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Según Fidias G Arias (2012), la investigación es documental “Es un proceso ... Según el autor Fidias G Arias (2012), se entiende como la especificación del.
MEDIOS INFORMATIVOS SOBRE LA IMPORTANCIA QUE TIENE EL REGISTRO DE NACIMIENTO A LA COMUNIDAD DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO

MEDIOS INFORMATIVOS SOBRE LA IMPORTANCIA QUE TIENE EL REGISTRO DE NACIMIENTO A LA COMUNIDAD DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO.

INSTITUCIÓN: REGISTRO CIVIL DE NAGUANAGUA.

AUTOR: Adriana. C. Romero. T.

C.I. 19.219.978. San Diego, junio de 2013.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA DERECHO

MEDIOS INFORMATIVOS SOBRE LA IMPORTANCIA QUE TIENE EL REGISTRO DE NACIMIENTO A LA COMUNIDAD DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO.

CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN

________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor académico

__________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor institucional

AUTOR: Adriana. C. Romero.T C.I. 19.219.978.

San Diego, Junio de 2013.

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AGRADECIMIENTO A Dios primeramente por darme el privilegio de lograr esta meta porque sin su ayuda jamás lo hubiera logrado por ser mi sustento y cada día darme nuevas fuerzas para seguir a pesar de las adversidades. A mi madre, una mujer sin duda alguna extraordinaria, por su amor, apoyo incondicional, por sus sabios consejos y tiempo dedicado a lo largo de mi carrera y cada etapa de mi vida gracias porque en los momentos que sentía que no podía mas tú me dabas esas fuerzas para seguir adelante y continuar. A mi padre por darme todo lo que he necesitado porque jamás me falto nada por su apoyo, por su presencia. A mis abuelos que siempre se preocuparon por mi carrera y me entendieron cuando no podía dedicarle gran parte de mí tiempo. Gracias por ser su orgullo los amo. A mis familiares por su interés, preocupación y satisfacción por mis logros y metas alcanzadas. A mi esposo por ayudarme al máximo por estar allí en los momentos más tensos y felices que he tenido que pasar para lograr este título por su comprensión y apoyo. A la profesora Aurangel González, una persona maravillosa que mas que mi profesora es mi amiga que marco en mi etapa universitaria y quien dedico su tiempo, mostrando su interés por brindarme sus sabios conocimientos

para lograr el

desarrollo de esta investigación por su paciencia y disposición en todo momento.

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A cada una de las personas que laboran en el Registro Civil de Naguanagua por darme la oportunidad de realizar mis pasantías por sus atenciones, enseñanzas y paciencia. A mis amigos que nos apoyamos mutuamente en nuestra formación profesional y que hasta ahora, seguimos siendo amigos: Gabriel Sánchez, Marbella Piñango, Yajaira Araujo.

Mil gracias por todo!!!

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DEDICATORIA Primeramente a Dios por estar conmigo en cada circunstancia de mi vida a ti debo todo lo que soy gracias por darme la vida y la oportunidad de haber logrado ser una profesional. Por permitirme llegar hasta este punto y haberme dado salud para lograr mis objetivos, además de su infinita bondad y amor. A mi madre por haberme apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, por la motivación constante que me ha permitido ser una persona de bien, pero más que nada, por su amor, su disposición y sobre todo por los ejemplos de perseverancia y constancia que la caracterizan y que me ha infundado siempre, por el valor mostrado para salir adelante. A mi padre porque nunca me falto nada siempre suplió cada cosa para poder lograr este título. A mi esposo por comprenderme y por tanto amor mostrado en esta etapa tan importante de mi vida. A cada uno de mis familiares que de una manera u otra siempre mostraron interés para que lograra mi meta.

"Para el logro del triunfo siempre ha sido indispensable pasar por la senda de los sacrificios." Simón Bolívar”

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ÍNDICE GENERAL Pp.

AGRADECIMIENTO……………………………………………………………….iii DEDICATORIA……………………………………………………………………..v INDICE GENERAL…….……………………………………………….…..………vi RESUMEN INFORMATIVO……………………………………………...…….....ix INTRODUCCIÓN…………………….……………………………………...…………….1 CAPITULO I Institución………………………………………………………………………........3 Nombre…………………………………………………………………………........3 Ubicación………………………………………………………………………...…..3 Misión…………………………………………………………………………...…...3 Visión………………………………………………………………………………...3 Valores………………………………………………………………………….........3 Estructura Organizativa………………………………………………………………4 Actividades Realizadas……………………………………………………………….5

CAPITULO II EL PROBLEMA…………………………………………………………………….8 Planteamiento del Problema…………………….…………………………...………..8

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Formulación del Problema…………………….…………..…...…..……………........9 Objetivo General…………………………………………………………..……....…..9 Objetivos Específicos……...………......……………………………………….......…9 Justificación y Alcance................................................................................................10 Limitaciones del Estudio.............................................................................................11 CAPITULO III. MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL……………………………...…..….12 Antecedentes……………..……………………..…………………………..…......…12 Bases Teóricas…………..…..………………………..………………………….…..14 Bases Legales………………………………………………….….....……………….20 Definición de Términos Básicos………………………………….…………….…....28 CAPITULO IV. FASES METODOLÓGICAS…………………….………………………………..30 Tipo de Investigación…………………………….………………..………………...30 Nivel de Investigación……………………………………...……………………..…30 Diseño de la Investigación……………………….…………………..………………31 Fases Metodológicas………………………………………………………….……...31 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos………………………...…...……32 vii

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CAPITULO V RESULTADOS.............................................................................................33 CONCLUSIONES.........................................................................................37 RECOMENDACIONES.................................................................................39 REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS...........................................................41 ANEXOS ANEXO A-1.................................................................................................44 ANEXO A-2.................................................................................................45 ANEXO A-3.................................................................................................46 ANEXO A-4.................................................................................................47 ANEXO A-5.................................................................................................48 ANEXO A-6.................................................................................................49

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO MEDIOS INFORMATIVOS SOBRE LA IMPORTANCIA QUE TIENE EL REGISTRO DE NACIMIENTO A LA COMUNIDAD DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO. Autor: Adriana C. Romero T. Tutor: Prof. Aurangel C. González M. Fecha: Abril, 2013. RESUMEN INFORMATIVO El Registro de nacimiento, es la constancia del nacimiento de un niño, donde la manifestación de una persona o autoridad, ponen en conocimiento al Registrador Civil, sobre el acontecimiento de ese hecho vital, para que se extienda un acta el cual contendrá la información concerniente al mismo. Esta inscripción es la más importante y transcendente para toda persona, por cuanto permite concretar los derechos y garantías constitucionales relativas a esta. Además de que se trata de un derecho que tiene todo niño o niña a no ser discriminado, a tener una identidad, a una protección integral desde su concepción hasta su completo desarrollo. Sin importar el estado civil de los padres o la circunstancia que los separe, es asombroso como muchas de las personas llegan al registro que ya son adultos sin ni siquiera tener partida de nacimiento ni ningún tipo de identificación. Ante esta situación es necesario buscar una solución y por ello es que la presente investigación tiene como objetivo general Elaborar medios informativos sobre la importancia que tiene el registro de nacimiento dirigido a la comunidad del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo. Para atender esta situación planteada se han estructurado un conjunto de objetivos específicos que permitirá estudiar de manera detallada y disminuir tantos niños o niñas sin ser inscriptos. De la misma manera la descripción de la institución donde fueron realizadas las pasantías además del marco teórico referencial, se estableció el marco metodológico, donde se plasma el tipo de investigación entre otros aspectos interesantes que fueron tocados en este trabajo. Finalmente se llegaron a un resultado a una conclusión y una recomendación. Descriptores: Registro de Nacimiento, Textos legales, Acta de Nacimiento, Presentación, Identidad. ix 11

