Proyecto de Reglamento de TESIS de Grado - Artes Audiovisuales

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3) Cambios en el proyecto de tesis. IV. DEL DIRECTOR Y CO-DIRECTOR. 1) Características – responsabilidades. 2) Límite en el número de tesistas a cargo.
Proyecto de Reglamento de TESIS de Grado. Licenciatura en Artes Audiovisuales, FBA-UNLP Realización / Dirección de fotografía / Guión / Teoría y crítica Elaboración del proyecto: DAA- FBA – UNLP Índice I

OBJETIVO, PROPOSITOS Y NORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA TESIS DE GRADO. 1) Objetivo. 2) Propósito. 3) Normas de presentación.

II 1) 2) 3) 4) 5) III 1) 2) 3)

DEL TESISTA Características – responsabilidades. Cambio de director. Cambios en el proyecto de tesis.

1) 2) 3)

DEL DIRECTOR Y CO-DIRECTOR Características – responsabilidades. Límite en el número de tesistas a cargo. Renuncia a la tutoría.

IV

V

TRÁMITES, DOCUMENTACIÓN, PLAZOS Y PRÓRROGAS Documentación requerida Características del Ante-proyecto Plazos de presentación Prórrogas Cambios

DE LOS ASESORES 1) Características – responsabilidades. 2) Renuncia a la tarea de asesoría.

VI

DEL DEPARTAMENTO DE ARTES AUDIOVISUALES Funciones específicas del DAA durante el proceso de desarrollo de Tesis del alumno.

VII -

EVALUACION. PEDIDO DE MESA EVALUADORA. EL JURADO. PLAZOS. Formalidades en la solicitud de la mesa evaluadora. Presencia de docentes externos. Mesa evaluadora. Calificaciones.

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I

OBJETIVO, PROPÓSITO, NORMAS Y PAUTAS DE PRESENTACIÓN DE LA TESIS DE GRADO. 1) Objetivo La tesis de grado, en cualquiera de sus orientaciones, es una instancia de evaluación universitaria individual y sólo su aprobación habilita la obtención del título de grado. Por tal razón la misma deberá ser inédita y demostrar una síntesis de los contenidos curriculares de la carrera y realizada específicamente a este fin. 2)

Propósito Su función es convalidar el grado de formación, integración y desarrollo de saberes y habilidades adquiridos en el transcurso de la carrera. Cabe, entonces, resaltar que una tesis de grado responde a los requisitos pertinentes del discurso teórico/práctico y de análisis crítico de la Educación artística Universitaria. Consecuentemente requiere de modelos de escritura descriptivo, explicativo y/o sumarial que cumpla con las pautas formales y supere la producción de los trabajos curriculares del plan vigente. Su redacción deberá contemplar las modalidades atinentes a una comunicación académica, y su recurso a fuentes consultadas deberá explicitarse de acuerdo a la normativa correspondiente. Toda paráfrasis o cita textual de escritos utilizados como fuente deberá ser claramente consignada. Toda infracción a esta normativa incurrirá en plagio, descalificando automáticamente el trabajo haciendo al tesista, al director y al co-director (si lo hubiera) pasible de las sanciones académicas correspondientes.

3)

Normas La presentación de tesis de grado, por la especificidad de la carrera, podrá ser de carácter individual o grupal de acuerdo a las características de las orientaciones de la carrera. • En el caso de Tesis Artística para las orientaciones de la carrera (Realización, Guión, Dirección de Fotografía) solamente podrán registrar un tesista por cada área y su evaluación será individual por práctica artística. La misma deberá estar compuesta no sólo por una elaboración audiovisual para cine, TV, video y/o DVD sino, también, por una carpeta que sustente el marco teórico referencial implementado. • En el caso de las tesis de la orientación Teoría y Crítica la misma será una investigación sobre el estado del conocimiento sobre las Artes Audiovisuales y sus prácticas. Siendo la tesis una instancia de evaluación universitaria, en todos los casos de su difusión posterior por cualquier medio, deberá indicarse de manera clara y fehaciente su elaboración en el marco institucional de la Carrera, incluyendo referencia al Departamento, a la Facultad de Bellas Artes y a la Universidad Nacional de La Plata.

