oposiciones auxiliar administrativo universidad de alicante

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Título: Oposiciones auxiliar administrativo universidad de Alicante. Autor: © Jesús ... desarrollo del temario planteado en la Convocatoria de concurso- oposición.
OPOSICIONES AUXILIAR ADMINISTRATIVO UNIVERSIDAD DE ALICANTE

Coordinador Rafael Mateo Corredor

Título: Oposiciones auxiliar administrativo universidad de Alicante Autor: © Jesús Rodríguez Gómez I.S.B.N.: 84-8454-156-8 Depósito legal: A-189-2002 Edita: Editorial Club Universitario www.ecu.fm Printed in Spain Imprime: Imprenta Gamma Telf.: 965 67 19 87 C/. Cottolengo, 25 - San Vicente (Alicante) www.gamma.fm [email protected]

Reservados todos los derechos. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética o cualquier almacenamiento de información o sistema de reproducción, sin permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright.

Índice Introducción ................................................................................................. 5 Temario propuesto en la convocatoria ...................................................... 7 Desarrollo del Proceso de Selección:........................................................ 11 Ejercicios Temáticos: Parte I del Temario.............................................. 15 Ejercicios Temáticos Parte II del Temario............................................ 103 Ejercicios Recopilatorios: Parte I del Temario..................................... 207 Ejercicios Recopilatorios Parte II del Temario..................................... 267 Soluciones a los Ejercicios....................................................................... 325

Oposiciones Auxiliar Administrativo Universidad de Alicante

Introducción Este libro está dirigido a quiénes se preparan para la superación de las pruebas de acceso a la Escala Auxiliar de la Universidad de Alicante, aunque puede ser de gran ayuda también para la preparación del acceso a cualquiera de las Escalas de Administración Especial: Técnicos Superiores, Especialistas Técnicos, Analistas, Programadores, Operadores, y las Escalas propias del Servicio de Información Bibliográfica y Documental. Los temas tratados en este libro son los recogidos en el desarrollo del temario planteado en la Convocatoria de concurso-oposición para el acceso a la Escala Auxiliar de la Universidad de Alicante, aunque muchos de ellos también forman parte de las Convocatorias que realiza esta Universidad para el acceso a otras Escalas. La composición de este cuestionario es fruto de la experiencia acumulada en la preparación de la oposición que nos ocupa por parte de la Academia de Oposiciones Logos XXI, que actualmente imparte clases presenciales en Alicante. Al mismo tiempo se están preparando cuestionarios sobre convocatorias realizadas por otras Administraciones, también basados en el material que se proporciona en clase a nuestras alumnas y alumnos. En este libro se plantea un extenso repertorio de preguntas con respuestas alternativas sobre todos los temas, recogidas en los llamados ejercicios temáticos. Además, se proponen también los ejercicios planteados por el Tribunal de Selección en la última convocatoria, junto con otros ejercicios que abarcan la totalidad de los temas de cada una de las partes en que se divide el temario. Los ejercicios temáticos están estructurados en 30 preguntas cada uno de ellos. Cada ejercicio versa sobre un tema, con excepción de los últimos, en los que se utilizan preguntas de todos los temas. Se persigue primero un dominio de cada uno de los temas, profundizando todo lo necesario, mientras que se remata la faena combinando las preguntas de los diferentes temas, tal como las vamos a encontrar el día del examen de la oposición. La segunda parte está constituida por las soluciones a las preguntas planteadas en los ejercicios. Se da la respuesta correcta junto con el artículo y la norma donde nos hemos apoyado para contestarla, a modo de motivación.