INTRODUCCIÓN Los registros de nacimientos constituyen un derecho básico para el cumplimiento de los derechos que debe tener cada persona y que el mismo debe ser un trabajo mancomunado entre los padres y el Estado pues se trata de un procedimiento de suma importancia para ambos. Por consiguiente sin la existencia de un registro de nacimientos no existiría la posibilidad de ejercer el cumplimiento de algún derecho. Sin el ejercicio y la exigibilidad de los derechos no existiría la posibilidad alguna del desarrollo de la ciudadanía. De modo que esto no me permitiría pensar en términos de efectos jurídicos. Ahora bien podemos decir que El registro de nacimientos es entonces la base que permite adoptar medidas contra el tráfico de niños, las adopciones ilegales, la explotación sexual, la venta de órganos, entre otros. Sin duda alguna, sin un Registro de Nacimiento, es imposible generar políticas, programas y proyectos que permitan combatir aquellos males que terminan excluyendo a millones de niños y niñas, en la mayoría de los casos desconocidos en la sociedad, por tal razón es realizada esta investigación de manera reflexiva y organizativa mediante cinco capítulos. El Capítulo I: Comprende la institución pública donde fueron realizadas las pasantías, su ubicación, misión, visión, valores de la institución, estructura organizativa y las actividades realizadas en el tiempo que se realizaron las pasantías. El Capítulo II expone el planteamiento del problema que es la situación objeto del estudio, para así comprender su origen, relaciones e incógnitas por responder, la formulación del problema concretando de una manera más precisa, el objetivo general expresa el fin concreto de la investigación de manera directa con la formulación del problema, los objetivos específicos se logra con ellos indicar de una 12

manera más exacta los conceptos, variables o dimensiones que serán objetos de estudio, justificación de manera de señalar las razones por las cuales se realiza esta investigación, el alcance que trata de lo que se quiere lograr con esta investigación y las limitaciones que tiene gran peso por tratarse del factor tiempo. El Capítulo III desarrolla el marco teórico donde se hacen referencia los antecedentes de la investigación haciendo énfasis de trabajos previos que tienen relación con esta investigación, bases teórica que conlleva un desarrollo amplio de los conceptos y proposiciones para así sustentar

y explicar el problema planteado,

fundamento legal para así fundamentar y darle sustento a la investigación mediante leyes que tengan relación con el tema, y las definiciones de términos para así tener un significado de las palabras que tiene que ver con esta investigación. El capítulo IV comprende el marco metodológico donde se sitúan el tipo de investigación, nivel de la investigación, diseño de la investigación, técnicas e instrumentos de recolección de datos y las fases metodológicas. El capítulo V determinan los resultados de esta investigación para proceder a dar una conclusión y posibles recomendaciones sus anexos y finalmente las referencias bibliográficas.

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CAPITULO I INSTITUCION

1.1 Nombre Registro Civil Del Municipio Naguanagua. 1.2 Ubicación Avenida Universidad Vía la Entrada Frente al Centro Comercial Rio Sil. 1.3 Misión Garantizar la satisfacción de las necesidades del municipio Naguanagua prestando un servicio de calidad, oportuno y eficiente, para garantizar sus derechos civiles a los ciudadanos cumpliendo con las planificaciones públicas y normativas vigentes de la legislación venezolana. 1.4 Visión Lograr que el municipio Naguanagua desarrolle actividades que permitan la optimización de los sistemas de participación ciudadana para elevar la calidad de vida de sus habitantes y de su entorno con la formación de una sociedad critica, innovadora, productiva que sea generadora del conocimiento, de alta tecnología y que se incorpore al proceso de globalización, y de cambios permanentes que nos imponen los nuevos tiempos. 1.5 Valores •

Respeto por las Personas: Nuestros ciudadanos son personas responsables, conscientes y dedicadas que merecen recibir un trato digno y respetuoso.



Confianza y Apoyo: Nuestra organización municipal se caracteriza por la confianza, la autenticidad y un clima solidario.

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Participación y Compromiso: Consideremos que es imprescindible la participación y el compromiso de todos en la toma de decisiones dirigidas a cambios que requiera la organización municipal.



La Gente: La Alcaldía del municipio Naguanagua, reconoce al funcionario público como su recurso más importante y valioso, por ello le ofrece oportunidades de crecimiento tanto profesional como personal. Asimismo, reconoce y respeta a la comunidad, a los contribuyentes, a los proveedores y relacionados, garantizando el cumplimiento de las condiciones convenidas y ofrecerles un servicio de calidad.



La Ética: Construir la fuerza moral que guie a la organización y que exprese el comportamiento integro de sus trabajadores, apegados a los principios morales y legales en relación a la comunidad.



La Excelencia: Alcanzar la excelencia a través de mejoramientos continuo de la calidad de las actividades, procesos y servicios que se prestan a la comunidad tanto del municipio Naguanagua como de comunidades cercanas a ellas.

1.6 Estructura Organizativa Registrador Civil

Asistente Administrativo

Abogado III

Recepción

Defunción

Rectificación de Acta

Archivo

Constancias Nacimiento Departamento de Matrimonio

Procedimientos Especiales

Fe de Vida

Presentación De Residencia

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Revisión de Actas

Actividades Realizadas: •

Transcripción de actas de nacimiento en los libros del Registro Civil

(original y copia) las cuales se hacen de manera manual en un libro del registro civil tanto original como en su copia bajo el mismo número ambos pero que es único para cada acta de nacimiento y tomo el cual debe contener lo siguiente: en primer lugar el día, mes, año hora e identificación del establecimiento de salud público o privado, casa o lugar en que ocurrió el nacimiento, en segundo lugar tenemos identificación del certificado médico de nacimiento, numero, fecha y autoridad que lo expide, en tercer lugar el numero único de identidad del presentado(a), en cuarto lugar los nombres y apellidos del presentado (a), el sexo, circunstancias especiales del nacimiento, en el caso de que existan, la expresión de hijo o de hija de, nombres, apellidos, numero único de identidad, nacionalidad, edad, profesión y residencia del padre y de la madre, al igual nombres, apellidos numero único de identidad, nacionalidad, edad, profesión y residencia de las personas que comparezcan al acto, ya sean declarantes o testigos, asimismo tenemos aquellos casos de pueblos y comunidades indígenas, el lugar donde residen según sus costumbres y tradiciones ancestrales. Y por ultimo debe contener la firma del registrador (a) civil, declarantes y testigos. Es importante aclarar que toda acta de nacimiento expresara los datos de identidad de los progenitores biológicos, omitiendo el estado civil de los mismos. •

Estampar notas marginales en los libros de nacimiento del Registro Civil

(original y copia) este procedimiento se realizara cuando los actos y hechos que afecten el estado civil de las personas, o cuando se trate del reconocimiento, de la rectificación que sean susceptibles de inscripción y no esté previsto donde se efectuará su asiento, se inscribirán por medio de nota marginal en el acta correspondiente tanto en el acta original como en su copia. Siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 89 de las Normas para Regular los Libros, Sellos y Actas del Registro Civil. 5 16

Las notas marginales que se estampen con ocasión del reconocimiento, desencadenan subsiguientes notas marginales en las Actas de Nacimiento de los hijos o hijas de la persona reconocida. Por otro lado es importante aclarar que las notas marginales son susceptibles de rectificación. • Atender al público para orientarle acerca del reconocimiento se señalaban los requisitos para realizarlo. • Ordenar expedientes de reconocimiento el cual debían contener los siguientes requisitos: 1.

Declaración expresa del padre o de la madre que efectúa el reconocimiento.

2.

Identificación del hijo (a) reconocido (a).

3.

Impresiones dactilares del padre o la madre que efectúa el reconocimiento.

4. Identificación completa de las personas presentes en el acto, ya sean declarantes o testigos. 5.

Firmas del registrador (a) civil, declarantes o testigos.



Revisar documentos con los requisitos necesarios para la realización del

acta de defunción de que todos estuvieran en orden. •

Elaborar declaraciones juradas donde se manifiesta de manera personal,

verbal o escrita, donde se asegura la veracidad de esa misma declaración bajo juramento ante autoridades administrativas o judiciales. Como consecuencia se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo contrario. •

Elaborar carta de residencia y fe de vida. La carta de residencia se realizaba

un documento para dar Fe del domicilio de las personas en el lugar y zona señalada en el mismo que demuestra fehacientemente que la persona tiene su lugar de domicilio en la República Bolivariana de Venezuela y no fuera de ella y en

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cuanto la fe de vida se realiza es porque mediante este documento se acredita la no defunción y que se expide en el Registro Civil correspondiente. • Dar los requisitos de matrimonio el cual se le explicaba a los usuarios cada uno de los requisitos. •

Dar los requisitos de las uniones estables de hecho.



Realizar citaciones para que los padres reconozcan a sus hijos el cual eran

realizadas para escuchar las circunstancias de los padres que no querían registrar a sus hijos y así lograra solventar la situación. • Manejar archivos en relación a la búsqueda de los certificados de nacimiento en los libros del Registro Civil (original y copia). • Orientar a los usuarios acerca de los requisitos para el Registro de Nacimiento.

