expediente: 026-E/2009. Actividad: cafetería. Titular: don Ángel Valero Alameda. Emplazamiento: calle Químicas, número 2 (Centro de Empresas). Número de expediente: 028-E/2009. Actividad: café-bar (con obrador de panadería, pastelería y cocina industrial). Emplazamiento: calle Fuente Cisneros, número 52, local 5. Número de expediente: 034-E/2009. Actividad: bar. Titular: “Servicart Hostelería, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Viena, sin número (“Parque Mayari”). Número de expediente: 035-E/2009. Actividad: bar de copas sin actuaciones musicales en directo. Titular: doña María del Pilar Romero Bueno. Emplazamiento: calle Arces, número 25 (acceso por la calle Higuera, número 5). Número de expediente: 038-E/2009. Actividad: taller de automóviles de chapa y pintura. Titular: “Abad y Alonso, Comunidad de Bienes”. Emplazamiento: calle Valdemorillo, número 43, polígono industrial “Ventorro del Cano”. Número de expediente: 057-M/2009. Actividad: sala de despiece de productos cárnicos. Titular: “Suministros Agrícolas y Ganaderos Agricar, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Cercedilla, número 9, nave 2, parcela 5, APD-6, ampliación Este “Ventorro del Cano”. Número de expediente: 84-M/2009. Actividad: taller de reparación mecánica del automóvil. Titular: “Mecánica de Alonso, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Minas, número 74, polígono industrial “Urtinsa”. Número de expediente: 097-M/2009. Actividad: impresión digital. Titular “Expectagrán, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Batres, número 1-C, nave 12, parcela 22.2, manzana C, polígono industrial “Ventorro del Cano”. Número de expediente: 104-M/2009. Actividad: estación base de telefonía móvil. Titular: “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”. Emplazamiento: calle Yunque, número 1, polígono industrial “San José de Valderas”. Número de expediente: 107-M/2009.

Pág. 162

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Actividad: taller de reparación de automóviles. Titular: “Puma Talleres de Reparación de Automóviles, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Vereda de los Barros, número 68, polígono industrial, “Ventorro del Cano”. Número de expediente: 130-M/2009. Actividad: almacén y comercio de artículos pirotécnicos. Titular: “Pirojotatrés, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Parque Ferial, número 13, nave 20, polígono industrial “Urtinsa”. Número de expediente: 133-M/2009. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID puedan formularse las observaciones pertinentes. En Alcorcón, a 12 de enero de 2010.—El director general de Urbanismo y Arquitectura, Dionisio Chaparro de la Fuente. (02/408/10)

ALGETE LICENCIAS

Por la presente se hace público que en virtud de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se somete al trámite de información pública durante un período de veinte días la solicitud instada por “García Merino Mecanizados, Sociedad Limitada”, para el ejercicio de la actividad de taller de mecanizados en el finca sita en calle Nogal, número 20, nave 8, a efectos de que dentro de dicho período quien se considere afectado pueda presentar las alegaciones que estime pertinentes. En Algete, a 9 de diciembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta (firmado). (02/14.095/09)

B.O.C.M. Núm. 22

que por don Jesús Carrasco Martínez se ha solicitado licencia para la actividad de bar en la calle Presidente Felipe González, número 1, bajo-1.—Expediente número 327/2009. Lo que se hace a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones pertinentes. En Arganda del Rey, a 4 de diciembre de 2009.—La concejaladelegada de Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez. (02/14.432/09)

ARGANDA DEL REY LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por don Manuel Oliva Bueno se ha solicitado licencia para la actividad de restaurante en la avenida de la República Argentina, número 2.—Expediente número 353/2009. Lo que se hace a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones pertinentes. En Arganda del Rey, a 22 de diciembre de 2009.—La concejaladelegada de Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez. (02/14.441/09)

ARGANDA DEL REY LICENCIAS

ANCHUELO En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la cuenta general correspondiente al ejercicio 2008 por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Anchuelo, a 13 de enero de 2010.—La alcaldesa, María del Rosario Paramio Ginés. (03/2.426/10)

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Industria Plásticas Corullón, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de fabricación de materiales plásticos en la calle Segovia, número 22.—Expediente número 280/2009. Lo que se hace a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones pertinentes. En Arganda del Rey, a 30 de noviembre de 2009.—La concejaladelegada de Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez. (02/13.996/09)

ARGANDA DEL REY

BATRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

LICENCIAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Futurinox, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de taller de cerrajería y metalistería en la calla Abedul, número 2.—Expediente número 329/2009. Lo que se hace a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las observaciones pertinentes. En Arganda del Rey, a 4 de diciembre de 2009.—La concejaladelegada de Desarrollo Económico y Empleo, Sonia Pico Sánchez. (02/14.433/09)

Decreto de Alcaldía.—Visto lo dispuesto en la Ley 35/1994, de 23 de noviembre; la instrucción de 26 de enero de 1995, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes, y los artículos 21.1.s) y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 43.4 y 5.a) del Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, he resuelto: Primero.—Delegar en la concejala de esta Corporación, doña Consuelo Torres Guirao, la competencia especial para autorizar matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Batres. En caso de ausencia de la misma, la delegación recaerá, por orden sucesivo, en los siguientes concejales: 1.o Doña Ana Jiménez Martín-Lunas. 2.o Don Félix Alberto Gómez García. Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los interesados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; dar cuenta de la misma al Pleno en la próxima sesión que celebre, publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Batres.

ARGANDA DEL REY LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Todo ello sin perjuicio de su efectividad desde el mismo día de la firma de la resolución por el alcalde. Lo mando y firmo en Batres, a 14 de enero de 2010.—El alcalde, José María Henche García. (03/2.162/10)

BELMONTE DE TAJO RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2009, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. En Belmonte de Tajo, a 15 de enero de 2010.—La alcaldesa, Ana María Pinós Sangonzalo. (03/2.110/10)

Pág. 163

nida de Infante Don Luis, número 6, manzana 11, parcela 3, local 5, sector B, de este municipio, bajo número de expediente 99/A/09. De conformidad con cuanto se determina en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y demás de aplicación, se abre información pública durante veinte días para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende instalar puedan formular las reclamaciones u observaciones que tengan por conveniente mediante escrito a presentar en el Registro General de este Ayuntamiento. En Boadilla del Monte, a 10 de diciembre de 2009.—El concejaldelegado de Gestión Urbanística, Pablo Cereijo Ponce de León. (02/185/10)

CABANILLAS DE LA SIERRA PERSONAL

Por resolución de Alcaldía, de fecha 11 de enero de 2010, se aprobaron definitivamente los nombramientos como funcionarios de don Iván Linares Andrés, don Eduardo Tejedor Baile, don Alberto Rafael González y don Miguel Ángel Guzmán García, todos ellos pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local y categoría de agente, lo que se publica a los efectos pertinentes. En Cabanillas de la Sierra, a 14 de enero de 2010.—El alcalde, Antonio Olaya Cobos. (03/2.139/10)

BERZOSA DEL LOZOYA

CAMARMA DE ESTERUELAS

OTROS ANUNCIOS

LICENCIAS

Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en su sesión de fecha 15 de diciembre de 2009, el expediente de actualización del callejero municipal de Berzosa del Lozoya, se expone al público el citado expediente por el plazo de quince días para que todos aquellos que se sienten interesados puedan presentar las correspondientes alegaciones, todo ello de acorde con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Berzosa del Lozoya, a 19 de enero de 2010.—El alcalde, Antonio del Pozo González. (03/2.166/10)

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público: Actividad: fabricación y almacenamiento de productos impermeabilizantes. Emplazamiento: calle Cerrillo del Conejo, naves C-8 y C-9. Solicitante: “Impermeabilizantes Científicos, Sociedad Anónima”. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días, a contar de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pueda examinarse el expediente completo en la Secretaría del Ayuntamiento y deducir las alegaciones que se estimen pertinentes. En Camarma de Esteruelas, a 15 de diciembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta, Consuelo Mendieta Coronado. (02/196/10)

BOADILLA DEL MONTE LICENCIAS

Por el presente se hace constar que por doña María del Mar Cerón Martínez se ha solicitado ante este Ayuntamiento licencia para la instalación, apertura y funcionamiento de oficina de diseño gráfico en calle Barranco Amarillo, número 2, local 4, casco urbano, de este municipio, bajo número de expediente 100/A/09. De conformidad con cuanto se determina en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y demás de aplicación, se abre información pública durante veinte días para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende instalar puedan formular las reclamaciones u observaciones que tengan por conveniente mediante escrito a presentar en el Registro General de este Ayuntamiento. En Boadilla del Monte, a 10 de diciembre de 2009.—El concejaldelegado de Gestión Urbanística, Pablo Cereijo Ponce de León. (02/186/10)

BOADILLA DEL MONTE

CASARRUBUELOS URBANISMO

El Pleno del Ayuntamiento de Casarrubuelos, en sesión de 18 de septiembre de 2009, ha aprobado por unanimidad el convenio y compromisos entre los Ayuntamientos de Illescas y Casarrubuelos y la mercantil “Urban Castilla-La Mancha, Sociedad Limitada”, para la conexión del vial A1 a la actual rotonda de Casarrubuelos en el kilómetro 5,300 de la M-417, y autorización de acceso al SUS-I del Plan General de Ordenación Urbana de Casarrubuelos, que, en cumplimiento del artículo 247 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se somete a información pública durante los veinte días siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Casarrubuelos, a 19 de enero de 2010.—El alcalde, Julián Sánchez de Diego. (02/500/10)

CIEMPOZUELOS LICENCIAS OTROS ANUNCIOS

Por el presente se hace constar que por don Jiantong Cheng se ha solicitado ante este Ayuntamiento licencia para la instalación, apertura y funcionamiento de comercio textil, bolsos, zapatos y bazar en la ave-

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Pág. 164

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

(“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de enero de 1999), que modifica la anterior, y habiéndose intentado la notificación por dos veces a los interesados doña Vicenta Galbis Valero y don Pedro Berlanga Hernández, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Ayuntamiento de Ciempozuelos, se comunica para su conocimiento y efectos a doña Vicenta Galbis Valero y don Pedro Berlanga Hernández que por parte de la Alcaldía-Presidencia se ha dictado la siguiente resolución: Asunto: aprobación inicial de la constitución y proyecto de estatutos que regularán la composición y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación de la urbanización correspondiente al Sector S-18 A, “La Sendilla”, de Ciempozuelos. Fecha de la resolución: 10 de septiembre de 2009. Visto el informe jurídico emitido por los servicios jurídicos municipales de fecha 10 de septiembre de 2009, relativo al cumplimiento de las determinaciones exigidas por las disposiciones legales vigentes en relación a la tramitación del expediente de referencia. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía-Presidencia viene a resolver lo siguiente: Primero.—Aprobar inicialmente la constitución y proyecto de estatutos que regularán la composición y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación de la urbanización correspondiente al Sector S-18 A, “La Sendilla”, de Ciempozuelos, en desarrollo y de conformidad con el planeamiento urbanístico, cuyo texto se transcribe en el anexo adjunto, que se aprueba en este mismo acto. Segundo.—Ordenar, a cargo de los promotores, la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de ámbito provincial para la apertura de un plazo de información pública de veinte días sobre todos los documentos objeto de aprobación, durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes. Tercero.—Notificar de forma individualizada la presente resolución a todos los propietarios afectados por el sistema de actuación, para que en el plazo de veinte días contados a partir de la notificación estos puedan formular ante la Administración actuante las alegaciones que a sus derechos convengan. Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose de que se trata de un acto de trámite y, como tal, no procede la interposición de recursos contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes desde su interposición (artículo 117 de la Ley 30/1992). Pudiendo, no obstante, formular cualquier otro que estimen procedente. Ciempozuelos, a 14 de diciembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García. (02/14.496/09)

COBEÑA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de enero de 2010, aprobó por unanimidad el acuerdo de adhesión por parte del Ayuntamiento de Cobeña al convenio suscrito el 5 de diciembre de 2001 entre la Comunidad de Madrid y Fábrica Nacio-

B.O.C.M. Núm. 22

nal de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda para la prestación de servicios de certificación de firma electrónica. Cobeña, a 12 de enero de 2010.—El alcalde, Eugenio González Moya. (03/1.820/10)

COBEÑA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Cobeña, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de enero de 2010, acordó la aprobación inicial del Reglamento Municipal Regulador de la Implantación en este Ayuntamiento de la Administración Electrónica, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta día, a contar desde el día siguiente a la inserción de esta anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. En Cobeña, a 12 de enero de 2010.—El alcalde, Eugenio González Moya. (03/1.901/10)

COBEÑA CONTRATACIÓN

En el anuncio publicado por esta Administración en fecha 29 de diciembre de 2009, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308, página 869, en el apartado 5.b), donde dice: “Doña Rosa María Rodríguez Morcillo”; debe decir: “Doña Rosa María Rodríguez Rosillo”. Cobeña, a 4 de enero de 2010.—El alcalde, Eugenio González Moya. (02/266/10)

COLLADO VILLALBA LICENCIAS

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que ante esta Administración se han solicitado las licencias para el ejercicio de las actividades y en los emplazamientos que se detallan a continuación: Actividad: garaje-aparcamiento privado. Titular: “Investigación Constructiva, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle San José, número 33 C. Número de expediente: 227/2009. Actividad: bazar. Titular: “Más Hogar 2009, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Escofina, número 19, naves A1, A2, A3 y A4. Número de expediente: 193/2009. Actividad: comercio mayor de preparación y conservación de patatas. Titular: “Potatoes Husillo, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Husillo, número 75. Número de expediente: 198/2009. Actividad: venta mayor, exposición y taller de carpintería. Titular: “Mad-Sierra, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Anastasio Nieto, número 6. Número de expediente: 204/2009. Actividad: bazar, regalos, ropa, calzado y complementos. Titular: “Grupo Fuhao, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Escofina, número 20. Número de expediente: 207/2009.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Actividad: venta repuestos, maquinaria y ferretería. Titular: “Hidroneumática Villalba, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Malaquita, número 2, nave 2-C. Número de expediente: 213/2009. Actividad: concesionario vehículos “Audi”. Titular: “Hermanos Gómez, Sociedad Limitada”. Emplazamiento: calle Vía de Servicio A-6, número 19. Número de expediente: 218/2009. Actividad: taberna. Titular: doña Denitsa Slavcheva Gesheva. Emplazamiento: calle Rafael Alberti, números 11-13. Número de expediente: 225/2009. Actividad: taller reparación y sustitución de lunas de automóviles. Titular: “Carglass BV, sucursal en España”. Emplazamiento: calle Azuela, número 42, naves 2 y 3. Número de expediente: 226/2009. Actividad: taller de reparación de vehículos. Titular: don Brahim El Houssaini. Emplazamiento: calle Buril, número 115. Número de expediente: 2/2010. Actividad: bar-cafetería. Titular: don Yinjuan Liao. Emplazamiento: calle Real, número 29. Número de expediente: 3/2010. En Collado Villalba, a 12 de enero de 2010.—El alcalde-presidente, José Pablo González Durán. (02/363/10)

COLMENAR DE OREJA PERSONAL

Por decreto de alcaldía 16/2010, de 14 de enero, han sido nombrados funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, con la denominación: categoría, policía; grupo C, subgrupo C2; nivel de complemento de destino, 16; escala, ejecutiva de Administración Especial; subescala, Servicios Especiales; clase, policía local, a los siguientes funcionarios en prácticas: Apellidos y nombre. — Número de identificación fiscal Arribas Pérez, David Javier. — 50543614-X. Fernández Lasheras, José Luis. — 53265217-T. García González, Belén. — 50981612-L. García Martínez, Alicia. — 52978674-Z. Gómez Cerezo, Alejandro. — 49019360-N. Jiménez Lara, José Antonio. — 53435104-D. Martín Escribano, Alberto. — 47029797-H. Mínguez Perpiñán, Miguel. — 46857879-W. Pérez Pichardo, Javier. — 46851330-P. Tudela Ruiz, Paula. — 47049229-S. Conforme a lo dispuesto en la base decimonovena de la orden 1.148/1997, de 24 de septiembre, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, el plazo de toma de posesión de los mismos es de un mes desde la fecha de publicación de dicho nombramiento en el “Boletín Oficial del Estado”. Colmenar de la Oreja, a 14 de enero de 2010.—La alcaldesa, María del Pilar Algovia Aparicio. (03/1.781/10)

COSLADA OTROS ANUNCIOS

Revocación de nombramiento de don Eduardo Fernández Tejero, y nombramiento de don Víctor Berástegui Afonso como instructor del expediente disciplinario incoado al oficial jefe de Coslada número OPD-F 13/08, en virtud del convenio entre el Ayuntamiento de Coslada y el Ayuntamiento de Parla.

Pág. 165

Decreto de la Alcaldía-Presidencia.—En virtud de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía-Presidencia por el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local; y Considerando que por decreto de la Concejalía de Urbanismo, Seguridad y Protección de fecha 9 de mayo de 2008 (registrado el 10 de mayo con el número 2053) se ha incoado expediente disciplinario a don Ginés Jiménez Buendía, oficial jefe de la Policía Local de este Ayuntamiento, nombrando instructora a doña María Ángeles Santa Cecilia García y secretaria a doña María Luisa Vigo González, ambas funcionarias de este Ayuntamiento. Considerando que en la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de enero de 2009 se acordó el convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Parla y su anexo para la encomienda de gestión de tramitación del expediente disciplinario administrativo incoado al funcionario de la plantilla de Policía Local de Coslada, don Ginés Jiménez Buendía. Considerando que en la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de enero de 2009 se ha aprobado el anexo del mencionado convenio de colaboración, en el que se especifican los nombres de los funcionarios del Ayuntamiento de Parla que actuarán como instructor y secretario, en el expediente disciplinario incoado a don Ginés Jiménez Buendía. Considerando que como consecuencia del citado convenio, junto con su anexo, se revoca el nombramiento de instructora y secretaria efectuadas en decreto de la Concejalía de Urbanismo, Seguridad y Protección Ciudadana de fecha 9 de mayo de 2008 y se nombra como instructor a don Eduardo Fernández Tejero y como secretaria a doña María del Carmen Bueso Monroy en virtud del decreto 726/2009, de 16 de febrero. Considerando que en fecha 5 de octubre de 2009 se ha decretado la incoación de un expediente disciplinario contra don Eduardo Fernández Tejero, oficial jefe de Policía Local del Ayuntamiento de Parla, acordándose como medida cautelar la suspensión de funciones. Considerando que como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula quinta del convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Parla, el concejal-delegado del Área de Personal, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana y Protección Civil del Ayuntamiento de Parla propone modificar el nombramiento de don Eduardo Fernández Tejero como instructor del expediente disciplinario incoado al oficial jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Coslada y se propone el nombramiento como instructor de dicho expediente al funcionario del Ayuntamiento de Parla don Víctor Berástegui Afonso, grupo A1. Considerando que en la sesión de fecha 14 de octubre de 2009 del Pleno del Ayuntamiento de Parla se aprueba la propuesta de concejal-delegado del Área de Personal, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana y Protección Civil del Ayuntamiento de Parla, notificándose el acuerdo al Ayuntamiento de Coslada en fecha 13 de noviembre de 2009 en el registro de entrada del Ayuntamiento de Coslada, he resuelto: Primero.—Revocar el nombramiento de don Eduardo Fernández Tejero como instructor, efectuado en virtud de decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 16 de febrero de 2009. Segundo.—Nombrar a don Víctor Berástegui Afonso, funcionario del Grupo A1 del Ayuntamiento de Parla, como instructor del expediente incoado a don Ginés Jiménez Buendía, en sustitución del anteriormente nombrado. Tercero.—Notificar el presente decreto a los interesados y dar cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión que se celebre. Coslada, a 19 de noviembre de 2009.—Ante mí, el secretario general, Víctor M. Villasante Claudios.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez. (02/14.482/09)

DAGANZO LICENCIAS

Don Benjamín Antonio Caro Magumazelaya se ha dirigido a esta Alcaldía, en representación de la mercantil “Acierta Transpromo & Billing Solutions, Sociedad Limitada”, en solicitud de licencia de

Pág. 166

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

apertura para la actividad de elaboración y expedición de productos de papel en la nave industrial situada en el polígono industrial “Los Frailes”, número 132-E, F y G, de este municipio. Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan formular por escrito, que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de veinte días. En Daganzo, a 16 de diciembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/14.505/09)

DAGANZO LICENCIAS

Don Óscar Cuerdo Álvarez, en representación de la mercantil “Adelf Consultoría Activa, Sociedad Limitada”, se ha dirigido a esta Alcaldía en solicitud de licencia de apertura para la actividad de asesoría jurídica en el inmueble situado en la calle Príncipe Felipe, número 25, primero A, de este municipio. Lo que se hace publico en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan formular por escrito, que presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de veinte días. Daganzo, a 11 de diciembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/197/10)

DAGANZO CONTRATACIÓN

Por acuerdo de Pleno de fecha 16 de diciembre de 2009 se aprobó la adjudicación provisional del contrato de concesión de la obra pública consistente en parque solar, ubicada en la calle Pedro Duque, polígono industrial “Gitesa”, que conlleva la construcción de cubierta sobre el aparcamiento de vehículos pesados y posterior explotación del campo solar de placas fotovoltaicas sobre la misma, lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Daganzo. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Número de expediente: CONC-122. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: concesión de obra pública. b) Descripción del objeto: obra consistente en parque solar, ubicada en la calle Pedro Duque, polígono industrial “Gitesa”, que conlleva la construcción de cubierta sobre el aparcamiento de vehículos pesados y posterior explotación del campo solar de placas fotovoltaicas sobre la misma. c) BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y perfil de contratante, fecha de publicación del anuncio de licitación: 10 de noviembre de 2009. 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Adjudicación provisional: a) Fecha: 16 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas, Sociedad Anónima”. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 220.000 euros de canon inicial y 44.000 euros de canon anual. En Daganzo, a 18 de diciembre de 2008.—El alcalde (firmado). (02/199/10)

B.O.C.M. Núm. 22

FRESNO DE TOROTE OTROS ANUNCIOS

Por la presente, y vistos los expedientes de bajas del padrón municipal de habitantes y ante la imposibilidad de notificación a las personas que a continuación se relacionan: Don Romulus Bogdan Preda, con tarjeta de residencia número X-9507074-R, calle Infante García, número 28. Don Razvan Aurel Preda, con tarjeta de residencia número X-7139117-D, calle Infante García, número 28. Don Vasile Ionut Stancu, con tarjeta de residencia número X-8095559-L, calle Infante García, número 28. Don Abdeslam Klalousi, con pasaporte número R-911830, calle Infante García, número 28. Doña María Pilar García Mata Enrada, con documento nacional de identidad número 2637017-A, avenida de Reguerilla, número 4. Don Diego Rubén Barrettino, con pasaporte número 775648-X, calle Infante García, número 59. Don Ilie Alin Petruscu, con pasaporte número 13.118.936, calle Tórtolas, número 8. Doña Florina Sabina Sari, con pasaporte número 9.738.485, calle Tórtolas, número 8. Doña Nassima Zarrouk, con tarjeta de residencia número X-3669696-T, calle Juan Carlos I, número 4, puerta 5. Don Ionel Vladoiu, con tarjeta de residencia X-3440472-V, plaza de la Constitución, número 5. Doña Oana Elena Raiu, con pasaporte número 7.604.568, calle Carlos V, número 3. Don Damián Zapalski, con pasaporte número BM-1887559, calle Infante García, número 8. Don Christopher Thomas Edén, con pasaporte número 31.498.779, calle Fernando III, número 21. Doña Cárol Edén, con pasaporte número 38.331.612, calle Fernando III, número 21. Don Cristian Alexandru Pirv, con pasaporte número 13.157.896, calle Fernando el Católico, número 28. Don Andrei Marín, con pasaporte número 12.677.147, calle Fernando el Católico, número 28. Don Fanel Emil Burcea, con pasaporte número 10.994.822, calle Fernando el Católico, número 28. Doña Alisa Sari Peri (menor), calle Infante García, número 20. Doña Valentina Anuta Vancea (menor), calle Infante García, número 20. Don Nicolae Ioan Morar, con pasaporte número 8.983.540, calle Infante García, número 20. Don Gheorgue Costel Sari, con pasaporte número 6.682.497, calle Infante García, número 20. Doña Cristina Peri, con pasaporte número AR-280671, calle Infante García, número 20. Doña Eufimia Jurj, con pasaporte número 7.563.311, calle Valle del Río, número 55. Doña Cristina María Sari, con pasaporte número 13.119.705, calle Camino de las Eras, número 6. Se les comunica que disponen de un plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para formular las alegaciones oportunas en relación con el expediente de baja del padrón, transcurrido el mencionado plazo sin haber formulado alegaciones, se procederá a cursar baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de Fresno de Torote. En Fresno de Torote, a 3 de diciembre de 2009.—El alcalde, Mariano Blanco Martín. (02/14.086/09)

GRIÑÓN PERSONAL

Se hace público a los efectos oportunos que por decreto de la Alcaldía, de fecha 28 de diciembre de 2009, ha sido nombrado funcionario de carrera de este Ayuntamiento, en el puesto de Policía Local, don Roberto Aguilar Martín, mayor de edad, con documento nacional de identidad número 3891009-F.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Griñón, a 4 de enero de 2010.—El alcalde, José Ramón Navarro Blanco. (02/1.975/10)

GUADARRAMA LICENCIAS

Por el Ayuntamiento de Guadarrama se está tramitando el Proyecto de actividad e instalaciones para aparcamiento subterráneo e instalaciones de urbanización en la calleja del Potro, sin número, de esta localidad, mediante el procedimiento de evaluación ambiental de actividades. R E: 2010.000552. Expediente: 2010 LAEA-3. Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto de que puedan hacer observaciones, dentro del plazo de veinte días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid mediante escrito a presentar en la Secretaría del Ayuntamiento. El expediente estará a disposición del público en la oficina de Urbanismo, Obras y Servicios de este Ayuntamiento, sita en la calle Recaredo Collar, sin número, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes. Guadarrama, a 14 de enero de 2010.—El concejal-delegado (decreto de delegación de 11 de agosto de 2008), (firmado). (02/529/10)

Pág. 167

el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.851/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Grupo Escada España, Sociedad Anónima Unipersonal”, se ha solicitado licencia para la actividad de tienda de ropa en la calle Juan Ramón Jiménez, número 1, local 6A, centro comercial “Las Rozas Village”, de esta localidad.—Expediente número 46/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.850/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

LAS ROZAS DE MADRID URBANISMO

Resolución por la que se aprueba inicialmente la modificación de Estatutos de la EUCC, urbanización “El Golf”, del Plan General de Ordenación Urbana, de Las Rozas de Madrid. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2009, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo: 1.o Aprobar inicialmente la modificación de Estatutos de la EUCC, urbanización “El Golf” de este municipio. 2.o Someter el expediente a información pública a través del oportuno anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, debiendo notificar de forma individualizada a la entidad a los propietarios para que, en el plazo de veinte días, puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes. 3.o En el supuesto de que durante este trámite de información pública y audiencia a los interesados no se plantee ninguna alegación, el expediente de modificación de los Estatutos de la entidad se entenderá aprobado definitivamente y se procederá a su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2 del Reglamento General Urbanístico. El expediente se encuentra de manifiesto en la Concejalía de Urbanismo y Medio Ambiente en la Secretaría de la Concejalía, sita en plaza Mayor, número 1, primera planta, todos los días laborables, excepto sábados, en horario de nueve a trece. Las Rozas de Madrid, a 18 de enero de 2010.—El alcalde (firmado). (02/658/10)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Dniprocat, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de venta de ropa en la calle Juan Ramón Jiménez, número 1, local 72, centro comercial “Las Rozas Village”, de esta localidad.—Expediente número 45/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Tres Zetas, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de venta de ropa al por menor en la calle Juan Ramón Jiménez, número 3, local 95-A, centro comercial “Las Rozas Village”, de esta localidad.—Expediente número 51/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.855/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Matma, Sociedad Anónima”, se ha solicitado licencia para la actividad de comercio de venta de prendas de vestir, zapatos y complementos en la calle Juan Ramón Jiménez, número 3, local 40B, centro comercial “Las Rozas Village”, de esta localidad.—Expediente número 52/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.854/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público

Pág. 168

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

que por doña Erika Cortés Monroy se ha solicitado licencia para la actividad de comercio al por menor de artículos de repostería, panadería y licores en la calle Madrid, número 12, de esta localidad.— Expediente número 64/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.853/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Española de PLV, Sociedad Anónima”, se ha solicitado licencia para la actividad de oficinas (publicidad) en la calle Bruselas, número 5-G, polígono industrial “Európolis”, de esta localidad.— Expediente número 27/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.852/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por doña Coral Fernández Orcera se ha solicitado licencia para la actividad de cafetería en la calle Yucatán, número 13, de esta localidad.—Expediente número 73/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.848/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Pepepizza Restaurantes, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de pizzería en la calle Higuera, número 8, portal 4, local 8, de esta localidad.—Expediente número 68/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.847/09)

B.O.C.M. Núm. 22

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Mayorista de Mariscos Gallegos, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de restauración y venta al por menor en la calle Budapest, número 2, polígono industrial “Európolis”, de esta localidad.—Expediente número 75/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.846/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por don Víctor Montegrifo Rentero se ha solicitado licencia para la actividad de consultorio médico en la calle Camilo José Cela, número 7, local 7, de esta localidad.—Expediente número 76/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.845/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por don Jin Zhehao se ha solicitado licencia para la actividad de bazar en la calle Santolina, número 2, locales 14, 15 y 16, de esta localidad.—Expediente número 63/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.844/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Traguito Estética, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de clínica de depilación en la calle San Francisco, número 16, de esta localidad.—Expediente número 49/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.843/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Tejera Morante Mobiliario, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de tienda de muebles en la calle Londres, número 32-B, polígono industrial “Európolis”, de esta localidad.—Expediente número 56/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.842/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Sushi Palmas España, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de restaurante en la calle Camilo José Cela, número 5, de esta localidad.—Expediente número 55/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.841/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Mezcal Comercialización y Distribución, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de venta y exposición de ropa y vehículos blindados en la calle Dublín, número 33-B, polígono industrial “Európolis”, de esta localidad.—Expediente número 54/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.840/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Juvenil Santonja, Sociedad Limitada”, se ha solicitado li-

Pág. 169

cencia para la actividad de exposición y venta de muebles en la calle Bruselas, número 18-B, polígono industrial “Európolis”, de esta localidad.—Expediente número 53/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.839/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Centros Veterinarios Best Friend, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de clínica veterinaria en la calle Martín Iriarte, número 2, locales 1-2, de esta localidad.—Expediente número 47/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 15 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.838/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Geotronics Southern Europe, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de oficina, distribución y calibración de instrumentos topográficos y de medición en la calle Dublín, número 1, primero, local 3, de esta localidad.—Expediente número 69/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.837/09)

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Vivienda Gestión 2000, Sociedad Anónima Unipersonal”, se ha solicitado licencia para la actividad de garaje y piscina en la parcela 37.2, sector VIII-4B, de esta localidad.—Expediente número 50/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.869/09)