II

TRAMITES, DOCUMENTACIÓN, PLAZOS Y PRORROGAS La tesis sólo podrá iniciarse, vía Mesa de Entradas de la FBA, con posterioridad a la aprobación, por parte del estudiante, de todas las asignaturas de su Plan de Estudios. 1) Documentación requerida: a) Nota del tesista dirigida al Decano de la FBA, en la que solicita aceptación para dar inicio a la realización de la tesis. b) Nota del director, co-director, en caso que lo hubiese, de aval del ante-proyecto de tesis, dirigida al Decano de la FBA. c) Ante-proyecto de tesis. Una vez recibida la certificación por parte del Departamento de Alumnos, el DAA realizará una evaluación de la factibilidad del ante-proyecto y del número de tesistas admitido con relación a las características del mismo. El DAA notificará en un tiempo acorde a el/los tesista/s de su resolución. 2) Características del anteproyecto: El anteproyecto contará con la siguiente información: a) Carátula con datos institucionales y nombre del tesista. b) Título del ante-proyecto. c) Breve descripción o abstract del proyecto. -Motivaciones y fundamentación. -Marco teórico inicial. -Propuesta metodológica. -Referencias fílmicas y bibliográficas. En el caso de tesis realizativas deberá incorporar la propuesta estilística inicial. d) Estimación de recursos técnicos y humanos para la realización del proyecto. f) Plan de trabajo con posible cronograma de tareas. 2) 3)

4)

Plazos de presentación Los plazos para solicitar la mesa evaluadora será como mínimo de 6 (seis) meses después de la notificación del DAA de la aprobación del ante-proyecto y un máximo de 2 (dos) años. Prórrogas Por razones debidamente acreditadas, el proyecto podrá ser prorrogado por un período de 1 (un) año. La solicitud de prórroga deberá presentarse por nota justificando, vía Mesa de Entradas, al Jefe del Departamento, acompañada por un informe de avance, informe del director y codirector -si lo hubiera- indicando su conformidad con la petición. El DAA evaluará la pertinencia del pedido y posteriormente notificará a todos los involucrados su decisión, que será irrevocable. Cambios

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Todo cambio surgido en el transcurso del desarrollo de la tesis, que altere de manera sustancial el ante-proyecto aprobado, deberá ser informado por nota formal, vía Mesa de Entradas, a las autoridades del DAA, incluyendo el aval del director y codirector –en caso de haberlo-. El DAA evaluará la pertinencia del pedido y posteriormente notificará a todos los involucrados su decisión, que será irrevocable. III

DEL TESISTA.

1) Características y responsabilidades: Se considera tesista, al estudiante que habiendo aprobado el total de las materias correspondientes al plan de estudios de la Licenciatura en Artes Audiovisuales / Comunicación Audiovisual (orientación elegida), y habiendo sido aceptado el ante-proyecto de tesis por parte del DAA, se encuentra en condiciones de desarrollar dicho plan de trabajo bajo la supervisión y coordinación del director y del codirector -si lo hubiera-. Son responsabilidades del tesista: a) Elegir un área disciplinaria y campo de aplicación para el desarrollo de su tesis. b) Seleccionar un docente que lo dirigirá en el desarrollo de la tesis. Entre ambos, o por sugerencia y acuerdo de alguna de las partes, se podrá definir la figura de un codirector (opcional). c) Llevar adelante el conjunto de tareas y decisiones relativas al desarrollo de su trabajo de tesis, contando con la tutoría, asesoramiento y aval del director, del codirector -en caso de haberlo-. d) Es su responsabilidad la presentación de los informes parciales correspondientes al director de la tesis y el informe de cualquier cambio surgido que afecte el desarrollo o planteo del ante-proyecto original aprobado. e) Es responsabilidad del tesista cumplimentar los requisitos para la presentación, incluyendo la carta aval del director. f) Es su responsabilidad conocer el presente reglamento de tesis.