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Los tiempos a emplear para la realización de cada ejercicio dependerán del grado de preparación conseguido, pero hemos de conseguir que un ejercicio de 100 preguntas sea resuelto en 45 minutos (como ha ocurrido en las últimas oposiciones), por lo que en uno de 30 preguntas hemos de emplear menos de 15 minutos. Hay que contestar con tranquilidad, reflexionando la respuesta antes de marcarla y leyendo todas las respuestas que nos ofrecen. En muchas ocasiones hemos de buscar la respuesta más correcta entre varias que podrían contestar la pregunta. Por ello hemos de leerlas todas y, después, contestar. Si tienes dudas, pasa a la siguiente; todas tienen el mismo valor. Marca dónde está la duda y continúa; ya volverás sobre ella. No importa el tema por el que empecemos a hacer ejercicios, aunque sí es importante no hacer los ejercicios de recopilación antes de haber realizado todos los ejercicios temáticos. Por otra parte, no es conveniente hacer ejercicios sobre un tema hasta que este tema esté bien estudiado y bien asimilado. Lo contrario sólo conduce a que nos desanimemos o a que acabemos contestando correctamente por costumbre, es decir, acertar aún sin dominar el tema ayudados por la infinidad de veces que hemos hecho el ejercicio. Para la superación de una oposición hay que conjuntar a nuestro favor dos factores: estudio y suerte. Este libro servirá de ayuda para el primero, para el estudio. El segundo de estos factores, la suerte, sólo se consigue cuando se ha ejercitado bien el primero. Suerte!!!

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Temario propuesto en la convocatoria PARTE I (primer ejercicio) Tema 1. La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: De las funciones y autonomía de las Universidades. De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. De la estructura de las Universidades. Tema 2. La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: Del gobierno y representación de las Universidades. Tema 3. La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: De las enseñanzas y títulos. Del régimen económico y financiero de las Universidades públicas. Tema 4. La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: Del profesorado. Del personal de administración y servicios de las Universidades públicas. Tema 5. El Real Decreto 552/85, del Reglamento del Consejo de Universidades: Disposiciones Generales. De los Miembros del Consejo de Universidades. De los Órganos del Consejo de Universidades, su Composición y Funciones. Tema 6. El Real Decreto 898/85, de Régimen del Profesorado Universitario: De los Profesores Pertenecientes a los Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios. Tema 7. El Real Decreto 898/85, de Régimen del Profesorado Universitario: De los Profesores Asociados, Visitantes y Eméritos y de los Ayudantes de las Universidades. Tema 8. El Real Decreto 69/2000, de Procedimientos de Selección para el Ingreso en los Centros Universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales Necesarios para el acceso a la Universidad. Tema 9. El Estatuto de la Universidad de Alicante: Estructura de la Universidad. Órganos de Gobierno y Administración. Tema 10. El Estatuto de la Universidad de Alicante: Del Profesorado. Tema 11. El Estatuto de la Universidad de Alicante: El Servicio de Información Bibliográfica y Documentación. Del Régimen Económico y Financiero.

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PARTE II (segundo ejercicio) Tema 12. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y Deberes Fundamentales. Tema 13. La Organización Territorial del Estado en la Constitución: Las Comunidades Autónomas. Tema 14. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana: La Comunidad Valenciana. La Generalitat Valenciana. Tema 15. La Ley 4/83, de Uso y Enseñanza del Valenciano: Principios Generales. Del Uso del Valenciano. Del Valenciano en la Enseñanza. De la Actuación de los Poderes Públicos. Tema 16. La Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios generales. Abstención y Recusación. Los interesados. Tema 17. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: De la Actividad de las Administraciones Públicas. De las disposiciones y los actos administrativos. Tema 19. La Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: De las Disposiciones Generales sobre los Procedimientos Administrativos. Tema 19. La Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: De la revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos Administrativos. Tema 20. La Ley de Función Pública Valenciana: El Personal al Servicio de la Universidad de Alicante. De la Adquisición y Pérdida de la Condición de Funcionario. Tema 21. La Ley de Función Pública Valenciana: De las Situaciones del Personal Funcionario de Carrera. Tema 22. La Ley de Función Pública Valenciana: Derechos, Deberes e Incompatibilidades del Personal Funcionario. De la Carrera Administrativa y de la Formación y Perfeccionamiento del Personal Funcionario de Carrera. Tema 23. La Ley de Función Pública Valenciana: Régimen Retributivo. Régimen de Seguridad Social. De la Negociación Colectiva del Personal Funcionario de la Universidad de Alicante. Tema 24. Incompatibilidades: La Ley 53/84, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