Pág. 170

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

LAS ROZAS DE MADRID LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Furla España, Sociedad Limitada”, se ha solicitado licencia para la actividad de comercio al por menor de calzado y complementos de piel en la calle Juan Ramón Jiménez, número 3, local 7, centro comercial “Las Rozas Village”, de esta localidad.—Expediente número 48/2009-LC. Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo por esta actividad pueda formular por escrito, ante el Registro General de este Ayuntamiento, las alegaciones pertinentes. Las Rozas de Madrid, a 14 de septiembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/10.868/09)

LEGANÉS URBANISMO

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2009, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para la construcción de un Centro Parroquial en la parcela 138 del Sector 1 “Municipal”, sita en la calle Méjico, número 22, promovido por la Diócesis de Getafe, de conformidad con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de veinte días, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, así como a su exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Tercero.—Notificar el presente acuerdo a los interesados en el expediente. Lo que se somete a información pública durante el plazo de un mes, al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas presenten las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con los artículos 59.4 y 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El expediente se encuentra en la Delegación de Urbanismo e Industrias (avenida de Gibraltar, número 2, en horario de ocho y treinta a catorce y treinta, de lunes a viernes), donde podrá ser examinado por los interesados. Leganés, a 11 de diciembre de 2009.—El concejal-delegado de Urbanismo e Industrias, Raúl Calle Gallardo. (02/651/10)

MEJORADA DEL CAMPO REGIMEN ECONÓMICO

Una vez transcurrido el plazo de exposición pública de las modificaciones de las ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas municipales para el ejercicio 2010, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias contra las mismas, se entiende definitivamente aprobadas dichas modificaciones, cuyo texto íntegro se publica a continuación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 y 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ORDENANZA NÚMERO 7 TASA DE INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VÍA PÚBLICA El artículo 7.3 queda como sigue: “3. En caso de denegarse las autorizaciones o de desistimiento previo a la notificación de la concesión o inicio del aprovechamien-

B.O.C.M. Núm. 22

to o renuncia antes del inicio del aprovechamiento, los interesados podrán solicitar a este Ayuntamiento la devolución del importe ingresado.” ORDENANZA NÚMERO 10 TASA DE ENTRADAS DE VEHÍCULOS Y RESERVAS DE APARCAMIENTO El artículo 7.3 queda como sigue: “3. Las reservas exclusivas de aparcamiento, carga o descarga de mercancías de cualquier clase, pagarán al día por cada metro lineal o fracción la cantidad de 16.73 euros.” ORDENANZA NÚMERO 13 TASA POR RECOGIDA DE BASURAS El artículo 6, último párrafo, queda como sigue: “Establecido y en funcionamiento el servicio, el devengo tendrá lugar el día 1 de enero de cada año, y el período impositivo comprenderá el año natural, salvo cuando en los supuestos de inicio de la prestación del servicio el día de comienzo no coincida con el año natural, en cuyo supuesto las cuotas se calcularán proporcionalmente al número de trimestres que restan para finalizar el año, incluido el del comienzo de la prestación del servicio, que será siempre y, en todo caso, en el primer mes siguiente al acuerdo de concesión de la licencia de primera ocupación.” ORDENANZA NÚMERO 14 TASA POR INMOBILIZACIÓN Y RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA Se modifica el epígrafe 1 de la tarifa 1, quedando como sigue: “Retirada del vehículo y traslado al depósito municipal: Epígrafe primero: 1. Retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de vehículos hasta 1.800 kilos de MMA: 76,35 euros. 2. Retirada de la vía pública de vehículo abandonado hasta 1.700 kilos de MMA: 123,06 euros. 3. Retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de vehículos de más de 1.800 kilos hasta 2.600 kilos de MMA: 114,45 euros. 4. Retirada de la vía pública de vehículo abandonado de más de 1.700 kilos hasta 2.500 kilos de MMA: 180,03 euros. 5. Retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de vehículos de más de 2.600 kilos hasta 3.500 kilos de MMA: 323,53 euros. 6. Retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de vehículos de más de 2.500 kilos hasta 3.500 kilos de MMA: 395,61 euros. 7. Retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de vehículos de más de 3.500 kilos hasta 5.000 kilos de MMA: 431,39 euros. 8. Retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de vehículos de más de 3.500 kilos hasta 5.000 kilos de MMA: 503,30 euros. 9. Por cada 500 kilos que exceda de 5.000 kilos de MMA: 75,38 euros.” ORDENANZA NÚMERO 15 TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Se modifica el artículo 5, letra p), quedando como sigue: “P) Elaboración de estadísticas del padrón de habitantes, informes policiales, informes de habitabilidad, así como actas de comparecencia de Secretaría General: 18,63 euros.” ORDENANZA NÚMERO 16 TASA POR UTILIZACIÓN DE SUELO, VUELO Y SUBSUELO DE VÍA PÚBLICA Se modifica el artículo 6, tarifas 5 y 8, quedando como sigue: Tarifa 5: — “Columna anunciadora o monoposte, por cada metro cuadrado, al mes o fracción, por unidad: 11,88 euros.” — “Pancartas, banderolas y carteles sobre soportes verticales municipales (farolas, postes, etcétera), por metro cuadrado o fracción, al mes o fracción: 9,94 euros.”

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Tarifa 8: — “Ocupación de cartelera informativa en soportes municipales, carteles de pequeño tamaño en elementos municipales (papeleras, etcétera), por unidad, al mes o fracción: 3,18 euros.” Se añade el artículo 9: “Art. 9. Exenciones y bonificaciones.—Quedan exentas de tasas toda la publicidad de las campañas electorales autorizadas por la Junta Electoral correspondiente. No se concederán más exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las Leyes o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales.” ORDENANZA NÚMERO 17 TASA POR LICENCIAS Y SERVICIOS URBANÍSTICOS Se elimina el punto tercero del artículo 7, quedando como sigue: “Art. 7. Devengo.—1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal que constituye su hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación de la oportuna solicitud de tramitación de la licencia o de los servicios urbanísticos, sujetos al tributo, si el sujeto pasivo formulase expresamente esta. En los casos de servicios urbanísticos en los que no mediara solicitud expresa del interesado, el devengo se produce cuando tengan lugar las circunstancias que provoquen la actuación municipal de oficio o cuando esta se inicie sin previa solicitud del interesado pero redunde en su beneficio. 2. Cuando las obras se hayan iniciado o ejecutado sin haber obtenido la oportuna licencia, la tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente a determinar si la obra en cuestión es o no autorizable, con independencia de la iniciación del expediente administrativo que pueda instruirse para la autorización de esas obras o su demolición si no fueran autorizables.” En Mejorada del Campo, a 11 de enero de 2010.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero. (03/1.776/10)

MEJORADA DEL CAMPO RÉGIMEN ECONÓMICO

Una vez transcurrido el plazo de exposición pública de las modificaciones de las ordenanzas fiscales reguladoras de los impuesto municipales para el ejercicio 2010 y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias contra las mismas, se entiende definitivamente aprobadas dichas modificaciones, cuyo texto íntegro se publica a continuación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 y 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Se propone la modificación puntual de la que se cita: ORDENANZA NÚMERO 4 REGULADORA DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Se corrige el índice de situación de la calle Tormes, del número 0 al final, que pasa de ser 2 a 3,8. En Mejorada del Campo, a 11 de enero de 2010.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero. (03/1.777/10)

MEJORADA DEL CAMPO URBANISMO

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2009, acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización correspondiente al ámbito del Plan General de Ordenación Urbana denominado Sector 5, “Rompe Rejas” (industrial), formulado a este Ayuntamiento por doña Sole-

Pág. 171

dad de la Puerta Salamanca y la mercantil “Valdemera Agropecuaria, Sociedad Limitada”, conforme al acuerdo, cuya parte dispositiva transcrita literalmente dice: Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización correspondiente a las obras de este carácter que se ejecutarán en el Sector 5, “Rompe Rejas” (industrial), del Plan General de Ordenación Urbana del municipio, elaborado por el arquitecto don Julio Zumárraga Gómez, visado por el Colegio Oficial de Arquitecto de Madrid en fecha 7 de noviembre de 2007, y formulado a este Ayuntamiento por doña Soledad de la Puerta Salamanca y “Valdemera Agropecuaria, Sociedad Limitada”, ascendiendo el presupuesto de ejecución por contrata a la cantidad de 2.226,321,03 euros. El presente acuerdo queda condicionado al cumplimiento de las consideraciones plasmadas en los siguiente informes técnicos obrantes en el expediente: informes de fechas 12 de agosto de 2008, 25 de noviembre de 2008, 12 de enero de 2009 y 10 de diciembre de 2009 y, en particular, a las que se citan a continuación: 1. Al cumplimiento de las determinaciones contenidas en el convenio urbanístico número 9. 2. A la obtención de las autorizaciones sectoriales pertinentes, en su caso. 3. Deberán observarse las condiciones de los artículos 4.103 y 4.104 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana. 4. Respecto a la red de riego y bocas de riego, deberán observarse las condiciones de los artículos 4.105 y 4.106 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, así como dotarse de riego por goteo a fin de optimizar el consumo de agua. 5. Respecto a la infraestructura de saneamiento y evacuación, deberán observarse las determinaciones de los artículos 4.107 y 4.108 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana. 6. Deberá procederse al enterrado de las líneas eléctricas existentes a fin de no producir afecciones a las parcelas resultantes de la ordenación. 7. Respecto a las condiciones de alumbrado público, deberán observarse los artículos 4.114 y 4.115 de las Normas Urbanísticas. 8. Respecto a las zonas verdes y ajardinamiento de espacios públicos, deberán cumplirse las determinaciones contenidas en los artículos 4.116 y 4.117 de las de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana. 9. Deberá respetarse las determinaciones derivadas de la inclusión de este sector en zona arqueológica, debiendo procederse de acuerdo con la citada normativa. 10. Una vez aprobados los Proyectos de Reparcelación/Compensación de los Sectores Industriales, deberá proceder a la urbanización de los sistemas generales viario, en conformidad con las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana. Segundo.—El Proyecto de Urbanización del Sector 5, según informe de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, deberá contemplar las siguientes prescripciones: 1. La remodelación del paso inferior del camino situado aproximadamente en el punto kilométrico 14,100 de la radial R-3, construido por concesionaria, requerirá la oportuna autorización de la Dirección General de Carreteras. 2. Deberá realizarse un estudio específico de ruidos, en el que se garantice los niveles acústicos adecuados exigidos no solo por la legislación española, sino por la normativa europea (Directiva 2002/49/CE, de 25 de junio de 2002), transpuesta en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de noviembre de 2003). En dicha Ley se especifica la zona de servidumbre acústica de la carretera existente con sus restricciones correspondientes. En consecuencia, dicho estudio acústico, de conformidad con lo acordado por el Pleno de este Ayuntamiento en su sesión de fecha 17 de noviembre de 2009, deberá presentarse en este Ayuntamiento antes del inicio de la ejecución de las obras de urbanización ahora aprobadas. Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Ayuntamiento y notificar el mismo a los interesados, con señalamiento de los recursos procedentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 141.4 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico

Pág. 172

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

y 80.2.c) y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Cuarto.—Comunicar a los promotores del Sector 5 del Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campo la obligación de constituir una garantía para la correcta ejecución de las obras de urbanización aprobadas a favor de este Ayuntamiento por un importe mínimo del 10 por 100 del importe total previsto para la ejecución de dichas obras, debiendo constar la misma en la Tesorería de este Ayuntamiento con carácter previo al comienzo de las mismas, de conformidad a lo establecido en el artículo 108.1.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y ascendiendo el importe mínimo de dicha garantía a la cantidad de 222.632,10 euros (10 por 100 de 2.226,321,03,84 euros). Quinto.—Comunicar a los promotores del Sector 5 del Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campo que no se podrán iniciar las obras de urbanización del mismo hasta que previamente no haya sido aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación del ámbito. Sexto.—Comunicar el presente acuerdo a la Dirección General de Servicios del Ministerio de Fomento, acompañando un ejemplar del Proyecto de Urbanización definitivamente aprobado para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que se publica para general conocimiento. El transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente contra el mismo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto, o bien impugnarlo directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo expuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Ley de Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Mejorada del Campo, a 17 de diciembre de 2009.—El concejaldelegado de Urbanismo, Industria, Vivienda y Medio Ambiente, Miguel Valero Camacho. (02/14.316/09)

MEJORADA DEL CAMPO URBANISMO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2009, adoptó acuerdo, cuya parte dispositiva es la siguiente: Primero.—Prestar aprobación definitiva al Plan Parcial correspondiente al Sector 5 el Plan General de Ordenación Urbana de este municipio, redactado por iniciativa particular y formulado a este Ayuntamiento por doña Soledad de la Puerta Salamanca u “Valdemera Agropecuaria, Sociedad Limitada”, con arreglo a los informes técnicos antes citados y obrantes en el expediente, a cuyas determinaciones y consideraciones deberá atenerse en todo caso, así como al anejo propuesto para el cumplimiento del deber de cesión de redes supramunicipales, acompañado por el plano adjunto al informe emitido en fecha 26 de octubre de 2009 por la Dirección General del Suelo, Área de Valoraciones y Patrimonio de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, relativo al cumplimiento del deber de cesión de suelo para redes supramunicipales del Plan Parcial del Sector 5. Asimismo, esta aprobación queda supeditada: 1. Al cumplimiento de as determinaciones contenidas en el convenio urbanístico número 9. 2. A la obtención de las autorizaciones sectoriales pertinentes, en su caso. Segundo.—Conforme al informe de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, deberá realizarse un estudio específico de ruidos en el que se garantice los niveles acústicos adecuados exigidos no solo por la legislación española, sino por la

B.O.C.M. Núm. 22

normativa europea (Directiva 2002/49/CE, de 25 de junio de 2002), transpuesta en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de noviembre de 2003). En dicha Ley se especifica la zona de servidumbre acústica de la carretera existente con sus restricciones correspondientes, todo ello antes de la iniciación de las obras de urbanización del sector. Tercero.—Conforme al informe del Canal de Isabel II, emitido en fecha 30 de junio de 2008, en el caso de que transcurran más de dos años desde la fecha de emisión del mencionado informe hasta la presentación del Proyecto de Abastecimiento para la obtención de la conformidad técnica de la red de distribución, así como en el caso de que se produzca cualquier alteración sustancial en las características de usos, tipologías y edificabilidades de este ámbito, se deberá solicitar nuevamente el informe de viabilidad para esta actuación. Cuarto.—Comunicar a los promotores del ámbito del Sector 5, cuyo Plan Parcial se aprueba ahora definitivamente que la parcela catastral número 940507VK579ON, es un camino rural de propiedad municipal y, por tanto, finca aportada por este Ayuntamiento a la reparcelación del Sector por ser propiedad de titularidad municipal, y por otro lado, que no se podrán iniciar las obras de urbanización del Sector 5 hasta que previamente no haya sido aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación del ámbito. Quinto.—Publicar el presente acuerdo con la documentación que proceda en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previo depósito de un ejemplar del Plan Parcial aprobado en el Registro de los Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, indicando en el anuncio de exposición la circunstancia de que ha sido depositado en el referido Registro el Plan Parcial del Sector 9 (industrial) del Plan General de Ordenación Urbana. Asimismo, notificar los presentes acuerdos a los propietarios afectados por esta actuación urbanística, así como a los interesados en el procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 139.4 del Reglamento de Planeamiento. Sexto.—Comunicar el presente a la Dirección General de Servicios del Ministerio de Fomento, acompañando un ejemplar del Plan Parcial definitivamente aprobado para su conocimiento y efectos oportunos. Séptimo.—Levantar la suspensión, acordada por la Junta de Gobierno Local en su sesión de fecha 22 de enero de 2009, para la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades en la totalidad del ámbito territorial afectado por el Plan Parcial del Sector 5 (industrial) del Plan General de Ordenación Urbana de este municipio, toda vez que se procede con este acuerdo a la aprobación definitiva del citado Plan. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 70.4 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento de lo establecido en los artículos 66.1 y 100 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y artículo 124.1 del texto refundido de la Ley del Suelo de 27 de junio de 1992, significando que ha sido entregado con fecha 15 de diciembre de 2009 un ejemplar del instrumento urbanístico aprobado en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. El transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente contra el mismo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicto el acto, o bien impugnarlo directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo expuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1085, de 2 de abril, Reguladora de la Ley de Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). En Mejorada del Campo, a 16 de diciembre de 2009.—El concejal de Urbanismo, Miguel Valero Camacho. (02/14.315/09)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

MEJORADA DEL CAMPO CONTRATACIÓN

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, de fecha 23 de diciembre de 2009, se elevó a definitiva la adjudicación provisional del contrato que más adelante se cita, lo que se hace público a los efectos del artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Mejorada del Campo. b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de Contratación. 2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Realización de actuaciones en materia de violencia de género. b) Lugar de ejecución: Mejorada del Campo. c) Plazo de ejecución: Desde el 9 de enero de 2010 hasta el 8 de enero de 2011. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Urgente. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Pluralidad de criterios. 4. Presupuesto base de licitación: 81.413,80 euros, IVA excluido, distribuido en función de las siguientes actuaciones: — Asistencia psicológica (exenta de IVA, según artículo 20.1.8 de la Ley 37/1992): 23.780,51 euros. — Asesoría jurídica (se aplica un IVA de 16 por 100): 17.067,24 euros. — Asistencia integral a las víctimas de violencia (exenta de IVA según artículo 20.1.8 de la Ley 37/1992): 21.410,05 euros. — Actuaciones de prevención y sensibilización (se aplica un IVA de 16 por 100): 19.156 euros. El importe total, IVA incluido, asciende a la cantidad de 87.174,72. 5. Adjudicación provisional: a) Fecha: 10 de diciembre de 2009. b) Contratista: Fundación Igenus. c) Importe adjudicación: 81.220,69 euros, más la cantidad de 5.779,31 euros en concepto de IVA repercutido, lo que hace un total de 87.000 euros. 6. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 23 de diciembre de 2009. b) Presentada fianza y documentos requeridos en la cláusula decimoctava del pliego de cláusulas administrativas: sí. 7. Portal informático o página web donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria o donde puedan obtenerse los pliegos: Perfil de contratante en el Ayuntamiento de Mejorada del Campo es www.mejoradadelcampo.org (Concejalía de Empleo, Formación y Desarrollo Local>Perfil de Contratante). Mejorada del Campo, a 29 de diciembre de 2009.—El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero. (02/14.539/09)

Pág. 173

Partida presupuestaria: 26.3131.48905 del presupuesto del ejercicio 2009. Beneficiaria: Cruz Roja Española. Móstoles, a 4 de noviembre de 2009.—El alcalde (firmado). (02/13.260/09)

NAVALCARNERO LICENCIAS

“Ingeniería y Técnica del Transporte Tría, Sociedad Anónima”, solicita licencia municipal para la apertura y funcionamiento de almacén y oficina para empresa de estructuras metálicas en parcela I-2.3 del Sector I-2, barrio de San Isidro, de esta localidad. Lo que se hace público para general conocimiento, al objeto de que las personas interesadas puedan formular en el plazo de veinte días las reclamaciones que estimen oportunas. Navalcarnero, a 10 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, Baltasar Santos González. (02/9.315/09)

NAVALCARNERO LICENCIAS

Doña María del Carmen Correas Gallego solicita licencia municipal para la apertura y funcionamiento de garaje-aparcamiento en la calle Beatas, número 1, con vuelta a la calle Hilanderos, de esta localidad. Lo que se hace público para general conocimiento, al objeto de que las personas interesadas puedan formular en el plazo de veinte días las reclamaciones que estimen oportunas. Navalcarnero, a 17 de noviembre de 2009.—El alcalde-presidente, Baltasar Santos González. (02/14.224/09)

PARACUELLOS DE JARAMA RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2009, aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la siguiente tasa: — Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa. De conformidad con el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública dicho acuerdo, así como las ordenanzas fiscales por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Paracuellos de Jarama, a 12 de enero de 2010.—El alcalde (firmado). (03/1.778/10)

PARACUELLOS DE JARAMA MÓSTOLES OTROS ANUNCIOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a la publicación del extracto contenido en la resolución 14/1087, de 6 de octubre de 2009, de la Junta de Gobierno Local, sobre la aprobación de la firma de convenio de colaboración. Expediente: resolución sobre la aprobación del convenio de colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Móstoles y Cruz Roja Española, asociación de ámbito social, para el desarrollo del proyecto “Piso para mujeres gestantes en situación de riesgo social”. Importe: 10.490 euros.

REGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo plenario de fecha 22 de diciembre de 2010 se ha acordado aprobar la modificación de la siguiente ordenanza: — Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones. Lo que se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de poder examinar el expediente y presentar las alegaciones que se estimen oportunas durante dicho plazo, según establece el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Paracuellos de Jarama, a 12 de enero de 2010.—El alcalde (firmado). (03/1.780/10)

Pág. 174

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

PATONES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por acuerdo del Pleno de fecha 30 de diciembre de 2009 fue aprobada la constitución de la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, tras lo cual, mediante resolución de Alcaldía de fecha 23 de diciembre de 2009, se aprobó el nombramiento de los concejales que formarán parte de dicha Junta, lo que se publica a los efectos de los artículos 46.1 y 52.4 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. La Junta de Gobierno Local estará compuesta por los siguientes miembros: Alcalde actual: don Óscar Sanz García. Primer teniente de alcalde: don Miguel Ángel de la Fuente Martín. Segundo teniente de alcalde: doña María Teresa Arriazu Gómez. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Patones, a 4 de enero de 2010.—El alcalde accidental, Óscar Sanz García. (03/1.603/10)

PATONES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 23 de diciembre de 2009, ratificada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2009, han sido nombrados como concejales-delegados de este Ayuntamiento de Patones: Concejalías Delegadas: — Concejalía de Servicios: doña María Teresa Arriazu Gómez. — Concejalía de Planificación: Don Óscar Sanz García. — Concejalía de Infraestructuras y Cultura: don Miguel Ángel de la Fuente Martín. En este caso, la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Patones, a 4 de enero de 2010.—El alcalde accidental, Óscar San García. (03/1.699/10)

PATONES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por resolución de alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 23 de diciembre de 2009, ratificada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2009, han sido nombrados para el cargo de tenientes de alcalde del Ayuntamiento de Patones: — Don Miguel Ángel de la Fuente Martín, como primer teniente de alcalde. — Doña María Teresa Arriazu Gómez, como segundo teniente de alcalde. Lo que se publica a efectos de lo dispuesto en el artículo 46.1 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

B.O.C.M. Núm. 22

En Patones, a 4 de enero de 2010.—El alcalde accidental, Óscar Sanz García. (03/1.605/10)

POZUELO DE ALARCÓN LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima”, ha solicitado informe de evaluación ambiental para la actividad de estación base de telefonía móvil en la autopista M-40, punto kilométrico 38,600. Durante el plazo de veinte días quienes se consideren afectados por la actividad señalada podrán hacer las alegaciones pertinentes. Pozuelo de Alarcón, a 4 de diciembre de 2009.—El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Obras, Servicio, Medio Ambiente, Movilidad y Transportes, PD de la Junta de Gobierno Local (acuerdo de 1 de abril de 2009), Mariano Pérez-Hickman y Silván. (02/14.360/09)

POZUELO DE ALARCÓN LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima”, ha solicitado informe de evaluación ambiental para la actividad de estación base de telefonía móvil en la vía de las Dos Castillas, número 9 (edificio “Azatá”). Durante el plazo de veinte días quienes se consideren afectados por la actividad señalada podrán hacer las alegaciones pertinentes. Pozuelo de Alarcón, a 4 de diciembre de 2009.—El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Obras, Servicio, Medio Ambiente, Movilidad y Transportes, PD de la Junta de Gobierno Local (acuerdo de 1 de abril de 2009), Mariano Pérez-Hickman y Silván. (02/14.361/09)

POZUELO DE ALARCÓN LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima”, ha solicitado informe de evaluación ambiental para la actividad de estación base de telefonía móvil en el camino del Cerro de los Gamos, número 1. Durante el plazo de veinte días quienes se consideren afectados por la actividad señalada podrán hacer las alegaciones pertinentes. Pozuelo de Alarcón, a 4 de diciembre de 2009.—El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Obras, Servicio, Medio Ambiente, Movilidad y Transportes, PD de la Junta de Gobierno Local (acuerdo de 1 de abril de 2009), Mariano Pérez-Hickman y Silván. (02/14.365/09)

POZUELO DE ALARCÓN LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima”, ha solicitado informe de evaluación ambiental para la actividad de estación base de telefonía móvil en la calle Oslo, número 1. Durante el plazo de veinte días quienes se consideren afectados por la actividad señalada podrán hacer las alegaciones pertinentes. Pozuelo de Alarcón, a 4 de diciembre de 2009.—El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Obras, Servicio, Medio Ambiente, Movilidad y Transportes, PD

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

de la Junta de Gobierno Local (acuerdo de 1 de abril de 2009), Mariano Pérez-Hickman y Silván. (02/14.364/09)

POZUELO DE ALARCÓN LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima”, ha solicitado informe de evaluación ambiental para la actividad de estación base de telefonía móvil en la urbanización “Las Encinas”, número 31. Durante el plazo de veinte días quienes se consideren afectados por la actividad señalada podrán hacer las alegaciones pertinentes. Pozuelo de Alarcón, a 24 de noviembre de 2009.—El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Obras, Servicio, Medio Ambiente, Movilidad y Transportes, PD de la Junta de Gobierno Local (acuerdo de 1 de abril de 2009), Mariano Pérez-Hickman y Silván. (02/14.362/09)

POZUELO DE ALARCÓN LICENCIAS

A los efectos del artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima”, ha solicitado informe de evaluación ambiental para la actividad de estación base de telefonía móvil en la calle Volturno, número 5. Durante el plazo de veinte días quienes se consideren afectados por la actividad señalada podrán hacer las alegaciones pertinentes. Pozuelo de Alarcón, a 24 de noviembre de 2009.—El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Obras, Servicio, Medio Ambiente, Movilidad y Transportes, PD de la Junta de Gobierno Local (acuerdo de 1 de abril de 2009), Mariano Pérez-Hickman y Silván. (02/14.363/09)

POZUELO DE ALARCÓN CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Junta de Gobierno Local. b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contratación. c) Número de expediente: 70/09. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: servicios. b) Descripción del objeto: servicio de atención al ciudadano “010”. c) Publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 245, de 15 de octubre de 2009. 3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación: ordinaria, abierto, varios criterios de adjudicación. 4. Presupuesto base de licitación: 246.552 euros. Importe anual: 123.276 euros, impuesto sobre el valor añadido no incluido. 5. Adjudicación: a) Fecha: provisional, 9 de diciembre de 2009; definitiva, 30 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Telecyl, Sociedad Anónima”. c) Nacionalidad de la contratista: española. d) Importe adjudicación: precio por hora de servicio, 14,95 euros, impuesto sobre el valor añadido no incluido (17,34 euros, impuesto sobre el valor añadido incluido). Pozuelo de Alarcón, a 8 de enero de 2010.—El concejal-delegado de Contratación, Carlos Ulecia Rodríguez. (02/407/10)

Pág. 175

POZUELO DE ALARCÓN CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Junta de Gobierno Local. b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contratación. c) Número de expediente: 77/09. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: mixto. b) Descripción del objeto: suministro e instalación de infraestructura de red inalámbrica municipal. c) Publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 252, de 23 de octubre de 2009. 3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación: urgente, abierto, varios criterios de adjudicación. 4. Presupuesto base de licitación: 191.690 euros, impuesto sobre el valor añadido exluido. — Instalación “wifi” y equipamiento “hardware” y “software”: 116.379 euros, impuesto sobre el valor añadido excluido. — Gastos difusión: 21.551 euros, impuesto sobre el valor añadido excluido. — Mantenimiento (dos años): 53.760 euros, impuesto sobre el valor añadido excluido. 5. Adjudicación: a) Fecha: provisional, 9 de diciembre de 2009; definitiva, 30 de diciembre de 2009. b) Contratista: “SICE, Sociedad Ibérica de Construcciones, Sociedad Anónima”. c) Nacionalidad del contratista: española. d) Importe de la adjudicación: — Precio infraestructura “wifi”: 92.951,91 euros, impuesto sobre el valor añadido no incluido. — Gastos de difusión: 21.551 euros, impuesto sobre el valor añadido no incluido. — Soporte y mantenimiento: 37.626,62 euros, impuesto sobre el valor añadido no incluido. Pozuelo de Alarcón, a 12 de enero de 2010.—El concejal-delegado de contratación, Carlos Ulecia Rodríguez. (02/406/10)

POZUELO DE ALARCÓN CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, Junta de Gobierno Local. b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contratación. c) Número de expediente: 74/09 y 80/09. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: privado. b) Descripción del objeto: — Expediente 74/09: seguro de responsabilidad civil y/o patrimonial. — Expediente 80/09: póliza de seguro de flota de automóviles. c) Publicación del anuncio de licitación: — Expediente 74/09: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 245, de 15 de octubre de 2009. — Expediente 80/09: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 248, de 19 de octubre de 2009. 3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación: — Expediente 74/09: ordinaria, abierto, varios criterios de adjudicación. — Expediente 80/09: urgente, abierto, varios criterios de adjudicación.