2)

Cambio de director: Si tras la elección y asignación de director de tesis, el tesista deseara cambiar de director, deberá formular su pedido por escrito al DAA, justificando las razones del cambio. Dicha nota deberá acompañarse con el aval del nuevo director postulante explicando las modificaciones que este cambio plantea respecto del proyecto original. Tras la evaluación de la solicitud el DAA comunicará la decisión a todos los involucrados, que será irrevocable.

3)

Cambios en el proyecto de tesis: El tesista deberá informar oportunamente cualquier cambio que se produzca en el desarrollo de la tesis y que afecte las condiciones del ante-proyecto original aprobado. En caso de modificarse de manera sustancial el anteproyecto de tesis presentado, se lo considerará una nueva tesis por lo que deberá iniciar nuevamente la presentación del pedido de tesis.

IV

DEL DIRECTOR Y DEL CODIRECTOR DE TESIS. 1) Características y responsabilidades: El Director y Co-director (si lo hubiera) deberá ser docente titular o adjunto de la Facultad de Bellas Artes. El proyecto podrá contar con Director Externo siendo sus antecedentes académicos y / o artísticos pertinentes quedando a consideración del DAA y la Comisión de Enseñanza del Consejo Académico. En este caso deberá ser docente titular o adjunto de otra Facultad de la UNLP, o de otra Universidad Nacional. Son responsabilidades del director y codirector: a) Conocer este Reglamento y cumplir y hacer cumplir todas sus disposiciones debiendo comunicar a la Facultad cualquier trasgresión al mismo. b) Presentar por escrito, en la instancia de presentación de la propuesta inicial del trabajo, su aceptación de la responsabilidad de guiar el proceso dentro de la modalidad allí dispuesta. c) Contribuir a la formulación del ante-proyecto y Plan de Trabajo del tesista y estimar su plazo de ejecución, así como su correspondiente cronograma. d) Dirigir y asesorar al estudiante durante todo el proceso de tesis. e) Acompañar el desarrollo de la tesis, lo que incluye el asesoramiento sobre fuentes bibliográficas, filmográficas y antecedentes históricos, estrategias de producción y realización, metodologías, técnicas o modalidades investigativas a encarar, de acuerdo con el proyecto propuesto. f) A la vez, guiará el proceso y presentación de la tesis, focalizando en las Artes Audiovisuales. g) Presentar por escrito su aval para la presentación de la tesis y solicitud de la mesa evaluadora.

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2) Límite en el número de tesistas a cargo: Los directores no podrán dirigir más de 5 proyectos de tesis simultáneamente además de becas y

proyectos de investigación. -

Los co-directores no podrán co-dirigir más de 5 proyectos de tesis simultáneamente además de

becas y proyectos de investigación.

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3) Renuncia a la tutoría: En caso de renunciar a la dirección o codirección, deberán presentar una nota a las autoridades del DCA en la que se informe dicha situación, justificando los motivos de la misma.

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V

DE LOS ASESORES 1) Características y responsabilidades: - El tesista podrá contar con la orientación y aporte de otros docentes en carácter de Asesores de tesis en áreas específicas. Podrán ser docentes JTP de la Facultad, o bien, asesores externos, así como Becarios de investigación del sistema de becas de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la UNLP, de los niveles Formación Superior y Perfeccionamiento. Su postulación deberá ser debidamente argumentada y será evaluada por el DAA y la Comisión de Enseñanza del Consejo Académico. La participación de asesores deberá ser consensuada entre el tesista y el director y codirector (en caso de haberlo). 2) -

VI

Renuncia a la asesoría: En caso de renunciar al rol de asesor, se deberá presentar una nota en la que se informe dicha situación, indicando los motivos de la misma.