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CAPITULO II EL PROBLEMA

Planteamiento del Problema Un aspecto del interesante análisis en el contexto del Derecho, ha sido el tratamiento que la legislación venezolana, le ha dado al procedimiento de reconocimiento de niños y niñas, pues se ha presentado una interesante evolución en este tema. En tiempos pasados el código civil era la única normativa encargada de regular lo relativo al reconocimiento, en la actualidad con la nueva ley para la protección de las familias, la maternidad y la paternidad y la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes, se trata de que todo niño o niña sea presentado por su madre y su padre y no que se quede ningún niño sin ser reconocido por uno de estos, debido a que se trata de un derecho que este tiene. Por consiguiente, es necesario que la presentación del niño o niña se dé sin importar el estado civil de los padres o la circunstancia que los separe, ya que todo niño tiene derecho a que no se le discrimine, a tener una identidad, a una protección integral desde su concepción hasta su completo desarrollo, para que este se forme en condiciones materiales y morales favorables. Lo que se busca es que todo niño o niña tenga el derecho de conocer a su padre y a su madre, para que así estos cumplan con el deber de asistir, alimentar y educarlos, debido a que estos no son los responsable de las malas decisiones que a veces son tomadas por ellos, sin ponerse a pensar por un momento en el daño que causan a estas indefensas criaturas. En efecto desde el mismo momento que el niño nace vivo, se convierte en sujeto de derechos y deberes, para poder conocer cuáles son los derechos y cuáles son

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los deberes que le sobrevienen a este con el devenir del tiempo, es necesario que todo niño o niña sea presentado al nacer por su padre y su madre. En atención a esta problemática se hace conveniente facilitarle a los usuarios del Municipio Naguanagua que acuden a la Oficina del Registro Civil información sobre la relevancia que tiene el registro de nacimiento de cada niño o niña mediante distintos medios informativos ya que muchos de estos ignoran la gran importancia que esto genera, así como ignoran lo sencillo que resulta. Debido a que es asombroso como muchas de las personas llegan al registro que ya son adultos sin ni siquiera tener partida de nacimiento ni ningún tipo de identidad, de la misma manera, nada que le avale que todo lo que están diciendo es verdad. Pues bien, el problema se incrementa debido a la falta de medios informativos que hagan hincapié en estos puntos que son de suma relevancia para la población de igual modo en la falta de interés que tienen los mismos individuos con respecto a este tema. Formulación del problema. ¿Cuáles son las causas que ocasionan la falta de interés por parte de la población a la hora de presentar a los niños o niñas específicamente en el registro civil de Naguanagua? Objetivo General. Elaborar medios informativos sobre la importancia de conocer los procedimientos y trámites que tiene la inscripción de Nacimiento dirigido a la comunidad del municipio Naguanagua del estado Carabobo.

Objetivos Específicos. Describir los factores que originan la falta de interés que tiene la población que acude al registro civil de Naguanagua.

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Analizar las causas que originan el hecho de que tantos niños y niñas no han sido registrados ante las autoridades competentes. Diseñar un tríptico, y material para realizar cartelera que permita informar a los usuarios que acuden al Registro civil de Naguanagua acerca de la importancia que tiene el Registro de Nacimiento y su procedimiento.

Justificación y Alcance La presente investigación no solo se fundamenta en la falta de interés sino también influye el hecho de no contar con medios de acceso por pertenecer a zonas rurales, a la poca información que les es dada a los usuarios en este punto tan esencial como lo es el registro de nacimiento, por esta razón muchos de los casos que se presentan a diario son por ignorancia de los mismos padres, causando grandes consecuencias. De manera que el registro de nacimiento establece la identidad del niño, como un nacimiento completamente registrado y documentado, acompañado de un certificado de nacimiento, contribuye a garantizar el derecho del niño o niña a tener un origen, una nacionalidad y también a salvaguardar sus demás derechos humanos. Cabe considerar, por otra parte que un niño o niña no registrado se le es negada la educación, son pocas las posibilidades que se tienen de recibir protección social por parte del Estado, de la misma manera son más susceptibles a ser maltratados y abusados. Dentro de esta perspectiva lo que se pretende es contribuir desde el punto de vista teórico, documentando a la población y haciendo gran hincapié en la importancia que reviste y lo sencillo del trámite y su gratuidad debido a que muchos usuarios creen que es un procedimiento que se debe pagar, a través de los elementos antes mencionados, ya que una de las maneras para evitar el incremento de tantos niños o niñas sin su inscripción de nacimiento es facilitar mayor información a la población.

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En Cuanto al alcance, esta investigación lo que pretende es que no solo sirva de conocimiento e información para los estudiantes de la carrera de derecho, sino que esta sea para todos en general un medio de estar informados sobre la importancia, procedimiento y el trámite que tiene el Registro de nacimiento para toda persona al momento de nacer ya que sin esta se estaría violando sus derechos humanos y no solo esto ya que las consecuencias que genera son incontables. Limitaciones En este estudio pude observar que una de las limitaciones que sin duda alguna afecta es el factor tiempo, ya que por falta de este, se dificulta la realización del trabajo, debido a que si se contara con un tiempo más extenso se lograría que el tema penetrara a la población que se pretende informar. De igual manera gracias al trabajo realizado en conjunto de los funcionarios que me estuvieron ayudando en esta investigación donde realice mis pasantías hicieron que cada uno de mis objetivos se cumpliera en el tiempo exacto que fue planificado para la elaboración de este trabajo. Por otro lado, otra de las limitaciones que también influyo en gran manera fue la poca información que existía sobre este tema, pero que sin embargo no fue ningún obstáculo para concluirla con éxito esta investigación presentada.

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CAPÍTULO III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL. Antecedentes de Investigación Una vez definido el planteamiento del problema y precisados los objetivos tanto general como los especifico, que determinan los fines del presente trabajo de investigación, se hace necesario establecer los antecedentes de este estudio, el cual está compuesto por trabajos de investigaciones, elaborados con anterioridad , teniendo estos relación con el tema de estudio. Dentro los cuales se encuentran los siguientes: Colon Dayhan y Pinto Mirtha (2007), en su investigación titulada “Derecho a la Identidad de las Personas en Venezuela y Aspectos Legales Doctrinarios”. Realizado en la Universidad Arturo Michelena, Municipio San Diego, Estado Carabobo. Trabajo de investigación para optar al título de abogado . Dicho estudio estuvo enfocado en la importancia que genera la identidad como aspecto fundamental en la personalidad en la nueva legislación Venezolana, debido a la problemática que se ha incrementado en estos últimos años en el país por la existencia de tantos niños, niñas, adolescentes y personas mayores de edad que no han sido inscritos oportunamente en el registro civil. Si bien es cierto la identidad es un derecho que todos tenemos según lo expresa nuestra carta magna. En este sentido se tuvo como propósito suministrar un aporte que permita la concientización de la importancia de tener una identidad. Buaiz V Yuri (2005), en su indagación titulada “Derecho a la identidad la experiencia en Venezuela” Hace un estudio comparativo del año 1998 – 2005 en cinco estados de Venezuela Caracas. Para obtener un ascenso en el trabajo. Está investigación se orienta a los millones de niños que se encuentran sin partidas de nacimiento por variados motivos pero entre ellos se destaca que la gran mayoría se le

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imposibilito la inscripción por cuanto sus padres carecen de documentación para formalizarla. En esta investigación se encontró que para el año 2000 el instituto nacional de estadísticas estimo que Venezuela habrían más de 1500 niños y niñas sin ser registrados desde allí surge la iniciativa de este investigador para hacer una comparación comprendida desde el año de 1998 al 2005 para así lograr que sea atendida esta problemática. En el año de 1998, Unicef presta apoyo técnico para el Decreto-Reglamento sobre regularización de la inscripción de nacimientos: Permite la inscripción con la sola comprobación del acto del nacimiento y establece inscripción directa en hospitales, aunque no se implementa. En el año 2002 se promulga el Decreto Ley sobre Registro Público y Notariado que autoriza el registro electrónico de todas las actas del registro Civil; por otro lado en el año 2003, con apoyo de Unicef, el Presidente de la República ordena el Plan nacional de identidad “YO SOY”, como una política de Estado para garantizar el derecho al nombre y a la nacionalidad inmediatamente después del nacimiento y por ultimo en el 2005 se enfatiza la importancia de este derecho para el desarrollo del niño y de la familia. Santaella Carla (2010), en su trabajo de análisis titulado “Innovaciones de la Ley Orgánica del Registro Civil Venezolano” San Juan de los Morros, estado Guárico, Venezuela. Realizado en la Universidad Nacional Experimental de los llanos centrales. Trabajo para obtener el título de abogada. Dicho análisis se enfoca en los diversos códigos civiles de Venezuela generando así una gran influencia para los venezolanos, ya que sus cambios y modificaciones a través de los años han marcado gran evolución en cuanto a la materia civil dándole así un mejor funcionamiento al registro civil. Dentro de esta perspectiva este análisis nos hace referencia de lo esencial que es la función del registro civil debido a que en este se encuentran datos de suma relevancia por ser una fuente de información sobre los datos de cada persona, es por 13 24

ello que es imprescindible el registro de nacimiento de cada niño o niña al nacer ya que con esto se está asegurando y protegiendo su identidad. Digest (2008), en su investigación titulada “El registro de nacimiento” en Florencia, Italia el cual fue realizado en el Centro de Investigaciones Innocenti de UNICEF, hace mención de la importancia que tiene el registro de nacimiento ya que sin esto se correría el riesgo de ser excluido de la sociedad, ya que se le negaría el derecho a una identidad oficial, a un nombre reconocido y a una nacionalidad. En pocas palabras estudia esa situación de niños y niñas a los cuales se les niega un derecho humano fundamental y que, desde el punto de vista puramente legal, ni siquiera existen. Al no tener documentos que demuestren su edad o incluso su identidad, suelen terminar por unirse a los millones de seres humanos que deben hacer frente a la discriminación y a la imposibilidad de acceder a servicios básicos tales como la salud y la educación. Y, precisamente por carecer de pruebas de su edad e identidad, puede faltarles también todo tipo de protección contra los abusos y la explotación. De igual manera un niño no registrado es una “mercadería” más ventajosa para todo traficante de niños y no tiene siquiera la protección mínima que un certificado de nacimiento puede brindar contra el matrimonio prematuro, el trabajo infantil, el reclutamiento en las fuerzas armadas o la detención y procesamiento en las mismas condiciones que si se tratara de un adulto.