Pág. 176

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

4. Presupuesto base de licitación: — Expediente 74/09: 529.159,24 euros. Prima anual: 132.289,81 euros. — Expediente 80/09: importe anual, 57.000 euros, impuestos incluidos. Valor estimado del contrato: 228.000 euros, impuestos incluidos. 5. Adjudicación: a) Fecha: provisional, 9 de diciembre de 2009; definitiva expediente 74/09, 30 de diciembre de 2009 y expediente 80/09, 28 de diciembre de 2009. b) Contratista: expediente 74/09, “Mapfre Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, y expediente 80/90, “Bilbao, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros.” c) Nacionalidad contratista: española. d) Importe adjudicación: expediente 74/09, prima anual 119.060,81 euros, impuestos incluidos; expediente 80/90, precios unitarios. Pozuelo de Alarcón, a 12 de enero de 2010.—El concejal-delegado de Contratación, Carlos Ulecia Rodríguez. (02/405/10)

RIBATEJADA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Ribatejada, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2009, acordó la aprobación provisional del Reglamento de Administración Electrónica. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. En Ribatejada, a 30 de diciembre de 2009.—El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul. (03/1.607/10)

RIVAS-VACIAMADRID ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2009, adoptó acuerdo la aprobación inicial de la modificación de Estatutos de la Empresa Municipal de Servicios, sometiendo el expediente a información pública por plazo de un mes contando a partir del días siguiente el de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como entender definitivamente aprobada dicha modificación si no se produjesen reclamaciones o alegaciones. En Rivas-Vaciamadrid, a 7 de enero de 2010.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz. (03/1.559/10)

B.O.C.M. Núm. 22

to General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, se hace público los nombramientos de los siguientes funcionarios de carrera, de acuerdo con la propuesta del tribunal de selección: 1. Don Fernando Soler Fernández, con documento nacional de identidad número 50819162-H. 2. Don Fernando Pastrana García, con documento nacional de identidad número 50962721-B. En Rivas-Vaciamadrid, a 4 de enero de 2010.—El concejal-delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (PD 431/2009, de 5 de febrero), Marcos Sanz Salas. (03/1.561/10)

RIVAS-VACIAMADRID CONTRATACIÓN

A los efectos establecidos en el artículo 138.2 de la Ley de Contratos del Sector Público se hace público que este Ayuntamiento ha adoptado resolución de adjudicar el contrato que se cita: 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. b) Dependencia que tramita el expediente de contratación: Departamento de Contratación. c) Número de expediente: 91/09. 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato y descripción del objeto: contrato de seguros de asistencia sanitaria y salud (reembolso de gastos) para el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. b) Boletín oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID números 269 y 273, de 12 y 17 de noviembre de 2009, respectivamente. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: ya indicados en anuncio de licitación. 4. Presupuesto base de licitación: presupuesto anual comprometido, 420.000 euros/año, impuesto sobre el valor añadido exento, impuesto sanitario incluido. Lote I, 36 euros y lote II, 47 euros (por asegurado/mes, impuesto sanitario incluido, impuesto sobre el valor añadido exento), a la baja, respectivamente, para ambos lotes. 5. Adjudicación: a) Fecha: 9 de diciembre de 2009. b) Contratista: “Aresa Seguros Generales, Sociedad Anónima”. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: presupuesto anual comprometido, 420.000 euros/año, impuesto sobre el valor añadido exento, impuesto sanitario incluido. Lote I, 35 euros, y lote II, 47 euros (por asegurado/mes, impuesto sanitario incluido, impuesto sobre el valor añadido, exento), respectivamente, para ambos lotes. Rivas-Vaciamadrid, a 9 de diciembre de 2009.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz. (02/16/10)

RIVAS-VACIAMADRID RIVAS-VACIAMADRID PERSONAL

Resolución de 18 de diciembre de 2009, del concejal-delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía y Recursos Humanos, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (Madrid), por la que se nombran funcionarios de carrera de la escuela de la Administración General, subescala Subalterna, grupo E, nivel de complemento de destino 11, denominación Conserje de Centros Públicos. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 25.2 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamen-

OTROS ANUNCIOS

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por haber resultado infructuosos los intentos de notificación individualizada, se hace público lo siguiente: La Policía Local ha procedido a la retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de los vehículos que a continuación se relacionan, por presumirse que se encontraban en situación de abandono, con base en la modificación por la Ley 11/1999, de 21 de abril, al artículo 71 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Los vehículos retirados son los siguientes: Número de expediente. — Matrícula Marca y modelo. — Titular Exp. VA. 186/09. — M-2379-NU. — Opel Astra. — Deak Ede, Sandor. Exp. VA. 238/09. — 1069BSN. — Seat Ibiza. — Sáez García, Valentín. Exp. VA. 240/09. — M-5305-PF. — Mercedes Benz. — Fernández Brono, Ramón. Exp. VA. 245/09. — M-3790-SM. — Opel Astra. — Simona Macarie, Adriana. Exp. VA. 269/09. — V-7911-EW. — Opel Astra. — Rodríguez Sánchez Escribano, Alejandro. Exp. VA. 272/09. — M-0191-VH. — Opel Vectra. — Molina Pardo, Antonio. Exp. VA. 271/09. — M-3655-KD. — Peugeot 205. — Pavalache, Constantín. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se les requiere para que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, procedan a la retirada del depósito municipal de los vehículos indicados, con expresa advertencia de que si no lo hicieran se procedería a su tratamiento como residuo sólido urbano, siendo de aplicación a los titulares de los mismos, a efectos de sanción, lo dispuesto en la vigente Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Rivas-Vaciamadrid, a 26 de diciembre de 2009.—La concejala de Seguridad Ciudadana, Yaiza García Reca. (02/15/10)

SAN LORENZO DE EL ESCORIAL RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 7 de enero de 2009, adoptó acuerdo aprobando las bases para la concesión de ayudas a entidades deportivas para el ejercicio de 2010. Las bases se encuentran a disposición de los interesados en la Secretaría del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, así como en el polideportivo municipal. Las solicitudes de subvención podrán presentarse en la Secretaría municipal hasta el día 22 de febrero de 2010. En San Lorenzo de El Escorial, a 13 de enero de 2010.—El alcalde, José Luis Fernández Quejo del Pozo. (03/1.934/10)

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

Los cambios introducidos por la Modificación Puntual se concretan en los siguientes aspectos: — Redefinición del ámbito de la Unidad de Ejecución UE-5 para excluir parte de la parcela de 160 metros cuadrados, que cuenta con una vivienda que posee todos los servicios urbanos. Por tanto, la superficie de la Unidad de Ejecución resultante es de 20.680 metros cuadrados. La parcela mantiene la ordenanza de vivienda unifamiliar en hilera asignada por el planeamiento vigente. — Asignación de nuevos usos y tipologías mediante la aplicación de ordenanzas ya existentes en el planeamiento vigente, OR-3, vivienda colectiva, en bloque abierto, para el uso residencial y uso comercial. — Las ordenanzas de aplicación OR-6-2.a, vivienda unifamiliar en hilera, y OR-3, vivienda colectiva en bloque abierto, se aplican en cuanto a los parámetros de volumetría, es decir, ocupación, altura, retranqueos, etcétera, pero no en lo referente a la edificabilidad, pues es de aplicación los máximos reflejados en la ficha de la modificación para que no se produzca un aumento de edificabilidad. — Creación de un área de equipamiento público de 2.060 metros cuadrados para la posible implantación del mercado municipal y una zona verde de 1.490 metros cuadrados, en total 3.550 metros cuadrados en sustitución de un área de espacio libre para aparcamiento arbolado de uso público, de 1.625 metros cuadrados, previsto en el planeamiento vigente. — Se ajusta el ancho del viario interior a 10 metros entre alineaciones, pasando de 8 metros del planeamiento vigente a 10 metros en la propuesta. Por tanto, los nuevos parámetros que definen la Unidad de Ejecución son los siguientes. Quedan afectados por la Modificación Puntual los siguientes documentos de las Normas Subsidiarias de Ordenación Municipal de San Martín de Valdeiglesias: — Memoria.—Se incorpora la Memoria Justificativa de la Modificación Puntual. — Normativa.—Se sustituye la ficha de la Unidad de Ejecución en Suelo Urbano no Consolidado UE-5. — Planos.—Se sustituyen los planos P-D1, “Alineaciones y ordenanzas del casco”, y P-E1, “Gestión del casco”. Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedando depositada copia del expediente tramitado en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid. San Martín de Valdeiglesias, a 4 de enero de 2010.—El alcalde, Pablo Martín Cabezuela. (02/49/10)

URBANISMO

Aprobada definitivamente por la orden 4244/2009, de 5 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Martín de Valdeiglesias, en el ámbito de la Unidad de Ejecución UE-5, se hace público lo siguiente: La Modificación Puntual tiene por objeto cambiar la delimitación y ordenación de la Unidad de Ejecución en Suelo Urbano no Consolidado UE-5, con la finalidad de crear un equipamiento público para la implantación del mercado municipal, excluir una parcela con una vivienda, que cuenta con todos los servicios urbanos y posibilitar la construcción de vivienda multifamiliar en bloque abierto e instalaciones destinadas a uso terciario. Con las modificaciones introducidas en el ámbito de la UE-5, el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias obtiene suelo para la construcción de un mercado municipal, y a su vez garantiza que un 30 por 100 de las viviendas construidas en la tipología de bloque abierto, se incluirán en algún régimen de protección pública. A su vez, con la exclusión de la vivienda que cuenta con todos los servicios urbanos, el Ayuntamiento garantiza la viabilidad del desarrollo de la Unión de Ejecución.

Pág. 177

SOTO DEL REAL RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 150.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, y 127 del texto refundido del Régimen Local de 18 de abril de 1986, y habida cuenta que la Corporación, en sesión celebrada el día 1 de diciembre de 2009, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta Entidad para 2010, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, hace constar lo siguiente: 1. Resumen por capítulos del referido presupuesto PRESUPUESTO DE GASTOS Capítulo

Denominación

1 2

A) Operaciones corrientes Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y servicios

Euros

2.991.941 3.220.140

Pág. 178 Capítulo

3 4

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010 Denominación

Gastos financieros Transferencias corrientes B) Operaciones de capital Inversiones reales Activos financieros Pasivos financieros Total

6 8 9

Euros

80.810 223.400 1.042.100 15.000 392.400 7.965.791

B.O.C.M. Núm. 22

3. Estudios elementales/sin estudios: 3.1. Peón: 7 plaza (1 vacante). Todo ello según lo dispuesto en el artículo 152.1 de la citada Ley 39/1988, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Soto del Real, a 11 de enero de 2010.—La alcaldesa, Encarnación Rivero Flor. (03/1.608/10)

TORRELODONES PRESUPUESTO DE INGRESOS Capítulo

Denominación

A) Operaciones corrientes Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales B) Operaciones de capital Enajenación de inversiones reales Transferencias de capital Activos financieros Pasivos financieros Total

1 2 3 4 5 6 7 8 9

LICENCIAS

Euros

2.613.700 113.000 1.766.700 2.311.291 104.000 450.000 92.100 15.000 500.000 7.965.791

2. Aprobar, asimismo, la relación de puestos de trabajo aneja al mismo y que incluye la Oferta de Empleo Público para el mismo año. Plantilla a) Plazas de funcionarios 1. Con habilitación nacional: 1.1. Interventor: 1 plaza. 1.2. Secretario: 1 plaza. 2. Escala de Administración General: 2.1. Subescala Técnica: TAG: 1 plaza. Ayudante Biblioteca: 1 plaza. 2.2. Subescala Administrativa: 4 plazas. 2.3. Subescala Auxiliar: 4 plazas. 3. Escala de Administración Especial: 3.1. Policía Local: 20 plazas (3 vacantes). 3.2. Personal de oficios: 5 plazas (1 vacante). b) Plazas de funcionarios 1. Técnico superior/medio: 1.1. Arquitecto superior: 1 plaza. 1.2. Técnico Administración General: 1 plaza. 1.3. Arquitecto técnico: 1 plaza. 2. BUP/Bachiller Elemental: 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5. 2.6. 2.7. 2.8. 2.9.

Administrativo: 2 plazas. Auxiliar administrativo: 2 plazas. Coordinador Juventud: 1 plaza (vacante). Coordinador Deportes: 1 plaza. Coordinador Cultura: 1 plaza. Oficial electricista: 1 plaza. Oficial mantenimiento: 1 plaza. Oficial albañil: 1 plaza. Ordenanza: 4 plazas.

Por “Cimas de Levante, Sociedad Cooperativa”, se ha solicitado licencia municipal para instalación y apertura de un garaje en la avenida de los Peñascales, sin número, parcela 5, de Torrelodones. Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad referenciada puedan formular por escrito, que presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de veinte días hábiles. Torrelodones, a 20 de noviembre de 2009.—La concejal-delegada del Área de Ordenación del Territorio, Marta Campesino Ruiz. (02/13.572/09)

TORRELODONES LICENCIAS

Por doña Pilar Gómez Izquierdo se ha solicitado licencia municipal para instalación y apertura de un bar de copas en la calle Camino de Valladolid, número 20, de Torrelodones. Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, a fin de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad referenciada puedan formular por escrito, que presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes durante el plazo de veinte días hábiles. Torrelodones, a 23 de noviembre de 2009.—La concejal-delegada del Área de Ordenación del Territorio, Marta Campesino Ruiz. (02/13.571/09)

VALDELAGUNA RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 2009, aprobó el siguiente calendario de recaudación para el ejercicio 2010, en período voluntario: — Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 1 de marzo al 30 de abril de 2010. — Tasa por prestación del servicio de recogida de basura: del 1 de junio a 31 de julio de 2010. — Impuestos sobre bienes inmuebles: del 15 de septiembre al 14 de noviembre de 2010. El ingreso de las cantidades adeudadas se efectuará a través de la cuenta abierta por este Ayuntamiento en “Caja de Madrid”, con el número 2038/2868/12/6003509485, debiéndose domiciliar, en esta misma cuenta, los recibos. Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengando el recargo correspondiente, intereses y, en su caso, costas del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria y Reglamento General de Recaudación. Valdelaguna, a 18 de diciembre de 2008.—El alcalde, Luis Miguel Oreja Rubio. (02/238/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

VALDELAGUNA LICENCIAS

Por doña Yolanda Díaz Bermejo, en nombre y representación de “IXXIMMI Logística, Sociedad Limitada”, se solicita licencia de apertura de la actividad denominada oficina de operador de transportes y oficina de agencia de transportes en la calle Carlos Ruiz, número 1. Conforme establece el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados podrán comprobar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Valdelaguna, a 18 de diciembre de 2009.—El alcalde, Luis Miguel Oreja Rubio. (02/239/10)

VALDEMANCO CONTRATACIÓN

Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2009 se ha aprobado la enajenación del bien mueble sito en la calle Bellavista, número 18, de Valdemanco, mediante subasta pública y el pliego de cláusulas administrativas particulares. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el perfil de contratante, por plazo de quince días, el anuncio de licitación del contrato de enajenación del bien para seleccionar al comprador del mismo, con sujeción a las siguientes cláusulas: 1. Entidad adjudicadora (datos generales y datos para la obtención de la información): a) Organismo: Ayuntamiento de Valdemanco. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Obtención de documentación e información: 1.o Dependencia: Ayuntamiento. 2.o Domicilio: plaza de Nuestra Señora del Carmen, número 1. 3.o Localidad y código postal: 28729 Valdemanco (Madrid). 4.o Teléfono: 918 481 174. 5.o Telefax: 918 481 149. 6.o Correo electrónico: [email protected] 7.o Dirección de internet de perfil de contratante: www.valdemanco.es d) Número de expediente: 02/09. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: venta mediante subasta de parcela de propiedad municipal. b) Descripción del objeto: solar de naturaleza urbana de 293,30 metros cuadrados sito en la calle Bellavista, número 18. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto base de licitación: a) Importe neto: 50.000 euros. Impuesto sobre el valor añadido (16 por 100): 8.000 euros. Importe total: 58.000 euros. 5. Garantía provisional: 1.000 euros. 6. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: el decimoquinto día después de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Modalidad de presentación: una única proposición en dos sobres, sobre A, “Documentación acreditativa del licitador”, y sobre B, “Oferta económica”. c) Lugar de presentación: 1.o Dependencia: Ayuntamiento de Valdemanco. 2.o Domicilio: plaza de Nuestra Señora del Carmen, número 1. 3.o Localidad y código postal: 28729 Valdemanco (Madrid). 4.o Dirección electrónica: [email protected]

Pág. 179

7. Apertura de ofertas: a) Ayuntamiento de Valdemanco. b) Primer lunes hábil siguiente a la finalización del plazo para la presentación de ofertas, a las dieciocho horas. 8. Gastos de publicidad: a cargo del adjudicatario. En Valdemanco, a 11 de enero de 2009.—El alcalde, José Luis Serrano Iglesias. (01/194/10)

VALDEMANCO CONTRATACIÓN

Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2009 se ha aprobado la enajenación del bien mueble sito en la calle Bellavista, número 16, de Valdemanco, mediante subasta pública y el pliego de cláusulas administrativas particulares. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el perfil de contratante, por plazo de quince días, el anuncio de licitación del contrato de enajenación del bien para seleccionar al comprador del mismo, con sujeción a las siguientes cláusulas: 1. Entidad adjudicadora (datos generales y datos para la obtención de la información): a) Organismo: Ayuntamiento de Valdemanco. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Obtención de documentación e información: 1.o Dependencia: Ayuntamiento. 2.o Domicilio: plaza de Nuestra Señora del Carmen, número 1. 3.o Localidad y código postal: 28729 Valdemanco (Madrid). 4.o Teléfono: 918 481 174. 5.o Telefax: 918 481 149. 6.o Correo electrónico: [email protected] 7.o Dirección de internet de perfil de contratante: www.valdemanco.es d) Número de expediente: 01/09. 2. Objeto del contrato: a) Tipo: venta mediante subasta de parcela de propiedad municipal. b) Descripción del objeto: solar de naturaleza urbana de 292,30 metros cuadrados sito en la calle Bellavista, número 16. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto base de licitación: a) Importe neto: 50.000 euros. Impuesto sobre el valor añadido (16 por 100): 8.000 euros. Importe total: 58.000 euros. 5. Garantía provisional: 1.000 euros. 6. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: el decimoquinto día después de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Modalidad de presentación: una única proposición en dos sobres, sobre A, “Documentación acreditativa del licitador”, y sobre B, “Oferta económica”. c) Lugar de presentación: 1.o Dependencia: Ayuntamiento de Valdemanco. 2.o Domicilio: plaza de Nuestra Señora del Carmen, número 1. 3.o Localidad y código postal: 28729 Valdemanco (Madrid). 4.o Dirección electrónica: [email protected] 7. Apertura de ofertas: a) Ayuntamiento de Valdemanco. b) Primer lunes hábil siguiente a la finalización del plazo para la presentación de ofertas, a las dieciocho horas. 8. Gastos de publicidad: a cargo del adjudicatario. En Valdemanco, a 11 de enero de 2009.—El alcalde, José Luis Serrano Iglesias. (01/195/10)

Pág. 180

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

VALVERDE DE ALCALÁ RÉGIMEN ECONÓMICO

Don Gregorio Machicado de las Heras, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá (Madrid). Hace saber: Que los prepadrones del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y del precio público por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase correspondientes al ejercicio 2010, han sido aprobados por decreto de fecha 4 de enero de 2010, y se hallan expuestos al público en la Intervención Municipal, a los efectos de que en el plazo de quince días a partir de la presente publicación cualquier interesado pueda interponer reclamaciones a los mismos. El período de pago voluntario será el comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2010, y podrá hacerse efectivo en cualquiera de las oficinas de “Caja de Madrid”. Se advierte que transcurrido el plazo voluntario de pago sin haberse satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo. Valverde de Alcalá, a 4 de enero de 2010.—El alcalde-presidente, Gregorio Machicado de las Heras. (02/327/10)

VILLALBILLA

B.O.C.M. Núm. 22

Villanueva de la Cañada, a 15 de diciembre de 2009.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete. (02/230/10)

VILLAR DEL OLMO REGIMEN ECONÓMICO

Por la presente se exponen al público por plazo de quince días, a efectos de reclamaciones, el padrón del impuesto de vehículos de tracción mecánica 2010, el padrón de la tasa de paso de carruajes 2010, el padrón de la tasa de basuras (segundo semestre de 2009) y el padrón del impuesto de activiades económicas de 2009. Las reclamaciones podrán presentarse por escrito dirigido a la alcaldesa-presidenta en las dependencias municipales, sitas en la plaza Mayor, número 1, durante el plazo citado y en horas de oficina, o a través de cualquier otro medio previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Villar del Olmo, a 8 de enero de 2010.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno. (02/309/10)

VILLAREJO DE SALVANÉS LICENCIAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobados por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 13 de enero de 2010, quedan expuestos al público en el Departamento de Recaudación de este Ayuntamiento los padrones relativos a: — Impuesto de vehículos de tracción mecánica. — Tasa de vados. Referidos al ejercicio 2010. La cobranza tendrá lugar en período voluntario del 1 de febrero al 31 de marzo de 2010, ambos inclusive. Terminado el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determinará el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos establecidos en los artículos 26 y 28, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La exposición pública tiene los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos a cada uno de los sujetos pasivos. Contra el acto de aprobación de las liquidaciones puede formularse recurso de reposición, ante el alcalde-presidente, previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización de su exposición pública, lo cual no obsta a la ejecutividad recaudatoria de los padrones. Dichos padrones se expondrán al público por el plazo reglamentario de quince días. En Villalbilla, a 14 de enero de 2010.—El alcalde-presidente, Iván Jesús Borrego Holgado. (02/413/10)

VILLANUEVA DE LA CAÑADA LICENCIAS

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, se hace público que por “Autoextrem, Sociedad Limitada Laboral”, se ha solicitado licencia de instalación y puesta en funcionamiento para el ejercicio de la actividad de taller de reparación de vehículos en la finca sita en la calle Navarra, número 3, que se tramita amparada por el expediente número 25.04.15/2009/11. Durante el plazo de veinte días quien se considere afectado de algún modo por la actividad podrá formular ante esta Alcaldía las observaciones pertinentes.

Por Patronato Benéfico Docente Santa Elena se ha solicitado licencia para apertura de edificio docente en la calle Luis de Requesens, número 18, de este municipio. Lo que se hace público para general conocimiento y al objeto de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer puedan hacer las observaciones pertinentes dentro del plazo de veinte días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Villarejo de Salvanés, a 4 de diciembre de 2009.—El alcalde, Fernando Gutiérrez del Burgo. (02/125/10)

VILLAVICIOSA DE ODÓN ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia de 22 de diciembre de 2009, se hace público lo siguiente: Primero.—Avocar la delegación de competencias en las áreas de Sanidad y Consumo, Mujer, Juventud, Menor y Familia de doña Milagros Garcías Pérez. Segundo.—Avocar la delegación de competencias en las áreas de Bienestar Social e Inmigración de doña Sonsoles Porras Lozano. Tercero.—Delegar las competencias de las Áreas de Sanidad y Consumo, Mujer, Juventud, Menor y Familia, Bienestar Social e Inmigración en doña Vanesa García Rodríguez. Cuarto.—Notificar la presente resolución a las concejalas doña Vanesa García Rodríguez, doña Milagros García Pérez y doña Sonsoles Porras Lozano. Quinto.—Publicar este nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exponer esta resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para conocimiento del público en general. Sexto.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de la presente resolución en la primera sesión que celebre. En Villaviciosa de Odón, a 7 de enero de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz. (03/1.610/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 181

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Quinta EDICTO

En el recurso contencioso-administrativo que tramita esta Sala con el número 983 de 2007, se ha dictado la siguiente resolución: Fundamento de hecho: Primero.—En el presente recurso contencioso-administrativo con el número de procedimiento ordinario 983 de 2007, interpuesto por don José Luis Forjaz-Pacheco Trigueros, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, se acordó requerir a la parte recurrente para que en el plazo de diez días designara procurador que asumiera su representación. Fundamento de derecho: Único.—Transcurrido el plazo sin haberse subsanado el defecto apuntado, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.3 de la Ley de la Jurisdicción ContenciosaAdministrativa procede acordar el archivo de las actuaciones. Vistos el artículo citado y demás de general y pertinente aplicación, siendo ponente el ilustrísimo señor don José Ignacio Zarzalejo Burguillo. La Sala acuerda: El archivo del presente recurso contencioso-administrativo, previa anotación en los libros correspondientes. Contra la presente resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días desde su notificación, ante esta misma Sección. Y para que sirva de notificación a don José Luis Forjaz-Pacheco Trigueros mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 22 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.351/10) SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el recurso de suplicación número 4.743 de 2009-A, seguido ante la Sección

Segunda de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos número 1.486 de 2008 del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, promovidos por don Félix Román Pérez Valbuena, contra “Estudios y Asesoramientos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre otros despidos, con fecha 15 de diciembre del 2009 se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por don Félix Román Pérez Valbuena contra la sentencia de fecha 15 de marzo de 2009, dictada por el Juzgado de lo social número 32 de Madrid en autos número 1.486 de 2008, seguidos a instancias de don Félix Román Pérez Valbuena, contra “Estudios y Asesoramientos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, confirmando la misma. Se advierte a la parte en ignorado paradero que en lo sucesivo se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Estudios y Asesoramientos, Sociedad Limitada” (administrador único don Agapito Sandoval Ramírez, documento nacional de identidad número 274176-Q), en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 28 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.442/10) SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretaria judicial de la Sección Quinta de esta Sala de lo social. Certifico: Que en el recurso de queja número 4.852 de 2009-LO, seguido ante esta Sala (Sección Quinta), dimanante de los autos número 1.533 de 2008 del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, siendo recurrente “Grupo Esmón, Sociedad Anónima”, y recurrida doña Laura Huerta Seoane, con fecha 22 de diciembre de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: La Sala acuerda: Desestimar el recurso de queja interpuesto por la empresa “Grupo Esmón, Sociedad Anónima”, contra el auto de

9 de septiembre de 2009 dictado en el Juzgado de lo social número 21 de Madrid, en procedimiento número 1.533 de 2008, y, en consecuencia, debemos de confirmar y confirmamos el citado auto y aquel del que trae causa de 8 de julio de 2009. Notifíquese el presente auto a las partes, advirtiéndoles que contra el mismo no cabe recurso alguno. Remítase testimonio de esta resolución al Juzgado de instancia y procédase al archivo de las actuaciones de esta Sala sin más trámite. Así por este nuestro auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Y para que sirva de notificación a “Milenio Finanzas”, en ignorado paradero, con la advertencia de que las resoluciones judiciales que se dicten en el procedimiento a partir de la presente serán notificadas en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, se expide el presente en Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.444/10)

Audiencia Provincial de Madrid Sección Décima EDICTO

Por la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, en el rollo de apelación número 72 de 2009, dimanante de autos número 427 de 2005, procedentes del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid, siendo apelante-demandada doña María Luisa Muñoz Galán y apelado-demandante Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, don Victoriano Galán Sanz y doña Pilar Galán Sanz, se ha dictado sentencia de fecha 27 de mayo de 2009, cuyo fallo confirma la sentencia dictada por el Juzgado 56 de Madrid, el 8 de noviembre de 2005, e impone a la parte apelante las costas causadas en esta alzada, asimismo, se ha dictado auto aclaratorio de fecha 18 de septiembre de 2009, donde dice “Juzgado número 72”, debe decir “Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid”. Y para que sirva de notificación a los apelados rebeldes don Victoriano Galán Sanz y doña Pilar Galán Sanz, cuyo último domicilio conocido es calle Isla de Zanzíbar, número 33, de Madrid. En Madrid, a 2 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (02/11.727/09)

Pág. 182

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

JUZGADO NÚMERO 75 DE MADRID

Publicación La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la magistrada-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia publicada en el día de su fecha.—Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde, y en paradero desconocido, don Constantín Gabor, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 23 de junio de 2008.— La secretaria (firmado). (03/1.266/10)

EDICTO

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de relación paterno filiales tramitado en este Juzgado con el número 42 de 2009, a instancias de doña Nemi Saftica Catana, representada por el procurador don Miguel Zamora Bausa, contra don Constantín Gabor, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 23 de diciembre de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— Vistos por mí, doña María Alicia Risueño Arcas, magistrada-juez de primera instancia del número 75 de los de Madrid y su partido, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 42 de 2009, a instancias de doña Nemi Saftica Catana, representada por el procurador de los tribunales don Miguel Zamora Bausa y asistida de la letrada doña Nuria Pérez Rodríguez, contra don Constantín Gabor, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre guarda y custodia de hijo común. Fallo Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Nemi Saftica Catana, representada por el procurador de los tribunales don Miguel Zamora Bausa, contra don Constantín Gabor, declarado en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas: 1.o Otorgar a la madre, doña Nemi Saftica, la guarda y custodia de los hijos menores, Emmanuel y Beatrice, siendo la patria potestad compartida. 2.o En cuanto al régimen de visitas, no ha lugar a fijarlo. 3.o No ha lugar a fijar pensión de alimentos. No procede hacer expresa condena en costas. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro del quinto día para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará por escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesarios para recurrir en apelación en el número de cuenta 2101/0000/02/0042/09 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso. Líbrese y únase certificación de la sentencia a los autos, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, secretario del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.050 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice: Que debo absolver y absuelvo libremente de la falta que se imputaba en los presentes autos a don Marian Sorín Iacob, declarando las costas de oficio. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Francisco Ruiz Rodríguez, en calidad de denunciante, y a don Marian Sorín Iacob, en calidad de denunciado, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de enero de 2010.—El secretario (firmado). (03/1.343/10) JUZGADO NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 838 de 2009 se ha acordado citar a don Juan Mesto González para que comparezca en este Juzgado el día 15 de marzo de 2010, a las diez y cincuenta horas, a fin de asistir a la celebración del juicio de faltas número 838 de 2009, seguido por lesiones imprudentes y en calidad de denunciado. Y para que conste y sirva de citación a don Juan Mesto González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 22 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.264/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO NÚMERO 18 DE MADRID EDICTO

Doña Amalia Jiménez Redondo, secretaria del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en las diligencias previas número 3.947 de 2009 se ha dictado el presente auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Auto En Madrid, a 23 de octubre de 2009. Hechos: Único.—El presente procedimiento se incoó por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones, habiéndose practicado las diligencias de investigación que constan en autos. Parte dispositiva: Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa. Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y de la denunciante, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma y/o apelación en el plazo de tres días. Así lo acuerda, manda y firma don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid y su partido.—Doy fe. Y para que conste y sirva de notificación a doña María de los Ángeles Motos Jiménez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 28 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.590/10) JUZGADO NÚMERO 18 DE MADRID EDICTO

Doña Amalia Jiménez Redondo, secretaria del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en las diligencias previas número 3.348 de 2009-R se ha dictado el presente auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Auto En Madrid, a 11 de agosto de 2009. Antecedentes: Único.—En este Juzgado se han recibido las actuaciones que preceden en virtud de denuncia de parte facultativo, sobre lesiones, ocurrido en la localidad de Madrid. Parte dispositiva: Incóense diligencias previas, dando parte de incoación al ministerio fiscal. Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones. Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes, previniéndoles que contra la misma podrán inter-

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

poner, ante este Juzgado, recurso de reforma y/o apelación en el plazo de tres días. Una vez firme esta resolución, archívense las actuaciones. Así lo acuerda, manda y firma doña Aránzazu María González Álvarez, magistradajuez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid y su partido.—Doy fe. Y para que conste y sirva de notificación a don Abdelilah Naimi, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 28 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.589/10) JUZGADO NÚMERO 18 DE MADRID EDICTO

Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid. Hace saber: Por haberse acordado en providencia de esta fecha dictada por el señor magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en el juicio de faltas número 2.144 de 2009-J, seguido ante este órgano judicial por una falta de lesiones, se hace público por medio del presente edicto el contenido de la parte dispositiva del auto de fecha 15 de diciembre de 2009 recaído en las presentes actuaciones, cuyo tenor literal es el siguiente: Incóese juicio de faltas y, al mismo tiempo, se decreta su sobreseimiento provisional. Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma en el plazo de tres días. Una vez sea firme, archívense las presentes actuaciones. Así lo acuerda, manda y firma don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid y su partido.—Doy fe. Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación a don Constantín Calandaru, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 30 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.586/10) JUZGADO NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO

Don Prudencio Sáez Arecha, secretario del Juzgado de instrucción número 25 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.167 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.— El ilustrísimo señor don Valentín Sanz Altozano, magistrado-juez de instrucción del número 25 de los de Madrid, habiendo visto y

Pág. 183

oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas número 1.167 de 2008, seguida por una falta de lesiones imprudentes, contra don Sergiu Marius Frandes, no habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal. Que debo absolver y absuelvo a don Sergiu Marius Frandes de la falta prevista y penada de la que inicialmente venía acusado, declarando de oficio las costas procesales. Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Sergiu Marius Frandes, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— El secretario (firmado). (03/1.347/10)

presente sentencia, que en su parte dispositiva dice: Que debo condenar y condeno a doña Marioly Vargas García y doña Sara Espinosa Ayaviri, como responsables en concepto de autoras de una falta prevista y penada en el artículo 617.1 del Código Penal, a la pena, cada una de ellas, de treinta días de multa, señalando como cuota-día la cantidad de 3 euros; si las condenadas no satisficieren la multa impuesta, quedarán sujetas a una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, condenándoles, asimismo, al pago de la mitad las costas de esta instancia, si las hubiere. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Marioly Vargas García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de enero de 2010.—El secretario (firmado). (03/1.374/10)

JUZGADO NÚMERO 28 DE MADRID

JUZGADO NÚMERO 41 DE MADRID

EDICTO

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid.