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Tema 25. Incompatibilidades: El Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas Dependientes. Tema 26. El Decreto 33/99 del Gobierno Valenciano, Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana: Objeto y Ámbito de Aplicación. Selección del Personal. Tema 27. El Decreto 33/99 del Gobierno Valenciano, Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana: Provisión de Puestos de Trabajo. Tema 28. El Decreto 33/99 del Gobierno Valenciano, Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana: La Carrera Profesional. La Promoción interna.

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Desarrollo del Proceso de Selección: El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concursooposición. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios: Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en un cuestionario con 4 respuestas alternativas en cada pregunta de las cuales sólo una será la correcta, en que se contestarán preguntas relacionadas con la parte I del programa. Constará como máximo de 125 preguntas y su duración no podrá superar los 90 minutos. Se valorará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta contestada erróneamente tendrá una penalización de un tercio sobre las correctas y las contestaciones en blanco no puntuarán. Para superar este ejercicio será necesario alcanzar la puntuación mínima que determine el tribunal y que previamente a la realización del ejercicio se hará pública. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en un cuestionario con 4 respuestas alternativas cada pregunta de las cuales sólo una será la correcta, en que se contestarán preguntas relacionadas con la parte II del programa y que contendrá como máximo un 10% del total de las preguntas referentes a comprensión y desarrollo verbal y numérico de los candidatos. Constará como máximo de 125 preguntas y su duración no podrá superar los 90 minutos. Se puntuará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta contestada erróneamente tendrá una penalización de un tercio sobre las correctas y las contestaciones en blanco no puntuarán. Para superar este ejercicio será necesario alcanzar la puntuación mínima que determine el tribunal y que previamente a la realización del ejercicio se hará pública. Tercer ejercicio: Ejercicio práctico de carácter obligatorio y eliminatorio. Planteado en una prueba práctica con uso de ordenador dirigida a evaluar la capacidad de los aspirantes para la utilización de la ofimática en un entorno windows de las aplicaciones del paquete office 2000 (word, excel y acces). El ejercicio constará de tres partes que se corresponderán con cada una de las aplicaciones. Se valorará de 0 a 10 puntos según el siguiente detalle: Word: 40% de la puntuación Excel: 30% Access: 30%

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Su duración no podrá superar los 90 minutos. Para superar este ejercicio será necesario alcanzar la puntuación mínima de conjunto que determine el tribunal que se hará pública junto con los criterios de puntuación para la corrección del ejercicio previamente a la realización del mismo. Cuarto ejercicio: De carácter obligatorio y no eliminatorio, consistirá en dos fases: Primera fase: Realización de una prueba de traducción directa de uno de los siguientes idiomas: inglés, francés o alemán, a elección de los aspirantes, con ayuda de diccionario. Se valorará de 0 a 2 puntos. Segunda fase: Ejercicio de conocimientos de valenciano a nivel elemental, consistirá en una prueba teórica escrita dirigida a evaluar el dominio del sistema lingüístico: ortografía, morfología, sintaxis y conocimientos del léxico. Se valorará de 0 a 4 puntos. Fase de Concurso: Se valorarán los méritos acreditados fehacientemente por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. El concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, hará referencia a aptitudes, conocimientos y experiencia de los candidatos de acuerdo al siguiente baremo: Titulación: 1 punto por tener titulación superior a la exigida para el ingreso en la escala correspondiente a esta convocatoria. Formación: 1,5 puntos máximo por cursos de contenido relacionados directamente con el trabajo a desarrollar y que hayan sido impartidos por la Administración o bien por centros convenidos o concertados con la misma, a razón de: •

0,1 punto para cursos de entre 15 y 50 horas, y



0,2 puntos para cursos de más de 50 horas.