Bases teóricas Registro de Nacimiento. Mediante esta investigación, haciendo uso y aplicación de la doctrina y la legislación, se busca señalar todo lo relacionado con la importancia que tiene el registro de nacimiento.

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Se tiene, que el nacimiento no es más que una acción o efecto de nacer, de salir el ser del claustro materno, es esa separación del feto respecto del cuerpo de la madre, aún cuando sea prematuro y cualquiera que sean los medios para ello. El medio legal por excelencia para probar el nacimiento es la inscripción del mismo. De igual manera se trata de que todo niño o niña sea inscrito gratuitamente en el Registro civil, inmediatamente después de su nacimiento. Al igual el estado deberá garantizar procedimientos gratuitos, sencillos y rápidos para la inscripción de los niños o niñas y adolescentes en el Registro del Estado civil a cuyo efecto dotara oportunamente a este de los recursos necesarios para dicha inscripción. Una vez que sea declarado el nacimiento se extenderá inmediatamente a realizar la partida de nacimiento el cual la autoridad del Estado civil expedirá de forma gratuita y en un plazo no mayor de veinticuatro horas. El registro de nacimiento no es más que la constancia del nacimiento de un niño, donde la manifestación de una persona o autoridad, ponen en conocimiento al Registrador Civil, sobre el acontecimiento de ese hecho vital, para que se extienda un Acta el cual contendrá la información concerniente al mismo. Esta inscripción es la más importante y transcendente para la persona natural, por cuanto permite concretar los derechos y garantías Constitucionales relativas a que toda persona tiene derecho a una nacionalidad, a un nombre, a conocer sus padres biológicos, a que se establezca legalmente su filiación, a investigar la maternidad y la paternidad y al goce real y efectivo de los derechos relativos a la nacionalidad. Ya que al no estar inscripción en el registro de nacimientos se le estaría violando sus derechos humanos por el cual todo niño tiene el derecho de recibir una identidad desde que nace y a ser considerado como parte integrante de la sociedad. Por consiguiente, la identidad de cada individuo es imprescindible ya que es el conjunto de datos básicos que individualizan

y diferencian a una persona con

respecto a otra, y que sirve de fuente de información para su reconocimiento. Con la declaración del hecho vital del nacimiento, se puede comprobar entre otras, cosas, la edad de cada persona y, así, obtener la cedula de identidad, ingresar el 15 26

sistema educativo, ampararse si lo requiera en el sistema administrativo y judicial de protección del niño, niña o adolescentes, ser incluido en el catastro municipal, poder ejercer el derecho al sufragio, gozar de todos los derechos y deberes que otorga la constitución y demás Leyes de la República y, en definitiva, como ya lo señalamos el pleno ejercicio real de sus derechos y deberes. Los nacimientos se registraran en virtud de: declaración de nacimiento, decisión judicial, documento autentico emitido por autoridad extranjera, reconocido por una autoridad venezolana competente y medida de protección dictada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Las personas que tienen el deber de declara los nacimientos y otras personas que también pueden hacerlo, entendemos por declarante, aquella persona que comunican al funcionario respectivo el acontecimiento del cual se deja constancia en el acta. Cuando se trata de actas de nacimiento, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes dispone que “el padre, la madre, representante o responsables deben inscribir a quienes se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad en el Registro del estado Civil. Los Registradores Civiles deben tomar en cuenta que, cualquiera de las personas mencionadas a continuación podrán realizar la declaración de un nacimiento: el padre o la madre, personalmente o por mandatario especial de cualquiera de ellos o en su defecto por el médico- cirujano, la partera cuando fuere en una casa o cualquier otra persona que haya asistido el parto, o por el jefe de la casa donde tuvo lugar el nacimiento. Cuando se trata de declarar el hallazgo de un recién nacido dejado en lugar público o privado, hará la declaración quien lo haya encontrado. El término para declarar un nacimiento es cuando el niño o niña una vez que nacen, los padres representante o demás personas llamados a declararlo por disposición legal, de conformidad con el artículo 20 de la LOPNNA, deberán acudir

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ante el Registro Civil del Municipio o Parroquia, dentro de los noventa días siguientes al mismo.

El legislador estableció un lapso para hacer la declaración del nacimiento, sin embargo, no contempló alguna sanción a su incumplimiento, por lo que en principio siempre debe el registrador civil recibir la declaración. Con respecto a los partos hospitalarios se hará mediante el (procedimiento Ordinario) donde el Registro de Nacimiento se realizara cuando el presentante acuda al Registro Civil, para inscribir al niño o niña, el cual el funcionario o funcionaria competente, le entrega la lista de requisitos que deberá consignar para efectuar dicho inscripción de Nacimiento los cuales son los siguientes: •

Certificado de Nacimiento (original y copia) emitido por la institución, centro o servicio de salud público o privado, el cual debe contener en ambos casos los mismos datos; debe estar en perfecto estado, legible, sin enmiendas, tachaduras, palabras o letras interlineadas, debe poseer la identificación plena del médico, que incluya nombre completo, cedula de identidad, inscripción en el Colegio de Médicos, inscripción en el Ministerio con competencia en materia de salud, firma, sello húmedo de las inscripciones, centros y servicios de salud públicos o privados.



Original y Copia de las cedulas de identidad de los progenitores.



Original y Copia de la cedula de identidad de dos testigos mayores de edad. Procedimiento de la inscripción de Nacimiento:

iniciara cuando el

presentante acuda al Registro Civil, pida los requisitos y la hoja de solicitud, luego este deberá consignar para efectuar la inscripción los siguientes requisitos: certificado de nacimiento (original y copia), cedula de identidad de los presentantes y los testigos(original y copia), llenar la planilla de solicitud y luego de cumplir con cada 17 28

uno de estos se deberá consignar estos requisitos a el funcionario competente ante la Oficina del el Registro Civil, el cual este revisara detalladamente y verificara que estos estén completos, este procederá a elaborar e imprimir el acta de nacimiento en caso de que no hubiere sistema se extenderá de igual manera de forma manual. Se leerá el acta, constatando que esté conforme los presentantes el cual será dada de igual forma a estos para su revisión, si están conforme firmaran, sino la devuelven al funcionario para su corrección. Por último el Registrador Civil y el secretario recibirán el acta de nacimiento y los requisitos, verificaran de nuevo los datos que fueron entregados al funcionario competente, luego este procera a firmar, sellar y entregar el acta al presentante.

En casos de partos extra- hospitalarios; es decir cuando el nacimiento ocurra en sitios distintos donde no existan instituciones, centros o servicios de salud públicos o privados, o cuando la parturienta no acuda a éstos; la inscripción del nacimiento del niño, niña o adolescente por parte del presentante, se hará ante el registro civil de la parroquia o municipio de la jurisdicción donde nació el niño, niña o adolescente. El funcionario o funcionaria competente le entregara la hoja de solicitud y la lista de los requisitos que deberá consignar para efectuar la inscripción, los cuales se mencionan a continuación: •

Declaración jurada del médico o partero (a) que asistió el parto, o en su defecto declaración jurada de alguna de las siguientes personas: el jefe de la casa donde ocurrió el nacimiento, el párroco, el representante de la asociación de vecinos o de alguna organización comunitaria de la localidad. En caso de ser imposible obtener la declaración de una de las personas

mencionadas anteriormente, será suficiente con la declaración jurada ante el mismo funcionario o funcionaria competente, de tres (3) personas mayores de edad, y que den fe de haber presenciado el parto o tenga conocimiento directo del mismo, quienes 18 29

serán informadas de las penas que incurrirían en caso de declarar falsamente, de acuerdo a lo previsto en el Código Penal Venezolano. Se exigirá la identificación plena del o los declarantes. •

Original y copia de las cedulas de identidad de los progenitores.