Don Prudencio Sáez Arecha, secretario del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 595 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Vistos por el ilustrísimo señor don Mariano Ascandoni Lobato, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 28 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 595 de 2009, seguidos por una falta de hurto, daños y lesiones, en los que ha sido parte el señor fiscal, y como implicados: don Suiying Zheng, don Quing Quing Zhu y don Javier Burgos Hurtado, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia: Fallo Que debo absolver y absuelvo a don Quing Quing Zhu y don Javier Burgos Hurtado de los hechos que se les imputaban, declarando de oficio las costas del procedimiento. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Suiying Zheng, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, 11 de enero de 2010.—El secretario (firmado). (03/1.591/10)

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.846 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice: Que debo condenar y condeno a doña Catalina Elena Ciobanu, como responsable en concepto de autora de una falta prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, señalando como cuota-día la suma de 6 euros; si la condenada no satisficiere la multa impuesta, quedará sujeta a una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, condenándole, asimismo, al pago de las costas de esta instancia, si las hubiere. Procede la entrega definitiva de los efectos a la propiedad de los mismos. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Catalina Elena Ciobanu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de enero de 2010.—El secretario (firmado). (03/1.372/10) JUZGADO NÚMERO 41 DE MADRID EDICTO

JUZGADO NÚMERO 41 DE MADRID EDICTO

Don Prudencio Sáez Arecha, secretario del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 96 de 2009 se ha dictado la

Don Prudencio Sáez Arecha, secretario del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.272 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice: Que condeno a don Juan José López García, como autor criminalmente res-

Pág. 184

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ponsable de una falta de vejación injusta de carácter leve, prevista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal, a una pena de veinte días de multa, con cuotadía de 6 euros, con expresa imposición de costas, y con declaración de la responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan José López García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el B OLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.377/10) JUZGADO NÚMERO 49 DE MADRID EDICTO

Doña Evangelina de la Fuente Rubio, secretaria del Juzgado de instrucción número 49 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.004 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Que debo condenar y condeno a don Jesús Alcolea de Mingo, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y costas, y entrega definitiva de los efectos al establecimiento perjudicado. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Jesús Alcolea de Mingo, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de enero de 2010.—La secretaria (firmado). (03/1.379/10) JUZGADO NÚMERO 49 DE MADRID EDICTO

Doña Evangelina de la Fuente Rubio, secretaria del Juzgado de instrucción número 49 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.314 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Que debo condenar y condeno a don Luis Wílliam Lema Canchignia, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de un meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y costas. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Luis Wílliam Lema Canchignia, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de enero de 2010.—La secretaria (firmado). (03/1.345/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO NÚMERO 49 DE MADRID

nidze (denunciado), con intervención del ministerio fiscal, resultando el siguiente

EDICTO

Fallo Que debo absolver y absuelvo a don David Chauchanidze de los hechos por los que venía denunciado, declarando de oficio las costas de este juicio. Notifíquese esta resolución a las partes. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don David Chauchanidze, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 10 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.272/10)

Doña Evangelina de la Fuente Rubio, secretaria del Juzgado de instrucción número 49 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.317 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Que debo condenar y condeno a don Pedro Esono Oyono, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y costas. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Pedro Esono Oyono, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de enero de 2010.—La secretaria (firmado). (03/1.346/10) JUZGADO NÚMERO 52 DE MADRID

JUZGADO NÚMERO 2 DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

EDICTO

Don Joaquín Barnuevo Vigil de Quiñones, secretario del Juzgado de instrucción número 52 de Madrid.

Doña Elia Lozano Sanz, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 369 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Que debo absolver y absuelvo a doña Ana María Plaza Rodríguez de una falta de hurto por la que venía siendo acusada, declarándose de oficio las costas del procedimiento. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia doña Ana María Plaza Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 9 de diciembre de 2009.— El secretario (firmado). (03/1.370/10)

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 479 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Alcalá de Henares, a 22 de octubre de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistradajuez del Juzgado de instrucción número 2 (antiguo de primera instancia e instrucción número 3) de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 479 de 2009, sobre lesiones, entre don Timoteo Oyono Avomo (denunciante), don Carlos Moya Prades y don José Burguete Hevia (denunciados), con intervención del ministerio fiscal, resultando el siguiente

JUZGADO NÚMERO 2 DE ALCALÁ DE HENARES EDICTO

Doña Elia Lozano Sanz, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 658 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Alcalá de Henares, a 20 de julio de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistradajuez del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio inmediato de faltas seguidos con el número 658 de 2009, sobre hurto, entre don Joan Gherman (denunciante), “Carrefour” (entidad perjudicada) y don David Chaucha-

Fallo Que debo absolver y absuelvo a don Carlos Moya Prades y don José Burguete Hevia de los hechos por los que venían denunciados, declarando de oficio las costas de este juicio. Notifíquese esta resolución a las partes. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Timoteo Oyono Avomo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 10 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.270/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO NÚMERO 2 DE ALCALÁ DE HENARES EDICTO

Doña Elia Lozano Sanz, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 414 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: En Alcalá de Henares, a 16 de octubre de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 414 de 2009, sobre amenazas, entre don Rubén Ávila Henche (denunciante), y doña Paloma Asensi Parrando y don Juan Carlos Asensi (denunciados), con intervención del ministerio fiscal, resultando lo siguiente: Que debo absolver y absuelvo a doña Paloma Asensi Parrando y don Juan Carlos Asensi de los hechos por los que venían denunciados, declarando de oficio las costas de este juicio. Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Paloma Asensi Parrando y don Juan Carlos Asensi, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 16 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.595/10) JUZGADO NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO

Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el juicio de faltas que se dirá se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia número 260 de 2009 En Móstoles, a 11 de septiembre de 2009.—Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 313 de 2009, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciante, el agente de la Guardia Civil con número de identificación S-69207-Y, y como denunciado, don Miller Torres Ortega.

Fallo Que debo absolver y absuelvo a don Miller Torres Ortega de la falta que le fue imputada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Miller Torres Ortega, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 14 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.277/10) JUZGADO NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO

Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el juicio de faltas que se dirá se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia número 380 de 2009 En Móstoles, a 4 de diciembre de 2009.— Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 210 de 2009, en los que han sido partes: como denunciante, doña María Danny Arteaga Sosa, y como denunciado, don Ignacio Iglesias Antolín. Fallo Que debo condenar y condeno a don Ignacio Iglesias Antolín, como autor de una falta de injurias del artículo 620.2 del Código Penal, a la pena de veinte días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal para caso de impago, así como a abonar las costas procesales. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ignacio Iglesias Antolín, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 15 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.278/10) JUZGADO NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO

Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el juicio de faltas que se dirá se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia número 389 de 2009 En Móstoles, a 4 de diciembre de 2009.— Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín,

Pág. 185

magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 710 de 2009, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciante, don Félix Alonso Robla, y como denunciado, don Juan Rodríguez López. Fallo Que debo condenar y condeno a don Juan Rodríguez López, como autor de una falta del artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de sesenta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a abonar en concepto de responsable civil al denunciante la cantidad de 300 euros, y a abonar las costas del presente procedimiento. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Rodríguez López, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 15 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.279/10) JUZGADO NÚMERO 1 DE VALLADOLID EDICTO

Don Juan Jesús Martín García, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Valladolid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 454 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia En Valladolid, a 22 de diciembre de 2009.—Don José María Crespo de Pablo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de esta ciudad y su partido judicial, ha visto y examinado los autos del juicio verbal de faltas número 454 de 2009, seguidos por falta contra las personas, en los que han sido partes: denunciante, don Santiago Bassols Usano, y denunciado, don Tomás Ramón Muñoz Sánchez, con la intervención del ministerio fiscal. Fallo El magistrado-juez, por la autoridad que le confiere la Constitución española, ha decidido: Absolver a don Tomás Ramón Muñoz Sánchez de la falta de la que venía siendo acusado, con declaración de las costas de oficio. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Valladolid en el plazo de cinco días desde su notificación. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Tomás Ramón Muñoz Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expi-

Pág. 186

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

do la presente en Valladolid, a 6 de enero de 2010.—El secretario (firmado). (03/1.592/10)

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE COLMENAR VIEJO EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 377 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia En Colmenar Viejo, a 24 de julio de 2009.—Doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de esta localidad, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 377 de 2008, seguidos por la presunta falta de estafa, en los que han intervenido como partes: el ministerio fiscal, ejerciendo la acción pública; don Ricardo Pérez Pérez, representante legal de la estación de servicio “Repsol”, de Tres Cantos, como denunciante, y don Ismael Salvatierra Pardo, como denunciado, cuyas circunstancias personales obran en autos, recayendo la presente resolución en base al siguiente Fallo Que debo absolver y absuelvo a don Ismael Salvatierra Pardo de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones, con toda clase de pronunciamientos favorables, declarándose de oficio las costas ocasionadas. Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal, y demás partes intervinientes e implicadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, por escrito motivado, debiendo aportar tantas copias como partes en el juicio fuesen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 790.5 y 6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ismael Salvatierra Pardo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 7 de diciembre de 2009.— El secretario (firmado). (03/1.261/10) JUZGADO NÚMERO 5 DE COLMENAR VIEJO EDICTO

Don José Luis Sanz Hernández, secretario del Juzgado de instrucción número 5 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 142 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia número 111 de 2009 En Colmenar Viejo, a 22 de junio de 2009.—Vistos en juicio oral y público por el señor don Fermín Javier Echarri Casi, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de esta localidad y su partido, los presentes autos del juicio de faltas seguidos con el número 142 de 2009, por una falta de estafa, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, doña Almudena Arribas Chicharro, y como denunciado, don Pedro Rodríguez Torres. Absuelvo libremente con todos los pronunciamientos favorables a don Pedro Rodríguez Torres de los hechos por los que venía denunciado en las presentes actuaciones, con declaración de oficio de las costas procesales causadas. Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las demás partes intervinientes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días desde la última notificación del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Pedro Rodríguez Torres, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 16 de diciembre de 2009.— El secretario (firmado). (03/1.259/10) JUZGADO NÚMERO 1 DE LEGANÉS EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 166 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice: Vistos por mí, don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 166 de 2009, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han sido parte: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y de otra, como implicados, doña Carmen Vázquez Bruno, en calidad de denunciado, así como don Héctor Navalón Jiménez, en calidad de denunciante, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia: Debo condenar y condeno a doña Carmen Vázquez Bruno, como autora de una falta de hurto en grado de tentativa, a una pena de multa de cuarenta días, con una cuota diaria de 8 euros, lo que hace un total de 320 euros, que habrá de satisfacer personalmente en metálico y mediante ingreso en la cuenta de

B.O.C.M. Núm. 22

consignaciones de este Juzgado, quedando sujeta, si no fuera satisfecha, y previa exacción de sus bienes, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente. Se condena a doña Carmen Vázquez Bruno al pago de la cantidad de 16,18 euros a “Cecosa Hipermercados, Sociedad Limitada”, con la prevención de los intereses dispuestos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Asimismo, se condena doña Carmen Vázquez Bruno al pago de las costas generadoras en este procedimiento. Esta sentencia no es firme, siendo recurrible en apelación en el plazo de cinco días desde su notificación conforme al artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así lo acuerda, manda y firma don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, haciendo suya la propuesta de resolución de don Carlos Javier Albarrán Machín, juez en prácticas. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Carmen Vázquez Bruno, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 17 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.268/10) JUZGADO NÚMERO 1 DE LEGANÉS EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 370 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Vistos por mí, doña María Begoña García Muñoz, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 370 de 2007, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han sido partes el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; de otra, como testigo, don Antonio Romero Rubio; como perjudicado, don José Rello Charco, y como denunciados, don Marius Catalín Sandu y don Cristián Turcanu, he venido a dictar la presente resolución, a la que sirve de base el siguiente Fallo Que debo condenar y condeno a don Marius Catalín Sandu y a don Cristián Turcanu, como autores responsables de una falta de hurto en grado de tentativa, prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena, cada uno de ellos, de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con el apercibimiento expreso de que en el caso de impago, por cada dos cuotas impagadas deberán cumplir un día de privación de libertad en centro penitenciario, y al pago de

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere. Hágase entrega definitiva al establecimiento comercial de los efectos intervenidos. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Marius Catalín Sandu y a don Cristián Turcanu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 10 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado). (03/1.274/10) JUZGADO NÚMERO 5 DE LEGANÉS EDICTO

Doña Mercedes Riolobos Izquierdo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Leganés. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 3 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su fallo dice: Que debo absolver y absuelvo a doña Magdalena Julita Marek de la falta objeto de este procedimiento, con declaración de las costas de oficio. Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. De acuerdo con el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal durante este período se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Magdalena Julita Marek, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria (firmado). (03/1.280/10)

faltas número 75 de 2009, ha pronunciado, en nombre del Rey la siguiente sentencia. Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de faltas número 75 de 2009, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de una falta de hurto, en el que intervinieron don Francisco José Soto Carranza, doña Iryna Ivanets y don Vladimir Denisvk, habiendo sido parte el ministerio fiscal. Fallo En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la constitución, ha decidido: que debo condenar y condeno a doña Iryna Ivants y don Vladimir Denisvk, como autores cada uno de ellos de una falta de hurto, a la pena de una mes de multa, con cuota diaria de 9 euros por día, y todo ello con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago, y con expresa imposición de las costas procesales cursadas. Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma podrán interponer en este Juzgado para la ante ilustrísima Audiencia Provincial recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá de cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación a doña Iryna Ivanets, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Pozuelo de Alarcón, a 1 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.257/10)

EDICTO

EDICTO

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 75 de 2009 se ha acordado notificar a doña Iryna Ivanets, que se encuentra en paradero desconocido, la sentencia dictada en fecha 9 de marzo de 2009, y cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 460 de 2008 se ha acordado notificar a don Raúl Adrián Susinchi, que actualmente se encuentra en paradero desconocido, la sentencia de fecha 29 de octubre de 2008, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes: Encabezamiento

Encabezamiento En Pozuelo de Alarcón, a 9 de marzo de 2009.—Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de

en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente Sentencia Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de faltas número 460 de 2008, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de una falta de hurto, en la que intervinieron don Raúl Martínez Parras y don Raúl Adrián Susinchi, habiendo sido parte el ministerio fiscal. Fallo En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido: Que debo condenar y condeno a don Raúl Adrián Susinchi, como autor de una falta de hurto, a la pena de cuarenta y cinco días de multa, con cuota diaria de 10 euros por día, y todo ello con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago, y con expresa imposición de las costas procesales causadas. Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer en este Juzgado para la ante ilustrísima Audiencia Provincial recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación a don Raúl Adrián Susinchi, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Pozuelo de Alarcón, a 1 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.281/10) JUZGADO NÚMERO 1 DE POZUELO DE ALARCÓN EDICTO

JUZGADO NÚMERO 1 DE POZUELO DE ALARCÓN

JUZGADO NÚMERO 1 DE POZUELO DE ALARCÓN

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.

Pág. 187

En Pozuelo de Alarcón, a 29 de octubre de 2008.—Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de faltas número 460 de 2008 ha pronunciado

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 41 de 2007 se ha acordado notificar a don Javier Blanco Hernández, que actualmente se encuentra en paradero desconocido, la sentencia de fecha 13 de febrero de 2007, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes: Encabezamiento En Pozuelo de Alarcón, a 13 de febrero de 2007.—Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de faltas número 41 de 2007 ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente Sentencia Una vez celebrado en juicio oral y público el juicio de faltas número 41 de 2007, tramitado en este Juzgado por la presunta co-

Pág. 188

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

misión de una falta de lesiones y hurto, en la que intervinieron doña María de la Concepción Coello de Portugal Narváez y don Javier Blanco Hernández, habiendo sido parte el ministerio fiscal. Fallo En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido: Que debo condenar y condeno a don Javier Blanco Hernández, como autor de una falta de lesiones, a la pena de multa de treinta días, a razón de 5 euros por día, y con la responsabilidad penal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, y a que indemnice a doña María de la Concepción Coello de Portugal Narváez en la cantidad de 600 euros por las lesiones sufridas, y todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas. Que debo absolver y absuelvo a doña María de la Concepción Coello de Portugal Narváez, por los hechos denunciados por los que se ha seguido este procedimiento criminal, declarando de oficio las costas causadas en este juicio. Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer en este Juzgado para la ante ilustrísima Audiencia Provincial recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le conste y sirva de notificación a don Javier Blanco Hernández, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Pozuelo de Alarcón, a 1 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/1.258/10)

JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 148 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Utiliano Amor Rodríguez y don Antonio Alonso Laguna, contra la empresa “Torrijos 29, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de la secretaria judicial, doña Amalia del Castillo de Comas. Auto En Madrid, a 4 de enero de 2010.

Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Torrijos 29, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 20.119,49 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de interponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en recurso de reposición de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito control 50, número de cuenta 0000000 0000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto” sita en la calle Orense, número 19, de Madrid. Lo que propongo a su señoría para su conformidad, doy fe.—Conforme: el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.—La secretaria-judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Torrijos 29, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.429/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 190 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Soroa de Carlos, don Javier Bravo Méndez, doña Verónica Fernández Lorenzo, don Carlos José Zayas Blázquez y doña Rocío González Tato, contra la empre-

B.O.C.M. Núm. 22

sa “Tripofímero, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de la secretaria judicial, doña Amalia del Castillo de Comas. Auto En Madrid, a 4 de enero de 2010. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Tripofímero, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 21.882,68 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de interponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en recurso de reposición de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito control 50, número de cuenta 0000000 0000, beneficiario (Juzgado de lo social número 1 de Madrid), concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto” sita en la calle Orense, número 19, de Madrid. Lo que propongo a su señoría para su conformidad, doy fe.—Conforme: el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.—La secretaria-judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tripofímero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.430/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 22

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 60 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Dorado Álvarez, contra la empresa “The Washington Quality Group, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Propuesta de auto de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pellegrini.—En Madrid, a 22 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “The Washington Quality Group, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 12.500 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, siendo indispensable que al tiempo de interponerlo, la recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajadora o causahabiente suyo o beneficiaria de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/65 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “The Washington Quality Group, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.437/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

do de lo social, seguido a instancias de don Arcadio Hernández González, don Antonio Hernández González, don José Vicente de Jesús Martín, don Florencio López Herrero y don Alberto Hernández González, contra la empresa “Ferralla 99, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de insolvencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Propuesta de auto de la secretaria judicial, doña Amalia del Castillo de Comas.—En Madrid, a 4 de enero de 2010. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Ferralla 99, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 121.685,90 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, siendo indispensable que al tiempo de interponerlo, los recurrentes, si es parte en quien no concurra la condición de trabajadores o causahabientes suyos o beneficiarios de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/65 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferralla 99, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.451/10)

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 58 de 2009 de este Juzga-

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Pág. 189

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 189 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Lara Carmona y don Hadmid Marfouk, contra don Carlos Manuel Chuez Vera, comunidad de propietarios Parque de Las Infantas y “Coser Sierra Oeste, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 365 de 2009 En Madrid, a 28 de septiembre de 2009. Fallo Que, desestimando la demanda interpuesta por don Francisco Lara Carmona, absuelvo de sus pretensiones a “Coser Sierra Oeste, Sociedad Limitada”, don Carlos Manuel Chuez Vera y la comunidad de propietarios Parque de Las Infantas. Que, estimando en parte las pretensiones de la demanda de don Hadmid Marfouk, previa absolución de “Coser Sierra Oeste, Sociedad Limitada”, y de la comunidad de propietarios Parque de Las Infantas, califico como improcedente el despido del citado actor y condeno al empresario don Carlos Manuel Chuez Vera a que satisfaga a don Hadmid Marfouk, los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, 1 de enero de 2009, hasta la notificación de la presente resolución, en consideración al salario que se estima acreditado en su hecho probado primero; así como a que opte, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado, a readmitir inmediatamente al citado actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien a abonarle una indemnización de 2.358,99 euros. Transcurrido dicho plazo sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión. Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/65 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 150,25 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos

Pág. 190

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Coser Sierra Oeste, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.443/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 208 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Valencia Jiménez, contra la empresa “Germacón Nuevas Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 448 de 2009 En Madrid, a 16 de noviembre de 2009. Fallo Que, estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, califico como nulo el despido objeto de este proceso y, en atención a las razones expuestas en el apartado anterior, declaro extinguido en la fecha de esta sentencia el contrato de trabajo que vinculaba a don Crescencio Sobrino Paniagua con la empresa “Germacón Nuevas Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, a la que condeno a abonar a la parte actora una indemnización de 32.046,19 euros, así como la cantidad de 12.218,12 euros, en concepto de salarios de tramitación. Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/34 y número del presente procedimiento judicial, en la

sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 150,25 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Germacón Nuevas Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.435/10)

B.O.C.M. Núm. 22

te para su inserción en el BOLETÍN DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

OFICIAL

En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.454/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Fernando Ruiz Navazo, contra la empresa “ECI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 18 de diciembre de 2009. Parte dispositiva:

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.818 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Parejo Prieto, contra la empresa “Bravo Airlines, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia En Madrid, a 12 de noviembre de 2009 Fallo Que desestimando la demanda interpuesta por don Ángel Diego Lara Moral, absuelvo de sus pretensiones a la empresa “Bravo Airlines, Sociedad Anónima”. Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse, ante este Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente resolución. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bravo Airlines, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presen-

Decretar la nulidad del auto de fecha 29 de octubre de 2008 en todos sus pronunciamientos y de los trámites producidos por los mismos. Se acuerda despachar la ejecución solicitada por don Luis Fernando Ruiz Navazo contra “ECI, Sociedad Limitada”, por un principal de 52.292,89 euros, más 5.229,28 euros en concepto de intereses y costas calculados provisionalmente; y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la totalidad de la deuda sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “ECI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.438/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 70 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar López Castellanos, contra la empresa “Marpremo Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 11 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: Se acuerda el embargo sobre los créditos que contra la empresa “Imasatec, Sociedad Anónima”, ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con la misma en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas. Y, asimismo, adviértase: a) Que el pago que, en su caso, hiciere a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que el efectuado en cumplimiento del presente requerimiento le libera de toda responsabilidad frente a la acreedora. b) De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal). Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación, siendo indispensable que, al tiempo de inteponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario (Juzgado de lo social número 1 de Madrid), concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal “Banesto” sita en la calle Orense, número 19, de Madrid. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Marpremo Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.452/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.201 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Martín Martín, contra la empresa “Modelos y Útiles, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 24 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que, estimando la demanda formulada por don Agustín Martín Martín frente a la empresa “Modelos y Útiles, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido del actor. En consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar entre: a) La readmisión del trabajador en idénticas condiciones y con los mismos derechos que ostentaba antes de producirse el despido; o bien b) El abono de una indemnización de 86.713,39 euros. Asimismo deberá, en cualquier, caso abonarle una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (14 de julio de 2009), sin perjuicio del descuento de lo que entre tanto hubiese percibido por cualquier otro empleo o colocación. La citada opción empresarial deberá ejercitarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, sin esperar a la firmeza de la misma, mediante escrito o comparecencia ante la secretaría de este Juzgado. En caso de no formularse dicha opción, se entenderá que procede la readmisión. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público

Pág. 191

de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Modelos y Útiles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.400/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 948 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Volodymyr Shmyhelskyy, contra la empresa “Transportes Grupokiam, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 11 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que, estimando la demanda formulada por don Volodymyr Shmyhelskyy frente a la empresa “Transportes Grupokiam, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido del actor. En consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar entre: a) La readmisión del trabajador en idénticas condiciones y con los mismos derechos que ostentaba antes de producirse el despido; o bien b) El abono de una indemnización de 3.648 euros. Asimismo deberá, en cualquier caso, abonarle una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del

Pág. 192

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

despido (27 de mayo de 2009), sin perjuicio del descuento de lo que entre tanto hubiese percibido por cualquier otro empleo o colocación. La citada opción empresarial deberá ejercitarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, sin esperar a la firmeza de la misma, mediante escrito o comparecencia ante la secretaría de este Juzgado. En caso de no formularse dicha opción, se entenderá que procede la readmisión. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con el número 2500, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Grupokiam, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.410/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.114 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Muñoz Lara, contra la empresa “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 3 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que, estimando la demanda formulada por don Antonio Muñoz Lara frente a la empresa “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido del actor. En consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar entre: a) La readmisión del trabajador en idénticas condiciones y con los mismos derechos que ostentaba antes de producirse el despido; o bien b) El abono de una indemnización de 2.572,13 euros. Asimismo deberá, en cualquier caso, abonarle una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (30 de junio de 2009), sin perjuicio del descuento de lo que entre tanto hubiese percibido por cualquier otro empleo o colocación. La citada opción empresarial deberá ejercitarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, sin esperar a la firmeza de la misma, mediante escrito o comparecencia ante la secretaría de este Juzgado. En caso de no formularse dicha opción, se entenderá que procede la readmisión. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma.

B.O.C.M. Núm. 22

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.367/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.167 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cesarea Lorenzo Prieto, contra la empresa “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 10 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que, estimando la demanda formulada por doña Cesarea Lorenzo Prieto frente a la empresa “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido de la actora. En consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar entre: a) La readmisión de la trabajadora en idénticas condiciones y con los mismos derechos que ostentaba antes de producirse el despido; o bien b) El abono de una indemnización de 24.318 euros. Asimismo deberá, en cualquier caso, abonarle una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (29 de junio de 2009), sin perjuicio del descuento de lo que entre tanto hubiese percibido por cualquier otro empleo o colocación. La citada opción empresarial deberá ejercitarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, sin esperar a la firmeza de la misma, mediante escrito o comparecencia ante la secretaría de este Juzgado. En caso de no formularse dicha opción, se entenderá que procede la readmisión. Se absuelve de responsabilidad, a efectos de este concreto procedimiento por despido, a “Exis Inversiones en Consultoría Informática y Tecnología, Sociedad Anónima”, y “Pempsis ETT, Sociedad Limitada”. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en

B.O.C.M. Núm. 22

este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2500, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.368/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 440 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dionisio Marcos Miguel, doña María del Carmen García Ruiz y doña Dolores Martínez Martínez, contra la empresa “Alegría Zubiak, Sociedad Limitada Laboral”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 26 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 26 de noviembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto: a) Se declara extinguida con fecha de esta resolución la relación laboral existente

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

entre la empresa “Alegría Zubiak, Sociedad Limitada Laboral”, y los trabajadores demandantes. b) Se declara la obligación de la citada empresa de abonar a los trabajadores las siguientes cantidades (la primera cantidad corresponde a indemnización y la segunda a salarios dejados de percibir desde el día en que tuvo lugar el despido, 9 de enero de 2009, hasta la fecha de hoy): Para don Dionisio Marcos Miguel: 13.215,26 euros y 19.173,33 euros. Para doña María del Carmen García Ruiz: 9.845,63 euros y 14.284,50 euros. Para doña Dolores Martínez Martínez: 12.628,95 euros y 18.322,68 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el término de cinco días a contar desde su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos, vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse, mediante el correspondiente resguardo de ingreso, al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre). Así lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Isidro M. Saiz de Marco. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alegría Zubiak, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.398/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 247 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge del Valle Jiménez, contra las empresas “Opción Rent, Sociedad Anónima”, y “Compañía de Alquiler de Coches de

Pág. 193

Lujo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 28 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: a) Despachar la ejecución solicitada por don Jorge del Valle Jiménez, contra “Opción Rent, Sociedad Anónima”, y “Compañía de Alquiler de Coches de Lujo, Sociedad Limitada”, por un principal de 5.027,18 euros, más 301,63 euros en concepto de intereses y 502,71 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de las demandadas en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin, expídase los correspondientes oficios y mandamientos al ilustrísimo señor registrador de la Propiedad, director de la Agencia Tributaria y oficina de Averiguación Patrimonial. d) En cuanto a “Compañía de Alquiler de Coches de Lujo, Sociedad Limitada”, con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Opción Rent, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.369/10)

Pág. 194

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.017 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adoración Marino Chamizo, contra la empresa “Estructuras Globales de Información, Sociedad Limitada” y “Plis Plan BS, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 15 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es: Providencia Ilustrísimo señor magistrado-juez don Isidro M. Saiz de Marco.—En Madrid, a 15 de enero de 2010. Dada cuenta, y a la vista de los anteriores escritos, únanse dando traslado de los mismos a la parte contraria y a la vista del incidente de nulidad de actuaciones instado por don Pedro Antonio González Sánchez e incidente solicitado por don Víctor Alba Moya, se acuerda, en virtud de lo preceptuado en los artículos 278 y 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, citar de comparecencia a las partes para el día 4 de enero de 2010, a las nueve y veinte horas, haciéndole la advertencia de que, en caso de no comparecer la parte actora o su representante, se la tendrá por desistida de su solicitud: en caso de no comparecer la empresa o representante legal, se celebrará el acto sin su presencia. Asimismo, y a la vista de la solicitud de copia de todas las actuaciones presentada por don Pedro Antonio González Sánchez, expídase, debiendo comparecer ante esta Secretaría persona con poder suficiente para recogerlas. Notifíquese esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de aquellos, vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse, mediante el correspondiente resguardo de ingreso, al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre). Lo manda y firma su señoría. Doy fe.— La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plis Plan BS, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.501/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sanz, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 265 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eusebio Ortega Pasero, contra la empresa “Monroi Anferán, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de fecha 17 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 17 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Eusebio Ortega Pasero, contra “Monroi Anferán, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.897,34 euros, más 570 euros en concepto de intereses y de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2502, sito en calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551

B.O.C.M. Núm. 22

de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Monroi Anferán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.381/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sanz, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 279 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cándido Sánchez Viso, contra la empresa “Asertools, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 3 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Candido Sánchez Viso, contra “Asertools, Sociedad Limitada”, por un importe de 29.666,52 euros de principal, más 4.500 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes y derechos de demandada que a continuación se detallan: los que se encuentran en el domicilio de la empresa situada en la calle Navarra, número 24, primero C, 28039 Madrid. c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar,

B.O.C.M. Núm. 22

si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2502, sito en calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asertools, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.383/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 808 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don René Mauricio Gómez Abarca, contra las empresas “Asaze Ingenieros, Sociedad Limitada” y “Asaze Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad entablada por

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

don René Mauricio Gómez Abarca, contra las entidades “Asaze Construcciones, Sociedad Limitada” y “Asaze Ingenieros, Sociedad Limitada”, condeno a las empresas demandadas de forma solidaria a abonar al actor la suma de 14.490,55 euros. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial dentro de los supuestos y con los límites legales. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Asaze Ingenieros, Sociedad Limitada” y “Asaze Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.471/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 14 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Martín Quitán, contra la empresa “Moto Road, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de fecha 15 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 15 de diciembre de 2009

Pág. 195

Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en todos los derechos y acciones de don Miguel Ángel Martín Quitán y por la cuantía de 2.634,16 euros. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación haciendo saber a la parte que no goce del beneficio de justicia gratuita, que deberá ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado en “Banesto”, número 2502, sin cuyo requisito no será admitido. Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Moto Road, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.366/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.276 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Justyna Dorota Sikorska, contra las empresas “Licusán Gestión, Sociedad Limitada”, “Rivas KP Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, comunidad de propietarios de la calle Mar Cantábrico, número 11, “AL Arganlimp, Sociedad Limitada”, y comunidad de propietarios de la calle Mar Cantábrico, números 17, 19 y 21, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 669 de 2009 En Madrid, a 22 de diciembre de 2009. Fallo Que, estimando la demanda de despido entablada por doña Justyna Dorota Sikorska, contra las entidades “Licusán Gestión, Sociedad Limitada”, “Rivas KP Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, comunidad de propietarios de la calle Mar Cantábrico, número 11 y comunidad de propietarios de la calle Mar Cantábrico, números 17, 19 y 21 y frente a “AL Arganlimp, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido objeto de este procedimiento de fecha 1 de agosto de 2009, condenando a la entidad “Licusán Gestión, Sociedad Limita-

Pág. 196

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

da”, a readmitir a la actora en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido, o bien, a su elección, a abonar a la trabajadora una indemnización por importe de 1.962,98 euros y, en cualquier caso, al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente resolución con arreglo al salario declarado probado. Asimismo, se absuelve a las otras entidades codemandadas de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Licusán Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.164/10)

Sentencia número 659 de 2009 En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 851 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Manzano Rodríguez, contra la empresa “Proyectos Mossi, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por doña María Manzano Rodríguez, contra la empresa “Proyectos Mossi, Sociedad Limitada”, y con la citación de Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 1.638,94 euros, más el recargo del 10 por 100 por mora. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe a Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación siendo firme desde la fecha en la que se dicta. Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Mossi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.202/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.501 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Vergara Pascual, doña Ascensión Méndez López, doña Ángela María Londoño Atehortúa, doña Matilde Rojas Pérez y don Cristián González Cabral, contra la empresa “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 676 de 2009 En Madrid, a 17 de diciembre de 2009. Fallo Que estimando en lo finalmente pedido (cantidades subsidiarias),las demanda formuladas por los actores don Miguel Vergara Pascual, doña Ascensión Méndez López, doña Ángela María Londoño Atehortúa, doña Matilde Rojas Pérez y don Cristián González Cabral, contra la empresa “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la entidad demandada

B.O.C.M. Núm. 22

a abonarles por los conceptos de las demandas las siguientes cantidades: A don Miguel Vergara Pascual: 1.927,80 euros, más 569,14 euros, haciendo un total de 2.496,94 euros. A doña Ascensión Méndez López: 1.880,40 euros, más 648,45 euros, haciendo un total de 2.528,85 euros. A doña Ángela María Londoño Atehortúa: 1.880,40 euros, más 1.281,69 euros, haciendo un total de 3.408,43 euros. A doña Matilde Rojas Pérez: 1.880,40 euros, más 1.281,69 euros, haciendo un total de 3.162,09 euros. A don Cristián González Cabral: 1.880,40 euros más, 1.570,94 euros, haciendo un total de 3.451,34 euros. Más un 10 por 100 de intereses de demora causada desde el día 30 de junio de 2009 hasta la fecha en que sean abonadas dichas cantidades principales. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2502, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2502, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencia y autos, dejando en autos testimonio de la misma. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.195/10)

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de lo social del número 4 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Fernando Díaz Matesanz, contra “Asvintur Viajes, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.814 de 2009, se ha acordado citar a “Asvintur Viajes, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 4 de febrero de 2010, a las dieciocho y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 4, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Asvintur Viajes, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.337/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de lo social del número 4 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don José Martínez Barrientos, contra “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.760 de 2009, se ha acordado citar a “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 4 de febrero de 2010, a las dieciséis y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 4, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban

revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Networks Telecomunications Telemática, Sociedad Limitada Unipersonal”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 18 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.338/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña María Dolores Domingo Gracia, contra “Gran Perca, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.769 de 2009, se ha acordado citar a “Gran Perca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 4 de febrero de 2010, a las dieciséis y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 4, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Gran Perca, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 18 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.339/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.056 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Garrisa Castro, contra la empresa “Deycosem, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 540 de 2009 En nombre del Rey.—En Madrid, a 10 de noviembre de 2009.