En todo caso no serán valorados, por exigirse el conocimiento de la materia en la fase de oposición los cursos siguientes: Cursos de informática referidos a los programas sobre los que se realizará el tercer ejercicio, así como de cualquier otro sistema operativo, programa o aplicación similar y los referidos a lenguajes de programación. •

Cursos de legislación cuya materia esté comprendida en el programa de la convocatoria.



Cursos de valenciano (excepto los de lenguaje administrativo).



Cursos de idiomas.

Experiencia: 4 puntos máximo, a razón de: 12

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0,25 puntos por cada semestre de servicio completo en puestos afines en cualquier administración distinta de la Universidad de Alicante. Hasta un máximo de 1 punto.



0,50 puntos por semestre completo de servicio en puestos con funciones afines en la Universidad de Alicante.

Las fracciones superiores a 6 meses e inferiores a 12 no se valorarán. Superación de ejercicio: 3,5 puntos como máximo. Los ejercicios superados en los dos procesos selectivos inmediatos anteriores convocados por esta Universidad para el ingreso en la misma escala, se valorarán a razón de 0,5 puntos cada uno de ellos.

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Ejercicios Temáticos: Parte I del Temario

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Ejercicio 1  Corresponde al Tema 1, del primer ejercicio de la fase de oposición: “La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades: De las funciones y autonomía de las Universidades. De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. De la estructura de las Universidades.”

Tiempo de ejecución: 15 minutos. 1.- Según la Ley Orgánica de Universidades, no es una función de la Universidad al servicio de la Sociedad: a) la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura. b) la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos. c) La elaboración y aprobación de planes de estudio e investigación de enseñanzas específicas de formación a lo largo de toda la vida. d) La difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida y del desarrollo económico. 2.-Siguiendo la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, señala la afirmación correcta: a) El objeto social de una Universidad privada es la enseñanza superior en régimen de coordinación y dependencia de las Universidades públicas. b) Las Universidades están dotadas de personalidad jurídica y desarrollan sus funciones en régimen de autonomía y coordinación entre todas ellas. c) La actividad de la Universidad se fundamenta en la libertad de pensamiento, ideológica y de confesión religiosa. d) La creación de Universidades privadas se llevará a cabo por Ley de Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial hayan de establecerse. 3.- ¿Cuál de las siguientes competencias es ejercida por la Universidad como consecuencia de la Autonomía universitaria? a) La elaboración de sus Estatutos. b) la expedición de los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. c) El establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales. d) Todas son correctas.

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4.- En cuanto a su naturaleza, la Ley Orgánica de Universidades establece la diferencia entre Universidad pública y privada en: a) la vinculación del capital que la crea. b) la creación por los órganos legislativos correspondientes en el caso de la Universidad pública y en el reconocimiento como tal de la Universidad privada. c) la personalidad jurídica de cada una de ellas. d) ninguna es correcta. 5.- ¿Cómo se crea una Universidad pública? a) por Ley de Cortes Generales, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial hayan de establecerse. b) Por Ley de Cortes Generales, a propuesta del Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial hayan de establecerse. c) Por decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio haya de establecerse. d) Por acuerdo del Gobierno, a petición del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio haya de establecerse. 6.- Según la Ley de Universidades, ¿a quién corresponde autorizar el comienzo de las actividades de una Universidad privada? a) a la Comunidad Autónoma, una vez obtenido el reconocimiento según el proceso correspondiente. b) al Gobierno de la nación, una vez obtenido el reconocimiento. c) a las Cortes Generales o a la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma, según quién la haya reconocido como tal. d) ninguna es correcta, dado que en el caso de Universidades privadas sólo es necesario el reconocimiento para poder iniciar las actividades. 7.- Dentro de la libertad de creación de centros educativos amparada en la Constitución, ¿quiénes no pueden crear una Universidad privada o un centro universitario privado? a) quienes presten servicios en una Administración educativa. b) quienes presten servicios en una Administración. c) quienes hayan sido sancionados administrativamente con carácter firme por infracción grave. d) todas son correctas. 8.- Según la Ley Orgánica de Universidades, los órganos cuyas resoluciones agotan la vía administrativa son: a) Rector. b) Rector, Consejo Social, Claustro Universitario y Consejo de Gobierno. c) Consejo Social, Claustro Universitario y Consejo de Gobierno. d) ninguna es correcta. 18