Original y copia de la cedula de identidad de dos testigos mayores de edad. Una vez entregados los requisitos y la hoja de solicitud llena por parte del

presentante, el funcionario o funcionaria del Registro Civil, actuara de conformidad con el procedimiento ordinario anteriormente descrito. Aquellos padres distintos al esposo de la madre donde el funcionario o funcionaria del Registro Civil, que extienda el acta de Nacimiento, indicara el nombre del padre biológico, en aplicación de la garantía constitucional a que toda persona tiene el derecho de conocer a sus padres bilógicos, investigar la paternidad y la maternidad a tener la identidad real y que efectivamente le corresponde. En caso de que la madre este identificada en su cedula de identidad con el apellido de casada, se omitirá el mismo en el acta de nacimiento que se realice. Asimismo encontramos aquellos presentantes sin ningún tipo de identificación debido a que por carecer de su cedula de identidad, el funcionario o funcionaria del Registro Civil podrá comprobar la identidad con la presencia del carnet de trabajador o cualquier otro documento de identificación, y expedirá el acta de Nacimiento con los datos que suministren los progenitores (nombre y apellidos). Asimismo, el funcionario tomará impresiones dactilares de cada uno de ellos. El presentante deberá cumplir con los demás requisitos básicos comunes. En efecto son innumerables las consecuencias que trae este tema tan importante ya que muchos de los niños que no han sido registrados, se manifiestan

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sobre todo bajo la forma insidiosa, gradual y duradera de la pérdida de potencial causada por la falta de educación. Bases legales Para una mejor comprensión de la presente investigación, es oportuno señalar lo expresado en nuestro ordenamiento jurídico Venezolano. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) En el título III, de los derechos civiles, el artículo 56, hace mención en su segundo párrafo, al derecho que tiene toda persona a ser inscrita gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica el cual establece: Artículo 56: Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y al de la madre y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizará el derecho a investigar la maternidad y la paternidad. Toda persona tiene derecho a ser inscrita gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley. Código Civil Venezolano (1982) En su titulo XIII, del registro del estado civil, capítulo II, artículo 464 nos hace referencia del lapso para realizar la declaración del nacimiento que va a depender del lugar donde allá nacido el niño o niña y ante qué autoridad en el cual se establece de esta manera. Artículo 464: Dentro de los veinte días siguientes al nacimiento, se deberá hacer la declaración de este a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o municipio, a quien se le presentara también el recién nacido. Cuando el lugar del nacimiento diste más de tres kilómetros del lugar del Despacho de la Primera Autoridad Civil, podrá hacerse la presentación y declaración ante el respectivo Comisario de Policía, quien la extenderá por duplicado en hojas sueltas y entregara uno de los 20 31

ejemplares al presentante y el otro lo remitirá al Jefe Civil de la Parroquia y Municipio, quien lo insertara y certificara en los libros del Registro respectivo. El Funcionario del Estado Civil podrá, por circunstancias graves, dispensar de la presentación del recién nacido comprobando de cualquier otro modo el nacimiento. Tanto la Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio, como el Comisario de Caserío, en sus casos, deberán trasladarse a la casa donde se encuentre un niño de cuyo nacimiento tuvieren noticia, a fin de que se verifique el acto en la propia casa, no pudiendo cobrar ningún emolumento por esta diligencia. Los que no cumplieren con la obligación indicada serán destituidos de su cargo.

En ese mismo orden el artículo 465 consagra quien debe hacer la declaración de nacimiento y hace mención que una vez hecha la declaración será extendida la partida de nacimiento inmediatamente en el cual la presente ley establece lo siguiente. Artículo 465: La declaración del nacimiento debe hacerse por el padre o por la madre, por si o por mandatario especial de cualquiera de ellos: en su defecto por el médico cirujano, o por la partera, o por cualquiera otra persona que haya asistido al parto, o por el jefe en donde tuvo lugar el nacimiento. La Partida de nacimiento se extenderá inmediatamente después de la declaración. Ley Orgánica de Identificación (2006) Este instrumento normativo dispone en su capítulo I, articulo 2, el significado de identificación de allí podemos ver la importancia que genera tener una identidad. Sirve de fuente de información para ser reconocido, la presente ley hace mención a lo siguiente: Artículo 2: Se entiende por identificación, el con junto de datos básicos que individualizan y diferencian a una persona con respecto a otro individuos, y que sirve de fuente de información para su reconocimiento.

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. De igual manera en su artículo 3, nos señala cuales son los medios de identificación entre ellos nos menciona la partida de nacimiento. Y por último el capítulo II, de la presente ley nos hace mención de la identificación de venezolanos y venezolanas menores de nueve años, se hará mediante la presentación de su partida de nacimiento. Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007). Promulgada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.859, de fecha 10 de diciembre de 2007. Reformada en fecha 02 de abril de 2008, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.901. Es una ley especial dirigida a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la cual desarrolla y protege los derechos relativos a la identidad biológica y estado familiar y civil de los niños, niñas y adolescentes. Consagra y reconoce el derecho que tiene todo niño, niña y adolescente a tener un nombre, nacionalidad y a ser identificados inmediatamente después de su nacimiento. En su título II, capítulo II, de los derechos, garantías y Deberes en el artículo 16 hace referencia al derecho que tiene todo niño, niña y adolescentes de tener un nombre y una nacionalidad el cual establece: Artículo 16: Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad. Dentro de esta perspectiva tenemos el artículo 17 que nos habla al derecho que tiene todo niño, niña y adolescente a ser identificado, inmediatamente después de su nacimiento. Artículo 17: Todos los niños y niñas tienen el derecho a ser identificados identificadas, inmediatamente después de su nacimiento. A tal efecto, el Estado debe garantizar que los recién nacidos y las recién nacidas sean identificados o inidentificadas obligatoriamente y oportunamente, estableciendo el vinculo filial con la madre. Párrafo Primero: las inscripciones, centros y servicios de salud, públicos y privados, deben llevar un Registro de los 22 33

casos de nacimientos que se produzcan en los mismos, por medio de fichas médicas individuales, en las cuales constara, además de los datos médicos pertinentes, la identificación de recién nacido o recién nacida mediante el registro de su impresión dactilar y plantar, y la impresión dactilar, nombre y la edad de la madre, así como la fecha y hora de nacimiento del niño, sin perjuicio de otros métodos de identificación. Párrafo Segundo: las declaraciones formuladas a la máxima autoridad de la institución pública de salud donde nace el niño o niña, constituye prueba de filiación, en los mismos términos que las declaraciones hechas ante los funcionarios del Registro del estado Civil. Y por ultimo tenemos el artículo 18 de la presente ley nos consagra del derecho que tienen todo niño, niña y adolescentes a ser inscritos gratuitamente en el registro civil inmediatamente después de su nacimiento garantizando procedimientos de manera sencilla y rápida.

Ley Orgánica de Registro Civil (2009) En su título IV, capítulo III, de los nacimientos, el artículo 84 nos señala bajo quienes se regirán el nacimiento donde establece lo siguiente: Artículo 84: los nacimientos se registrarán en virtud de: 1.- Declaración del nacimiento. 2.-desición judicial. 3.-Documento autenticado por la autoridad extranjera, reconocido por una autoridad venezolana competente. 4.- Medida de protección dictada por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El artículo 85 nos menciona sobre la obligatoriedad de declarar el nacimiento en su orden respectivo donde la ley nos establece: Artículo 85: Es obligatoria la declaración del nacimiento, en el siguiente orden: 1.-El padre o la Madre. 2.- Los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado. 3.-el medico o la médica que atendió el parto. 4.-El partero o la partera. 23 34

5.-Cualquier persona mayor de edad, bajo cuya representación o responsabilidad debidamente acreditada se encuentre la niño o la niña. 6.- Los consejos de Protección de niños, niñas y Adolescentes. En el mismo orden de ideas tenemos el articulo 86 nos señala de manera precisa y clara el lapso para registrar. Ya que el niño deberá ser inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.

Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad (2007). Este instrumento normativo dispone en su capítulo IV nos habla en su artículo 22, del acta de nacimiento que una vez que sea realizada la presentación del niño o niña, el funcionario competente elaborara de inmediato el acta de nacimiento respectivamente. En el cual el funcionario deberá notificar a la persona señalada como padre del niño o niña, dentro de los 5 días hábiles siguientes al acto de presentación, a los fines de que comparezca ante el registro civil a reconocer la paternidad. Reglamento de la Ley Orgánica de Registro Civil El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.093, el primer Reglamento de Registro Civil, de acuerdo con las atribuciones que le da a ese organismo la Constitución. La nueva normativa fija los procedimientos y requisitos para los registros de nacimientos, defunciones, matrimonios, cambios de nombres, paternidad entre otros casos; al igual este contiene 127 artículos y señala que el Registro Civil será organizado por el Consejo Nacional Electoral, define las funciones de la Oficina Nacional de Registro Civil y establece el Sistema Nacional de Registro Civil. 24 35

En el capítulo III de los nacimientos encontramos los requisitos para la inscripción de Nacimiento Artículo 22: Para la inscripción de nacimientos ocurridos en establecimientos de salud, públicos o privados, deberá presentarse los siguientes documentos: 1. Certificado médico de nacimiento original. 2. Original y copia fotostática del documento de identificación del o de los declarantes. En caso que los declarantes no sean los padres, deberá consignarse copia fotostática del documento de identidad de ellos, si lo tuviere. 3. Original y copia fotostática del documento de identificación de dos testigos mayores de edad.