Pág. 197

Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Garrisa Castro, contra “Deycosem, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro nulo el despido del actor, condenando a la empresa a que le readmita en su mismo puesto de trabajo en iguales condiciones, abonándole los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de sentencia a razón de 42,43 euros diarios. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Deycosem, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.162/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial sustituto del Juzgado de lo social número 6 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.524 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Ramos Bris, contra la empresa “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 23 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Enrique Ramos Bris, contra “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro nulo el despido de dicho actor llevado a cabo por la empresa con efectos de 6 de agosto

Pág. 198

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

de 2009, declarando asimismo extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes con efectos de esta fecha al no ser ya posible que la readmisión llegue a producirse, y condenando a la empresa demandada a abonar al demandante, en concepto de indemnización por tal extinción la cantidad de 55.818,78 euros, y en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el día de hoy, la cantidad de 7.796,91 euros. No obstante, la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en las consecuencias indemnizatorias de la extinción contractual objeto del presente procedimiento se limitará al tiempo de efectiva prestación de servicios del actor en la empresa demandada, esto es, desde el 18 de mayo de 1999. Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.327/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.219 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edmundo Esteban Sanz, contra la empresa “Estancia Santa Catalina, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto aclaratorio de sentencia de fecha 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: Dispongo.—Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice: Fallo Que estimando como estimo la demanda presentada por don Edmundo Esteban Sanz contra la empresa “Estancia Santa Catalina, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos del 21 de octubre de 2009, y debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones y a que, en concepto de indemnización abone al actor la cantidad de 652,21 euros, así como la de 5.010,61 euros por salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia. Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpirán desde que se solicite su aclaración, y, en todo caso, comenzarán a computarse desde el día siguiente a la notificación del auto que reconociera o negase la omisión de pronunciamiento y acordase o denegara remediarla (rtículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estancia Santa Catalina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.488/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.100 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jonatan Díaz Gastiasoro y doña Olga Díaz Gastiasoro, contra la empresa “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 516 de 2009 En la ciudad de Madrid, a 21 de diciembre de 2009.—Por la ilustrísima señora doña Pilar Varas García, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre reclamación de cantidad entre partes: de una, y como demandantes, don Jonatan Díaz Gastiasoro y doña Olga Díaz Gastiasoro, que comparecen asistidos por el letrado don Antonio García Stuyck, y de otra, como demandada, “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia. Fallo Que estimando la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por don Jonatan Díaz Gastiasoro y por doña Olga Díaz Gastiasoro, vengo a condenar a la empresa “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, a satisfacerles, por los conceptos de la demanda, las siguientes cantidades, con más el 10 por 100 anual de interés por mora: A don Jonatan Díaz Gastisaro, 5.409,85 euros. A doña Olga Díaz Gastiasoro, 3.300,81 euros.

B.O.C.M. Núm. 22

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2506/0000/ 65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2506/0000/65, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.434/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 272 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Zamora Vico y doña Alba Patricia Bregains, contra la empresa “Cresta Galli, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 22 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña María Dolores Zamora Vico y doña Alba Patricia Bregains, contra “Cresta Galli,

B.O.C.M. Núm. 22

Sociedad Limitada”, por un principal de 35.510 euros, más 3.551 euros en concepto de intereses y 3.551 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad y también al señor director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. Y, asimismo, para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días faciliten la relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia, advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). En caso positivo, se acuerda: 1. El embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez la correspondiente anotación y consiguiente certificación. 2. El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, con número 2506. Asimismo, se acuerda de conformidad a lo preceptuado en el artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 3. El embargo de los posibles saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que la correspondiente entidad financiera actuara como depositaria o mera intermediaria hasta cubrir el importe del principal adeudado, más intereses y costas calculados (artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). c) Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

ción con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Así por este auto la pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Pilar Varas García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cresta Galli, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.128/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 213 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Antón Medina, contra la empresa “SMM BC, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 21 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Susana Antón Medina, contra “SMM BC, Sociedad Limitada”, por un principal de 6.161 euros, más 616,1 euros en concepto de intereses y 616,1 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad y también al señor director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. Y, asimismo, para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días faciliten la relación de

Pág. 199

todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia, advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). En caso positivo, se acuerda: 1. El embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez la correspondiente anotación y consiguiente certificación. 2. El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, con número 2506. Asimismo, se acuerda de conformidad a lo preceptuado en el artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 3. El embargo de los posibles saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que la correspondiente entidad financiera actuara como depositaria o mera intermediaria hasta cubrir el importe del principal adeudado, más intereses y costas calculados (artículo 588 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). c) Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Pilar Varas García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Pág. 200

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “SMM BC, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.204/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 139 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jeremías Jacobo Fulgencio, contra la empresa “Icebike, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 21 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: Acumular a la presente ejecución la que se sigue en los autos de ejecución número 236 de 2009 de este Juzgado, frente a la común deudora “Icebike, Sociedad Limitada”, por un principal de 32.498,06 euros. Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado de lo social dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Pilar Varas García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.206/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO

Doña María José Farelo Gómez, secretaria de lo social del número 8 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de “Alfraguas, Sociedad Limitada”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Tecnología de la Construcción, Sociedad Anónima”, y “Gecón Obras, Sociedad Limitada”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 1.540 de 2009, se ha acordado citar

a Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Tecnología de la Construcción, Sociedad Anónima”, y “Gecón Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 11 de marzo de 2010, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 8, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Gecón Obras, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 12 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.967/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.158 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Huertas Dueñas, contra la empresa “Prefabricados Daganzo, Sociedad Limitada” y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente: Providencia Ilustrísima señora magistrada-juez doña Pilar Varas García.—En Madrid, a 19 de enero de 2010. Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria. Se tiene por ampliada la demanda contra “Partomo, Sociedad Limitada Unipersonal”, y en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 4 de febrero de 2010, a las nueve y quince horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado. Hágase entrega a la demandada contra la que se ha ampliado la demanda copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes.

B.O.C.M. Núm. 22

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo manda y firma su señoría. Doy fe.— La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prefabricados Daganzo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.563/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don David López Cantarero, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Jolly Estructuras, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 766 de 2009, se ha acordado citar a Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Jolly Estructuras, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 28 de enero de 2010, a las nueve y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 8, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Jolly Estructuras, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE M ADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 22 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.125/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 231 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Antonio Sáenz Muntion, contra don Carlos Mazo y “Producciones Molina de Tera”, sobre ordinario, se ha dictado auto de desestimiento, cuyo contenido es del tenor que consta en la copia simple que se adjunta. Auto En Madrid, a 24 de noviembre de 2009 Parte dispositiva: Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida de la presente demanda, y archívese el procedimiento sin más trámites, previa nota en los libros correspondientes de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima. Ante mí. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Carlos Mazo y “Producciones Molina de Tera”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.419/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.567 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Muñoz Villalvilla, contra la empresa “Beainma Contrataciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es el siguiente: Sentencia número 568 de 2009 En Madrid, a 19 de noviembre de 2009.— Don Joaquín Colás Castro, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes: de una, y como demandante, don Pedro Muñoz Villalvilla, y

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

de otra, como demandada, “Beainma Contrataciones, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Pedro Muñoz Villalvilla, contra la empresa “Beainma Contrataciones, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Pedro Muñoz Villalvilla acordado con efectos del día 11 de septiembre de 2009, condenando a la empresa a que a su elección opte, dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido, o bien el abono de la indemnización de 2.135,04 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 20 de noviembre de 2008, hasta la fecha del despido, 11 de septiembre de 2009; así como al abono de los salarios de tramitación, devengados desde la fecha del despido, hasta la fecha de notificación de la presente sentencia, a razón de 47,44 euros diarios. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en el banco “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en el banco “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Beainma Contrataciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el

Pág. 201

tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.449/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.322 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ananda Gestión ETT, Sociedad Limitada”, contra don Diego Alves Parra, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 9 de junio de 2009. Parte dispositiva: Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida de la presente demanda, y archívese el procedimiento sin más trámites, previa nota en los libros correspondientes de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima. Ante mí. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). En Madrid, a 9 de junio de 2009.—Firmado. (03/1.495/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social del número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 978 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sonsoles Cabrera Merino y doña María del Carmen Renquel Pinel, contra la empresa “Rivaflecha, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009. Dispongo: Que debo declarar extinguida la relación laboral que unía a doña Sonsoles Cabrera Merino y doña María del Carmen Renquel Pinel con la empresa “Rivaflecha, Sociedad Limitada”, condenando a dicha entidad a que abone a las actoras las cantidades siguientes: Trabajadora: doña Sonsoles Cabrera Merino. Indemnización legal: 33.642,31 euros. Salarios de tramitación: 17.683,30 euros.

Pág. 202

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Trabajadora: doña María del Carmen Renquel Pinel. Indemnización legal: 6.229,80 euros. Salarios de tramitación: 14.190,10 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de resolución ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma, su señoría ilustrísima. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rivaflecha, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.127/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 275 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Valer Petru Nicoara, contra la empresa “Implantación y Fabricación de Imagen Corporativa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Valer Petru Nicoara, contra “Implantación y Fabricación de Imagen Corporativa, Sociedad Limitada”, por un principal de 13.440,41 euros, más 1.209,64 euros en concepto de intereses y 1.344,04 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten. c) Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas: 1) Las cantidades que en concepto de saldos pendientes de facturar u otros conceptos tenga que percibir la ejecutada de “Sistemas Integrales de Señalización, So-

B.O.C.M. Núm. 22

ciedad Limitada”, “Proyectos y Técnicas Édison, Sociedad Limitada”, “Servicios de Imagen Fraos, Sociedad Limitada”, “Comercial de Ingeniería y Comunicación Integral, Sociedad Limitada”, “Rótulos Ayllón, Sociedad Anónima”, “La Copa Display, Sociedad Limitada”, “Comunicación Visual e Imagen Corporativa Roal, Sociedad Limitada”, y “Yaneluz, Sociedad Limitada”. 2) Los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la avenida de Covibar, número 10, de Rivas-Vaciamadrid (Madrid) del “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, y en la sucursal de la calle Pérez Ayuso, número 1, de Madrid, de “La Caixa”. A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que tengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Implantación y Fabricación de Imagen Corporativa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.126/10)

doña Verónica Patricia Veintimilla Herrera, contra la empresa “Imperio Tanfer Argento, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 80 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ester Gómez Gil, contra las empresas “Alquimia Cinema, Sociedad Anónima”, y “Meister Sociedad Asesora, Sociedad Limitada”, sobre seguridad social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 176 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de

Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Imperio Tanfer Argento, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 7.156,3 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. c) De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez sea firme, y se solicite por la parte ejecutante, hágase entrega de los testimonios de las resoluciones a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Impero Tanfer Argento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.124/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.

B.O.C.M. Núm. 22

Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a las ejecutadas “Alquimia Cinema, Sociedad Anónima”, y “Meister Sociedad Asesora, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 787,99 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. c) De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase anuncio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez sea firme, y se solicite por la parte ejecutante, hágase entrega de los testimonios a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo acuerda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alquimia Cinema, Sociedad Anónima”, y “Meister Sociedad Asesora, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.125/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.429 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dumitru Arbanas, contra la empresa “Elbruz Investment, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo contenido es del tenor siguiente: Sentencia número 651 de 2009 En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— Don José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Dumitru Arbanas, que comparece asistido del letrado don Fernando Vázquez Adrio y, de otra, como demandada, “Elbruz Investment, Sociedad Limitada”, que no comparece estando citada

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

en legal forma y el Fondo de Garantía Salarial, que comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia. Fallo Que estimando la demanda formulada por don Dumitru Arbanas, frente a “Elbruz Investment, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 19.957,27 euros, más el 10 por 100 de interés legal de mora. Igualmente se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, dada su falta de legitimación pasiva “ad causam” y sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2507, clave 65, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número de cuenta 2507, clave 65, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Elbruz Investment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.147/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 695 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de

Pág. 203

don Woznica Dariusz Wladusi, contra la empresa “Friuobras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 13 de enero de 2010.—Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación, dispongo: Que debo declarar extinguida la relación laboral que unía a don Woznica Dariusz Wladusi y a la empresa “Friuobras, Sociedad Limitada”, condenando a dicha entidad a que abone al actor las cantidades siguientes: Trabajador: don Woznica Dariusz Wladusi. Indemnización legal: 3.288,37 euros. Salarios de tramitación: 14.759,13 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistradojuez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Friuobras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 13 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/2.330/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 146 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ion Popescu, contra la empresa “Montajes y Construcciones Ortiz Ortiz, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 22 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 22 de diciembre de 2009. Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en las cuentas corrientes de la parte ejecutada en las entidades bancarias “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, “Banco de Sabadell, Sociedad Anónima”, “Banesto”, “Ibercaja”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, “Banco Santander, Sociedad Anónima”, y “Caja de Madrid”, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que las entidades bancarias actúen como depositarias o meras inter-

Pág. 204

mediarias hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado. Asimismo, requiérase la aportación de los extractos de las cuentas corrientes, de las cartillas u otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha. Y adviértase: a) Que el pago que, en su caso, hiciera a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente a la acreedora. b) Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral). c) De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal). Indíquese que este requerimiento debe contestarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados en lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución al ejecutante, posponiendo su notificación a la ejecutada hasta tanto sea efectiva la traba de lo embargado y a fin de asegurar su efectividad (artículo 53.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para la interposición del recurso de reposición deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código entidad 0030, código de procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Segura Rodríguez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes y Construcciones Ortiz Ortiz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.155/10)

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.584 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio López Cabeza, don Miguel Sánchez Pérez y don José María Sordo Montoto, contra las empresas “Álvaro e Hijos Excavaciones, Sociedad Limitada”, “Transportes y Derribos Álvaro e Hijos, Sociedad Limitada”, don Isidro Leal de Arriaga y don José María Marrero Ortega, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 18 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 18 de noviembre de 2009. Parte dispositiva: Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, fórmense autos y regístrense en el libro registro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada. Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 23 de marzo de 2010, a las once horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala C), de esta ciudad. Hágase entrega a los demandados de copia de la demanda presentada y resto de los documentos. Al otrosí: ha lugar, y cítese a los representantes legales de los demandados, según lo solicitado por la actora para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos. Cítese y dese traslado de la demanda y demás documentos a el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para la interposición del recurso de reposición deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código entidad 0030, código de procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita. Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria

B.O.C.M. Núm. 22

judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes y Derribos Álvaro e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.129/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 666 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Fernández Riesco, contra la empresa “Piedras Vivas de la Sierra, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 3 de noviembre de 2009. Dispongo: En el fallo de la sentencia la indemnización a la que se condena a la empresa demandada es de 41.235,92 euros y los salarios de tramitación de 12.021,40 euros, permaneciendo el resto invariable. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Segismundo Crespo Valera. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Piedras Vivas de la Sierra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.205/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 22

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 85 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lucila Carrasco Peña, contra la empresa “Delmod Madrid Uno, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el día 27 de octubre de 2009 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Delmod Madrid Uno, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 6.239,71 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase saber a la ejecutante que podrá solicitar los correspondientes testimonios para que surtan efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Camargo Sánchez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Delmod Madrid Uno, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.122/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

juicio señalados, alegando los siguientes motivos: Que se vuelva a citar a la empresa “Ardora Network, Sociedad Limitada”, en otro domicilio sito en la calle Cruz de San Francisco, número 37, Colmenar Viejo (Madrid). Asimismo que se vuelva a requerir a las demandadas para que aporten la documentación solicitada como prueba anticipada y admitida por auto de fecha 31 de julio de 2009. El Fondo de Garantía Salarial no se opone en la suspensión solicitada. Su señoría ilustrísima, a la vista de lo manifestado por las partes, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados y se señalan nuevamente para el día 22 de abril de 2010 a las diez y veinte horas en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación. Asimismo se señala para la práctica de la prueba anticipada el día 22 de marzo de 2010, a las doce horas, y requiérase a las demandadas para que aporten la documentación reseñada. Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, la secretaria, doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ardora Network, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.255/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 107 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marius Florinel Dascau, contra la empresa “El Bruz Investment, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha practicado el día 16 de diciembre de 2009 la siguiente tasación de costas:

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.147 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María Mas Esquerdo, contra don Javier García Cea, don Juan Marino Fernández Rodríguez, Fondo de Garantía Salarial, “Ardora Network, Sociedad Limitada”, y “Koala Publicidad, Sociedad Limitada”, sobre despido, en acta de fecha 1 de diciembre de 2009 se ha acordado lo siguiente: La parte actora solicita del Juzgado la suspensión de los actos de conciliación y/o

Tasación de costas Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes actuaciones, tramitadas con el número 1.146 de 2007 (ejecución número 107 de 2009), a instancias de don Marius Florinel Dascau, contra “El Bruz Investment, Sociedad Limitada”. Honorarios de la letrada doña María Antonia Roda de la Rúa, según minuta: 427,27 euros. Suma total: 427,27 euros.

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Pág. 205

Importa la presente tasación de costas la suma total de 427,27 euros. Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días: a) Por indebida, si se hubiesen incluido en ella partidas, derechos o gastos indebidos. b) O por excesivos, los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel. c) O por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel. d) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de esta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). En Madrid a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “El Bruz Investment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.123/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria de lo social del número 12 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Alexandru Sache, don Nour Eddin Amsiyah, don Mehmed Ahmed Syuleyman, don Petrov Savkov Tsventan y don Aleksandar Lyubenov Dimov, contra “Soluciones Integrales en la Construcción”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 28 de 2009, se ha acordado citar a “Solescón, Sociedad Limitada” (“Soluciones Integrales en la Construcción”), en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 23 de febrero de 2010, a las trece horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 12, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban

Pág. 206

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Solescón, Sociedad Limitada” (“Soluciones Integrales en la Construcción”), se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 12 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.972/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria de lo social del número 12 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Carolina Rubio Jiménez, don Esteban Alonso Salinas Araya, doña Luisinia Alex García Molina y doña María Ángeles Ruiz González, contra “Clínicas, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González, don Fernando Gómez Martín y “Abelló Linde, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 628 de 2009, se ha acordado citar a don Javier Carro González, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 18 de marzo de 2010, a las diez y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 12, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a don Javier Carro González (administrador concursal), se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 10 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.971/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial en sustitución del Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.073 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gioconda Maricel Maldonado Jimé-

nez, contra la empresa “Supermercados Sabeco, Sociedad Anónima”, sobre resolución del contrato por voluntad del trabajador, se ha dictado el siguiente: Auto En Madrid, a 24 de noviembre de 2008. Parte dispositiva: Se tiene por desistida a doña Gioconda Maricel Maldonado Jiménez de su demanda, y una vez firme esta resolución, archívese. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).— El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Gioconda Maricel Maldonado Jiménez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.413/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 234 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Negi Dashrath Singh Gayana Singh, contra la empresa “Mumtaz Palace, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de ejecución: Auto En Madrid, a 28 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Negi Dashrath Singh Gayana Singh, contra “Mumtaz Palace, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.519,57 euros, más 91,17 euros en concepto de intereses y 151,95 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten rela-

B.O.C.M. Núm. 22

ción de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2511, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mumtaz Palace, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.491/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 235 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rigoberto Rodríguez Andrade, contra la empresa “Asenjo y Hermanos Carrasco, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente: Auto En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.

B.O.C.M. Núm. 22

Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Rigoberto Rodríguez Andrade, contra “Asenjo y Hermanos Carrasco, Sociedad Limitada”, por un principal de 8.536,91 euros, más 512,21 euros en concepto de intereses y 853,69 euros de costas calculadas provisionalmente sin perjuicio de su ulterior liquidación. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2511, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asenjo y Hermanos Carrasco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.391/10)

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID Rectificación En el anuncio “(03/43.498/09)” publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 13, de 16 de enero de 2010, página 118, se ha detectado error material, procediéndose a su rectificación. Donde dice: “... reclamación por el despido, registrado con el número 1.609 de 2009, se ha acordado... [...]”. Debe decir: “... reclamación por despido, registrado con el número 1.691 de 2009, se ha acordado... [...]”. Madrid, a 25 de enero de 2010. (03/2.907/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 14 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 886 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Formoso Roura, contra las empresas “Divanzzi y Divangio, Sociedad Limitada”, y “Albort Mobile, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 18 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Pág. 207

por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Divanzzi y Divangio, Sociedad Limitada”, y “Albort Mobile, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.507/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 14 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Sentencia número 625 En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Fallo Que debo estimar y estimo en parte la demanda formulada por doña Mónica Formoso Roura, contra las empresas “Albort Mobile, Sociedad Limitada”, “Divanzzi y Divangio, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, declarando la improcedencia del despido de la actora, y, asimismo, declaro la extinción de la relación laboral con efectos de fecha 18 de diciembre de 2009, condenando a la empresa demandada “Albort Mobile, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora una indemnización de 8.168,57 euros y los salarios de tramitación devengados desde el 8 de mayo de 2009 hasta el 18 de diciembre de 2009, a razón de 36,46 euros diarios, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo durante ese lapso, o los períodos de incapacidad temporal si los hubiere. Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 259 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Poyatos Sánchez, contra la empresa “Recobolsa, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la resolución de fecha 22 de diciembre de 2009 siguiente: Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 22 de diciembre de 2009. El anterior escrito, por recibido, únase a los autos de su razón, se tiene por interpuesto recurso de reposición por la parte actora contra la resolución de fecha 1 de diciembre de 2009, y dese traslado a la contraparte para que en el plazo de cinco días presente escrito de impugnación del recurso si lo estima conveniente y transcurrido el plazo dese cuenta, y se acordará. Modo de impugnación: revisable ante este Juzgado en el plazo del día siguiente a su notificación. Para la interposición del citado recurso deberá acreditarse el ingreso de la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, número 2512 de “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, y con la clave de procedimiento 30, todo ello de conformidad y con las excepciones

Pág. 208

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

que establece la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial. Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recobolsa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.470/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 170 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Bamba Keita, contra la empresa “Benítez Vásquez Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente: Estimo la demanda y condeno a “Benítez Vásquez Electricidad, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Bamba Keita la cantidad de 3.247,01 euros, con más 295,48 euros en concepto de 10 por 100 de interés anual por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recu-

rrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Benítez Vásquez Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.302/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.290 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Anita Ivanova Mitkova, contra la empresa “Restaurante Los Girasoles, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente: Estimo la demanda formulada por doña Anita Ivanova Mitkova y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto por parte de la demandada “Restaurante Los Girasoles, Sociedad Limitada”, y dada su desaparición, declaro igualmente extinguida la relación laboral que unía a las partes desde esta fecha, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 6.195,19 euros, y por los salarios de tramitación del período 31 de julio de 2009 a 15 de noviembre de 2009 (ciento treinta y siete días) la cantidad de 4.619 euros. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzga-

B.O.C.M. Núm. 22

do con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurante Los Girasoles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.393/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 272 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Noureddin El Koubra, contra la empresa “Inmotop 2000, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente: Estimo la demanda y condeno a “Inmotop 2000, Sociedad Limitada”, a abonar a don Noureddin El Koubra la cantidad de 10.491,93 euros, con más 1.049,19 euros en concepto de 10 por 100 de interés anual por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad

B.O.C.M. Núm. 22

objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inmotop 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.304/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 598 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Calvo Marín, contra la empresa “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Estimo la demanda, y condeno a “CreekBay Promociones, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Natalia Calvo Marín la cantidad de 2.025,14 euros, con más 202,51 euros en concepto del 10 por 100 de interés anual por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Pág. 209

condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.154/10)

sabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plan Reform, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.213/10)

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 2.026 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Stoyan Rusev Bankov, contra la empresa “Plan Reform, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Estimo la demanda, y condeno a “Plan Reform, Sociedad Limitada”, a abonar a don Stoyan Rusev Bankov la cantidad de 4.293,14 euros, con más 429,31 euros en concepto del 10 por 100 de interés anual por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la respon-

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria de lo social del número 15 de Madrid. Hago saber: Que en dicho Juzgado de lo social, y con el número 55 de 2008, se tramita procedimiento de ejecución por un principal de 1.445,16 euros, más 144 euros y 144 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, a instancias de doña Ana Belén Vicente Miñarro, contra don Roberto Villaescusa Poblete, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a la venta en pública subasta los bienes muebles que se dirán, señalándose para que tenga lugar en la Sala de audiencias de este Tribunal el día 25 de marzo de 2010, a las diez horas. Las condiciones generales y particulares para tomar parte en la subasta se encuentran publicadas en edictos fijados en el tablón de anuncios de este Juzgado. Bienes Ciclomotor “Peugeot”, C-0660BDD. Tasado en 500 euros. Turismo “Seat”, Málaga, M-9792-IJ. Tasado en 300 euros. Y para que sirva de notificación a las partes y terceros interesados, una vez se haya publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.158/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria de lo social del número 15 de Madrid. Hago saber: Que en dicho Juzgado de lo social, y con el número 123 de 2009, se tramita procedimiento de ejecución por un principal de 41.340,99 euros, más 4.134 euros y 4.134 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, a ins-

Pág. 210

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

tancias de don Manuel Soriano Gaitero, contra “Ibersur Desarrollo Urbanístico, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Desarrollos Empresariales Alnofrey, Sociedad Limitada”, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a la venta en pública subasta los bienes muebles que se dirán, señalándose para que tenga lugar e la Sala de audiencias de este Tribunal el día 25 de enero de 2010, a las diez horas. Las condiciones generales y particulares para tomar parte en la subasta se encuentran publicadas en edictos fijados en el tablón de anuncios de este Juzgado. Bienes Vehículo matrícula 3903DXV, “Peugeot” 407, justiprecio en 10.702,11 euros. Vehículo matrícula 3925DXV, “Peugeot” 407, justiprecio en 10.702,11 euros. Y para que sirva de notificación a las partes y terceros interesados, una vez se haya publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.156/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 83 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Resa Escribano, contra la empresa “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 4.861,01 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se ad-

mitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse: a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2513, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19. b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000002513, indicando el número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.212/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria de lo social del número 15 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña María Teresa Santana Gordón, contra “Fidesbaby, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.754 de 2009, se ha acordado citar a “Fidesbaby, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 26 de mayo de 2010, a las nueve y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 15, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Fidesbaby, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 30 de diciembre de 2010.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.965/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.505 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marco Efraín Sanatín Suntasig, contra la empresa “Gesticón Encofrados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don Marco Efraín Sanatín Suntasig y la empresa “Gesticón Encofrados, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a la parte actora la cantidad de 5.393,39 euros, que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, a razón de los declarados probados en aquella que se cifran en 18.013,80 euros. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesticón Encofrados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.477/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.409 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Sánchez Muñoz, contra la empresa “Distribuciones de Prensa Martín y Asociados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don José Sánchez Muñoz y la empresa “Distribuciones de Prensa Martín y Asociados, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone al trabajador la cantidad de 8.857,34 euros, que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, a razón

