tablas salariales 2012 ccp de la industria siderometalurgica - CVE

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31 Mar 2012 ... Visto el acuerdo relativo a las Tablas Salariales para el año 2012 del CONVENIO ... en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCYL de ... domicilio de la Asociación de Empresarios del Metal de Valladolid y ...
Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid Núm. 076

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II.–ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID Oficina Territorial de Trabajo Convenio: Siderometalúrgicas (Industrias) Expediente: 47/01/0003/2012 Código de Convenio número 47000455011981 Resolución de 21 de marzo de 2012, de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las Tablas Salariales para el año 2012 del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Valladolid y Provincia (código 47000455011981)

ACUERDA Primero.–Inscribir dichas Tablas Salariales para el año 2012 en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Paritaria. Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Tercero.–Depositar un ejemplar de la misma en esta Entidad. Valladolid, 21 de marzo de 2012.–La Jefa de Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, Carolina Quintana Ordóñez.

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Visto el acuerdo relativo a las Tablas Salariales para el año 2012 del CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE VALLADOLID Y PROVINCIA (Código 47000455011981) suscrito el día 6 de marzo de 2012, de una parte por los representantes de la ASOCIACIÓN EMPRESARIAL METALÚRGICA DE VALLADOLID Y PROVINCIA, y por otra parte, por los representantes U.G.T. y CC.OO., con fecha de entrada en este Organismo el día 16 de marzo de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de 21 de noviembre de 1996 de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Decreto 2/2011, de 27 de junio (BOCYL de 28 de junio), de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial

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ACTA DE LA REUNIÓN DE 06-03-2012 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE LA INDUSTRIA DEL METAL DE VALLADOLID En Valladolid, siendo las trece horas del día seis de marzo de dos mil doce, en el domicilio de la Asociación de Empresarios del Metal de Valladolid y Provincia, se reúnen los señores que a continuación se relacionan en la representación que consta, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria del Metal de Valladolid: Representación Empresarial. Por la Asociación Empresarial Metalúrgica de Valladolid y Provincia: D. Pedro del Olmo González; D. Eduardo Santamaría Valle. Representación Sindical. Por U.G.T.: D. Atanasio Casado Seoane y D. Alberto Miguel Lorenzo. Por CC.OO.: D. Jesús A. Jáñez Hermoso y D. Valentín Cañibano Fernández. ACUERDAN ACTUALIZACIÓN CONVENIO AÑO 2012 Sin resultado satisfactorio en los contactos habidos acerca de la modificación de la actualización salarial pendiente del convenio, procede legalmente la inscripción y publicación de señalada actualización en los términos contenidos en el acta de la Comisión Paritaria del 23 de enero último, que se adjunta a la presente con las tablas salariales a los fines de indicada inscripción y publicación. Y siendo las trece horas y treinta minutos del mismo día, firman en prueba a cuanto se refleja en la presente acta un representante de cada una de las organizaciones. ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE VALLADOLID Y PROVINCIA DEL AÑO 2012 En Valladolid, siendo las trece horas del día veintitrés de enero del dos mil doce, en el domicilio de la Asociación de Empresarios del Metal de Valladolid y Provincia, se reúnen los señores que a continuación se relacionan en la representación que consta: Representación Empresarial. Por la Asociación Empresarial Metalúrgica de Valladolid y Provincia: D. Pedro del Olmo González; D. Eduardo Santamaría Valle. Representación Sindical.

Por CC.OO.: D. Jesús A. Jáñez Hermoso y D. Valentín Cañibano Fernández. Abierta la sesión se da lectura al texto del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Valladolid y provincia, a fin de proceder a la revisión de aquellas materias que dentro del mismo pudiera corresponder actualizar con efectos de primero de enero de dos mil doce. Y previa constatación de que el IPC real el año 2011, es del 2,4 por 100:

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Por U.G.T.: D. Atanasio Casado Seoane y D. Alberto Miguel Lorenzo.

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UNÁNIMEMENTE ACUERDAN Primero.–Tablas Salariales. Adjuntar a la presente acta las nuevas tablas salariales con efectos de 1.º de enero del año 2012, calculadas en los términos pactados en el artículo 18 del vigente Convenio. Fijando el valor de las horas extraordinarias en la cuantía, igualmente establecida en señaladas tablas salariales con efectos de 1.º de enero del año 2012. Igualmente, se adjunta la tabla de encuadramiento de las categorías en los grupos profesionales y divisiones funcionales a que se refiere el acuerdo sobre clasificación profesional alcanzado entre las partes el día 01-04-2008. Segundo.–Plus de Turnicidad. El artículo 25 del Convenio queda modificado en el sentido de fijar el Plus de Turnicidad en el año 2012 en 31,33 euros mensuales. Tercero.–Trabajos ordinarios en domingos y festivos. El artículo 26 del Convenio queda modificado en el sentido de fijar el incremento de la retribución por trabajos ordinarios en domingos y fiestas en el año 2012 en la cantidad de 21,93 euros. Cuarto.–Dietas. El artículo 30 del Convenio queda modificado en el sentido de fijar para el año 2012 la dieta entera en 50,40 euros y la media dieta en la cantidad 14,57 euros. Quinto.–Ayuda empresarial. El artículo 52 del Convenio queda modificado en el sentido de fijar la cantidad única al año de 27,22 euros, a abonar a los trabajadores que acrediten haber suscrito una póliza de seguro de accidentes de trabajo que garantice un capital mínimo en el año 2012 de 18.297,36 euros para los riesgos de muerte y de 27.446,07 euros para los de invalidez absoluta. Sexto.–Entrada en vigor.

Se adjunta a la presenta acta como anexo las tablas salariales debidamente suscritas por un representante de cada parte, a fin de proceder al registro y publicación de la presente actualización.

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doce.

La presente revisión del Convenio tiene efectos desde el uno de enero de dos mil

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TABLA SALARIA AÑO 2012 NUEVA CLASIFICACIÓN

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D.L.: N.º: VA-200/2010