El artículo 25 del presente reglamento nos muestra aquellos partos extrahospitalarios para así saber qué hacer en estos casos el cual establece: Para la inscripción en el Registro Civil de los nacimientos extra hospitalarios ocurridos en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, se requerirá declaración jurada del partero o partera, o persona que asistió el parto y, la constancia emitida por el Consejo Comunal debidamente registrado, que de fe de la ocurrencia del nacimiento en la comunidad, de acuerdo al formato que autorice el Consejo Nacional Electoral. La Constancia emitida por el Consejo Comunal deberá ser suscrita por los Voceros que conforman su Unidad Ejecutiva y contendrá los elementos siguientes: 1. Identificación del Consejo Comunal. 2. Datos del Acta Constitutiva. 3. Número de Registro ante el Ministerio del Poder Popular para las Comunas. 4. Exposición de motivo relativo a la ocurrencia del nacimiento, con expresión detallada de la fecha y lugar del nacimiento, persona que atendió el parto de ser posible identificarla, datos del padre y/o madre del nacido o nacida, tiempo de residencia de éstos en la comunidad, dirección de residencia y nacionalidad. En los casos que no pueda suministrarse alguno de los datos establecidos en el numeral cuarto del presente artículo, relacionados con la persona que atendió el parto o 25 36

con los padres del nacido se dejará constancia expresa de los motivos que lo impide. Sólo podrá omitirse la presentación de la Constancia expedida por el Consejo Comunal en aquellos casos en que el nacimiento declarado haya ocurrido en una comunidad donde no se encuentre legalmente constituido un Consejo Comunal. Cuando no sea posible obtener la declaración jurada o la constancia a que se refiere el presente artículo, se requerirá declaración jurada de cuatro testigos, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, habitantes de la comunidad, que den fe de la ocurrencia del nacimiento en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se realizará ante el Registrador o Registradora Civil.

El artículo 26 nos habla de aquellas inscripciones de Nacimiento conforme a la Ley de Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad: En virtud del interés superior de las niñas, niños y adolescentes y de su derecho a la identidad, la presunción de filiación se hará valer por indicación de la madre o el padre. Esta presunción será válida salvo prueba en contrario a cargo de quien niegue la filiación. En los casos de presentación de niño o niña por madre que no esté unida en vínculo matrimonial o unión es estable de hecho, no se exigirá la presentación del documento de identificación del presunto padre señalado por la madre. El Registrador o Registradora Civil, hará la inscripción del niño o niña conforme a los datos indicados por la madre, incluyendo la identificación de quien haya sido señalado como el padre y elaborará inmediatamente el Acta de Nacimiento, con el apellido del presunto padre y de la madre. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la inscripción del niño o niña, el Registrador o Registradora Civil notificará a la persona señalada como padre, para que dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación, comparezca a reconocer o negar la paternidad que le está siendo atribuida.

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De modo que el artículo 34 enfatiza sobre la Inscripción de aquellos niños o niñas hijos de Madres unida en vínculo matrimonial con persona distinta al padre biológico: Cuando la declaración del nacimiento de niño, niña o adolescente sea realizada por el padre, y la madre se encuentra unida en vínculo matrimonial con persona distinta a quien está haciendo la presentación, el Registrador o Registradora Civil hará la inscripción con los datos indicados por los presentantes, quienes se atribuyen la calidad de progenitores. En este caso las personas que tengan un interés legítimo podrán, intentar las acciones de filiación correspondiente ante los Tribunales competentes. Artículo 37 menciona los declarantes sin Documentos de Identificación el cual deberán seguir los pasos que sean señalados en este reglamento para estos casos en especial: En los casos que, el o la declarante no posea documento de identificación, el funcionario o funcionaria del Registro Civil, podrá identificarlo mediante cualquier documento público en el que conste su identidad, constancia emitida por el Consejo Comunal del lugar de residencia de quien presenta la declaración o con la declaración jurada de dos testigos, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, los cuales darán fe de la identidad del declarante. La identificación realizada conforme a lo aquí dispuesto sólo tendrá efectos a los fines de la emisión del acta de nacimiento correspondiente.

Normas para Regular los Libros, Actas y Sellos (2010). Dichas normas fueron dictadas por el Consejo Nacional Electoral en ejercicio de las atribuciones por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En el capítulo III de la presente ley que nos habla de nacimiento se encuentra establecido en su artículo 17 los requisitos para su inscripción. Artículo 17: Para la solicitud de inscripción de nacimientos ocurridos en establecimientos de salud, públicos o privados, deberán presentarse los siguientes documentos: 27 38

1. Certificado médico de nacimiento original. 2. Original y copia fotostática del documento de identificación del o los declarantes. En caso de que los declarantes no sean los padres, deberá consignarse copia fotostática del documento de identidad de ellos, si lo tuviere. 3. Original y copia fotostática del documento de identificación de dos testigos mayores de edad. En caso de presentación por madre que no esté unida en vínculo matrimonial o unión estable de hecho, no se exigirá la presentación del documento de identificación del padre señalado en el acta.

Definición de Términos Básicos: Acta: documento emanado de una autoridad pública (juez, Notario, oficial de justicia, Agente de policía), a efectos de consignar y dejar constancia de un hecho material o jurídico, con fines civiles, penales o administrativos, de manera física, digital o materialmente y su carácter es inmutable. Acta de Nacimiento: documento Público emanado del registro civil, que recoge el hecho del nacimiento y contiene la información relacionada con éste, vale decir, fecha, hora, día, lugar, padres, presentantes, testigos y autoridad que lo emite. Declaración: manifestación, comunicación, explicación de lo ignorado, oculto o dudoso. Identidad: es el conjunto de los rasgos propios de un individuo o de una comunidad. Estos rasgos caracterizan al sujeto o a la colectividad frente a los demás. Inscripción: es el acto mediante el cual se procede a asentar los hechos y actos sujetos a inscripción en el Registro Civil. Es el contenido de un folio relativo a los hechos o actos del estado civil de las personas. Lapso de Presentación: es el tiempo entre dos limites que estable la ley para hacer la inscripción.

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Nacimiento: acción y efecto de nacer, comienzo de la vida humana, contado desde el parto de igual manera podemos definirlo como la procedencia de una persona, en orden a su familia y condición. Nacionalidad: vínculo jurídico que une a una persona con

la nación a la que

pertenece. Presentación: proposición de un sujeto apto para ocupar una dignidad, beneficio, o empleo eclesiástico. Registro Civil: Es un Servicio Público esencial, mediante el cual se materializa el derecho constitucional a la identidad de todas las personas, a través de la inscripción del nacimiento así como los demás actos y hechos que modifican o extinguen el estado civil; confiriéndole eficacia y pleno valor probatorio a todas las actuaciones y declaraciones contenidas en sus archivos.

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CAPITULO IV FASES METODOLOGICAS

Según Fidias G. Arias (2012), es la metodología del proyecto incluye el tipo o tipos de investigación, las técnicas y los instrumentos que serán utilizados para llevar a cabo la indagación. Es el “cómo” se realizará el estudio para responder al problema planteado. Tipo de Investigación Según Fidias G Arias (2012), la investigación es documental “Es un proceso basado en la búsqueda, recuperación, análisis, critica e interpretación de datos secundarios, es decir, los obtenidos y registrados por otros investigadores en fuentes documentales: impresas, audiovisuales o electrónicas. Como en toda investigación, el propósito de este diseño es el aporte de nuevos conocimientos. Por este motivo, para el desarrollo de esta investigación fueron utilizados fuentes bibliográficas, electrónicas, tesis de grado, entre otras.

Nivel de la Investigación Este tipo de estudio realizado en el presente trabajo le corresponde la modalidad descriptiva, por tratarse de un análisis. Para el autor Fidias G Arias (2012), el nivel descriptivo consiste en la caracterización de un hecho, fenómeno, individuo o grupo, con el fin de establecer su estructura o comportamiento analizando la situación que se plantea. Por consiguiente, se analiza la importancia que tiene el registro de nacimiento ya que se trata de un derecho que tiene cada niño o niña de ser identificados oportunamente.