B.O.C.M. Núm. 22

de los declarados probados en aquella que se cifran en 29.091,08 euros. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Distribuciones de Prensa Martín y Asociados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.479/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 669 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María Sainero Manzano, contra la empresa “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don José María Sainero Manzano y la empresa “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone al trabajador la cantidad de 11.644,37 euros, que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, a razón de los declarados probados en aquella que se cifran en 20.721,87 euros. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.481/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.259 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolae Lasco, contra don George Popa y “Vulturul Tecuci, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don Nicolae Lasco y don George Popa y “Vulturul Tecuci, Sociedad Limitada”, condenando a estos últimos a que abonen a la parte actora la cantidad de 2.522,90 euros, que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, a razón de los declarados probados en aquella que se cifran en 26.590,77 euros. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don George Popa y “Vulturul Tecuci, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.484/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.611 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Santos Rodríguez, don Carlos Luis Peral Caro y don Víctor Hugo Gómez Texeira, contra las empresas “Trítium, Sociedad Limitada”, y “Protio Solar Energy, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don Félix Santos Rodríguez, don Carlos Luis Peral Caro y don Víctor Hugo Gómez Texeira y las empresas “Trítium Sociedad Limitada”, y “Protio Solar Energy, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a esta última a que abone a la parte actora las siguientes cantidades: a don Félix Santos Rodríguez, 5.381,66 euros; a don Carlos Luis Peral Caro, 5.606,52 euros, y a don Víctor Hugo Gómez Texeira, 2.333,52 euros, que se fijan como indemnización por el concepto dicho, así como además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución a razón de los declarados probados en aquella que se cifran en: a don Félix Santos Rodríguez, 53.816,60

Pág. 211

euros; a don Carlos Luis Peral Caro, 40.819,40 euros, y a don Víctor Hugo Gómez Texeira, 17.293,05 euros. Se advierte a las destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Trítium, Sociedad Limitada”, y “Protio Solar Energy, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.424/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 195 de 2006 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de la Comunidad de Madrid, contra las empresas “Broadnet Consorcio, Sociedad Anónima”, y “Transcom Worldwide Spain, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre procedimiento de oficio, se ha dictado resolución en fecha 23 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Que desestimando la demanda deducida en procedimiento de oficio contra “Transcom Worldwide Spain, Sociedad Anónima Unipersonal”, debo absolver y absuelvo a la citada codemandada de cuantas pretensiones contra ella se dirigían a través del presente litigio. Manteniendo los pronunciamientos de las sentencias, respecto de las que se aprecia el efecto de cosa juzgada, en relación con la otra codemandada “Broadnet Consorcio, Sociedad Anónima”. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Broadnet Consorcio, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.388/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Pág. 212

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 70 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tsvetan Todorov Pekov, contra la empresa “Polo Limpiezas y Pulidos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Polo Limpiezas y Pulidos, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.811,04 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Expedir declaración de insolvencia para su inserción en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”. c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Para interponer recurso contra la presente resolución será necesario que la parte recurrente, con las exclusiones establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que introduce la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la “Cuenta de consignaciones” número 2514 de este Juzgado el importe de 50 euros, acreditándose dicho depósito con anterioridad a la interposición del mismo, no admitiéndolo a trámite de no acreditarse el citado ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Yolanda Urbán Sánchez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Polo Limpiezas y Pulidos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.318/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 58 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Manuel Ortega Martín, contra la empresa “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha

dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 31.364,76 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Expedir declaración de insolvencia para su inserción en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”. c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Para interponer recurso contra la presente resolución será necesario que la parte recurrente, con las exclusiones establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que introduce la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la “Cuenta de consignaciones” número 2514 de este Juzgado el importe de 50 euros, acreditándose dicho depósito con anterioridad a la interposición del mismo, no admitiéndolo a trámite de no acreditarse el citado ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Yolanda Urbán Sánchez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.485/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 60 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adaisy Ramos, contra la empresa “Bodeguilla Los Ángeles, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Bodeguilla Los Ángeles, Sociedad Limitada”, en situa-

B.O.C.M. Núm. 22

ción de insolvencia total por importe de 13.834,44 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Expedir declaración de insolvencia para su inserción en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”. c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Para interponer recurso contra la presente resolución será necesario que la parte recurrente, con las exclusiones establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que introduce la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la “Cuenta de consignaciones” número 2514 de este Juzgado el importe de 50 euros, acreditándose dicho depósito con anterioridad a la interposición del mismo, no admitiéndolo a trámite de no acreditarse el citado ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Yolanda Urbán Sánchez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bodeguilla Los Ángeles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.483/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 76 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Domingo Pereira, contra la empresa “Limpiezas y Paquetería JC 2006, Sociedad Cooperativa”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Limpiezas y Paquetería JC 2006, Sociedad Cooperativa”, en situación de insolvencia total por importe de 2.363,99 euros. Insolvencia que

B.O.C.M. Núm. 22

se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Expedir declaración de insolvencia para su inserción en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”. c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Para interponer recurso contra la presente resolución será necesario que la parte recurrente, con las exclusiones establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que introduce la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la “Cuenta de consignaciones” número 2514 de este Juzgado el importe de 50 euros, acreditándose dicho depósito con anterioridad a la interposición del mismo, no admitiéndolo a trámite de no acreditarse el citado ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Yolanda Urbán Sánchez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas y Paquetería JC 2006, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.480/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 40 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Antonia García Campos, contra las empresas “Trítium, Sociedad Limitada”, y “Protio Solar Energy, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre doña Antonia García Campos y las empresas “Trítium, Sociedad Limitada”, y “Protio Solar Energy, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a la parte actora la cantidad de 8.846,59 euros que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como, además, los salarios dejados de percibir desde la

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

fecha del despido hasta la de la presente resolución, a razón de los declarados probados en aquella, que se cifra en 32.233,12 euros. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Trítium, Sociedad Limitada”, y “Protio Solar Energy, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.170/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 821 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Ruiz Parra, contra don José María Pérez García, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don Antonio Ruiz Parra y don José María Pérez García, condenando a este último a que abone a la parte actora la cantidad de 944,13 euros que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, a razón de los declarados probados en aquella, que se cifra en 25.162,28 euros. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José María Pérez García, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.167/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 16 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.701 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don

Pág. 213

Marcio Oliveira, contra la empresa “Youssef Elaski”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 19 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Su señoría ilustrísima, a la vista de lo manifestado por las partes, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados, y se señalan nuevamente para el día 3 de febrero de 2010, a las dieciocho y treinta horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Youssef Elaski”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 20 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.564/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 92 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Valero García, contra la empresa “Menelao y Agamenón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 16 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Menelao y Agamenón, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 28.565,46 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—Doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Menelao y Agamenón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido

Pág. 214

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.467/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 187 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Cabañas Rielo, don Germán Arellano González, don Francisco José López Hernando, doña María Jesús Montero Sorribas, y don Íñigo de Loyola Fernández Lozano, contra la empresa “Kangaroo Transporte Urgente, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Kangaroo Transporte Urgente, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 85.313,36 euros de principal. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—Doy fe. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Antonio Cabañas Rielo, don Germán Arellano González, don Francisco José López Hernando, doña María Jesús Montero Sorribas y don Íñigo de Loyola Fernández Lozano, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.320/10)

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Matito Bernáldez, contra la empresa “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 2 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en las cuentas corrientes de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que las entidades bancarias “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ávila”, “La Caixa”, “Caja de Ahorros de Salamanca y Soria”, “Caja de Ahorros Municipal de Burgos”, “Caixanova”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, “Caja de Ahorros de Galicia” y “Banco Sabadell, Sociedad Anónima”, actúen como depositarias o meras intermediarias hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados. Líbrense las oportunas comunicaciones para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado. Asimismo, requiérase la aportación del extracto de las cuentas corrientes, de las cartillas u otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha. Y adviértase: a) Que el pago que, en su caso, hicieran a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada les libera de toda responsabilidad frente a la acreedora. b) Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral). c) De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal). Indíquese que este requerimiento debe contestarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados en lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral

B.O.C.M. Núm. 22

las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse: a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2515 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19. b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2515, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.463/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 121 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Nuevo Fernández, contra la empresa “Proyectos y Servicios de Manipulados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto en fecha 17 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en las cuentas corrientes de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que las entidades bancarias “Ibercaja”, “Bankinter, Sociedad Anónima”, “Banco Popular Español”, “Banesto” y “Caja de Ahorros Provincial de Guadalajara” actúen como depositarias o meras intermediarias hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados. Líbrense las oportunas comunicaciones para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado. Asimismo, requiérase la aportación del extracto de las cuentas corrientes, de las cartillas u otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha. Y adviértase: a) Que el pago que, en su caso, hicieran a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo,

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

la transferencia ordenada les libera de toda responsabilidad frente a la acreedora. b) Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral). c) De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal). Indíquese que este requerimiento debe contestarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados en lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos y Servicios de Manipulados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.469/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO

Doña Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial en sustitución del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 241 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Pino Carretero, contra la empresa “Moderdis XXI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 29 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por doña María del Pino Carretero, contra “Moderdis XXI, Sociedad Limitada”, por un principal de 4.681,59 euros, más 327,71 euros en concepto de intereses provisionales y 468,16 euros de costas calculadas también provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Dirigir los correspondientes despachos a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten rela-

ción de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2515, sito en calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Moderdis XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.416/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Matito Bernáldez, contra la empresa “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 23 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José Matito Bernáldez, contra “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, por un importe de 4.545,65 euros de principal, más 454,57 euros y 318,20 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Librar testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de

Pág. 215

los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. c) Dirigir los correspondientes despachos a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública, por cualquier concepto, a la ejecutada, en cuantía suficiente para cubrir el importe del principal, más el de los intereses y costas provisionales. Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial por el plazo de quince días para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes de la deudora que le consten. Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Constructora Vega del Este, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.465/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 768 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Inés Castañón Fernández de Cotero, doña Esmeralda Gayán Bernuz y doña Medea López Hernández, contra la empresa “Pulso Exterior, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 30 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la demanda formulada por doña María Inés Castañón Fernández, de Cotero, doña Medea López Hernández y

Pág. 216

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

doña Esmeralda Gayán Bernuz, contra “Pulso Exterior, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedentes los despidos de las actoras, condenando a la empresa demandada a que les indemnice en la suma que se dirá, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución, declarando extinguida en esta fecha la relación laboral. A doña Inés Castañón Fernández de Cotero, 16.517,29 euros de indemnización y 16.359,98 euros de salarios de tramitación. A doña Medea López Hernández, 5.945,44 euros de indemnización y 7.798,70 euros de salarios de tramitación. A doña Esmeralda Gayán Bernuz, 21.749,44 euros de indemnización y 14.459,90 euros de salarios de tramitación. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, con el número 2515. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la anterior cuenta. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Esmeralda Gayán Bernuz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.408/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 17 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 110 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fray Arley Guzmán Ortega, contra la empresa “Repcón, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la demanda formulada por don Fray Arley Guzmán Ortega, contra “Recursos Aplicados a la Construcción, So-

ciedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante 4.078,54 euros, más el 10 por 100 correspondiente en concepto de interés por mora. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, con el número 2515. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la anterior cuenta. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Repcón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.314/09) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 18 DE MADRID EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria del Juzgado de lo social número 18 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Manuel Refoyo González, contra “Carpe Diem Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 779 de 2009, se ha acordado citar a “Carpe Diem Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 3 de febrero de 2010, a las ocho cuarenta y cinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 18, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban

B.O.C.M. Núm. 22

revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Al mismo tiempo se le cita para practicar la prueba de interrogatorio de partes en juicio. Y para que sirva de citación a “Carpe Diem Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 15 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.780/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 18 DE MADRID EDICTO

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de lo social del número 18 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Antonio Amador Álvarez de la Peña contra “Angelan Estructuras Metálicas, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 317 de 2009, se ha acordado citar a “Angelan Estructuras Metálicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 3 de febrero de 2010, a las ocho treinta y cinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 18, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Al mismo tiempo se la cita para practicar la prueba de interrogatorio de partes en juicio. Y para que sirva de citación a “Angelan Estructuras Metálicas, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 15 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.844/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social del número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 230 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Toni Román Gómez Barrios, contra la

B.O.C.M. Núm. 22

empresa “Sonusi’s, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: a) Despachar la ejecución solicitada por don Toni Román Gómez Barrios, contra “Sonusi’s, Sociedad Limitada”, por un principal de 7.768,81 euros de principal, más 423,75 euros de intereses y 706,26 euros de costas calculadas en ambos casos provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2517, sito en calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA C OMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sonusi’s, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.459/10)

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social del número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Ugena Millán, contra la empresa “Autoluxe Motor, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Gema Ugena Millán, contra “Autoluxe Motor, Sociedad Limitada”, por un principal de 23.942,62 euros, más 1.436,56 euros de intereses y 2.394,26 euros de costas calculadas en ambos casos provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2517, sito en calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los es-

Pág. 217

trados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Autoluxe Motor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN O FICIAL DE LA C OMUNIDAD DE M ADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.457/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 228 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Maribel Santos Sarango, contra la empresa “Planet Hobby, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 186,66 euros, más la cantidad de 11,20 euros de intereses y 18,67 euros de costas, calculados en ambos casos provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. c) Y procédase a unir testimonio del auto de insolvencia dictado en este mismo Juzgado en la ejecución número 132 de 2008, de fecha 30 de abril de 2009, llevada contra la misma deudora. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Planet Hobby, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.476/10)

Pág. 218

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 234 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Vizcarra Galvis, contra la empresa “Scorpion Comercial 21, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 5.337,72 euros, más la cantidad de 291,15 euros en concepto de intereses y 485,25 euros de costas, calculados en ambos casos provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. c) Asimismo, procédase a solicitar al Juzgado de lo social número 21 de Madrid testimonio del auto de insolvencia dictado con fecha 15 de octubre de 2009, en la ejecución número 109 de 2009, llevada contra la misma deudora. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Scorpion Comercial 21, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.461/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 295 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de

don Francisco Jaén Conde, contra don Armando L. Betancor Álamo, don Ignacio Álvarez Rello, “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Francisco Jaén Conde, contra la empresa “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, don Armando L. Betancos Álamo, don Ignacio Álvarez Rello, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, no comparecidos en el procedimiento pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a los demandados, en la cualidad legal que cada uno ostenta, a abonar al actor la suma de 4.415,51 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés por mora. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/1.427/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.155 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Salvador Gallego, contra la empresa “Sistemas de Montaje Digital, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente: Fallo Que estimando la demanda formulada por don Juan Antonio Salvador Gallego, contra la empresa “Sistemas de Montaje Digital, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la empresa demandada a que le indemnice en la suma de 54.215,44 euros, y salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta el día de hoy a razón de 59,01 euros diarios, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral, y sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que provengan de la situación de empleo del actor o de la percepción de prestaciones por desempleo. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al

B.O.C.M. Núm. 22

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la cuenta corriente número 2517/0000/64/1155/09 en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Montaje Digital, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.421/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 3 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don César de Miguel Pérez, contra la empresa “Auxial Andamiajes y Maquinarias, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don César de Miguel Pérez, contra la empresa “Auxialr Andamiajes y Maquinarias, Sociedad Anónima”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 732,94 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés por mora. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, deberá estar y pasar por esta declaración Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso.

B.O.C.M. Núm. 22

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Auxial Andamiajes y Maquinarias, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.215/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 228 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Portela Nicolás, contra la empresa “Electronic Foreign Exchange, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Portela Nicolás, contra la empresa “Electronic Foreign Exchange, Sociedad Anónima Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 4.224,56 euros por los concepto de su demanda, más el 10 por 100 de interés por mora. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, deberá estar y pasar por la presente declaración. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Electronic Foreign Exchange, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de noviembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.217/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 232 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Martínez Martínez, contra la empresa “Dipromaldo, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña María José Martínez Martínez, contra la empresa “Dipromaldo, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial, no comparecidos en el procedimiento, pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 16.538,76 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por la presente declaración. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Dipromaldo, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.191/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 19 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.524 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Édgar Eusebio Mamani Choque, contra la empresa “Amarcar Madini, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Édgar Eusebio Mamani Choque, contra la empresa “Amarcar Madini, Sociedad Limitada”, no comparecida en el procedimiento pese a estar citada en legal forma, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 5.000 euros, debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por la presente declaración. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Amarcar Madini, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la pre-

Pág. 219

sente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.146/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Sagrario Hernández Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Nevado Maroco, contra la empresa “Dimensión Hexagonal, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Alfredo Alcañiz Rodríguez.—En Madrid, a 24 de septiembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Dimensión Hexagonal, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 16.017,17 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Manuel Cabello Iglesias, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.373/10)

Pág. 220

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Sagrario Hernández Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 51 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joao Rodrigues, contra la empresa “Pinturas Balue, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 22 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 22 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: Se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en la cuenta corriente de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en los que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria hasta cubrir el importe total del principal adeudado, más intereses y costas calculados. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado. Asimismo, requiérase la aportación del extracto de la cuenta corriente, de la cartilla u otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha. Y adviértase: a) Que el pago que, en su caso, hiciera a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil), y que, asimismo, la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente a la acreedora. b) Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral). c) De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal). Indíquese que este requerimiento debe contestarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados en lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que para la admisión a trámite deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado,

abierta en “Banesto”, de la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2518000030143708, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pinturas Balue, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.433/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.677 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Martín Fernández Sayago, contra la empresa “Transportes y Servicios Auxiliares Hidalgo y Marchante, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Diligencia.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2009. La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Martín Fernández Sayazo, contra “Transportes y Servicios Auxiliares Hidalgo y Marchante, Sociedad Limitada”, en materia de despido. Y de conformidad con el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de fecha 15 de septiembre de 2009 y acuerdo de la Junta de Jueces de lo social de fecha 25 de septiembre de 2009, se asignan al magistrado-juez de refuerzo. De lo que doy cuenta a su señoría. Doy fe. Auto En Madrid, a 14 de diciembre de 2009 Parte dispositiva: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 28 de enero de 2010, a las diecisiete cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandado y a los interesados de copia de la demanda y de-

B.O.C.M. Núm. 22

más documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. Primer otrosí digo: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada. Segundo otrosí digo: se tiene por acompañada la documental que se aporta junto al escrito de demanda. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que para la admisión a trámite deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con número 2518/0000/00/1562/09, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Ramón Fernández Otero. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a empresa “Transportes y Servicios Auxiliares Hidalgo y Marchante, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.050/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Sagrario Hernández Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 978 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Esteban Sánchez, contra la empresa “Happy Press, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 576 de 2009 En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre resolución de contrato por despido a los que se han acumulado los autos número 1.326 de 2009, sobre resolución de contrato, seguidos a instancias de don Antonio Esteban Sánchez, contra la entidad “Happy Press, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en le-

B.O.C.M. Núm. 22

gal forma, y habiendo sido parte el Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la falta de acción respecto de la resolución de contrato esgrimida por el Fondo de Garantía Salarial y estimando la demanda de despido formulada por don Antonio Esteban Sánchez, contra la entidad “Happy Press, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y habiendo sido parte el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de fecha de 31 de julio de 2009, condenando a la empresa demandada a que, a su elección, que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 25.375,88 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, y en todo caso con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión a razón de 96,67 euros brutos/día. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Happy Press, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.236/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 150 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrei Pompiliu, contra las empresas “Piedragal Sociedad Cooperativa Gallega”, y “Colocaciones Galicia, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado en el día de la fecha auto de insolvencia,

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a las ejecutadas “Piedragal Sociedad Cooperativa Gallega”, y “Colocaciones Galicia, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 7.780,32 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase el correspondiente oficio al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de la parte dispositiva de la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Piedragal Sociedad Cooperativa Gallega”, y “Colocaciones Galicia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.417/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 137 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Seguy Magassa, contra don James Celada Pérez, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto de insolvencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar al ejecutado don James Celada Pérez en situación de insolvencia total por importe de 8.895,57 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Pág. 221

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase el correspondiente oficio al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de la parte dispositiva de la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don James Celada Pérez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.414/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 217 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Valera Matillas, contra don Ángel Riva Díaz, sobre cantidad, se ha dictado en fecha 3 de noviembre de 2009, auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Ángel Valera Matillas, contra don Ángel Riva Díaz, por un importe de 3.494,37 euros de principal, más 349,43 euros y 349,43 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes del demandado en cuantía suficiente para cubrir las responsabilidades reclamadas. A tal fin, obténgase de la aplicación informática disponible en este Juzgado la consulta de datos de averiguación patrimonial de la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tráfico relativos al ejecutado.

Pág. 222

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

c) Para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos, del deudor de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2519/0000/64/ 0217/09, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, 28020 de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la presente resolución cabe interponer oposición ante este Juzgado en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación. Sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social, número 21 de Madrid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Ángel Riva Díaz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.300/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.589 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángeles Custodia Peña Carrillo, contra la empresa “Mathilframar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado en el día de la fecha auto de aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: Estimar el recurso de aclaración instado por la parte actora, sustituyendo el fallo de la sentencia de 23 julio de 2009 acorde con lo anteriormente razonado. En su virtud, el primer párrafo del fallo de dicha sentencia queda redactado del tenor literal siguiente: Que debía estimar parcialmente la demanda interpuesta por doña Ángeles Custodia Peña Castillo, en concepto de reclamación

de cantidad, contra la empresa “Mathilframar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, condenando a la empresa demandada al pago de la cantidad de 6.431,65 euros en concepto de principal reclamado, más 643,16 euros en concepto de interés por mora, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de dicha pretensión, advirtiéndole de sus posibles obligaciones en los supuestos legalmente previstos. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Juan José del Águila Torres. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mathilframar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.298/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 422 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Ariel Saravia, contra la empresa “On Board Investment, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 548 de 2009 En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 422 de 2009, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Daniel Ariel Saravia, asistido por la letrada señora Palma Carpio, y de la otra, como demandada, la empresa “On Board Investment, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Daniel Ariel Saravia, frente a la empresa “On Board Investment, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cuantía de 3.973,79 euros en concepto de salario y cantidades asimiladas, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo al

B.O.C.M. Núm. 22

Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “On Board Investment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.198/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 415 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Sol Gamoneda, contra las empresas “Street Life Communication, Sociedad Limitada”, “Living Strong, Sociedad Limitada”, y “Antihero Adversiting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 543 de 2009 En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 415 de 2009, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Daniel Sol Gamoneda, asistido

B.O.C.M. Núm. 22

por la letrada señora Sanz Gómez, y de la otra, como demandados, “Street Life Communication, Sociedad Limitada”, “Living Strong, Sociedad Limitada”, “Antihero Adversiting, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Daniel Sol Gamoneda, frente a “Street Life Communication, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cuantía de 2.012,38 euros en concepto de salarios y cantidades asimiladas, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Street Life Communication, Sociedad Limitada”, “Living Strong, Sociedad Limitada”, y “Antihero Adversiting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.208/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 423 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Bárbara Cañamares Gutiérrez, contra la empresa “Trabajo y Asesoramiento Profesional 2002, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 549 de 2009 En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 423 de 2009, seguidos entre las partes: de una, como demandante, doña Bárbara Cañamares Gutiérrez, asistida por la letrada señora Garrido Ayala, y de otra, como demandada, la empresa “Trabajo y Asesoramiento Profesional 2002, Sociedad Limitada”, que no comparece, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Bárbara Cañamares Gutiérrez, frente a la empresa “Trabajo y Asesoramiento Profesional 2002, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cuantía de 1.463,33 euros en concepto de salario y cantidades asimiladas, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso alguno (artículo 189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Trabajo y Asesoramiento Profesional 2002, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.130/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 21 DE MADRID EDICTO

Doña María Carmen Quintas Pérez, secretaria del Juzgado de lo social número 21 de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Ronald Óscar Guzmán Sierra, contra “On Board Investment, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 500 de 2009, se ha acordado citar a “On Board Investment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin

Pág. 223

de que comparezca el día 4 de febrero de 2010, a las diez y veinte horas, al haberse acordado la suspensión del día 28 de enero de 2010, a las diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 21, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “On Board Investment, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 18 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.740/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 22 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 176 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Del Rosario Diana, contra la empresa “Stucco Construcción y Reformas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Del Rosario Diana, contra “Stucco Construcción y Reformas Integrales, Sociedad Limitada” por un principal de 10.369,32 euros, más 622 euros en concepto de intereses y 1.037 euros de costas calculados provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor jefe provincial de Tráfico, al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Gerencia del Centro de Gestión Catastral, oficina de Averiguación Patrimonial y también al señor director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. Y, asimismo, para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la

Pág. 224

deudora de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19. Asimismo, se acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente entidad financiera actuara como depositaria o mera intermediaria, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrense las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada para la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y siguientes del Código Penal y 893 del Código de Comercio), e indicándoseles que deben contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los es-

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

trados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Stucco Construcción y Reformas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.431/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 22 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 115 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paloma Romero García, contra la empresa “Sistemas de Montaje Digital, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente: Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Paloma Romero García, contra “Sistemas de Montaje Digital, Sociedad Limitada” por un principal de 14.010,21 euros, más 840 euros en concepto de intereses y 1.400 euros de costas calculados provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor jefe provincial de Tráfico, al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Gerencia del Centro de Gestión Catastral, oficina de Averiguación Patrimonial y también al señor director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. Y, asimismo, para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consig-

B.O.C.M. Núm. 22

naciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19. Asimismo, se acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente entidad financiera actuara como depositaria o mera intermediaria, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrense las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada para la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y siguientes del Código Penal y 893 del Código de Comercio), e indicándoseles que deben contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Benito Raboso del Amo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Montaje Digital, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.466/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 23 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 23 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.601 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Eduardo Tasintuña Claudio, contra don Abel García Pérez y “Abre Sistemas y Montajes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: En Madrid, a 9 de julio de 2009.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.601 de 2008, sobre cantidad seguidos entre partes: de una, como demandante don Jaime Eduardo Tasintuña Claudio, representado por la letrada doña Nuria Cuadra Cabañas, y de otra, como demandados, “Abre Sistemas y Montajes, Sociedad Limitada”, don Abel García Pérez y don Jorge Eduardo Espinosa Moncayo, que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, no compareciendo el Fondo de Garantía Salarial pese a esta citado en legal forma, ha pronunciado en nombre del Rey, el siguiente: Fallo Que estimando la demanda promovida por don Jaime Eduardo Tasintuña Claudio, frente a la empresa demandada “Abre Sistemas y Montajes, Sociedad Limitada”, don Abel García Pérez y don Jorge Eduardo Espinosa Moncayo, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador demandante, la cantidad de 7.326,56 euros, por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 18 de diciembre de 2008, hasta la fecha. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado por escrito o comparecencia en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la empresa demandad deberá exhibir ante este Juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la “Cuenta de recursos” de este Juzgado de lo social número 23, número de identificación 0030/1143/45/2521, abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina sita en la calle Orense, número 19, de esta ciudad, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta la cantidad de 150,25 euros preceptiva legalmente para recurrir, sin cu-

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

yos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Abel García Pérez y “Abre Sistemas y Montajes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.371/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 23 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 219 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Cabanillas Martínez, contra la empresa “Montajes de Andamios y Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 7.300,76 euros, más la cantidad de 529,30 euros en concepto de intereses y 730,07 euros en concepto de costas provisionales. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes de Andamios y Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pág. 225

En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.209/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 244 de 2009, acumulados números 246 de 2009, 248 de 2009, 250 de 2009, 252 de 2009, 254 de 2009, 256 de 2009 y 258 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Cantero Benítez, contra la empresa “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, sobre varias materias, se ha dicta el siguiente auto, de fecha 18 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Eugenio Cantero Benítez, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de recisión de contrato por voluntad del trabajador por un principal de 75.174,54 euros, más la cantidad de 5.638,09 euros en concepto de intereses y 7.517,45 euros en concepto de costas provisionales. b) Despachar la ejecución solicitada por don Eugenio Cantero Benítez, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad por un principal de 7.051,78 euros, más la cantidad de 528,88 euros en concepto de intereses y 705,17 euros en concepto de costas provisionales. c) Despachar la ejecución solicitada por don Enrique Meca Samaniego, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad por un principal de 12.163,19 euros, más la cantidad de 912,23 euros en concepto de intereses y 1.216,31 euros en concepto de costas provisionales. d) Despachar la ejecución solicitada por don Enrique Meca Samaniego, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de recisión de contrato por voluntad del trabajador por un principal de 16.846,17 euros, más la cantidad de 1.263,46 euros en concepto de intereses y 1.684,61 euros en concepto de costas provisionales. e) Despachar la ejecución solicitada por don Luis Lorenzo Estacio, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de recisión de contrato por voluntad del trabajador por un principal de 75.051,3 euros, más la cantidad de 5.628,84 euros en concepto de intereses y 7.505,13 euros en concepto de costas provisionales. f) Despachar la ejecución solicitada por don Luis Lorenzo Estacio, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad por un principal de 14.863,27 euros, más la cantidad de 1.114,74 euros en concepto de intereses

Pág. 226

y 1.486,32 euros en concepto de costas provisionales. g) Despachar la ejecución solicitada por don José Manuel Revilla, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de recisión de contrato por voluntad del trabajador por un principal de 15.318,72 euros, más la cantidad de 1.148,90 euros en concepto de intereses y 1.531,87 euros en concepto de costas provisionales. h) Despachar la ejecución solicitada por don José Manuel Revilla, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en materia de cantidad por un principal de 10.167,19 euros, más la cantidad de 762,53 euros en concepto de intereses y 1.016,71 euros en concepto de costas provisionales. i) Acumular las ejecuciones números 244 de 2009, 246 de 2009, 248 de 2009, 250 de 2009, 252 de 2009, 254 de 2009, 256 de 2009 y 258 de 2009, seguidas en este Juzgado de lo social, contra “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”. Número de ejecución, 244 de 2009; principal, 7.051,78 euros; intereses y costas, 528,88 euros y 705,17 euros. Número de ejecución, 246 de 2009; principal, 14.863,27 euros; intereses y costas, 1.114,74 euros y 1.486,32 euros. Número de ejecución, 248 de 2009; principal, 12.163,19 euros; intereses y costas, 912,23 euros y 1.216,31 euros. Número de ejecución, 250 de 2009; principal, 10.167,19 euros; intereses y costas, 762,53 euros y 1.016,71 euros. Número de ejecución, 252 de 2009; principal, 75.174,54 euros; intereses y costas, 5.638,09 euros y 7.517,45 euros. Número de ejecución, 254 de 2009; principal, 15.318,72 euros; intereses y costas, 1.248,90 euros y 1.531,87 euros. Número de ejecución, 256 de 2009; principal, 16.846,17 euros; intereses y costas, 1.263,46 euros y 1.684,61 euros. Número de ejecución, 258 de 2009; principal, 75.051,30 euros; intereses y costas, 5.628,84 euros y 7.505,13 euros. Número de ejecución, 244 de 2009, y acumulados 246 de 2009, 248 de 2009, 250 de 2009, 252 de 2009, 254 de 2009, 256 de 2009 y 258 de 2009; principal, 226.636,16 euros; intereses y costas, 17.097,67 euros y 22.708,4 euros. j) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de trava, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “J Sánchez Vidal e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.316/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárquez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 566 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ahmed Serroukh, contra las empresas “Helena López Pérez Ofilinco, Sociedad Limitada”, “Eslimser, Sociedad Limitada”, “Plaslim, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 22 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto Madrid, a 22 de diciembre de 2009. Dispongo: Que debo declarar y declaro extinguida con fecha de hoy la relación laboral existente entre las partes al no haber sido readmitido el actor, con todas las consecuencias económicas que se derivan en este pronunciamiento, condenando a la demandada a abonar al actor las cantidades siguientes: En concepto de indemnización: 12.880,68 euros. En concepto de salarios devengados desde la fecha de despido: 11.880,54 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes (a través de correo certificado con acuse de recibo, y en el caso de ser infructuosa, por medio del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y/o edictos), advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo mando y firmo. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Helena López Pérez Ofilinco, Sociedad Limitada”, “Eslimser, Sociedad Limitada”, “Plaslim, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