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9.- Según la Ley Orgánica de Universidades, ¿a quién corresponde la aprobación de los Estatutos de una Universidad pública? a) al Consejo de Ministros. b) al Consejero de Educación de la Comunidad Autónoma correspondiente. c) al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente. d) a la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma correspondiente. 10.- Una vez presentado el proyecto de Estatuto de una Universidad pública, éste se entenderá aprobado si el Consejo de Gobierno no dicta resolución expresa en el plazo de: a) 3 meses. b) 6 meses. c) 1 mes. d) 3 meses, salvo que la Comunidad Autónoma haya establecido un plazo diferente. 11.- Las Universidades públicas están integradas por: a) Facultades y Escuelas Universitarias. b) Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias o EU Politécnicas y por aquellos otros centros o estructuras que organicen enseñanzas en modalidad no presencial. c) Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y por aquellos otros centros o estructuras que organicen enseñanzas en modalidad no presencial. d) Ninguna es correcta ya que no recogen la verdadera estructura de la Universidad Pública. 12.- ¿Quién emite informe previo sobre la implantación o supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, en una Universidad Pública? a) La Comunidad Autónoma. b) El Consejo Social. c) El Consejo de Coordinación Universitaria. d) El Consejo de Gobierno. 13.- ¿Quién propone la creación de una Facultad en una Universidad Pública? a) El consejo de Gobierno de la correspondiente Universidad. b) El Consejo Social de la correspondiente Universidad. c) El Consejo Social o por propia iniciativa de la Comunidad Autónoma. d) El Consejo de Coordinación Universitaria. 19

14.- ¿Quién puede proponer la implantación o supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, en una Universidad Pública? a) La Comunidad Autónoma. b) El Consejo Social. c) El Consejo de Coordinación Universitaria. d) El Consejo de Gobierno. 15.- Las Facultades son según la Ley 6/2001: a) Centros encargados de la organización de las enseñanzas. b) Centros encargados de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de los títulos oficiales. c) Centros encargados de las funciones que determinen los Estatutos de cada Universidad. d) Todas son correctas. 16.- ¿Quién ha de ser informado de la creación de una Facultad en una Universidad Pública? a) El Consejo Social de la correspondiente Universidad. b) La Comunidad Autónoma. c) El Consejo de Gobierno de la correspondiente Universidad. d) El Consejo de Coordinación Universitaria. 17.- La creación, supresión o modificación de un Departamento corresponde: a) A la Comunidad Autónoma. b) Al Consejo Social, previo informe del Consejo de Gobierno. c) A la propia Universidad. d) Al Consejo de Coordinación Universitaria, previo informe del Consejo de Gobierno. 18.- ¿Cuál de los siguientes definiciones nos acerca más al concepto de Departamento establecido por la LOU? a) Es el órgano encargado de la organización de las enseñanzas. b) Es el órgano encargado de coordinar las enseñanzas de una o varias áreas de conocimiento en uno o varios centros, así como de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado. c) Es el órgano encargado de la coordinación de las materias recogidas en los planes de estudio conducentes a la obtención de un título oficial con validez en todo el territorio nacional. d) Son centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística.