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Diseño de la Investigación Según el autor Fidias G Arias (2012), se entiende como la especificación del tipo de investigación según el diseño o estrategia adoptada para responder al problema planteado. Es importante resaltar que según el diseño, la investigación puede ser documental, de campo o experimental. Asimismo, cada tipo se puede realizar a nivel exploratorio, descriptivo o explicativo. Este estudio propuesto se adecua a un nivel bibliográfico, ya que para esta investigación la información utilizada fue ordenada. Clasificada y revisada, con el propósito de dar respuesta a los objetivos generales y específicos. Por consiguiente el nivel bibliográfico se puede entender como la utilización de datos secundarios, es decir, aquellos que ya han sido procesados de acuerdo con los fines de quienes inicialmente los elaboraron y manejan.

Fases Metodológicas Representa la formulación práctica- descriptiva de las acciones o actividades que se han de ejecutarse en cada objetivo especifico como una finalidad determinada. Fase I: Describir los factores que originan la falta de interés que tiene la población que acude al registro civil de Naguanagua; En esta fase se trata de indagar los factores de porque en la actualidad existen tantos niños y niñas sin tener un Registro de Nacimiento; queremos lograr que todo niño y niña tenga Derecho a un nombre, una identidad, ser reconocido, a tener una Nacionalidad, una Educación y sobre todo a gozar de sus Derechos y sus Deberes. Fase II: Analizar las causas que originan el hecho de que tantos niños y niñas no han sido registrados ante las autoridades competentes; En esta fase lo que se pretende es hacer un estudio de forma detallada para así buscar un medio de disminuir esta problemática que genera sin duda alguna incontables consecuencias. Fase III: Diseñar un tríptico y material para realizar cartelera que permita informar a los usuarios que acuden al Registro civil de Naguanagua 31 42

acerca de la importancia que tiene el Registro de Nacimiento y su procedimiento; En esta fase se busca implementar un medio informativo para todos los usuarios que acuden al Registro Civil le sea prestada una información de libre acceso y de manera detallada, completa y de fácil comprensión. así se estaría logrando que a la hora de hacer un Registro de Nacimiento los usuarios tengan a su disposición toda la información necesaria. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Información Para el desarrollo de esta investigación fue necesario utilizar herramientas que permitieron recolectar el mayor número de información necesaria, con el fin de obtener un conocimiento más amplio de la realidad de la problemática. Por la naturaleza del estudio se requirió la recopilación documental, que se trata del acopio de los antecedentes relacionados con la investigación. Para tal fin se consultaron documentos escritos, formales e informales, también se usó la observación directa. Por otra parte, los instrumentos de recolección vienen a ser los medios materiales que se emplearon para recoger y almacenar la información, en este caso esta investigación fueron las fichas donde el investigar recogió situaciones similares o diferentes de las normas que rigen la materia objeto de estudio.

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CAPITULO V RESULTADOS

Fase I: Describir los factores que originan la falta de interés que tiene la población que acude al Registro Civil de Naguanagua. De acuerdo a la observación que se realizo a los usuarios que acudían ante la oficina del Registro Civil del Municipio Naguanagua podemos decir que algunos de los factores que tienen gran influencia son los siguientes: En primer lugar tenemos que la gran mayoría de los usuarios no toman en cuenta la transcendencia que reviste el no poseer los conocimientos adecuados con respecto al tema por tal razón no le toman mucho interés a la hora de realizar el registro de nacimiento, entre otros trámites que se realizan. En segundo lugar encontramos que la mayor parte de las personas por encontrarse tan ocupados en sus labores u oficios no saben los trámites que se realizan en el Registro Civil de Naguanagua por no considerarlo como una prioridad que amerite la atención necesaria prefiriendo informarse una vez que se le es presentada la controversia. En tercer lugar podemos señalar, el caso de aquellas personas que viven en zonas apartadas de la ciudad el cual les resulta dificultoso acudir a las Oficinas del Registro Civil para realizar trámites generando así desinterés por parte de estos que se encuentra bajo esta condición. En cuarto lugar están aquellos individuos que no saben ni leer ni escribir que son analfabetas que por estas circunstancias no realizan el Registro de Nacimiento puesto que no poseen la información necesaria acerca del tema que se está tratando. Por otro lado están aquellas personas

que no cuentan con recursos

económicos y creen que este acto genera una remuneración y por ignorancia no lo realizan por tener esa absurda idea sin realmente informarse debidamente.

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Desde la perspectiva más general, los individuos sin importar el país donde se encuentren deben saber que la inscripción de nacimiento, tiene gran influencia para el Estado, ya que a través de esta información se obtiene la identificación de los habitantes de la República y no solo esto sino que además se, pueden establecer datos de interés estadísticos, a los fines de determinar tasas de natalidad y mortalidad, lo cual posibilita diseñar políticas de programas sanitarios y asistencia social, sobre bases reales entre otros es aquí pues que podrán derivarse para ellos los efectos jurídicos.

Fase II: Analizar las causas que originan el hecho de que tantos niños y niñas no han sido registrados ante las autoridades competentes. De acuerdo a los casos que fueron presentados por los usuarios que acudían ante la oficina del Registro civil de Naguanagua se puede determinar que las causas que originan esta problemática son innumerables entre ellas tenemos las siguientes: En primer lugar nos encontramos con la escasa toma de conciencia del valor que tiene el Registro de Nacimiento en la vida de toda persona puesto que se trata de una garantía plena de los derechos y deberes. En segundo lugar tenemos que el índice del Registro de nacimiento es más elevado entre los niños de las zonas urbanas debido a que se encuentran fuertemente ligados a los mecanismos centrales de la sociedad, a diferencia de aquellos que viven al margen de la sociedad como lo son los niños nacidos en comunidades rurales o aquellos que son hijos de padres analfabetos ya que sus representantes por vergüenza de no saber leer ni escribir no realizan la inscripción siendo estos los que tienen menor posibilidad de recibir un certificado de nacimiento. En tercer lugar otras de las causas que tiene gran influencia es ser hijos de madres solteras ya que muchas mujeres se rehúsan a inscribir a sus hijos en el registro civil por vergüenza de que se tratara de un hijo fuera del matrimonio o por ignorancia creen que solamente es posible registrar a los niños si tienen un vida matrimonial.

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De igual forma se presenta la situación de aquellos hijos nacidos fuera del matrimonio que no eran registrados por sus padre o estos se negaban a hacerlo por ser hijos fuera del matrimonio, ya que tenían el temor de que esto fuera tomado como una causal de divorcio y que perjudicara su matrimonio, pero ahora con la nueva disposición señalado en el Reglamento del Registro Civil ya esto deja de ser una causa para no registrar puesto que ahora aquellos que tengan un hijo fuera del matrimonio van a poder registrar sin que esto perjudique su situación matrimonial. También está el caso de aquellas madres que estando casadas tienen hijos de personas distintas al esposo. Otras de las causales que ha ocasionado un gran impacto es ser hijos de padres indocumentados de modo que estos padres por miedo de que tomen represalias contra ellos llamando a la policía por tal razón dejan a un lado la idea de realizar el registro de nacimiento, esto es un error ya que el manual de normas y procedimientos del Registro civil habla que los padres que no tenga su tipo de identificación los funcionarios del Registro civil podrán comprobar la identidad con el carnet de trabajador o cualquier otro documento de identificación , y expedirá el acta de nacimiento con los datos que suministren los progenitores como lo es nombre y apellido. Asimismo, el funcionario tomará huella dactilar de cada uno de ellos. Donde el presentante deberá cumplir con los demás requisitos básicos. También puede señalarse aquellos padres irresponsables que no registran en los noventa días siguientes de su nacimiento establecidos por la ley y por ese motivo creen que serán sancionados al acudir al registro civil; sin embargo el legislador estableció un termino de distancia para hacer la declaración del nacimiento, y a pesar de esto, no contemplo alguna sanción a su incumplimiento, por lo que en principio siempre debe el Registrador Civil recibir la declaración sin saber de esto. De igual manera este debe ir acompañado de una autorización del Consejo de Protección y eso también es totalmente gratuito. Finalmente se puede decir que la causas que tiene mayor influencia es que el Registro de Nacimiento no es percibida universalmente como un derecho 35 46

fundamental y, como resultado de esto, se le otorga poca importancia en la lista de prioridades; en otras palabras el registro de nacimiento no es considerado esencial por la sociedad en general, originando a su vez desinterés al gran valor que este tiene y olvidando la capacidad potencial que produce a largo plazo.