B.O.C.M. Núm. 22

En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.240/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 656 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Bárbara Bayod González, contra la empresa “Tayvén Car Distribución, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 15 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 517 de 2009 En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 656 de 2009, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, doña Bárbara Bayod González, asistida por el letrado don Ramón de Román Díez, y como demandados, “Tayvén Car Distribución, Sociedad Anónima”, representada por don Telesforo González Fernández, y Fondo de Garantía Salarial, que citado en legal forma no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Bárbara Bayod González, contra “Tayvén Car Distribución, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el derecho de la demandante a percibir la cantidad de 7.415,06 euros por los conceptos que se dicen en el hecho probado segundo de esta sentencia, así como la que corresponda en concepto de intereses de mora de acuerdo con lo expresado en el fundamento de derecho segundo, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la demandante los citados importes. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo, si fuera la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de suplicación deberá con-

B.O.C.M. Núm. 22

signar el depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación” que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la entidad bancaria “Banesto”, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación. Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tayvén Car Distribución, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.242/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.439 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Cuerda Gamero y don Luis Ángeles Pérez Molina, contra la empresa “Tevicar Technology, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 2 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 505 de 2009 En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.439 de 2009, sobre despido, en los que han sido partes: como demandantes, doña Gema Cuerda Gamero y don Luis Ángeles Pérez Molina, asistidos del letrado don Carlos Javier del Brío, y como demandados, la empresa “Tevicar Technology, Sociedad Limitada”, que no comparece al acto del juicio, y Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Ángeles Pérez Molina y doña

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Gema Cuerda Gamero, contra la empresa “Tevicar Technology, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedentes los despidos de los que fueron objeto los demandantes el 31 de julio de 2009 y extinguidas las relaciones laborales que les unían con la empresa demandada con efectos de la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a que les abone una indemnización en cuantía de 4.919,40 euros para doña Gema Cuerda Gamero y de 15.497,21 euros para don Luis Ángeles Pérez Molina, y los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de esta sentencia, lo que asciende a la cantidad de 3.225,68 euros para doña Gema Cuerda Gamero y a 6.547,74 euros para don Luis Ángeles Pérez Molina; haciendo un total de 8.145,08 euros para doña Gema Cuerda Gamero y 22.044,95 euros para don Luis Ángeles Pérez Molina. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo, si fuera la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de suplicación deberá consignar el depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación” que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la entidad bancaria “Banesto”, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación. Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tevicar Technology, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA C OMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.250/10)

Pág. 227

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.385 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Bonifacio Rodríguez Ortega, contra la empresa “Armaduras de Madera Pozuelo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 24 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 477 de 2009 En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.— Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.385 de 2009, sobre despido, en los que han sido partes: como demandante, don Bonifacio Rodríguez Ortega, asistidos del letrado don Francisco Lorenzo Daza, y como demandados, la empresa “Armaduras de Madera Pozuelo, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, ambos no comparecen al acto de juicio, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Bonifacio Rodríguez Ortega, contra la empresa “Armaduras de Madera Pozuelo, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del que fue objeto el demandante el día 31 de julio de 2009 y extinguida la relación laboral que unían al actor con la sociedad indicada con efectos de la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a que abone al demandante una indemnización en cuantía de 72.944,34 euros, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de esta sentencia, lo que asciende a la cantidad de 2.605,15 euros, todo lo que hace un total de 75.594,34 euros. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo, si fuera la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de suplicación deberá consignar el depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación” que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la entidad

Pág. 228

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

bancaria “Banesto”, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación. Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Armaduras de Madera Pozuelo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.253/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 238 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elisa Antonia Villasante Moreno, contra la empresa “Larey XXI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 1 de diciembre de 2009 Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Elisa Antonia Villasante Moreno y otros, contra “Carey XXI, Sociedad Limitada”, por un principal de 115.723,30 euros, más 6.943,39 euros de intereses y 11.572,33 euros para costas calculadas provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades. c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a la número 228 de 2009, seguida en este Juzgado a instancias de don Víctor José Lago Reyes, contra la misma ejecutada; ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 173.729,32 euros, más 10.423,75 euros de intereses y 17.372,93 euros para costas provisionales, correspondiendo a cada uno de los ejecutantes las siguientes cantidades: A don Víctor José Lago Reyes: 58.006,02 euros. A doña Elisa Antonia Villasante: 42.304,52 euros. A doña Judith Villoria Lechón: 2.356,90 euros. A doña María Nieves Fernández Fontanet: 5.420,10 euros. A don Javier Prieto Mayoral: 2.352 euros. A don Javier Aztiria Sánchez: 7.867,44 euros. A doña Aída López Remedio: 12.999,22 euros. A don Rubén Delgado Almendros: 2.973,67 euros. A doña Myriam López Sánchez: 2.647,32 euros. A doña Ana Mitkova Ilieva: 2.429,41 euros. A doña Leticia Trocoli Lucas: 17.789,40 euros. A don Ricardo Javier Galván Martínez: 4.710,40 euros. A doña Tamara Aparicio López: 3.555,76 euros. A doña Lidia Ledesma La Hera: 2.892,31 euros. A doña Rosa María Manzanal Martín: 2.919,97 euros. A doña Míriam Dalila Rosero Plúas: 2.504,88 euros. Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a que esta se acumula. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).— El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-

B.O.C.M. Núm. 22

tan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Larey XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 1 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.160/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO

Doña María José González Huergo, secretaria de lo social del número 25 de los de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Carolina García González, contra “Logistair Logística y Servicios, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.354 de 2008, se ha acordado citar a “Logistair Logística y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 4 de febrero de 2010, a las nueve y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 25, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Logistair Logística y Servicios, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 27 de noviembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/2.579/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Sandra Alonso Gómez, contra “Asistencia Viaria, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 1.837 de 2009, se ha acordado citar a “Asistencia Viaria, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 28

B.O.C.M. Núm. 22

de enero de 2010, a las dieciséis y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 25, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Asistencia Viaria, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.986/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 26 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.628 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Cabanillas Martínez, contra Fondo de Garantía Salarial y “Montajes de Andamio y Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 267 de 2009 En Madrid, a 25 de junio de 2009.—Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Francisco Javier Cabanillas Martínez, que comparece, y de otra, como demandados, Fondo de Garantía Salarial y “Montajes de Andamio y Estructuras, Sociedad Limitada”, que en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Estimando la demanda formulada por don Francisco Javier Cabanillas Martínez, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Montajes de Andamio y Estructuras, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 3.043,34 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 2524, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2524, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes de Andamio y Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.482/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO

Doña Esther Rodríguez Ruiz-Malo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Rafael Postigo Pérez, contra “Fistensa, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.931 de 2009, se ha acordado citar a “Fistensa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2 de febrero de 2010, a las diecisiete y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 27, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que di-

Pág. 229

chos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Fistensa, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 14 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.978/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Borys Vovchanchyn, don Vasyl Muzychka y don Serhiy Susik, contra “Huaco Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.935 de 2009, se ha acordado citar a “Huaco Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2 de febrero de 2010, a las diecisiete y cincuenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 27, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Huaco Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 14 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.976/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Carmen Almazán Moreno, contra “Scandan, Sociedad Limitada”, y Renfe-Operadora, en reclamación por despi-

Pág. 230

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

do, registrado con el número 1.927 de 2009, se ha acordado citar a “Scandan, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2 de febrero de 2010, a las diecisiete y veinte horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 27, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Scandan, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 14 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.975/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 13 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luz Divina Mouro Quevedo, contra la empresa “Central de Pescados y Mariscos La Mariscada, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Central de Pescados y Mariscos La Mariscada, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 8.056,18 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juz-

gado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: La magistrada-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María Luz Divina Mouro Quevedo y “Central de Pescados y Mariscos La Mariscada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.378/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aniano Sanchez Meneses y don Rafael Jurado Reina, contra la empresa “Abarote, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 3 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Abarote, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 51.290,23 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: La magistrada-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-

B.O.C.M. Núm. 22

tan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Aniano Sanchez Meneses, don Rafael Jurado Reina y “Abarote, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.380/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 175 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuil Xhelyazkov Georgiev, contra la empresa “Restoca Trebor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Restoca Trebor, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.755,98 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: La magistrada-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Manuil Xhelyazkov Georgiev y “Restoca Trebor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.490/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

María Rosa Simbaña Guamán, contra la empresa “SLT Innovación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 16 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 15 de 2006 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juvencia León Arriaga, contra doña María del Carmen Rodríguez Spinola, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.

Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña María Rosa Simbaña Guamán, contra “SLT Innovación, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.812,51 euros, más 181,25 euros en concepto de intereses y 181,25 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2526/0000/00/1293/07, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Begoña García Álvarez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “SLT Innovación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la

Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada doña María del Carmen Rodríguez Spinola, en situación de insolvencia parcial por importe de 317,36 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: La magistrada-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Juvencia León Arriaga y doña María del Carmen Rodríguez Spinola, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.375/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 45 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña

Pág. 231

presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.502/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 233 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hristo Mitkov Hristov, contra la empresa “Jarvecontrol, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 11 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 11 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Hristo Mitkov Hristov, contra “Jarvecontrol, Sociedad Limitada”, por un principal de 6.602,81 euros, más 660,28 euros en concepto de intereses y 660,28 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2526/0000/00/1592/08, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Pág. 232

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Begoña García Álvarez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jarvecontrol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.376/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 95 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Noguera Hernández, contra la empresa “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 16 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Madrid, a 16 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Miguel Ángel Noguera Hernández, contra “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, por un principal de 21.240,27 euros, más 2.124,02 euros en concepto de intereses y 2.124,02 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido

o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2526/0000/00/1536/08, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRI y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Begoña García Álvarez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Casas Americanas de Madera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.296/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 197 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Salse Quiles, contra la empresa “Construcciones y Obras Lagos de Calanda, Sociedad Limitada”, y don Francisco Javier Fontela Martínez, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 450 de 2009 En Madrid, a 17 de noviembre de 2009.— Doña Begoña García Álvarez, magistradojuez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Joaquín Salse Quiles, que comparece asistido por el letrado don Javier

B.O.C.M. Núm. 22

Serrano Huertas, y de otra, como demandados, don Francisco Javier Fontela Martínez, que no comparece, y “Construcciones y Obras Lagos de Calanda, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimo la demanda formulada por don Joaquín Salse Quiles, frente a “Construcciones y Obras Lagos de Calanda, Sociedad Limitada”, y don Fernando Javier Fontela Martínez, y condeno solidariamente a dichos demandados a que abonen al actor la suma bruta de 3.955,44 euros por los conceptos relacionados en el ordinal segundo de la presente resolución. Dicha cantidad será incrementada en un 10 por 100 de interés anual por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del indicado plazo.. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso e número de procedimiento. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Obras Lagos de Calanda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.313/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 22

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 25 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Pozo Benito, contra la empresa “Sermán Soluciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 4 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Sermán Soluciones, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.013,71 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase edicto de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Antonio Pozo Benito y “Sermán Soluciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.203/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 23 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Garrido Poza, contra la empresa “Discoplay, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de auto del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Discoplay, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 6.576,20 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase edicto de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado). Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Francisco Garrido Poza, y “Discoplay, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.201/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 201 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Orlando Choca Salvatierra, contra la empresa “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado en el día de hoy auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Jorge Orlando Choca Salvatierra, contra “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.091,20 euros, más 209,12 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

Pág. 233

c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2526/0000/00/1288/08, sito en calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Begoña García Álvarez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Inspada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de noviembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.159/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que por resolución del día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Fernando Ruipérez Doblas, contra don Alfred Beuwer, don Francisco Javier Sánchez Ardavín, don Jeronimus Wilhelmus van Dijk, don Juan Carlos Ramal Olmedo, don Johan van Geel, “Daf Vehículos Industriales, Sociedad Anónima”, y “Daf

Pág. 234

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Trucks NV”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.676 de 2009, se ha acordado citar a don Alfred Beuwer, don Francisco Javier Sánchez Ardavín, don Jeronimus Wilhelmus van Dijk, don Juan Carlos Ramal Olmedo, don Johan van Geel, “Daf Vehículos Industriales, Sociedad Anónima”, y “Daf Trucks NV”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 4 de febrero de 2010, a las diecisiete y cincuenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 28, sito en la calle Orense, número 22, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a don Alfred Beuwer, don Francisco Javier Sánchez Ardavín, don Jeronimus Wilhelmus van Dijk, don Juan Carlos Ramal Olmedo, don Johan van Geel, “Daf Vehículos Industriales, Sociedad Anónima”, y “Daf Trucks NV”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 11 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/2.570/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria en sustitución reglamentaria del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en la presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de doña Itziar Márquez López, contra “Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registradas con el número 560 de 2009, con fecha 28 de diciembre de 2009 se ha dictado la sentencia número 540 de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda promovida por doña Itziar Márquez López, frente a “Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Limitada”, siendo citado como parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonarle la suma por importe del principal reclamado en la demanda que asciende a 1.059,99 euros, más el interés de demora del 10 por 100 desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente. Madrid, a 29 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.446/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 22

deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.447/10)

EDICTO

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria en sustitución reglamentaria del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de don José Huancas Ramírez, contra “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registradas con el número 567 de 2009, con fecha 28 de diciembre de 2009 se ha dictado la sentencia número 538 de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda promovida por don José Huancas Ramírez, frente a “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, siendo citado como parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonarle la suma por importe del principal reclamado en la demanda que asciende a 4.542,23 euros más el interés de demora del 10 por 100 desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/567/09, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/567/09, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria en sustitución reglamentaria del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de doña Ana Romeo Mera, contra “Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registradas con el número 588 de 2009, con fecha 28 de diciembre de 2009 se ha dictado la sentencia número 537 de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda promovida por doña Ana Romeo Mera, frente a “Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Limitada”, siendo citado como parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonarle la suma por importe del principal reclamado en la demanda que asciende a 3.112,80 euros, más el interés de demora del 10 por 100 desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/588/09, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/588/09, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga cons-

B.O.C.M. Núm. 22

tar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ancredit Agencia Financiera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente. Madrid, a 29 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.448/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Fernández Bravo, contra la empresa “A Cuatro Bandas Comunicación, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “A Cuatro Bandas Comunicación, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 12.431,82 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Así lo acuerda, manda y firma su señoría.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “A Cuatro Bandas Comunicación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.157/10)

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 223 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Cortés López, doña María Justa Ruiz Alonso, doña Nancy Flor Granda Yaguana, don Emilio Cuellas Menéndez y doña Francisca Ruiz Llavero, contra la empresa “Cristalerías Alcalá Iluminación y Regalos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don José Cortés López, doña María Justa Ruiz Alonso, doña Nancy Flor Granda Yaguana, don Emilio Cuellas Menéndez y doña Francisca Ruiz Llavero, contra “Cristalerías Alcalá Iluminación y Regalos, Sociedad Limitada”, por un importe de 120.233,20 euros de principal, más 7.213,99 euros y 12.023,32 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente, correspondiendo a cada uno de los actores las siguientes cantidades: A don José Cortés: 32.375,58 euros. A doña María Justa Ruiz: 20.971,41 euros. A doña Nancy Flor Granda: 3.073,46 euros. A don Emilio Cuellas: 25.376,84 euros. A doña Francisca Ruiz: 38.435,91 euros. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que se hallen en el domicilio sito en la calle Alcalá, número 331, 28027 Madrid. c) Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remi-

Pág. 235

sión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2802, sito en calle Orense, número 19. d) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. e) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. Notifíquese la presente resolución a las partes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cristalerías Alcalá Iluminación y Regalos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.138/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 243 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gheorghe Gabriel Avasiloaie, contra la empresa “Transportes García Portal, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Gheorghe Gabriel Avasiloaie, contra “Transportes García Portal, Sociedad Limitada”, por un importe de 9.431,46 euros de principal, más 565,89 euros y 943,15 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que se hallen en el domicilio de la parte demandada “Transportes García Portal, Sociedad Limitada”, sito en la calle Getafe, número 15, escalera 1, primero C, 28980 Parla (Madrid). c) Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a

Pág. 236

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2802, sito en calle Orense, número 19. En cuanto a la solicitud de que se oficie a las entidades financieras detalladas en el precedente escrito, estése a la práctica de la averiguación patrimonial que en resolución aparte se acordará. d) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. e) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. f) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes García Portal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.141/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.069 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Asunción de Vega Seijas, contra la empresa “Entreteni2, Sociedad Limitada”,

sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Que estimando la demanda interpuesta por doña María Asunción de Vega Seijas, frente a la empresa “Entreteni2, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la actora con la suma de 4.057,2 euros, así como el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución a razón de 38,64 euros/día, salvo el período del 17 al 21 de junio de 2009 por estar de baja médica; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Entreteni2, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 7 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.294/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.068 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Liviu Cassianu, contra la empresa “Entreteni2, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por don Liviu Cassianu, frente a la empresa “Entreteni2, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a que indemnice al actor con la suma de 4.286,36 euros, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución a razón de 54,43 euros/día; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda,

B.O.C.M. Núm. 22

sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Entreteni2, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.440/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.311 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Irina Krasnova, contra la empresa “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por doña Irina Krasnova, debo condenar y condeno a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, a abonar a la parte actora la cuantía de 3.363,03 euros en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

B.O.C.M. Núm. 22

En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.285/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.350 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Herrero Zamora, contra la empresa “Armantina, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Herrero Zamora, debo condenar y condeno a “Armantina, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 4.165,28 euros en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Armantina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.283/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.314 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Santaolalla Ayora, contra la empresa “Dateluz Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por doña María Isabel Santaolalla Ayora,

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

debo condenar y condeno a la empresa “Dateluz Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 11.616,48 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dateluz Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.152/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento número 509 de 2009, ejecución número 242 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Canalda Criado, contra la empresa “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 23 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña María de los Ángeles Canalda Criado, contra “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.419,96 euros, más 181,50 euros en concepto de intereses y 242 euros de costas calculadas provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse

Pág. 237

oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2805/0000/64/0242/09, sito en calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Gil Meana. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transvacaciones Hotels y Resorts, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.115/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento número 419 de 2009, ejecución número 240 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Torres Pineda, contra la empresa “Tacesa Maquinaria, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.

Pág. 238

Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Pablo Torres Pineda, contra “Tacesa Maquinaria, Sociedad Limitada”, por un principal de 5.432,80 euros, más 407,46 euros en concepto de intereses y 543,28 euros de costas calculadas provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2805/0000/64/0240/09, sito en calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Gil Meana. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tacesa Maquinaria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA C OMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.119/10)

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 100 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Velasco Gómez, contra la empresa “Asesoría Financiera Majadahonda, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 17 de diciembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Cristina Velasco Gómez, contra “Asesoría Financiera Majadahonda, Sociedad Limitada Unipersonal”, por un principal de 22.398 euros, más 1.680 euros en concepto de intereses y 2.240 euros de costas calculadas provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2805/0000/64/0100/09, sito en calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

B.O.C.M. Núm. 22

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Gil Meana. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asesoría Financiera Majadahonda, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.121/10) JUZGADO DE LO SOCIA NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 640 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Rodríguez Sánchez, don Juan Antonio Fernández Martín y don Alfonso Nieto Torralbo, contra la empresa “MTR Eléctrica, Sociedad Limitada”, don Jesús del Estal Santamaría y doña Francisca Durán Chica, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 585 de 2009 En Madrid, a 27 de noviembre de 2009.— Doña María Luisa Gil Meana, magistradajuez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes: de una, y como demandantes, don Ángel Rodríguez Sánchez, don Juan Antonio Fernández Martín y don Alfonso Nieto Torralbo, que comparecen asistidos del letrado señor de la Mata Utrera, y de otra, como demandados, “MTR Eléctrica, Sociedad Limitada”, don Jesús del Estal Santamaría y doña Francisca Durán Chica, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia. Fallo Que con estimación de la demanda presentada por don Ángel Rodríguez Sánchez, don Alfonso Nieto Torralbo y don Juan Antonio Fernández Martín, contra “MTR Eléctrica, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a abonar a los actores las cantidades siguientes: A don Ángel Rodríguez, 3.290,15 euros, por los conceptos de la demanda, así como 329,01 euros de interés por mora; a don Alfonso Nieto, 3.842,25 euros por los conceptos de la demanda, así como 348,25 euros de interés por mora; a don Juan Antonio Fernández, 3.441,61 euros por los conceptos de la demanda, así como 344,16 euros de interés por mora.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Y debo condenar y condeno a los administradores concursales a estar y pasar por tal declaración. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MTR Eléctrica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.111/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Juan José Mayor Castellanos, contra “Oficina de Gestión de Vivienda, Sociedad Limitada”, y “Club Deportivo Colonia Ofigevi”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.115 de 2009, se ha acordado citar a “Oficina de Gestión de Vivienda, Sociedad Limitada”, y “Club Deportivo Colonia Ofigevi”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 28 de enero de 2010, a las diez y veinte horas, para la celebración

de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 32, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Oficina de Gestión de Vivienda, Sociedad Limitada”, y “Club Deportivo Colonia Ofigevi”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 18 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.057/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32 DE MADRID EDICTO

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Jaime Osset Rambaud, contra don Jesús Verde Lezana, don Pedro Bautista Martín, don José María Bedoya Ramos y “Capeans, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 443 de 2009, se ha acordado citar a doña María Salud Jiménez Muñoz, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 28 de enero de 2010, a las diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 32, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a don Jesús Verde Lezana, don Pedro Bautista Martín, don José María Bedoya Ramos y “Capeans, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA C OMUNIDAD DE M ADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.960/10)

Pág. 239

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 33 DE MADRID EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Rodrigo García Carballido y don Juan Manuel Rodríguez Rubio, contra “Industrial y Esmaltados al Horno, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.720 de 2009, se ha acordado citar a “Industrial y Esmaltados al Horno, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 1 de febrero de 2010, a las diez y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 33, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Industrial y Esmaltados al Horno, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.066/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 33 DE MADRID EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Franklin Cristian Mariscal León, contra “Laerlux, Sociedad Limitada”, “Servicios Integrales Salacer, Sociedad Limitada”, y “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.741 de 2009, se ha acordado citar a “Laerlux, Sociedad Limitada”, “Servicios Integrales Salacer, Sociedad Limitada”, y “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 1 de febrero de 2010, a las diez y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 33, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que in-

Pág. 240

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

tenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Laerlux, Sociedad Limitada”, “Servicios Integrales Salacer, Sociedad Limitada”, y “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.053/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 33 DE MADRID EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria de lo social del número 33 de los de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Strahil Pantov Jordanov, contra “Esguedan, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.748 de 2009, se ha acordado citar a “Esguedan, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 1 de febrero de 2010, a las once y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 33, sito en calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Esguedan, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.971/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 33 DE MADRID EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria de lo social del número 33 de los de Madrid. Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Angélica Nogales Marqueríe, contra “Apemest, Sociedad Limita-

da”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.747 de 2009, se ha acordado citar a “Apemest, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 1 de febrero de 2010, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 33, sito en calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a “Apemest, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/3.050/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 235 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Soriano Rodríguez, contra la empresa “Construcciones Escorial 2002, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 30 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 8.547,14 euros, más la cantidad de 513 euros en concepto de intereses y 855 euros en concepto de costas provisionales. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que puedan formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

B.O.C.M. Núm. 22

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Escorial 2002, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.445/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial en sustitución del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 673 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Muñoz Vaquerizo y don José Luis López Calvo, contra la empresa “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de diciembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar la demanda interpuesta por don Ángel Muñoz Vaquerizo y don José Luis López Calvo, contra “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, y en su virtud, condenar a esta a que satisfaga a cada uno de los demandantes la suma de 1.631,10 euros, más los intereses por mora en la cuantía y forma de cálculo que se concreta en el tercer fundamento de esta resolución. Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones y Construcciones Muñerán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.441/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Doña Fernando Benítez Benítez, secretario de lo social del número 34 de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 16 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lyubmyr Filyutovskyy, contra la empresa “Valdepeñas Viales Urbanísticas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de junio de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar la demanda interpuesta por don Lyubmyr Filyutovskyy, contra “Valdepeñas Viales Urbanísticas, Sociedad Limitada”, condenando a ésta a que le satisfaga el importe de 3.377,04 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre los conceptos salariales (todos salvo el reiterado plus extrasalarial). Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de esta capital. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la cuenta número 2807/0000/ 65, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de notificación en legal forma a don Lyubmyr Filyutovskyy, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/1.474/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 224 de 2009 de este Juz-

Pág. 241

gado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Ramiro Gaona Pintado, contra la empresa “Soleras y Pavimentos Solinsa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 14 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.232/10)

Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Francisco Ramiro Gaona Pintado, contra “Soleras y Pavimentos Solinsa, Sociedad Limitada”, por un principal de 4.659,16 euros, más 280 euros en concepto de intereses y 466 euros de costas calculados provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2807/0000/64/0224/09, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soleras y Pavimentos Solinsa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 226 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Panadero Panadero y don Julio Rivero Campos, contra la empresa “Alay Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 14 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Carlos Panadero Panadero y don Julio Rivero Campos, contra “Alay Estructuras, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.455,85 euros, más 148 euros en concepto de intereses y 246 euros de costas calculados provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2807/0000/64/0226/09, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLE-

Pág. 242

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alay Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.153/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 229 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Alfredo García, contra la empresa “Canon Humano Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 17 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Luis Alfredo García, contra “Canon Humano Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, por un principal de 3.999,28 euros, más 240 euros en concepto de intereses y 400 euros de costas calculados provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consigna-

ciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2807/0000/64/0229/09, sito en la calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Consúltese telemáticamente los archivos de la Dirección General de Tráfico y del Catastro. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Canon Humano Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.173/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 230 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jezabel Perdiguero Miguel, contra la empresa “Networks Support, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 22 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Jezabel Perdiguero Miguel, contra “Networks Support, Sociedad Limitada Unipersonal”, por un principal de 1.774,54 euros, más 106,47 euros en concepto de intereses y 177,45 euros de costas calculados provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

B.O.C.M. Núm. 22

c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2807/0000/64/0230/09, sito en la calle Orense, número 19. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Networks Support, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.193/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 138 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María López Casar, contra la empresa “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 16 de julio de 2009, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José María López Casar, contra “Constructora Pocyal” e

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

“Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.201,62 euros de principal, más 220,16 euros y 132,09 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes y derechos de la demandada que a continuación se detallan. c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2807/0000/0138/09, sito en calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Integración Modular para la Cocina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.149/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 231 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mario Navas Martín, don Ángel Moreno Ávila y don Óscar Moreno Ávila, contra la empresa “Torrer Iniciativas de Construcción, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 17 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 17.458,23 euros, más la cantidad de 1.048 euros en concepto de intereses y 1.746 euros en concepto de costas provisionales. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Torrer Iniciativas de Construcción, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.219/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 76 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Sánchez Ramos Sánchez, contra la empresa “Línea Blancaflor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de

Pág. 243

fecha 17 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en todos los derechos y acciones de don José Manuel Salvador González y por la cuantía de 384,95 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir un depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0001/30/0076/08. Esta es la resolución que propone el secretario judicial de este Juzgado al ilustrísimo señor don Antonio Seoane García, magistrado-juez de lo social del número 34 de los de Madrid. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Línea Blancaflor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 6 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Blázquez Herrero, contra la empresa “Information Tecnology Solution, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 17 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en todos los derechos y acciones de doña Natalia Blázquez Herrero y por la cuantía de 10.276,77 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días

Pág. 244

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

hábiles siguientes al de su notificación, estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir un depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0001/30/0006/08. Esta es la resolución que propone el secretario judicial de este Juzgado al ilustrísimo señor don Antonio Seoane García, magistrado-juez de lo social del número 34 de los de Madrid. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Antonio Seoane García. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Information Tecnology Solution, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.235/10)

4. Condenar a la misma a que mantenga al trabajador ejecutante en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente al despido y hasta el día de hoy. 5. Condenar a la empresa a que satisfaga las costas del trámite (honorarios de letrado). Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, que no paralizará ni suspenderá la ejecución. Por este auto lo pronuncia, manda y firma don Antonio Seoane García, magistrado-titular del Juzgado de lo social número 34 de Madrid y su provincia.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consultores Financieros Independientes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.256/10)

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 125 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio García Gómez, contra la empresa “Consultores Financieros Independientes, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 5 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Dispongo: Estimar la demanda incidental formulada por don José Antonio García Gómez contra “Consultores Financieros Independientes, Sociedad Limitada”, y en consecuencia: 1. Declarar que la empresa ejecutada no ha procedido a readmitir al trabajador despedido. 2. Resolver la relación contractual condenando a la empresa empleadora a que satisfaga a la ejecutante la indemnización rescisoria total de 7.848,10 euros, más la indemnización por falta de preaviso de 1.426,20 euros. 3. Condenar a la empresa a que satisfaga por el concepto de salarios de tramitación el importe total de 8.176,88 euros correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de hoy (172 días).