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19.- Los Institutos Universitarios de investigación son, según la Ley 6/2001: a) Centros encargados de la organización de las enseñanzas de grado y postgrado. b) Centros dedicados a coordinar las enseñanzas de una o varias áreas de conocimiento en uno o varios centros, así como de apoyar las iniciativas docentes del profesorado. c) Centros dedicados principalmente a la gestión administrativa de las enseñanzas conducentes a títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional. d) Centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. 20.- Los Institutos Universitarios de investigación son, según la Ley 6/2001: a) Centros encargados de la organización de las enseñanzas de grado y postgrado. b) Centros dedicados a coordinar las enseñanzas de una o varias áreas de conocimiento en uno o varios centros, así como de apoyar las iniciativas docentes del profesorado. c) Centros dedicados principalmente a la gestión administrativa de las enseñanzas conducentes a títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional. d) Centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. 21.- ¿Quién ha de acordar la creación de un Instituto Universitario de Investigación en una Universidad Pública? a) El Consejo Social de la correspondiente Universidad. b) La Comunidad Autónoma. c) El Consejo de Gobierno de la correspondiente Universidad. d) El Consejo de Coordinación Universitaria. 22.- ¿Quién ha de informar sobre la creación de un Instituto Universitario de Investigación en una Universidad Pública? a) El Consejo Social de la correspondiente Universidad. b) La Comunidad Autónoma. c) El Consejo de Gobierno de la correspondiente Universidad. d) El Consejo de Coordinación Universitaria. 23.- ¿Quién ha de aprobar la adscripción a una Universidad Pública de un centro de enseñanzas universitarias? a) La Comunidad Autónoma. b) El Consejo Social. 21

c) El Consejo de Gobierno. d) El Consejo de Coordinación de Universidades. 24.- ¿Quién ha de ser informado sobre la adscripción a una Universidad Pública de un centro de enseñanzas universitarias? a) La Comunidad Autónoma. b) El Consejo Social. c) El Consejo de Gobierno. d) El Consejo de Coordinación de Universidades. 25.- ¿Quién ha de proponer la adscripción a una Universidad Pública de un centro de enseñanzas universitarias? a) La Comunidad Autónoma. b) El Consejo Social. c) El Consejo de Gobierno. d) El Consejo de Coordinación de Universidades. 26.- ¿Quién ha de autorizar el comienzo de actividades de un Centro de Enseñanzas Universitarias adscrito a una Universidad Pública? a) La Comunidad Autónoma. b) El Consejo Social. c) El Consejo de Gobierno. d) El Consejo de Coordinación de Universidades. 27.- ¿Cuál de las siguientes normas no forma parte del régimen jurídico de un Centro de Enseñanzas Universitarias adscrito a una Universidad Pública? a) Ley de Universidades. b) Convenio de adscripción. c) Normas dictadas por el Estado y las Comunidades Autónomas. d) Estatuto de la Universidad Pública a la que está adscrita. 28.- ¿Quién debe autorizar la implantación o supresión en una Universidad Privada de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional? a) la Comunidad Autónoma. b) la propia Universidad, dentro de las leyes de la oferta y la demanda. c) el Consejo de Coordinación Universitaria. d) el Gobierno de la nación. 29.- ¿Quién debe reconocer la creación o supresión de Facultades si hablamos de Universidades privadas? a) la propia Universidad, ya que es privada. b) el Consejo Social de la correspondiente Universidad. c) la Comunidad Autónoma. 22

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d) el Consejo de Coordinación Universitaria. 30.- Según la Ley Orgánica de Universidades, la estructura de las Universidades privadas: a) será similar a la de las Universidades públicas. b) será la que se recoja en sus normas de organización y funcionamiento, por lo que no tiene que ser parecida a las Universidades públicas. c) será la que se recoja en sus Estatutos. d) es una estructura basada exclusivamente en las decisiones tomadas por su Consejo de Dirección, dado que se trata de una organización privada.

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