Fase III: Diseñar un tríptico, y material para realizar cartelera que permita informar a los usuarios que acuden al Registro Civil de Naguanagua acerca de la importancia que tiene el Registro de Nacimiento y su procedimiento. Para ponerlo a disposición de los usuarios que acuden al Registro Civil del Municipio Naguanagua facilitándole una mejor comprensión del Registro de nacimientos, un tríptico el cual contendrá información sobre, porque es importante,

que es el registro de nacimiento,

que consecuencias trae consigo si no se realiza, que

procedimiento debe seguirse para el

registro de nacimiento y los requisitos

necesarios para hacerlo. El registro de nacimiento es aquel donde queda constancia del nacimiento de un niño, donde la manifestación de una persona o autoridad ponen en conocimiento al Registrador Civil, sobre el acontecimiento de ese hecho vital, para que se extienda un acta el cual contendrá la información concerniente al mismo, de igual manera debemos saber que es de suma importancia ya que es aquel que me permite gozar de mis derechos y deberes. En cuanto a las consecuencias que se derivan de su no realización, encontramos: no gozar de una educación, de una identidad, de no poder disfrutar de ningún derecho como individuo que es, el cual no podrán desprenderse los efectos jurídicos respectivos, como por ejemplo los que se desprenden del establecimiento de la filiación entre otras. En lo referente al procedimiento, iniciara cuando el presentante acuda al Registro Civil, pida los requisitos y la hoja de solicitud, luego este deberá consignar para efectuar la inscripción los siguientes requisitos: certificado de nacimiento (original y copia), cedula de identidad de los presentantes y los testigos(original y 36 47

copia), llenar la planilla de solicitud y luego de cumplir con cada uno de estos se deberá consignar estos requisitos a el funcionario competente ante la Oficina del el Registro Civil, el cual este revisara detalladamente y verificara que estos estén completos, este procederá a elaborar e imprimir el acta de nacimiento en caso de que no hubiere sistema se extenderá de igual manera de forma manual. Se leerá el acta, constatando que esté conforme los presentantes el cual será dada de igual forma a estos para su revisión, si están conforme firmaran, sino la devuelven al funcionario para su corrección. Por último el Registrador Civil y el secretario recibirán el acta de nacimiento y los requisitos, verificaran de nuevo los datos que fueron entregados al funcionario competente, luego este procera a firmar, sellar y entregar el acta al presentante. Este tríptico se encontrara en el anexo A-1 del presente trabajo, de igual manera el material informativo a colocarse en la cartelera, que

contendrá la misma

información. Al igual el material informativo para la realización de cartelera será utilizado mediante la herramienta de mapa mental el cual se trata de: Conclusiones Para finalizar el presente informe, luego de haber estudiado de manera detallada y habiendo analizado toda la información referente al tema se llegan a las siguientes conclusiones: Fase I Describir los factores que originan la falta de interés que tiene la población que acude al Registro Civil de Naguanagua. Encontramos en primer lugar que la mayoría de los usuarios no toman en cuenta la trascendencia que reviste por no poseer los conocimientos adecuados, en Segundo lugar se pudo observar que la mayor parte de las personas por encontrarse tan ocupados que no lo consideran necesario, en tercer lugar pudimos ver aquellos casos de aquellas personas que viven en zonas apartadas de la ciudad, por otro lado aquellos que no cuentan con recursos 37 48

económicos. Podemos decir según lo analizado que en la actualidad existen múltiples factores que causan el desinterés y en su gran mayoría es por la misma ignorancia de la población. Fase II: Analizar las causas que originan el hecho de que tantos niños y niñas no han sido registrados ante las autoridades competentes. En esta investigación fueron múltiples las causas que originaron la falta de inscripción de niños y niñas, como lo es el caso de aquellos que provienen de zonas rurales, por pertenecer a padres sin saber leer ni escribir, indocumentados, por ignorancia de muchas madres solteras que les da vergüenza registrar a sus niños solas, padres presos, hijos fuera del matrimonio y padres irresponsables que no registran en el tiempo establecido. Fase III: Diseñar un tríptico, y material para realizar cartelera que permita informar a los usuarios que acuden al Registro Civil de Naguanagua acerca de la importancia que tiene el Registro de Nacimiento y su procedimiento. De acuerdo con los estudios que se han venido realizando en cuanto al tema de esta investigación, se elaboro un tríptico con los requisitos, sus procedimientos y trámites para la realización del Registro de nacimiento. Orientando así a que muchos de los padres deben tomar consciencia del valor y transcendencia que este tema genera, pues la identidad de cada persona es imprescindible, sin duda alguna se trata de un derecho humano inviolable al cual todos debemos de tener un libre acceso. Por otro lado también se realizara un material grafico con la utilización de mapas mentales que no es más que aquella estructura que favorece el pensamiento irradiante en el ámbito concreto de la recepción, retención, análisis, evocación y control de la información. Para que de esta manera los usuarios lo puedan ver de una forma más fácil y sencilla los requisitos, procedimientos y trámites de la Inscripción de Nacimiento.

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Recomendaciones Fase I: Describir los factores que originan la falta de interés que tiene la población que acude al Registro Civil de Naguanagua. se recomienda que los funcionarios que laboran en la Oficina de Registro Civil como servidores públicos deben ser personas capacitadas en cada área que desempeñan sus funciones, Para ello, es necesario que El Consejo Nacional Electoral implemente talleres de formación y capacitación antes de tratar con los usuarios, permitiendo así dar una atención adecuada a las personas que acuden a esta evitando tanto desinterés existente en los usuarios por los diversos factores antes expuesto, y así de esta manera resolver las problemáticas de cada persona de manera eficiente y sin irregularidades, así como también la difusión de las diferentes funciones que se llevan a cabo en la Oficina de Registro Civil. Fase II: Analizar las causas que originan el hecho de que tantos niños y niñas no han sido registrados ante las autoridades competentes. Se sugiere que frecuentemente se realicen talleres a fin de que en cada uno de ellos se dieran charlas a nivel de comunidades para así promover la inscripción de Nacimiento de aquellos niños que aun no han sido Registrados y de situaciones que se presentan a diario en el Registro Civil, para así evitar que la ignorancia que invade a la mayoría de la población sea un obstáculo para realizar cualquier trámite y procedimiento realizado en las oficinas del Registro Civil. Que los centros asistenciales que atienden el área de Nacimiento puedan dar una información básica de la Inscripción de Nacimiento a los padres del recién nacido. Fase III: Diseñar un tríptico, y material para realizar cartelera que permita informar a los usuarios que acuden al Registro Civil de Naguanagua acerca de la importancia que tiene el Registro de Nacimiento y su procedimiento. Se recomienda que el Registro Civil haga uso del material informativo con el objetivo 39 50

de que todos los usuarios que acudan a esta, tengan a su disposición los procedimientos, trámites e importancia del Registro de nacimiento. Por otro lado los funcionarios deben estar al pendiente de actualizar el material dado si existiera algún cambio en la normativa que regula el Registro Civil con respecto a la inscripción de Nacimiento.

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS -Aguilar Gorrondona José Luis (2008). Personas Derecho Civil I. Vigésima Primera Edición. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas. -Arias Fidias G (2012). El Proyecto de Investigación. Sexta Edición. República Bolivariana de Venezuela. Caracas. -Branyer Adriana y Flores

Lony

(2010). Manual Práctico Derecho Civil I

Personas. Segunda edición

ampliada y actualizada. Universidad

de Carabobo.

Valencia. -Cabanella Guillermo (1979). Diccionario Jurídico elemental. Primera Edición actualizada, corregida y aumentada. Argentina. - Colón Dayhan y Pinto Mirtha (2007). Derecho a la identidad de las personas en Venezuela y aspectos legales doctrinarios. Trabajo de grado realizado en la Universidad Arturo Michelena. Presentado para optar al título de Abogado. - Directrices del Consejo Nacional Electoral (CNE) y Unidad Administrativa Oficina Nacional de Registro Civil (2008).

Procedimiento para la Inscripción de los

Nacimientos. Versión final. Venezuela

REFERENCIAS LEGALES. -Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta oficial extraordinaria N° 5.453, fecha 24/03/2000. Caracas. - Código Civil de Venezuela. Gaceta Oficial Extraordinaria N° 2.990, fecha 26 de julio de 1982. Caracas.

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-Ley Orgánica de Identificación. Gaceta oficial N° 38.458, fecha 14 de junio de 2006. - Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Gaceta Oficial Extraordinario N° 38.901, fecha 10 de diciembre 2007. - Ley Orgánica de Registro civil. Gaceta Oficial N° 39.264, fecha 15 de Septiembre de 2009. -Ley para Protección de las Familias la Maternidad y la Paternidad. Gaceta Oficial N° 38.773, fecha 20 de septiembre de 2007. -Reglamento N° 1 de la Ley orgánica del Registro Civil. Gaceta Oficial N° 40.093, fecha del 18 de Enero de 2013. - Normas para Regular los Libros, Actas y Sellos. Resolución N° 200 y 151, fecha junio del 2010.

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