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 35 DE MADRID

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo social número 35 de Madrid. Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en ese Juzgado a instancias de don Eduard Ceban, contra la empresa “Ady and Denis, Sociedad Limitada”, registrado con el número 1.328 de 2008, ejecución número 210 de 2009 de este Juzgado de lo social, se ha dictado auto, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Auto En Madrid, a 22 de diciembre de 2009 Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Ady and Denis, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.972,72 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose

B.O.C.M. Núm. 22

que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).— El magistrado-juez de lo social, José Antonio Capilla Bolaños. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ady and Denis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente. En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.238/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 36 DE MADRID EDICTO

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria del Juzgado de lo social número 36 de Madrid. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Cosme Irlán Pineda Cordero, contra don Antonio Duarte Conceicao, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.412 de 2008, se ha acordado citar a don Cosme Irlán Pineda Cordero, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2 de febrero de 2010, a las once horas de su mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 36, sito en la calle Orense, número 22, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a don Cosme Irlán Pineda Cordero, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 15 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado). (03/2.468/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 38 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 22

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.045 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto García Navas Montalbán, contra la empresa “Grupo Sethome, Sociedad Anónima”, don Antonio Carrillo Suárez, don Claudio Alberto Swiec Tennenbaum y don Juan Vicente Santos Bonet, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Se tiene a la parte demandante por desistida de su demanda y archívese el procedimiento sin más trámite, dejando nota en los libros correspondientes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Sethome, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 21 de diciembre de 2009.— El secretario judicial (firmado). (03/1.151/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 48 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Said Boutaleb, contra la empresa “Heca Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva dice así: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Heca Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 3.345,11 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesiva se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, previo depósito de 25 euros, al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberán efectuar en la cuenta número 2850 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, sucursal 1096, sita en el paseo de Goya, número 2, de Móstoles (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Lo acuerda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, don Francisco Juan Sánchez Delgado. Doy fe.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Heca Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.196/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 87 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lucía Carolina López del Pliego, contra la empresa “Servicios y Sistemas Electrotécnicos del Centro, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Servicios y Sistemas Electrotécnicos del Centro, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 3.941,06 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesiva se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, previo depósito de 25 euros, al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberán efectuar en la cuenta número 2850 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, sucursal 1096, sita en el paseo de Goya, número 2, de Móstoles (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre). Lo acuerda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, don Francisco Juan Sánchez Delgado. Doy fe.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Pág. 245

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Sistemas Electrotécnicos del Centro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 16 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.190/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 226 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Liceras Bergés, contra la empresa “Gestión y Control de Imagen, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto, cuya parte dispositiva dice así: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Gestión y Control de Imagen, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 10.375,08 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesiva se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, previo depósito de 25 euros, al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberán efectuar en la cuenta número 2850 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, sucursal 1096, sita en el paseo de Goya, número 2, de Móstoles (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre). Lo acuerda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, don Francisco Juan Sánchez Delgado. Doy fe.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión y Control de Imagen,

Pág. 246

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.188/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 85 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Germán Peralta Morales, contra la empresa “Gesocar Carpintería, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Gesocar Carpintería, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 978,97 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Gabriela Pallín Ibáñez. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).— La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesocar Carpintería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 17 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.186/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 157 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristóbal Cuenca Pozo, contra la empresa “Arena Nova, Sociedad Limitada”,

sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Cristóbal Cuenca Pozo, contra “Arena Nova, Sociedad Limitada”, por un importe de 14.324,17 euros (correspondiendo 5.609,88 euros a indemnización y 8.732,29 euros a salarios de tramitación) de principal, más 2.868 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades, practicándose a tal fin las averiguaciones oportunas. c) Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Francisco Juan Sánchez Delgado.—Doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arena Nova, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.184/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.110 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Fuentes Taboada, contra la empresa “Comercialización y Fabricación Metálica, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Estimando la demanda interpuesta por don Javier Fuentes Taboada, contra la empresa “Comercialización y Fabricación Metálica, Sociedad Limitada”, en reclamación de despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor

B.O.C.M. Núm. 22

el día 24 de junio de 2009, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de esta misma fecha, condenando a la empresa demandada a abonar al demandante una indemnización en cuantía de 35.593,65 euros, así como los salarios dejados de percibir desde el despido (24 de junio de 2009, incluido), a razón de 41,63 euros/día, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal de 1096, del paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comercialización y Fabricación Metálica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.134/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 932 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de

B.O.C.M. Núm. 22

don Lorenzo Andrés Rodríguez González, contra la empresa “Auto Reparación Yolanda, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Estimando la demanda interpuesta por don Lorenzo Andrés Rodríguez González, contra la empresa “Auto Reparación Yolanda, Sociedad Limitada”, en reclamación de despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 12 de mayo de 2009, condenando a la empresa demandada a readmitir al mismo en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía antes de producirse el despido, a no ser que en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, y sin necesidad de esperar a la firmeza de la misma, opte ante este Juzgado por el abono de una indemnización en cuantía de 1.970,47 euros, condenándola, asimismo, cualquiera que sea el sentido de su opción, al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (12 de mayo de 2009) hasta la notificación de la presente sentencia, a razón de 40,42 euros/días, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal de 1096, del paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Auto Reparación Yolanda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

En Móstoles, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.137/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 634 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Carlo Ribeiro Correa, contra la empresa “Techos, Suelos y Tabicas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Estimando la demanda interpuesta por don Antonio Carlo Ribeiro Correa, contra “Techos, Suelos y Tabicas, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 20 de marzo de 2009, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de esta misma fecha, condenando a la empresa demandada a abonar al demandante una indemnización en cuantía de 7.722 euros, así como los salarios dejados de percibir ascendentes a otros 9.518,08 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal de 1096, del paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Pág. 247

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Techos, Suelos y Tabicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 18 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.169/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 907 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aurel Gurau, don Khadir Akachach Boglam, don Kalin Genov Genov y don Nicolai Sveduneac, contra la empresa “Xpoimag, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de diciembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Estimando la demanda interpuesta por don Aurel Gurau, don Khadir Akachach Boglam, don Kalin Genov Genov y don Nicolai Sveduneac, contra “Xpoimag, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores la cantidad que para cada uno de ellos se relaciona, por los conceptos y períodos indicados: A don Aurel Gurau: 12.770,97 euros. A don Khadir Akachach Boglan: 10.425,20 euros. A don Kalin Genov Genov: 7.793,48 euros. A don Nicolai Sveduneac: 8.043,60 euros. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal de 1096, del paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario

Pág. 248

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Xpoimag, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.166/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES

jeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Club Fútbol Sala Móstoles Atlético”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 22 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.163/10)

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.204 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Limones Rodríguez, contra la empresa “Club Fútbol Sala Móstoles Atlético”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Estimando la demanda interpuesta por don don Javier Limones Rodríguez, contra la entidad “Club Fútbol Sala Móstoles Atlético”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al actor la cantidad de 39.571 euros, por los conceptos indicados, más el 10 por 100 en concepto de interés por mora, sin perjuicio de la responsabilidad, en su caso, del Fondo de Garantía Salarial al amparo de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal de 1096, del paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851 la cantidad ob-

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 372 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ignacio Calles Chicote, contra la empresa “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado con fecha 1 de diciembre de 2009 auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don José Ignacio Calles Chicote, contra “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, por un importe de 4.300,75 euros de principal, más 861 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin estese a los ya acordados en la ejecución número 284 de 2009, seguida ante este Juzgado contra la misma demandada-ejecutada. c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al

B.O.C.M. Núm. 22

de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada. Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).— La magistrada-juez de lo social, Ana Victoria Jiménez Jiménez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 1 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.142/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 380 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Larry Sagún Bagay, contra la empresa “Kuchyn, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado con fecha 14 de diciembre de 2009, auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Larry Sagún Bagay, contra “Kuchyn, Sociedad Limitada”, por un importe de 3.254,06 euros de principal, más 651 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Oficina de Consulta Registral-Averiguación Patrimonial, Agencia Tributaria y Jefatura Provincial de Tráfico.

B.O.C.M. Núm. 22

c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada. Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).— La magistrada-juez de lo social, Ana Victoria Jiménez Jiménez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Kuchyn, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 14 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.139/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 370 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Martínez de la Iglesia, contra la empresa “Jaruclima, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado con fecha 1 de

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

diciembre de 2009, auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Julio Martínez de la Iglesia, contra “Jaruclima, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.675 euros de principal, más 535 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente y otros 267,50 euros de interés de mora. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin estese a los ya acordados en la ejecución número 202 de 2009, seguida ante este Juzgado contra la misma demandadaejecutada. c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada. Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).— La magistrada-juez de lo social, Ana Victoria Jiménez Jiménez. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jaruclima, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 1 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.144/10)

Pág. 249

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 384 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jaqueline Lenis López, contra la empresa “Icar Tintorerías Boadilla, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado con fecha 14 de diciembre de 2009, auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por doña Jaqueline Lenis López, contra “Icar Tintorerías Boadilla, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.585 euros de principal, más 517 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Jefatura Provincial de Tráfico y Delegación de Hacienda. c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada. Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).— La magistrada-juez de lo social, Ana Victoria Jiménez Jiménez.

Pág. 250

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Icar Tintorerías Boadilla, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 14 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.150/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ÁVILA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 1 de Ávila. Hago saber: Que en la ejecución número 90 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don El Mahdi Ben Alí, contra don Francisco Ochando Galán, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Ávila, a 17 de noviembre de 2009. Parte dispositiva: Se declara insolvencia provisional a don Francisco Ochando Galán, por ahora y sin perjuicio y a los solos efectos de esta ejecución, por la cantidad de 1.665,40 euros de principal y la de 291,44 euros de intereses y costas calculadas provisionalmente. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Y hecho, procédase al cierre y archivo de las presentes actuaciones. Lo acuerdo, mando y firmo el ilustrísimo señor don Julio Barrio de la Mota, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.—Doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don El Mahdi Ben Alí, expido y firmo el presente en Ávila, a 28 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.200/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ÁVILA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ávila. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 399 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Cristina González Sáez, contra la empresa “Gestión e Inversiones Empresaria-

les Atlántida, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Acta de juicio En Ávila, a 28 de diciembre de 2009.— Siendo el día y la hora señalados para el presente acto, el ilustrísimo señor don Julio Barrio de la Mota, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta capital, con mi asistencia, la secretaria, hace llamar a las partes interesadas en el presente juicio, compareciendo la demandante doña Silvia Cristina González Sáez, y por la parte demandada, “Gestión e Inversiones Empresariales Atlántida, Sociedad Limitada”, no comparece, no constando su citación en legal forma. Su señoría ilustrísima acuerda la suspensión del presente juicio, señalando nuevamente para su celebración el día 1 de marzo de 2010, a las once y treinta horas, quedando en este acto citada la parte actora y debiendo ser citada la parte demandada por correo certificado con acuse de recibo y por edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila”. Con todo lo cual se declara, por su señoría, terminado el acto; leída que fue el acta y hallada conforme, es firmada por su señoría y demás comparecientes que saben hacerlo, de todo lo cual doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión e Inversiones Empresariales Atlántida, Sociedad Limitada”, expido la presente en Ávila, a 29 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.148/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE CÁCERES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Pablo Carrasco Escribano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres. Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 693 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Trinidad Sánchez Felipe contra la empresa “Limpieza y Vigilancia de Cáceres UTE”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente: Auto En Cáceres, a 14 de diciembre de 2009. Se cita a las partes a los actos de juicio y, en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de audiencias de este Juzgado de lo social, sito en Cáceres, avenida de la Hispanidad, sin número (esquina ronda San Francisco), el día 28 de enero de 2010, a las nueve y veinte horas de su mañana. Dese traslado de copia de la demanda y demás documentos a los demandados. Se advierte a las partes de que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como

B.O.C.M. Núm. 22

con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada. Se advierte de que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. En cuanto al interrogatorio interesado del representante legal de la empresa demandada, cítese al mismo para que comparezca al acto del juicio, para que conteste al interrogatorio de preguntas que se le formulará, bajo los apercibimientos contenidos en los artículos 292 y 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para el caso de incomparecencia. Requiérase a la empresa demandada “Limpieza y Vigilancia de Cáceres UTE”, para que aporte a los autos, con diez días de antelación a la fecha del juicio oral, los recibos de salario del año 2009. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación de la presente resolución. Se hace saber al recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que para la interposición del recurso deberá consignar como depósito 25 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria “Banesto” (0030), oficina principal de Cáceres (5036), en la cuenta expediente número 1144-0000-69, y a continuación número de autos con cuatro dígitos y año con dos dígitos, haciendo constar en el campo concepto: recurso y la clave 30 (social, reposición/súplica), si se trata de ingreso directo en dicha cuenta. Si referido ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código (30) y tipo (30) debe indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio) bajo apercibimiento, si no lo verifica, de poner fin al trámite del recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Notifíquese la presente a las partes. Así lo acuerda, manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El magistrado-juez, Mariano Mecerreyes Jiménez.—El secretario (firmado). Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa “Limpieza y Vigilancia de Cáceres UTE”, expido la presente en Cáceres, a 12 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/3.100/10)

B.O.C.M. Núm. 22

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE FERROL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta de Vicente Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Ferrol. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 815 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Luis García Prieto, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Montajes Indunor”, “Musini”, “Indasa”, Tesorería General de la Seguridad Social, “Muprespa”, “Mutua Gallega”, “Mecal Sociedad Limitada”, “Apimesa”, don Francisco Javier Rodríguez Amado, “Naval, Sociedad Anónima”, “Montajes Ordóñez, Sociedad Limitada”, “Icon”, “Ruceba, Sociedad Anónima”, “Movesa, Sociedad Anónima”, “Fiesta, Sociedad Anónima”, “Marvasa Dos, Sociedad Anónima”, “Pesquera Jonense, Sociedad Anónima”, don Belarmino Rodríguez Agraso, don Ventura Fernández Pereira, “Bígaro Narval Pesquerías, Sociedad Anónima”, “Industria de Astilleros y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Bis Desarrollo e Ingeniería del Andamio, Sociedad Anónima”, “Bulbo, Sociedad Limitada”, “Navantia-Fene”, “Mutual Cyclops”, “Mutua Fremap”, “Izar-Fene” y “Asepeyo”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 15 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva dice literalmente: Fallo Que desestimando la demanda presentada por don Pedro Luis García Prieto, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, las mutuas patronales “Mutua Fremap”, “Mutua La Fraternidad-Muprespa”, “Mutua Cyclops”, “Mutua Gallega” y “Mutua Asepeyo”, y contra las empresas “Izar”, “Navantia”, “Industrial de Acabados, Sociedad Anónima” (“Indasa”), “Bulbo, Sociedad Limitada”, “Mecal, Sociedad Limitada”, “Apimesa”, don Francisco Javier Rodríguez Amado, “Naval, Sociedad Anónima”, “Montajes Ordóñez, Sociedad Limitada”, “Montajes Indunor, Sociedad Anónima”, “Icon”, “Ruceba, Sociedad Anónima”, “Fiesta, Sociedad Anónima”, “Marvasa Dos, Sociedad Anónima”, “Pesquera Jonense, Sociedad Anónima”, don Belarmino Rodríguez Agraso, don Ventura Fernández Pereira, “Bígaro-Narval Pesquerías, Sociedad Anónima”, “Industria de Astilleros y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, y “Bis Desarrollo e Ingeniería del Andamio, Sociedad Anónima”, les absuelvo de todas pretensiones. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a las empresas “Apimesa”, “Ruceba, Sociedad Anónima”, y “Bis Desarrollo e Ingeniería del Andamio, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Ferrol, a 15 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial, Marta de Vicente Gutiérrez. (03/1.179/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE GUADALAJARA EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 236 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abel Marino Murillas, contra don Felipe Marcos Lorenzo (“Rincón Taurino El Pela, Sociedad Limitada”), se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente: Auto En Guadalajara, a 24 de noviembre de 2009. Parte dispositiva: a) Despachar la ejecución solicitada por don Abel Marino Murillas, contra don Felipe Marcos Lorenzo (“Rincón Taurino El Pela, Sociedad Limitada”), por un principal de 4.251,10 euros, más el 10 por 100 anual desde la fecha del devengo, más 850,22 euros en concepto de intereses y costas calculados provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes del demandado en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídase los correspondientes oficios y mandamientos. Notifíquese a las partes la presente resolución. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el magistrado-juez de lo social don Jesús González Velasco. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Felipe Marcos Lorenzo (“Rincón Taurino El Pela, Sociedad Limitada”), en ignorado paradero, expido la pre-

Pág. 251

sente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Guadalajara, a 24 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.172/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado en resolución de esta fecha, dictada en los autos de juicio número 1.309 de 2008, seguido a instancias de don Javier Valdivieso Santabaya, contra “Corman Sistemas y Montajes de Seguridad Zona Canarias, Sociedad Limitada”, y “Corman Corporación, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre cantidad, por la presente se le cita a quienes se dirá para que comparezcan ante este Juzgado el día 9 de febrero de 2010, a las diez y veinte horas, a la celebración de los actos de conciliación, si procede, y juicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderá por falta de asistencia, y que deben concurrir con las pruebas de que intenten valerse. Al propio tiempo, se les cita para que concurran al acto al efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte si así se hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse por ciertos los hechos que les perjudiquen y de multa de 180,30 euros a 601,01 euros. Asimismo, se les requiere para que aporten la documentación a que se refiere la resolución, bajo los apercibimientos legales. Advertencia: si el receptor de la presente no fuese el propio destinatario, se le hace saber que de cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar al interesado a la mayor brevedad, o darle aviso o, en su defecto, comunicar al órgano judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen. Y para que tenga lugar la citación ordenada de “Corman Sistemas y Montajes de Seguridad Zona Canarias, Sociedad Limitada”, y “Corman Corporación, Sociedad Limitada Unipersonal”, con domicilio en plaza de Josefina Mayor, número 11-A, 28020 Telde, y calle Burgohondo, número 4, Madrid, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 2010.—La secretaria (firmado). (03/2.340/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA EDICTO

Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, magistrada-juez de lo social del número 6 de los de Las Palmas de Gran Canaria, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Vistos los presentes autos de juicio seguidos ante este Juzgado de lo social número 6

Pág. 252

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

de los de Las Palmas de Gran Canaria, con el número 1.154 de 2007, siendo partes: de una, y como demandante, don Juan Antonio Mendoza Burgos, y de otra, y como demandados, la empresa “Bafetrans, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, versando el proceso sobre cantidad. Fallo Que estimo la demanda interpuesta por el actor don Juan Antonio Mendoza Burgos, contra la empresa “Bafetrans, Sociedad Limitada”, y en su virtud condeno a la empresa demandada a que pague al actor la cantidad de 1.929,90 euros. Se condena al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de su copia, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo social, con sede en esta capital, y que deberán anunciar por ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.l99/10)

El demando recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita indispensablemente acreditará al anunciar el recurso haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1105/3509/ 0000/65, abierta por este Juzgado de lo social número 6 en “Banesto” la cantidad objeto de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el recurso o al formalizarlo, el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos” establecida por este Juzgado en “Banesto”, en la cuenta antes referenciada, indicando a continuación el número y año del procedimiento. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/1.l98/10)

número 6 de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a “Bescanvi, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Málaga.—El secretario judicial (firmado). (03/1.135/10)

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MÁLAGA

EDICTO

EDICTO

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA EDICTO

Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, magistrada-juez de lo social del número 6 de los de Las Palmas de Gran Canaria, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Vistos los presentes autos de juicio seguidos ante este Juzgado de lo social número 6 de los de Las Palmas de Gran Canaria, con el número 1.166 de 2007, siendo partes: de una, y como demandante, don Gabriel Alfredo Pavón Solotariov, y de otra, y como demandados, don Ramón Patricio Sombra, don Adolfo Mújica Roca y el Fondo de Garantía Salarial, versando el proceso sobre cantidad. Fallo Que estimo la demanda interpuesta por el actor don Gabriel Alfredo Pavón Solotariov, contra don Ramón Patricio Sombra y don Adolfo Mújica Roca, y en su virtud, condeno a los demandados, con carácter solidario, a que paguen al actor la cantidad de 4.537,20 euros. Se condena al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de su copia, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo social, con sede en esta capital, y que deberán anunciar por ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

B.O.C.M. Núm. 22

El secretario judicial del Juzgado de lo social del número 6 de Málaga. Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.064 de 2009, sobre despidos/ceses en general, a instancias de don Pauvlo Anokhin, contra “Bescanvi, Sociedad Limitada”, en los que con fecha 9 de diciembre de 2009 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente: Que estimando la demanda formulada por don Pauvlo Anokhin, con número de identificación de extranjería X-5519236H, asistido por el letrado señor Pacetti Castillo, contra “Bescanvi, Sociedad Limitada”, estando citado el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a su citación en forma, debo declarar y declaro improcedente el despido realizado por la demandada al actor el día 4 de agosto de 2009, declarando extinguida la relación laboral habida entre partes y condenando a la demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 907,40 euros, cantidad a la que habrá de añadirse los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (4 de agosto de 2009) hasta el dictado de esta resolución, ciento ventisiete días, a razón de 40 euros por día, 5.080 euros, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico. Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado de lo social

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MÁLAGA El secretario judicial del Juzgado de lo social del número 6 de Málaga. Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.065 de 2009, sobre despidos/ceses en general, a instancias de don Anatoly Dutka, contra “Bescanvi, Sociedad Limitada”, en los que con fecha 9 de diciembre de 2009 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente: Que estimando la demanda formulada por don Anatoly Dutka, con número de identificación de extranjería X-6821715-F, asistido por el letrado señor Pacetti Castillo, contra “Bescanvi, Sociedad Limitada”, estando citado el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a su citación en forma, debo declarar y declaro improcedente el despido realizado por la demandada al actor el día 4 de agosto de 2009, declarando extinguida la relación laboral habida entre partes y condenando a la demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 887,67 euros, cantidad a la que habrá de añadirse los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (4 de agosto de 2009) hasta el dictado de esta resolución, ciento ventisiete días, a razón de 40 euros por día, 5.080 euros, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico. Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 6 de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar

B.O.C.M. Núm. 22

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

las cantidades a que el fallo se contrae en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a “Bescanvi, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Málaga.—El secretario judicial (firmado). (03/1.140/10)

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a “Bescanvi, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Málaga.—El secretario judicial (firmado). (03/1.132/10)

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MÁLAGA

EDICTO

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social del número 6 de Málaga. Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.066 de 2009, sobre despidos/ceses en general, a instancias de don Dmytro Chernykh, contra “Bescanvi, Sociedad Limitada”, en los que con fecha 9 de diciembre de 2009 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente: Que estimando la demanda formulada por don Dmytro Chernykh, con número de identificación de extranjería X-4823752-P, asistido por el letrado señor Pacetti Castillo, contra “Bescanvi, Sociedad Limitada”, estando citado el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a su citación en forma, debo declarar y declaro improcedente el despido realizado por la demandada al actor el día 4 de agosto de 2009, declarando extinguida la relación laboral habida entre partes y condenando a la demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 1.058,48 euros, cantidad a la que habrá de añadirse los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (4 de agosto de 2009) hasta el dictado de esta resolución, haciendo los descuentos oportunos durante el tiempo trabajado, 5.412,56 euros, y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico. Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia Málaga, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 6 de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MÁLAGA El secretario judicial del Juzgado de lo social del número 6 de Málaga. Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 914 de 2009, sobre despidos/ceses en general, a instancias de don Antonio Espejo Lara, contra “CD Filtración, Sociedad Anónima”, en los que con fecha 9 de diciembre de 2009 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente: Que estimando la demanda formulada por don Antonio Espejo Lara, asistido por el letrado señor Fernández Molina, contra “CD Filtración, Sociedad Anónima”, estando citado el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a su citación en forma, debo declarar y declaro improcedente el despido realizado por la demandada al actor el día 26 de junio de 2009, declarando extinguida la relación laboral habida entre partes y condenando a la demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 3.218,16 euros, cantidad a la que habrá de añadirse los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (26 de junio de 2009) hasta el dictado de esta resolución, ciento sesenta y seis días, a razón de 39,67 euros por día, 6.585,22 euros, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico. Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia Málaga, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 6 de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. En cuanto a la condenada al pago, para hacer uso de este derecho deberá ingresar las cantidades a que el fallo se contrae en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a “CD Filtración, Sociedad Anónima”, cuyo

Pág. 253

actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Málaga.—El secretario judicial (firmado). (03/1.143/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MÁLAGA EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social del número 6 de Málaga. Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 916 de 2008, sobre social ordinario, a instancias de don Matenin Traore, contra don Saido Queta, en los que con fecha 4 de diciembre de 2009 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente: Que estimando la demanda formulada por don Matenin Traore, con número de identificación de extranjería X-5111231X, asistido por el letrado señor Ramírez Montes, contra don Saido Queta, que no comparece pese a su citación en forma, estando citado el Fondo de Garantía Salarial, asistido por la letrada señora Molina Tejero, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 2.648,5 euros, incluido el 10 por 100 en concepto de intereses por mora, y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico. Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente y que resolverá la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia en Málaga. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a don Saido Queta, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA C OMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Málaga.—El secretario judicial (firmado). (03/1.136/10)

Pág. 254

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEGOVIA

ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Parte dispositiva: Declarar a la ejecutada “TGV Merchandising y Comunicación, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 12.026,54 euros de principal, más 2.405,2 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Publíquese la declaración de insolvencia de la ejecutada en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan alegación alguna, se procederá al archivo provisional de las actuaciones. Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Rafael Fernández López, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla. Doy fe.—el secretario (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Y para que le sirva de notificación en legal forma a “TGV Merchandising y Comunicación, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. En Sevilla.—El secretario judicial (firmado). (03/1.182/10)

Doña Ángeles Bermúdez Méndez, secretaria judicial del Juzgado de lo social de Segovia. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 90 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Asepeyo”, contra la empresa “Bitadur, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y don Eugeniu Grosu, sobre cantidad, en fecha 10 de septiembre de 2009 se ha dictado sentencia número 360 de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo Estimo parcialmente la demanda presentada por el letrado señor Puente Domingo, en representación de “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa “Bitadur, Sociedad Limitada”, el trabajador don Eugeniu Grosu y el Fondo de Garantía Salarial, declaro la responsabilidad directa de la empresa “Bitadur, Sociedad Limitada”, en el abono de las prestaciones sanitarias, la de incapacidad temporal y la de lesiones permanentes no invalidantes permanentes, anticipadas por la mutua actora al trabajador, derivadas del accidente de trabajo sufrido, condenándole al pago a la mutua de la cantidad anticipada de 4.455,33 euros en los mencionados conceptos, sin perjuicio de la responsabilidad de las entidades gestoras en caso de insolvencia de la empresa, y les absuelvo de las demás pretensiones deducidas. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Eugeniu Grosu, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Segovia, a 29 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.177/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE SEVILLA EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 721 de 2007, sobre cantidad, a instancias de don Daniel Andújar Sánchez, contra “TGV Merchandising y Comunicación, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 23 de septiembre de 2008 se

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE SEVILLA EDICTO

Doña Carmen Álvarez Tripero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 133 de 2009, a instancias de la parte actora, don Ramón Eusebio Mansilla, contra “Cordobesa de Montaje 2006, Sociedad Limitada”, sobre despido objetivo individual, se ha dictado resolución de fecha 26 de noviembre de 2009, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Auto En Sevilla, a 26 de noviembre de 2009.— Dada cuenta; y… Parte dispositiva: Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes, con obligación de la empresa condenada “Cor-

B.O.C.M. Núm. 22

dobesa de Montaje 2006, Sociedad Limitada”, de abonar al actor los salarios dejados de percibir que ascienden a la suma de 9.260,16 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles de que contra la presente cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Juzgado de lo social, y una vez firme esta resolución archívense las presentes actuaciones. Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Adelaida Maroto Márquez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla, en funciones de sustitución en este órgano. Doy fe.— La secretaria (firmado).—La magistradajuez de lo social (firmado). Y para que sirva de notificación a la demandada “Cordobesa de Montaje 2006, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos. En Sevilla, a 3 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.145/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE VALLADOLID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Olalla García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Valladolid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 182 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Franco Arnaiz, contra la empresa “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 3.368,46 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Valladolid, don José Miguel Tabares Gutiérrez.—Doy fe.

B.O.C.M. Núm. 22

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gorelán Sistemas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Valladolid, a 28 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.197/10) JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE VALLADOLID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Olalla García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Valladolid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 307 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Todor Yankov Penchev, contra ignorados herederos de doña Corina de la Huerta Ozores, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: a) Despachar la ejecución solicitada por don Todor Yankov Penchev, contra ignorados herederos de doña Corina de la Huerta Ozores, por un importe de 1.132,81 euros de principal, más 226 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo de los bienes de los demandados en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor jefe provincial de Tráfico, ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, Gerencia del Centro de Gestión Catastral y también al señor director de la Agencia Tributaria a fin

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidas a los ejecutados por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. Y, asimismo, para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días faciliten la relación de todos los bienes o derechos de los deudores de que tengan constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral). En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de los ejecutados, interesándose a su vez la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a los ejecutados hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, cuenta corriente número 4626000064030 709, sito en plaza de San Miguel, de Valladolid. Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de los apremiados en los que la correspondiente entidad financiera actuara como depositaria o mera intermediaria hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrense las aportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de los apremiados para la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden in-

Pág. 255

currir quienes auxilien o se confabulen con los apremiados para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y siguientes del Código Penal y 893 del Código de Comercio), e indicándoseles que deben contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. c) Advertir y requerir a los ejecutados de las obligaciones y requerimientos que se les efectúan en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento sexto y que podrán dar lugar a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 601 euros por cada día de retraso. d) Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la ejecución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Valladolid, don José Miguel Tabares Gutiérrez.—Siguen las firmas. Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a ignorados herederos de doña Corina de la Huerta Ozores, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Valladolid, a 21 de diciembre de 2009.— La secretaria judicial (firmado). (03/1.194/10)

Pág. 256

MIÉRCOLES 27 DE ENERO DE 2010

B.O.C.M. Núm. 22

V. OTROS ANUNCIOS Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda La Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda de Las Rozas de Madrid acuerda notificar, mediante su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que por error mecanográfico se publicaron en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de enero de 2010 los nombres de doña Paula María Peña López (02/402/10), y de don Carlos García Jabardo (02/401/10), cuando no deberían aparecer dichos nombres por no estar incursos en ninguna de las causas de incumplimiento para adjudicación provisional de vivienda en alquiler con opción a compra el primero y de venta directamente el segundo, a la que tienen derecho. Las Rozas de Madrid, a 22 de enero de 2010.—El consejero-delegado, Juan Ramón Ruiz Fernández. (02/710/10)

Fundación IMDEA Software 1. Entidad adjudicadora: — Organismo: Fundación IMDEA Software.

Valportillo Primera, 9 28108 Alcobendas (Madrid) Atención al público: Fortuny, 51. 28010 Madrid Teléfs. 913 101 700 - 917 027 610 Fax 913 081 683 - 913 195 055

2. Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: obras de construcción del edificio sede de la Fundación IMDEA Software. b) Lugar de ejecución: Pozuelo de Alarcón (Madrid). c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: dieciocho meses. 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Procedimiento: abierto. b) Criterio: pluralidad de criterios. 4. Presupuesto base de licitación: — 10.811.471,82 euros (IVA excluido). 5. Garantías: a) Provisional: 3 por 100 del presupuesto de licitación (IVA excluido). b) Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación (IVA excluido). 6. Obtención de documentación e información: a) Entidad: Fundación IMDEA Software, Facultad de Informática (bloque 3). Campus de Montegancedo, sin número, 28660 Boadilla del Monte (Madrid). b) Teléfono: 913 363 734. c) Página web donde conseguir información: http://.software.imdea.org

d) Fecha límite de obtención de documentos e información: 19 de febrero de 2010. 7. Requisitos específicos del contratista: los establecidos en el pliego de cláusulas jurídicas. 8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 25 de febrero de 2010. b) Documentación a presentar: la especificada en el pliego de cláusulas jurídicas. c) Lugar de presentación: Fundación IMDEA Software. Facultad de Informática (bloque 3). Campus de Montegancedo, sin número, 28660 Boadilla del Monte (Madrid). 9. Apertura de las ofertas: se realizarán dos sesiones públicas. Tal y como se establece en el pliego de cláusulas jurídicas, la primera para dar a conocer las empresas admitidas y la segunda para abrir las proposiciones económicas, una vez evaluados los criterios técnicos. 10. Gastos de anuncio: a cargo del adjudicatario. (02/509/10)

www.madrid.org/bocm

Depósito legal: M. 19.462-1983 ISSN 1889-4410 Papel reciclado