DEL DEPARTAMENTO DE ARTES AUDIOVISUALES.

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VII

Es función del DAA hacer cumplir el Reglamento interno de tesis y evaluación de la carrera, en consonancia con el reglamento general de la Facultad. Arbitrar frente a situaciones no previstas en el presente reglamento. Informar a los alumnos sobre decisiones de Secretaría Académica que tengan incidencia directa sobre los procesos de desarrollo de tesis. Designar los Miembros de la Mesa Evaluadora y organizar su constitución. Elaborar y actualizar el registro de Tesis en proyecto y finalizadas. Difundir dicho registro a los fines de comunicar a lo interno de la carrera y de la comunidad académica en su conjunto los desarrollos artísticos y académicos. En coordinación con el Jefe de Departamento y los docentes a cargo de los Talleres de Tesis, llevarán a cabo al inicio de cada semestre una reunión de información para los estudiantes que planean empezar su proyecto o que ya lo estén desarrollando, e informar si fuese necesario acerca de las características de los anteproyectos e informes parciales. EVALUACION. PEDIDO DE MESA EVALUADORA. EL JURADO. PLAZOS.

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Pedido mesa evaluadora: Una vez finalizada la realización total de la Tesis, el / los tesistas solicitarán al DAA la conformación de una Mesa Evaluadora, integrada por 3 profesores de la Licenciatura, cuya área de competencias sea acorde al tipo de obra audiovisual o investigación realizada. - El pedido de mesa requiere de la presentación 4 copias del trabajo realizado (carpetas y material audiovisual), y nota de aval de/ los director / es indicando que el tesista se encuentra en condiciones de presentar la tesis y solicitar mesa evaluadora. La presentación de toda la documentación habilita al DAA a constituir mesa evaluadora de la Tesis, que será estipulada a partir de la entrega del material según se ha indicado. - En casos debidamente justificados se podrá convocar a un evaluador externo. En ese caso, sólo podrá ser externo uno de los evaluadores, debiendo ser una mesa conformada mayoritariamente por docentes de esta Facultad. - Previo a la evaluación publica la Mesa Evaluadora deberá reunirse, al menos una vez, pudiendo citar al / los tesista / s y su / s director / es, en caso de considerarlo necesario. - En esta instancia los integrantes de la Mesa Evaluadora deberán elevar al DAA un dictamen que podrá ser: a) Pre aprobación del trabajo con autorización para la evaluación pública. b) Indicaciones de modificación del trabajo para una segunda instancia de evaluación. c) Veto integral del trabajo. Nota: La aprobación o Veto de la Tesis se realizará por simple mayoría de votos de los miembros de la Mesa Evaluadora. En el caso de sugerir modificaciones, el o los aspirantes deberán considerarlas y efectuar una nueva presentación, dentro de los plazos que la Mesa Evaluadora establezca. - El / los director / es, los asesores de tesis y consultores externos deberán estar presentes en el marco de la evaluación pública de la Tesis, su intervención tendrá voz, pero no voto. - La aprobación de la Tesis y su calificación será efectuada mediante escala de puntaje académico. - Los integrantes de la Mesa Evaluadora deberán elaborar y elevar al DAA al momento del coloquio un documento escrito, con copia, a modo de devolución con los fundamentos de la calificación del trabajo. Se entregará una copia del documento al tesista junto con la copia del acta. - La decisión del tribunal evaluador tendrá carácter de definitiva e inapelable. Cualquier condición no prevista en el presente reglamento se evaluará oportunamente por las autoridades del DAA, el Departamento de Enseñanza, y si fuera necesario, la Secretaría de Asuntos Académicos de la Facultad de Bellas Artes.

Departamento de Artes Audiovisuales

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